La Municipalidad, procederá a la re-adjudicación, previo acuerdo del Concejo Municipal, en los siguientes casos:
- Si el oferente inicialmente adjudicado desiste formalmente de la contratación, ya sea que rechace o no firme el contrato dentro del plazo estipulado dentro de los plazos establecidos, o a su vez, manifieste a través de una comunicación escrita y formal las razones de dicho desistimiento, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
- Si el oferente adjudicado no cumpla con la entrega de la garantía por fiel cumplimiento, conforme a lo dispuesto en Artículo 14.2 de las presentes bases de licitación, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
- Si el oferente adjudicado no cumple con la inscripción en el registro de ChileProveedores, en el plazo de 20 días hábiles contados desde la adjudicación, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
- Si se detecta algún vicio de ilegalidad en la evaluación de las propuestas que modifique la decisión respecto del proveedor que resultó adjudicado, previo procedimiento de invalidación del Decreto Alcaldicio de adjudicación conforme a lo establecido en el artículo 53 de la Ley N°19.880.
Se hace presente que la re-adjudicación se realizará al proponente que obtenga la calificación de segunda oferta más conveniente y así sucesivamente. En caso de no haber otros oferentes mejores evaluados, se declarará desierto el proceso.