Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (en estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta).
En estos casos, la Ilustre Municipalidad de Peralillo, a través del Departamento de Salud Municipal comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal de 24 horas para que subsane, el que será computado a contar de la fecha y hora que el Departamento de Salud/ Unidad de Adquisiciones, a través del foro inverso de www.mercadopublico.cl haya comunicado de tal hecho al oferente respectivo. La situación descrita será evaluado conforme se establece en el punto sobre “Procedimientos de Evaluación de las Ofertas” de las presentes Bases Administrativas.
La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.chileproveedores.cl.