a) Comisión Evaluadora
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por Decreto Alcaldicio. Sin embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número a través del respectivo acto administrativo
La integración de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl
a) Esteban León Rojas, Encargado de Servicios Generales o quien le subrogue.
b) Gemita Castro Cornejo Jefa Sector Rural/ CESFAM Peralillo o quien le subrogue.
c) Cristian Cárdenas Espinoza, Director CESFAM Peralillo o quien le subrogue.
Los miembros de la comisión evaluadora, deberán suscribir declaración jurada en que exprese NO tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente, debiendo dejar constancia de tal aspecto en el respectivo informe de evaluación. Deberán abstenerse de participar, cuando
exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº 6, de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Los integrantes de la comisión constituida bajo la normativa de compras públicas, se consideran sujetos pasivos de la Ley del Lobby N°20.730 independiente de su calidad de contrato
No podrán los proveedores ni terceros contactarse de ninguna manera con los miembros de la comisión evaluadora, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso.