Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Para realizar consultas en relación a la ADJUDICACIÓN de la Licitación, los oferentes deberán realizar a través de la aplicación de consultas de www.mercadopublico.cl. Dicha consulta será respondida en función al Art. N° 41 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Para lo cual el oferente tendrá un plazo de 48 horas para subsanar dichos errores.
En virtud del art. 40 Nº 2 del decreto 250, se evaluará con 10 puntos aquellos que cumplan en su totalidad con la documentación requerida y en la forma solicitada y con 0, para aquellos oferentes, que no presenten toda la documentación, a los que se les solicitará correcciones a través del foro inverso.
Se permitirá solo la entrega de documentos indicados en el 6.1.1 siempre que ellos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Si así lo estima la comisión evaluadora, podrá solicitar certificación de autenticidad de todos los documentos presentados por los oferentes en la presente licitación, de todos o de alguno de los oferentes, según como determine la comisión.
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Readjudicacion |
En la eventualidad que el oferente adjudicado se desista de su oferta, no acepte la orden de compra, no entregue los antecedentes solicitados por la Comisión Evaluadora de Licitación como complementación o aclaración de su oferta según lo señalado en las presentes bases de Licitación o no firme el Contrato respectivo dentro del plazo establecido en las presentes Bases Administrativas Generales o no presente la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales ; la Municipalidad anulará la orden de compra, y re adjudicará al oferente que le siga en orden de prelación del puntaje obtenido en la evaluación de la Licitación por parte de la Comisión, previo acuerdo del concejo Municipal.
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Resolución de Empates |
Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas, se adjudicará de la siguiente forma:
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a) Oferta Económica.
b) Experiencia acreditada (en cantidad de años)
c) Comportamiento contractual anterior
d) características del vehículo
e) impacto social local
f) Cumplimiento de requisitos formales
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13) CONSULTAS, RESPUESTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES |
Para una mejor comprensión del presente proceso de Licitación Pública se establece la posibilidad de solicitar aclaraciones a la Municipalidad, donde los proveedores podrán formular preguntas dentro del período señalado al efecto en el Portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Etapas y Plazos”.
La Municipalidad se reserva el derecho de efectuar modificaciones a las Bases Administrativas, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, para este efecto, se considerará un plazo prudente para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
La Municipalidad tendrá la facultad de prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas, como asimismo de los demás aspectos que sean afectados por esta decisión, a fin de dar un plazo razonable para la presentación de los antecedentes, considerando lo estipulado en el párrafo anterior, todo lo cual debe estar debidamente fundado atendiendo siempre a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su respectivo Reglamento.
Las consultas, aclaraciones a éstas y las modificaciones a las Bases, sólo podrán efectuarse a través del portal www.mercadopublico.cl.
La Municipalidad deberá poner todas las preguntas en conocimiento de todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl sin indicar el autor de las mismas.
La Municipalidad no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del procedimiento previsto respecto a las preguntas y aclaraciones, las visitas a terreno establecidas en las BAE y cualquier otra forma de contacto establecido en las mismas.
La Municipalidad sólo efectuará las aclaraciones a las consultas o preguntas formuladas por los proveedores a través del Portal www.mercadopublico.cl e informará de las modificaciones a las BAE a través del mismo Portal, las que se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente Licitación Pública, hayan o no efectuado las consultas o preguntas.
Toda modificación a las BAE, deberá ser refrendada por el decreto Alcaldicio correspondiente, el que será publicado en sistema de información.
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