Resolución de Empates |
La comisión Evaluadora emitirá un informe, dirigido a la Directora del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, el que contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades.
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
- Mayor puntaje de la oferta económica.
- Mayor puntaje de la oferta técnica, de acuerdo al siguiente orden;
- Experiencia del oferente
- Especificaciones técnicas
En caso de persistir el empate, se seleccionará a la propuesta que ingreso primero en www.mercadopublico.cl
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21. Modificación de la fecha de adjudicación |
En caso de no cumplirse con la fecha indicada para la adjudicación en las presentes bases de licitación o ficha del portal mercado público, el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, publicará una nueva fecha en sistema de información, indicando las razones de dicha modificación, por lo que se dará inicio al servicio requerido una vez realizada la adjudicación del proceso, sin esperar la total tramitación del correspondiente contrato.
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19. De la Adjudicación |
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las Bases de Licitación (Art. 10º inciso segundo de la Ley de Compras).
La adjudicación se hará por Resolución fundada y contendrá los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 41º del Reglamento.
La Resolución de adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posterior a la total tramitación de dicha Resolución, en el Sistema de Información.
La presente licitación, puede ser adjudicada a más de un proveedor, debido a que se licitan tres líneas de servicios, considerando la necesidad de contar con tres vehículos para diversas actividades.
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20. Readjudicación. |
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, se reserva el derecho de re-adjudicar la licitación al oferente que siga al primer adjudicado en el orden que al efecto se establezca como resultado del proceso evaluatorio en los siguientes casos:
a. Si el adjudicatario desiste de su oferta.
b. Si el adjudicatario se encuentra sancionado por prácticas anti sindicales.
c. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido o no firma el contrato en el plazo fijado para ello.
d. Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el registro de Proveedores no figure hábil, o que no registre inscripción en el registro de proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a re adjudicar.
e. Si presentase luego de adjudicada la licitación, un conductor o conductores con condiciones inferiores al presentado en la propuesta original, el cual fue evaluado en el correspondiente proceso.
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22. Deserción e inadmisibilidad |
En el caso que no se hayan presentado más ofertas o si se estima que el resto de las ofertas no son convenientes a los intereses del Establecimiento, se procederá por Resolución a declarar desierta la licitación y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme Art. 9º de la Ley de Compras.
Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá:
ü Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presenten proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.
ü Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad.
ü Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al artículo 9, inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases.
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición alguna o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases o de alguno de los documentos que forman parte de ellas.
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23. Inicio del servicio |
Se requiere contar con el servicio de arriendo de impresoras a partir del 01 de marzo con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2025.
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24. Solución de consultas respecto de la adjudicación |
Las consultas respecto de la adjudicación deberán ser dirigidas al correo electrónico Abastecimientocag@saludaysen.cl, en un plazo no mayor a 48 horas de publicada la notificación de adjudicación indicando claramente, nombre, número telefónico, correo electrónico, por el cual desea recibir respuesta.
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez responderá al requirente a través de correo electrónico en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Dicha respuesta será adjuntada como anexa al portal mercado público para conocimiento de todos los participantes.
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25. Notificación de la adjudicación. |
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
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26. Fiscalización de los servicios |
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, a través de su Encargado de Informática o quién lo subrogue, será quien supervise la entrega del servicio.
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28. Emisión de la Orden de Compra |
La emisión de la orden de Compra será realizada en primera instancia por el periodo desde el 01 de marzo 2024 hasta el 31 de diciembre del 2024, y la siguiente orden de compra será emitida por el periodo desde el 02 de enero del 2025 con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2025, la cuál será generada una vez aperturado el presupuesto año 2025. La primera orden de compra se realizará una vez adjudicada la presente licitación.
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29. Pago de la factura |
La modalidad de pago es mediante Transferencia Electrónica realizada por el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez con un plazo máximo de pago de 30 días corridos desde la respectiva recepción conforme de los documentos.
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29.1 Regularización de la factura mensual. |
El establecimiento a través de la unidad de Abastecimiento ingresará en la Plataforma Mercado Publico la respectiva recepción conforme, siempre y cuando el proveedor haga llegar toda la documentación necesaria mencionada en las presentes Bases de Licitación. La factura debe ser enviada en formato PDF al correo Abastecimientocag@saludaysen.cl, y el archivo XML debe ser enviado a la casilla Dipresrecepcion@custodium.cl, para que el sistema ACEPTA reconozca el documento, y esté pueda ser contabilizado.
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30.3 Término de contrato |
Procederá el término de contrato en el caso que se verifique cualquiera de los incumplimientos de contrato que se indican a continuación:
1. El incumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratante (Información declarada en los anexos adjuntos)
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
3. La acumulación de 2 multas graves en un período de tres meses, o de más de cinco multas leves en un período igual o inferior a 6 meses.
4. La presentación, debidamente probada, de antecedentes falsos.
5. La declaración de quiebra o insolvencia notoria del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Si el contratista fuere procesado por crimen o simple delito.
8. Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
En caso de que la sanción aplicada corresponda al término del contrato, el afectado podrá recurrir de reposición ante la Directora del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez de acuerdo a lo establecido en el DFL 1-19.653 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Las sanciones establecidas en los párrafos anteriores serán aplicables al adjudicatario, aun cuando la falta sea imputable personalmente a la acción u omisión del personal a su cargo. Por lo tanto, el adjudicatario de la licitación, es responsable directo y en forma indelegable del fiel cumplimiento de todos los aspectos que involucra el buen servicio a que se obliga por medio del contrato y de los incumplimientos en que eventualmente se incurra en la prestación del servicio.
Cuando de ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en los numerales 2, 6 y 9 precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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