2.1 Antecedentes Generales |
LINEA 1: El servicio de apoyo administrativo para unidad de abastecimiento, debe cumplir con las siguientes funciones y requisitos:
Curriculum formato vitae actualizado año 2024.
Copia de la Cedula de Identidad (C.I)
Certificado de estudios de acuerdo a especialidad requerida (Técnico en Administración de Empresas, Contador General, Etc.). La Institución debe estar acreditada.
Certificado de iniciación de actividades del SII (Servicios de Impuestos Internos), debido a que el servicio será prestado mediante boleta de honorarios electrónicas.
Certificados de experiencia laboral, comprobable en los procesos de Compras Públicas.
Certificado de acreditación en ChileCompra.
Certificado de habilidad como proveedor vigente de Chileproveedores.
|
|
|
2.2 Lugar del servicio |
El servicio de apoyo administrativo será ejecutado en la unidad de abastecimiento del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, ubicado en Bilbao esquina Mackenna sin número, 2do piso.
Las actividades de este servicio serán todas aquellas indicadas en las presentes Especificaciones Técnicas.
|
|
|
2.3 Horario del servicio |
Servicio de apoyo administrativo 08:30 Hrs. 17:33 Hrs.
|
|
|
2.4 Contratación del personal |
a. El proveedor adjudicado deberá contar la experiencia mínima requerida, es decir, con conocimientos en el ámbito de compras públicas, relacionadas a la adquisición de bienes y servicios a través de las modalidades de Convenio Marco, Licitaciones Públicas, compra ágil, etc. Y Deseable conocimiento en Sistema de Información y Gestión Financiera (SGIFE)
b. La prestación de servicios deberá iniciarse a contar desde la fecha que indique el Contrato, sin perjuicio, de la aprobación o V°B° de parte del establecimiento.
c. El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez se reserva el derecho de solicitar el reemplazo del contratista, por motivos de faltas graves o incumplimientos de las normas establecidas en las Bases Técnicas y Administrativas.
d. El proveedor deberá informar cualquier ausentismo previa autorización de Jefatura del Departamento de Administración y Finanzas, y este será descontado del total de la boleta de honorarios emitida del mes prestado (las inasistencias y/o atrasos, serán descontados).
e. El proveedor desempeñara los servicios en la unidad de abastecimiento del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, y recibirán las instrucciones y órdenes de la Jefa del Departamento de Administración y Finanzas o quién la subrogue. La vigencia del contrato es desde el 11 de marzo hasta el 31 de diciembre del 2024.
f. El proveedor deberá emitir de forma mensual una boleta de honorarios electrónica por el monto bruto total ofertado por mes, y a su vez, entregar un informe de cumplimiento de funciones de lo realizado durante el mes en curso, el cual será visado por la Jefatura Directa del Departamento de Administración y Finanzas.
|
|
|
2.5 Condiciones generales del contrato |
a. Las funciones a realizar son las siguientes:
Coordinar con las distintas unidades requirentes las solicitudes de compra.
Efectuar adquisiciones de acuerdo a la Ley de compras públicas: Convenio Marco, Licitación Pública, Compra ágil, etc.
Confeccionar bases de Licitación Pública, realizar la publicación, revisión de ofertas y adjudicación en el portal Mercado Público.
Realizar, si es estrictamente necesario, tratos directos de acuerdo a la normativa vigente, resolución y posteriores órdenes de compra.
Realizar seguimiento de órdenes de compra y estado de pedidos
Llevar control de contratos de servicios vigentes
Confección de resoluciones ordena pago, recabando la documentación sustentatoria
Revisar constantemente la plataforma ACEPTA, en cuanto a la facturación recibida y el procesamiento de los documentos tributarios
Apoyar en los procesos de adquisición de bienes o servicios del establecimiento mediante las diferentes modalidades de compras vigente.
Elaboración de recepción conforme de las compras adquiridas por las distintas vías.
Seguimiento y estado de órdenes de compra, llevando el registro en planilla Excel disponible para estos fines.
Solicitud de re-facturación y Notas de Crédito en caso de algún documento mal emitido.
Realizar todas aquellas funciones relativas a su cargo que le encomiende su Jefe directo y el Director del establecimiento.
b. El proveedor debe disponer de un computador de escritorio o notebook disponible para realizar las labores administrativas requeridas por el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez. El establecimiento solo entregará un escritorio y espacio necesario para poder desempeñar las funciones.
|
|
|
2.6 Valor anual y mensual del servicio |
Servicio de apoyo administrativo en unidad de abastecimiento, se considera un valor correspondiente al monto bruto total de $ 8.670.000 (ocho millones seiscientos setenta mil pesos), por el periodo desde el 11 de marzo hasta el 31 de diciembre del 2024. Se pagará en diez cuotas, la primera cuota será por la suma total de $ 570.000 (inicio del servicio 11 de marzo 2024), se decontará la retención del 13,75%, y el valor líquido a pagar $ 491.625. Y las 09 cuotas restantes por el monto total de $ 900.000 cada una, y se descontará la retención del 13,75% correspondiente al valor de $ 123.750, quedando un valor líquido a pagar de $ 776.250 (setecientos setenta y seis mil doscientos cincuenta pesos).
|
|
|
2.7 Proceso de cobro y pago de Boleta de Honorarios |
El prestador deberá entregar el informe de cumplimientos de funciones y boleta de honorarios en la unidad de abastecimiento del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez (2do piso), el último día hábil del mes en curso en que se prestan los servicios, y ambos documentos deben estar visados por Dirección del establecimiento. Señalar que la boleta de honorarios debe indicar en la glosa, lo siguiente:
1. Breve detalle del servicio prestado, y la unidad donde se desempeña.
2. Indicar el mes del cual realiza el cobro.
3. Indicar la orden de compra, será enviada previa adjudicación de la presente Licitación Pública
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez pagará al prestador la suma total de $ 8.670.000 (ocho millones seiscientos setenta mil pesos), distribuidas en 10 cuotas, desde el 11 de marzo hasta el 31 de diciembre del 2024, esta será cancelada en un plazo no superior al 05 día hábil del mes siguiente al servicio ejecutado.
El valor mensual alcanza la suma de $ 900.000 (novecientos mil pesos), descontando la retención del 13.75%, como lo señalado en Artículo Nº 2 “Precios” del presente contrato.
Cabe señalar que, para efectuar el pago mensual correspondiente, los prestadores de servicio, deben estar enrolados en el reloj control del establecimiento o dependencias, y deben realizar el registro de entrada y salida, de acuerdo a horarios establecidos para sus
funciones. Si los establecimientos no cuentan con reloj control o este se encuentra en mal estado, deben registrar su ingreso y salida en libro de asistencia, dispuesto para esta función.
Cabe señalar que, el correspondiente registro de asistencia, será proporcionado por la Unidad de Personal y será entregado a la Unidad de Abastecimiento, para corroborar información y aplicar descuentos si correspondiera.
Además, señalar que el pago se verá retrasado, si se encuentran pendiente de entrega los documentos exigidos en el punto Nº 12 del presente contrato, debido a la necesidad de cotejar que todos los documentos tengan concordancia respecto a los días donde efectivamente se realizó la prestación de servicios.
La boleta de honorarios electrónica deberá emitirse a nombre del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, RUT: 61.974.500-0, y ser remitida al correo Abastecimientocag@saludaysen.cl, con copia al correo Apoyoabastcag@saludaysen.cl.
|
|
|
2.8 Proceso de cobro y pago de Boleta de Honorarios |
El plazo de contratación será a contar desde el 11 de marzo hasta el 31 de diciembre del 2024. Señalar, que se realizarán órdenes de compra mensual y/o trimestral, quedando sujeto a evaluación presupuestaria, debido a que se realizará una gestión interna para distribuir el presupuesto a los diferentes requerimientos disponibles. Por otro lado, mencionar que la gestión administrativa interna del establecimiento, no influirá en la contratación y/o pagos posteriores
|
|
|
2.9 Término anticipado de contrato |
2.9 Término anticipado de contrato
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez podrá poner término anticipado, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el prestador del servicio, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley N° 19.886; artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 y/o incumplimientos atribuibles al proveedor, previo informe favorable de Dirección y visto bueno del Jefe de Departamento Jurídico o Asesor Jurídico, mediante Resolución Administrativa o simple carta que deberá enviarse al prestador, especialmente por alguna de las siguientes causales:
• Incumplimiento de la aceptación de la orden de compra.
• Inasistencia injustificada.
• Incumplimiento de comportamiento ético.
• Renuncia voluntaria del oferente contratado.
• El término anticipado del contrato no dará derecho al proveedor a cobro de dineros por ningún concepto.
• Si se comprobase la omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes que sustentan la oferta de los proveedores o la entrega de datos o información falsa por parte de este.
• Si el prestador no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las Especificaciones Técnicas. Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el prestador asuma en virtud del contrato. Será suficiente para acreditarlo, un informe emanado de la unidad competente del Establecimiento.
• En relación al término anticipado de mutuo acuerdo de las partes regulado en el artículo 13 de la Ley de Compras, el contrato terminará por vía administrativa sin necesidad de intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación y no teniendo por ello el oferente derecho a reclamación o derecho alguno en contra del Establecimiento
|
|
|