Licitación ID: 3949-49-LE23
SERVICIO DE ASEO DE NOV-DIC 2023 Y ENE 2024
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO DR ALEJANDRO GUTIERREZ, Cesfam Dr. Alejandro Gutierrez
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Se requiere el apoyo en el Servicio de Aseo para el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez y sus dependencias; ya que se requiere la limpieza y desinfección en oficinas, pasillos, baños, patios, box y otras áreas. Además, se requiere un servicio extra de limpiez  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ASEO DE NOV-DIC 2023 Y ENE 2024
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere el apoyo en el Servicio de Aseo para el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez y sus dependencias; ya que se necesita la limpieza y desinfección en pasillos, baños públicos, box, patio de acceso principal, área perimetral y otras áreas. Además, se requiere un servicio terminal de limpieza para el box de Toma de muestras y Curaciones 02 sábados por mes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONSULTORIO GENERAL URBANO DR ALEJANDRO GUTIERREZ
Unidad de compra:
Cesfam Dr. Alejandro Gutierrez
R.U.T.:
61.974.500-0
Dirección:
Bilbao Esq. Mackenna s/n
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-11-2023 10:00:00
Fecha de Publicación: 26-10-2023 11:33:23
Fecha inicio de preguntas: 30-10-2023 10:00:00
Fecha final de preguntas: 02-11-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-11-2023 17:33:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-11-2023 10:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-11-2023 10:01:00
Fecha de Adjudicación: 16-11-2023 11:26:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS Nº 01 Y 02
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS Nº 03 Y 04
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº 5
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Se evaluara con 100 (cien) puntos al oferente que cumpla con lo solicitado como Formalidad de la oferta (Anexo Nº 3) en cada línea de producto y con 0 (cero) puntos, al que no presenta documentos. Lo anterior debido a que el servicio requerido debe cumplir con todas las características solicitadas. 10%
2 Identificación del oferente La Identificación del Oferente (Anexo Nº 1), resulta indispensable al ofertar en esta licitación ya que se detalla la información de contacto de la persona o empresa que brindará el producto/servicio. 5%
3 Conocimiento y Aceptación de las bases. 5% El Oferente debe firmar una declaración jurada, donde se detalla que ha leído las bases administrativas, técnicas y anexos, así como todos los antecedentes que forman parte de esta licitación. Además de conocer y aceptar las condiciones establecidas en las Bases y haber considerado todos los gastos necesarios para la prestación del servicio. (Anexo Nº 2). La no presentación de los anexos administrativos, será causal para que no sea evaluado en los criterios restantes. 5%
4 Experiencia de los Oferentes En el siguiente criterio, se asignara un puntaje de acuerdo a los años de experiencia en el Servicio de Aseo, para cada caso que se indica se asignará un puntaje de acuerdo a lo que se detalla a continuación:  Posee 3 o más años de experiencia 100 puntos.  Posee entre 1 y 2 años de experiencia 50 puntos.  Posee menos de 1 año de experiencia 10 puntos. Para este criterio se debe acreditar los años de experiencia con documentos fidedignos, adjuntando estos en su Oferta, siendo la Comisión evaluadora quienes revisen este criterio. En el caso, que no se adjunte documentos, se entenderá que no posee experiencia en el rubro y se le asignara 0 puntos. 20%
5 Precio El criterio de evaluación de la oferta económica está orientado a determinar dentro de aquellas ofertas técnicas declaradas aptas, esto es, que cumplan las exigencias mínimas requeridas, cual resulta económicamente más ventajosa para el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez. Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo al Anexo N° 5. Lo anterior se expresa en la siguiente fórmula. Puntaje = (Precio mínimo ofertado / Precio oferta) * 100 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Req.279 Gastos APS – Prog. APS No Municipal PRAPS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones • Tratándose de unión temporal de proveedores en los términos previstos en el Art 67 bis del reglamento de la Ley de Compras, estos deberán dar cumplimiento a las precedentes exigencias, considerando el tipo de persona que conforme la respectiva unión. P
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jessica Vergara
e-mail de responsable de pago: contabilidadcag@saludaysen.cl
Nombre de responsable de contrato: Deisy Meneses Teca
e-mail de responsable de contrato: apoyoabastcag@saludaysen.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-2261508-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe subcontratar considerando que los intereses del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez no puede ser tercerizados.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, Rut 61.974.500-0
Fecha de vencimiento: 31-01-2024
Monto: 5 %
Descripción: La garantía se requiere en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo o cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
Glosa: Para resguardar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de “SERVICIO DE ASEO DE NOV-DIC 2023 Y ENE 2024”, adjudicado a través de licitación ID N° 3949-49-LE23
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento será restituida al finalizar el Servicio Contratado y no deberá pasar más de 2 días hábiles para su devolución
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Prohibiciones
No podrán participar en esta propuesta, directamente o como apoderados de terceros, las personas naturales que tengan la calidad de funcionarios del Servicio de Salud Aysén y sus establecimientos dependientes, hayan sido destinados a ella o que se desempeñen en la Institución en cumplimiento de obligaciones derivados de contratos, como tampoco las personas jurídicas cuyos socios o personal directivo, según sea la naturaleza de la sociedad, tengan la misma calidad o desempeño. Tampoco podrán participar las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive. Dando cumplimiento a lo dispuesto por la Circular 2C 60 de 24 de noviembre del año 2000 de la Subsecretaría de Salud, se establece además los siguientes deberes y prohibiciones: • Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. • Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. • Hacer valer indebidamente la posición de prestador de servicios para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. • Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. • Participar en decisiones, referidas a los servicios prestados, en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. • Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley disponga. • Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución.
Contenido de la oferta.
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal www.mercadopúblico.cl, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el cronograma de actividades. La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, técnicas y la oferta económica. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de su revisión pormenorizada durante la etapa de la evaluación. Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos de las presentes bases se encontrarán disponibles en formato Word o Excel, según corresponda, en el portal Mercado Público. En caso que el oferente quiera completar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos: • Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y en el contrato respectivo. • Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Documentación que rige esta licitación.
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley de Compras y contrataciones Públicas y su reglamento, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán armónicamente: • Bases Administrativas, Técnicas y anexos de la licitación. • Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la contraloría a través de la Resolución correspondiente. • Respuestas a las preguntas de los proveedores. • Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Servicio. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal.
Modificaciones y rectificaciones a las bases.
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, podrá realizar modificaciones, aclaraciones y rectificaciones a las bases de licitación, modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas; los nuevos plazos que se otorguen para el cierre de la licitación dependerán de la modificación. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl., formando parte integral de las bases, las cuales deberán estar aprobadas por Resolución de la autoridad competente.
Consultas y aclaraciones a las bases.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula “etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula “etapas y plazos”. Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, no considerando las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
Presentación de propuestas económicas.
Las propuestas económicas se presentarán a través del Portal www.mercadopublico.cl denominada: “SERVICIO DE ASEO DE NOV-DIC 2023 Y ENE 2024”, ingresando el valor neto mensual ofertado que regirá la contratación, para cada línea de servicio a la cual le interese postular. Las propuestas económicas deberán mantenerse válidas durante toda la vigencia de la licitación. Para la debida comprensión del contenido de las propuestas entregadas por los proponentes, CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, podrá solicitar, durante el proceso de evaluación, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por parte del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta.
Validez de las ofertas presentadas.
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período.
De la apertura de las ofertas.
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades en un solo acto, a través del portal www.mercadopublico.cl Primeramente, se procederá a constatar a remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 48 horas, contados desde el inicio del acto de apertura, para presentar al CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante del Servicio y el resto de los oferentes de la presente licitación. En tal evento se permitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de su oferta, dentro del mismo plazo señalado para tales efectos en el cronograma de actividades de la licitación. Adicionalmente deberá contar con el código de reclamo efectuado al sistema de información de compras y contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información.
Errores u omisiones/ falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación.
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal. El Establecimiento permitirá, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos el establecimiento a través de foro inverso comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo de 48 horas para que las subsane.
De la evaluación de las Ofertas.
El Establecimiento evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases.
Comisión de selección de ofertas.
Para efectos de apertura, selección, evaluación y proposición de adjudicación, la comisión estará integrada por 03 funcionarios designados por La Directora del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, definidos en las presentes Bases de Licitación. Además podrán asesorarse para el cumplimiento de sus fines por otros profesionales, que fuesen requeridos por la Comisión Evaluadora. La Comisión Evaluadora tendrá la función de evaluar, ponderar y calificar las ofertas técnicas y económicas en las oportunidades que determinen las presentes bases. En la etapa de la apertura de las ofertas, se verificará el cumplimiento de los antecedentes requeridos para ofertar y en consecuencia se aceptarán o rechazarán las ofertas a través de Mercado Publico, mediante acta de apertura, la cual detallará el motivo del rechazo de la oferta; acta que por lo demás será firmada por todos los miembros de la apertura. La comisión podrá proponer declarar desierta la licitación por falta de proponentes, o declararla fuera de bases por no cumplir los oferentes con las bases del llamado, o rechazarse por dispendiosa, o por no ser conveniente para los intereses del Mandante; propuesta de la comisión que deberá ser en todo caso fundada, y no dará derecho a indemnización de ninguna especie a los oferentes, como tampoco lo dará la resolución que, con motivo de ella, dicte el Establecimiento. Los miembros que participen en los procedimientos de contratación por parte del mandante, deberán abstenerse de participar en los procesos en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad en los términos de los artículos 62 N° 6 de la Ley18.575, presenten conflicto de intereses con los oferentes u otra situación reñida con la probidad en relación a ese procedimiento, de conformidad al artículo 6 bis e inciso cuarto del artículo 37 del reglamento de compras públicas. Para tal efecto estos deberán firmar una declaración jurada simple de ausencia de conflicto de interés. La comisión levantará Acta de sus actuaciones, las que deberán contener como mínimo lo señalado en el Artículo 40º bis del Reglamento de Compras Públicas y la propuesta a la Directora del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, del oferente que recomienda sea adjudicado, basándose estrictamente en las bases de licitación y especialmente en los criterios de evaluación contenido en las mismas. El Servicio a su vez podrá dar lugar a la propuesta fundada de la Comisión de Selección en toda la gama de posibilidades expuestas en estas bases, o bien, negar lugar a lo propuesto, pero en este caso, fundadamente. La comisión de estimarlo conveniente, invitará a funcionarios o especialistas que puedan asesorar e alguna materia específica, con el objeto de contribuir a la mejor resolución y solo con derecho a voz.
Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Experiencia en el rubro”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Cumplimiento de Requisitos formales”.

En caso de persistir el empate, se seleccionará a la propuesta que ingreso primero en www.mercadopublico.cl.


De la Adjudicación.
La Licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las Bases de Licitación (Art. 10º inciso segundo de la Ley de Compras). La adjudicación se hará por Resolución fundada firmada por La Directora y contendrá los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 41º del Reglamento. La Resolución de adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicará posterior a la total tramitación de dicha Resolución, en el Sistema de Información. En caso de no ser posible efectuar la adjudicación en la fecha establecida, estará permitido establecer una nueva fecha, la que se realizará por Resolución Fundada.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, para consultas dirigirse al portal de Mercado Público.

El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez responderá al requirente a través de Mercado Público en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Dicha respuesta será adjuntada como anexa al portal mercado público para conocimiento de todos los participantes.

Modificación de la fecha de adjudicación.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada para la adjudicación en las presentes bases de licitación o ficha del portal mercado público, el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, publicará una nueva fecha en sistema de información, indicando las razones de dicha modificación, por lo que se dará inicio al servicio requerido una vez realizada la adjudicación del proceso, sin esperar la total tramitación del correspondiente contrato.
Re-adjudicación.
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, se reserva el derecho de re-adjudicar la licitación al oferente que siga al primer adjudicado en el orden que al efecto se establezca como resultado del proceso evaluativo en los siguientes casos: • Si el adjudicatario, desiste de su oferta. • Si el adjudicatario, se niega a aceptar la Orden de Compra infundadamente. • Si el adjudicatario, se encuentra sancionado por prácticas anti sindicales. • Si el adjudicatario, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido o no firma el contrato en el plazo fijado para ello. • Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el registro de Proveedores no figure hábil, o que no registre inscripción en el registro de proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a re adjudicar.
Deserción e inadmisibilidad.
En el caso que no se hayan presentado más ofertas o si se estima que el resto de las ofertas no son convenientes a los intereses del Establecimiento, se procederá por Resolución a declarar desierta la licitación y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme Art. 9º de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá: • Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presenten proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. • Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad. • Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al artículo 9, inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases. • Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición alguna o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases o de alguno de los documentos que forman parte de ellas.
Notificación de la adjudicación.
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl
Fiscalización de los Servicios
La Encargada de Fiscalizar el Servicio de Aseo es la Srta. Cecilia Llaipen, encargada de Servicios generales. Además, podrá exigir al contratista adjudicado el cambio de personal si hay descontento con su actitud, desempeño, presentación personal u otro en cada servicio prestado, esto último emitiendo un informe fundado a la Directora del Establecimiento. Esta supervisión contempla la revisión y visación de la asistencia de los auxiliares de aseo y en el caso que existiera un atraso se debe informar a la unidad de Abastecimiento para realizar el descuento respectivo en la facturación mensual. Una vez recepcionada la asistencia conforme, será quien firme la Factura de recepción conforme del servicio entregado.
Multas
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez cobrará multas al prestador en caso de que éste incurra en incumplimiento de lo señalado en estas Bases y/o contrato relativo al servicio requerido. La encargada de Servicios Generales será la encargada de ejercer el control del contrato visará las facturas del servicio de aseo y dará cuenta del cumplimiento del servicio o resultado, calidad y plazo de entrega, o de los incumplimientos en que haya incurrido el proveedor respecto a objetivos o plazos definidos, caso en cual propondrá la aplicación de multas pertinentes. En el caso en que hubiera incumplimientos y sea motivo para cursar multas se deberá informar a Abastecimiento a través de un Informe, detallando lo sucedido. Las multas podrán ser aplicadas en forma independiente o de manera conjunta. Las multas podrán ser aplicadas en forma independiente o de manera conjunta, en los siguientes casos: • Multas leves. Las multas leves se cobrarán un equivalente a 1 UTM por cada incumplimiento y estas deberán ser descontadas de la facturación mensual en el mes que se infringió el incumplimiento del contrato y que se indican a continuación: i. Incumplimiento de provisión de reemplazo del personal. Las multas por no tener reemplazo en el servicio de aseo, se aplicarán por cada día hábil de atraso reiterado sin previo aviso; esto de acuerdo a los plazos y requerimientos técnicos preestablecidos en las presentes bases de licitación. Se entenderá como reiteradas veces, más de 3 días hábiles seguidos en el que no se presente el reemplazo del servicio de aseo para el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez. Superado los 5 días hábiles se procederá al cobro de multa grave. ii. Incumplimiento de realizar el aseo en los lugares designados. Las multas por incumplimiento de aseo en lugar designado se aplicara una vez recepcionada la inquietud de la Encargada de aseo y respaldado por Informe. • Multas graves. Las multas graves se cobrarán un equivalente a 3 UTM por cada incumplimiento y estas deberán ser descontadas de la facturación mensual en el mes que se infringió el incumplimiento del contrato y que se indican a continuación: i. Incumplimiento de 6 días hábiles sin reemplazo en la entrega del servicio, esto de acuerdo a los plazos y requerimientos técnicos preestablecidos en las presentes bases de licitación. Las multas no podrán sobrepasar el 15% del valor total del contrato. En el caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Nota: La UTM aplicable, será la correspondiente al mes en que se verificó la falta En caso de aplicar alguna sanción, por los motivos descritos en el punto anterior, según estas bases, se concederá un plazo de 5 días hábiles, a fin de que éste manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. En el evento que al proveedor se le aplique multas, éstas deberán ser pagadas ingresando el monto que corresponda directamente a la cuenta corriente del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez – Banco estado, Cuenta corriente 84309054660 y debe hacer llegar el comprobante al CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez vía correo electrónico apoyoabastcag@saludaysen.cl y/o Oficina de Partes. La resolución que aplica la multa se publicará en el portal Chile Compra (art. 79 ter, Reglamento de Compras Públicas.
Del Contrato
Se materializa con el envío de la orden de compra y con el contrato respectivo, que será generado una vez adjudicada la Licitación Pública. El adjudicatario no podrá de forma alguna subcontratar, delegar o ceder a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en virtud del contrato o cualquiera de sus partes, ni gravar con prendas o establecer otros gravámenes sobre el contrato, así como, tampoco podrá transferir el contrato que suscriba en razón del presente proceso licitatorio. La infracción de esta prohibición dará derecho al Establecimiento para poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases de Licitación, preguntas y respuestas del proceso licitatorio y la oferta del adjudicatario, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se realice con el adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven. Las partes podrán modificar el contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones acordadas durante el periodo de vigencia se incorporarán en anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán alterar la naturaleza del objeto del Contrato, ni los principios de igualdad de los oferentes, ni el de libre concurrencia. El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Establecimiento el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de transgredir esta normativa.
Término Anticipado del Contrato:
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, podrá declarar administrativamente el término del contrato, en todo o en parte, sin ulterior recurso del adjudicatario, por algunas de las siguientes causales: • Que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los servicios. • Que el Servicio compruebe, previo peritaje técnico u opinión de experto, que los contenidos, forma o detalles técnicos no corresponden, en calidad, características u otro a lo acordado en el convenio o a lo ofertado. • Que el Proveedor fuere decretado en quiebra, se disolviera la sociedad o fuera declarado en estado de notoria insolvencia, entendiéndose por ésta la falta de capacidad de pago para responder a sus obligaciones. • Otras causales indicadas en el Art. 13 de la Ley Nº 19.886 y en su Reglamento. El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, velará por el cumplimiento total del contrato, conforme a lo establecido en las presentes Bases. En todos los casos señalados anteriormente no operará indemnización alguna para el adjudicatario. La (s) empresa (s) adjudicadas (s) será (n) el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato. Cualquier incumplimiento al contrato por causas imputables al oferente adjudicado, facultará al mandante para poner término anticipado a éste, por simple resolución administrativa, sin forma de juicio, no obstante, cualquier otra medida que el caso requiera. Se entenderá por incumplido si la (s) empresa (s) no da (n) cabal cumplimiento a lo estipulado en las Bases, salvo en casos que sean considerados como de fuerza mayor por el Cesfam Dr. Alejandro Gutiérrez. La falta de prestación de los servicios o la detección de daños severos e irreparables al establecimiento.
Orden de Compra.
La Orden de Compra se emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl por el monto total (incluidos impuestos) adjudicado por las diversas líneas de la Licitación Pública denominada SERVICIO DE ASEO DE NOV-DIC 2023 Y ENE 2024. Luego, se enviará al proveedor adjudicado la Orden, donde se debe realizar la aceptación de la misma en el mencionado portal. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 48 horas cronológicas para Aceptar la Orden de Compra, transcurrido ese plazo, se entenderá como que el Proveedor rechazó la oferta. En el caso que el adjudicatario no se encuentre Hábil en Chile Proveedores al momento de la adjudicación, se le remitirá la Orden de Compra, solo una vez que se constate su inscripción del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada. En el evento que el adjudicatario no cumpla con lo anterior, el mandante podrá proceder a re-adjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado.
Pago de la factura.
La factura será pagada dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la factura o de acuerdo a disponibilidad presupuestaria, siempre y cuando esté aceptada la orden de compra en el portal mercado público. • La facturación debe realizarse a nombre del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, RUT 61.974.500-0, dirección calle Fco. Bilbao Esq. Mackenna s/n, Coyhaique, describiéndose en la glosa el servicio adquirido por el establecimiento. De igual forma, mencionar el número de orden de compra correspondiente, en el recuadro Folio/referencias con mayúsculas y guiones. Recordar que al facturar debe enviar el DTE al correo en formato PDF y el formato XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com • El proveedor deberá emitir la factura electrónica mensualmente, una vez que el servicio este recepcionado conforme por la Encargada de Servicios Generales, Cecilia Llaipen del CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez. • Se requiere que la factura debe estar escrito la condición de Pago CRÉDITO, de indicar contado/efectivo el Sistema de Gestión de Documento Tributario Electrónico (ACEPTA), lo asume como cancelado y no procesa el pago. • En caso de errores en la emisión de la factura, esta será reclamada/rechazada y se solicitará al proveedor la respectiva Nota de Crédito y re-facturación del documento. • En el caso de que el inicio o término del servicio fuesen durante el transcurso del mes, sólo se realizará el pago por los días, horas y minutos que se prestaron los servicios.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de la licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que se aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Descripción General del Servicio
Se requiere contar con el Servicio de aseo a partir del mes de noviembre, con término de vigencia con fecha 31.01.2024. Sin embargo, la Orden de Compra se creara con el monto de noviembre, diciembre y $ 1 (un peso) por el mes de enero 2024; esto debido a que la Orden de compra se creara con presupuesto del año 2024 El contratista estará obligado a prestar el servicio de aseo, el servicio comprende la limpieza de baños, suelos, ventanas, muebles, botar basura, colocar papel y toallas en dispensadores y otras acciones inherentes a sus funciones para el CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, en forma continua y responsable durante todo el período adjudicado, a su vez velar por el fiel cumplimiento de los servicios prestados. El servicio de aseo no podrá suspenderse. Si por alguna causa de fuerza mayor, no contara con la persona encargada de realizar el servicio, el adjudicatario deberá proporcionar otra persona para cubrir el servicio, situación que debe ser informada con anterioridad a la Encargada de Servicios General, representado por su Encargada Cecilia Llaipen.
Características del Servicio.
El servicio de aseo se requiere para apoyar a los auxiliares de aseo del establecimiento y sus dependencias, es decir, se requiere de personal de aseo (06 personas) que serán distribuidas para reforzar el aseo del CESFAM, CECOSF y CCS. Además se requiere un servicio terminal de limpieza para el box de Toma de muestras y Curaciones dos sábados por mes. i. Se requiere 04 (cuatro) personas para el apoyo del Servicio de aseo del Centro de Salud Familiar CESFAM, ubicado en Bilbao esquina Mackenna S/N y sus dependencias ya sea CECOSF o CCS. ii. Se requiere 02 (dos) personas para el Servicio de aseo en el Centro Comunitario de Salud CCS, ubicado en José Miguel Carrera Nº 20. Sin embargo, el segundo de ellos se hará efectivo siempre y cuando la Seremi de Salud autorice el normal funcionamiento del Centro de Salud.
La Distribución de personal.
La encargada de Servicios generales será quien distribuya el aseo, ya sea en box, oficinas, baños públicos, patio de acceso principal, área perimetral u otra dependencia del CESFAM (CECOSF, CCS, sedes comunitarias) en donde se requiera el apoyo.
El horario.
El horario en que se prestará el servicio será de lunes a viernes y los turnos del personal deben ser distribuidos entre las 08:30 hrs y las 19:00 hrs y no debe superar las 9 horas y media diarias y su colación será de 45 minutos. Asimismo el servicio de aseo terminal será 02 sábados al mes, siendo su horario el siguiente: i. Horario de entrada 09:00 hrs. ii. Horario de salida 12:00 hrs. El horario será supervisado por la Encargada de Aseo y se regirá su entrada y salida por la planilla de marcaje digital o en un libro de asistencia. No se pagarán horas extras fuera del horario establecido.
Reemplazo del personal
El proveedor podrá reemplazar al personal dispuesto para el servicio adjudicado, presentando un documento con todos los antecedentes correspondientes de la persona que reemplazará dirigido a la encargada de Servicios Generales o quien lo subrogue, con un mínimo de 12 horas de anticipación.
Aspectos contractuales.
El cálculo se realiza en base a 30 días trabajados y los descuentos se realizan por descuento de planilla de asistencia revisada, visada y aceptada por la Encargada de Servicios generales.
Provisión de Insumos y repuestos
El CESFAM Dr. Alejandro Gutiérrez, dispondrá de los insumos básicos de aseo y limpieza. Estos de acuerdo a lo disponible en el stock de la bodega de insumos de aseo para el correcto funcionamiento del Servicio.