Licitación ID: 3951-12-LE23
SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD CALLE RIQUELME
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO VICTOR DOMINGO SILVA, Consultorio Victor Domingo Silva
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Guardias de seguridad 1 Unidad
Cod: 92121504
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD, PARA LAS INSTALACIONES DE CALLE RIQUELME N°132 DEPENDIENTE DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD CALLE RIQUELME
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objetivo de la presente licitación pública es la contratación del servicio de guardia de seguridad, con el fin de resguardar el orden y seguridad de los funcionarios que trabajan en el inmueble y a los usuarios que se atienden en él, por lo que se requiere de la presencia de guardia de seguridad durante todo el periodo de atención, en forma ininterrumpida.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONSULTORIO GENERAL URBANO VICTOR DOMINGO SILVA
Unidad de compra:
Consultorio Victor Domingo Silva
R.U.T.:
61.974.700-3
Dirección:
Los Aromos Esq. Alejandro Gutierrez
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-03-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 20-02-2023 18:21:43
Fecha inicio de preguntas: 21-02-2023 8:30:00
Fecha final de preguntas: 23-02-2023 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-02-2023 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-03-2023 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-03-2023 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 09-03-2023 17:42:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita en terreno obligatoria en calle Riquelme N°132, lugar donde se prestará el servicio de guardia de seguridad. 28-02-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo Administrativo
Documentos Técnicos
1.- Anexo Técnico
 
Documentos Económicos
1.- Anexo Económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia en el rubro Experiencia de la empresa en rubro de la construcción (Públicas y Privadas) Acredita 5 o más contratos, adjudicaciones, Órdenes de compra, facturas etc. 100 puntos Acredita entre 3 y 4 contratos, adjudicaciones, Órdenes de compra, etc. 50 puntos Acredita entre 1 y 2 contratos, adjudicaciones, Órdenes de compra, etc. 20 puntos Acredita 0 contratos, adjudicaciones, Órdenes de compra, etc. 0 puntos *La información debe ser ingresada en el Anexo N° 07 de las presentes Bases de Licitación. 10%
2 Mejores condiciones de remuneraciones El puntaje máximo lo obtendrá aquella oferta que presente una mayor remuneración mensual imponible para su personal. Las ofertas serán evaluadas según la siguiente fórmula: -Pje Oi= (Oi/Oe)*20 Pje Oi: Puntaje obtenido por oferente Oe: Oferta más conveniente Oi: Oferta del Oferente *La información debe ser ingresada en el Anexo N° 04 de las presentes Bases de Licitación. 30%
3 Evaluación Económica Oferta Mínima / Oferta Evaluada * (100) *La información debe ser ingresada en el Anexo N° 03 de las presentes Bases de Licitación. Hasta 100 puntos (Dependiendo del resultado de aplicación fórmula) 30%
4 Cumplimiento requisitos técnicos (Propuesta) La oferta presentada cumple con la totalidad de requerimientos técnicos 100 (puntos La oferta presentada NO cumple con la totalidad de requerimientos técnicos *La información debe ser ingresada en el Anexo N° 05 y N°06 de las presentes Bases de Licitación. 0 puntos 20%
5 Envío oportuno y completo de la documentación soli SI 100 puntos Envía mediante aclaración de oferta 50 puntos Para obtener la totalidad del puntaje en este criterio, el oferente deberá adjuntar toda la documentación requerida para ofertar y en los formatos dispuestos para ello, al momento del cierre de las ofertas. En caso de ser solicitado algún documento o anexo mediante la herramienta aclaración de ofertas, el puntaje por formalidad de la oferta será el indicado en la tabla. Si no se adjuntan los anexos solicitados por medio de la herramienta aclaración de ofertas dentro del plazo establecido, la oferta será desestimada. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Consultorio Víctor Domingo Silva
Monto Total Estimado: 13400000
Justificación del monto estimado Monto disponible considerando los valores que se manejan en el mercado por el Servicio requerido.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 292 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rina Lagos Pruessing
e-mail de responsable de pago: Jefeadministracionyfinanzas.cvds@saludaysen.cl
Nombre de responsable de contrato: Ma. Cristina Orellana Fierro
e-mail de responsable de contrato: abastecimiento1.cvds@saludaysen.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2904400-32
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe subcontratar, conforme al Artículo N° 76 del reglamento
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Consultorio General Urbano Víctor Domingo Silva, Rut 61.974.700-3
Fecha de vencimiento: 22-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para resguardar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD, PARA LAS INSTALACIONES DE CALLE RIQUELME N°132 DEPENDIENTE DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2023”, adjudicado a través de licitación ID N° (_____)
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento será restituida en un plazo de 60 días hábiles después de la Recepción Conforme, siempre que el contratista acredite el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores hasta el último mes en el que se prestaron los servicios.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, se hará efectiva en los siguientes casos:
1. El Establecimiento cobrará la boleta de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en caso de que éste incurra en incumplimientos, de acuerdo a lo señalado en las Bases de Licitación, para esto bastará un informe de la Jefa de la Unidad de Administración y Finanzas, que dé cuenta de él o los incumplimientos en que haya incurrido el proveedor. 2. Si previo al pago, se constata que el adjudicatario registra deudas pendientes de obligaciones laborales o previsionales con sus trabajadores, siempre que estos trabajadores tengan o hayan tenido relación directa con el servicio o la adquisición producto de ésta licitación. 3. Si se da termino anticipado al servicio porque el adjudicatario subcontrata, delega o cede a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en virtud del contrato; grave con prendas; establezca otros gravámenes sobre el Contrato; o transfiera el contrato, sin perjuicio de lo establecido en los A° 74 Y 76° del reglamento. 4. Si se da término anticipado al servicio en razón a que el adjudicatario no da cumplimiento a las normas de Confidencialidad de la Información o a las cláusulas de confidencialidad contenidas en las bases de licitación. 5. Si al producirse al término anticipado del servicio existen obligaciones pendientes del adjudicatario para con sus trabajadores o prestadores o para con el Establecimiento, incluso cuando el contrato se termine de común acuerdo de las partes. 6. Si el proveedor adjudicado no paga las multas aplicadas o no sea posible descontarlas de la facturación adecuada. Lo anterior previa notificación formal por parte del Establecimiento. 7. Si se da término anticipado al servicio porque el adjudicatario no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las Bases de Licitación. Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el contratista asuma en virtud de la Bases de Licitación. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento será devuelta mediante Memo dirigido al proveedor para el retiro de ésta en el Establecimiento, una vez se haya cumplido el plazo de vigencia de la misma.
Requisitos mínimos para ofertar
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante de declaración jurada disponible a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades del Establecimiento, como entidad licitante, de verificar esta información en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición. Asimismo, el oferente no debe estar afecto a ninguna de las inhabilidades señaladas en la Ley para poder participar en procesos de licitación pública y especialmente en las contenidas en el artículo 4° de la Ley de Compras, lo cual se acredita mediante la presentación de la declaración Jurada que forma parte de los documentos de la licitación, la cual debe ser firmada y adjuntada a su oferta. 15. Consultas y aclaraciones a las bases. Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula “etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl, El Consultorio Víctor Domingo Silva, pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula “etapas y plazos”. Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por el Consultorio Víctor Domingo Silva, no considerando las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
Presentación de propuestas económicas
Las propuestas económicas se presentarán a través del Portal Mercadopublico.cl denominadas “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD, PARA LAS INSTALACIONES DE CALLE RIQUELME N°132 DEPENDIENTE DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2023” ingresando el valor neto ofertado por el servicio licitado, que regirá la contratación. La propuesta económica deberá mantenerse válida durante toda la vigencia de la licitación. Para la debida comprensión del contenido de las propuestas entregadas por los proponentes, el Servicio, podrá solicitar, durante el proceso de evaluación, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por parte del Servicio de Salud Aysén que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Prohibiciones
No podrán participar en esta propuesta, directamente o como apoderados de terceros, las personas naturales que tengan la calidad de funcionarios del Consultorio Víctor Domingo Silva, hayan sido destinados a ella o que se desempeñen en la Institución en cumplimiento de obligaciones derivadas de Contratos, como tampoco las personas jurídicas cuyos socios o personal directivo, según sea la naturaleza de la sociedad, tengan la misma calidad o desempeño. Tampoco podrán participar el o la cónyuge de los funcionarios del Consultorio Víctor Domingo Silva, ni de los socios y directivos mencionados, así como sus hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Dando cumplimiento a lo dispuesto por la Circular 2C 60 de 24 de noviembre del año 2000 de la Subsecretaría de Salud, se establece además los siguientes deberes y prohibiciones: • Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. • Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. • Hacer valer indebidamente la posición de prestador de servicios para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. • Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. • Participar en decisiones, referidas a los servicios prestados, en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. • Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. • Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la Institución.
Solicitud de aclaraciones y antecedentes
La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales y presenten certificaciones o antecedentes que hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones y certificaciones y/o antecedentes, no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad. Esta solicitud se efectuará a través del Foro Inverso del Sistema de Información, y los oferentes dispondrán de un plazo fatal de 48 horas, a partir de la hora y día en que se hace la solicitud por dicho foro, para subirla al Sistema de Información antes mencionado. Si cumple, se admitirá la oferta y se evaluará, pero si no cumple, o no presenta la documentación solicitada en esta segunda instancia o no la presenta en los términos señalados, se declarará inadmisible la oferta, mediante el acto administrativo correspondiente. La Comisión deberá informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Todo de acuerdo al Artículo 9º de la Ley de Compras y al Artículo 40 del Reglamento. Bajo la modalidad antes señalada, el Establecimiento permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, el Establecimiento a través del foro inverso comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo fatal de 48 horas para que las subsane. El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación al acto de apertura y/o evaluación, deberá hacerlo a través del Sistema de Información, de acuerdo a lo dispuesto en la primera parte del inciso final del artículo 33 del Reglamento.
De la apertura de las ofertas.
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades en un solo acto, a través del portal. Primeramente, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas. En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 48 horas, contados desde el inicio del acto de apertura, para presentar a Servicio de Salud Aysén, un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante del Servicio y el resto de los oferentes de la presente licitación. En tal evento se permitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de su oferta, dentro del mismo plazo señalado para tales efectos en el cronograma de actividades de la licitación. Adicionalmente deberá contar con el código de reclamo efectuado al sistema de información de compras y contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información.
Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación.
El Servicio, podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal. El Establecimiento permitirá, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos el establecimiento a través de foro inverso comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo de 48 horas para que las subsane.
Adjudicación
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las Bases de Licitación. (Artículo 10, inciso 2º de la Ley de Compras). La adjudicación se hará por Resolución Exenta y contendrá los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento. Los días corridos del plazo de entrega que se comprometa se cuentan desde la emisión de la orden de compra y quedarán establecidos en la Resolución Fundada de este Servicio, que Apruebe el Acta de Evaluación de la presente licitación. La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posterior a la total tramitación de dicha Resolución, en el Sistema de Información. La licitación se readjudicará, mediante Resolución Fundada, en caso de que el oferente adjudicado presente algún problema para dar cumplimiento a lo establecido en las bases de licitación o para cumplir con su oferta. Previa solicitud de prórroga de oferta que se hará por foro inverso, se readjudicará al oferente que obtenga el segundo mejor puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta. En el caso de que este último no pudiera o manifestara su voluntad de no prorrogar su oferta, se readjudicará al oferente que presente el tercer mejor puntaje de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas. Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta, es decir, se verificará si la oferta que se quiere readjudicar se enmarca dentro del presupuesto que dispone el Establecimiento. Además, se notificará a la Dirección de Compras Públicas sobre el incumplimiento del proveedor para todos los efectos legales que procedan, haciendo el reclamo respectivo en Chile proveedores. Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el Registro de Proveedores no figure hábil; o que no registre inscripción en el Registro de Proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de quince (15) días corridos desde la adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a readjudicar. En el caso de que no se hayan presentado más ofertas o si se estima que el resto de las ofertas no son convenientes a los intereses del Establecimiento, se procederá por resolución a declarar desierta la licitación y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme al Art. 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá: • Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presentan proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. • Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad. • Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al Artículo 9, Inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación. Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. Los proveedores que tengan consultas respecto a la adjudicación, deberán utilizar los mecanismos considerados en la Ley de Compras.
Notificación de la adjudicación
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl
Readjudicación
El Establecimiento se reserva el derecho de re-adjudicar la licitación al oferente que siga al primer adjudicado en el orden que al efecto se establezca como resultado del proceso evaluatorio en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario desiste de su oferta. b) Si el adjudicatario se encuentra sancionado por prácticas anti sindicales. c) Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el registro de Proveedores no figure hábil, o que no registre inscripción en el registro de proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a re adjudicar. d) Si el adjudicado no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato dentro del plazo establecido o no acepta el contrato dentro del plazo establecido.
Resolución de empates
La Comisión Evaluadora emitirá un informe, dirigido a la Directora del Consultorio Víctor Domingo Silva, el cual contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades. En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate: 1. Mayor puntaje de la oferta económica. 2. Mayor puntaje de la oferta técnica (experiencia del oferente) 3. Mayor puntaje de la oferta administrativa. En caso de persistir el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
Solución de consultas respecto de la adjudicación
Las consultas respecto de la adjudicación deberán ser dirigidas al correo electrónico de abastecimiento1.cvds@saludaysen.cl, en un plazo no mayor a 48 horas de publicada la notificación de adjudicación indicando claramente, nombre, número telefónico, correo electrónico, por el cual desea recibir respuesta. El Consultorio Víctor Domingo Silva responderá al requirente a través de correo electrónico en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Dicha respuesta será adjuntada como anexa al portal mercado público para conocimiento de todos los participantes.
Validez de las ofertas presentadas
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período
Modificación de la fecha de adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha indicada para la adjudicación en las presentes bases de licitación o ficha del portal mercado público, el Establecimiento publicará una nueva fecha en sistema de información, indicando las razones de dicha modificación mediante la resolución fundada, por lo que se dará inicio al servicio requerido una vez realizada la adjudicación del proceso, sin esperar la total tramitación del correspondiente contrato.
Deserción e inadmisibilidad
En el caso que no se hayan presentado ofertas, o si se estima que el resto de las ofertas no son convenientes a los intereses del Establecimiento, se procederá por Resolución a declarar desierta la licitación y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme Art. 9º de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá:  Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presenten proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.  Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad. Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al artículo 9, inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases. Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición alguna o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases o de alguno de los documentos que forman parte de ellas.
Contratación y otras acciones posteriores a la adjudicación
27.1. Contrato que se concreta a través de una Orden de Compra: El contrato al que refieren las presentes bases no contempla reajustes ni intereses, es de ejecución inmediata y se formalizará con la emisión de la Orden de Compra y posterior aceptación por parte del proveedor, de acuerdo a lo permitido por el art. 63 del Reglamento. La emisión de la Orden de Compra se realizará de forma única al momento de la adjudicación por el monto total del periodo contratado. (15.03.2023 al 31.12.2023) esta será rebajada mediante la facturación mensual. La Orden de Compra se emitirá a través del portal www.mercadopublico.cl, una vez enviada la Orden de Compra por parte del Establecimiento, el adjudicatario debe realizar la aceptación de la misma en el mencionado portal en un plazo máximo de 48 horas cronológicas. Se entenderá como rechazo que el adjudicatario no la haya aceptado transcurrido dicho plazo. Para el caso que el adjudicatario no se encuentre hábil en Chile Proveedores al momento de la adjudicación, tendrá un plazo de 05 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación en el sistema, plazo en concordancia con lo establecido en las “políticas y condiciones de uso del sistema”. En el evento que el adjudicatario no cumpla con lo anterior, el Establecimiento podrá proceder a re-adjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado. El adjudicatario no podrá de forma alguna subcontratar, delegar o ceder a cualquier título las obligaciones que adquiera en virtud del contrato o cualquiera de sus partes. El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones, según lo estipula el Art. 74 y 76 del reglamento. La infracción de esta prohibición dará derecho al Establecimiento para poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases de Licitación, preguntas y respuestas del proceso licitatorio y la oferta del adjudicatario, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en cada Orden de Compra, haciéndose responsable el adjudicatario del cumplimiento de las obligaciones que se deriven. El adjudicatario se obliga y compromete a ejecutar sus actividades en conformidad a las normas de Confidencialidad de la Información contenidas en la Ley Nº 20.584/2012 del Ministerio de Salud y que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud y Ley Nº 19.628/1999, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre la protección de la vida privada, por lo cual no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste. El adjudicatario debe guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas y trabajadores de éstos. El adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Establecimiento el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes. 27.2. Normas que rigen la relación contractual Regirán la relación contractual entre las partes, todos los documentos que forman parte del llamado a licitación pública, especialmente las BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS de la Licitación Pública “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDIA DE SEGURIDAD, PARA LAS INSTALACIONES DE CALLE RIQUELME N°132 DEPENDIENTE DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2023” y los documentos que a título de informes, facturas, boletas y observaciones o alcances se emitan durante la vigencia de la relación contractual.
Remuneraciones e Imposiciones, Leyes Sociales de los Trabajadores
El pago de las remuneraciones a los trabajadores, cotizaciones y otros pagos que corresponda efectuar al proveedor, se realizará en estricto apego a la legislación vigente. Para comprobar el debido cumplimiento de estas obligaciones, se solicitará mensualmente, para la presentación del estado de pago, el Certificado de Cumplimiento de obligaciones Laborales y Previsionales (F 30-1), otorgado por la Dirección del Trabajo, adicionalmente el Consultorio Víctor Domingo Silva, se reserva el derecho de solicitar información adicional, en cualquier tiempo, donde le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.
Pago y recepción de la factura
El proveedor deberá emitir factura dentro de los primeros 10 días hábiles posterior al mes que entregó el servicio adjudicado, emitiendo factura mensualmente por la prestación efectiva del servicio de guardia de seguridad, de acuerdo al valor total mensual indicado en su oferta. Para el caso de los días de prestación efectiva que no alcancen a un mes, el prestador deberá emitir factura por el valor proporcional a los días del mes respectivo. Para la facturación, se deberá considerar los siguientes datos del Consultorio Víctor Domingo Silva, RUT 61.974.700-3, dirección calle Alejandro Gutiérrez N° 1278, Coyhaique, describiéndose en la factura el nombre de la licitación y el número de orden de compra correspondiente a la cual se asoció el documento. El Consultorio Víctor Domingo Silva aceptará la factura que emita el proveedor adjudicado de acuerdo al valor total indicado en su oferta, factura que deberá ser enviada en formato XML a la casilla de Intercambio dipresrecepcion@custodium.com dentro de las 72 hrs. desde la emisión del documento. El Establecimiento, a través de su Área de Abastecimiento, ingresará en la Plataforma Mercado Público la respectiva recepción conforme, firmada por la Jefa de la Unidad de Administración y Finanzas. Posteriormente la factura se devengará de forma automática en el sistema Acepta (DIPRES) y, por último, será la Tesorería General de la Republica quien cancele directamente al proveedor en la cuenta indicada en el anexo económico de su oferta. Cabe señalar que, respecto al devengo y pago oportuno de los documentos tributarios, se debe tener presente lo siguiente: • El adjudicatario deberá emitir una factura electrónica haciendo referencia a la orden de compra y precio por los cuales formalizó el contrato. La factura emitida que no cuente con este respaldo será rechazada a través de la página del Servicio de Impuestos Internos. • El Establecimiento, a través del área de Abastecimiento, ingresará en la Plataforma Mercado Publico la respectiva recepción conforme. Posteriormente el documento se devengará de forma automática en el sistema Acepta (DIPRES). • El pago de la factura se efectuará por parte de la Tesorería General de la República en un plazo no superior a 30 días desde la fecha de emisión del documento, pudiendo el proveedor revisar el detalle en www.tgr.cl.
Término Anticipado de contrato
El Servicio podrá poner término anticipado al contrato, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el adjudicatario, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley N° 19.886; Artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 y/o incumplimientos atribuibles al proveedor y especialmente por alguna de las siguientes causales: • Si se comprobase la omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. • Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. • Si se disuelve la empresa adjudicada. • Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante en perjuicio del cumplimiento de sus funciones. • Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. • En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 05 días hábiles. • En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 30 % del valor total contratado. • Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases. • Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. • En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. • En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos. • Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. • Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
Multas y Sanciones
Los incumplimientos del contrato de servicio de guardias de seguridad, darán lugar a los siguientes tipos de sanciones: i) Multas leves ii) Multas graves 31.5. Multas leves: Procederá la aplicación de una multa leve en el caso que se verifique cualquiera de los incumplimientos de contrato que se indican a continuación: a) Incumplimiento reiterado en los horarios de presentación, estableciéndose motivo de multa desde la cantidad de 2 episodios de retraso. b) Presentación del personal desaseado, o en condiciones no aptas para una prestación de servicio segura y responsable. c) Trato incorrecto o deficiente a los funcionarios por parte del guardia, debidamente comprobado, previa denuncia de funcionario y/o informe por escrito dirigido a la Unidad de Administración y Finanzas. Esta sanción es sin perjuicio de la obligación de sustitución del guardia que pesa sobre el adjudicatario, cuando se le haya requerido el cambio. d) Rehusar o no dar cumplimiento a las funciones establecidas en las bases para el guardia de seguridad. La Multa Leve consistirá en el cobro de 3 UTM por cada incumplimiento, que deberá ser descontado de la facturación mensual correspondiente; o mediante el cobro de la garantía. 31.6. Multas graves Procederá la aplicación de una multa grave en el caso que se verifique cualquiera de los incumplimientos de contrato que se indican a continuación: a) Incumplimiento de la obligatoriedad de contratar y mantener vigente la documentación, tanto del personal que resta servicio y/o de las obligaciones previsionales. b) El guardia llegue a cumplir sus funciones en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, o se desempeñe en dichos estados durante la jornada de trabajo. c) La interrupción de la entrega del servicio que no se encuentre autorizada y/o no informada al establecimiento licitante. El valor de la Multa Grave será de 6 UTM por cada incumplimiento, la que deberá ser descontada de la facturación mensual correspondiente, o mediante el cobro de la garantía. Cualquier anomalía, retraso en la entrega del servicio por parte del oferente adjudicado y que ponga en riesgo el normal funcionamiento de las salidas diarias del recorrido establecido, autorizará al Servicio para requerir y contratar a terceros por cuenta y a cuenta del adjudicatario el servicio de traslado de los funcionarios. Los gastos que irroguen en esta compra extraordinaria serán descontados de los pagos que pudieren corresponder hacer al oferente adjudicado. Nota: La UTM aplicable, será la correspondiente al mes en que se verificó la falta.
Procedimiento en caso de sanciones aplicadas
En caso de aplicar alguna sanción o multa, se concederá un plazo de 5 días hábiles al proveedor, a fin de que éste manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Al efecto, se le enviará Oficio (en que se le comunique la sanción y fundamentos) al domicilio que registre en el contrato, por medio de carta certificada enviada por Correos de Chile, sin perjuicio de remitirle los antecedentes al correo electrónico que haya indicado. De mantenerse la determinación de aplicar sanción, ésta deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución que aplica multa se publicará en el portal Chile Compra (Art. 79 ter, Reglamento de Compras Públicas). Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la Dirección para poner término anticipado al contrato en casos fundados o previstos en las bases de licitación, dictando el acto administrativo correspondiente.
Discrepancias
Ante discrepancias entre lo indicado en las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas, anexos o cualquier otro documento que regule el proceso licitatorio) y lo indicado en la Ficha de Licitación del Sistema de Información, prevalecerá lo señalado en las Bases de Licitación. Ante discrepancias entre las Bases, oferta y/o la orden de compra, prevalecerá la oferta en todas aquellas situaciones en que ésta establezca condiciones, plazos, montos o valores, o modos más ventajosos para el Establecimiento. De otra forma prevalecerán las Bases. Ante discrepancias entre las Anexos presentados por el oferente y lo ofertado en el Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas (www.mercadopublico.cl), prevalecerá la situación que establezca las condiciones más ventajosas para el Establecimiento.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.