Licitación ID: 3951-19-LE24
SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL C.V.D.S.
Responsable de esta licitación: CONSULTORIO GENERAL URBANO VICTOR DOMINGO SILVA, Consultorio Victor Domingo Silva
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2024  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL C.V.D.S.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2024
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONSULTORIO GENERAL URBANO VICTOR DOMINGO SILVA
Unidad de compra:
Consultorio Victor Domingo Silva
R.U.T.:
61.974.700-3
Dirección:
Los Aromos Esq. Alejandro Gutierrez
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2024 15:10:00
Fecha de Publicación: 16-04-2024 17:24:08
Fecha inicio de preguntas: 17-04-2024 8:30:00
Fecha final de preguntas: 19-04-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-04-2024 15:05:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-04-2024 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-04-2024 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 30-04-2024 17:19:44
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
INICIA en Calle Alejandro Gutiérrez N°1278 esq. Los Aromos y continua en Calle Riquelme N° 132, Coyhaique.Revisar condiciones de presentación en Numeral 9 "Visita en Terreno" de las bases de licitación 19-04-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO ADMINISTRATIVO
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TÉCNICO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONÓMICO
2.- ANEXO ECONÓMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica -Oferta Mínima / Oferta Evaluada * (100) Hasta 100 puntos(Dependiendo del resultado de aplicación fórmula) 30%
2 Experiencia en el rubro Experiencia de la empresa en rubro de aseo (Públicas y Privadas) -Acredita 4 o más años en el rubro, mediante contratos, adjudicaciones, Órdenes de compra, facturas etc. 100 Pts -Acredita 3 años en el rubro, mediante contratos, adjudicaciones, Órdenes de compra, etc. 70 Pts. -No acredita o acredita menos de 3 años en el rubro, mediante contratos, adjudicaciones, Órdenes de compra, etc.0 punto 10%
3 Mejores condiciones de remuneraciones -El puntaje máximo lo obtendrá aquella oferta que presente una mayor remuneración mensual imponible para su personal. -Las ofertas serán evaluadas según la siguiente fórmula: -Pje Oi= (Oi/Oe)*20 Pje Oi: Puntaje obtenido por oferente Oe: Oferta más conveniente Oi: Oferta del Oferente 30%
4 Cumplimiento requisitos técnicos (Propuesta) -La oferta presentada cumple con la totalidad de requerimientos técnicos. Obtendrá 100 pts -La oferta presentada NO cumple con la totalidad de requerimientos técnicos, obtendrá 0 Pto. 20%
5 Envío oportuno y completo de la documentación soli -Adjunta toda la documentación necesaria para su evaluación, lo cual incluye todos los anexos incluidos en bases de licitación. Obtendrá 100 pts. -Envía documentación mediante aclaración de oferta. Obtendrá 50pts -No envía la totalidad de documentación requerida para su evaluación. Obtendrá 0Pto. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto del Consultorio Víctor Domingo Silva.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 8 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Pía Cayún Bórquez
e-mail de responsable de pago: Jefeadministracionyfinanzas.cvds@saludaysen.cl
Nombre de responsable de contrato: Ma. Cristina Orellana Fierro
e-mail de responsable de contrato: encargadadeabastecimiento.cvds@saludaysen.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2904400-32
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe subcontratar, el fundamento es que el Servicio de Salud está adquiriendo estos servicios, con los posibles oferentes y consultores, que resulten contratados en base a sus antecedentes y a su experiencia individual, y bajo su responsabilidad en
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Consultorio General Urbano Víctor Domingo Silva, Rut 61.974.700-3
Fecha de vencimiento: 25-03-2025
Monto: 10 %
Descripción: La garantía debe ser entregada físicamente en oficina de partes del Consultorio Víctor Domingo Silva, calle Alejandro Gutiérrez N°1278 esq. Los Aromos, Coyhaique, con un plazo máximo de 05 días corridos contados desde la adjudicación de la Licitación. En los casos que fuera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, Firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma
Glosa: Para resguardar el fiel y oportuno cumplimiento de la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2024”, adjudicado a través de licitación ID N° (_____)
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento será restituida en un plazo de 60 días hábiles después de la Recepción Conforme, siempre que el contratista acredite el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores hasta el último mes en el que se prestaron los servicios.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Generalidades del proceso licitatorio
La presente Licitación será normada de acuerdo a lo establecido en la Ley de Compras Públicas N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto 250, ambos del Ministerio de Hacienda. Esto quiere decir que el Proceso de Licitación debe llevarse a cabo por parte del oferente a través del sistema de información de mercado público, sin perjuicio de las excepciones contenidas en la Ley. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, esto incluye catálogos, manuales y especificaciones o cualquier otro documento que se solicite en el proceso. En caso que un Oferente presente documentación electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley Nº19.799/2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Ley sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y al D.S. N°250/2004, que contiene el Reglamento de la Ley de Compras Públicas. De acuerdo al Artículo 27 del Reglamento, durante el proceso de licitación, los oferentes no podrán mantener contacto con la entidad licitante, salvo a través del Sistema de Información. Lo anterior, sin perjuicio de las excepciones legales. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles, contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información en soporte papel. El propósito de las presentes bases, es establecer las condiciones técnicas y administrativas que regirán la propuesta pública mediante la cual se concretará la contratación del servicio de aseo para el Consultorio Víctor Domingo Silva y sus dependencias, según especificaciones indicadas e incluidas en las Bases de esta licitación.
Participación de Proponentes.
Podrán participar en la respectiva propuesta pública las personas naturales y jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo; y no haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad no siendo taxativas: a) No estar afectos a una declaración de quiebra o notoria insolvencia, así como las personas naturales no deberán estar declaradas en interdicción en mérito de una sentencia judicial ni impedidas del ejercicio de los derechos políticos ni función pública. b) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. c) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. d) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. e) No ser funcionario directivo del Servicio de Salud Aysén, ni una persona unida a éste por los vínculos de parentesco; ni a sociedad de personas de las que este Servicio o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. f) Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. g) Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución. h) Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. i) Haber presentado al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. j) Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada. k) Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. l) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. m) Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). Las personas naturales pueden actuar personalmente. El llamado a licitación se realizará a través del Portal www.mercadopublico.cl, una vez aprobada la resolución que aprueba el llamado. El idioma oficial de la licitación será el español, el que deberá ser usado en todos los documentos asociados a la propuesta y también en aquellos que originen la materialización del respectivo contrato.
Objetivo de la propuesta.
El objetivo de la presente licitación pública es la contratación del servicio de personal de apoyo en las labores diarias de aseo y desinfección de las dependencias del Consultorio Víctor Domingo Silva en la ciudad Coyhaique. De esta forma, se espera recibir ofertas que aseguren la idoneidad y calidad técnica de los servicios ofertados, y que a su vez garanticen que la oferta se ajuste a los requerimientos que el Consultorio Víctor Domingo Silva ha especificado, además, se espera recibir ofertas ventajosas dentro de los precios de mercado. Esta licitación pública se regirá en todo momento, por las disposiciones contenidas en la Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios N° 19.886 (Ley de Compras Públicas) y su reglamento. Además, serán aplicables las disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas de licitación, las Especificaciones Técnicas y además documentos que la integren, y por todas las normas legales, reglamentarias y técnicas pertinentes que sean aplicables y que se encuentren vigentes al momento de su publicación. La presente propuesta es de carácter público y los proponentes interesados podrán acceder a la información detallada de esta licitación, mediante el ingreso al sitio web www.mercadopublico.cl .
Especificaciones técnicas de la línea de servicio a contratar
“CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2024” GENERALIDADES I. ANTECEDENTES: Las presentes Especificaciones Técnicas, regirán para la Licitación Pública “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2024”. II. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN: El objetivo de la presente licitación pública es la contratación del servicio de 02 personas para el apoyo en el servicio de aseo del Consultorio Víctor Domingo Silva y sus dependencias, por lo que se requiere de la presencia del personal de aseo durante todo el periodo que dure el convenio, en forma ininterrumpida. Servicio debe ser prestado por una empresa con experiencia acreditable en el rubro, criterio que será evaluado por el requirente según la información ingresada en el Anexo N°2.2 “Experiencia del oferente” que forma parte de las presentes bases. i. JORNADA DEL SERVICIO A CONTRATAR Se requiere 02 personas para el apoyo en el servicio de aseo de las dependencias del Consultorio Víctor Domingo Silva, inicialmente en la siguiente jornada: • Lunes a viernes: - Inicio de jornada a las 07:45hrs. - Término de jornada a las 18:30hrs. Cabe señalar que, el horario queda sujeto a modificaciones, según necesidad del establecimiento licitante, considerando que, desde marzo a diciembre, el Establecimiento atiende a usuarios los días sábados. III. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR: i. ENTREGA DEL SERVICIO El servicio se debe entregar en forma ininterrumpida durante todo el horario establecido por la entidad requirente, por lo que el proveedor deberá velar por el cumplimiento de la normativa legal vigente que dice relación con los turnos de los trabajadores y la duración de la jornada laboral. Por consecuencia, no será factible que, bajo ninguna circunstancia, los empleados hagan abandono de su lugar de trabajo mientras están en horario de prestación del servicio, por lo que, el proveedor deberá contar con el personal de relevo o reemplazo para cubrir permanentemente los turnos, en casos de licencias médicas, permisos, colaciones u otros. Para los reemplazos programados del personal, auxiliar, el oferente deberá presentar oportunamente la documentación necesaria con un plazo de 48 horas antes del servicio, siempre y cuando iguale o mejore las condiciones exigidas. En los casos excepcionales como licencias médicas o ausencias por motivos de urgencia familiar o personal, entre otros, la empresa adjudicada tiene la obligación de cubrir dicha ausencia ii. SUPERVISOR • POR PARTE DEL PROVEEDOR El servicio debe contar con un supervisor asignado al contrato con el Consultorio Víctor Domingo Silva, quien debe estar disponible en el horario que se esté prestando el servicio, a través de telefonía móvil y correo electrónico, debiendo acudir de forma presencial cada vez que el Jefe de Operaciones o quien lo subrogue del establecimiento lo solicite. • POR PARTE DEL ESTABLECIMIENTO La Unidad de Operaciones del establecimiento, a través de un funcionario designado, será el encargado de fiscalizar el servicio de aseo. Además podrá exigir al contratista adjudicado, el cambio de personal si hay descontento con su actitud, desempeño, presentación personal u otro inconveniente que se presente en el servicio prestado, esto último emitiendo un informe fundado a Dirección del establecimiento. La supervisión contempla la revisión y visación de la existencia de los auxiliares de aseo en las dependencias que correspondan y en el caso que existiera un atraso, se debe informar al Área de Abastecimiento mediante informe, para la debida aplicación de multa con el respectivo descuento en la facturación mensual. Además, una vez recepcionada la asistencia conforme de cada trabajador, será quien firme la factura de recepción conforme del servicio entregado. iii. EQUIPAMIENTO a) Proveer y mantener a su personal, con los elementos de protección personal. b) Proveer a su personal de uniforme completo y tarjeta de identificación durante todo el servicio. c) Tener un sistema de control de asistencia y horario para sus trabajadores. d) Todo el equipamiento necesario para la limpieza y mantención de las dependencias, será proporcionado por parte de la empresa adjudicada, mientras que, los insumos serán entregados por parte de la entidad licitante. IV. REFERENTE AL PERSONAL, DE ASEO i. REQUISITOS MÍNIMOS a) Experiencia en el rubro b) Estudios de enseñanza media completa c) Debe adjuntar Certificado de Antecedentes, mediante el cual se acredite una conducta intachable. d) Debe estar ubicable en todo momento, mientras dure la jornada laboral. e) Perfil acorde a las funciones. ii. FUNCIONES a) Labores diarias de aseo b) Desinfección de box, oficinas, baños, pasillos, accesos, perímetros y todas las áreas de las distintas dependencias del establecimiento. iii. UNIFORME a) El personal de aseo asignado, deberá realizar sus funciones con el uniforme correspondiente, entregado por su empleador, el cual será acorde a sus funciones. b) Como parte de su uniforme se considerará la identificación, la que debe cumplir con formato y fotografía actualizada c) El personal de aseo que se encuentre prestando servicio en las dependencias del Consultorio Víctor Domingo Silva, debe mantener permanentemente su presentación personal ordenada. V. PAGO El Consultorio Víctor Domingo Silva, pagará en forma mensual el servicio contratado de acuerdo a lo establecido en bases de licitación, debiendo hacer envío de los antecedentes necesarios para la tramitación del pago mensual, al Jefe de Unidad de Operaciones del establecimiento: • Al momento de iniciar la prestación del servicio, debe enviar copia de contrato de trabajo firmado por ambas partes de cada uno de sus trabajadores. • Nómina y antecedentes de cada trabajador que se desempeñe en el establecimiento, y cada vez que se produzca un cambio de trabajador o el reemplazo transitorio de uno de ellos, debe informar al Jefe de Unidad de Operaciones del establecimiento, debiendo remitir los antecedentes de la persona que desempeñará la función. • Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) y Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F-30-1) del personal involucrado en las prestaciones de servicio contratado. Dándose estricto cumplimiento de este requisito respecto de cada mes en que se debe cursar un pago. En caso que el Prestador no cumpla esta obligación, el Establecimiento podrá retener y postergar el pago de las facturas pendientes hasta la emisión del citado certificado. • Deberá entregar copia del libro de remuneraciones. • Liquidaciones de sueldos debidamente firmadas o en su defecto, copia de la liquidación adjuntando copia de la transferencia electrónica que lo respalde. • Planilla de cotizaciones laborales y previsionales debidamente pagadas, donde figuren cada uno de los trabajadores que prestan servicio en el establecimiento. • Registro de asistencia de los trabajadores que desempeñen la función de aseo en el establecimiento. Según corresponda: • Copia de comprobante de Feriado y Pacto de Servicios Extraordinarios, cuando corresponda. • En el caso de despidos: finiquito, carta de despido o renuncia, última liquidación de sueldo y último pago de cotizaciones previsionales. • Copia de licencias médicas, cuando corresponda. • El Consultorio Víctor Domingo Silva, podrá solicitar cualquier otro documento que considere relevante para cursar el pago.
Sobre el lugar de Prestación del servicio
La prestación del servicio de aseo, se realizará en dependencias del Consultorio Víctor Domingo Silva, según necesidad, pudiendo ser: - Calle Alejandro Gutiérrez N°1278 esq. Los Aromos, ciudad Coyhaique. - Calle Riquelme N° 132, ciudad Coyhaique. - Alguna otra dependencia que se sume al establecimiento, durante el periodo de vigencia del convenio.
Vigencia de la prestación del servicio
La vigencia de la prestación del servicio corresponderá al periodo comprendido entre el 01.05.2024 hasta el 31.12.2024, ambas fechas inclusive.
Requisitos mínimos para ofertar
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante de declaración jurada disponible a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades del Establecimiento, como entidad licitante, de verificar esta información en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición. Asimismo, el oferente no debe estar afecto a ninguna de las inhabilidades señaladas en la Ley para poder participar en procesos de licitación pública y especialmente en las contenidas en el artículo 4° de la Ley de Compras, lo cual se acredita mediante la presentación de la declaración Jurada que forma parte de los documentos de la licitación, la cual debe ser firmada y adjuntada a su oferta.
Consultas y aclaraciones a las bases.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula “etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl, El Consultorio Víctor Domingo Silva, pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula “etapas y plazos”. Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por el Consultorio Víctor Domingo Silva, no considerando las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
Antecedentes legales que se deben adjuntar a la oferta
Persona Natural: • Debe encontrarse inscrito en estado 'hábil' en el Registro de Proveedores. • Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad vigente de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores. • Debe presentar una Declaración Simple, según formato anexo N° 1.2 que acredite que no le afecta ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6 del artículo 4° de la Ley 19.8866. Persona Jurídica: • Fotocopia del RUT de la Empresa. • Fotocopia de Cédula de identidad vigente del representante legal. • Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos contados desde la fecha indicada en el cronograma como fecha de adjudicación. • Certificado de vigencia del poder del representante legal emitido con una antelación no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha indicada en el cronograma como fecha de adjudicación; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante legal, a la época de la presentación de la oferta. • Fotocopia de Iniciación de actividades en Servicio de Impuestos Internos (S.I.I). • Declaración Simple, según formato anexo N° 1.2 que acredite que no le afecta ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6 del artículo 4° de la Ley 19.886. En ambos casos no se pedirán estos documentos si el respectivo oferente se encuentra inscrito en el registro de Proveedores del Estado, donde es posible verificar la documentación anterior. Observaciones: 1.-Tratándose de unión temporal de proveedores en los términos previstos en el Art 67 bis del Reglamento de la Ley de Compras, estos deberán dar cumplimiento a las precedentes exigencias, considerando el tipo de persona que conforme la respectiva unión. Por ejemplo si se asocia una persona natural con una persona jurídica, ambos deberán dar cumplimiento a adjuntar a la oferta los antecedentes referidos en el para la persona natural y para la persona jurídica, respectivamente, salvo que acrediten que la asociación posee personalidad jurídica propia, en cuyo caso bastará con acreditar los datos de la nueva persona jurídica, lo anterior sin perjuicio de la solidaridad que afecte a cada una de las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el mandante y se nombre a un apoderado o representante con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento”. 2.-Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado aquellas que hayan sido condenadas por los delitos provistos en el artículo 27 de la Ley 19.913, en el art. 8 de la ley 18.314, y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. 3.- Inscripción en Chile Proveedores: En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile Proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 02 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada. 4.- Los antecedentes legales para poder ser contratado sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en Chileproveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado al Consultorio en calle Los Aromos N°1278, esquina Dr. Alejandro Gutiérrez, Coyhaique, en Secretaría del establecimiento, dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. 5.- Podrá el Consultorio exigir al adjudicatario, durante la vigencia del respectivo contrato, acreditar mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos (2) años. Esta certificación deberá ser presentada y será requisito para el pago del estado de pago.
Modalidad de la Oferta
Los valores ofrecidos deberán ser netos, en Pesos Chilenos, Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre del periodo de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Servicio podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del Sistema de Información. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en bases de Licitación. En consecuencia, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas y anexos, así como constatar que el envío de su propuesta, a través del Sistema de Información, haya sido efectuado con éxito. Será de responsabilidad del oferente verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento. Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los proveedores no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta. El Establecimiento no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos por el oferente íntegramente. La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando corresponda. Lo anterior quedará plasmado en la Resolución Fundada correspondiente, lo anterior sin perjuicio de procederse al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento según corresponda
Presentación de propuestas económicas
Las propuestas económicas se presentarán a través del Portal Mercadopublico.cl denominadas “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO, PARA DEPENDENCIAS DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2024”, ingresando el valor total neto ofertado por el servicio licitado, que regirá la contratación. La propuesta económica deberá mantenerse válida durante toda la vigencia de la licitación. Para la debida comprensión del contenido de las propuestas entregadas por los proponentes, el establecimiento, podrá solicitar, durante el proceso de evaluación, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por parte del Servicio de Salud Aysén que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Prohibiciones
No podrán participar en esta propuesta, directamente o como apoderados de terceros, las personas naturales que tengan la calidad de funcionarios del Consultorio Víctor Domingo Silva o del Servicio de Salud Aysén, hayan sido destinados a ella o que se desempeñen en la Institución en cumplimiento de obligaciones derivadas de Contratos, como tampoco las personas jurídicas cuyos socios o personal directivo, según sea la naturaleza de la sociedad, tengan la misma calidad o desempeño. Tampoco podrán participar el o la cónyuge de los funcionarios del Consultorio Víctor Domingo Silva o del Servicio de Salud Aysén, ni de los socios y directivos mencionados, así como sus hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Dando cumplimiento a lo dispuesto por la Circular 2C 60 de 24 de noviembre del año 2000 de la Subsecretaría de Salud, se establece además los siguientes deberes y prohibiciones: • Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante. • Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña. • Hacer valer indebidamente la posición de prestador de servicios para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero. • Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza. • Participar en decisiones, referidas a los servicios prestados, en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. • Omitir o eludir la propuesta pública en los casos que la ley la disponga. • Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la Institución.
Apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas:
*Comisión de apertura, evaluación y proposición de adjudicación Para efectos de apertura, evaluación y proposición de adjudicación se designará una comisión por Resolución Exenta, la que estará compuesta por 3 integrantes Los nombres de los integrantes serán definidos oportunamente por la Unidad Requirente para ser aprobados por Resolución. La Comisión podrá constituirse y deliberar con un mínimo de 3 miembros, además podrá asesorarse para el cumplimiento de sus fines por otros profesionales, que serán requeridos por la Comisión. La Comisión, de estimarlo conveniente, invitará a funcionarios o especialistas que puedan asesorar en alguna materia específica, con el objeto de mejor resolver y solo con derecho a voz. Para fines del proceso licitatorio que es materia este documento, los integrantes de la comisión son: • Jefe de Unidad de Operaciones, Consultorio Víctor Domingo Silva. • Primer Subrogante de Unidad de Operaciones, Consultorio Víctor Domingo Silva. • Segundo Subrogante de Unidad de Operaciones, Consultorio Víctor Domingo Silva. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. En caso de no ser posible efectuar la adjudicación en la fecha establecida, estará permitido establecer una nueva fecha mediante Resolución fundada. Los miembros que participen en los procedimiento de contratación por parte del mandante, deberán abstenerse de participar en los procesos en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad en los términos señalados en el artículo 64 N° 6 de la Ley N° 18.575, presenten conflictos de intereses con los Oferentes, u otra situación reñida con la probidad en relación a ese procedimiento, de conformidad al artículo 6º bis e inciso cuarto del artículo 37 del Reglamento de Compras Públicas. Para tal efecto estos deberán firmar una declaración jurada simple de ausencia de conflicto de intereses. La comisión levantará Acta de sus actuaciones, las que deberán contener antecedentes relevantes de la apertura, evaluación, acuerdos, según lo señalado en el artículo 40º bis del Reglamento de Compras Públicas y propuesta a la Dirección del Servicio de Salud Aysén, del oferente que recomienda sea adjudicado, basándose estrictamente en las Bases de licitación y especialmente en los Criterios de Evaluación contenidos en las mismas. Será un criterio de evaluación el cumplimiento del envío oportuno y completo de la documentación solicitada en las Bases de licitación, medido de acuerdo a los puntajes y ponderaciones descritas en el apartado “Criterios de Evaluación” de las bases. *Solicitud de aclaraciones y antecedentes La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales y presenten certificaciones o antecedentes que hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones y certificaciones y/o antecedentes, no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad. Esta solicitud se efectuará a través del Foro Inverso del Sistema de Información, y los oferentes dispondrán de un plazo fatal de 48 horas, a partir de la hora y día en que se hace la solicitud por dicho foro, para subirla al Sistema de Información antes mencionado. Si cumple, se admitirá la oferta y se evaluará, pero si no cumple, o no presenta la documentación solicitada en esta segunda instancia o no la presenta en los términos señalados, se declarará inadmisible la oferta, mediante el acto administrativo correspondiente. La Comisión deberá informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Todo de acuerdo al Artículo 9º de la Ley de Compras y al Artículo 40 del Reglamento. Bajo la modalidad antes señalada, el Establecimiento permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, el Establecimiento a través del foro inverso comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo fatal de 48 horas para que las subsane. La utilización de esta facultad por parte de la Comisión, repercutirá e influirá negativamente en la posterior evaluación final de la propuesta que no resultó absolutamente completa desde su presentación inicial, aplicándose una disminución en el puntaje, conforme se indica en las bases. Si se requiere, a través del foro, salvar un error u omisión formal, esto implicará el descuento de puntaje de acuerdo al criterio de evaluación “cumplimiento de requisitos formales”; no obstante, si se solicitara una aclaración que no implica necesariamente un error, entonces no significará un descuento de puntaje. La Comisión propondrá adjudicar al o los oferentes que hayan obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las Bases de Licitación. (Artículo 10, inciso 2º de la Ley de Compras). *De la apertura de las ofertas. La Comisión tendrá como responsabilidad efectuar la apertura de las ofertas, la evaluación correspondiente y la proposición de adjudicación o deserción, según corresponda. Esto implica la generación de las respectivas Actas, así como la coordinación de las acciones y/o reuniones que resulten necesarias para un mejor resolver. Siendo responsable de su gestión el funcionario designado como responsable del contrato en el proceso de licitación y/o el referente técnico o coordinador de la actividad, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases, debiendo estos integrar la citada Comisión. La Comisión podrá solicitar a los proponentes, aclaraciones con respecto a sus propuestas, sin embargo, éstas no podrán alterar la esencia de la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad de los licitantes. Asimismo, la Comisión podrá desestimar errores de forma menor, a condición de que no se aparte de los requerimientos de la licitación y que con ello no se afecte la posición relativa a otro licitante. Aquellas alteraciones o alcances no informados expresamente por el licitante, se entenderán como no expresados, aun cuando se pudieren deducir a los términos de su oferta. El acto de apertura de las propuestas se llevará a cabo de manera electrónica, una vez vencido el plazo para la presentación de las ofertas indicado en el Calendario de la Licitación y a la hora establecida en el Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Por otra parte, se realizará el Acto de Apertura Física, en el cual los integrantes de la comisión de evaluación, se reunirán a revisar todas las propuestas y documentos que hayan sido presentados vía electrónica en tiempo y forma, conjuntamente con verificar el monto de la oferta (debe estar enmarcado dentro del presupuesto referencial), la presentación de todos aquellos documentos exigidos en los documentos de la licitación, de la oferta y formalidad de la presentación. Por lo tanto, en esta etapa se deberán aceptar o rechazar las ofertas según hayan cumplido con lo indicado precedentemente. Luego de ello, avanzarán al proceso de aplicación de los criterios de evaluación, (matriz de evaluación o cuadro comparativo), aquellas ofertas que cumplan con los requerimientos técnicos obligatorios o excluyentes, es decir, aquellas propuestas que correspondan estrictamente al bien y/o servicio que se está licitando. Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta la fecha y hora señaladas en el Portal, por lo que, una vez iniciado este proceso, no se admitirá propuesta alguna, modificaciones de las presentadas y/o solicitud de explicaciones o aclaraciones por parte de los Oferentes. El oferente podrá obviar la presentación de aquellos antecedentes exigidos que se encuentran en el portal de Chile Proveedores, debiendo efectuar una mención explícita de ello en la presentación del respectivo antecedente. El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación al acto de apertura y/o evaluación, deberá hacerlo a través del Sistema de Información, de acuerdo a lo dispuesto en la primera parte del inciso final del artículo 33 del Reglamento. *Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación. El Consultorio, podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal. El Establecimiento permitirá, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos el establecimiento a través de foro inverso comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo de 48 horas para que las subsane. *Adjudicación La Comisión emitirá un Acta y presentará la propuesta de adjudicación, las que se remitirán al responsable del proceso de licitación del Consultorio o quien tenga delegada tal facultad, para que éste ratifique, modifique o rechace dicha proposición. La modificación o el rechazo deberán ser fundados en el marco de las presentes Bases. Aprobada la proposición de la Comisión Evaluadora por quien tenga delegada tal facultad, se dictará la Resolución de Adjudicación que corresponda, la cual, una vez que haya concluido su tramitación, se publicará en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, entendiéndose notificada al adjudicatario transcurrido 24 horas desde la publicación en el Portal. La adjudicación se hará por Resolución Fundada y contendrá los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento. Los días corridos del plazo de entrega que se comprometa se cuentan desde envío de la orden de compra al proveedor y quedarán establecidos en la Resolución Fundada de este Servicio de Salud, que Apruebe el Acta de Evaluación de la presente Licitación. La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posterior a la total tramitación de dicha Resolución, en el Sistema de Información. En caso de no ser posible efectuar la adjudicación en la fecha establecida, estará permitido establecer una nueva fecha, la que se realizará por Resolución Fundada, previa sesión de la comisión en que justifica tal situación. *Notificación de la adjudicación Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl *Readjudicación La presente Licitación quedará sujeta a la posibilidad de readjudicar en caso que el proveedor adjudicado presente algún problema o diferencia con las Bases de Licitación y/o con la oferta presentada, o se niegue a aceptar la orden de compra infundadamente, o no suscriba el contrato respectivo o el acta de entrega del estudio en el plazo señalado, según sea el caso. Previa solicitud de prórroga de oferta que se hará por foro inverso, se readjudicará al oferente que obtenga el segundo mejor puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta. En el caso de que este último no pudiera o manifestara su voluntad de no prorrogar su oferta, se readjudicará al oferente que presente el tercer mejor puntaje de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas. Lo anterior previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta, es decir, se verificará si la oferta que se quiere readjudicar se enmarca dentro del presupuesto que dispone el Establecimiento. Además, se notificará a la Dirección de Compras Públicas sobre el incumplimiento del proveedor para todos los efectos legales que procedan, haciendo el reclamo respectivo en Chile proveedores. Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el Registro de Proveedores no figure hábil; o que no registre inscripción en el Registro de Proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de dos (02) días corridos desde la adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a readjudicar. En el caso de que no se hayan presentado más ofertas o si se estima que el resto de las ofertas no son convenientes a los intereses del Establecimiento, se procederá por resolución a declarar desierta la licitación y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme al Art. 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá: • Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presentan proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses. • Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad. • Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al Artículo 9, Inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación. • Si el adjudicatario desiste de su oferta. • Si el adjudicatario se encuentra sancionado por prácticas anti sindicales. • Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el registro de Proveedores no figure hábil, o que no registre inscripción en el registro de proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de 02 días corridos desde la adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a re adjudicar. • Si el adjudicado no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato dentro del plazo establecido o no acepta el contrato dentro del plazo establecido. Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. Los proveedores que tengan consultas respecto a la adjudicación, deberán utilizar los mecanismos considerados en la Ley de Compras. Además de lo anterior, se notificará a la Dirección de Compras Públicas sobre el incumplimiento de contrato por parte del adjudicatario que genera la re-adjudicación, para todos los efectos legales que procedan. *Resolución de empates La Comisión Evaluadora emitirá un informe, dirigido a la Directora del Consultorio Víctor Domingo Silva, el cual contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades. En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate: 1. Mayor puntaje de la oferta económica. 2. Mayor puntaje de la oferta técnica (experiencia del oferente) 3. Mayor puntaje de la oferta administrativa. En caso de persistir el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl *Solución de consultas respecto de la adjudicación Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles después de la fecha de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica encargadadeabastecimiento.cvds@saludaysen.cl , indicando claramente, nombre, número telefónico, correo electrónico, por el cual desea recibir respuesta. El Consultorio Víctor Domingo Silva responderá al requirente a través de correo electrónico en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Dicha respuesta será adjuntada como anexa al portal mercado público para conocimiento de todos los participantes
Validez de las ofertas presentadas
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período
Modificaciones y rectificaciones a las bases
El Consultorio, podrá realizar modificaciones, aclaraciones y rectificaciones a las bases de licitación en cualquiera de sus puntos, modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas; los nuevos plazos que se otorguen para el cierre de la licitación dependerán de la modificación. Las enmiendas, aclaraciones y/o alcances podrán o no dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Consultorio. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a todos los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl y el Consultorio deberá postergar el cierre de recepción de ofertas y el plazo de apertura. En el caso que estas enmiendas, aclaraciones y/o alcances a las Bases de Licitación impliquen una modificación a las bases administrativas, éstas deberán informarse mediante Resolución. El Consultorio deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl., formando parte integral de las bases, las cuales deberán estar aprobadas por Resolución de la autoridad competente.
Modificación de la fecha de adjudicación
En caso de no cumplirse con la fecha indicada para la adjudicación en las presentes bases de licitación o ficha del portal mercado público, el Establecimiento publicará una nueva fecha en sistema de información, indicando las razones de dicha modificación mediante la resolución fundada, por lo que se dará inicio al servicio requerido una vez realizada la adjudicación del proceso, sin esperar la total tramitación del correspondiente contrato.
Deserción e inadmisibilidad
En el caso que no se hayan presentado ofertas, o si se estima que el resto de las ofertas no son convenientes a los intereses del Establecimiento, se procederá por Resolución a declarar desierta la licitación y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme Art. 9º de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior el Establecimiento podrá:  Declarar desierta la licitación por Resolución fundada, cuando no se presenten proponentes u oferentes o cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.  Retrotraer el proceso licitatorio o proceder a uno nuevo, cuando existe algún problema insubsanable con el proceso licitatorio, representado fundadamente por alguna autoridad.  Declarar inadmisible alguna oferta, conforme al artículo 9, inciso 1º de la Ley de Compras, cuando el proponente no cumpla con las exigencias establecidas en las Bases  Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición alguna o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las Bases o de alguno de los documentos que forman parte de ellas. Contratación y otras acciones posteriores a la adjudicación
Contratación y otras acciones posteriores a la adjudicación
27.1. Del contrato El adjudicatario dispondrá de 10 días corridos para la firma del contrato a partir de la aceptación de la orden de compra correspondiente. Para el caso que el adjudicatario no se encuentre inscrito en Chile Proveedores al momento de la adjudicación, el Establecimiento le remitirá el contrato para firma solo una vez que constate, que, dentro del plazo de 2 días hábiles se inscriba, contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación en el sistema. En el evento que el adjudicatario no cumpla con la debida inscripción en dicho registro dentro del plazo legal de que dispone para ello, el Establecimiento podrá readjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado. El proveedor no podrá, de forma alguna, subcontratar, delegar o ceder, a cualquier título, las obligaciones que adquiera en virtud del contrato o cualquiera de sus partes. El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones, según Io estipula el Art. 74 y 76 del reglamento. La infracción de esta prohibición dará derecho al Establecimiento para poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases de Licitación, preguntas y respuestas del proceso licitatorio y la oferta del adjudicatario, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en los contratos que se realicen con el adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se deriven. Las partes podrán modificar el contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones acordadas durante el periodo de vigencia se incorporarán en anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán alterar la naturaleza del objeto Contrato, ni los principios de igualdad de los oferentes, ni el de libre concurrencia. El adjudicatario se obliga y compromete a ejecutar sus actividades en conformidad a las normas de Confidencialidad de la información contenidas en las Ley NO 20.584/2012 del Ministerio de Salud y que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud y Ley N O 19.628/1999, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre la protección de la vida privada, por lo cual no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste. El adjudicatario debe guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. La responsabilidad del respectivo adjudicatario, en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratista y trabajadores de éstos. El adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Establecimiento el derecho a ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigente. Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. 27.2. Orden de Compra Por única vez, se emitirá al momento de la adjudicación por el monto total exento de $1 peso.- 27.3. Emisión de la Orden de Compra mensual La Orden de Compra será enviada al proveedor de manera mensual, dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes, para su posterior aceptación, no excediendo las 24 horas. Cabe señalar que, la entrega de todos los antecedentes solicitados de manera obligatoria en las presentes bases, deberán ser entregados al Jefe de la Unidad de Operaciones y no podrá sobrepasar 3 días hábiles desde aceptación y emisión de la propia factura. En el caso que, posterior a la revisión de los antecedentes que acompañan la factura, (realizado por el Área de Abastecimiento) se constate error o falta de alguno de ellos, se procederá a su rechazo al cabo de 8 días, mediante plataforma ACEPTA, debiendo emitir la correspondiente Nota de crédito del documento rechazado y nueva factura. 27.4. Normas que rigen la relación contractual Regirán la relación contractual entre las partes, todos los documentos que forman parte del llamado a licitación pública, especialmente las BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ANEXOS de la Licitación Pública “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL CONSULTORIO VÍCTOR DOMINGO SILVA, AÑO 2024” y los documentos que a título de informes, facturas, boletas y observaciones o alcances se emitan durante la vigencia de la relación contractual.
Garantía de Seriedad de la Oferta
No se solicita boleta de seriedad de la oferta, considerando que la licitación no supera las 2.000 UTM, de acuerdo a lo indicado en el artículo 22 del Decreto N°250
Pago y recepción de la factura
El proveedor deberá emitir factura dentro de los primeros 10 días hábiles posterior al mes que entregó el servicio adjudicado, emitiendo factura mensualmente por la prestación efectiva del servicio de personal de aseo, de acuerdo al valor total mensual indicado en su oferta. Para el caso de los días de prestación efectiva que no alcancen a un mes, el prestador deberá emitir factura por el valor proporcional a los días del mes respectivo. Para la facturación, se deberá considerar los siguientes datos del Consultorio Víctor Domingo Silva, RUT 61.974.700-3, dirección calle Alejandro Gutiérrez N° 1278, Coyhaique, describiéndose en la factura el nombre de la licitación y el número de orden de compra correspondiente a la cual se asoció el documento. El Consultorio Víctor Domingo Silva aceptará la factura que emita el proveedor adjudicado de acuerdo al valor total indicado en su oferta, factura que deberá ser enviada en formato XML a la casilla de Intercambio dipresrecepcion@custodium.com dentro de las 72 hrs. desde la emisión del documento. El Establecimiento, a través de su Área de Abastecimiento, ingresará en la Plataforma Mercado Público la respectiva recepción conforme, firmada por el requirente. Posteriormente la factura se devengará de forma automática en el sistema Acepta (DIPRES) y, por último, será la Tesorería General de la Republica quien cancele directamente al proveedor en la cuenta indicada en el anexo económico de su oferta. Cabe señalar que, respecto al devengo y pago oportuno de los documentos tributarios, se debe tener presente, que el proveedor debe hacer entrega de lo siguiente: • Al momento de iniciar la prestación del servicio, el proveedor debe enviar copia de contrato de trabajo firmado por ambas partes de cada uno de sus trabajadores. • Nómina y antecedentes de cada trabajador que se desempeñe en el establecimiento, y cada vez que se produzca un cambio de trabajador o el reemplazo transitorio de uno de ellos, debe informar al Jefe de Unidad de Operaciones del establecimiento, debiendo remitir los antecedentes de la persona que desempeñará la función. • Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) y Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F-30-1) del personal involucrado en las prestaciones de servicio contratado. Dándose estricto cumplimiento de este requisito respecto de cada mes en que se debe cursar un pago. En caso que el Prestador no cumpla esta obligación, el Establecimiento podrá retener y postergar el pago de las facturas pendientes hasta la emisión del citado certificado. • Deberá entregar copia del libro de remuneraciones. • Liquidaciones de sueldos debidamente firmadas o en su defecto, copia de la liquidación adjuntando copia de la transferencia electrónica que lo respalde. • Planilla de cotizaciones laborales y previsionales debidamente pagadas, donde figuren cada uno de los trabajadores que prestan servicio en el establecimiento. • Registro de asistencia de los trabajadores que desempeñen la función de aseo en el establecimiento. Según corresponda: • Copia de comprobante de Feriado y Pacto de Servicios Extraordinarios, cuando corresponda. • En el caso de despidos: finiquito, carta de despido o renuncia, última liquidación de sueldo y último pago de cotizaciones previsionales. • Copia de licencias médicas, cuando corresponda. • El Consultorio Víctor Domingo Silva, podrá solicitar cualquier otro documento que considere relevante para cursar el pago. El adjudicatario deberá emitir una factura electrónica haciendo referencia a la orden de compra y precio por los cuales formalizó el contrato. La factura emitida que no cuente con este respaldo será rechazada a través de la página del Servicio de Impuestos Internos. El Establecimiento, a través del área de Abastecimiento, ingresará en la Plataforma Mercado Publico la respectiva recepción conforme. Posteriormente el documento se devengará de forma automática en el sistema Acepta (DIPRES). El pago de la factura se efectuará por parte de la Tesorería General de la República en un plazo no superior a 30 días desde la fecha de emisión del documento, pudiendo el proveedor revisar el detalle en www.tgr.cl.
Término Anticipado de contrato
El Consultorio podrá poner término anticipado al contrato, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el adjudicatario, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley N° 19.886; Artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 y/o incumplimientos atribuibles al proveedor y especialmente por alguna de las siguientes causales: • Si se comprobase la omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. • Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. • Si se disuelve la empresa adjudicada. • Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante en perjuicio del cumplimiento de sus funciones. • Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. • En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere 02 día hábil. • En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 30 % del valor total contratado. • Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases. • Si el adjudicatario no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las Bases de Licitación. Será suficiente para acreditarlo un informe emanado de la unidad del Consultorio que éste declare como competente. • Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. • En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. • En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos. • Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. • Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
Multas y Sanciones
Los incumplimientos del contrato del servicio del personal de aseo, de la presente licitación, darán lugar a los siguientes tipos de sanciones, por cada vez que ocurra alguno de ellos, según lo siguiente: i) Multas leves ii) Multas graves i) Multas leves: Procederá la aplicación de una multa leve, cada vez y en cada ocasión que se verifique uno o más de los incumplimientos de contrato que se indican a continuación: a) Incumplimiento reiterado en los horarios de presentación, estableciéndose motivo de multa desde la cantidad de 2 episodios de retraso. b) Presentación del personal desaseado, o en condiciones no aptas para una prestación de servicio segura y responsable. c) Trato incorrecto o deficiente a los funcionarios por parte de quien presta servicio de aseo, debidamente comprobado, previa denuncia de funcionario y/o informe por escrito dirigido a la Unidad de Administración y Finanzas. Esta sanción es sin perjuicio de la obligación de sustitución del personal de aseo, que pesa sobre el adjudicatario, cuando se le haya requerido el cambio. d) Rehusar o no dar cumplimiento a las funciones establecidas en las bases para el servicio de aseo. La Multa Leve consistirá en el cobro de 3 UTM por cada vez que exista incumplimiento, que deberá ser descontado de la facturación mensual correspondiente; o mediante el cobro de la garantía. ii) Multas graves Procederá la aplicación de una multa grave cada vez y en cada ocasión que se verifique uno o más de los incumplimientos de contrato que se indican a continuación: a) Incumplimiento de la obligatoriedad de contratar y mantener vigente la documentación, tanto del personal que presta servicio y/o de las obligaciones previsionales. b) El personal de aseo que llegue a cumplir sus funciones en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, o se desempeñe en dichos estados durante la jornada de trabajo. c) La interrupción de la entrega del servicio que no se encuentre autorizada y/o no informada al establecimiento licitante. El valor de la Multa Grave será de 6 UTM por cada vez que exista un incumplimiento, la que deberá ser descontada de la facturación mensual correspondiente, o mediante el cobro de la garantía. Cualquier anomalía, retraso en la entrega del servicio por parte del oferente adjudicado y que ponga en riesgo el normal funcionamiento de las salidas diarias del recorrido establecido, autorizará al Servicio para requerir y contratar a terceros por cuenta y a cuenta del adjudicatario el servicio de traslado de los funcionarios. Los gastos que irroguen en esta compra extraordinaria serán descontados de los pagos que pudieren corresponder hacer al oferente adjudicado. Nota: La UTM aplicable, será la correspondiente al mes en que se verificó la falta.
Procedimiento en caso de sanciones aplicadas
En caso de aplicar alguna sanción o multa, se concederá un plazo de 5 días hábiles al proveedor, a fin de que éste manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Al efecto, se le enviará Oficio (en que se le comunique la sanción y fundamentos) al domicilio que registre en el contrato, por medio de carta certificada enviada por Correos de Chile, sin perjuicio de remitirle los antecedentes al correo electrónico que haya indicado. De mantenerse la determinación de aplicar sanción, ésta deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La Resolución que aplica multa se publicará en el portal Chile Compra (Art. 79 ter, Reglamento de Compras Públicas). Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la Dirección para poner término anticipado al contrato en casos fundados o previstos en las bases de licitación, dictando el acto administrativo correspondiente.
Discrepancias
Ante discrepancias entre lo indicado en las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas, anexos o cualquier otro documento que regule el proceso licitatorio) y lo indicado en la Ficha de Licitación del Sistema de Información, prevalecerá lo señalado en las Bases de Licitación. Ante discrepancias entre las Bases, oferta y/o el contrato, prevalecerá la oferta en todas aquellas situaciones en que ésta establezca condiciones, plazos, montos o valores, o modos más ventajosos para el Consultorio. De otra forma prevalecerán las Bases. Ante discrepancias entre las Bases y el Contrato, prevalecen las Bases, siempre que la discrepancia no diga relación o sea producida con ocasión de la oferta, pues en dicho caso prevalecerá el contrato. Ante discrepancias entre el Anexo económico presentado por el oferente y lo ofertado en el Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl , prevalecerá lo ofertado a través del Sistema de Informaciones de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, que será lo indicado en el comprobante de oferta de la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla. El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla. El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.