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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente
que hubiese obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los siguientes criterios:
1.- De producirse un empate en la puntuación final de dos o más proveedores se desempatará
utilizando la puntuación final del criterio de evaluación que posea la mayor ponderación en la pauta
de evaluación (económico).
2.- De producirse un nuevo empate en este criterio, se resolverá utilizando la puntuación final del
segundo criterio de evaluación mejor ponderado en el proceso (plazo de entrega).
3.- De continuar el empate se procederá de la misma forma señalada en el número anterior
utilizando la puntuación final de los criterios evaluados de manera decreciente según la ponderación
establecida en la pauta de evaluación para cada uno de ellos.
4.- Con todo, en el evento de ya no existir más criterios para ser utilizados como método de
desempate, la oferta ganadora se definirá considerando aquella oferta que fue ingresada en orden de postulación, vale decir, la primera oferta recibida en relación al día, hora, minuto y segundo,
mediante el portal mercado público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Se adjudicará al oferente que obtenga el primer lugar en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de un decreto Alcaldicio, la que será publicada en
www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
12 READJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
El Municipio se reserva el derecho de readjudicar, solo en los casos que no se cumpliesen las
condiciones que se establecen en las bases respectivas en las siguientes situaciones:
Si el Oferente Adjudicado desiste de su oferta, se dará paso a la adjudicación de la Licitación.
Si el Oferente Adjudicado se rehúsa a aceptar la Orden de Compra. En caso que la orden de
compra no haya sido aceptada transcurridas 48 horas desde su emisión, el Municipio entenderá
como desistida la oferta, dándose paso a la Readjudicación del contrato.
En el caso de readjudicar el proceso, se considerará como Adjudicataria de la Licitación, a la
segunda oferta más ventajosa para los intereses del Municipio, según la evaluación de la Unidad
Técnica. En caso de haber más ofertas, el municipio se reserva el derecho de readjudicar o
replantear un nuevo proceso licitatorio.
Si el Adjudicatario, es inhábil para ser contratado de acuerdo con los términos de la ley 19.886
y su reglamento.
Que no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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10.4 SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases
y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del
Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación
al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el
período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
10.5 SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del
plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes
incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en
esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días
hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se
informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de
revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los
respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de
licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código
del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que
significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente
en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
c)El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que
éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En atención además a lo dispuesto en Oficio E370752 de fecha 20 de junio de 2023, de Contraloría
General de la República, que contiene medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en
materia de compras públicas.
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