Licitación ID: 3986-34-LE26
ADQUISICIÓN DE ADQOQUINES Y SOLERAS ZARPA
Responsable de esta licitación: MUNICIPALIDAD DE CORRAL
Fecha de Cierre: 12-06-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Adoquines 1 Unidad
Cod: 30171701
Dimensiones y especificaciones • Largo: 20 cm • Ancho: 10 cm • Alto/Espesor: 6 cm • Dimensiones: 20 × 10 × 6 cm • Peso aproximado: 2,8 kg por unidad.  

2
Bloques de cemento 1 Unidad
Cod: 30131501
Solera Zarpa Canto Redondo 50x45 cm  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE ADQOQUINES Y SOLERAS ZARPA
Estado:
Publicada
Descripción:
El objeto de adquirir “Adoquines y soleras zarpa” con el objeto de adquirir material para la reparación de accesibilidad del Cerro la Marina, Calle Torganaleones.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE CORRAL
R.U.T.:
69.200.200-8
Dirección:
ESMERALDA N° 145
Comuna:
Corral
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-06-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 02-06-2026 11:54:57
Fecha inicio de preguntas: 02-06-2026 16:30:00
Fecha final de preguntas: 05-06-2026 13:42:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-06-2026 13:42:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-06-2026 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-06-2026 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 17-06-2026 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 2 Horas
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1
2.- ANEXO N° 2
3.- ANEXO N° 3
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 6
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 4
2.- ANEXO N° 5
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 GARANTIA DE LOS PRODUCTOS Para la evaluación de este criterio se considerará la garantía de los materiales y será evaluado de acuerdo con el siguiente: Criterio Puntaje Mayor a un año 100 pts. Entre siete meses y un año 60 pts. Entre un mes y seis meses 20 pts. 15%
2 PACTO DE INTEGRIDAD Integridad de los Proveedores Puntaje Cuenta con programa de integridad y ética, acreditado mediante antecedentes verificables, efectivamente conocidos y aplicados por su personal. 100 pts. El proveedor se compromete a implementar programas de integridad y ética, especificando el plazo para que estos sean conocidos y aplicados por su personal. 30 pts. No cuenta con programas de integridad y ética, los cuales son efectivamente conocidos y aplicados por su personal, no considera su implementación, no informa o no cumple con lo requerido. 10 pts. 5%
3 Precio a) De acuerdo con las ofertas económicas presentadas por los oferentes, estas serán evaluadas de acuerdo con el siguiente factor de ponderación. Puntaje= Menor Precio ofertado x100 Precio Oferente b) No se aceptarán ofertas superiores al monto disponible. 30%
4 Plazo de Entrega a) De acuerdo con el plazo entrega se consideración el menor tiempo ofertado por los participante este se asignará puntaje según lo ofertado. Oferta Técnica Puntaje 1 a 7 días corridos 100 pts 8 a 10 días corridos 60 pts 11 a 15 días corridos 20 pts 30%
5 OFERTA TÉCNICA De acuerdo con las características de los materiales ofertados, ya sea mediante descripción simple, catálogos, fotografías o ficha técnica, además de los requerimientos técnicos exigidos en las especificaciones técnicas, estas serán evaluadas de acuerdo con el siguiente puntaje: Oferta Técnica Puntaje El oferente ofrece materiales originales, con ficha técnica, catalogo o manual de equipo que permita comprobar dicha condición mediante el cumplimiento de los aspectos normativos, constructivos y de funcionamiento, según descripción en las Especificaciones Técnicas. 100 pts El oferente ofrece materiales alternativos, con ficha técnica, catalogo o manual de equipo que permita comprobar dicha condición mediante el cumplimiento de los aspectos normativos, constructivos y de funcionamiento, según descripción en las Especificaciones Técnicas. 80 pts El oferente no define en su propuesta las especificaciones técnicas de los materiales. 0 pts (inadmisible) 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: el gasto generado a al presupuesto municipal
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CARLA BARRIENTOS VERGARA
e-mail de responsable de pago: FINANZAS@MUNICIPALIDADCORRAL.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE CORRAL
Fecha de vencimiento: 30-07-2026
Monto: 1 %
Descripción: En casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas: Atraso en la entrega de los materiales: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la entrega de los materiales (incluyendo días inhábiles). La multa será el equivalente al 3% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. Incumplimiento en las especificaciones técnicas: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de los materiales o servicios contratados determinados en los términos técnicos de referencia y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación una vez recibidos los materiales. La multa será el equivalente al 20% del total de la contratación (IVA incluido). El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 03 días hábiles, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los materiales o servicios. Atraso en la entrega del materiales luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la nueva entrega de los materiales (incluyendo días inhábiles) una vez transcurridos los 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación del rechazo de los materiales o servicios. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (IVA incluido), cualquiera sea el periodo de contratación. Si excediere dicha cantidad, el Servicio podrá poner término anticipado a la contratación.
Glosa: DE LAS MULTAS Y SU PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Forma y oportunidad de restitución: En casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas: Atraso en la entrega de los materiales: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la entrega de los materiales (incluyendo días inhábiles). La multa será el equivalente al 3% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. Incumplimiento en las especificaciones técnicas: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de los materiales o servicios contratados determinados en los términos técnicos de referencia y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación una vez recibidos los materiales. La multa será el equivalente al 20% del total de la contratación (IVA incluido). El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 03 días hábiles, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los materiales o servicios. Atraso en la entrega del materiales luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la nueva entrega de los materiales (incluyendo días inhábiles) una vez transcurridos los 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación del rechazo de los materiales o servicios. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (IVA incluido), cualquiera sea el periodo de contratación. Si excediere dicha cantidad, el Servicio podrá poner término anticipado a la contratación.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Multas
16.1 Multas. En casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas: Atraso en la entrega de los materiales: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la entrega de los materiales (incluyendo días inhábiles). La multa será el equivalente al 3% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. Incumplimiento en las especificaciones técnicas: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de los materiales o servicios contratados determinados en los términos técnicos de referencia y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación una vez recibidos los materiales. La multa será el equivalente al 20% del total de la contratación (IVA incluido). El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 03 días hábiles, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los materiales o servicios. Atraso en la entrega del materiales luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la nueva entrega de los materiales (incluyendo días inhábiles) una vez transcurridos los 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación del rechazo de los materiales o servicios. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (IVA incluido), cualquiera sea el periodo de contratación. Si excediere dicha cantidad, el Servicio podrá poner término anticipado a la contratación.
Procedimiento de aplicación de multas
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el término anticipado del contrato el organismo comprador notificará inmediatamente de ello al oferente, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del organismo comprador. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el organismo comprador tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo oferente deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo oferente adjudicado personalmente o mediante carta certificada. Recurso de reposición: El oferente dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por medio de carta certificada, de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El organismo comprador tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. No procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el hecho que le impide cumplir. El oferente deberá fijar, a través del sistema de información, una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, asimismo, es responsabilidad del proveedor mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizadas e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
17.1 Causales de Término Anticipado del Contrato. Para todos los efectos de este Contrato se considerará que las siguientes causales podrán justificar la terminación anticipada o administrativa del contrato: a) Si el adjudicado fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva, o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si lo fuere, el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima. b) En caso de muerte del adjudicado que implique término de giro de la empresa. c) Si el adjudicado incurre en deficiencias que hayan significado la aplicación de multas que superen el 20% del precio del contrato. d) Si el adjudicado se desiste de su oferta una vez firmado el contrato. e) Si por causa imputable al contratado lo que será calificado por la Unidad Técnica se hace necesario terminar anticipadamente el contrato. f) Si el adjudicado incumple las obligaciones derivadas del contrato lo que será calificado por la Unidad Técnica mediante informe fundado. g) Las demás causales establecidas en la Ley 19.886 y su Reglamento
Procedimiento de aplicación de multas
Verificada alguna de las causales señaladas en el punto anterior, la Unidad Técnica podrá solicitar al Alcalde que se disponga el término anticipado del contrato, acompañando al efecto un informe técnico fundado, en que se indique la causal invocada para el término anticipado, el estado actual de los servicios, la situación de los pagos cursados o pendientes, las multas aplicadas y cualquier otro antecedente que se considere relevante y pertinente. El Alcalde, podrá requerir un pronunciamiento a la Asesoría Jurídica, acerca de la procedencia del término anticipado del contrato o la aplicación de otra sanción y, en su caso, la propuesta de contratación para la continuación del servicio. La solicitud de la Unidad Técnica se resolverá, en todo caso, de forma administrativa mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio fundado, el que le será notificado mediante carta certificada, teniéndose por notificado al tercer día a contar de la fecha de recepción en la oficina de correos.
ADJUDICACIÓN
Se adjudicará la propuesta más conveniente a los intereses municipales, entendiéndose por tal, la que logre el mayor puntaje en la evaluación, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado, según la pauta de evaluación fijada al efecto en las presentes Bases, de todo lo cual se dará cuenta en el Informe de Evaluación respectivo Aprobada por el Alcalde la proposición de adjudicación, la Municipalidad dictará el Decreto correspondiente, el cual será debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través del Portal. En caso de declaración de desierto se publicará el Decreto que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso. Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo estipulado en la ficha de licitación, la Municipalidad informará en el Portal las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Cualquier duda o consulta respecto de la adjudicación, se deberá realizar a través del Portal. La Municipalidad no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases, ni a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con la Municipalidad de Corral, ni las que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley, ni tampoco podrá adjudicar a una UTP que durante la evaluación de la licitación se disuelva o no cuente con la cantidad de integrantes mínimos exigidos por la ley.
RE-ADJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicado se desiste de su oferta, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y Re adjudicar al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación, le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo con los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y SOLICITUD DE ANTECEDENTES ADICIONALES
La Comisión Evaluadora podrá solicitar que se complemente, aclaren o salven errores u omisiones formales de los antecedentes presentados por los oferentes, con excepción del monto de la Oferta Económica. Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá corregir los errores formales o simplemente aritméticos que presenten las ofertas. Igualmente, se podrá permitir la presentación de certificaciones. documentos o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El requerimiento de aclaraciones o antecedentes antes señalados lo realizará la Dirección de Administración y Finanzas a través del Portal. Dichos antecedentes o respuestas o antecedentes deberán ser entregados por la misma vía, a más tardar dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su solicitud y referirse solamente a los puntos solicitados. Si el oferente requerido no cumple con lo solicitado en el plazo señalado, quedará fuera de Bases.
RECHAZO DE LAS OFERTAS
Ya sea en el acto de apertura o durante el proceso de evaluación, la Municipalidad podrá rechazar las ofertas que: a) Omitan los antecedentes requeridos y calificados como esenciales en las presentes Bases. b) No cumplan otros requisitos mencionados en las presentes Bases, en los términos técnicos de referencia o en las respuestas y aclaraciones de la propuesta. c) No acompañen o aclaren los antecedentes que requiera el municipio durante el proceso de evaluación. d) La oferta económica presentada supere el presupuesto disponible para la licitación La oferta presentada sea riesgosa o temeraria de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 del Reglamento de compras. e) Cuyos antecedentes sean falsos en cuanto a su contenido o emisión, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, o se podrá terminar anticipadamente el contrato si la detección se hace con posterioridad a la adjudicación y emisión de la orden de compra. La Municipalidad podrá admitir las propuestas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos no sean cuestiones de fondo ni su corrección altere la oferta o el principio de igualdad de los proponentes y, asimismo, podrá aceptar las ofertas cuyos archivos no estén en el Anexo correspondiente (Administrativos, Técnicos y Económicos), según el orden que disponen las Bases, en la medida que se presenten todos los antecedentes solicitados
Pacto de integridad

De conformidad con el artículo 17 del Reglamento de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, los oferentes, tanto personas naturales como jurídicas, deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deberán ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.

La acreditación deberá efectuarse mediante la presentación de antecedentes verificables, tales como códigos de ética, manuales de cumplimiento, políticas internas, protocolos, capacitaciones, declaraciones internas u otros documentos equivalentes que permitan comprobar su existencia e implementación.

Asimismo, aquellos proveedores que no cuenten con un programa de integridad al momento de la postulación podrán comprometerse formalmente a implementarlo, indicando expresamente el plazo de implementación, el que no podrá exceder la vigencia del contrato o la recepción conforme de los productos adjudicados.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.