|
Resolución de Empates |
|
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de ejecución”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Desarrollo Local”.
Las ofertas se evaluarán siempre y cuando tengan el 100% de las obras solicitadas en las especificaciones Técnicas, planos e itemizado de presupuesto. No se aceptarán modificaciones de partidas y cantidades.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
Cláusula de Readjudicación |
|
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
|
|
|
|
Interpretación de las Bases |
|
La Municipalidad se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República. En la propuesta se deberán contemplar todas aquellas acciones que son inherentes y necesarias para la perfecta ejecución de las obras de acuerdo con la más exacta interpretación de las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, aun cuando no aparezcan indicadas en éstas, entendiéndose que el oferente deberá prever tales acciones en el estudio de la propuesta.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
La Comisión Evaluadora podrá solicitar que se complemente, aclaren o salven errores u omisiones formales de los antecedentes presentados por los oferentes, con excepción del monto de la Oferta Económica. Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá corregir los errores formales o simplemente aritméticos que presenten las ofertas.
Igualmente, se podrá permitir la presentación de certificaciones, documentos o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El requerimiento de aclaraciones o antecedentes antes señalados lo realizará la Dirección de Desarrollo Social a través del Portal.
Dichos antecedentes o respuestas o antecedentes deberán ser entregados por la misma vía, a más tardar dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su solicitud y referirse solamente a los puntos solicitados. Si el oferente requerido no cumple con lo solicitado en el plazo señalado, quedará fuera de Bases.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
La Comisión Evaluadora podrá solicitar que se complemente, aclaren o salven errores u omisiones formales de los antecedentes presentados por los oferentes, con excepción del monto de la Oferta Económica. Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá corregir los errores formales o simplemente aritméticos que presenten las ofertas.
Igualmente, se podrá permitir la presentación de certificaciones, documentos o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El requerimiento de aclaraciones o antecedentes antes señalados lo realizará la Dirección de Desarrollo Social a través del Portal.
Dichos antecedentes o respuestas o antecedentes deberán ser entregados por la misma vía, a más tardar dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su solicitud y referirse solamente a los puntos solicitados. Si el oferente requerido no cumple con lo solicitado en el plazo señalado, quedará fuera de Bases.
|
|
|
|
Adjudicación |
|
Se adjudicará la propuesta más conveniente a los intereses municipales, entendiéndose por tal, la que logre el mayor puntaje en la evaluación, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado, según la pauta de evaluación fijada al efecto en las presentes Bases, de todo lo cual se dará cuenta en el Informe de Evaluación respectivo Aprobada por el Alcalde la proposición de adjudicación, la Municipalidad dictará el Decreto correspondiente, el cual será debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través del Portal. Igualmente se publicará el Decreto que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso. Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo de 30 días desde la proposición de adjudicación, la Municipalidad informará en el Portal las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
|
|
|
|
Multas y Procedimientos |
|
El incumplimiento de contrato será sancionado con una multa igual al porcentaje que se defina en las presentes Bases, sobre monto del contrato primitivo, más sus ampliaciones al momento de aplicarse la multa, por cada día durante el cual no sea acatada, hasta un plazo máximo de 15 días corridos. Se considerará un porcentaje de multa diario por incumplimientos en virtud de las obligaciones que impone el contrato, las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas. Del mismo modo se multará el atraso en la ejecución de las obras y en el incumplimiento de requisitos para solicitud de recepción provisoria. La Aplicación de multa no podrá superar el 30% del precio del contrato. En caso de incumplimiento se aplicará una multa del 0.1% del valor de contrato adjudicado, por día de incumplimiento. Esta multa se aplicará hasta dar cumplimiento a lo ordenado, con un máximo de 20 días. Llegado este plazo, si el Adjudicado persiste en el incumplimiento la municipalidad se encontrará habilitada para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, lo que será calificado por la Unidad Técnica. Todo lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que fueren procedentes.
|
|
|
|
Liquidación del Contrato |
|
Terminado el contrato, ya sea por término anticipado o por recepción definitiva de las obras, la Municipalidad deberá efectuar la liquidación del contrato, por escrito, mediante informe administrativo elaborado por la unidad técnica, en el que se deberán establecer claramente los saldos pendientes que resulten a favor o en contra del proveedor, incluyendo, si los hubiere, el pago de multas, retenciones, reembolsos, ejecución de garantías, aumento o disminuciones de obras, etc. En los casos de término anticipado del contrato, la liquidación deberá indicar si quedaron obras pendientes de ejecución y el estado de estas, sugiriendo, en su caso, la forma de terminarlas (con personal municipal o contratando los servicios respectivos). La liquidación será aprobada mediante Decreto Alcaldicio, en el que se dispondrá la ejecución o devolución de las garantías, así como los pagos o retenciones al Adjudicado, según corresponda y que será notificado al Adjudicado al domicilio del contrato. El Adjudicado, podrá aceptar la liquidación o reservarse el derecho a presentar los recursos administrativos que la ley establece al efecto.
|
|
|
|