Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MULTAS |
a. El oferente el suscribir el contrato, acepta la aplicación de las multas estipuladas en las bases. Sin perjuicio de ello el oferente deberá remediar o corregir la deficiencia. En caso de incumplimiento por parte del oferente seleccionado, ya sea de las presentes Bases Administrativas, de cualquiera de las obligaciones del contrato, da derecho a la Municipalidad de Corral
b. para poner término de forma anticipada al contrato, haciéndose efectivas las garantías convenidas, por vía administrativa y sin forma de juicio. El uso de esta facultad no da derecho al oferente a ningún tipo de indemnización.
c. Se considerará falta, el cargar combustible con alumnos a bordo.
d. La no realización de un viaje a un domicilio o localidad determinado, previsto en las bases injustificadamente.
e. Transportar personas que no sean beneficiarios del servicio de transporte escolar, mientras trasladen a estudiantes.
f. El transportar cargas peligrosas en conjunto con los estudiantes.
g. Detenerse sin causa justificada, en lugares que estén fuera del recorrido habitual.
h. Ingerir alimentos y bebidas y/o hablar por teléfono mientras conduce.
i. No portar mascarillas conductor y /o auxiliar.
j. Resguardar el uso de mascarillas y control de temperatura de los estudiantes cada vez que ingresen al vehículo.
k. Si el servicio contratado llegara al establecimiento después del ingreso a clases y si el retiro para regreso de los estudiantes, fuese superior a los 15 minutos después del término del periodo de clases, sin causa justificada e informada al establecimiento.
l. Se aplicará una multa del 1 UTM del valor de la orden de compra o el total a pagar de la misma, por cada evento de incumplimiento de las obligaciones del presente contrato, con un tope de 3 multas, continuas o discontinuas en un mes calendario, lo cual tendrá como consecuencias el cese del convenio.
Las multas serán descontadas del pago correspondiente, de acuerdo a la infracción cometida. Teniendo presente que para cada una de las multas se descontara UN MAXIMO DE 3 UTM de la orden de compra considerando el incumplimiento de los requisitos.
Procedimiento cobro: Las multas se descontarán del pago mensual, con el correspondiste acto administrativo, para lo cual el proveedor podrá presentar sus descargos a la multa, con toda la información necesaria, los 05 días siguientes a la notificación de la infracción, transcurrido el plazo, se procederá al descuento.
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