Licitación ID: 3992-15-LQ23
MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA G-75
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
PROYECTO MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75, HIJUELA DEL MEDIO, SEGÚN BASES ADMNINISTRATIVAS, TÉCNICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, PLANOS Y DETALLES.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA G-75
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75 HIJUELA DEL MEDIO - COLTAUCO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Departamento de Educación
R.U.T.:
69.080.700-9
Dirección:
Departamento de Educación Municipal, Avenida Bernardo O’Higgins # 254
Comuna:
Coltauco
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-03-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-02-2023 18:58:00
Fecha inicio de preguntas: 16-02-2023 23:59:00
Fecha final de preguntas: 23-02-2023 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-02-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-03-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-03-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-04-2023 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Vista a Terreno 22-02-2023 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario Nº 1 Identificación del Oferente
2.- Certificado de Inscripción Vigente en Registros: M.O.P.
3.- Patente Municipal
4.- Informe o Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago
5.- Formulario Renta
6.- Formulario Nº 2 Experiencia del Oferente
7.- Certificado de Asistencia a Visita a Terreno
8.- Fotocopia del Certificado de Título Profesional, del profesional del área de la construcción
9.- Declaración Jurada simple del profesional del área de la construcción
10.- Copia del documento financiero de caución o garantía “a la Vista
11.- Declaración Jurada Simple de Obras en Ejecución
12.- Declaración Jurada Simple Persona Jurídica
13.- Declaración Jurada Simple Persona Natural
Documentos Técnicos
1.- Programa de trabajo
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO Nº 3: PRESUPUESTO DETALLADO
2.- Formulario Nº 4 “Análisis del Precio Unitario de las Partidas”
3.- Formulario Nº 5 “Oferta Económica”
4.- Certificado de Capacidad Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Se evaluará con mayor puntaje a aquel oferente que indique mayor experiencia en M2 en el rubro de Construcción en Obra Civiles, de preferencia obras de edificación (se excluye las obras de pintura y aceras) y que adjunte respaldo de las mismas durante los tres últimos años. Se priorizará experiencia prestada en otras entidades públicas y/o privadas, según Especificaciones Técnicas y Formato Nº2 “Experiencia del Oferente”, adjunto. 30%
2 Cumplimiento de los requisitos Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos formales solicitados en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas. Para ello, se asignará 10 puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicados por 10%. 10%
3 Precio El Oferente deberá ofertar en el portal www.mercadopublico.cl el valor total (neto) del servicio a contratar. Para realizar el análisis comparativo de ofertas, se verificará que el valor informado en la plataforma, sea coincidente con el Formato N° 5 “Oferta Económica” y Formulario Nº 3 “Presupuesto Detallado”, donde se aplicará la siguiente fórmula: X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 30%
4 Plazo de Ejecución Se evaluará con mejor puntaje, el menor plazo de ejecución del proyecto, considerando como plazo de ejecución 90 días corridos, el plazo de ejecución no debe ser superior a 90 días corridos, debiéndose considerar en dicho plazo el cumplimiento de todos los requisitos de las diversas partidas definidas en las especificaciones técnicas y presupuesto (Formato Nº 5 Oferta Económica), adjunta a las presentes bases, si el plazo es mayor puede postular pero se valorará con el menor puntaje, en relación al resto de los oferentes. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Instituto Nacional de Deportes de Chile
Monto Total Estimado: 134724000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Marlene Hidalgo
e-mail de responsable de pago: daem@coltauco.cl
Nombre de responsable de contrato: Departamento de Educación
e-mail de responsable de contrato: daem@coltauco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2452098-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Coltauco
Fecha de vencimiento: 08-05-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Se deberá tomar un documento financiero de caución o garantía “a la Vista” de carácter irrevocable y de fácil cobro a favor de la I. Municipalidad de Coltauco, RUT N°69.080.700-9, e individualizar como Garantía por Seriedad de la Oferta Propuesta Pública, “MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75, HIJUELA DEL MEDIO - COLTAUCO”, por un monto fijo de $1.000.000.- (Un Millón de pesos), cuya validez no será inferior a 40 días hábiles, a contar de la fecha de apertura de la propuesta
Glosa: Garantía por Seriedad de la Oferta Propuesta Pública, “MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75, HIJUELA DEL MEDIO - COLTAUCO”
Forma y oportunidad de restitución: A los oferentes participantes aceptados y no adjudicados, se les devolverá la garantía de “seriedad de la oferta”, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la resolución de adjudicación de la licitación. La devolución de los documentos de Caución o Garantías de “Seriedad de la Oferta”, deberán solicitarse por escrito, dirigiendo carta a Departamento de Educación (DAEM), e ingresarse a través de la oficina de partes y su devolución se realizará siempre que se hayan cumplido con las condiciones para los cuales ellas fueron tomadas. Al Oferente adjudicado, le será devuelto el documento financiero de caución o garantía, por Seriedad de la Oferta, una vez ingresado documento financiero de Caución o Garantía para asegurar el “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Coltauco
Fecha de vencimiento: 09-06-2023
Monto: 5 %
Descripción: El Oferente adjudicado deberá presentar un documento financiero de Caución o Garantía “a la Vista” de carácter irrevocable y de fácil cobro por el Fiel Cumplimiento del Contrato, propuesta publica “MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75, HIJUELA DEL MEDIO - COLTAUCO”. en pesos, por un valor equivalente al 5% del valor del Contrato, que deberá presentarse en un plazo anterior a la firma del Contrato, cuya vigencia será el plazo de ejecución del Contrato, excedido en 60 días corridos.
Glosa: el Fiel Cumplimiento del Contrato, propuesta publica “MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75, HIJUELA DEL MEDIO - COLTAUCO”
Forma y oportunidad de restitución: El documento financiero de Caución o Garantía por el fiel cumplimiento del contrato, será devuelta cuando se produzca el canje por el documento financiero de Caución o Garantía denominado “Buena ejecución de las obras” al momento de efectuarse la Recepción Provisoria de las Obras.
    Otras Garantías
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Coltauco
Fecha de vencimiento: 21-06-2024
Monto: 5 %
Descripción: El documento financiero de Caución o Garantía “a la Vista” de carácter irrevocable y de fácil cobro por la buena ejecución de las obras propuesta pública “MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75, HIJUELA DEL MEDIO - COLTAUCO”. tendrá un valor equivalente al 5% del valor del Contrato, en Pesos, que deberá ser canjeado por documento financiero de Caución o Garantía de “Fiel cumplimiento del Contrato”. Este documento financiero de Caución o Garantía “a la Vista” tendrá una vigencia de 365 días corridos, contados desde la fecha de la Recepción Provisoria sin Observaciones.
Glosa: Garantía buena ejecución de las obras propuesta pública “MEJORAMIENTO INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA ESCUELA JOSEFINA VIAL DE VIAL G-75, HIJUELA DEL MEDIO - COLTAUCO
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de los documentos de Caución o Garantías, deberán solicitarse por escrito, dirigiendo carta a la Inspección Técnica de Obra, e ingresarse a través de la oficina de partes, su devolución se realizará siempre que se hayan cumplido con las condiciones para los cuales ellas fueron tomadas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
DE LAS CONSULTAS (FORO INVERSO)
En caso de existir dudas o consultas respecto de las ofertas, la Comisión Evaluadora, solicitará aclaraciones a los oferentes, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se evaluará de igual manera, descontando 5 puntos, del total obtenido de entre todos los criterios de evaluación.
Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Plazo de Ejecución”. Y finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos”.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail daem@coltauco.cl o bien a pcires@coltauco.cl , una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.

DEL PUNTAJE MÍNIMO PARA ADJUDICAR
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 70 puntos.
DE LOS ANTECEDENTES OMITIDOS
El Oferente que hubiese omitido un antecedente, será informado a través del sistema, por parte de la Municipalidad de Coltauco y tendrá un plazo de hasta 48 horas hábiles para ingresarlo, salvo los siguientes documentos, que, al ser omitidos, será marginado del proceso de Licitación Pública: - Documento financiero de caución o garantía “a la Vista” como Garantía por Seriedad de la Oferta. - Certificado de capacidad económica (“Capital Comprobado”; “Capital Declarado”; “Constancia Capital” u “Otro”). - Formulario Nº2 “experiencia del Oferente” - Formulario N°3 “Presupuesto Detallado por Partidas”. - Formulario Nº4 “Análisis de Precio Unitario de las Partidas”. - Formulario Nº5 “Oferta Económica”. - Declaración Jurada de Obras en Ejecución.
DE LA AUTENTICIDAD DE LA INFORMACIÓN
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta. La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
DE LA SUBCONTRATACIÓN
El Contratista sólo podrá subcontratar parte de las obras, siempre que obtenga la autorización de la Municipalidad, en el que ningún caso podrá superar el 30% del valor total del contrato, salvo situaciones de excepción debidamente justificadas por el ITO correspondiente. El contratista solicitará oportunamente la autorización del ITO, quien deberá pronunciarse en un plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción del documento respectivo ingresado en oficinas de partes de la municipalidad; si no se pronunciare, se entenderá aceptada la solicitud. No obstante, lo anterior, el Contratista mantendrá la responsabilidad de la totalidad del contrato incluidas aquellas partidas subcontratadas, como, asimismo, el pago de todas las obligaciones para con los obreros, empleados, proveedores u otros que se omitan para el subcontratista.
DEL FACTORING
La Municipalidad de Coltauco, aceptará al contratista para ceder, mediante el uso de FACTORING, derechos a percibir por el pago de Facturas y Estados de Pagos emitidos, siempre y cuando el Contratista cumpla con lo indicado en el artículo N°75 del Decreto N°250, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y con las exigencias definidas en la Ley 19.983. En el evento de celebrar un contrato de Factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N° 19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existiesen obligaciones o multas pendientes, además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efector del término del Contrato. El contratista deberá informar mediante carta ingresada a través de la oficina de partes de la Municipalidad y con antelación si efectuará o no cesión de los créditos contenidos en la Factura y Estado de Pago que emanen del Contrato, indicando el nombre de la o las empresas de factoring con las cuales operará en cada oportunidad en que efectúa la cesión de créditos contenidos en las facturas. La información deberá ser realizada al menos con 15 días de anticipación a la fecha de pago de la Factura y del Estado de Pago. Toda cesión del crédito contenido en una Factura y Estado de Pago debe ser notificada a la Municipalidad, por escrito mediante carta ingresada en oficina de partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Ley 19.983, o en conformidad a lo establecido en los artículos 1.901 y siguientes del Código Civil, a objeto que pueda disponerse el pago al cesionario o ejercer, en su caso, los derechos que le otorga la Ley. Con relación al pago de las facturas factorizadas, la Municipalidad es la Unidad Técnica y la Unidad Financiera es el DEPARTAMENTO DE EDUCACION. Una vez ingresado y contando el Estado de pago con la certificación y aprobación del ITO y la Inspección Técnica de Obras, de no encontrarse con observaciones, el Contratista deberá emitir la Factura por el monto a pagar del correspondiente Estado de pago, y, la Municipalidad cursará a través del DEPARTAMENTO DE EDUCACION la solicitud de transferencia de recursos. El pago de la factura y del estado de pago, se cursará contra recepción de transferencia de recursos de la fuente de financiamiento, dentro de 30 días corridos posteriores a la recepción de la transferencia de recursos.
VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 60 días.
PRESENTACIÓN OFERTAS
Si los antecedentes no cumplen con el formato indicado en las presentes Bases Administrativas, la oferta será rechazada. La Comisión Evaluadora se reserva el derecho a aceptar los anexos que considere que son adecuados al proceso licitatorio, aún cuando no sean idénticos al o los solicitados, siempre que cuenten con la información necesaria para su análisis en igualdad de condiciones con el resto de los oferentes.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA CON RESPECTO A LOS TRABAJADORES
Es de exclusiva responsabilidad de la empresa Contratista la seguridad del personal y el suministro de acuerdo a los trabajos que deberán realizar. Hacer entrega del equipamiento y elementos de seguridad, según las normas vigentes y requerimientos de los organismos de seguridad competentes. El personal que no cumpla con las disposiciones de seguridad indicadas, deberá ser reemplazado dentro de las 24 horas de notificación del ITO, lo mismo se aplicará a los implementos de trabajo que no estén de acuerdo con las normas de seguridad. Todo accidente que ocurra en la ejecución de los servicios que obedezca a negligencia o culpa de la CONTRATISTA o de los dependientes de estos, será de su exclusivo cargo y responsabilidad y, en general, todo gasto o pago de cualquier naturaleza que se produzca por causa o con ocasión de estos trabajos, son de su exclusiva cuenta y riesgo. Será de cargo exclusivo de la CONTRATISTA cualquier pago, multa o sanción pecuniaria o indemnización de cualquier especie, que éste deba pagar por causa de omisión o incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de los demás que se deriven de su calidad de empleador para con sus trabajadores. En el caso de que la I. Municipalidad de Coltauco se viera obligada a cualquier desembolso por tales conceptos, queda expresamente establecido que tendrá derecho a reembolsarse de las sumas que corresponda, deduciéndolas de las cantidades que se deban pagar al CONTRATISTA, de las retenciones o de las garantías que obren en poder de la I. Municipalidad y también podrán ser deducidas de cualquier suma que la I. Municipalidad adeude al CONTRATISTA y que se deriven de la ejecución del presente contrato. La I. Municipalidad hará siempre efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo. En consecuencia, el CONTRATISTA deberá acreditar el cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales que le afecten respecto de sus trabajadores durante todo el tiempo o período el cual el o los trabajadores se desempeñan en las obras o servicios que se contraten por este instrumento. En virtud de lo señalado en la presente cláusula, para cursar cualquier pago, anticipo o para devolver retenciones o garantías, la Municipalidad exigirá a la CONTRATISTA que acredite mediante un Certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva u otro medio idóneo que acredite que a la fecha del respectivo pago, no existen reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra o en contra de los subcontratistas de la obra y que se encuentra al día en el cumplimiento de dichas obligaciones laborales y, previsionales respecto de sus trabajadores que ejecutan una obra o presten servicios en virtud del presente contrato. Será también causal de término anticipado de contrato el incumplimiento permanente de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad que el Contratista debe cumplir para con sus trabajadores de conformidad a lo establecido en la Legislación Laboral Vigente.
DERECHO A SER INFORMADO
La Municipalidad de Coltauco hará siempre uso del derecho contemplado en el artículo 183 – C del Código del Trabajo, en relación a ser informado por la empresa contratista respecto del estado y monto de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores y empresas subcontratistas y, a realizar las retenciones que correspondan, en caso de incumplimiento.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
De la Unión Temporal de proveedores
Para el caso de las propuestas formuladas por uniones temporales de proveedores, bastará con que el oferente presente un documento que formalice la unión, que cumpla con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 67 bis del decreto N° 250, del año 2004.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.