BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
PRODUCCION DÍA DEL FUNCIONARIO MUNICIPAL 2024
1. GENERALIDADES:
La Municipalidad de Coltauco llama a Licitación Pública a través del portal www.mercadopúblico.cl, para la contratación de los servicios de producción para la actividad Día del Funcionario 2024, consistente en centro de eventos, alimentación, entre otros, a desarrollarse en un recinto a definir, según las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que además tienen como objetivo definir y dar lineamientos claros de los deberes y derechos de los participantes.
2. FINANCIAMIENTO:
La actividad será financiada con recursos municipales, con cargo a la cuenta 215.22.08.011.001.000 denominada “Producción y desarrollo de eventos” Área de gestión actividades especiales, Programa Día del funcionario Subprograma Día del funcionario, presupuesto carácter reservado.
3. MANDANTE:
Municipalidad de Coltauco.
4. UNIDAD TECNICA:
Encargado de Recintos Municipales.
5. REQUISITOS PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Para ofertar:
Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio, deben cumplir con el requisito de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, Infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
Para contratar:
La Persona Natural y jurídicas deberá contar con iniciación de actividades ante SII, como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Al momento de contratar deberá tener vigente su contrato con Registro de Proveedores y deberá presentar Declaración Jurada: Sin Conflicto de intereses con este Municipio, entre otros. Dicha declaración se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, es aquella que debe completar el oferente al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es solo referencial).
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la ley N°19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos contratos con organismos del Estado. La Municipalidad de Coltauco verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la Municipalidad de Coltauco, Avda. Arturo Prat N°66, comuna de Coltauco, dentro de los 05 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En caso que el Proveedor Adjudicado no esté inscrito en el Registro de Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 05 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
6. DE LO REQUERIDO (SERVICIOS A CONTRATAR):
Se consulta servicios de producción para la celebración del evento municipal “Día del Funcionario Municipal 2024”, en un establecimiento que cuente con espacios y servicio de alimentación o catering y centro de eventos”, para el día 30 de octubre del año 2024. (Cualquier cambio en la fecha y horario será informado oportunamente).
- Centro de eventos: Se consulta los servicios de centro de eventos ubicado en la comuna de Coltauco (Debe detallar dirección exacta), que cuente con piscina (con salvavidas disponible), áreas verdes, salón equipado con mobiliario, cocina equipada para preparación de alimentos, zona de juegos, canchas de futbol o futbolito, quinchos y comedor con capacidad para 160 personas para el servicio de los alimentos.
El centro de eventos debe estar disponible para la fecha 30 de octubre de 2024, desde las 10:00 hrs hasta las 20:00 hrs.
- Alimentación: Se consulta servicios de atención, recepción y alimentación para 160 personas, que considere:
- Desayuno: Pan amasado, queso blanco, mantequilla, mermelada, avena y macedonia.
Mesón autoservicio: te, café, infusiones de hierbas, leche (sin lactosa) y jugo.
- Almuerzo: tipo boufette que contenga 3 tipos de carne pollo, cerdo y vacuno, acompañamientos y ensaladas papas mayo, tomate, hojas verdes, choclo mayo, betarraga, ensalada mixta y pepino.
A la mesa bebidas de 1.25 litros, 2 botellas de vino de 750 ml pan y salsa verde.
- Once: Pan amasado, pasta de pollo, jugo y trozo de brazo reina.
- Te y café para desayuno, almuerzo y once además de infusiones durante toda la jornada.
Para efectos de la plataforma de www.mercadopublico.cl, se publicará lo siguiente:
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Línea de Compra Nº
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Unidad
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Descripción
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Cant.
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Código ONU
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1
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Unidad
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Producción Día del Funcionario Municipal 2024 total 160 personas.
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1
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90151602
Productoras
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7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
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PROCESO
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DESCRIPCION
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Fecha de Publicación
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Se publicará a más tardar 72 hrs. dictada la Resolución aprobatoria.
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Fecha Inicio de Preguntas
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A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y estará vigente por 48 hrs. hábiles.
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Fecha Final de Preguntas
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El foro de consultas estará activo durante 48 hrs. hábiles, desde el inicio de las preguntas.
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Fecha Publicación de Respuestas
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A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
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Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
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Será de 5 días mínimo contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs, además el plazo de publicación se reduce de 10 a 5 días por tratarse de un servicio de simple y objetiva especificación.
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Fecha de Apertura Electrónica
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Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
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Fecha de Adjudicación
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Se procederá a adjudicar pasado 02 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.
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8. DE LOS ANTECEDENTES QUE DEBE ACOMPAÑAR O INGRESAR AL PORTAL:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando Anexos indicados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso del Anexo requerido. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Del momento que el Oferente ingrese una oferta en el sistema es que ha tomado conocimiento cabal de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y los acepta en su totalidad.
El Oferente deberá ingresar en www.mercadopublico.cl, en la Licitación denominada “Producción Día del Funcionario Municipal 2024”, el siguiente antecedente:
a) Documentos Administrativos:
- Formulario N°1 Individualización del Oferente.
- Patente Municipal vigente y al día.
b) Documentos Técnicos:
- Documento en Word o PDF, que sea de fácil descarga y que contenga la completa propuesta de producción del evento “Producción Día del Funcionario Municipal 2024”.
- Formulario N°2 Experiencia del Oferente.
c) Documentos Económicos:
- Formulario N°3 Formulario de cotización
9. COMISIÓN EVALUADORA O FUNCIONARIO EVALUADOR:
Se designará a una Comisión Evaluadora conformada por Jefe de la Unidad de Operaciones Medio Ambiente Aseo y Ornato, Encargado de Medio Ambiente, Aseo y Ornato y Encargado de Recinto Los Tacos, teniendo las siguientes atribuciones:
a) Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos de la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
b) Se podrá sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Se podrá además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
c) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
d) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
e) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
f) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 60 puntos.
Se levantará un Acta de Evaluación (Informe Razonado) dirigido al Sr. Alcalde o en quien esté delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor a menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar a aquellas ofertas que sea igual o superior a 60 puntos.
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
10. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica se efectuará a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será el operador del sistema y/o el funcionario requirente el encargado de realizarla.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°8 "Instrucciones para la presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y técnicas que rigen para esta Licitación. Aquellas ofertas que no presenten el Formulario Nº1 Individualización del Oferente, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886/2003. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles, contado desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información, esta situación.
11. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACION:
El proceso de evaluación, se obtendrá de los Criterios de Evaluación que a continuación se señalan:
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Nº
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Criterio de Evaluación
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Rangos
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1
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Calidad Técnica de los servicios 50%
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Recinto, alimentación
Otros 40%
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Se ajusta a lo requerido
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=
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100 puntos
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Se ajusta medianamente a lo requerido
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=
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50 puntos
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No se ajusta a lo requerido o no informa
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=
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0 punto
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Ubicación centro de eventos 10%
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Menor cantidad de kilómetros desde punto de referencia
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=
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100 puntos
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1° media de entre las ofertas recibidas
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=
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70 puntos
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2° media de entre las ofertas recibidas
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=
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50 puntos
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3° media de entre las ofertas recibidas
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=
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30 puntos
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El resto de las ofertas
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=
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15 puntos
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No informa
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=
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0 punto
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2
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Precio 30%
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Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100
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3
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Experiencia de los oferentes 20%
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Mayor experiencia
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=
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100 puntos
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1° media entre mayor y menor experiencia
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=
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70 puntos
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2° media entre mayor y menor experiencia
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=
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50 puntos
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No tiene experiencia o no informa
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=
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0 punto
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11.1 Calidad Técnica del Servicio (50%)
Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que presente un producto acorde a lo solicitado. Además del detalle de cada uno de los servicios solicitados por el municipio. Para esto, el Proveedor deberá ingresar un archivo en pdf o Word, en “Documentos Técnicos” (de fácil descarga), que contenga la información solicitada en el Punto Nº6. A menor información o detalles, menor puntaje. Se evaluará separadamente cada uno de los servicios requeridos y la suma total comprenderá el puntaje final.
Atendiendo que no todos los funcionarios municipales cuentan con movilización propia, se asignará mayor puntaje a aquella oferta que en su propuesta indique a cuantos kilómetros se encuentra el Centro de Eventos, tomando como punto de referencia, la Municipalidad de Coltauco (dicha información debe ser ingresada en el Formulario N°3 Formulario de Cotización).
11.2 Precio (30%)
El proveedor deberá ofertar en el portal www.mercadopublico.cl el valor de los servicios contratados, el cual debe ser Neto, sin Impuesto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. El criterio “Precio” se calculará mediante la siguiente fórmula:
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Precio Mínimo Ofertado
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X 100
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Precio de la Oferta
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Para mayor transparencia, el Oferente deberá completar e ingresar el Formulario N°3 “Formulario de Cotización”, el valor unitario por persona e indicar a cuantos kilómetros está ubicado su centro de eventos, respecto de la Municipalidad de Coltauco.
Aquellas ofertas que superen en presupuesto disponible, no podrán ser adjudicadas.
11.3 Experiencia del Oferentes (20%)
Obtendrá mayor puntaje aquella oferta que ingrese en “Documentos Técnicos”, la experiencia de los 12 últimos meses en eventos similares. Para ello, el Oferente debe ingresar el Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente”, debidamente completado.
El no ingreso de este documento dará lugar al rechazo de la oferta.
12. OTROS ASPECTOS DE LA EVALUACION
12.1 De las consultas (foro inverso):
La Municipalidad “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores…” (Artículo 40 del Reglamento). Dichas consultas o dudas, serán solicitadas por el operador del sistema, activando el link pertinente, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se marginará del proceso por tratarse de los antecedentes a evaluar.
12.2 De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Calidad Técnica del Servicio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Experiencia del Oferente”, y finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en “Precio”.
12.3 Del puntaje mínimo para adjudicar:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 60 puntos.
12.4 De los antecedentes omitidos:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario N°1 “Individualización del Oferente”, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles, para subsanar dicha omisión.
Sin embargo, si omite los siguientes documentos, su oferta será marginada del proceso licitatorio:
a) Patente Municipal vigente.
b) Propuesta Técnica (formato libre, de fácil descarga, con toda la información relacionada con la producción del servicios contratado)
c) Formulario N°2 “Experiencia del Oferente”
d) Formulario N°3 “Formulario de Cotización”.
12.5. Documentos extras:
Con el propósito de colaborar con el Medio Ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por el Funcionario Evaluador, y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
12.6 De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta a aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
12.7 De presentarse solo una oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.
13. DE LA ADJUDICACIÓN:
La Municipalidad de Coltauco adjudicará por Línea de Compra, en forma parcial o completa, al Oferente que cumpla con todos los requisitos exigidos en las presentes bases.
Una vez notificado a través del portal www.mercadopublico.cl acerca de la adjudicación, el Proveedor Adjudicado (Persona Natural o Jurídica) que no tenga contrato vigente a través del Registro de Proveedores deberá presentar en un plazo no superior a 5 días hábiles, declaración jurada que señale NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
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PERSONAS NATURALES
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PERSONAS JURIDICAS
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Condenas por delito de cohecho
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Condenas por delito de cohecho
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Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
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Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
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Fuente: Ministerio Público
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Fuente: Ministerio Público
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Deudas tributarias
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Deudas tributarias
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Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución
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Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
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Fuente: Tesorería General de la República
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Fuente: Tesorería General de la República
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Deudas previsionales y laborales
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Deudas previsionales y laborales
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Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
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Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
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Fuente: Dirección del Trabajo
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|
Fuente: Dirección del Trabajo
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Sentencia por presentación de documentos falsos
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Sentencia por presentación de documentos falsos
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La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
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La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
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Fuente: Registro de Proveedores
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Fuente: Registro de Proveedores
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Deudas Estado de quiebra
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Deudas Estado de quiebra
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Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
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Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
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Fuente: Superintendencia de Quiebras
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Fuente: Superintendencia de Quiebras
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Suspensión o eliminación del registro
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Suspensión o eliminación del registro
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Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
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Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
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Fuente: Registro de Proveedores
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Fuente: Registro de Proveedores
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Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores
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Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores
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Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
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Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
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Fuente: Dirección del Trabajo
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Fuente: Dirección del Trabajo
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Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
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Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
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Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
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Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
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Fuente: Dirección del Trabajo
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Fuente: Dirección del Trabajo
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Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
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Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
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Certificado de Vigencia de la Sociedad
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(1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
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(1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Registro de Proveedores en los plazos que establecen las Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo al Artículo Nº41 del Reglamento de Compras, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.
14. DE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO:
No se contempla. Conforme al Artículo Nº63 del Reglamento de Compras, se formalizará a través de la orden de compra y los presentes Bases administrativas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio.
La Orden de Compra Electrónica, será enviada transcurrido el plazo de 24 horas, una vez adjudicada en el portal www.mercadopublico.cl. El Oferente tendrá un plazo de 24 horas para revisar y aceptarla.
La Orden de compra electrónica debe ser aceptada, antes de emitir factura.
14.1 GARANTÍAS:
No se contempla.
14.2 DEL PAGO DEL CONTRATO O LA ORDEN DE COMPRA:
Una vez realizado el evento, el Oferente deberá ingresar la factura (con pago a 30 días) en la oficina de partes dirigida al encargado de Recintos Municipales, o enviarla a facturas@coltauco.cl,
A su vez, el Encargado de Recintos adjuntará el Informe Favorable, dirigido a la Dirección de Administración y Finanzas de cada área en un plazo no superior a 24 horas después de recepcionadas la factura en oficina de partes. El informe de conformidad deberá reflejar explícitamente si deben existir retenciones al pago ya sea por incumplimientos, por multas, entre otros.
14.3 DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO:
La supervisión será por parte del Encargado de Recintos Municipales.
14.4 PLAZO O DURACIÓN DEL SERVICIO:
El evento Día del Funcionario Municipal 2024, se realizará el miércoles 30 de octubre de 2024 en lugar y horario a definir, y tendrá una duración aproximada de 8 horas. (En caso de suspensión o modificación de fecha será informado oportunamente). Por razones de buen servicio municipal, los servicios podrán iniciar a partir de la adjudicación.
14.5 DE LAS MULTAS:
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá de la correspondiente factura, por tanto en el caso de incumplimiento de las presentes bases y/o documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas estipuladas a continuación:
a) Se aplicará una multa por atraso en la entrega de los servicios requeridos, respecto a la programación de la actividad establecida en las presentes bases, equivalente a 5 UTM (se considerara valor UTM en el mes que se aplica) por cada 30 minutos de atraso, con un tope de 20 UTM, superadas las 1.5 horas de atraso, se dará término anticipado al contrato/orden de compra.
b) Por concepto de entrega de productos y/o servicios defectuosos, incompletos o que no cumplan con las especificaciones técnicas respecto a servicio de alimentación, servicios higiénicos. El proveedor será sancionado con el cobro de una multa equivalente al 2% del valor total neto de la orden de compra por cada incumplimiento, el cual será descontado del valor neto de la factura. El responsable de la aplicación de las multas será el Alcalde a través de Decreto Alcaldicio y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.
Las multas se registrarán mediante el envío de correo electrónico. El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente de su registro.
Cabe recordar, que lo ofertado en el portal, es lo que debe ejecutar en terreno.
14.6 DE LA APELACIÓN A SANCIONES Y/O MULTAS:
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) o jefatura respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva en horario desde las 08:30 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:30 horas de lunes a jueves y hasta las 14:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de Apelación, la cual estará conformada por el Director Jurídico. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Adjudicado. La falta de apelación por parte del Adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
Se entiende a la Jefatura Municipal respectiva a Administración Municipal.
Recurso de reposición:
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por medio de carta certificada al proveedor, de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El Municipio tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
14.7 DE LA OPERACIÓN DE FACTORING:
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N°19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurará la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.
16. VIGENCIAS DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días.
17. DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 35 QUATER DE LA LEY 19.886:
Los oferentes al momento de ofertar en el portal www.mercadopublico.cl. Se entiende que conocen lo establecido en las modificaciones realizadas a la ley Nº19886 “Ley de Compras públicas” Modificada por la ley Nº21.634, específicamente en el artículo 35 Quater que establece lo siguiente: Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
18. OTRAS CONSIDERACIONES:
18.1 De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
18.2 De la Subcontratación:
No se prohíbe.
18.3 Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado al funcionario que evaluó las ofertas y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, dentro de un plazo no superior a 48 horas hábiles.
18.4 Pacto de Integridad:
Los Oferentes que participen deberán respetar lo indicado en el Formulario de Adquisición que dice lo siguiente:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
18.5 En caso de suspensión de la actividad:
Si la actividad fuese suspendida (condiciones climáticas extremas, catástrofe u otra eventualidad), se informará al Proveedor de la nueva fecha.
En caso de que la suspensión del evento fuese indefinida, se procederá a dejar sin efecto la Orden de Compra Electrónica y demás documentos, resultantes del proceso, procediendo a cancelarla, sin cargo para las partes, tomando todos los resguardos administrativos.
19. DE LA NORMATIVA QUE RIGE PARA ESTA LICITACIÓN:
Estas bases se rigen por la Ley de Compras N°19.886/2003 y su Reglamento de Compras, como así mismo la Ley N°18.695/88 Organica Constitucional de Municipalidades y Ley de Rentas Municipales N°3063.
20. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADOS EN LA PRESENTE LICITACIÓN:
- Formulario N°1 Individualización del Oferente.
- Formulario N°2 Experiencia del Oferente.
- Formulario N°3 Formulario Cotización.
ENCARGADO DE RECINTOS MUNICIPALES
CAS/cas
FORMULARIO Nº1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas.
La cuenta de correo electrónico o e-mail que proporcione el oferente, será el medio de comunicación para realizar las notificaciones, en caso de aplicación de sanciones y multas.
FORMULARIO Nº2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
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R.U.T. N°
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REPRESENTANTE LEGAL
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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CELULAR
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Nº
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Organismo Público
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Orden de Compra Electrónica
(OC)
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Fecha OC
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos técnicos, según Bases Administrativas y Técnicas.
FORMULARIO Nº3
FORMULARIO DE COTIZACIÓN
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
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R.U.T. N°
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REPRESENTANTE LEGAL
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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CELULAR
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N°
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Detalle
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Cantidad
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Monto Unitario
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Valor Total
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1
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Valor unitario por persona
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160
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NETO
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I.V.A. 19%
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TOTAL
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(Se recuerda que el valor a ingresar en la plataforma de www.mercadopublico.cl, corresponde al neto obtenido de la sumatoria en el recuadro gris)
UBICACIÓN DE CENTRO DE EVENTOS:
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Punto de Referencia
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Dirección de centro de eventos
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Cantidad kilómetros
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Municipalidad de Coltauco, Avda. Arturo Prat N°66
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos económicos, según Bases Administrativas y Técnicas.
DECLARACION JURADA SIMPLE PARA OFERTAR
Persona natural o jurídica según corresponda
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
- No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
- No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
- Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
- No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Firmado con/sin Clave Única
Fecha:
Nota: Recuerde que este formato es solo referencial, usted debe llenar el formulario en línea al momento de completar su oferta.