BASES ADMINISTRATIVAS
“SERVICIO DE INTERNET DEDICADO PARA LA MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO”
1.- GENERALIDADES:
La Municipalidad de Coltauco llama a Licitación pública para contratar servicio de internet, entre otros, dedicado para la Municipalidad de Coltauco, de acuerdo a las atribuciones que confiere la Ley N°19886. “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicio
2.- FINANCIAMIENTO:
Dicho Servicio será financiado con Presupuesto Municipal, con cargo a la Cuenta Contable: 215.22.05.007.001.001 Denominada: “ACCESO A INTERNET”, Área: Gestión Municipal. Programa: Gestión Municipal, Subprograma: Gestión Municipal. El monto disponible es de $35.000.000 anual.-.
3.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Esta licitación corresponde a una adjudicación simple menor a 1000 UTM, por lo que corresponde a la sigla LE, de acuerdo a los valores ofertados en el portal www.mercadopublico.cl, en pesos.
4.- MARCO REGULATORIO, PLAZOS Y NOTIFICACIONES:
Cabe señalar que la presente licitación pública se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y bases Técnicas que por este acto se aprueban, y por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal Mercado Público y de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras, se entenderán realizadas transcurridas 24 horas desde la publicación del documento o acto en el Sistema de Información. Para efecto de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras, y para todas las comunicaciones que se le realicen al proveedor adjudicado durante la vigencia de la contratación, los proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones, la cual deberá ser informada en el Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
5.- MANDANTE:
Municipalidad de Coltauco, RUT. N°69.080.700-9, domicilio en Avda. Arturo Prat N°66, Coltauco.
6.- UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Administración y Finanzas, Unidad de Informática.
7.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl.
Para ofertar:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°.
3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575).
6.- El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
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GRADO
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CONSANGUINIDAD
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GRADO
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AFINIDAD
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TITULAR (FUNCIONARIO DE PLANTA, CONTRATA U HONORARIOS)
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CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
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1°
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Padres (padre o madre)
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1°
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Suegros / padres del conviviente civil
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Hijos e hijas
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Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil
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2°
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Hermanos y hermanas
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2°
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Cuñados / hermanos del Conviviente Civil
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Abuelos / nietos o nietas
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Abuelos del cónyuge / nietos o nietas
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Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos.
Para contratar:
Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial).
La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
8.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO A CONTRATAR:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco necesita contratar el Servicio de Internet dedicado a través de Fibra Óptica para la Municipalidad de Coltauco, con conectividad simétrica de 400 Mbps tanto nacional como internacional (con la opción de mejorar el servicio). Incluye interfaz GigaEthernet, servicio de respaldo eléctrico, y monitoreo constante del servicio, además de soporte 7x24x365. También se solicita instalación de Firewall Fortinet 100F o similar y mantenimiento de equipos como el Router Cisco C1111-SP, con un periodo de garantía de 7x24x365 durante el contrato. Se proveen IPs públicas exclusivas y configuración de DNS. El servicio incluye capacitación para el personal técnico y tiene como opción una conexión de respaldo mediante Starlink Empresas la cual debe ser configurada por la empresa en el FW.
En el portal se publicará lo siguiente:
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Nº
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Clasificación ONU
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Cantidad
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Unidad de Medida
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Descripción
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1
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81112101
Proveedores de Servicio Internet (ISP)
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36
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Mes
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Servicio de Internet Dedicado para Municipalidad de Coltauco por 36 meses
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9.- CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
Los antecedentes del llamado a licitación estarán disponibles en el sistema de contratación pública del Estado en el sitio www.mercadopublico.cl conforme a lo siguiente:
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PROCESO
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DESCRIPCION
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Fecha de publicación
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Se publicarán a más tardar, al quinto día de dictado el Decreto aprobatorio correspondiente.
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Fecha inicio y término de preguntas
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A contar de las 23:59 hrs. Del día publicado y el foro estará vigente por 72 horas hábiles.
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Fecha publicación de respuestas
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A contar de las 15:00 hrs. Al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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Se publicará Veinte (20) días (como mínimo) contados desde la fecha de publicación, y cerrará en día hábil, a las 12:00 hrs.
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Fecha de apertura electrónica
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Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
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Fecha de adjudicación
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Se procederá a adjudicar hasta pasado 10 días hábiles, contados desde la fecha de apertura de la licitación.
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Fecha suscripción del contrato
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Se podrá suscribir el Contrato de Suministro, en un plazo no superior a 10 días hábiles a contar de la fecha de adjudicación.
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10.- INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las ofertas se deberán presentar solamente a través del formulario de presentación de ofertas que incluye el sistema de información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los formularios indicados en las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
El Oferente deberá ingresar debidamente llenado los siguientes antecedentes, conforme a Formularios proporcionado en la presente Licitación:
Documentos Administrativos:
i) Formulario N°1-A Individualización del Oferente: conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT. o C.I., domicilio, teléfono (de la empresa y su representante). En el caso de que el proponente sea persona jurídica deberá acompañar copia autorizada legalmente de su escritura de constitución y certificado de vivencia en el registro de comercio y sus modificaciones, autorizada ante notario y con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la propuesta.
Si estos antecedentes están presentes en el registro de proveedores, bastará con que el oferente adjunte un “pantallazo” del portal. La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corroborar y solicitar información complementaria pertinente, para la validez de tales antecedentes.
En el caso de presentar una UTP, se incluye Formulario N°1-B Identificación del Oferente, debiendo además adjunta documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar como UTP, si corresponde (Formulario N°1-C Constitución de UTP).
ii) Patente municipal vigente: Si el oferente no presenta la copia de dicho documento en su oferta o dentro del plazo establecido en el proceso de “aclaraciones a la oferta de la licitación”, se entenderá por no cumplida la exigencia y la oferta será declarada inadmisible.
Este es el único documento de la oferta administrativa que no será evaluado con el criterio de requisitos formales de presentación de la oferta. En caso de UTP, deberá presentar estos antecedentes para cada uno de sus integrantes. El oferente que resulte adjudicado deberá mantener vigente la patente comercial durante toda la vigencia del contrato.
iii) Formulario N°4 Programa de integridad o Ética Empresarial: En el caso de aquellos oferentes que dispongan de un Programa de Integridad formalizado y conocido por su personal, se requerirá la presentación del documento que respalda dicho programa, ajustándose al Formulario Nª4.
Además, deberán incluir evidencia que acredite que sus trabajadores están al tanto del contenido y las directrices del mismo. Como evidencia se aceptará, por ejemplo, firmas de los empleados confirmando la recepción o comunicaciones internas (correos electrónicos) donde se haga referencia a las políticas incluidas en el programa.
Este documento no será solicitado a través de “aclaraciones a la oferta de la licitación”.
En caso de UTP, deberá presentar estos antecedentes por cada uno de sus integrantes.
iv) Declaración Jurada de requisitos para ofertar. El Oferente deberá completar dicha declaración conforme a formulario adjunto e ingresarlo en los documentos administrativos de la presente licitación.
Documentos Técnicos:
v) Formulario N°2 Formulario Experiencia del Oferente: El oferente deberá completar dicho formulario con la información requerida, de fácil descarga, con sus respectivos respaldos.
vi) Formulario N°5 Formulario Oferta Técnica: El oferente deberá adjuntar dicho formulario en el módulo de anexos técnicos. Además, deberá incluir carta Gantt de los servicios ofertados, según lo indicado en bases técnicas.
vii) Certificado de propiedad de prestación del servicio: El oferente deberá ingresar o adjuntar a su oferta certificado o documento que acredite o de a conocer la propiedad de prestación de sus servicios, indicando si los servicios prestados son propios o corresponden a servicios contratados a terceros o revendidos.
Se solicita, de preferencia, subir archivos en formato pdf y/o jpeg. En aquellos casos que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose el puntaje del “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
Documentos económicos:
El oferente deberá ingresar en anexo económico el siguiente documento:
viii) Formulario Nº3 Cotización de los Servicios Requeridos, conforme a formato adjunto. El oferente deberá completar todos los ítems e ingresar la información requerida, en formato Word y/o PDF, de fácil descarga. Si el formato viene incompleto, no será considerado para evaluar.
En los casos en que los documentos ingresados no puedan abrirse o guardarse, se solicitará mediante foro inverso que se repita el proceso. Además, se reducirá el puntaje en el criterio correspondiente por no cumplir con lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Mientras se resuelve esta situación, la apertura electrónica quedará pendiente de confirmación.
11.- VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las ofertas que presenten las empresas deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos a contar de la fecha de presentación de la propuesta. La oferta cuyo periodo de validez sea inferior podrá ser rechazada por no ajustarse a este requisito. Si no lo señala expresamente el plazo de vigencia, se entenderá que por el solo hecho de presentar una oferta, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. Sólo en circunstancias excepcionales, se podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas deberán ser hechas por escrito a través del sistema.
12.- DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será realizada por el funcionario con clave del Departamento de Adquisiciones, dejando constancia e informando a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°10 "Instrucciones para presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, que rigen para esta Licitación.
No obstante, lo establecido anteriormente, la no presentación del Formulario Nº1-A “Individualización del Oferente”, N°1-B “Identificación de la UTP”, Declaración Jurada Simple “Inhabilidades para contratar” y Declaración Jurada Simple “Deudas con Trabajadores”, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 56° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) la Ley N°21.634/2023. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contadas desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información esta situación, debiendo considerar que será descontado en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Y en caso de persistir la omisión, se aplicará 0 punto.
13.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:
Respecto de la evaluación de las ofertas, se considera los siguientes aspectos:
13.1 De la Comisión Evaluadora:
Se designarán tres funcionarios municipales, que serán sancionados por Decreto Municipal para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:
i) Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos exigidos en la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
ii) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas.
Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
iii) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
iv) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
v) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
vi) Podrá realizar las consultas y aclaraciones que considere necesarias para aclarar y/o consultar aspectos de los antecedentes de la oferta, que merezcan dudas y que se estimen necesarias para una mejor evaluación de la propuesta, las que en ningún caso podrán constituir modificación a la oferta económica ya presentada.
vii) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde o en quien esté delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos.
13.2 De los Criterios de Evaluación:
En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones que hubiere, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, la Comisión Evaluadora procederá a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes, se expresarán con dos decimales.
La Comisión aplicará la pauta de evaluación que se indica más adelante y conforme a ello, elaborar una nómina en que se consignaran las ofertas admisibles y hábiles en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas. Con lo anterior, la comisión propondrá la adjudicación del oferente que, aplicado la pauta de evaluación, obtenga el mayor porcentaje.
Se establecerá pauta de evaluación en función de los porcentajes de importancia de los siguientes aspectos, cuyas ponderaciones, para los oferentes son:
Nº
|
Criterio de Evaluación
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Rangos
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1
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Precio 40%
|
Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100
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2
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Requisitos Técnicos 30%
|
Reposición por fallas del servicio o caída de sistema (x0%).
|
De 1 a 2 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
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=
|
100 puntos
|
|
De 3 a 4 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
|
=
|
75 puntos
|
|
De 4 a 5 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
|
=
|
50 puntos
|
|
De 5 a 6 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
|
=
|
25 puntos
|
|
Mayor a 6 horas.
|
=
|
0 puntos
|
|
Plazo de Implementación del Servicio (30%)
|
1º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
=
|
100 puntos
|
|
2º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
=
|
75 puntos
|
|
3º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
=
|
50 puntos
|
|
4º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
=
|
25 puntos
|
|
No indica plazo de instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
=
|
0 puntos
|
|
Reclamos empresas de telecomunicaciones (20%).
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Oferente con mínimo de reclamos/ reclamos oferente) x20%
|
|
Prestación de servicios (20%).
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El proveedor acredita que la totalidad del servicio que presta es propio.
|
=
|
100 puntos
|
|
El proveedor acredita que sus servicios dependen completamente de terceros.
|
=
|
50 puntos
|
|
El proveedor no acredita de que forma presta el servicio
|
=
|
0 puntos
|
|
Historial de incidentes de ciberseguridad (incluyendo ransomware) (20%).
|
El proveedor no registra incidentes de ransomware, ni incidentes graves de ciberseguridad en los últimos 24 meses.
|
=
|
100 puntos
|
|
El proveedor registra incidentes menores sin impacto en la continuidad del servicio y con medidas correctivas implementadas.
|
=
|
50 puntos
|
|
El proveedor registra incidentes graves de ransomware que hayan afectado la disponibilidad del servicio.
|
=
|
0 puntos
|
|
Experiencia del Oferente en contratos similares al requerido (10%)
|
10 o más contratos similares al consultado, con organismos públicos o privados.
|
=
|
100 puntos
|
|
Entre 6 y 9 contratos similares al consultado, con organismos públicos o privados.
|
=
|
70 puntos
|
|
Entre 1 y 5 contratos similares al consultado, con organismos públicos o privados.
|
=
|
40 puntos
|
|
No adjunta contratos con organismos públicos o privados.
|
=
|
0 puntos
|
|
3
|
Programa de Integridad y Ética Empresaria 20%
|
Ingresa Programa de Integridad y Ética Empresarial e Ingresa documento que acredita difusión y/o acuso recibo del personal.
|
=
|
100 puntos
|
|
No informa o no acredita el criterio
|
=
|
0 punto
|
|
4
|
Cumplimiento de Requisitos Formales 10%
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Cumple
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=
|
100 puntos
|
|
No cumple
|
=
|
0 punto
|
13.2.1 Precio (40%):
Para la evaluación económica se tendrá en consideración el Formulario N°3 Oferta Económica, el cual el oferente deberá completar con la información requerida. No se considerarán aquellos formularios incompletos.
Aquellas ofertas que superen en presupuesto disponible no serán consideradas para evaluar.
Para realizar los cálculos se utilizarán hasta 2 decimales.
El oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, el valor mensual de los servicios a contratar, sin impuesto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará según la siguiente fórmula, considerando 2 decimales.
13.2.2 Requisitos Técnicos (30%):
Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que dé cumplimiento a los sub-criterios de evaluación que se detallan a continuación:
13.2.2.1 Reposición por fallas del servicio o caída de sistema (30%)
Se evaluará con mejor puntaje (100 puntos) la oferta que señale el menor tiempo de reposición del servicio en caso de fallas de este o caídas de sistema, en conformidad al siguiente recuadro:
|
CONDICION
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PUNTAJE
|
|
De 1 a 2 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
|
100 puntos
|
|
De 3 a 4 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
|
75 puntos
|
|
De 4 a 5 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
|
50 puntos
|
|
De 5 a 6 horas en la reposición de fallas del servicio o caída de sistema
|
25 puntos
|
|
Mayor a 6 horas.
|
0 puntos
|
13.2.2.2 Plazo de Implementación del Servicio (20%)
Se evaluará con mayor puntaje (100 puntos) a aquella oferta que señale menor plazo de instalación e implantación o puesta en marcha del servicio requerido, conforme a lo siguiente:
|
CONDICION
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PUNTAJE
|
|
1º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
100 puntos
|
|
2º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
75 puntos
|
|
3º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
50 puntos
|
|
4º mejor plazo ofertado para la instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
25 puntos
|
|
No indica plazo de instalación, implementación y puesta en marcha de los servicios requeridos.
|
0 puntos
|
13.2.2.3 Reclamos empresas de telecomunicaciones (20%)
Se evaluará a las empresas en base al ranking de empresas de telecomunicaciones con menor cantidad de reclamos durante el periodo 2024-2025, emitido por la SUBTEL-SERNAC.
Puntaje= (Oferente con mínimo de reclamos/ reclamos oferente) x 20%
13.2.2.4 Prestación del servicio (20%)
Se evaluará con mejor puntaje al oferente que preste el “SERVICIO DE INTENET DEDICADO PARA LA MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO” utilizando servicios de su propiedad, evitando la dependencia de terceros para la provisión del servicio.
13.2.2.5 Historial de incidentes de ciberseguridad (incluyendo ransomware)(20%).
Se revisará el historial de incidentes de ciberseguridad de cada oferente en el sitio web https://anci.gob.cl/ . se considerará los últimos 24 meses registro de incidentes asociados a ransomware, malware o accesos no autorizados.
13.2.2.6 Experiencia del Oferente en contratos similares al requerido (10%)
Se evaluará con mejor puntaje (100 puntos) la mayor cantidad de contratos con organismos públicos o privados suscritos a partir del año 2023 a la fecha de publicación de la presente licitación, dichos contratos deberán ser debidamente acreditados a través de contratos, órdenes de compra (con recepción conforme) certificados del mandante, resolución u otro documento que señale la recepción conforme del servicio solicitado.
Las condiciones y puntaje asignado será el siguiente:
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CONDICION
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PUNTAJE
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10 o más contratos similares al consultado, con organismos públicos o privados.
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100 puntos
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Entre 6 y 9 contratos similares al consultado, con organismos públicos o privados.
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70 puntos
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Entre 1 y 5 contratos similares al consultado, con organismos públicos o privados.
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40 puntos
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No adjunta contratos con organismos públicos o privados.
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0 Puntos
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13.2.3 Programas de Integridad y Ética Empresarial (20%)
Para obtener puntaje en este factor, el oferente deberá ceñirse a lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, en el sentido de contar con programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. En el caso de contar con Programa de Integridad, el oferente deberá ingresar:
- Programa de Integridad y Ética Empresarial
- Documento que acredite difusión (acta de recepción conforme firmada por trabajadores, correo electrónico de acuso recibo del trabajador u otro documento que demuestre haber tomado conocimiento de dicho programa).
13.2.4 Cumplimiento de los requisitos formales (10%)
Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados, en tiempo y forma.
Se evaluará con 0 punto aquellas ofertas a las que esta entidad licitante haya solicitado salvar errores u omisiones formales y/o se les haya requerido la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la propuesta. Esto, en los términos establecidos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley Nº19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
13.3. Otros aspectos de la evaluación:
13.3.1 De las consultas (foro inverso):
La Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder.
13.3.2 De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:
1° Precio.
2° Requisitos Técnicos.
3ª Programa de Integridad y Ética Profesional.
4° Cumplimiento de los requisitos formales.
13.3.3 Del puntaje mínimo para adjudicar:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes sea igual o superior a 70 puntos.
13.3.4 De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta. La comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
13.3.5 Número de ofertas:
Se aceptará únicamente una propuesta por oferente. Si un oferente presenta más de una oferta, se considerará aquella que resulte más conveniente a los intereses de la Municipalidad, es decir, aquella que obtenga mayor puntaje en la evaluación respectiva, y el resto de las ofertas presentadas por el oferente serán declaradas inadmisibles.
13.3.6 De presentarse una sola oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la comisión de evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo.
13.3.7 Del contacto entre la municipalidad y los oferentes:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
13.3.8 Documentos extras:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humano, aquellas ofertas donde el oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, estos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora y se procederá a descontar 5 puntos, por no respetar esta medida. Este descuento se realizará del puntaje total obtenido de todos los criterios.
13.3.9 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de los documentos que se mencionan a continuación, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente:
- Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
- Formulario N°1-B Identificación de la UTP (si hubiere.
- Declaraciones Juradas de requisitos para ofertar.
Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:
- Formulario N°1C Constitución de UTP
- Formulario N°2 Formulario de Bonificación.
- Formulario N°3 Cotización.
- Formulario N°4 Programa de Integridad y Ética Empresarial.
- Formulario N°5 Oferta Técnica.
14.- DE LA ADJUDICACIÓN:
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, la totalidad de la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Una vez aceptada la propuesta hecha por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde o a quien delegue esta función, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublic.cl en un plazo no superior a las 24 horas.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se cumple cualquiera de los plazos que establecen las presentes Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá, de acuerdo al Artículo Nº58 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura en la plataforma.
15.- SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO:
Una vez notificado el Decreto Alcaldicio de adjudicación, la Dirección Jurídica redactará el contrato correspondiente en un plazo no superior a 10 días hábiles. En dicho contrato deberá señalar como mínimo: el nombre de la propuesta, ID, individualización del proponente adjudicatario de la propuesta, objeto de la adjudicación, plazo, precios y forma de pago, nombre del inspector técnico del servicio municipal, titular y suplente.
Previo a la suscripción del contrato (a lo menos 48 horas hábiles antes de la suscripción), el adjudicatario deberá entregar la garantía de fiel cumplimiento de contrato y si corresponde, copia simple de la patente municipal.
Al momento de la suscripción del contrato el oferente deberá estar hábil, lo que será verificado en línea en el portal www.mercadopublico.cl, por parte del Departamento de Adquisiciones de la Municipalidad de Coltauco, debiendo emitir el certificado de estado de inscripción en el registro de proveedores correspondiente. En caso de que el adjudicatario resulte ser una Unión Temporal de Proveedores, para suscribirlo cada uno de sus integrantes deberá encontrarse hábil para contratar con el Estado, lo que será verificado en línea en el portal www.mercadopublico.cl.
La Municipalidad de Coltauco en ningún caso contratará a proveedores que aparezcan como “inhábiles” en el registro de proveedores, por encontrarse en la situación prevista en el artículo 154° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) y en el artículo 4° de la Ley N°19.886.
En el caso de que el adjudicatario pierda su habilidad antes de la contratación o durante la ejecución del contrato, tendrá 10 días hábiles para recuperar su habilidad.
Respecto de la responsabilidad del oferente adjudicado en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código Laboral y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás leyes pertinentes, respecto de todos sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se presente de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores, en especial respeto de la jornada de trabajo, horas extras, fuero, descanso y feriado legal.
Por otra parte, la responsabilidad por daños a tercero, el contratante será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos y omisiones por parte de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.
El prestador deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que ponga a su disposición el Municipio y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la prestación de servicio. Deberá velar por el resguardo de la confidencialidad de la información señalada. La divulgación, por cualquier medio de la información antes referida por parte del prestador y su equipo de trabajo, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, habilitará al Municipio para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad personal por los actos que hayan ejecutado quienes resulten responsables de ello.
15.1 Garantías del contrato: Se Contempla.
El oferente adjudicado deberá presentar documento financiero de Caución o Garantía a la vista de carácter irrevocable y de fácil cobro por el Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato, propuesta publica SERVICIO DE INTERNET DEDICADO PARA LA MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO, en pesos por un valor equivalente al 5% del monto total neto contratado que deberá presentarse en un plazo anterior a la firma del contrato, excedido en 90 días corridos.
La devolución de la garantía será solicitada por el oferente a través del correo electrónico una vez transcurrido el plazo de vigencia.
15.2 Prohibición de cesión del contrato:
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjucio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común (Artículo 126 del Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024).
15.3 Modificación del contrato:
Podrán efectuarse modificaciones al contrato, cuando exista acuerdo mutuo entre las partes, mediante resolución fundada y en los casos establecidos en el artículo 129 del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024). Cualquier modificación que se acuerde introducir estará sujeto al mimo trámite de aprobación del contrato original. No podrá aumentarse el contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado. El Municipio podrá prorrogar el contrato, en caso de ser necesario, y sólo por razones de continuidad del servicio en las mismas condiciones del contrato original y su suscripción deberá materializarse por escrito previo al término de la vigencia del contrato. La prórroga está sujeta a % máximo de modificación, por lo tanto, los meses en que se podrá prorrogar el contrato estará condicionado a este.
15.4 Vigencia o duración del contrato:
Será a partir de la fecha de suscripción del contrato de prestación de servicios y tendrá una vigencia de 36 meses.
15.5 Del pago de los servicios contratados:
El pago de los servicios de internet Dedicado, serán contra factura con forma de pago a 30 días, previo informe favorable del Supervisor Técnico del Contrato. Dicha facturación será una vez al mes, dentro de los primeros días del mes siguiente de prestados los servicios, ingresando el correspondiente documento a través de la Oficina de Partes, con especial atención al supervisor del contrato, quien, a su vez, tendrá un plazo de 05 días hábiles para revisar, verificar y enviarla a la Dirección de Administración y Finanzas. En caso de que la factura no se ajuste o presente error, será devuelta al Adjudicatario.
El documento tributario deberá contener clara y precisa el (o los) número (s) de la Orden de Compra electrónica a las cuales está cobrando al momento de emitir la Orden de compra debe estar en estado “aceptada” en el sistema.
15.6 De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión será por un funcionario Municipal denominado Inspector Técnico de Servicio (ITS), quien velará por el fiel cumplimiento del Contrato, coordinando para ello, los mecanismos de control respecto.
Funciones a cumplir por la supervisión técnica del contrato:
- Vigilar a cabalidad el cumplimiento del servicio con la entrega de estos habilitados de acuerdo a bases técnicas.
- Certificar la correcta entrega de los servicios habilitados, para esto deberá emitir informe de conformidad, adjuntando tanto documentación entregada por el adjudicado como la documentación que estime pertinente, los que deberán ser entregados a la dirección de administración y finanzas.
- Sin prejuicio de lo anterior la supervisión técnica podrá en cualquier momento fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, para lo cual podrá requerir todos los antecedentes y documentos que estime pertinentes, los que deberán ser entregados por el adjudicatario en los plazos que dicha inspección señale.
16.- MULTAS, PROCEDIMIENTO Y RECURSO DE REPOSICIÓN:
16.1 Multas:
La Unidad técnica podrá establecer sanciones por incumplimiento del contrato las cuales no podrán acumulativamente superar el 20% del costo total del contrato como máximo, ya que de superar este porcentaje se podrá proceder a la liquidación anticipada del contrato. La aplicación será en los siguientes casos:
a) Retraso Implementación: La municipalidad de Coltauco, está facultada para el cobro de una multa por cada día de retraso injustificado en el plazo de la implementación, puesta en marcha del servicio. La multa será de 2 UTM por cada día de atraso, respecto del plazo de implementación dispuesto en carta Gantt, entregada una vez realizada la primera reunión técnica con la municipalidad y de acuerdo a fecha de entrega terreno dado por la Municipalidad para implementación de cada recinto o dependencia.
b) Interrupción de Conectividad: La Municipalidad de Coltauco, está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de Interrupción conectividad servicio de internet. La multa será de 0.5 UTM por hora de atraso, según lo informado en La tabla de reposición en el punto 16.
c) Incumplimiento de contrato: La Municipalidad de Coltauco está facultada para el cobro de una multa por Incumplimiento de instrucciones realizadas por el administrador de contrato conforme a contrato. La multa será de 3 UTM por ocurrencia.
d) Asistencia técnica: La no concurrencia de Asistencia técnica en el tiempo ofertado, La Multa será de 1 UTM cada vez que se solicite y no se asista.
Se considerará un incumplimiento grave al contrato el hecho que la multa complete los topes máximos. La suma de las multas no podrá superar el 20% del valor total del contrato. En estas situaciones se podrá poner término anticipado al contrato.
Se considera la UTM, del mes en que se cursa la multa.
16.2 Procedimiento:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el término anticipado del contrato, el Supervisor del Contrato notificará inmediatamente de ello al proveedor, a través de correo electrónico, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Municipio.
16.3 Recurso de reposición:
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación al proveedor, y de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa.
17.- TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De conformidad a lo previsto al artículo 130 del Reglamento de la Ley N°19.886, se pondrá término anticipado al contrato por las siguientes causales:
1.- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2.- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Contratante.
3.- Por suma de multas que superen el 20% del monto total contratado.
4.- En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
- De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
- Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
- Disolución de la UTP.
5.- Incumplimiento de las cláusulas del pacto de integridad.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y fundados y publicados en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Resuelto el término anticipado, en virtud de las causales anteriormente señaladas, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
En la resolución que concluya el término anticipado de contrato, se ordenará además el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en caso de haber sido requerida.
18.- DE LA OPERACIÓN DE FACTORING:
La Municipalidad de Coltauco, aceptará al contratista para ceder, mediante el uso de factoring, derechos a percibir por el pago de facturas y estados de pagos emitidos, siempre y cuando el contratista cumpla con lo indicado en reglamento de la Ley N°21.634 de bases sobre Contratos y suministros y Prestación de servicios.
En el evento de celebrar un contrato de FACTORING o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar a la Municipalidad, y a la encargad del Proyecto dentro de las 48 horas de su celebración. Así mismo la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme al respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N°19.983.
No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existieran obligaciones o multas pendientes. Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configura, causal de incumplimiento grave para los efectos del término del contrato.
19.- MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones (Artículo 40° de Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024).
20.- VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos.
21.- OTRAS CONSIDERACIONES:
21.1 De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
21.2 Mecanismos para solución de consultas y aclaraciones respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito al correo electrónico: consultasmercadopublico@coltauco.cl. Una vez recibido será derivado a la comisión evaluadora quienes procederán a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 05 días hábiles.
21.3 De la Unión Temporal de Proveedores:
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.
21.4 Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
22. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADOS EN ESTA LICITACIÓN:
- Formulario N°1A Individualización del Oferente
- Formulario N°1B Identificación de la UTP
- Formulario N°1C Constitución de UTP
- Formulario N°2 Formulario de Bonificación.
- Formulario N°3 Cotización.
- Formulario N°4 Programa de Integridad y Ética Empresarial.
- Formulario N°5 Oferta Técnica.
- Declaración Jurada de requisitos para ofertar.
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
GCV/pmo.