BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
“Contrato de Suministro de Tortas y Otros”
1. GENERALIDADES:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, para suscribir un contrato de suministro de tortas y otros productos de coctelería, pasteles dulces de tamaño pequeño, para la Dirección de Desarrollo Comunitario de la I. Municipalidad.
Lo anterior permitirá evitar el fraccionamiento de compras y dar respuesta de acuerdo a los requerimientos realizados por la comunidad, organizaciones comunitarias y para las actividades desarrolladas por la Dirección de Desarrollo Comunitario, conforme a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, Formularios y Declaración Jurada de Requisito para Ofertar, que además tienen como objetivo definir y dar lineamientos claros de los deberes y derechos de los participantes.
2. FINANCIAMIENTO:
Área
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Programa
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Sub-programa
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Nombre Cuenta
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Ítem
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Presupuesto
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Programas Sociales
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Organizaciones Comunitarias
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Organizaciones Comunitarias
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Para Personas
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215.22.01.001.001.001
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$1.900.000
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Presupuesto es de $1.900.000 IVA INCLUIDO para la ejecución 2024.
3. MANDANTE:
Ilustre Municipalidad de Coltauco.
4. UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Desarrollo Comunitario
5. REQUISITOS PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Para ofertar:
Personas Naturales y Personas Jurídicas
Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio, deben cumplir con el requisito de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, Infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
La Persona Natural y jurídicas deberá contar con iniciación de actividades ante SII, como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Para contratar:
Al momento de contratar deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y declarar que no tiene conflictos de interés con este Municipio y que no tiene Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a Derechos Fundamentales del Trabajador, entre otros temas, de acuerdo a formato que ofrece la plataforma www.mercadopublico.cl y que debe llenar el oferente para ingresar su oferta. El formato adjunto es sólo referencial.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la ley N°19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos contratos con organismos del Estado. La Municipalidad de Coltauco verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la Dirección de Desarrollo Comunitario en Avenida Arturo Prat 228 comuna de Coltauco, dentro de los 05 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En caso que el Proveedor Adjudicado no esté inscrito en el Registro de Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 05 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
6. DE LO REQUERIDO:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, con la finalidad de dar respuesta a las solicitudes de la comunidad, organizaciones comunitarias, así como para las actividades realizadas por la Dirección de Desarrollo Comunitario, requiere establecer contrato de suministro para acceder a tortas y otros productos de coctelería, pasteles dulces de tamaño pequeño, según se detalla a continuación.
Producto
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Requerimiento
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Torta bizcocho manjar fruta 20, 30, 40 personas
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Entrega en caja de cartón transportable de color blanco.
El valor debe incluir el despacho.
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Torta hoja manjar 20, 30, 40 personas
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Torta panqueque chocolate 20, 30, 40 personas
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Torta panqueque naranja 20, 30, 40 personas
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Torta tres leches 20, 30, 40 personas
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Torta selva negra 20, 30, 40 personas
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Torta pompadour plátano 20, 30, 40 personas
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Pie de limón tamaño familiar
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Pan de pascua tradicional 1 kilo
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El valor debe incluir el despacho.
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Pie de limón tamaño individual
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Kuchen de frutas tamaño individual
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Cheesecake tamaño individual
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Tartaleta sabores varios tamaño individual
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Mini empanadas, de cóctel surtidas
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Sopaipillas fritas tamaño individual
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Tapaditos tamaño cóctel
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Canapé surtidos
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Galletas y dulces artesanales tamaño individual
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Medialunas tamaño individual
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Empolvados tamaño individual
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Para efectos del Formulario de Adquisición en la plataforma www.mercadopublico.cl, se publicará lo siguiente:
Línea de compra
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Descripción del producto
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Cantidad
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Unidad
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Código ONU
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1
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Contrato de suministro de tortas y otros productos de coctelería.
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1
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Unidad
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50182001
Tartas, empanadas o pastas frescas
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7. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
PROCESO
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DESCRIPCIÓN
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Fecha de Publicación
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Se publicará a más tardar al 5° día hábil de dictada la Resolución aprobatoria.
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Fecha Inicio de Preguntas
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A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y estará vigente por 48 hrs. hábiles.
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Fecha Final de Preguntas
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El foro de consultas estará activo durante 48 hrs. hábiles desde el inicio de las preguntas.
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Fecha Publicación de Respuestas
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A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
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Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
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Será de 05 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
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Fecha de Apertura Electrónica
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Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
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Fecha de Adjudicación
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Se procederá a adjudicar pasado 05 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.
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Fecha de Suscripción del Contrato
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Se podrá suscribir el Contrato de Suministro, en un plazo no superior a 10 días hábiles a contar de la fecha de adjudicación.
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8. DE LOS ANTECEDENTES QUE DEBE ACOMPAÑAR O INGRESAR AL PORTAL:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando Anexos indicados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso del Anexo requerido. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Del momento que el Oferente ingrese una oferta en el sistema es que ha tomado conocimiento cabal de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y los acepta en su totalidad.
El Oferente deberá ingresar en www.mercadopublico.cl, en la Licitación denominada “Contrato de Suministro de Tortas y Otros”, los siguientes antecedentes:
Documentos Administrativos:
- Formulario N°1 Individualización del Oferente.
- Ingresar Patente municipal vigente y acorde al servicio requerido.
La patente municipal vigente y acorde al servicio requerido es un requisito excluyente al momento de la apertura, por lo cual, se aceptará o marginará la oferta de acuerdo al siguiente detalle:
Documento ingresado
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Estado
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Tipo
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Acción posterior al momento de la apertura
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Patente Municipal
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Vigente
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Acorde al servicio
|
Se acepta oferta y continúa en proceso de evaluación
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Patente Municipal
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Vigente
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No acorde al servicio
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Se rechaza oferta, no continúa en proceso de evaluación
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Patente Municipal
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No vigente
|
Acorde al servicio
|
Se rechaza oferta, no continúa en proceso de evaluación
|
Patente Municipal
|
No vigente
|
No acorde al servicio
|
Se rechaza oferta, no continúa en proceso de evaluación
|
No ingreso de documento
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-
|
-
|
Se rechaza oferta, no continúa en proceso de evaluación
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Documentos Técnicos:
- Formulario N°2 Formulario de Cotización.
- Fotografías de los productos ofertados.
El formulario N°2: Formulario de Cotización es un requisito excluyente, por lo que si al momento de la apertura el oferente no lo ha ingresado, se rechazará la oferta y no continuará en proceso de evaluación.
Se solicita, de preferencia, subir archivos en formato pdf y/o jpg. En aquellos casos que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose el puntaje del “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
9. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
9.1. APERTURA ELECTRÓNICA
La Apertura Electrónica se efectuará a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será la Dirección de Desarrollo Comunitario la encargada de realizarla.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°8 " DE LOS ANTECEDENTES QUE DEBE ACOMPAÑAR O INGRESAR AL PORTAL" de las presentes Bases Administrativas y técnicas que rigen para esta Licitación. Aquellas ofertas que no presenten el Formulario Nº1 Individualización del Oferente, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886/2003. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles, contado desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información, esta situación.
9.2. COMISIÓN EVALUADORA O FUNCIONARIO EVALUADOR
Se designará a un total de dos funcionarios de la Dirección de Desarrollo Comunitario, quienes serán sancionados por Decreto Alcaldicio, para realizar la evaluación de las ofertas.
La Comisión Evaluadora efectuará el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantará un Acta de Evaluación (Informe Razonado) dirigido al Administrador (a) Municipal, con la terna, ordenados del mayor a menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar a aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 60 puntos.
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
La Comisión Evaluadora podrá declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
N°
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Criterio de Evaluación
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Rango
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1
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Precio (40%)
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Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100
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2
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Plazo de entrega (30%)
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Menor o igual a 24 hrs
|
=
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100 puntos
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Entre 24 a 48 hrs
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=
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90 puntos
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Entre 49 a 72 Hrs
|
=
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80 puntos
|
Sobre 72 Hrs
|
=
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20 puntos
|
No informa
|
=
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0 puntos
|
3
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Requerimientos técnicos (20%)
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Se ajusta a lo solicitado y ofrece mas
|
=
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100 puntos
|
Se ajusta a lo solicitado
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=
|
90 puntos
|
Se ajusta parcialmente
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=
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50 puntos
|
No se ajusta
|
=
|
0 puntos
|
4
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Cumplimiento de Requisitos Formales (10%)
|
Si cumple con todos los requisitos
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=
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100 puntos
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Si obtiene entre 70 y 99 puntos
|
=
|
80 puntos
|
Si obtiene entre 40 y 69 puntos
|
=
|
50 puntos
|
Si obtiene entre 10 y 39 puntos
|
=
|
20 puntos
|
Si obtiene menos de 9 puntos
|
=
|
0 puntos
|
10.1 PRECIO (40%)
El proveedor deberá ofertar en el portal www.mercadopublico.cl el valor de $1.- (un peso).
Para realizar la evaluación se considerará el valor total del Formulario Cotización, se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado y se calculará mediante la siguiente fórmula:
Precio Mínimo Ofertado
|
X 100
|
Precio de la Oferta
|
Se aplicará hasta dos decimales en el cálculo.
10.2 PLAZO DE ENTREGA (30%)
El Proveedor deberá indicar el plazo de entrega del producto en el Formulario N°2 Formulario de Cotización. Se asignará mayor puntaje al menor plazo de entrega y menor puntaje al mayor plazo de entrega, existiendo como plazo máximo 96 horas desde el requerimiento. Aquella oferta que no indique el plazo de entrega, se le asignará 0 punto.
No se considerará como válida aquella oferta que indique entrega inmediata.
Se recuerda que los productos deben ser entregados en Coltauco, Dirección de Desarrollo Comunitario, Avda. Arturo Prat 228.
10.3 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL PRODUCTO (20%)
Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que presente los productos acordes a la solicitud para esto, el Proveedor deberá rellenar el formulario Nº2 “Formulario de cotización” indicando el valor de cada producto según se señala y en la página siguiente adjuntar fotografías de los productos cotizados, en caso de cotizar de forma parcial los productos requerido la oferta será omitida de la evaluación.
10.4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (10%)
Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 10%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en el cuadro siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado:
Nº
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Requisitos a cumplir
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Puntos
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1
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Ingreso del Formulario N°1 “Individualización del Oferente”.
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25
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2
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Que oferte por $1.- (un peso).
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25
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3
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Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. (Si ingresa documentos extras no solicitados, o bien faltó Ingresar alguno de los solicitados, no se asigna este puntaje).
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25
|
4
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Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente.
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25
|
TOTAL
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100
|
11 OTROS ASPECTOS DE LA EVALUACIÓN
11.1 DE LAS CONSULTAS (FORO INVERSO) U OMISIONES:
La Municipalidad “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores” (Artículo 40 del Reglamento). Dichas consultas o dudas, serán solicitadas por el operador del sistema, activando el link pertinente, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se marginará del proceso por tratarse de los antecedentes a evaluar.
11.2 DEL PUNTAJE MÍNIMO PARA ADJUDICAR:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 60 puntos.
11.3 DE LOS ANTECEDENTES OMITIDOS:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario N°1 “Individualización del Oferente” o la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles, para subsanar dicha omisión. Sin embargo, si omite la Propuesta Técnica y/o Formulario N°2 “Experiencia del Oferente”, será marginado del proceso licitatorio, por tratarse de los antecedentes a evaluar.
11.4 DE LOS ANTECEDENTES O DOCUMENTOS EXTRAS NO EXIGIDOS EN BASES:
Con el propósito de colaborar con el Medio Ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por el funcionario evaluador, y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
11.5 DE PRESENTARSE SOLO UNA OFERTA:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.
12. DE LA ADJUDICACIÓN:
Se adjudicará a un solo proveedor, la totalidad de la línea de compra.
Una vez notificado a través del portal acerca de la adjudicación, el Proveedor Adjudicado (Persona Natural o Jurídica) que no tenga contrato vigente en el Registro de Proveedores en un plazo no superior a 5 días hábiles, declaración jurada que señale NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
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PERSONAS NATURALES
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PERSONAS JURÍDICAS
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Condenas por delito de cohecho
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Condenas por delito de cohecho
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Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
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|
|
Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
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|
Fuente: Ministerio Público
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|
Fuente: Ministerio Público
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|
Deudas tributarias
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|
Deudas tributarias
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Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución
|
|
|
Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
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|
Fuente: Tesorería General de la República
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|
Fuente: Tesorería General de la República
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Deudas previsionales y laborales
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|
Deudas previsionales y laborales
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|
Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
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|
Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
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|
Fuente: Dirección del Trabajo
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|
Fuente: Dirección del Trabajo
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|
Sentencia por presentación de documentos falsos
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|
Sentencia por presentación de documentos falsos
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La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
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|
La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
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|
Fuente: Registro de Proveedores
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|
Fuente: Registro de Proveedores
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Deudas Estado de quiebra
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|
Deudas Estado de quiebra
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Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
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|
Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
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Fuente: Superintendencia de Quiebras
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|
Fuente: Superintendencia de Quiebras
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Suspensión o eliminación del registro
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|
Suspensión o eliminación del registro
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Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
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|
Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
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Fuente: Registro de Proveedores
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Fuente: Registro de Proveedores
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Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores
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Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores
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Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
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|
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
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Fuente: Dirección del Trabajo
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|
Fuente: Dirección del Trabajo
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Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
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|
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
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Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
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Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
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Fuente: Dirección del Trabajo
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Fuente: Dirección del Trabajo
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Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
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Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
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Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
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Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
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Certificado de Vigencia de la Sociedad
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(1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
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(1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en el Registro de Proveedores en los plazos que establecen las Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo al Artículo Nº41 del Reglamento de Compras, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.
13. DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO:
Una vez adjudicado y notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, el Municipio y el adjudicatario, formalizarán con un Contrato de Suministro, el que deberá ser suscrito entre la máxima autoridad y el adjudicatario, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de notificado a través del portal. El contenido entre otros puntos, será el plazo de ejecución (fecha de término) de los productos a requerir, el plazo, formas de pago y monto a cancelar, causales de término anticipado de éste y multas.
13.1. DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE:
Para todos los efectos producto de la presente Licitación Pública, a que se refieren estas bases, así como de los que deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la comuna de Coltauco y prorrogan la competencia antes los Tribunales de Justicia correspondientes.
13.2. DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRÓNICA:
Por tratarse de un Contrato de Suministro, no se enviará la Orden de Compra Electrónica generada automáticamente al momento de la adjudicación. Estas se emitirán cuando se requiera tortas u otros productos de coctelería, pasteles dulces de tamaño pequeño.
Cuando ésta sea enviada a través de la plataforma de www.mercadopublico.cl, a Proveedor Adjudicado, podrá revisarla y proceder a aceptarla (o rechazarla), en un plazo no superior a 48 horas hábiles.
En caso de que no hubiese aceptación (rechazo) en la Orden de Compra Electrónica por parte del Oferente adjudicado, deberá indicar claramente el motivo, a fin de dar pronta solución y evitar que sufra cortes el suministro normal del servicio contratado.
13.3. FORMA DE PAGO:
El sistema de pago del suministro tortas y otros productos de coctelería, pasteles dulces de tamaño pequeño, será financiado con recursos de la Ilustre Municipalidad de Coltauco, con cargo al presupuesto municipal.
Dado lo anterior, la facturación deberá ser mensual donde deberá indicarse las órdenes de compra correspondientes a este periodo.
El servicio se pagará dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la Factura o Factura electrónica. Dicha factura podrá ser ingresada en la Oficina de Partes, o bien enviarla al correo electrónico del funcionario requirente asoto@coltauco.cl, con especial atención a la DIDECO, quien, en un plazo no superior a 24 horas, contados desde la recepción, remitirá un informe favorable con todos los antecedentes de respaldo al Departamento de Administración y Finanzas para su respectivo trámite de pago.
Al momento de emitir facturas, la Orden de Compra Electrónica deberá estar en estado “aceptada” en el sistema.
13.4. DE LA OPERACIÓN DE FACTORING:
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.
13.5. ANTICIPO:
No se considera.
13.6. RETENCIONES:
No se considera.
13.7. MULTAS:
La aplicación de las multas se hará administrativamente sin forma de juicio y se deducirá de la factura correspondiente, por tanto:
- Por atraso: Se aplicará una multa del 25% de la U.T.M., por cada día de atraso en la entrega de los productos, con un tope de hasta 10 días corridos.
- Por cambios en lo ofrecido: Se aplicará una multa de 25% de la U.T.M. si se detectan productos en mal estado, que no se ajusten a lo ofertado, o bien no cumpla con lo ofrecido en su oferta.
- Es importante destacar que, en caso de que el o los producto(s) no se ajuste(n) a las características ofrecidas, éste se rechazará y se procederá a la devolución y será de costas del Adjudicatario el costo del traslado.
- De ser reiterativa la aplicación de multas (más de 3 ocasiones, seguidas o alternadas), se podrá poner término anticipado al Contrato de Suministro.
13.8. RECURSO DE REPOSICIÓN:
La Municipalidad podrá aplicar multas en forma administrativa. El Adjudicatario podrá formular descargos, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la notificación, para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, siendo, finalmente, el Alcalde o en quien tenga delegada dicha facultad quien decidirá si procede la aplicación de la multa, en cuyo caso determinará su monto.
El Alcalde tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de un vale vista, cheque a nombre de la Municipalidad de Coltauco, en un plazo no superior a 15 días hábiles.
13.9. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar administrativamente el término anticipado del contrato y suspensión del pago, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
13.9.1 Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
13.9.2 Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado.
13.9.3 Si en alguna de las etapas comprendidas en el período de duración del contrato se producen fallas o incumplimientos graves que puedan poner en riesgo, vulnerar o afectar el perfecto y puntual cumplimiento del contrato de suministro.
13.9.4 Si el Adjudicatario al momento de generar la orden de compra se encuentra en estado inhábil en los Registros de Proveedores y no resuelve su situación dentro de un plazo de 05 días hábiles.
13.9.5 Aplicación reiterada de multas, (3 o más), conforme a lo descrito en el Punto 12.6 de las presentes bases o que no cumpla con el ingreso del vale vista en caso de haberse aplicado multa.
13.10 DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO:
La supervisión será por parte la DIDECO o en quien delegue la función, quien velará por dar fiel cumplimiento a las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
13.11 VIGENCIA O DURACIÓN DEL CONTRATO:
Será a partir desde la fecha de suscripción del Contrato de Suministro, y tendrá una vigencia de 24 meses.
13.12 MODIFICACIÓN DE CONTRATO:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, lo que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor toral del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste.
Se podrá modificar el contrato, introduciendo o eliminando productos requeridos, lo que será debidamente informado.
13.13 REAJUSTE:
Los precios podrán ser reajustados cada 12 meses o en su defecto una vez en el año, a partir del inicio de la vigencia del Contrato, previa solicitud por escrito presentada por el adjudicatario, reajustándose de acuerdo a IPC, en caso de que este último sea negativo, el valor se mantendrá.
La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud, en el plazo de 10 días hábiles de recepcionada la solicitud a través de la Of. de Partes.
14. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.
15. VIGENCIAS DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 60 días.
16. OTRAS CONSIDERACIONES:
16.1 DE LA PUBLICIDAD OFERTAS TÉCNICAS:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
16.2 DE LA SUBCONTRATACIÓN:
No se permite subcontratación, porque se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del proveedor adjudicado, quien no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
16.3 RESOLUCIÓN DE EMPATES:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Requerimientos Técnicos”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Plazo de Entrega”, Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Precio”, y finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje “Cumplimiento de requisitos formales”
16.4 MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado al funcionario que evaluó las ofertas y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, dentro de un plazo no superior a 48 horas hábiles.
16.5 PACTO DE INTEGRIDAD:
Los Oferentes que participen deberán respetar lo indicado en el Formulario de Adquisición que dice lo siguiente:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
17. DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 35 QUATER DE LA LEY 19.886:
Los oferentes al momento de ofertar en el portal www.mercadopublico.cl. Se entiende que conocen lo establecido en las modificaciones realizadas a la ley Nº19886 “Ley de Compras públicas” Modificada por la ley Nº21.634, específicamente en el artículo 35 Quater que establece lo siguiente: Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
18. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADOS EN LA PRESENTE LICITACIÓN:
- Formulario N°1 Individualización del Oferente
- Formulario N°2 Cotización
DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO
COC/ASM/ipc
FORMULARIO Nº1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
OFERENTE
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R.U.T
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DOMICILIO
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FONO
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FAX
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E-MAIL
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Coltauco, _________de_____________del 2024
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
FORMULARIO Nº2
FORMULARIO COTIZACIÓN
Nombre o Razón Social Oferente
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Rut del Oferente
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Dirección
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Contacto
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Producto
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Valor neto
20 personas
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Valor neto
30 personas
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Valor neto
40 personas
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Fotografía del producto ofertado*
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Torta bizcocho manjar fruta
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Torta hoja manjar
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Torta panqueque chocolate
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Torta panqueque naranja
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Torta tres leches
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Torta selva negra
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Torta pompadour plátano
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Otros productos
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Valor neto
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Pie de limón tamaño familiar
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Pan de pascua tradicional 1 kilo
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Pie de limón tamaño individual
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Kuchen de frutas tamaño individual
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Cheesecake tamaño individual
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Tartaleta sabores varios tamaño individual
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Mini empanadas, de cóctel surtidas
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Sopaipillas fritas tamaño individual
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Tapaditos tamaño cóctel
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Canapé surtidos
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Galletas y dulces artesanales tamaño individual
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Medialunas tamaño individual
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Empolvados tamaño individual
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*Se permite adjuntar en otro archivo la fotografía
PLAZO DE ENTREGA: ______________________________ Días corridos
PLAZO DE REPOSICIÓN: ______________________________ Días corridos
DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
- No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
- No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
- Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
- No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Firmado con/sin Clave Única
Fecha: