|
BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS |
|
BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
“Adquisición de Vestuario para Dirección de Seguridad Pública”
1.- GENERALIDADES:
La Municipalidad de Coltauco llama a Licitación Pública para la adquisición de vestuario correspondiente al personal del área de la Dirección de Seguridad Publica, con el propósito de brindar una mejor atención al público, mayor seguridad a los inspectores como así mismo proporcionar identidad a esta Corporación Edilicia, con vestuario cómodo y con distinción.
2.- FINANCIAMIENTO:
Dichos servicios serán financiados con recursos Municipales, cuyo monto es de carácter reservado, con cargo a la cuenta 215.22.02.001.001.001 denominada “Textiles y acabados Textiles”.
3.- MANDANTE:
Municipalidad de Coltauco
4.- PARTICIPANTES:
Para ofertar:
Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio, deben cumplir con el requisito de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
Para contratar:
La Persona Natural deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Al momento de contratar deberá tener vigente su contrato con Registro de Proveedores y deberá presentar Declaración Jurada: Sin Conflicto de Interés con este Municipio, entre otros. Dicha declaración se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, es aquella que debe completar el oferente al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es solo referencial).
En caso que el Proveedor Adjudicado no esté inscrito en el Registro de Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 05 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
5.- CARACTERÍSTICAS SERVICIOS REQUERIDOS:
La Municipalidad de Coltauco requiere la adquisición de diversas prendas de vestir bordados o estampados para 12 funcionarios municipales. Dichas prendas para la dirección de seguridad Publica deben ser de calidad, color, textura y diseño, vigente y acorde con lo solicitado.
Se consulta por los colores pantalón café o negro para chaqueta y polar azul marino o negro. Respecto del color de las poleras y camisas deberán ser combinables con la chaqueta,
DESCRIPCION TALLA REFERENCIALES
XS S M L XL
Funcionarios Municipales 1 2 4 3
Una vez adjudicado, el Proveedor deberá traer al Municipio todo el tallaje disponible, de manera que los Funcionarios/as Municipales puedan probar las tallas de manera exacta.
Lo solicitado para cada funcionario es lo siguiente:
N° PRODUCTO CANTIDAD UNID.
1 Chaqueta softshell outwork color azul hombre 10 UNI.
2 Chaqueta softshell outwork color azul mujer 02 UNI.
3 Pantalón, pantalones de camuflaje tácticos militares para hombre, 97% algodón, estilo swat, informal, con muchos bolsillos, de algodón elástico color beige 24 UNI.
4 Poleras polo manga corta hombre súper Premium (color azul y blanco) 36 UNI.
5 Camisa jubae ripstop outwork hombre color azul royal 12 UNI.
6 Polar micro polar navigator manga larga hombre color azul 10 UNI.
7 Polar micro polar navigator manga larga Mujer color azul 02
8 Parka ralco softshell térmico hombre 12 UNI.
9 Gorro Alto Impacto con Carcasa PVC 12 UNI.
10 Balaclava 12 UNI.
11 Guante táctico material de cuero de micrifibra, antideslizante y secado rápido, cierre de hook and loop, protección contra impactos y abrasión, parte superior transpirable, ajuste en la muñeca 12
UNI.
Nota: todos los productos deben venir bordados con la palabra “Seguridad Pública Coltauco” en su espalda y en anterior logo municipal, siempre cordinado con el Director de Seguridad.
Las prendas de vestir deberán ser entregado en el Municipio de Coltauco, Avda. Arturo Prat Nº66, Coltauco, debidamente envuelto e identificado. Cada prenda debe venir correctamente limpia, planchada, libre de residuos propios de los trabajos de costura, como así mismo remates, bastas y botones estén bien hechos.
Será obligación de cada Funcionario informar dentro de 24 horas su aprobación a lo entregado, previo resguardo administrativo correspondiente.
En aquellos casos donde las prendas presenten algún tipo de observación, éstas serán devueltas al proveedor, quien tendrá un plazo de 15 días hábiles para corregirlas o cambiarlas, según sea el caso.
Para efectuar el llamado se publicará en el portal lo siguiente:
Linea de Compra Nº Clasificación ONU Cant. Unidad de Medida Descripción
1 46181503 trajes de trabajo protectores 1 Unidad Equipos y suministros de defensa, orden público, protección y seguridad
6.- CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
PROCESO DESCRIPCION
Fecha de Publicación Se publicará a más tardar dentro del 5° día dictada la Resolución aprobatoria.
Fecha Inicio de Preguntas A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y estará vigente por 48 hrs. hábiles.
Fecha Final de Preguntas El foro de consultas estará activo durante 48 hrs. hábiles, desde el inicio de las preguntas.
Fecha Publicación de Respuestas A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas Será de 05 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
Fecha de Apertura Electrónica Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
Fecha de Adjudicación Se procederá a adjudicar pasado 02 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.
Fecha suscripción Contrato No se contempla, se formalizará con la orden de compras electrónica.
Fecha inicio de los servicios Una vez aceptada la orden de compra, iniciará el plazo de ejecución de los servicios contratados.
7.- GARANTIAS DEL CONTRATO:
No se considera.
8.- INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los Anexo (s) indicados (s) en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.
No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
El Oferente deberá ingresar en Anexos Administrativos:
- Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”
- Patente Municipal vigente
El Oferente deberá ingresar en Anexos Técnicos:
- Formulario Nº2 “Formulario Cotización y Plazo de Entrega”
- Descripción e imágenes de lo solicitado ( formato libre)
En caso de haber omitido el ingreso del Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, se otorgará un plazo de 48 horas, para ingresarlo. Si omite el Formulario N°2 “Formulario Cotización y Plazo de Entrega”, y/o el documento de patente municipal vigente, se marginará del proceso licitatorio.
En aquellos casos, que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose puntaje, en el Criterio de Evaluación correspondiente.
9.- DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será la Unidad Requirente la encargada de realizarla, dejando constancia e informando a los Oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°8 "Instrucciones para la presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que rigen para esta Licitación.
Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas.
No obstante lo establecido anteriormente, la no presentación del Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886/2003.
10.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:
1. De la Comisión Evaluadora:
Para conformar la Comisión Evaluadora se designará a un funcionario de la Direccion de Seguridad Publica, un funcionario encargado de recintos y un funcionario Encargada de Compras DIDECO como Funcionarios Evaluadores, para que efectúe el análisis y evaluación de las ofertas recibidas. Levantará un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde (o en quien esté delegada esta atribución), con la terna, ordenados del mayor a menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar a aquellas ofertas que sea igual o superior a 70 puntos.
También dicha comisión podrá rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación, o bien podrá rechazar aquellas, que no se ajusten a presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que a juicio de ellos afecte el principio de igualdad de los proponentes, o bien podrá, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas.
La comisión evaluadora podrá declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, la comisión evaluadora tendrá la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
2. De los Criterios de Evaluación:
Se evaluará conforme a los siguientes criterios “Precio” (35%), “Plazo de Entrega” (30%), “Calidad Técnica de lo requerido” (30%) y “Cumplimiento de Requisitos Formales” (5%):
Nº Criterio de Evaluación Rangos
1 Precio (35%) Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio x 100
2 Plazo de Entrega (30%) Menor plazo de entrega = 100 puntos
2° menor plazo de entrega de entre las ofertas recibidas = 90 puntos
3° menor plazo de entrega de entre las ofertas recibidas = 80 puntos
4° menor plazo de entrega de entre las ofertas recibidas = 70 puntos
Resto de ofertas de entre las ofertas recibidas = 50 puntos
Mayor plazo de entrega = 20 puntos
No informa = 0 punto
3 Calidad Técnica de lo requerido (30%) Si cumple con todos los requisitos solicitados = 100 puntos
Si de la sumatoria obtiene 80 puntos = 80 puntos
Si de la sumatoria obtiene 60 puntos = 60 puntos
Si de la sumatoria obtiene 40 puntos = 40 puntos
Si de la sumatoria obtiene 20 puntos = 20 puntos
4 Cumplimientos de Requisitos Formales 5% Si cumple con todos los requisitos. = 100 puntos.
Si obtiene entre 70 y 99 puntos. = 80 puntos.
Si obtiene entre 40 y 69 puntos. = 60 puntos.
Si obtiene entre 10 y 39 puntos. = 20 puntos.
Si obtiene menos de 9 puntos. = 0 puntos.
10.2.1) Precio: (35%)
El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en la Línea de Compra, el monto neto, total de todas las prendas. No se aceptará el formulario de cotización incompleto.
Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula:
Precio Mínimo Ofertado X 100
Precio de la Oferta
Se aplicará dos decimales, para el cálculo.
Si al momento de la evaluación, el valor ofertado no se ajusta al presupuesto disponible, la oferta no será considerada.
10.2.2) Plazo de entrega: (30%)
El oferente deberá indicar su plazo de entrega en el Formulario N°2 “Formulario Cotización y Plazo de Entrega”, dispuesto en las presentes bases.
El plazo de entrega de las prendas no podrá superar los 30 días corridos y no se aceptará plazos de entrega menor a 20 días corridos de ejecución, por la naturaleza del servicio.
10.2.3) Calidad Técnica de lo requerido: (30%)
Obtendrá mayor puntaje aquella oferta que incluya en su Formulario Cotización la mayor cantidad de información relativa a las prendas a cotizar (color, composición de las telas), en lo posible podrá acompañar de fotografías que permitan determinar el diseño y la textura de las telas a utilizar en la confección de:
N° PRODUCTO CANTIDAD UNID.
1 Chaqueta softshell outwork color azul hombre 10 UNI.
2 Chaqueta softshell outwork color azul mujer 02 UNI.
3 Pantalón, pantalones de camuflaje tácticos militares para hombre, 97% algodón, estilo swat, informal, con muchos bolsillos, de algodón elástico color beige 24 UNI.
4 Poleras polo manga corta hombre súper Premium (color azul y blanco) 36 UNI.
5 Camisa jubae ripstop outwork hombre color azul royal 12 UNI.
6 Polar micro polar navigator manga larga hombre color azul 10 UNI.
7 Polar micro polar navigator manga larga Mujer color azul 02
8 Parka ralco softshell térmico hombre 12 UNI.
9 Gorro Alto Impacto con Carcasa PVC 12 UNI.
10 Balaclava 12 UNI.
11 Guante táctico material de cuero de micrifibra, antideslizante y secado rápido, cierre de hook and loop, protección contra impactos y abrasión, parte superior transpirable, ajuste en la muñeca 12 UNI.
10.2.4) Cumplimiento de Requisitos Formales:
Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas.
Para ello, se asignara puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 5%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en el cuadro siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado.
N° Requisitos a Cumplir Puntaje
1 Ingreso de formulario N°1 “Individualización del Oferente” 25
2 Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas. (si ingresa documentos extras no solicitados, o bien falto ingresar alguno de los solicitados, no se asignara puntaje). 25
3 Que oferte en valor neto y por lo señalado en las bases 25
4 Que los formatos sean los proporcionados en la presente licitación, correctamente llenados sin cambiar su estructura. 20
5 Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente. 05
Puntaje Total 100
10.3 Otros aspectos de la evaluación:
1 DE LAS CONSULTAS (FORO INVERSO):
La Municipalidad “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores…” (Artículo 40 del Reglamento). Dichas consultas o dudas, serán solicitadas por el operador del sistema, activando el link pertinente, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se marginará del proceso por tratarse de los antecedentes a evaluar.
2 DEL PUNTAJE MÍNIMO PARA ADJUDICAR:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 70 puntos.
3 DE LOS ANTECEDENTES O DOCUMENTOS EXTRAS NO EXIGIDOS EN BASES:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por el funcionario evaluador, y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
4 DE PRESENTARSE SOLO UNA OFERTA
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, el funcionario evaluador procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.
11.- DE LA ADJUDICACIÓN:
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, en forma total la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases.
Una vez notificado a través del portal www.mercadopublico.cl acerca de la adjudicación, el Proveedor Adjudicado que no tenga contrato vigente a través del Registro de Proveedores deberá presentar en un plazo no superior a 5 días hábiles, declaración jurada que señale NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
PERSONAS NATURALES PERSONAS JURIDICAS
Condenas por delito de cohecho Condenas por delito de cohecho
Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
Fuente: Ministerio Público Fuente: Ministerio Público
Deudas tributarias Deudas tributarias
Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
Fuente: Tesorería General de la República Fuente: Tesorería General de la República
Deudas previsionales y laborales Deudas previsionales y laborales
Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
Fuente: Dirección del Trabajo Fuente: Dirección del Trabajo
Sentencia por presentación de documentos falsos Sentencia por presentación de documentos falsos
La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
Fuente: Registro de Proveedores Fuente: Registro de Proveedores
Deudas Estado de quiebra Deudas Estado de quiebra
Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
Fuente: Superintendencia de Quiebras Fuente: Superintendencia de Quiebras
Suspensión o eliminación del registro Suspensión o eliminación del registro
Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
Fuente: Registro de Proveedores Fuente: Registro de Proveedores
Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
Fuente: Dirección del Trabajo Fuente: Dirección del Trabajo
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Fuente: Dirección del Trabajo Fuente: Dirección del Trabajo
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco." Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Certificado de Vigencia de la Sociedad
(1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
(1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no presenta patente municipal vigente al semestre en que se realiza la compra o contratación, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Registro de Proveedores en los plazos que establecen las Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarará desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo al Artículo Nº41 del Reglamento de Compras, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.
12.- DE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
No se contempla. Conforme al Artículo Nº63 del Reglamento de Compras, se formalizará a través de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas y Técnicas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio.
1. Anticipo:
No se contempla.
2. Del pago del Contrato u orden de compra electrónica:
El pago se hará contra factura, a 30 días, documento que debe ser ingresado por Oficina de Partes, a su vez la Unidad Requirente remitirá el Informe Favorable, copia de la Orden de Compra Electrónica, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas en un plazo no superior a 48 horas hábiles.
La emisión de la factura será una vez recibido en conformidad la totalidad de los servicios contratados. La Municipalidad podrá rechazar la factura (dentro del plazo de 8 días corridos desde la emisión), cuando esta sea emitida antes de la entrega y/o conformidad de los productos.
3. De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión técnica será efectuada por el director de seguridad publica o en quien se delegue esta función.
4. Del aumento de días de plazo de entrega:
Se considerará un aumento de plazo en la entrega de los productos, en caso de que el proveedor adjudicado argumente razones de peso, tal como la descontinuación de alguna tela ofrecida u otros motivos de fuerza mayor.
En caso de ocurrir, el proveedor adjudicado, deberá informar estos hechos a través de los canales correspondientes y solicitar aumento de plazo, el cual no podrá superar los 05 días corridos.
5. De las multas:
En casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas:
a) Atraso en la entrega de los productos o prestación de los servicios: la Municipalidad de Coltauco está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la entrega de los productos o prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles). La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 10 días.
b) Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas: la Municipalidad de Coltauco, está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos o servicios contratados determinados en la solicitud de cotización y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación. La multa será el equivalente al 5% del total de la contratación (iva incluido).
El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 15 días corridos, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios.
c) Atraso en la entrega del producto o prestación de los servicios luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la nueva entrega de los productos o prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles) una vez transcurridos los 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (iva incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días.
Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (I.V.A incluido), cualquiera sea el periodo de contratación. Si excediere dicha cantidad, la Municipalidad de Coltauco podrá poner término anticipado a la contratación.
Procedimiento:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el término anticipado del contrato el Municipio notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Municipio.
Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el organismo comprador tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
Recurso de reposición:
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por medio de carta certificada al proveedor, de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El Municipio tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
6. Aumento del Contrato u orden de compra electrónica:
Podrá aumentar la cantidad de prendas, hasta en un 30% del monto total contratado, en caso de incorporar nuevas funcionarias al municipio, debidamente fundamentado. En caso de aumento, se emitirá una orden de compra, previo acto administrativo respectivo.
7. Término de anticipado de contrato:
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar administrativamente el término anticipado del contrato y suspensión del pago, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado.
c) Si en alguna de las etapas comprendidas en el período de duración del contrato se producen fallas o incumplimientos graves que puedan poner en riesgo, vulnerar o afectar el perfecto y puntual cumplimiento del contrato de suministro.
d) Si el Adjudicatario al momento de generar la orden de compra se encuentra en estado inhábil en los Registros de Proveedores y no resuelve su situación dentro de un plazo de 05 días hábiles.
8. De la operación de factoring:
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.
13.- DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRONICA:
Posterior a la adjudicación en el portal y luego de transcurrido el plazo de 24 horas, se verificará la habilidad del Oferente y se procederá a enviar la Orden de Compra Electrónica, la que deberá ser aceptada por el Proveedor, dentro de un plazo de 24 horas.
En caso de que transcurrido el plazo de 24 horas el proveedor no haya aceptado la Orden de Compra Electrónica, se podrá solicitar la cancelación y adjudicar al segundo mejor, según indique el Acta de Evaluación, tomando los resguardos administrativos correspondientes.
La Orden de compra electrónica debe ser aceptada, antes de emitir factura.
14.- MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.
15.- VIGENCIAS DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días corridos.
16.- OTRAS CONSIDERACIONES:
1) De la Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación (por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente).
2) Resolución de empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Plazo de Entrega”, “Calidad técnica de lo requerido” y “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
3) Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
4) Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:
El Oferente que hubiese omitido un antecedente tal como el Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para ser ingresado a través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello, se informará y se activará el link correspondiente.
Sin embargo, se marginara de la licitación aquellos oferentes que no incluyan el Formulario N°2 “Formulario Cotización y Plazo de Entrega” y/o la patente comercial vigente.
5) Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
6) Del contacto entre la Municipalidad y los oferentes:
De acuerdo al Artículo Nº27 del Reglamento de Compras, sólo podrá haber contacto entre el organismo demandante y los Oferentes, durante las visitas a terreno (si hubiere) y el foro de consultas.
Por tanto, no está permitido contactar por otro medio, ya sea por e-mail, teléfono (de red fija o celular), mensajes de texto, fax a los funcionarios, cuyos nombres aparecen el Formulario de Adquisición. Además, se aclara que la cuenta de correo consultasmercadopublico@coltauco.cl, es sólo para aclarar los resultados posteriores a la adjudicación. De ocurrir, se dejará expresado en el Acta de Evaluación y será informado a la Dirección de Compras.
17.- De la Normativa que rige para esta licitación:
Estas bases se rigen por la Ley de Compras N°19.886/2003 y su Reglamento de Compras, como así mismo la Ley N°18.695/88 Organica Constitucional de Municipalidades y Ley de Rentas Municiplales N°3063.
18.- De lo establecido en el artículo 35 quater de la ley 19.886:
Los oferentes al momento de ofertar en el portal www.mercadopublico.cl. Se entiende que conocen lo establecido en las modificaciones realizadas a la ley Nº19886 “Ley de Compras públicas” Modificada por la ley Nº21.634, específicamente en el artículo 35 Quater que establece lo siguiente: Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
19.- De los formularios de la Licitación Pública:
Formulario N°1 Individualización del Oferente
Formulario N°2 Experiencia del Oferente
SEGURIDAD PUBLICA
CGA/cga.
FORMULARIO Nº1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
R.U.T. N°
REPRESENTANTE LEGAL
R.U.T. N°
DOMICILIO
TELEFONO
CELULAR
DATOS BANCARIOS
E-MAIL
COLTAUCO, DE DEL 2024
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas.
La cuenta de correo electrónico o e-mail que proporcione el oferente, será el medio de comunicación para realizar las notificaciones, en caso de aplicación de sanciones y multas.
FORMULARIO N°2
FORMULARIO COTIZACION Y PLAZO DE ENTREGA
N° DESCRIPCION UNIDAD PRECIO UNITARIO VALOR TOTAL INFORMACION DEL PROVEEDOR
1 Chaqueta Softshell 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
2 Pantalon (1) 24 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
3 Pantalon (2) 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
4 Polera (1) 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
5 Polera (2) 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
6 Polera(3) 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
7 Camisa 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
8 Polar 10 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
9 Parka 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
10 Gorro 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
11 Balaclava 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
12 Guante 12 $ $ Descripción del producto, puede presentar documento anexo con fotografía.
NETO $ Este valor se informa en el portal www.mercadopublico.cl
I.V.A. 19% $
TOTAL $
PLAZO DE ENTREGA: (indicar plazo en días corridos)
NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
R.U.T. N°
REPRESENTANTE LEGAL
R.U.T. N°
Coltauco, de del 2024
NOTA: Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
DECLARACION JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
• No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
• Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
• No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
• No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
• No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
• Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
• Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
• Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
• No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
|
|
|
|