Licitación ID: 3997-74-L124
Asesoría Actualización Plan Municipal de Cultura
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Asesorías en planificación estratégica 1 Unidad
Cod: 80101504
Asesoría para la actualización del plan municipal de cultura, conforme a las bases administrativas y técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Asesoría Actualización Plan Municipal de Cultura
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Coltauco, invita a los proveedores inscritos en el portal del mercado público a formular ofertas conforme a los dispuesto en las Bases Administrativas y técnicas para la licitación pública denominada “Asesoria para Actualización del Plan Municipal de Cultura de la Comuna de Coltauco”, que tiene como propósito la contratación de servicios profesionales para la elaboración de la actualización del Plan Municipal de Cultura PMC de la Comuna de Coltauco y la organización de encuentros con actores relevantes para su validación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
10.7) De la publicidad Ofertas Técnicas: Por resguardo de la propiedad intelectual de los oferentes, las ofertas técnicas no serán publicadas luego de realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Administración Municipal
R.U.T.:
69.080.700-9
Dirección:
Avda. República de Chile Nº451 Coltauco
Comuna:
Coltauco
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-06-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-05-2024 12:04:28
Fecha inicio de preguntas: 23-05-2024 23:59:00
Fecha final de preguntas: 27-05-2024 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-05-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-06-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-06-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-07-2024 9:12:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formulario Nº1 Individualización del Oferente.
Documentos Técnicos
1.- Formulario Nº2 Experiencia del Oferente
 
2.- Currículum Vitae Resumido.
 
3.- Propuesta de Trabajo, ceñido al punto 5 de las presentes bases.
 
4.- Carta Gantt
 
5.- Plan de Intervención Territorial
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Regional Se asignará mayor puntaje a los oferentes que presenten residencia en la Región de O`Higgins 10%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Oferta Técnica: (40%) Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas. Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro numeral 10.1.2), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos porcentuales, multiplicándose por 40%. 40%
3 Precio El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl el valor total de los servicios contratados, el cual debe ser Neto, sin Impuesto y deberá señalar en su propuesta si está afecta a impuesto. Se considera un máximo de $ 6.500.000.- (Seis millones quinientos mil pesos) Impuestos Incluidos, para la implementación de la asesoría en la comuna. Estos recursos se desagregan de la siguiente manera: • 210 horas cronológicas de asesorías en terreno • Asesoría realizada a distancia 92 horas cronológicas. • Coffe break de todos los encuentros, materiales de oficina, carpetas, lápices, pendón, etc. y otros gastos asociados que permitan garantizar el desarrollo de las asesorías en terreno y la participación en actividades con los distintos actores claves. Para ello, se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado, mediante la siguiente fórmula: Precio Mínimo Ofertado X 100 Precio de la Oferta Una vez obtenido el resultado, éste se multiplicará por el porcentaje del criterio de evaluación. 15%
4 Propuesta del Equipo y Experiencia Propuesta del Equipo y Experiencia: (35%) Obtendrá mayor puntaje aquella oferta que ingrese en “Anexos Técnicos”, la experiencia de los 3 últimos años, con formación académica en las áreas de gestión cultural, artística, pedagógica y/o social con experiencia municipal, institucional pública/privada, consultoría o asesoría en desarrollo e implementación de instrumentos de planificación municipal, con experiencia en gestiones participativas, desarrollo de proyectos ciudadanos, con habilidades de liderazgo, gestión y de emprendimiento. Para ello, el Oferente debe ingresar el Formulario N°2 “Experiencia del Oferente, debidamente llenado”, los Curriculums del o los Profesionales (PDF o Word) y Certificados de títulos postgrados y Capacitaciones (escaneados de fácil descarga). 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimo
Monto Total Estimado: 6500000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Andrea Ponce Meneses
e-mail de responsable de pago: andrea.ponce@coltauco.cl
Nombre de responsable de contrato: Ricardo Silva Vasconcello
e-mail de responsable de contrato: ricardo.silva@coltauco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-72228330-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
17. 1 De la Subcontratación: Se prohíbe la subcontratación por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Registro de Proveedores en los plazos que establecen las Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

10.2)      Resolución de empates:

                   En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio Propuesta del Equipo y Experiencia. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Y finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en Criterio Regional.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
10.3)      Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:

                   Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

17.4)      Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:

                   El Oferente que hubiese omitido un antecedente tal como el Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para ser ingresado a través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello, se informará y se activará el link correspondiente.

                   Sin embargo, se marginará de la licitación aquellos oferentes que no incluyan los Antecedentes Técnicos solicitados en el punto 8.b de las presentes bases administrativas y técnicas.

Pacto de integridad

17.          5)      Pacto de Integridad:

                   El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

                   1.-     El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

                   2.-     El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

                   3.-     El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

                   4.-     El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

                   5.-     El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

                   6.-     El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de

licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

                   7.-     El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

                   8.-     El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

                   9.-     El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Bases Administrativas y Técnicas

BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

                                                                                                                           

“Asesoría para Actualización Plan Municipal de Cultura”

1.-     GENERALIDADES:      

          La Municipalidad de Coltauco, invita a los proveedores inscritos en el portal del mercado público a formular ofertas conforme a los dispuesto en las Bases Administrativas y técnicas para la licitación pública denominada “Asesoría para Actualización del Plan Municipal de Cultura de la Comuna de Coltauco”, que tiene como propósito la contratación de servicios profesionales para la elaboración de la actualización del Plan Municipal de Cultura (PMC) de la Comuna de Coltauco y la organización de encuentros con actores relevantes para su validación.

2.-     FINANCIAMIENTO:

          Dichos servicios será financiado con Cuenta Complementaria N° 214.05.01.065.000.000 Denominada Asesoría para Actualización de Plan Municipal de Cultura cuyo monto disponible es de $6.500.000.- (Seis millones quinientos mil pesos), de acuerdo al Certificado de Disponibilidad financiera Nº01 , de fecha 16 de Mayo de 2024, emitido por el Jefe de Cultura.

         

3.-     MANDANTE:

          Municipalidad de Coltauco

4.-     PARTICIPANTES:

          Para ofertar:

          Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio, deben cumplir con el requisito de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.

         

          Para contratar:

          La Persona Natural o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.

          Al momento de contratar deberá tener vigente su contrato con Registro de Proveedores y deberá presentar Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar: Sin Conflicto de Interés con este Municipio, entre otros. Dicha declaración se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, es aquella que debe completar el oferente al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es solo referencial).

         

          En caso que el Proveedor Adjudicado no esté inscrito en el Registro de Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 05 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.

5.-     CARACTERÍSTICAS SERVICIOS REQUERIDOS:

Contratación profesional o equipo profesional

5.1-   Requisitos académicos

Profesional del área de las ciencias sociales, idealmente Sociólogo, Antropólogo, Trabajador Social, Geógrafo u otro de similares características que atiendan a la construcción de modelos participativos con enfoque de planificación comunitaria.

Deseable especialización académica en planificación estratégica y/o modelos de gobernanza participativa local.

          Junto a lo antes mencionado, se espera que este profesional o consultora externa sea de la comuna o región donde se desarrollará el PMC, esto para que cuente con conocimiento previo del territorio.

5.2-   Experiencia en trabajo

Más de tres años de experiencia en trabajo de planificación colectiva con organizaciones culturales comunitarias, juntas de vecinos, agentes locales y/o vecinos/as del territorio.

Haber elaborado al menos un plan municipal de cultura o un plan de gestión de espacios culturales, en cualquier caso debió ser construido de manera participativa.

Experiencia de trabajo en gestión o construcción de modelos de gobernanza participativa local, entendida como un método para la toma de decisiones de manera transversal, que permite el involucramiento ciudadano en asuntos públicos.

Experiencia en trabajo con perspectiva de “democracia cultural” que tiene por fin promover la participación, desde los intereses y necesidades de las propias comunidades, donde son ellas las que deciden en cada momento que es lo que se debe hacer, con mayor contexto e interés local, es decir, las comunidades diseñan y construyen sus propias prácticas y lineamientos culturales.

Experiencia de trabajo en gestión cultural local.

5.3-    Requerimientos técnicos

El profesional o equipo profesional deberá elaborar o actualizar un Plan Municipal de Cultura, mediante un Co-diseño con la comunidad presente en el territorio, en estrecho vínculo con el municipio y el programa Red Cultura, con el fin de que sean representativos de los intereses del territorio.

Para la elaboración o actualización del PMC se debe conformar una Mesa Técnica dictada por decreto alcaldicio que acompañe todo el proceso y deberá ser integradas al menos por: Concejal de Cultura + DIDECO + Secretario Comunal de Planificación + Departamento de Administración Municipal + Representante de mesa comunal de OCC + Turismo + Fomento Productivo (u otro a fin) + Encargada/o regional de Red Cultura.

Estos Planes Municipales de Cultura, técnicamente para elaboración o actualización consideran las siguientes instancias:

5.4-    Diagnóstico de necesidades culturales de la comuna.

Diagnóstico, que deberá ser abordado mediante reuniones, encuentros ciudadanos, diálogos participativos, asambleas, mesas de trabajo u otras instancias participativas, conforme con la Ley N°20.500 y que cumplan con la modalidad descrita para estos encuentros.

5.5-    Presentado a la comunidad.

Lo anterior a través de los Consejos de la Sociedad Civil (COSOC) si estuviera conformado o a través del Concejo Municipal en los casos que el COSOC no está conformado. En directa correlación con las instancias técnicas señaladas de manera precedente, los Planes de Municipales de Cultura en su contexto metodológico de elaboración o actualización, convergen mediante las siguientes etapas:

Etapa 1:

          Encuentros de Co-diseño para la elaboración/actualización de PMC.

          Tanto para la elaboración, como para la actualización de los Planes Municipales de Cultura, debe involucrarse e incidir la comunidad mediante tecnologías sociales que permitan generar inteligencia colectiva, basada en el derecho de decidir y definir por parte de la comunidad, sobre la propia planificación cultural, en una fórmula donde se pone a disposición la idea de diseñar colectivamente, desde los acuerdos y desacuerdos, para la construcción de nuevas ideas y formas. Implica la gestión del conocimiento desde espacios de co-creación colectiva para dar sostenibilidad a aquello que se idea. Estos procesos deberán integrar a las distintas personas que componen el territorio, entre ellas Organizaciones Culturales Comunitarias, artistas, agentes locales, ciudadanía activada y contenidos locales levantados mediante dispositivo Residencias de Arte Colaborativo (en caso que el dispositivo se hubiera implementado en la comuna), entre otros agentes relevantes.

          Los Encuentros de Co-diseño para elaboración/actualización de Planes Municipales de Cultura deberán ser intermediados por el profesional o equipo profesional que tendrá que estar a disposición del Municipio y de la comunidad. Este profesional o equipo profesional deberá conocer y utilizar metodologías de trabajo colaborativo que propicien el pensamiento grupal para construir un diagnóstico, que permita la toma de decisiones conjuntas y la construcción de resultados respecto de las proyecciones a futuro del quehacer cultural de la comuna. Es importante que este intermediador no cuente con ideas preconcebidas o plantee resultados esperados, así como tampoco opere al nivel de consulta y aceptación, toda vez que es la comunidad quien diseñará y deliberará respecto de los contenidos del Plan Municipal de Cultura. En resumen, el intermediador operará como orientador y guía metodológica para un trabajo de prototipado colectivo.

          Los Encuentros de Co-diseño para elaboración/actualización de Planes Municipales de Cultura deberán ser de amplia convocatoria y difusión, permitiéndose así la sensibilización ciudadana respecto de la participación en un diseño colectivo. Se espera que estos encuentros favorezcan espacios de discusión horizontal entre sus participantes, mediante mecanismos de cooperación y escucha activa para la toma de decisiones y la incidencia real de la comunidad en este diseño colectivo.

          Además, los Encuentros de Co-diseño deberán desarrollarse en distintas localidades de la comuna, con el fin de realizar un trabajo de descentralización comunal, llegando a la mayor cantidad de agentes locales, lo cual permita que los resultados sean representativos de la diversidad del territorio.

          Al menos deberán realizarse 4 encuentros de Co-diseño en la comuna.

Etapa 2:

          Confección documento PMC- Herramienta de gestión colectiva resultante de la Etapa 1.

          De los Encuentros de Co-diseño deberá resultar la confección de un documento formal que plasme toda la información trabajada de manera conjunta, el que será validado por todas las personas que integraron dichos encuentros.

          En específico, el Plan Municipal de Cultura tendrá que satisfacer las siguientes características: ser una herramienta colectiva dinámica, que refleje las prácticas locales y sus contenidos, capaz de contener las realidades, necesidades y expectativas de la comunidad; considerar fuentes de financiamiento para cada línea estratégica contenida; incluir objetivos estratégicos a mediano y largo plazo de la comuna para el desarrollo cultural y dar continuidad al trabajo de co-diseño, mediante una co-gestión con la comunidad de su planificación cultural. Es decir, quienes co-diseñan deben ser partícipes permanentes de dicha planificación.

          La estructura final de PMC (documento físico), debe incluir a lo menos: antecedentes comunales, diagnóstico de la comuna que identifique el entramado social, FODA, misión, visión, líneas estratégicas, objetivos estratégicos, programas, proyectos y actividades con su respectivo presupuesto y tipo de financiamiento, indicadores de seguimiento e indicadores de evaluación, debiendo contemplar el involucramiento ciudadano. Enunciar claramente el tiempo de vigencia del PMC (año de inicio y año de finalización).

Etapa 3:

          Aprobación PMC.

          Una vez elaborado el documento de Plan Municipal de Cultura, éste deberá ser validado por la comunidad participante del Co -diseño y por una mesa técnica municipal que se conforme al efecto. Tendrá que ser presentado al Consejo de la Sociedad Civil (COSOC), y en el caso de que el municipio no cuente con COSOC, será a través del Concejo Municipal La aprobación en todas sus etapas, debe procurar un compromiso para la incorporación en el Plan de Desarrollo Comunal.

          En todo el proceso de elaboración o actualización del PMC; el programa Red Cultura asistirá técnicamente el proceso.

          Se debe incentivar que el PMC forme parte del PLADECO vigente mediante decreto alcaldicio.

         

          Para efectuar el llamado se publicará en el portal lo siguiente:

Clasificación ONU

Cant.

Unidad de Medida

Descripción

Producto o Servicio a contratar

1

80101504

1

Unidad

Asesoría para la actualización del plan municipal de cultura, conforme a las bases administrativas y técnicas.

Asesorías de planificación estratégica.


6.-     CALENDARIO DE ACTIVIDADES:

PROCESO

DESCRIPCION

Fecha de Publicación

Se publicará a más tardar dentro del 5° día dictada la Resolución aprobatoria.

Fecha Inicio de Preguntas

A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y estará vigente por 48 hrs. hábiles.

Fecha Final de Preguntas

El foro de consultas estará activo durante 48 hrs. hábiles, desde el inicio de las preguntas.

Fecha Publicación de Respuestas

A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.

Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas

Será de 05 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.

Fecha de Apertura Electrónica

Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.

Fecha de Adjudicación

Se procederá a adjudicar pasado 02 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.

Fecha suscripción Contrato

No se contempla, se formalizará con la orden de compras electrónica.

Fecha inicio de los servicios

Una vez aceptada la orden de compra, iniciará el plazo de ejecución de los servicios contratados.

7.-     GARANTIAS DEL CONTRATO:

          No se considera.

                  

8.-     INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:

          Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los Anexo (s) indicados (s) en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.

          No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.

          El Oferente deberá ingresar:

 a)     Antecedentes Administrativos:

         

                   -        Formulario Nº1 Individualización del Oferente.

                   

b)      Antecedentes Técnicos:

                   -        Formulario Nº2 Experiencia del Oferente

                   -        Currículum Vitae Resumido.

                   -        Propuesta de Trabajo, ceñido al punto 5 de las presentes bases.

                   -        Carta Gantt

                   -        Plan de Intervención Territorial

                  

          En caso de haber omitido el ingreso del Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, se otorgará un plazo de 48 horas, para ingresarlo.

          Sin embargo, si al momento de la apertura, el oferente ha omitido el ingreso de alguno de los documentos solicitados en antecedentes técnicos, por tratarse de antecedentes a evaluar, se rechazará la oferta y no continuará en el proceso licitatorio.

          En aquellos casos, que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose puntaje, en el Criterio de Evaluación correspondiente.

9.-     DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:

         La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será la Unidad Requirente la encargada de realizarla, dejando constancia e informando a los Oferentes participantes de las observaciones que hubiere.

         Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°8 "Instrucciones para la presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que rigen para esta Licitación.

         Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas.

         No obstante lo establecido anteriormente, la no presentación del Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886/2003.

10.-   DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:

          1.       De la Comisión Evaluadora:

                   Para conformar la Comisión Evaluadora se designará a 2 funcionarias de la Dirección de Desarrollo Comunitario como Funcionarios Evaluadores, para que efectúe el análisis y evaluación de las ofertas recibidas. Levantará un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde (o en quien esté delegada esta atribución), con la terna, ordenados del mayor a menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar a aquellas ofertas que sea igual o superior a 70 puntos.

                   También dicha comisión podrá rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación, o bien podrá rechazar aquellas, que no se ajusten a presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que a juicio de ellos afecte el principio de igualdad de los proponentes, o bien podrá, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas.

                   La comisión evaluadora podrá declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.

                   Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, la comisión evaluadora tendrá la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.

          2.       De los Criterios de Evaluación:

 

                   Se evaluará la “Oferta Técnica” (40%), “Propuesta del Equipo y Experiencia” (35%), “Precio” (15%) y “Criterio Regional” (10%).

                   Conforme a estos cuatro criterios se emitirá un Acta de Evaluación, dirigido al Sr. Alcalde, quien finalmente determinará y se procederá a adjudicar (si corresponde) mediante Decreto Alcaldicio.

Criterio de Evaluación

Rangos

1

Oferta Técnica 40% (x 0.4)

Propuesta de Trabajo (50%)

Se ajusta a lo indicado en las Bases a cabalidad

:

100 puntos

Se ajusta medianamente a lo indicado en las Bases

:

60 puntos

No cumple

:

0 punto

Carta Gantt (30%)

Planta un desglose completo de acuerdo a las etapas del estudio

:

100 puntos

Plantea de forma general las etapas del estudio

:

50 puntos

No informa

:

0 punto

Plan de Intervención Territorial (20%)

Se ajusta a lo indicado en las Bases a cabalidad

:

100 puntos

Se ajusta medianamente a lo indicado en las Bases

:

60 puntos

No cumple

:

0 punto

2

Propuesta del Equipo y Experiencia 35% (0,35)

Antecedentes Curriculares Individuales (50%)

Profesional con más de 3 años experiencia

:

100 puntos

Profesional con más de 1 e inferior a 3 años de experiencia

:

60 puntos

Profesional sin experiencia en estudios

:

30 puntos

No informa

:

0 punto

Experiencia del Equipo o persona natural en PMC o P.G (25%)

Puntaje experiencia = Experiencia del Oferente Evaluado x 100 / Mayor Experiencia

:

100 puntos

Expedientes de Trabajos asociados (25%)

3 o más expedientes ejecutados dentro de los últimos 3 años

:

100 puntos

2 expedientes ejecutados dentro de los últimos 3 años

:

70 puntos

1 expediente ejecutado dentro de los últimos 5 años

:

50 puntos

No presenta

0 punto

3

Precio 15% (0,15)

Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100

4

Criterio Regional 10% (0,10)

El oferente cuenta con residencia en la Región : 100 puntos

El oferente no cuenta con residencia en la Región : 0 puntos

10.2.1)        Oferta Técnica: (40%)

                   Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas.

                   Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro numeral 10.1.2), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos porcentuales, multiplicándose por 40%.

10.2.2)        Propuesta del Equipo y Experiencia: (35%)

                    Obtendrá mayor puntaje aquella oferta que ingrese en “Anexos Técnicos”, la experiencia de los 3 últimos años, con formación académica en las áreas de gestión cultural, artística, pedagógica y/o social con experiencia municipal, institucional pública/privada, consultoría o asesoría en desarrollo e implementación de instrumentos de planificación municipal, con experiencia en gestiones participativas, desarrollo de proyectos ciudadanos, con habilidades de liderazgo, gestión y de emprendimiento.

                           

                   Para ello, el Oferente debe ingresar el Formulario N°2 “Experiencia del Oferente, debidamente llenado”, los Curriculums del o los Profesionales (PDF o Word) y Certificados de títulos postgrados y Capacitaciones (escaneados de fácil descarga).

10.2.3)        Precio: (15%)

                 El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl el valor total de los servicios contratados, el cual debe ser Neto, sin Impuesto y deberá señalar en su propuesta si está afecta a impuesto.

                  

                 Se considera un máximo de $ 6.500.000.- (Seis millones quinientos mil pesos) Impuestos Incluidos, para la implementación de la asesoría en la comuna. Estos recursos se desagregan de la siguiente manera:

  • 210 horas cronológicas de asesorías en terreno
  • Asesoría realizada a distancia 92 horas cronológicas.
  • Coffe break de todos los encuentros, materiales de oficina, carpetas, lápices, pendón, etc. y otros gastos asociados que permitan garantizar el desarrollo de las asesorías en terreno y la participación en actividades con los distintos actores claves.

                 Para ello, se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado, mediante la siguiente fórmula:

Precio Mínimo Ofertado

X 100

Precio de la Oferta

                

                 Una vez obtenido el resultado, éste se multiplicará por el porcentaje del criterio de evaluación.

10.2.4 Criterio Regional: (10%)

 

Se asignará mayor puntaje a los oferentes que presenten residencia en la Región de O`Higgins

Otros aspectos de la evaluación:

                   1       DE LAS CONSULTAS (FORO INVERSO):            

                            La Municipalidad “podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores…” (Artículo 40 del Reglamento). Dichas consultas o dudas, serán solicitadas por el operador del sistema, activando el link pertinente, para que sean contestadas dentro de 48 horas hábiles. Si, por el contrario, el o los oferentes consultados no dieran respuestas, se marginará del proceso por tratarse de los antecedentes a evaluar.

                   2       DEL PUNTAJE MÍNIMO PARA ADJUDICAR:

                            Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 70 puntos.

                   3       DE LOS ANTECEDENTES O DOCUMENTOS EXTRAS NO EXIGIDOS EN BASES:

 

                            Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por el funcionario evaluador, y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.

                   4       DE PRESENTARSE SOLO UNA OFERTA

                            Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, el funcionario evaluador procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.

11.-   DE LA ADJUDICACIÓN:

         

          El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, en forma total la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases.

          Una vez notificado a través del portal www.mercadopublico.cl acerca de la adjudicación, el Proveedor Adjudicado que no tenga contrato vigente a través del Registro de Proveedores deberá presentar en un plazo no superior a 5 días hábiles, declaración jurada que señale NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

PERSONAS NATURALES

PERSONAS JURIDICAS

Condenas por delito de cohecho

Condenas por delito de cohecho

Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

Fuente: Ministerio Público

Fuente: Ministerio Público

Deudas tributarias

Deudas tributarias

Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución

Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

Fuente: Tesorería General de la República

Fuente: Tesorería General de la República

Deudas previsionales y laborales

Deudas previsionales y laborales

Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

Fuente: Dirección del Trabajo

Fuente: Dirección del Trabajo

Sentencia por presentación de documentos falsos

Sentencia por presentación de documentos falsos

La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

Fuente: Registro de Proveedores

Fuente: Registro de Proveedores

Deudas Estado de quiebra

Deudas Estado de quiebra

Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada

Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada

Fuente: Superintendencia de Quiebras

Fuente: Superintendencia de Quiebras

Suspensión o eliminación del registro

Suspensión o eliminación del registro

Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

Fuente: Registro de Proveedores

Fuente: Registro de Proveedores

Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores

Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores

Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

Fuente: Dirección del Trabajo

Fuente: Dirección del Trabajo

Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador

Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador

Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Fuente: Dirección del Trabajo

Fuente: Dirección del Trabajo

Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad

Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa

Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."

Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."

Certificado de Vigencia de la Sociedad

(1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales

(1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial

          Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Registro de Proveedores en los plazos que establecen las Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

          En caso de que la Licitación se declarará desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.

          Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo al Artículo Nº41 del Reglamento de Compras, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.

12.- DE LAS LABORES A REALIZAR:

Descripción del Servicio Requerido:

Elaborar e implementar el plan de trabajo para apoyar el desarrollo del plan municipal de cultura.

Sistematización de información proveniente de fuentes primarias y secundarias del ámbito cultural y artístico de la comuna que aporten al desarrollo del Plan Municipal de Cultura.

Entregar metodología de trabajo a la contraparte municipal y/o equipo municipal de cultura para desarrollo del Plan Municipal de Cultura.

Realizar la asesoría con un tope máximo de 210 horas cronológicas en terreno y 92 horas cronológicas a distancia.

Apoyo en convocatorias y participación para mínimo seis (6) procesos participativos que garanticen amplia asistencia y representatividad de la diversidad comunitaria comunal, reuniones sectoriales y/o multidisciplinarios que permitan identificar requerimientos y expectativas del sector cultural, artístico, académico y de representación socio-cultural de las comunas (organizaciones culturales, territoriales, funcionales, ONG, fundaciones, gremios, asociaciones, centros culturales, otros servicios públicos).

Realización de lo menos diez (10) reuniones con actores claves (autoridades locales artistas, cultores, líderes culturales, agrupaciones, Concejos Municipales, etc.)

Apoyo en convocatorias y participación de otras instancias e iniciativas para el levantamiento de estrategias a desarrollar en el Plan Municipal de Cultura.

 

Participar e informar de por lo menos seis (6) reuniones con la mesa técnica municipal en coordinación con el MINCAP.

Realizar seguimiento continuo a las tareas encomendadas.

Transferir conocimiento a la contraparte municipal y/o equipo municipal de cultura que le pueda aportar a la gestión del Plan Municipal de Cultura.

Apoyar con la redacción y edición del documento final del PMC y edición del resumen Ejecutivo del PMC.

Aportar a las instancias de presentación de los avances del PMC, para posterior validación, ante el Concejo Municipal, las autoridades locales, comunidad y la MTCC.

Participar de instancias de validación del PMC con la Mesa Técnica Comunal de Cultura (MTCC), con la comunidad y/u organizaciones civiles comunales y con el Concejo Municipal.

Proponer una estrategia de difusión y presentación del PMC a la comunidad.

Se debe considerar la compra de materiales de oficina así como productos para los coffe break para el desarrollo de las instancias participativas.

Estructura esperada de un Plan Municipal de Cultura:

1.    Antecedentes culturales comunales.

2.    Matriz Marco lógico - Árbol de Problemas - Diagnóstico participativo - Indagación apreciativa.

3.    Cuerpo o contenido (marco conceptual, marco teórico, marco referencial y marco metodológico).

4.    Principios del Plan Municipal de Cultura.

5.    Líneas estratégicas.

6.    Acciones a desarrollar.

7.    Plan de financiamiento.

8.    Estrategia de difusión y comunicación.

9.    Estrategia de monitoreo y seguimiento.

10.  Cronograma estimado de acciones.

11.  Bibliografía.

         El servicio requerido busca concretar la realización plena del Plan Municipal de Cultura, a través de las instancias participativas que se requiera para ello, como su presentación al Concejo Municipal y Consejos de la Sociedad Civil (COSOC) e integración en el PLADECO. Ello considera desde el levantamiento de las necesidades culturales hasta la elaboración, redacción y validación del plan municipal de cultura.

Etapas a desarrollar durante el periodo de asesoría:

 

Diagnóstico: Identificar los elementos simbólicos de las comunas para sistematizar la información acorde a los tres (3) ejes de la política cultural: Creación artística, patrimonio cultural y participación ciudadana. De la misma forma se debe considerar catastro de actores, manifestaciones y organizaciones relevantes para el desarrollo cultural de las comunas.

 

Elaboración del Plan Municipal de Cultura: El PMC debe contener a lo menos antecedentes del diagnóstico; declaración de principios y voluntades; Objetivos generales; actividades; estructuras de financiamiento; sistema de evaluación; y seguimiento. Ello además contempla acompañar el proceso de elaboración y redacción del PMC.

         Esta etapa debe ser desarrollada en base a la estructura esperada de un plan municipal de cultura.

 

Validación del Plan Municipal de Cultura: Contemplando la presentación ante actores claves, los Concejos Municipales e instancias de participación ciudadana que establece la ley N° 20.500. Esta etapa además contempla definición de propuestas de ajustes para su final presentación y validación.

13.-   DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:

          No se contempla. Conforme al Artículo Nº63 del Reglamento de Compras, se formalizará a través de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas y Técnicas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio.

          1.       Anticipo:

                   No se contempla.

          2.       Del pago del Contrato u orden de compra electrónica:

                    El pago se hará contra factura, a 30 días, documento que debe ser ingresado por Oficina de Partes, a su vez la Unidad Requirente remitirá el Informe Favorable, copia de la Orden de Compra Electrónica, dirigido al Departamento de Administración y Finanzas en un plazo no superior a 48 horas hábiles.

                   La emisión de la factura será una vez recibido en conformidad la totalidad de los servicios contratados. La Municipalidad podrá rechazar la factura (dentro del plazo de 8 días corridos desde la emisión), cuando esta sea emitida antes de la entrega y/o conformidad de los productos.

          3.       De la Supervisión Técnica del Contrato:

                   La supervisión técnica será efectuada por el Jefe de Cultura Municipal o en quien se delegue esta función.

          4.       Del aumento de días de plazo de entrega:

                   Se considerará un aumento de plazo en la entrega de los productos, en caso de que el proveedor adjudicado argumente razones de peso, tal como la descontinuación de alguna tela ofrecida u otros motivos de fuerza mayor.

                   En caso de ocurrir, el proveedor adjudicado, deberá informar estos hechos a través de los canales correspondientes y solicitar aumento de plazo, el cual no podrá superar los 05 días corridos.

          5.       De las multas:

 

                   En casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas:

                   a)      Atraso en la entrega de los productos o prestación de los servicios: la Municipalidad de Coltauco está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la entrega de los productos o prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles). La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 10 días.

                   b)      Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas: la Municipalidad de Coltauco, está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos o servicios contratados determinados en la solicitud de cotización y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación. La multa será el equivalente al 5% del total de la contratación (iva incluido).

                   El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 15 días corridos, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios

                   c)      Atraso en la entrega del producto o prestación de los servicios luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la nueva entrega de los productos o prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles) una vez transcurridos los 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (iva incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días.

                   Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (I.V.A incluido), cualquiera sea el periodo de contratación. Si excediere dicha cantidad, la Municipalidad de Coltauco podrá poner término anticipado a la contratación.

         

                    Procedimiento:

                   Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el término anticipado del contrato el Municipio notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.

                   A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.

                   Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Municipio.

                   Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el organismo comprador tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.

                  

                   Recurso de reposición:

                   El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por medio de carta certificada al proveedor, de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El Municipio tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.

                   La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

                   Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa.

                   Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

          6.       Aumento del Contrato u orden de compra electrónica:

                   Podrá aumentar la cantidad de prendas, hasta en un 30% del monto total contratado, en caso de incorporar nuevas funcionarias al municipio, debidamente fundamentado. En caso de aumento, se emitirá una orden de compra, previo acto administrativo respectivo.

          7.       Término de anticipado de contrato:

                   La Municipalidad de Coltauco podrá declarar administrativamente el término anticipado del contrato y suspensión del pago, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

                   a)      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

                   b)      Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado.

                   c)      Si en alguna de las etapas comprendidas en el período de duración del contrato se producen fallas o incumplimientos graves que puedan poner en riesgo, vulnerar o afectar el perfecto y puntual cumplimiento del contrato de suministro.

                   d)      Si el Adjudicatario al momento de generar la orden de compra se encuentra en estado inhábil en los Registros de Proveedores y no resuelve su situación dentro de un plazo de 05 días hábiles.

          8.       De la operación de factoring:

                   En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración. Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.

14.-   DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRÓNICA:

Posterior a la adjudicación en el portal y luego de transcurrido el plazo de 24 horas, se verificará la habilidad del Oferente y se procederá a enviar la Orden de Compra Electrónica, la que deberá ser aceptada por el Proveedor, dentro de un plazo de 24 horas

En caso de que transcurrido el plazo de 24 horas el proveedor no haya aceptado la Orden de Compra Electrónica, se podrá solicitar la cancelación y adjudicar al segundo mejor, según indique el Acta de Evaluación, tomando los resguardos administrativos correspondientes.

La Orden de compra electrónica debe ser aceptada, antes de emitir factura.

15.-   MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:

          La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

         

          Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.

16.-   VIGENCIAS DE LAS OFERTAS:

          Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días corridos.

17.-   OTRAS CONSIDERACIONES:

          1)      De la Subcontratación:

                   Se prohíbe la subcontratación (por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente).

          2)      Resolución de empates:

                   En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio Propuesta del Equipo y Experiencia. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Y finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en Criterio Regional.

          3)      Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:

                   Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.

          4)      Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:

                   El Oferente que hubiese omitido un antecedente tal como el Formulario Nº1 “Individualización del Oferente”, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para ser ingresado a través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello, se informará y se activará el link correspondiente.

                   Sin embargo, se marginará de la licitación aquellos oferentes que no incluyan los Antecedentes Técnicos solicitados en el punto 8.b de las presentes bases administrativas y técnicas.

          5)      Pacto de Integridad:

                   El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

                   1.-     El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

                   2.-     El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

                   3.-     El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

                   4.-     El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

                   5.-     El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

                   6.-     El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de

licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

                   7.-     El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

                   8.-     El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

                   9.-     El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

          6)      Del contacto entre la Municipalidad y los oferentes:

                   De acuerdo al Artículo Nº27 del Reglamento de Compras, sólo podrá haber contacto entre el organismo demandante y los Oferentes, durante las visitas a terreno (si hubiere) y el foro de consultas.

                  

                   Por tanto, no está permitido contactar por otro medio, ya sea por e-mail, teléfono (de red fija o celular), mensajes de texto, fax a los funcionarios, cuyos nombres aparecen el Formulario de Adquisición. Además, se aclara que la cuenta de correo consultasmercadopublico@coltauco.cl, es sólo para aclarar los resultados posteriores a la adjudicación. De ocurrir, se dejará expresado en el Acta de Evaluación y será informado a la Dirección de Compras.

         

          7)      De la publicidad Ofertas Técnicas:

                   Por resguardo de la propiedad intelectual de los oferentes, las ofertas técnicas no serán publicadas luego de realizada la apertura técnica de las ofertas.

         

          18.-   De la Normativa que rige para esta licitación:

                   Estas bases se rigen por la Ley de Compras N°19.886/2003 y su Reglamento de Compras, como así mismo la Ley N°18.695/88 Orgánica Constitucional de Municipalidades y Ley de Rentas Municipales N°3063.

          19.-   De lo establecido en el artículo 35 quater de la ley 19.886:

                   Los oferentes al momento de ofertar en el portal www.mercadopublico.cl. Se entiende que conocen lo establecido en las modificaciones realizadas a la ley Nº19886 “Ley de Compras públicas” Modificada por la ley Nº21.634, específicamente en el artículo 35 Quater que establece lo siguiente: Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

          20.-   De los formularios de la Licitación Pública:

                    Formulario N°1 Individualización del Oferente

                    Formulario N°2 Experiencia del Oferente

         

DEPARTAMENTO DE CULTURA

 

RSV/rsv


FORMULARIO Nº1

INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE

NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL

R.U.T. N°

REPRESENTANTE LEGAL

R.U.T. N°

DOMICILIO

TELEFONO

CELULAR

DATOS BANCARIOS

E-MAIL

                                                                                                                                                                                            

COLTAUCO,

DE

DEL 2024

NOTA:             Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl

                         Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas.

                         La cuenta de correo electrónico o e-mail que proporcione el oferente, será el medio de comunicación para realizar las notificaciones, en caso de aplicación de sanciones y multas.


FORMULARIO N°2

FORMULARIO EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Nº ORDEN DE COMPRA/CARTA RECOMENDACIÓN O CERT. DE INST. PÚBLICA O PRIVADA

FECHA

INSTITUCIÓN

INFORMACIÓN RELEVANTE DEL PROVEEDOR

1

Pública o privada

Ej.: link a portales web con trabajo realizado (optativo)

2

3

4

5

6

7

8

9

10

 

NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL

R.U.T. N°

REPRESENTANTE LEGAL

R.U.T. N°

 

 

Coltauco,

de

del

2024

NOTA:             Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR

(Identificación del declarante)

Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:

  • No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.

  • Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.

  • No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.

  • No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).

  • No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).

  • Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.

  • Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.

  • Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.

  • No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.

Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.

Firmado con/sin Clave Única

Fecha:

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.