BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS |
“CONTRATO DE SUMINISTRO TARJETAS PARA AYUDA SOCIAL EN MERCADERIA”.
1. GENERALIDADES:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, para suscribir un contrato de suministro de tarjetas para ayuda social en mercadería a familias más vulnerables de la comuna. Dicho contrato es necesario suscribirlo para contar con ayuda social a través del sistema de tarjeta, que permitirá a los beneficiarios acceder a los insumos y alimentos según su requerimiento, es decir, podrá realizar la compra de lo que estime necesario bajo un monto establecido.
Lo anterior permitirá descongestionar de acopio de cajas de mercadería de las oficinas de DIDECO y a su vez permitirá reconocer la diversidad de requerimientos y necesidades de las familias.
2. FINANCIAMIENTO:
Presupuesto Municipal, Cuenta Contable 215.24.01.007.001.003, denominada “Otros Aportes en Canastas”, Área de Gestión: Programas Sociales, Programa: Asistencia Social y Subprograma: Asistencia Social, cuyo presupuesto referencial de $12.000.000 impuesto incluido para la ejecución del año 2022.
3. MANDANTE:
Ilustre Municipalidad de Coltauco.
4. UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Desarrollo Comunitario.
5. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Para ofertar:
Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio, deben cumplir con el requisito de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años.
La Persona Natural deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Para contratar:
Al momento de contratar deberá tener vigente su contrato en el registro de proveedores y presentar en soporte papel la Declaración Jurada Simple, que señala no tener Conflicto de Interés con este Municipio y que no tiene Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a Derechos Fundamentales del Trabajador, de acuerdo a formato adjunto.
Al momento de contratar deberá tener vigente su contrato con Chile Proveedores y presentar en soporte papel las Declaraciones Jurada: Sin Conflicto de Interés con este Municipio y que no tiene Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a Derechos Fundamentales del Trabajador, de acuerdo a formatos adjuntos.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la ley N°19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos contratos con organismos del Estado. La Municipalidad de Coltauco verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la Municipalidad de Coltauco, Avda. Arturo Prat N°66, comuna de Coltauco, dentro de los 05 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En caso que el Proveedor Adjudicado no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas del registro de proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
6. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
PROCESO DESCRIPCION
Fecha de Publicación Se publicará a más tardar 24 hrs. dictada la Resolución aprobatoria.
Fecha Inicio de Preguntas A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y estará vigente por 72 hrs. hábiles.
Fecha Final de Preguntas El foro de consultas estará activo durante 72 hrs. hábiles desde el inicio de las preguntas.
Fecha Publicación de Respuestas A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas Será de 10 días (mínimo) contados desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
Fecha de Apertura Electrónica Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
Fecha de Adjudicación Se procederá a adjudicar pasado 05 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.
Fecha de Suscripción del Contrato Se podrá suscribir el Contrato de Suministro, en un plazo no superior a 10 días hábiles a contar de la fecha de adjudicación.
7. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, consecuentemente con su política de estar presente y junto a las familias de mayor vulnerabilidad de la Comuna en los momentos de mayor necesidad, a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario y particularmente el área Asistencial del Departamento Social, requiere implementar un sistema en la entrega de productos alimenticios y otros, que permita a la persona solicitante poder priorizar y decidirla adquisición de alimentos en base a su necesidad individual.
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, suscribirá contrato de suministro con un solo proveedor que reúna y cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases.
La Dirección de Desarrollo Comunitario, realizará entrega de una tarjeta validada por la Municipalidad, equivalente al monto de $25.000.- a la que la persona requirente, quien podrá realizar la compra en el punto establecido en la comuna, pudiendo adquirir aquellos alimentos y artículos de aseo que priorice como necesario, a excepción de lo que están definidos como prohibidos.
La entrega de la tarjeta y su validación está sujeta a las siguientes especificaciones:
- Las Tarjetas, serán confeccionadas y entregadas por la Municipalidad de Coltauco.
- A las tarjetas se les incorporará un número correlativo, que permita al municipio llevar control de las tarjetas entregadas, las que deben ser coincidentes con lo informado en la factura correspondiente.
VIGENCIA Y USO DE LAS TARJETAS
- La vigencia de las tarjeras será de uso dentro del mes de concedida.
- El monto de la tarjeta no podrá ser canjeada en dinero.
- El monto de cada tarjeta será de $ 25.000.-
- La tarjeta, será el único documento válido para poder hacer retiro de los alimentos en el establecimiento de la comuna definido.
- La tarjeta solo puede ser utilizada en UNA compra, sin exceder el monto establecido.
- El proveedor deberá mantener en custodia las tarjetas entregadas, y realizar devolución de las mismas al municipio el día 30 de cada mes.
- La Dirección de Desarrollo Comunitario entregará las tarjetas a los beneficiarios mediante recibo ayuda social en Duplicado, firmado y timbrado.
- El traslado o retiro de los productos adquiridos será responsabilidad del beneficiario.
EL BENEFICIO DE LA TARJETA ESTARÁ SUJETA A LAS SIGUIENTES PROHIBICIONES
- El monto de la tarjeta no podrá ser canjeada en dinero.
- Tabaco
- Bebidas alcohólicas.
- Alimentos para mascotas
- Vestuario.
- Menaje
- Artículos de librería y/o útiles escolares
- Recarga de móviles
- Medicamentos
- Juguetes
- Productos de belleza, como maquillajes, tinturas, esmaltes de uñas, o productos similares.
La Encargada del Departamento de Asistencia Social o quien le subrogue, deberá tramitar la emisión de Orden de Compra electrónica por cada tarjeta asignada, quien a su vez deberá llevar el control y registro de dichas entregas.
Importante señalar que cada vez que se emita una orden de compra electrónica, el proveedor deberá tener su contrato vigente en el registro de proveedores.
Una vez sancionadas las presentes bases, la unidad de compras de administración Municipal, creara el formulario de adquisición, con las siguientes líneas de compras:
N° Clasificación ONU.
Cant. Unidad de Medida Descripción Producto o servicio a contratar
1 50201713
1
Unidad. Canastas de alimento a través de canje de tarjetas de beneficio entregadas por la I. Municipalidad de Coltauco por un monto de $25.000 cada una. Alimentos
8. GARANTÍAS DEL CONTRATO:
No se considera.
9. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los Anexo (s) indicados (s) en las presentes bases.
Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.
No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
a) Documentos Administrativos:
El Oferente deberá ingresar en Anexos Administrativos, los siguientes documentos:
- Formulario Nº1 Individualización del Oferente.
- Formulario Nº2 Experiencia del Oferente.
- Declaración Jurada Simple.
b) Documentos Técnicos:
El Oferente deberá ingresar en Anexos Técnicos, los siguientes documentos:
- Formulario Nº3 especificaciones de la oferta, beneficios entregados.
En aquellos casos, que el o los documentos ingresados, no puedan ser abiertos o guardados, se procederá a solicitar mediante foro inverso, que repitan el proceso, sin embargo, su puntaje bajará por no dar cumplimiento a lo indicado en los presentes Bases Administrativas y Técnicas.
10. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica se efectuará a través de la web www.mercadopublico.cl en una etapa y será la Unidad de Administración Municipal la encargada de realizarla. Se dejara constancia e informara a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto Nº9 “Instrucciones para la presentación de Ofertas” de las presentes Bases Administrativas y técnicas denominadas “CONTRATO DE SUMINISTRO TARJETAS PARA AYUDA SOCIAL EN MERCADERIA” que rigen esta Licitación. Aquellas ofertas que no presenten el Formulario N°1 Individualización del Oferente y declaración jurada de conflicto de intereses (natural o jurídica), se entiende que constituyen una omisión formal de aquellas referidas en el Artículo 40 del reglamento de la Ley 19.886/2003. Por tanto, los Oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contando desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información, esta situación, debiendo considerar que será descontado en el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”. Y en caso de persistir la omisión, se asignara 0 puntos.
11. DE LA COMISION EVALUADORA:
La Municipalidad a través de la comisión evaluadora conformada por 3 funcionarios de la Dirección de Desarrollo Comunitario, rechazarán aquellas ofertas que no cumplan con los documentos de la licitación, que no se ajusten a presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que a juicio de ellos, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
Podrán sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Podrá además rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación.
La comisión evaluadora podrá declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, la comisión evaluadora tendrá la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
La comisión evaluadora desarrollará la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
12. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
El proceso de evaluación, se obtendrá de los Criterios de Evaluación que a continuación se señalan:
N° Criterio de Evaluación Rango
1 Ubicación de centro distribución (50%) x 0,5 Punto de distribución más cercano al centro de la comuna. = 100 puntos
Punto de distribución con segunda cercanía al centro de la comuna. = 80 puntos
Punto de distribución con tercera cercanía al centro de la comuna. = 50 puntos
Punto de distribución fuera de la comuna = 0 punto
2 Porcentaje de Descuento por compra (30%) x 0,3 Oferta mayor descuento entre los oferentes = 100 puntos
Oferta segundo mayor descuento entre los oferentes = 80 puntos
Oferta tercer mayor descuento entre los oferentes = 50 puntos
No oferta descuento = 0 punto
Q v Cumplimiento de Requisitos Formales (20%) x 0,1 Si cumple con todos los requisitos = 100 puntos
Si obtiene entre 70 y 99 puntos = 80 puntos
Si obtiene entre 40 y 69 puntos = 50 puntos
Si obtiene entre 10 y 39 puntos = 20 puntos
Si obtiene menos de 9 puntos = 0 punto
NOTA: EL OFERENTE DEBE INGRESAR SU OFERTA EN LA PLATAFORMA POR EL VALOR DE $1.- (UN PESO)
12.1. Ubicación de centro distribución (50%)
La presente licitación tiene como objetivo entregar ayuda social al través de sistema de beneficiario, descongestionando las dependencias de la oficina de DIDECO. A través de esta ayuda, el requirente podrá realizar la compra en el punto establecido en la comuna, pudiendo adquirir aquello que priorice como necesario según su realidad particular.
Frente a lo anterior, se busca además fomentar la participación del desarrollo local, por lo que obtendrá mayor puntaje aquella oferta que cuente con su punto de distribución más cercano al centro de la comuna, quedando establecido que este es el edificio de la Municipalidad de Coltauco, en Av. Arturo Prat #66 y bajando la asignación de puntaje a medida que el punto de distribución se aleja del centro de la comuna.
No se adjudicará a aquella oferta que no cuente con punto de distribución en la comuna de Coltauco.
12.2. Porcentaje de Descuento por compra (30%)
Se evaluara con mejor puntaje a aquella oferta, que indique en el formulario N°3 “Descripción de la oferta” el mayor descuento (%) al total de la compra por tarjeta, en caso de que el formulario N°3, no señale dicha información, la oferta no será considerada.
12.3. Cumplimiento de los requisitos (20%)
Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas.
Para ello, se asignara puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 20%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en el cuadro siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado:
N° Requisitos a Cumplir Puntaje
1 Ingreso de formulario N°1 “Individualización del Oferente” 20
Ingreso de formulario Nº3 “especificaciones de la oferta, beneficios entregados.” 20
2 Ingreso de declaración Jurada Simple 20
3 Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas. (si ingresa documentos extras no solicitados, o bien falto ingresar alguno de los solicitados, no se asignara puntaje). 05
4 Que oferte por $1.- en la plataforma www.mercadopublico.cl 10
5 Que los formatos sean los proporcionados en la presente licitación, correctamente llenados sin cambiar su estructura. 05
6 Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente. 10
7 Que el lugar de distribución se encuentre en la comuna de Coltauco 10
Puntaje Total 100
13. DE LA ADJUDICACIÓN Y DESERCIÓN
Una vez notificado a través del portal www.mercadopublico.cl acerca de la adjudicación, el Proveedor Adjudicado (Persona Natural o Jurídica) que no tenga contrato vigente a través del www.chileproveedores.cl deberá presentar en un plazo no superior a 5 días hábiles, declaración jurada que señale NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
PERSONAS NATURALES PERSONAS JURIDICAS
Condenas por delito de cohecho Condenas por delito de cohecho
Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal. Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
Fuente: Ministerio Público Fuente: Ministerio Público
Deudas tributarias Deudas tributarias
Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
Fuente: Tesorería General de la República Fuente: Tesorería General de la República
Deudas previsionales y laborales Deudas previsionales y laborales
Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente. Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
Fuente: Dirección del Trabajo Fuente: Dirección del Trabajo
Sentencia por presentación de documentos falsos Sentencia por presentación de documentos falsos
La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada. La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
Fuente: RegistroProveedores Fuente: RegistroProveedores
Deudas Estado de quiebra Deudas Estado de quiebra
Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada
Fuente: Superintendencia de Quiebras Fuente: Superintendencia de Quiebras
Suspensión o eliminación del registro Suspensión o eliminación del registro
Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras. Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
Fuente: RegistroProveedores
Fuente: RegistroProveedores
Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
Fuente: Dirección del Trabajo Fuente: Dirección del Trabajo
Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Fuente: Dirección del Trabajo Fuente: Dirección del Trabajo
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco." Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Certificado de Vigencia de la Sociedad
(1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
(1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se encuentra inscrito en el registro de proveedores en los plazos que establecen las Bases, o bien no suscribe el Contrato de Suministro, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarará desierta por no presentarse ofertas, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá de acuerdo al Artículo Nº41 del Reglamento de Compras, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días.
14. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas.
15. DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRONICA:
Por tratarse de un Contrato de Suministro, no se enviará Orden de Compra Electrónica. Estas se emitirán cuando se requiera la canasta de alimentos. Para esto, la Encargada de Asistencia Social o supervisor técnico del contrato de suministros o quien lo subrogue enviara una Solicitud debidamente fundada (Memo), Reporte Financiero, para la respectiva tramitación de la Orden de Compra.
Cuando ésta sea enviada a través de la plataforma de www.mercadopublico.cl, al Proveedor Adjudicado, podrá revisarla y proceder a aceptarla (o rechazarla), en un plazo no superior a 48 horas.
En caso de que no hubiese aceptación (rechazo) en la Orden de Compra Electrónica por parte del Oferente adjudicado, deberá indicar claramente el motivo, a fin de dar pronta solución y evitar que sufra cortes el suministro normal del servicio contratado.
16. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTROS:
Una vez adjudicado y notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, el Municipio y el adjudicatario, formalizarán con un Contrato de suministros. Para ello tendrán un máximo de 10 días hábiles y cuyo contenido contendrá entre otros puntos, el plazo de entrega de los materiales a requerir, formas de pago, causales de término anticipado de este y multas.
El municipio verificará que el Proveedor Adjudicado se encuentre hábil, de acuerdo a lo expuesto en las presentes bases, siempre que no se encuentre inscrito en el registro de proveedores y el inicio de los servicios será al día hábil siguiente de la fecha de suscripción, Hasta Diciembre 2022.
16.1 Anticipo:
No se contempla.
16.2 Del pago del Contrato:
El sistema de pago del contrato de suministro, será financiado con recursos municipales, con cargo al presupuesto Municipal. En la respectiva Orden de compra se realizará la imputación correspondiente de la cuenta presupuestaria.
Dado lo anterior, el proveedor deberá remitir a la Dirección de Desarrollo Comunitario, las facturas concentradas, el 15 y el 30 de cada mes, donde deberá indicarse los productos adquiridos y el número tarjeta utilizada en cada compra. Además deberá de manera quincenal realizar devolución de las tarjetas recepcionadas por el proveedor.
Los productos solicitados según contrato, se pagarán dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la Factura. Dicha factura deberá ser ingresada por la Oficina de Partes, con especial atención a la Dirección de Desarrollo Comunitario, quien en un plazo no superior a 24 horas, contados desde la recepción, remitirá un informe favorable con todos los antecedentes de respaldo al Departamento de Administración y Finanzas para su respectivo trámite de pago.
Al momento de emitir facturas, cada orden de compra emitida dentro del mes o periodo deberá estar en estado “aceptada” en el sistema.
16.3 Recurso de reposición:
La Municipalidad podrá aplicar multas en forma administrativa. El Oferente podrá formular descargos, dentro del plazo de 5 días hábiles, desde la notificación, para efectuar sus descargos, de los que conocerá la Contraparte Técnica, siendo, finalmente, el Alcalde quien decidirá si procede la aplicación de la multa, en cuyo caso determinará su monto.
La Municipalidad de Coltauco tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la emisión de un vale vista, cheque a nombre de la Municipalidad de Coltauco.
16.4 Termino Anticipado del Contrato:
La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:
a) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada.
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Municipalidad de Coltauco un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
d) Cuando de común acuerdo, la Municipalidad de Coltauco y de respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
16.5 De las multas:
Se entenderá por incumplimiento de Contrato de suministros, si el adjudicatario no hace efectiva la entrega de lo requerido por esta licitación de acuerdo a lo estipulado en su oferta, salvo razones de fuerza mayor debidamente justificadas y previa evaluación de parte de la I. Municipalidad de Coltauco.
16.6 De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión será realizada por la Encargada de Asistencia Social o quien subrogue, quien velará por el fiel cumplimiento del Contrato, coordinando para ello, los mecanismos de control respecto de la solicitud y entrega de las tarjetas, salvo que en las Bases administrativas y técnicas indiquen otra situación.
16.7 Vigencia o duración del contrato:
Sera a partir de la fecha de suscripción del contrato de suministro y tendrá una vigencia hasta diciembre 2022, pudiendo ser renovado por dos meses, mientras se realice el proceso de una nueva licitación.
16.8 Modificaciones al contrato:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, lo que, para todos los efectos legales, formarán parte integra de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste.
17. OTRAS CONSIDERACIONES:
17.1 De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
17.2 De la Subcontratación:
Se prohíbe absolutamente a los contratantes ceder o traspasar, parcial o totalmente, a cualquier título, el o los contratos suscritos con la Municipalidad de Coltauco o los derechos y obligaciones que asuman en virtud de la presente propuesta pública o en virtud del o los contratos suscritos. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
17.3 Resolución de Empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Ubicación de centro distribución”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Porcentaje de Descuento por compra”, si aun así persiste el empate esto se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje el criterio “Cumplimiento de los Requisitos”.
17.4 Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado al funcionario que evaluó las ofertas y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 48 horas hábiles.
17.5 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario N°2 Experiencia del Oferente” y Formulario N°3 “Especificaciones de la oferta, beneficios entregados”, será marginado del proceso licitatorio. En caso de haber omitido el Formulario N°1 Individualización del Oferente y/o Declaración Jurada Simple, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, descontándose puntaje en Criterios de Evaluación “Cumplimiento de Requisitos”.
17.6 De las consultas (foro inverso):
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso del Formulario N°2 Experiencia del Oferente” y Formulario N°3 “Especificaciones de la oferta, beneficios entregados”, será marginado del proceso licitatorio. En caso de haber omitido el Formulario N°1 Individualización del Oferente y/o Declaración Jurada Simple, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, descontándose puntaje en Criterios de Evaluación “Cumplimiento de Requisitos”.
17.7 De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “ubicación del Centro de Distribución”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio “Porcentaje de Descuento por compra”, si aun así persiste el empate esto se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje el criterio “Cumplimiento de Requisitos”.
17.8 Del puntaje mínimo para adjudicar:
Se sumaran todos los ponderados, lo que dará un puntaje total y que permitirá determinar cuál de las ofertas pasará a formar parte de la terna. Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 60 puntos.
17.9 De los antecedentes omitidos:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de algunos de los formularios solicitados en las presentes bases, se otorgará un plazo de 48 horas hábiles, para subsanar dicha omisión, sin embargo, si transcurrido el plazo antes citado no corrige o no ingresa los anexos, será marginado del proceso licitatorio, por tratarse de los antecedentes a evaluar.
17.10 De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
17.11 De presentarse solo una oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 19.886.
La Municipalidad declarara inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases.
17.12 Documentos extras:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por el Funcionario Evaluador o la Comisión Evaluadora y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
17.14. Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
17.15 Vigencia de las ofertas:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días corridos.
17.16 Domicilio, Jurisdicción y Arbitraje:
Para todos los efectos producto de la presente Licitación Pública, a que se refieren estas bases, así como de los que deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la comuna de Coltauco y prorrogan la competencia antes los Tribunales de Justicia correspondientes.
18. DEL CONTACTO ENTRE EL MUNICIPIO Y LOS PROVEEDORES:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo Nº27 del Reglamento de Compras, sólo se podrá tener contacto con los Oferentes, durante las visitas a terreno y el foro de consultas. Queda prohibido cualquier otro tipo de contacto como por ejemplo: usar el correo consultasmercadopublico@coltauco.cl, que es sólo para aclarar los resultados posteriores a la adjudicación, ni los correos que aparecen en el formulario de adquisición, ni otros correos, fax, mensajes de textos o llamados telefónicos, mientras dure el proceso de publicación, evaluación y adjudicación. De lo contrario, será informado a la Dirección de Compras y quedará registrado en el Informe Razonado.
19. DE LOS FORMULARIOS:
- Formulario Nº 1 “Individualización del Oferente”.
- Formulario Nº 2 “Experiencia del Oferente”.
- Formulario Nº 3 “Especificaciones de la oferta, beneficios entregados”.
- Declaración Jurada Simple.
DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO.
Municipalidad de Coltauco.
COC/pmr.
FORMULARIO Nº 1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
PROPONENTE
R.U.T
DOMICILIO
FONO
FAX
E-MAIL
REPRESENTANTE LEGAL
CEDULA DE IDENTIDAD
(Representante legal)
Coltauco, _________de_____________del 2022
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl , toda vez que de existir diferencias entre los datos de identificación implicará que su oferta sea rechazada durante el proceso.
Este formulario deberá incluirse en el portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
FORMULARIO Nº2
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
OFERENTE
R.U.T.
DOMICILIO
FONO
FAX
E-MAIL
Nº Organismo Público OC Fecha Total Meses
Coltauco, _________de_____________del 2022
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos técnicos, según Bases Administrativas y técnicas.
FORMULARIO Nº3
ESPECIFICACIONES DE LA OFERTA, BENEFICIOS ENTREGADOS
OFERENTE
R.U.T.
DOMICILIO
FONO
FAX
E-MAIL
DIRECCION DE LOCAL DISTRIBUCIÓN __________________________________________
PORCENTAJE DE DESCUENTO POR COMPRA_____________________________________
Coltauco, _________de_____________del 2022
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos técnicos, según Bases Administrativas y técnicas.
DECLARACION JURADA SIMPLE
(Personas naturales).
El firmante, en su calidad de proveedor, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , declara bajo juramento que:
1.- No es funcionario directivo de ningún órgano de la Administración del Estado, así como de ninguna empresa o corporación del Estado o en que éste tenga participación;
2.- No está unido a uno o más funcionarios Directivos, Concejales y/o Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Coltauco, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y
3.- No es gerente, administrador, representante o director de alguna de las siguientes sociedades:
- Una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de alguna de las entidades indicadas en el punto N°1 precedente, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, formen parte;
- Una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas;
- Una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
4.- No posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años.
La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
,
__________________________
NOTA:
Todos los datos solicitados entre deben ser completados por el proveedor.
DECLARACION JURADA SIMPLE
(Persona Jurídica)
El firmante, en su calidad de representante legal del proveedor, , cédula de identidad N° con domicilio en , , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declara bajo juramento que:
- Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de algún órgano de la Administración del Estado o de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco (directivos, Concejales y/o Alcalde de la Municipalidad de Coltauco) descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte;
- Su representada no es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas indicadas en el N° 1 anterior sean accionistas; y
- Su representada no es una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en el N° 1 precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.
- No posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador en los últimos 2 años.
La información contenida en la presente declaración se encontrará permanentemente actualizada.
,
__________________________
NOTAS:
- Todos los datos solicitados entre deben ser completados por el proveedor,
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