1.-
a) Identificación completa del oferente y su representante(s) legal(es) cuando corresponda, Formato Anexo Nº1, incluyendo cada uno de los socios y/o accionistas principales de la empresa que actuarán en la presente licitación, con sus domicilios y los números de RUT.
En caso de que el proponente sea Persona Natural, se adjuntará:
- Copia de cédula de identidad (vigente). En caso de ser extranjero, deberá presentar copia legalizada de documento legal que acredite su identidad (Pasaporte).
- Formulario tramitado de iniciación de actividades del SII, o Certificado de Iniciación de Actividades emitido por SII; en su defecto, imagen de la carpeta tributaria extraída de la página web del SII.
En caso de que el proponente sea Persona Jurídica, se adjuntará:
- Copia del Rut de la empresa.
- Copia de cédula de identidad (vigente) del representante legal. En caso de ser extranjero, deberá presentar copia legalizada de documento legal que acredite su identidad (Pasaporte).
- Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, emitido por el Conservador de Comercio correspondiente. Dicho certificado deberá tener una antigüedad no superior a sesenta días contados desde la fecha de cierre de la licitación. Los documentos relativos a la constitución de la sociedad de que se trata, sus modificaciones etc. que sean necesarios, serán requeridos una vez adjudicada la propuesta, para la firma del contrato.
En caso de ser empresa constituida a través de “Empresa en un día”, se acepta Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Certificado de Poder vigente del representante legal, emitido por el Conservador de Comercio correspondiente, cuya antigüedad no podrá ser superior a sesenta días contados desde la fecha de cierre de la licitación.
En caso de ser empresa constituida a través de “Empresa en un día”, se acepta Certificado y Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) de los procedimientos concursales y Registro de Quiebras, con antigüedad no mayor a 30 días. En caso de una UTP este documento deberá presentarse por cada integrante.
En el caso de ser persona jurídica extranjera, ésta deberá presentar la documentación legal referente a su constitución, vigencia, representante legal, e identificación de éste último, a través de documentos legalizados según lo dispuesto en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, es decir, debidamente legalizados por atestado diplomático o consular del país del que se trate. En caso de venir en otro idioma deberá adjuntarse su correspondiente traducción. A estos documentos, se deberá acompañar un informe jurídico emitido por abogados chilenos, que acredite los requisitos de constitución de las sociedades en el país de que se trate, emitiendo su pronunciamiento conforme, sobre la legalidad de la constitución, su vigencia y sobre las facultades del representante legal. Las empresas o personas naturales extranjeras, además de los requisitos señalados en las presentes Bases, deberán designar un representante legal y domicilio en Chile.
En caso de ser Unión Temporal de Proveedores, se deberá regir por la siguiente disposición reglamentaria:
“Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Compras Públicas.”
Lo anterior, en cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas (Decreto 250) y la Directiva de Contratación Pública N°22 “Orientaciones sobre la participación de las Uniones Temporales de Proveedores en los procesos de compra”.
b) Declaración jurada simple, Formato Anexo Nº2, en que el oferente declare estar en conocimiento de las características generales del terreno en que se ejecutará la obra, de su situación legal, de las vías de acceso y de los centros de provisión de material, de los antecedentes que forman parte de la propuesta y que acepta ésta en todas sus partes, así como la facultad privativa de la Unidad Técnica de adjudicar o no la obra y demás declaraciones que en él se indican.
c) Declaración Jurada Simple de Conflicto de Intereses, Formato Anexo N°3, en el que el oferente declara que los directores y ejecutivos de este no se encuentran relacionados con algún director o funcionarios municipales.
d) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30), emitido por la Dirección del Trabajo, que acredite no registrar deudas previsionales o denuncias al respecto, y se encuentre vigente a la fecha de cierre de la licitación. En el caso de que el certificado tenga anotaciones pendientes, y el oferente haya subsanado tales anotaciones, pero ello no se viere reflejado aún por la falta de actualización del documento, podrá el oferente acompañar la evidencia de tal subsanación siempre que los documentos tengan fecha anterior al cierre de la licitación.
e) Garantía de Seriedad de la Oferta, extendida a la orden de la Unidad Técnica, por el monto, condiciones y plazo definido en las Bases Administrativas Especiales. Se debe adjuntar en formato digital al sistema de compras públicas, junto con copia del respectivo comprobante de envío al departamento SECPLAN de la Municipalidad de Puchuncaví.
f) Modelo de Prevención de Delitos, no excluyente. Obligatoriedad de programas de integridad y compliance por parte de los proveedores.
Para tales efectos, se entenderá que un Modelo de prevención de delitos efectivamente implementado por la persona jurídica es adecuado para los efectos de eximirla de responsabilidad penal cuando, en la medida exigible a su objeto social, giro, tamaño, complejidad, recursos y a las actividades que desarrolle, considere seria y razonablemente los siguientes aspectos:
1. Identificación de las actividades o procesos de la persona jurídica que impliquen riesgo de conducta delictiva.
2. Establecimiento de protocolos y procedimientos para prevenir y detectar conductas delictivas en el contexto de las actividades a que se refiere el número anterior, los que deben considerar necesariamente canales seguros de denuncia y sanciones internas para el caso de incumplimiento.
3. Asignación de uno o más sujetos responsables de la aplicación de dichos protocolos, con la adecuada independencia, dotados de facultades efectivas de dirección y supervisión y acceso directo a la administración de la persona jurídica para informarla oportunamente de las medidas y planes implementados en el cumplimiento de su cometido, para rendir cuenta de su gestión y requerir la adopción de medidas necesarias para su cometido que pudieran ir más allá de su competencia. La persona jurídica deberá proveer al o a los responsables de los recursos y medios materiales e inmateriales necesarios para realizar adecuadamente sus labores, en consideración al tamaño y capacidad económica de la persona jurídica.
4. Previsión de evaluaciones periódicas por terceros independientes y mecanismos de perfeccionamiento o actualización a partir de tales evaluaciones.".
Atendida las modificaciones introducidas por la Ley 21.595 de Delitos Económicos a la Ley N°20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el criterio de evaluación “Modelo de prevención de delitos” incorporado a las bases de licitación podrá ser acreditados por cualquier medio que contenga los elementos mencionados que describe un modelo de prevención de delitos.
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