Licitación ID: 4034-2-LE23
MATERIAL DE LIBRERÍA PARA ESCUELA G-829
Responsable de esta licitación: Ilustre Municipalidad de Cañete - Educación, Daem
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Cod: 44122011
MATERIAL DE LIBRERÍA PARA ESCUELA G-829  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MATERIAL DE LIBRERÍA PARA ESCUELA G-829
Estado:
Adjudicada
Descripción:
AYUDAR A LA ENSEÑANZA DE LOS ALUMNOS DEL ESTABLECIMIENTO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Ilustre Municipalidad de Cañete - Educación
Unidad de compra:
Daem
R.U.T.:
69.160.501-9
Dirección:
ARTURO PRTA N°220 CAÑETE
Comuna:
Cañete
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-01-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 09-01-2023 15:50:38
Fecha inicio de preguntas: 10-01-2023 10:00:00
Fecha final de preguntas: 11-01-2023 10:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-01-2023 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-01-2023 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-01-2023 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 25-01-2023 9:15:39
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- DECLARACIÓN JURADA
Documentos Técnicos
1.- OFERTA TÉCNICA
 
Documentos Económicos
1.- OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos SEGÚN PUNTO 11.2.5 DE LAS BASES DE LICITACIÓN 5%
2 Plazo de Entrega SEGÚN PUNTO 11.2.2 DE LAS BASES DE LICITACIÓN 30%
3 Precio X= [(Precio mínimo ofertado *100) /Precio Oferta] x 0.20 20%
4 Especificaciones Técnicas SEGÚN PUNTO 11.2.3 DE LAS BASES DE LICITACIÓN 15%
5 Totalidad del Requerimiento SEGÚN PUNTO 11.2.4 DE LAS BASES DE LICITACIÓN 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FONDOS D170
Contrato con Renovación: NO
Observaciones MONTO CON IVA INCLUIDO
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: IRENE CHÁVEZ PROVOSTE
e-mail de responsable de pago: irene.chavez@daemcanete.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcia Campos
e-mail de responsable de contrato: tressauces@gmail.com
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2758615-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Este proceso administrativo permitirá la readjudicación en el caso que el oferente adjudicado se encuentre inhabilitado para ser contratado o que el oferente se desista de su oferta. El DAEM podrá readjudicar al oferente que según el acta final de evaluación hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final y así sucesivamente, sólo si dicha oferta es conveniente a los intereses del municipio, o bien lo declarará desierto, según corresponda.
Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Totalidad del Requerimiento, Plazo de Entrega, Especificaciones Técnicas, Precio, y Requisitos Formales, en ese orden.

De persistir el empate, será el DAEM en su calidad de mandante, quien determinará la oferta más conveniente a sus intereses.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso de requerir información respecto a la adjudicación, el proveedor podrá hacer sus consultas vía correo electrónico dirigido a la Encargado de Unidad de Adquisiciones del DAEM, en un plazo máximo de 48 horas una vez notificada la adjudicación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el DAEM podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (en estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta).

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 24 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento de 24 horas según artículo 6 del Reglamento de Compras Públicas, para responder a lo solicitado por el Departamento o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El DAEM no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

Multas
Si el proveedor no diere cumplimiento por cualquier causa a las obligaciones contraídas en el contrato respectivo, el DAEM podrá aplicar por el o los atrasos asociados a la entrega de los productos, de conformidad con las presentes bases. Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil que transcurra desde el día siguiente al respectivo incumplimiento y se calcularán como un 1% del valor neto de los productos con atraso, con un tope de 10 días hábiles. Las multas por atraso en la entrega de cada producto se aplicarán de acuerdo a la siguiente fórmula: Monto de la multa de cada producto = días hábiles de atraso en la entrega * valor neto del producto con atraso * 0,01. Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato; superado ese límite, se configurará una causal de término anticipado del contrato. Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través del pago de la factura emitida. Cuando las multas se fijen en una unidad financiera distinta, el monto en moneda nacional será determinado al momento de dictar la resolución que aplica la multa. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. *Es importante señalar que se actuará bajo criterio y se flexibilizará la aplicación de multas por retraso en la entrega del producto o servicio cuando el proveedor argumente situaciones ajenas a su logística y voluntad las cuales tengan directa relación con la actual situación de estado de excepción constitucional producto de la emergencia sanitaria "
Término Anticipado del Contrato
El DAEM de Cañete pondrá término anticipado al contrato bajo Resolución Fundada, en el caso que acaeciera alguna de las siguientes circunstancias: -Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. -Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, lo que genera a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. -Si el oferente no da cumplimiento a lo establecido en las bases de licitación o el contrato. -Revocación o disolución de la personalidad jurídica, en caso que él o los adjudicatarios sean personas jurídicas. -Acumulación de multas que sobrepase el 20% del valor neto del contrato. -Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las exigencias sean suficientes para garantizar el incumplimiento del contrato. -No entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto “naturaleza y montos de garantía” de las presentes bases. -Registrar a contar de los 6 meses de vigencia del convenio, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años. -Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el adjudicatario.