Para contratar, el proveedor deberá presentar a la Ilustre Municipalidad de Laguna Blanca los siguientes documentos:
- Fotocopia de la cedula de identidad del representante legal. (Salvo que esté disponible en el registro de Chile proveedores).
- Declaración jurada No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). Aplicable solo para persona jurídica.
Previo a la emisión de la orden de compra, la municipalidad exigirá al oferente adjudicado la acreditación en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl Por su parte, el proveedor adjudicado no inscrito en el reseñado registro, deberá acreditar, de ser ello pertinente:
a) la vigencia de la sociedad por medio de certificado de vigencia emitido por el Conservador de Bienes Raíces de data no superior a tres meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el contrato; y
b) acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia emitido por el Conservador de Bienes Raíces de data no superior a tres meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el contrato.
En caso de no cumplir con estos requisitos al momento de la suscripción del contrato, el municipio se encontrará habilitado para adjudicar esta licitación al segundo mejor oferente, el que deberá acreditar dentro del plazo de _5_ días hábiles desde notificado de la adjudicación el cumplimiento del requisito antes señalado.
En todo caso, el municipio podrá declarar desierta la licitación, cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses.