La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
En este sentido, la Municipalidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Lo anterior en conformidad a lo indicado en el Artículo 40 del Reglamento de la ley de Compras Públicas.
El plazo otorgado para la corrección de estas omisiones será de 48 horas contadas desde el requerimiento del Municipio, el cual se informará a través del Portal www.mercadopublico.cl al resto de los oferentes. La situación antes descrita será considerada para efectos de evaluación conforme el criterio "Cumplimiento de requisitos formales”.
Si no presentase el documento faltante en la forma establecida en el párrafo precedente, su oferta quedará fuera de bases por no cumplimiento en la presentación de las ofertas.