MINISTERIO DE SALUD
SERVICIO DE SALUD CONCEPCIÓN
HOSPITAL GUILLERMO GRANT B.
C.R. OPERACIONES
DEPARTAMENTO DE EQUIPOS MEDICO
E INGENIERIA HOSPIATALARIA
RPV/CWA/lsr
ESPECIFICACIONES TECNICAS.
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y REPARATIVO MAQUINAS DE ANESTESIA DRAGER CON REPUESTOS (FULL) DEL HOSPITAL CLINICO REGIONAL “GUILLERMO GRANT BENAVENTE” DE CONCEPCION
1.- GENERALIDADES
Las Especificaciones Técnicas dan cuenta de las condiciones y características, necesarias para contratar un servicio de mantenimiento preventivo y reparativo de Maquinas de Anestesia, según anexo Nº 1 (con su totalidad de componente), ubicados en el Hospital Clínico Regional “Guillermo Grant Benavente” de Concepción y servicios o unidades de su dependencia que se encuentren fuera del edificio.
El Servicio de Mantenimiento Preventivo consistirá en realizar chequeos técnicos de todas sus piezas y partes, controles de servicio y funcionamiento, pruebas de rendimiento, actualizaciones de programas, todo conforme a pautas del servicio preventivo exigidas por fabrica. Especificar en oferta protocolo de mantenimiento y debe contener como mínimo Lista de Chequeo Anexo N° 3.
La empresa adjudicada, en el primer mantenimiento que realice, deberá entregar un informe detallado del estado de los equipos en convenio.
El Servicio Técnico debe disponer de equipos patrones (Analizador de corriente de fuga, Analizador de flujo de gas, etc), con certificación anual de fábrica vigente. Documento que deberá ser incluido en los anexos técnicos de la licitación (REQUISITO EXCLUYENTE). Registrar en Anexo Nº 7.-
El HOSPITAL dará todas las facilidades del caso para que el SERVICIO TECNICO, pueda realizar los trabajos de mantenimiento, reparación y/o controles, en lo que dice relación con los accesos a dependencias, seguridad e iluminación de las instalaciones y equipos.
2.- DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES
2.1.- Los postulantes al convenio de mantenimiento preventivo y reparativo de Máquinas de Anestesia deberán presentar un listado del personal que desempeñará su labor en el Hospital (técnico asignado permanentemente en la zona), Anexo Nº 6, el cual debe estar debidamente acreditado con certificado de fábrica de la marca que lo habilita para realizar el servicio de mantenimiento preventivo y reparativo de los equipos según anexo n° 1 (REQUISITO EXCLUYENTE).
2.2.- El adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de nuevos
funcionarios, en caso de reemplazar los ya existentes. Se requerirá que el nuevo
funcionario cumpla con los mismos requisitos de capacidad comprometidos en la
propuesta, lo cual será informado al Hospital previo a iniciar su trabajo, reservándose el
Hospital, la facultad de rechazar o aceptar al mismo.
2.3.- Se prohíbe ejecutar trabajo contratado con personal o funcionarios del Hospital,
independiente que esto se realice fuera de las horas de trabajo normal.
2.4.- Los técnicos de la empresa adjudicada mientras presten servicio en el establecimiento
deberán portar identificación que contenga los nombres, apellidos, fotografía reciente,
razón social y logo de la empresa.
3.- TRABAJOS A REALIZAR
3.1.- SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO: Se realizarán DOS mantenimientos anuales en días y horas hábiles por 2 años. Los Mantenimientos se ejecutarán dentro de cada periodo, de acuerdo con el Supervisor de los Trabajos con asiento en el Centro de Responsabilidad (CR) de operaciones del Hospital. En caso de cambio de fecha programada, ésta deberá ser comunicada con a lo menos 48 horas de anticipación y además se deberá emitir justificación con certificado por jefe de Servicio Técnico de la empresa adjudicada individualizando los equipos reprogramados.
EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, se solicitará según necesidad.
EL PERSONAL DEL SERVICIO TECNICO que realiza los mantenimientos deberá cumplir el protocolo de visita para mantenimiento de servicios técnicos externos al HGGB, según Anexo N° 2.
El servicio técnico debe entregar una hoja con el registro del servicio prestado, que debe cumplir las características que detallará, en Anexo N°4 a lo menos.
Los equipos deben ser retirados de las unidades o servicios con todas sus piezas y partes, y devueltos al lugar de origen con la hoja de servicio y demostrar a quien lo recibe el funcionamiento correctamente operativo del equipo.
El servicio técnico debe realizar el mantenimiento preventivo del total de los equipos contratados correspondiente a cada periodo. Entregará las originales de las hojas de servicio al supervisor del convenio a medida que se realicen los mantenimientos (esta hojas de servicio deben ser entregadas firmada por personal clínico a más tardar al día siguiente de realizada la actividad de Mantenimiento, este requisito es obligatorio para el pago de las facturas) ; también entregará las hojas de servicio de los equipos que por motivos de fuerza mayor no se pudo realizar mantenimiento, estas hojas de servicio deben ser validadas por el responsable del Servicio Clínico. Esta situación obliga a re agendar el mantenimiento preventivo en un plazo menor a 30 días.
El servicio técnico deberá entregar resumen con los repuestos que es necesario reponer, según prioridad.
Durante la estadía del servicio técnico en el establecimiento, debe informar oportunamente los hechos relevantes, como equipos fuera de servicio y/o envíos a laboratorio de la empresa; en este último caso, si el técnico no retira el equipo, debe desmontarlo para ser enviado.
El equipo devuelto en el Hospital, debe ser armado y entregado por el servicio técnico.
3.2.- Los trabajos cubiertos por el Convenio incluirán los costos de mano de obra, limpieza, ajuste, calibraciones, lubricación y diagnóstico de posibles fallas, e insumos básicos, como lubricantes, filtros y otros. No habrá costos adicionales para el Hospital por estos conceptos.
4.- DE LOS REPUESTOS
4.1.- Convenio que incluye todos los repuestos originales necesarios para dejar operativo las Máquinas de Anestesia y todos sus componentes (convenio Full).
4.2.- Si por algún motivo no se pudiera reparar la Máquina de Anestesia (incluido todos sus componentes y accesorios) en un plazo máximo de 5 días, se deberá entregar equipo en reposición (back up) de las mismas características del equipo con falla. (excluyente)
4.3.- La empresa adjudicada deberá mantener en plaza stock suficiente de repuestos para hacer frente eventos correctivos que surjan.
5.- ACCIONES DE MANTENIMIENTO
5.1.- Toda la información que genere el mantenimiento de máquinas de anestesia, deberá ser entregada al Supervisor del convenio con asiento en el CR de operaciones, la cual será utilizada en el llenado de Hoja de Vida del o los equipos en convenio Anexo N° 4. Esta documentación será el respaldo para el pago de facturas por mantenimiento efectivamente realizado.
Los informes que mencionen algún motivo por el cual no se realizó el mantenimiento preventivo, no se considerarán para pago hasta que efectivamente se realice dicho mantenimiento.
La empresa adjudicada para el convenio deberá entregar el informe técnico al final de la jornada de trabajo o al día siguiente del mantenimiento, si por alguna razón no se cumple lo anterior deberá solicitar autorización al Supervisor del Convenio.
Se incluirá en la factura para pago cuando se realice la inspección de la máquina de anestesia y se recomiende la baja por motivos concluyentes.
En futuro cercano se implementará Plataforma Digital de Gestión de Equipos médico, en la cual se le entregará un link que otorgará acceso la empresa adjudicada para que puedan subir la documentación requerida por el HGGB.
Se deberá incluir capacitación a profesional clínico y personal de Departamento de Equipos Médico.
5.2.- En cada mantenimiento el contratista deberá colocar en c/u de los equipos un adhesivo que registre: nombre de la empresa, Nº de serie del equipo, Nº de inventario y fecha de mantenimiento, deberá ser actualizado según cada mantenimiento.
6.- MODIFICACIONES
6.1.- Se podrán retirar o incorporar equipos al convenio, lo que deberá disminuir o aumentar según el caso, el valor del convenio, de acuerdo a los precios por equipos ya cotizados. El retiro de equipos dentro del convenio, contemplados en el Anexo 1 (Equipos Médicos), serán notificados por escrito por el supervisor del convenio y eliminados en forma inmediata, no pudiendo ser considerados en las siguientes facturaciones.
6.2.- El o los equipos que estando en convenio de mantenimiento fuesen dados de baja, podrán
ser reemplazados por otro(s) equipo(s) si fuese necesario.
7.- El SERVICIO DE EMERGENCIA
El servicio técnico deberá prestar un Servicio Especial de Emergencia (tiempo de respuesta), durante todo el periodo que dure el convenio, comprometiéndose el SERVICIO TECNICO a estar presente en el Establecimiento dentro de los plazos, como máximo el tiempo será 12 horas.
El servicio de emergencia se podrá solicitar tanto en días hábiles como también en días feriados.
Esta emergencia será solicitada vía telefónica o correo institucional.
8.- OTROS ELEMENTOS
8.1.- Cuando alguno de los equipos en convenio o parte de éste, requiera ser trasladado fuera del Hospital, la decisión del traslado, será tomada en conjunto con el Coordinador y el jefe de Equipos Médico del Hospital.
8.2.- Todos los repuestos que sean cambiados, serán entregados al Supervisor del Hospital, con el fin de verificar y controlar los trabajos efectivamente ejecutados por parte del contratista.
8.3.- El pago por el servicio de mantenimiento comprende todos los gastos directos e indirectos derivados de la prestación del servicio tales como remuneraciones, movilización, alojamiento, viáticos, gastos de fletes, de los instrumentos, herramientas y otros elementos que deba proporcionar éste, costo de mano de obra e insumos y seconsiderarán incorporado en el presupuesto del convenio.
8.4.- La vigencia del convenio se considerará a partir de la Resolución que aprueba el contrato.
8.5.- El proveedor con sólo presentar su oferta, declara en el Anexo 5, el estudio de todos los documentos de la licitación, aceptando las condiciones de la misma.
8.6.- Podrá acordarse entre las partes la extensión del contrato por plazo no superior a 6
meses en caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada y/o cuando producto de
las circunstancias no previstas en el nuevo proceso licitatorio, no sea posible contar
oportunamente con un nuevo contrato y siempre que dicha extensión no supere las 1000 UTM.
8.7.- En caso de extenderse el contrato, la boleta de garantía por fiel cumplimiento de Contrato deberá canjearse por otra de un valor similar a la que se reemplaza bajo los mismos requisitos de forma y plazo. De no hacerlo, facultará al Hospital para ejecutar dicha boleta de garantía.
9.- MULTA
9.1.- Se cobrará una multa de 1 UF por incumplimiento en tiempo de respuesta por visita correctiva solicitada. Lo anterior se aplicará a partir del tercer hábil día desde emitido el correo solicitando la visita por reparación, hasta completar un máximo de veinte días hábiles, ante lo cual el HGGB deberá gestionar el término anticipado de Contrato.
9.2.- Si por alguna razón no se realiza el mantenimiento preventivo debido a motivos ajenos a responsabilidad del HGGB, al finalizar los semestres (junio, diciembre), se cobrará una multa de 10 UF, por cada día en que el o los equipos se encuentren con mantenimientos pendientes.
9.3.- Se procederá a aplicar multa cuando la Máquina de anestesia se encuentre inoperativa a partir de veinte días y se cobrará 1 UF diaria. Hasta completar un máximo de treinta días hábiles y concluida esta situación, se deberá gestionar el término anticipado de Contrato.
9.4.- Si las hojas de servicio de los Mantenimientos preventivo no han sido entregadas en el plazo de 5 días hábiles desde realizada la actividad, se procederá a aplicar una multa de 1 UF mensual por cada equipo.
Sin embargo, la empresa puede emitir por correo una justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o rechazada por parte del Hospital
CONCEPCION, Diciembre de 2022