Licitación ID: 407-68-LP22
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CENTRAL DE AIRE CENTRAL DE VACÍO Y TOMAS DE GASES MEDICINALES TPC
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO, Hospital HGGB Operaciones
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 116
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 24 Mes
Cod: 73152101
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CENTRAL DE AIRE CENTRAL DE VACÍO Y TOMAS DE GASES MEDICINALES TPC, SEGUN EETT ADJUNTAS  

2
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Global
Cod: 73152101
MANTENIMIENTO Y REVISIÓN DE BOMBA DE VACIO , DE ACUERDO A EETT ADJUNTAS. ( OFERTA NO PUEDE SUPERAR LOS $15.000.000 NETO)  

3
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Global
Cod: 73152101
MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE CENTRAL DE GASES MEDICINALES, SEGÚN EETT ADJUNTAS ( OFERTA NO DEBE SUPERAR LOS $20.000.000.- NETO)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CENTRAL DE AIRE CENTRAL DE VACÍO Y TOMAS DE GASES MEDICINALES TPC
Estado:
Revocada
Descripción:
EL HGGB necesita contar con el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de bombas de vacío-compresores de aire – tomas de gases medicinales de la torre del paciente crítico. Por un periodo de 24 meses. Solicitado por Profesional Departamento Desarrollo Industrial, en requerimiento S-COM 28027 de fecha 06.09.2022
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Unidad de compra:
Hospital HGGB Operaciones
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martín 1436 Concepcion
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-10-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-09-2022 7:42:49
Fecha inicio de preguntas: 26-09-2022 17:00:00
Fecha final de preguntas: 30-09-2022 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-10-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-10-2022 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-10-2022 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 19-12-2022 17:42:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO, LUGAR DE ENCUENTRO PATIO LOS TILOS, ENTRADA POR CALLE JANEQUEO 29-09-2022 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1.- Antecedentes legales solicitados en punto 5 de estas bases, si no estuvieran disponibles en sistema de información de compras públicas. 2.- Declaración del oferente que al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta, no hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 3.- Todo lo que se requiere para dar cumplimiento a estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas adjuntas. 4.- Completar y adjuntar todos los formularios solicitados en las presentes bases administrativas. Requisito obligatorio. 5.- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
1.- 1.- En “anexos técnicos” se debe adjuntar los anexos de especificaciones técnicas del servicio ofertado. Se deberá ingresar también en la oferta en el portal Mercado Público todos los antecedentes de respaldo técnico, como certificados y fichas técnicas del servicio ofertado. 2.- Si en oferta no se incluye respaldo técnico, descripción no cumple con lo solicitado, o parcial cumplimiento, oferta no será considerada en evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- 1.- La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Presentación Oportuna de Documentos Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre= 5 puntos. Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 2 puntos. No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud= Oferta inadmisible 5%
2 Precio (Valor mínimo / Valor analizado) X 60 60%
3 Experiencia en el Área solicitada Tiempo experiencia analizado / Tiempo máximo) X 20 El oferente deberá acreditar experiencia en el servicio solicitado, mediante Contratos o Resoluciones (no se aceptara otro tipo de documento), el mayor tiempo ( meses) en la sumatoria de la vigencia de la prestación de sus servicios en el sector público o privado. Cuando se interpongan dos o más Contratos o Resoluciones en una misma línea de tiempo, se considerara sólo un periodo, ya que experiencia en mantención se basa en la periodicidad acumulada. Sin Experiencia o no acredita= 0 puntos 20%
4 sucursal en Concepción Cuenta con sucursal en Concepción: 15 puntos No cuenta con sucursal en Concepción: 0 puntos 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: presupuesto hggb
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LORETO RODRIGUEZ NEIRA
e-mail de responsable de pago: LRODRIGUEZN@SSCONCEPCION.CL
Nombre de responsable de contrato: KAREN FUENTES BECAR
e-mail de responsable de contrato: KAREN.FUENTES@SSCONCEPCION.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2722509-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 29-12-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá entregar una boleta, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por cada oferta presentada, la que podrá ser tomada por uno o varios integrantes o por un tercero, por un monto de $500.000.- en pesos, pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación, en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martin 1436 Concepción, con un plazo de entrega hasta el día y hora de cierre de la licitación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El oferente deberá adjuntar dicho documento en su oferta a través del portal Mercado público y/o enviar documento electrónico a correo opartehggb@ssconcepcion.cl. El Hospital Guillermo Grant Benavente hará efectiva esta garantía en el evento de que el proveedor adjudicado incurra en alguna de las causales para dejar sin efecto la adjudicación, según lo indicado en la cláusula “De la Adjudicación”.
Glosa: Seriedad De La Oferta Licitación ID 407-68-LP22 SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CENTRAL DE AIRE CENTRAL DE VACÍO Y TOMAS DE GASES MEDICINALES TPC
Forma y oportunidad de restitución: A los participantes se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando en sobre cerrado la garantía endosada por el Director. Se establece el mismo plazo para el evento de declararse desierta la licitación o inadmisible las ofertas, contados desde la resolución respectiva. Lo anterior en conformidad de lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 250, Ministerio de Hacienda 2004, Reglamento de la Ley 19.886. Dicho plazo puede ampliarse en caso de re adjudicación en 60 días corridos respecto de la segunda oferta mejor evaluada.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 27-06-2025
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que garantice el pago pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 10% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima que exceda en 90 días al plazo establecido para el término del convenio. El documento de garantía, deberá ser entregado en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Gmo Grant Benavente, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en Otras Cláusulas de las Bases Administrativas de la propuesta. La fecha indicada de vencimiento indicada en el portal es estimativa.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto "Para garantizar el cumplimiento de la propuesta de SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE CENTRAL DE AIRE CENTRAL DE VACÍO Y TOMAS DE GASES MEDICINALES TPC ID 407-68-LP22
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de esta garantía será una vez terminada la fecha vigencia, será endosada por Contabilidad y devuelta a la dirección del proveedor. Fecha debe extenderse en 90 días después del término del convenio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
ERRORES EN LAS GARANTIAS
Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del licitante, RUT, Glosa o monto, el Hospital podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error debiendo ajustarse al punto N°26 sobre la presentación de aclaraciones y antecedentes omitidos de las presentes Bases Administrativas.
CAUSALES DE COBRO DE GARANTIAS
a) Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales. El Hospital Regional contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime causados. Además, hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas de las presentes bases administrativas, de la forma que en dicho párrafo se indica. b) Se hace presente que esta Garantía además caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo 11 de la Ley de Compras.
GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional
De la Obligación de Confidencialidad
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley
CLAUSULA DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:Precio

       PRECIO
EXPERIENCIA EN EL ÁREA SOLICITADA
SUCURSAL EN CONCEPCION
PRESNETACIÓN OPORTUNA DE DOCUMENTOS

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el

Portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo indicado en el “comprobante de ingreso de oferta”.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones  contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

7.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Este párrafo es sin perjuicio de las obligaciones que el proveedor tuviese en virtud de la ley de transparencia.

MODALIDAD DE PAGO

La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES.

Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS

La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.

El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato.

Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital.

En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema.

Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.

Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:

         

         

         

         

Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:

1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega

2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.


DEFINICIONES
• Director: Dr. Boris Oportus Ortiz • Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII región. • Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente. • Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento General.
UNIDAD TECNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin 1436, Concepción, Departamento Desarrollo Industrial
DOCUMENTOS DE LICITACION
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Servicio, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
INGRESO DE OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación.
MODIFICACION DE DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital Regional deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación en 10 días corridos desde la toma de razón de la resolución que apruebe la modificación respectiva, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
VALIDEZ DE LA OFERTA
a) La oferta tendrá una vigencia de 90 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta.
b) Si el HGGB no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 90 días corridos. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.
De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
 i. Jefe Abastecimiento General
 ii. Jefe CR operaciones
iii. Jefe Departamento Desarrollo Industrial

Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
DE LA PRECALIFICACION DE LAS OFERTAS
Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
FUNCIONES DE LA COMISION
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
 b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital Regional. f) En el caso de presentarse la situación regulada en el artículo 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue. g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital Regional, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico al departamento. i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente,   podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.

DE LA ADJUDICACION
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Exenta de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El Hospital Regional declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital Regional dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar. Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 5 y 35. Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital Regional podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Regional tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital Regional podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del sistema de informaciones en la plataforma de mercado público, conforme al artículo 33 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 250)

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico de Jefe Unidad de Abastecimiento General mlizama@ssconcepcion.cl y a responsable del proceso de compra Karen Fuentes Bécar al mail karen.fuentes@ssconcepcion.cl

AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.

Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El Hospital Regional respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común
DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES PROCEDIMIENTO DE COBRO MULTAS Y SANCIONES
El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

1.1. Se deberá asegurar la asistencia técnica en terreno, en un plazo máximo no superior a 1 hora contados desde el momento que se haya notificado la falla. Deberá quedar claramente estipulado en su oferta el tiempo de respuesta ante falla, y habrá multa de 2 UF por cada hora de atraso realizada la solicitud vía correo electrónico o llamado telefónico

1.2. El personal debe portar permanentemente los instrumentos de medición, insumos y herramientas necesarias para efectuar correctamente el servicio, de detectarse la falta de alguno de estos elementos durante la mantención se aplicará una multa de 5 UF por evento.

1.3. Todos los repuestos que se cambien deben ser entregados al mandante, de no realizarse el cambio de algún elemento solicitado o que corresponda por mantenimiento preventivo, se aplicará una multa de 5 UF por evento.

1.4. Una vez finalizadas las actividades de mantenimiento preventivo, correctivo o revisiones, empresa deberá emitir un informe en papel (hoja autocopiativa) dejando un respaldo en servicio clínico y un informe fotográfico, este último será solicitado cuando se realicen cambios de repuestos o mantenimientos que sean considerados críticos para el departamento, la empresa adjudicada tendrá un plazo de 5 días hábiles para el envío de informe en papel o fotográfico, de existir atraso en la entrega de cualquier de estos se aplicará un multa de 5 UF por informe atrasado.

1.5. Los informes que sean entregados en formato físico (papel) deben contar con la firma del usuario (clínico) siempre que corresponda, de ser entregado un informe sin las firmas correspondientes se aplicara una multa de 5 UF por cada informe en esta condición.

1.6. Al inicio del convenio se establecerá la programación de mantenimiento preventivo para cada uno de los sistemas considerados en el presente convenio, empresa adjudicada deberá cumplir esta programación, de no realizarse el mantenimiento o revisión en el mes programado, se aplicará una multa de 10 UF por cada equipo en esta condición (compresores, bombas, tableros eléctricos, etc)

1.7. En el caso del mantenimiento de las tomas, se debe dar cumplimiento a la programación anual, de existir retraso o incumplimientos en la programación se aplicara una multa de 20 UF por cada mes de atraso en la programación. 

1.8. En relación al Overhault solicitado para la central de vacío, este será programado en conjunto con empresa en convenio, y adjudicado será el responsable de realizar todas las coordinaciones y tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la programación, de existir atrasos en la ejecución de esta labor se aplicara una multa de 50 UF por cada mes de retraso, si el atraso es mayor a tres meses, se hará termino anticipado de contrato.

1.9. Al momento de realizar las actividades de mantenimiento preventivo adjudicado será el responsable de realizar retiro y llevar a un lugar autorizado todos los desechos como aceites, filtros u otros, no debiendo dejar elementos de desecho dentro del recinto, el plazo para efectuar retiro será de 48 horas, de existir residuos posterior a esto se aplicara una multa de 5 UF por cada vez que ocurra esta situación.

1.10.           Todas las fallas que impliquen el cambio de repuestos de valor inferior a 10 UTM deben ser a costo de la empresa, por lo cual al momento de detectarla se debe informar al supervisor encargado del convenio, si procede la reparación, adjudicado deberá efectuar la gestión de compra he informar al mandante en un plazo no superior a tres días hábiles, de lo contrario se aplicará una multa de 5 UF por evento.

1.11.           Empresa deberá proveer de equipos de respaldo cuando corresponda, según lo estipulado en el punto 4.12, de existir retraso se gestionará el término anticipado del contrato.

1.12.           Si en el transcurso del convenio, la empresa posee más de 7 multas según lo solicitado en bases, el hospital pondrá fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía.





Si en el transcurso del convenio, la empresa no cumple con lo solicitado en bases, el hospital se reserva el derecho de poner fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía. Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe de Jefe Unidad Abastecimiento General para proceder con el proceso de evaluación de multa. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días corridos contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 50% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento. En toda sanción, el Hospital Guillermo Grant Benavente deberá considerar las siguientes reglas: 1. Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega. 2. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. 3. El Hospital Regional podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital Regional consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. 4. Si no existiere documento de garantía o pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de quince (15) días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital Regional. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. 5. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital Regional para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. 6. Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. Una vez superado el 50% de multas se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose las garantías respectivas en los casos que proceda. 7. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. 8. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor.
PROCEDIMIENTO APLICACION SE SANSIONES
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Del Contrato
1. Una vez adjudicada la propuesta, se elaborará el contrato por Unidad Abastecimiento General, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta. 2. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días corridos más. 3. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. 4. El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la resolución aprobatoria de contrato, acto que permitirá el envío de la orden de compra.
De la orden de compra
Cuando la adjudicación sea superior a 1.000 UTM, el contrato se formalizará con la Resolución que aprueba el contrato entre las partes documento que será publicado en el portal Mercado Publico y permitirá enviar la orden de compra. La orden de compra se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 Horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico.
Vigencia y renovación.
Vigencia: El convenio tendrá una vigencia de 24 meses, una vez publicada la Resolución Exenta que apruebe el contrato en el portal mercado público. Con todo, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción pondrá término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa previa aprobación del Departamento de Desarrollo Industrial, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a las bases administrativas. Renovación: No se contempla renovación.
DEL CONSUMO
El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos, durante los 24  meses que dura el contrato. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta. El HGGB podrá adquirir hasta un 30% más del presupuesto total adjudicado.
DE LA RECEPCION
El servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Servicios de Abastecimiento General  mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Profesional del Departamento de equipos medicos, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.
DE LA RECEPCION
El servicio deberá ser recepcionado conforme por  Bodega de Servicios de Abastecimiento General mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Profesional del Departamento de equipos medicos, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.
DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De las modificaciones: Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento). Del Término Anticipado del Contrato: Por otro lado, el Hospital Regional, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:

 1) Que el valor total de las multas supere el 50% del valor neto de la orden de compra.

 2) Segun los topes establecidos en punto 32. de las presentes bases


 3) Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. 6) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. 7) En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos: a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e. Disolución de la UTP. 8) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 9) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8 detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.


ESPECIFICACIONES TECNICAS



 

HOSPITAL “dr GMO. GRANT BENAVENTE”

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

C.R. OPERACIONES

DPTO. de DESARROLLO industrial

AAB/ANR/rla/acr

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE BOMBAS DE VACÍO-COMPRESORES DE AIRE –TOMAS DE GASES MEDICINALES TPC

 

  1. GENERALIDADES

1.1. Los presentes términos de referencia tienen por objetivo, la contratación de un servicio técnico especializado con duración de 24 meses. Para llevar a cabo la ejecución del mantenimiento preventivo y reparativo de bombas de vacío-compresores de aire – tomas de gases medicinales de la torre del paciente crítico.

 

  1. IDENTIFICACIÓN Y ALCANCES TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO

2.1.  Objetivo general

Contar con un servicio de mantenimiento preventivo, correspondiente a un plan de mantenimiento de 24 meses, que permita asegurar la disponibilidad y confiablidad operacional de redes de distribución, válvulas de corte, manifolds de distribución, tomas sobrepuestas/embutidas, alarmas (remota/zonal), bombas de vacío, bombas de aspiración de gases anestésicos, compresor de aire medicinal, compresor de aire dental, estanques acumuladores, tablero eléctrico y todos los elementos comprometidos en el funcionamiento integral de la central.

2.2. Alcances

2.2.1.  El presente convenio, estará definido por tres líneas en la que los participantes deberán ofertar de forma separada, la empresa que se adjudique la línea n°1, se adjudicará automáticamente la línea n°2 y n°3:

2.2.1.1.     Línea n°1: Convenio de mantenimiento Preventivo y Correctivo. Oferente deberá revisar en detalle cada uno de los puntos solicitados en el presente documento, donde se detallan los alcances del servicio solicitado.

2.2.1.2.     Línea n°2: Trabajos asociadas overhault de bomba de vacío solicitado en punto 3.2.5, estos deberán ser valorizados por oferentes en anexo económico y se pagaran como una cuota aparte. En relación a lo anterior, anexo económico se debe completar de manera obligatoria y es un requerimiento excluyente, el monto máximo que se puede ofertar por estos trabajos es de $15.000.000 neto, de lo contrario oferta será inadmisible. 

2.2.1.3.     Línea n°3: Labores asociadas a la infraestructura de las centrales de gases medicinales solicitados en punto 5, estos deberán ser valorizados por oferentes en anexo económico y se pagaran como una cuota aparte. En relación a lo anterior, anexo económico se debe completar de manera obligatoria y es un requerimiento excluyente. El monto máximo que se puede ofertar por estos trabajos es de $20.000.000 neto, de lo contrario oferta será inadmisible. 

2.2.2.  Ejecutar un plan y calendario de mantenimiento preventivo programado y de diagnóstico conforme a los puntos de trabajo y criticidad de funcionamiento de cada área considerada.

2.2.3.  Las acciones a ejecutar conforme al tipo de toma para cada gas característico, se ejecutará conforme a la programación anual propuesta y disponibilidad del servicio clínico. Lo anterior implica ajustar el programa a las condiciones de uso.

2.2.4.  Considerar todo tipo de asesoramiento, capacitación técnica y especialidad en el área tanto para proyectos de mejoramiento, reacondicionamiento, ajustes, etc., que el mandante o encargado de mantenimiento a cargo del contrato estime conveniente sin costo adicional para el establecimiento.

2.2.5.  Mensualmente la empresa deberá elaborar un reporte del servicio ejecutado, en el cual se identificarán y explicarán claramente cada una de las actividades ejecutadas, registro de lecturas, hora de inicio y término del servicio, técnico que realizó el mantenimiento y cualquier otra información que se estime conveniente incorporar al reporte.

2.2.6.  Revisión del estado de las redes de distribución de gases para cada área critica. Verificar estado de identificación, suportación de redes, pinturas normalizadas, estado de uniones soldadas, estado de distancias de seguridad con respecto a redes eléctricas.

2.2.7.  La empresa oferente deberá considerar todos los certificados de las instalaciones existentes y revisiones ejecutadas conforme a lo estipulado en la norma chilena N°2196 “Gases comprimidos-redes de tuberías para distribución de gases no inflamables de uso médico-requisitos generales para su construcción y funcionamiento” tanta para pruebas de presión, pruebas detectoras de fugas o hermeticidad, pruebas de buen funcionamiento de puestos de toma, identificación de redes.

2.2.8.  Las empresas oferentes deberán considerar en su oferta el mantenimiento full del sistema descrito, incluyendo todos los equipos y elementos existentes en este.

  1. SISTEMAS Y ACTIVIDADES MÍNIMAS A CONSIDERAR EN EL CONVENIO

 

  • TOMAS MURALES DE GASES MEDICINALES.
  • PIPING, INSTRUMENTACIÓN Y ELEMENTOS DE DISTRIBUCIÓN.
  • CAJAS DE VALVULAS Y CENTRALES DE ALARMAS.
  • TABLEROS ELÉCTRICOS ASOCIADOS.
  • BOMBAS DE VACÍO TRIPLEX.
  • COMPRESOR DE AIRE MEDICINAL.
  • COMPRESOR DE AIRE DENTAL.
  • CENTRAL DE ASPIRACIÓN DE GASES ANESTÉSICOS.

3.1. Tomas Murales, Alarmas, Manifold de Gases Medicinales

3.1.1.  La cantidad, ubicación y distribución de los puntos a considerar se encuentran en los documentos adjuntos en la presente licitación (planos, planillas, etc.).

3.1.2.  Para tomas, líneas y elementos de distribución de gases se requiere, al menos, un mantenimiento anual e inspecciones mensuales.

3.1.3.  Actividades Mínimas:

3.1.3.1.     Revisión General.

3.1.3.2.     Inspección de paneles.

3.1.3.3.     Inspección de fijaciones de cajas, válvulas, cañerías y tomas, etc.

3.1.3.4.     Verificación de presiones de trabajo.

3.1.3.5.     Verificar presión de salida de tomas de gases medicinales.

3.1.3.6.     Verificación de alimentación eléctrica de sistemas de alarmas.

3.1.3.7.     Chequeo funcionamiento y hermeticidad de todo el sistema.

3.1.3.8.     Verificación de corte de válvulas según corresponda.

3.1.3.9.     Verificación de estado y medición de manómetros, corroborar con instrumentos calibrados.

3.1.3.10.   Cambio de kit de mantención de puestos de tomas (o’rings, sellos, cuerpos), 1 vez al año o cuando sea necesario.

3.1.3.11.   Cambio Kit regulador Manifold (1 vez al año)

3.1.3.12.   Cambio de kit de válvula de retención cuando corresponda.

3.1.3.13.   Verificación de sensores de caja de alarma y cambio de ser necesario.

3.1.3.14.   Verificación presiones de seteo de alarma de servicios clínicos y efectuar limpieza.

3.1.3.15.   Verificar señales y activación de alarma maestra, efectuar limpieza.

3.1.3.16.   Chequeo y limpieza de cajas de válvulas de corte.

3.1.3.17.   Chequeo válvula de transferencia.

3.1.3.18.   Chequeo de Flexibles.

3.1.3.19.   Limpieza General, Lubricación y Calibraciones.

3.2. Bombas Vacío Triplex

Cantidad

Equipo

Marca/Modelo

1

Bomba de vacío triplex

Amico / V-RVL-T-240-SS-N250-38053-M

3

Motor eléctrico 380 V/50Hz- 25 HP

Busch / RC0630 B4Z61037

3.2.1.  Características técnicas de la central: Bombas de vacío Triplex lubricada por aceite capacidad c/u de 140 SCFM. Total de 280 SCFM. A 19”Hg. De vacío máximo, 3 Motores eléctricos 380volts. 50 Hz 3 fases; potencia total 25 HP marca y modelo Amico /V-RVL-T-240-SS-N-250.

3.2.2.  Un Tablero Eléctrico: interruptores de desconexión, partidores con protección de sobre carga, variadores de frecuencia, alternación automática de las unidades y partidas automáticas de la unidad de reserva en caso de no alcanzar el vacío requerido con la bomba en servicio. Tienen cuenta horas y pilotos, la salida de gases de las bombas se expulsan al exterior del edificio. Todos los componentes de la Central de Vacío están integrados al equipo.

3.2.3.  Un estanque de acumulación 240 Galones de capacidad, con válvula de drenaje, vacuómetros, filtro bacteria

3.2.4.  La prestación de los servicios contratados en convenio, comprenderá como mínimo requisito solicitado todo el mantenimiento Preventivo (MP) cada seis meses y Overhaul (OV) una vez, antes de finalizar el convenio. Por concepto de diagnóstico, inspección rutinaria, intervenciones preventivas serán las siguientes:

Descripción

2 veces al Año

1 vez al final de convenio

1 Vez al año

Todos los meses

Overhaul

X

Cambio de filtros separadores

X

Cambio Filtro Aceite

X

Cambio de Aceite

X

Cambio de filtros bacteriológicos

X

Revisión / Cambio Filtro Succión

X

Control Consumo y Aislación Eléctricos

X

Revisión Fugas Aceite

X

Revisión Fugas de Vacío

X

Aseo Bomba Y Motor

X

Chequeo de funcionamiento

X

Chequeo de estanque acumulador

X

Limpieza general

X

Revisión de contactores

X

Revisión y reapriete sistema eléctrico

X

Revisión /calibración de Vacuostato

X

Revisión de válvulas, retención corte, etc.

X

Chequeo de hermeticidad

X

Revisar nivel de aceite / rellenar

X

Revisión / limpieza / cambio de filtros

X

Revisión / limpieza intercambiador de calor

X

Verificar función de despiches manuales y automático

X

3.2.5.  Con respecto al Overhaul (OV) solicitado, los elementos mínimos a considerar se detallan en la tabla que se encuentra a continuación con el código y nombre del respuesto, las cantidades deben ser corroboradas por empresa y se deben considerar todos los elementos necesarios para dar correcto funcionamiento los equipos, de requerir realizar el retiro de las bombas y traslado al taller para realizar esta actividad, la empresa deberá considerar todos los costos asociado al retiro y traslado como tecles, grúa horquilla u otros, a costo del adjudicado.

Código

Nombre

472000010

Bujes

722516054

Paletas

473507139

Rodamientos

437502718

Guías plato

531000005

Filtro aceite

V532140160

Filtro aire - aceite

990000143

Kit de sellos y oring

537000042

Filtro condensador

916529297

Válvula descarga

534000094

Tela de entrada

512000009

Machón de acople

T-A877560 aspiración

Cartridgue del filtro aspiración

KMM

Rodamientos de motor eléctrico

831163968

Aceite ISO 100, grado alimenticio

T-A877560

Elemento filtrante papel 5 μ, filtro aspiración

Además de los trabajos de mantenimiento, se deben valorizar las labores adicionales asociadas overhault solicitado en este punto, estos deberán ser valorizados por oferentes en anexo económico y se pagaran como una cuota aparte. En relación a lo anterior, anexo económico se debe completar de manera obligatoria y es un requerimiento excluyente, el monto máximo que se puede ofertar por estos trabajos es de $15.000.000 neto, de lo contrario oferta será inadmisible. 

3.3. Compresor de Aire Medicinal

Cantidad

Equipo

Marca/Modelo

1

Compresor Aire Medicinal

Amico / A-SCD-Q-240P-SS-N-150-38053-T

4

Motor eléctrico

WEG/01536ET3ERS254T

3.3.1.  La prestación de los servicios contratados en convenio, comprenderá como mínimo requisito solicitado todo el mantenimiento Preventivo (MP) cada seis meses. Por concepto de diagnóstico, inspección rutinaria, intervenciones preventivas serán las siguientes, las actividades que se deban realizar una vez en el convenio deberán ser coordinadas previamente con mandante:

Descripción

2 Veces al Año (MP)

1 vez por convenio

1 Vez al año

Todos los meses

Engrase de cabezales y motores eléctricos.

X

Cambio de correas

X

Cambio de filtros de aire

X

Engrase de rodamientos

X

Alineación y tensión de correas.

X

Revisión/ limpieza filtros de aire

X

Chequeo alternancia y hermeticidad

X

Limpieza radiador y general

X

Cambio de filtros de línea

X

Revisión y limpieza de filtros frigoríficos y/o adsorción

X

Revisión de válvulas de drenaje

X

Limpieza y calibración general

X

Chequeo y Reapriete Sistema eléctrico y Contactores.

X

Lectura de Horómetro.

X

Limpieza secador y chequeo de funcionamiento.

X

Chequeo de hermeticidad.

X

Inspección visual estado filtros de línea.

X

Ajuste regulador de línea según necesidad.

X

Reapretar tornillos

X

Bobinado del estator y rotor medir la resistencia del aislamiento

X

Caja de conexiones, conexión de puesta a tierra: Limpiar el interior de la caja de conexiones, reapretar todos los tornillos.

X

Inspeccionar la alineación

X

Cambio de filtros de líneas: 2 filtros de partículas y 2 filtros coalescentes

X

Verificar función de despiches manuales y automático

X

3.4. Compresor de Aire Dental

3.4.1.  Corresponde a una central de aire dental marca Swan modelo ADU-415 de 15 HP, con enfriamos mediante filtros frigoríficos.

3.4.2.  La prestación de los servicios contratados en convenio, comprenderá como mínimo requisito solicitado todo el mantenimiento Preventivo (MP) cada seis meses. Por concepto de diagnóstico, inspección rutinaria, intervenciones preventivas serán las siguientes:

Descripción

2 Veces al Año (MP)

1 vez por convenio

1 Vez al año

Todos los meses

Engrase de cabezales y motores eléctricos.

X

Cambio de correas

X

Cambio de filtros de aire

X

Engrase de rodamientos

X

Alineación y tensión de correas.

X

Revisión/ limpieza filtros de aire

X

Chequeo alternancia y hermeticidad

X

Limpieza radiador y general

X

Cambio de filtros de línea

X

Revisión y limpieza de filtros frigoríficos y/o adsorción

X

Revisión de válvulas de drenaje

X

Limpieza y calibración general

X

Chequeo y Reapriete Sistema eléctrico y Contactores.

X

Lectura de Horómetro.

X

Limpieza secador y chequeo de funcionamiento.

X

Chequeo de hermeticidad.

X

Inspección visual estado filtros de línea.

X

Ajuste regulador de línea según necesidad.

X

Reapretar tornillos

X

Bobinado del estator y rotor medir la resistencia del aislamiento

X

Caja de conexiones, conexión de puesta a tierra: Limpiar el interior de la caja de conexiones, reapretar todos los tornillos.

X

Inspeccionar la alineación

X

Cambio de filtros de líneas: 2 filtros de partículas y 2 filtros coalescentes

X

Verificar función de despiches manuales y automático

X

3.5. Central de Aspiración de Gases Anestésicos.

 

Cantidad

Equipo

Marca/Modelo

1

MEDICAL VAC

BEACONMEDAES / 4107104083

2

Motor Eléctrico

BUSCH/ MM 1104 BV

 

3.5.1.  La prestación de los servicios contratados en convenio, comprenderá como mínimo requisito solicitado todo el mantenimiento Preventivo (MP) cada seis meses. Por concepto de diagnóstico, inspección rutinaria, intervenciones preventivas serán las siguientes:

 

Descripción

2 veces al Año

1 vez al final de convenio

1 Vez al año

Todos los meses

Cambio de filtros separadores

X

Cambio Filtro Aceite

X

Cambio de Aceite

X

Cambio de filtros bacteriológicos

X

Revisión / Cambio Filtro Succión

X

Control Consumo y Aislación Eléctricos

X

Revisión Fugas Aceite

X

Revisión Fugas de Vacío

X

Aseo Bomba Y Motor

X

Chequeo de funcionamiento

X

Chequeo de estanque acumulador

X

Limpieza general

X

Revisión de contactores

X

Reapriete sistema eléctrico

X

Revisión /calibración de Vacuostato

X

Revisión de válvulas, retención corte, etc.

X

Chequeo de hermeticidad

X

Revisar nivel de aceite / rellenar

X

Revisión / limpieza / cambio de filtros

X

Revisión / limpieza intercambiador de calor

X

Verificar función de despiches manuales y automático

X

 

 

  1. DEL SERVICIO

 

4.1. La pauta de mantención a aplicar, deberá considerar toda inspección y limpieza de tablero de fuerza directo al equipo. Considerará: reapriete de terminales, revisión estructural y conexionado, estado de consumo y cargas, estado luces pilotos, estado alimentación a cada bomba y compresores, instrumentación, apertura de cierre contactos, pruebas de funcionamiento, etc.

4.2. Se debe considerar el suministro y cambio de componentes eléctricos (automáticos, diferenciales, reles, contactores, cables) en caso de presentar falla y sin costo para el hospital.

4.3. Deberá considerar mantenimiento básico a motores eléctricos de los equipos, pruebas de funcionamiento final. La ejecución del mantenimiento, deberá ser realizado en la primera programación y/o calendarización del servicio adjudicado.

4.4. La mantención preventiva cada 6 meses de funcionamiento, comprenderá todos los repuestos necesarios para realizar esta intervención, sean estos filtro de aceite, aceites, o`ring tapón carga aceite, o‘ring tapón descarga aceite, cambio de correas, cambio de filtros de aire, cambio de correas si corresponde y todo los elementos que se encuentran mencionados en numeral 3 del presente documento.

4.5. La mantención preventiva cada año de funcionamiento, comprenderá el cambio todos los filtros separadores aire aceite requeridos en la central, así como también chequeo de consumo de los motores eléctricos revisión de paletas y chequeo de estanque acumulador.

4.6. Deberá considerar TODOS los insumos básicos necesarios, incluida mano de obra, repuestos, Kit de mantenimiento a utilizar en cada intervención preventiva y overhaul a realizar, conforme a las pautas de mantención aplicadas, las cuales serán a cargo de la empresa adjudicataria.  No habrá costos adicionales para el hospital por estos conceptos.

4.7. El personal técnico y/o profesional que realice el mantenimiento preventivo y diagnóstico del equipamiento, deberá ser altamente calificado y certificado con experiencia comprobable en el área de mantenimiento de sistemas de generación y redes de gases clínicos de acuerdo a los requerimientos exigidos para esta propuesta.

4.8. El servicio programado, será efectuado en horario de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas, salvo las intervenciones mayores consideradas o no programadas.

4.9. Será responsabilidad del contratista, dotar de la respuesta técnica y humana, que la atención de las posibles contingencias exija, para esto deberá contar con un servicio especial de fono de llamado ante emergencias 24/7 y los 365 días del año. Excluyente.

4.10.           Además, deberá asegurar la asistencia técnica en terreno, en un plazo máximo no superior a 1 hora contados desde el momento que se haya notificado la falla. Deberá quedar claramente estipulado en su oferta el tiempo de respuesta ante falla, y habrá multa de 2 UF por cada hora de atraso realizada la solicitud vía correo electrónico o llamado telefónico. Excluyente

4.11.           El convenio debe considerar mantenimiento preventivo y correctivo, asegurando el buen funcionamiento de los equipos. En estos mantenimientos se debe considerar en la oferta todos los repuestos asociados de valor menor a 10 UTM (Filtros, Aceite, Sellos, Contactores, Grasa, Correas, Kits, Etc.). Ahora para aquellas intervenciones mayores que signifiquen la compra de repuestos de alto costo, mayor a 10 UTM, estos serán suministrados por el hospital, pero no obstante la empresa deberá asegurar la mano de obra y asistencia técnica que sea necesaria para normalizar la situación. Este punto es excluyente, por lo cual debe estar claramente estipulado en la oferta económica.

4.12.           Para mantenimientos, trabajos o falla de equipos que signifiquen la interrupción de algún servicio o suministro, la empresa adjudicada debe considerar dentro de su oferta, la provisión, instalación y puesta en marcha de equipos de respaldo para el sistema correspondiente, para no interferir en la entrega del servicio. Este punto será excluyente por lo que debe estar claramente especificado en la propuesta de las empresas.

4.13.           El contratista deberá llevar una hoja de vida (historial) de cada uno de los equipos, en la que se registrarán todas las acciones de mantenimiento tanto preventivo como reparativo. La cual deberá estar diariamente actualizada y disponible para su observación. Es responsabilidad total de la empresa, mantener línea de comunicación segura y directa con los profesionales de la unidad.

4.14.           Los participantes deberán entregar un plan de mantenimiento preventivo incorporando las actividades de programación mensual/anual y frecuencia, según lo descrito anteriormente y lo estipulado por el fabricante, junto con una carta Gantt por el período de duración del convenio, asegurando la continuidad y el correcto funcionamiento de los sistemas.

4.15.           El pago por el servicio de Mantenimiento comprende todos los gastos directos e indirectos derivados de la prestación del servicio tales como remuneraciones, movilización, alojamientos, viáticos, gastos de fletes, instrumentos, herramientas y otros elementos que deba proporcionar éste, costo de mano de obra e insumos y se considerarán incorporados al presupuesto del convenio, no generando cobros extras para el hospital por este tipo de conceptos.

4.16.           Los trabajos cubiertos por el convenio de mantenimiento incluirán los costos de mano de obra e insumos básicos, como lubricantes, elementos de limpieza, ajustes, calibraciones y diagnóstico de posibles fallas. No habrá costos adicionales para el hospital por estos conceptos.

4.17.           El personal técnico de la empresa adjudicada deberá vestir ropa corporativa y disponer de una tarjeta identificativa con datos personales y de la empresa. Esta la deberá presentar en un lugar visible y cada vez que se asista a realizar un trabajo o inspección dentro del hospital.

4.18.           El servicio deberá considerar al inicio del contrato un levantamiento detallado general de las condiciones de funcionamiento actual de las instalaciones, en donde si es que fuese necesario deberán actualizar los planos y emitir un informe técnico en donde se detallaran las condiciones de funcionamiento y puesta a cero de cada uno de los equipos en convenio.

4.19.           En situaciones de urgencia y previa autorización y confirmación escrita del jefe de operaciones, podrá la empresa adquirir o proporcionar los repuestos con el fin de agilizar la reparación del equipo indispensable para el funcionamiento del servicio clínico.

4.20.           Debido a la complejidad de las actividades que se realizan en el complejo hospitalario, la empresa adjudicada deberá considerar en su oferta que algunos trabajos se deberán realizar en horario extraordinario, fines de semana o festivos.

4.21.           Al concluir el mantenimiento preventivo, reparativo o atención de urgencia, se deberá generar un informe, hoja enumerada correlativamente, con check list del servicio ejecutado, que deberá contener una descripción clara y precisa del desarrollo de los trabajos realizados, identificación de pruebas y/o verificaciones de operación, como también, el resultado de las observaciones y lecturas de registro medibles, con referencia a los síntomas térmicos, eléctricos, mecánicos, etc., que experimente el sistema.

4.22.           Informe de servicio deberá contener la fecha en que se realizaron las actividades, hora de inicio y hora de termino, nombre y firma; del técnico que ejecuto el servicio, del encargado de la parte clínica en donde se encuentre el equipo o toma y del mandante. Datos del equipo como; tipo, nombre, modelo, nº de serie, nº de inventario y ubicación. Identificar si el equipo se encuentra operativo o fuera de servicio, los elementos que se cambiaron o que es necesario cambiar con especificaciones técnicas y recomendaciones. Se deberá considerar las condiciones de uso actual las 24[h] de funcionamiento y nivel de criticidad de las instalaciones.

4.23.           Adicional al informe escrito, se deberá enviar informe digital con imágenes de los trabajos realizados, tanto del estado inicial como del resultado final de la mantención o reparación. La empresa adjudicada, deberá contar con todos los medios digitales que le permita realizar y enviar las fichas técnicas con imágenes según lo solicitado, cumpliendo con el formato entregado por el mandate.

4.24.           A fin de proporcionar las debidas condiciones, el Hospital proveerá de los lugares correspondientes para efectuar los trabajos requeridos para las mantenciones y reparaciones de los equipos, como pisos mecánicos y subestaciones, de ser necesario realizar el traslado del equipo fuera del establecimiento, será el contratista quien asumirá el costo de movilización y/o el uso de elementos auxiliares que el traslado exija. 

4.25.           Todas las pruebas y mediciones realizadas deben ser ejecutadas en base a la normativa chile vigente, cumpliendo con todas las medidas de higiene y seguridad.

4.26.           Empresa adjudicada deberá contar con todos los instrumentos y herramientas necesarias para realizar los trabajos y mediciones solicitadas, estos deberán contar con certificados de calibración al día (si corresponde).

4.27.           Cuando corresponda adjudicado deberá realizar cierre sanitario, tomando todos los resguardos para evitar la propagación de polvo en áreas críticas.

4.28.           La empresa oferente, deberá tener presente que trabajará en un recinto hospitalario de funcionamiento activo, tomará todas las medidas necesarias de seguridad para el control de su personal y de manejo de materiales para la realización de cada mantenimiento. No ocupará áreas o pasillos, que afecten el tránsito de personal o usuarios que no sean las indicadas expresamente en la ejecución de los servicios.

4.29.           Será obligación de la empresa, a requerimiento del Área de operaciones, participar en las capacitaciones técnicas de otras empresas proveedoras, cuando el Hospital adquiera nuevo equipamiento, así como asesorar al área de Operaciones, cuando se le solicite en la evaluación de la adquisición de nuevos equipos.

4.30.           Deberá asumir plena responsabilidad técnica por la garantía y confiabilidad de los trabajos del presente convenio, asegurando el buen funcionamiento de las instalaciones.

4.31.           No habrá costo de la mano de obra requerida para la reparación y reemplazo de los repuestos.

4.32.           Cuando alguno de los equipos en convenio o parte de éste, requiera ser trasladado fuera del Hospital, la decisión del traslado será tomada en conjunto con el jefe del CR Operaciones del Hospital, siendo responsabilidad del Contratista realizar las actividades que sean necesarias en virtud de un proceder seguro.

4.33.           Todos los repuestos que sean cambiados serán entregados al Supervisor del Hospital, con el fin de verificar y controlar los trabajos efectivamente ejecutados por parte del contratista, los elementos de deshechos deberá el Contratista retirarlos del Hospital dentro de un plazo máximo de 48 horas.

4.34.           Al comienzo del contrato, empresa deberá pegar en un lugar visible de cada equipo en convenio una etiqueta en donde se deberá ingresar la fecha en que se realizó el último mantenimiento preventivo, identificación del equipo (Nombre del equipo, modelo, nº de serie y nº de inventario), nombre y firma del técnico que lo ejecuto. La etiqueta deberá presentar el nombre y logo (si lo tiene) de la empresa, tendrá que ser renovada cada vez que se amerite, y mantendrá un estándar estético.

4.35.           Empresa adjudicada deberá contar con los instrumentos necesarios para realizar los trabajos y mediciones solicitadas, estos deberán contar con certificados de calibración al día (si corresponde) y deberán ser a lo menos; manómetro, pirómetro, multímetro (tester), megger, alineador laser, medidor de tensión de correas (dinamómetro digital) y todos los elementos que se encuentren detallados en los manuales de los fabricantes de los equipos y que se requieren para efectuar el mantenimiento preventivo o correctivo de estos. Estos deberán ser portados por personal técnico de empresa adjudicada al momento de la mantención.

  1. TRABAJOS ADICIONALES

 

5.1. Además de los trabajos de mantenimiento, se deben considerar labores adicionales asociadas a la infraestructura de las centrales de gases medicinales, estos deberán ser valorizados por oferentes en anexo económico y se pagaran como una cuota aparte. En relación a lo anterior, anexo económico se debe completar de manera obligatoria y es un requerimiento excluyente. El monto máximo que se puede ofertar por estos trabajos es de $20.000.000 neto, de lo contrario oferta será inadmisible. 

5.2. Se debe realizar cambio de techo de central de aire medicinal asociada a edificio monoblock y ubicada en patio exterior acceso Roosevelt. Revisar plano con medidas referenciales en documento adjunto, empresas podrán constatar dimensiones en visita a terreno obligatoria.

 

5.3. Empresa adjudicada deberá realizar el retiro de planchas de zinc existentes y la fabricación de estructura base a perfiles metálicos para dar pendiente el cielo de la central.

5.4. Estructura deberá ser realizada mediante la instalación de perfiles tubulares cuadrados de 50 x 50 mm, de 3 mm de espesor, soldados y deberá ser afianzada a la estructura existente. Las planchas deben ser de zinc en “v” de 0.4 mm de espesor fijadas con tornillos auto perforantes golillas, los cuales deben ser repasados con sello para evitar filtraciones. Estructura debe ser entregada pintada, con pintura anticorrosiva y pintura sintética color blanco.

5.5. Se deberá realizar instalación de drenaje de agua lluvia por el perímetro conectándose a bajadas de agua existentes.

5.6. Empresa deberá sellar todo el contorno de techumbre con el fin de impedir la filtración de agua por los contornos instalando también plancha de zinc y terminaciones adecuadas manteniendo el estándar de la construcción existente, las planchas de los contornos deberán ser pintadas en color azul.

5.7. Se debe realizar canalización de ventilaciones existentes, manteniendo ventilación de compresores de aire medicinal y asegurando que no exista filtración de aguas lluvias.

5.8. Todos lo trabajo ejecutados, deben ser realizados manteniendo el estándar de calidad existentes, con buenas terminaciones y garantizando los trabajos por un periodo mínimo de un año.

5.9. Al finalizar las labores el techo deberá ser probado mojándolo y verificando que no existan filtraciones. 

5.10.           Se permite la subcontratación de especialidades.

5.11.           Empresa deberá presentar toda la documentación de prevención de riesgos indicada en numeral 6 del presente documento.

5.12.           El plazo de ejecución de estos trabajos ser de 10 días corridos, previa coordinación con el mandante, dado que se debe cuidar que no exista probabilidad de lluvia.

5.13.           Adjudicado deberá contar con el personal necesario para dar cumplimiento a los plazos solicitados.

5.14.           Al momento de efectuar los trabajos se debe prevenir en todo momento que los compresores, bombas de vacío o cilindros se mojen o presenten daños.

5.15.           Antes de iniciar los trabajos deberá garantizar contar con todos los elementos necesarios para efectuar las labores.

5.16.           En caso de existir atrasos en la ejecución de los trabajos se aplicará una multa de 5 UF por día.

5.17.           Cualquier daño a los cilindros, compresores u otros o elementos que existan al interior central serán responsabilidad del adjudicado, debiendo tomar todos los resguardos necesarios para evitar daños y debiendo repararlos a su costo en caso de generarse.

5.18.           De requerir realizar el traslado de cilindros o elementos que interfieran en la ejecución de los trabajos, estos serán coordinados por el hospital y ejecutados con apoyo de empresa adjudicada.

5.19.           En caso de detectarse desperfectos durante el periodo de garantía, adjudicado tendrá un plazo de 48 horas para efectuar reparación, de lo contrario se considerará como incumplimiento del contrato y se aplicaran las sanciones administrativas que correspondan.

5.20.           Adicional a lo anterior empresa debe realizar limpieza completa y pintado de paredes de central de 3er piso TPC, además de repasar pintura de las estructura de los equipos y cañerías, manteniendo estándar estético y de calidad.

5.21.           Se debe realizar cambio de chapa de puerta de central TPC que se encuentra dañada.

  1. DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS

 

6.1. La empresa adjudicada antes de comenzar deberá presentar al Departamento de Prevención de Riesgos del HGGB, la siguiente documentación:

6.1.1.  Nómina de Trabajadores.

6.1.2.  Certificado de obligaciones laborales y previsionales F30, F30-1.

6.1.3.  Certificado de exención de cotizaciones.

6.1.4.  Comprobante Pago de Remuneraciones (Firmado).

6.1.5.  Comprobante de Pago de Obligaciones Previsionales.

6.1.6.  Contratos (al inicio del servicio y cuando corresponda firmado por ambas partes).

6.1.7.  Finiquitos (cuando corresponda, firmado ante un ministro de Fe).

6.1.8.  Protocolo de seguridad HGGB (este será entregado a la empresa adjudicada).

6.1.9.  Formulario derecho a saber, art. 21

6.1.10.              Formulario entrega de reglamento interno

6.1.11.              Formulario entrega de elementos de protección personal

6.1.12.              Plan de emergencia y matriz de riesgos asociada.

6.1.13.              Formulario de registro Mutualidad afiliada.

6.1.14.              Protocolo de seguridad HGGB (este será entregado a la empresa adjudicada).

6.1.15.              Documentos detallados en Anexo “documentos empresa contratista”

6.2. De existir alguna duda en relación a contratos de trabajadores, se solicitará presentar documento firmado ante notario.

 

6.3. Empresa deberá contar con una matriz de riesgos asociada a cada uno de los trabajos que realice al interior del establecimiento. Esta será solicitada al adjudicatario, una vez comience el contrato se establecerá un plazo para que sea entregada al mandante.

 

6.4. El personal que transite al interior del establecimiento deberá portar una credencial en donde se identifique su Nombre, Rut, Cargo y nombre de la empresa.

6.5. Personal de la empresa deberá utilizar los respectivos EPP, que ameriten de acuerdo a lo que se requiera ejecutar en cada activad.

6.6. Empresa adjudicada debe cumplir con ley 16.744 y sus decretos anexos.

6.7. Los técnicos de la empresa cada vez que se realice una actividad de mantenimiento ya sea correctivo, preventivo, o la generación de un nuevo circuito. Deberán llenar un documento en donde se identifiquen los riesgos, medidas de mitigación, etc. Tomar como referencia, documentos utilizados en empresas privada tales como ART, ST5, entre otros.

6.8. La empresa oferente, deberá tener presente que trabajará en un recinto hospitalario de funcionamiento activo, tomará todas las medidas necesarias de seguridad para el control de su personal y de manejo de materiales para la realización de cada mantenimiento. No ocupará áreas o pasillos, que afecten el tránsito de personal o usuarios que no sean las indicadas expresamente en la ejecución de los servicios.

6.9. Deberá tomar todas las medidas de prevención de riesgos, higiene y de ambientes de trabajo, necesarias para la protección de pacientes, usuarios o de su propio personal.

 

6.10.           Adjudicado será responsable de las buenas prácticas de mantenimiento y procedimientos efectuados como también del aseo y limpieza de los equipos y las áreas en donde se encuentran. Además, será de su responsabilidad los daños producidos (en el equipo o en el recinto), durante la ejecución de los trabajos de mantenimiento y/o reparación

  1. DE LA POSTULACIÓN

 

7.1. Oferente deberá acreditar y certificar como empresa, experiencia comprobable de en el área de mantención de sistemas de generación y redes de gases clínicos. Para esto deberán presentar la documentación solicitada en bases administrativas referente a convenios de mantenimiento o trabajos en la especialidad solicitada. Este punto será considerado dentro de los criterios de evaluación.

 

7.2. Oferentes deberán subir la siguiente documentación para entrar en evaluación. Aquellas que no suban alguno de los documentos solicitados serán consideradas fuera de base.

-        Boleta de seriedad de la oferta.

-        Propuesta técnica en donde se incluyan los puntos solicitados en la presente licitación. En especial los puntos consideramos como excluyentes, los cuales deben estar claramente aludidos y detallados. Además de las actividades de mantenimiento preventivo a realizar.

-        Completar anexo n°1

-        Documento en donde acepten a totalidad lo solicitado en bases técnicas, firmado por representante legal de la empresa.

-        Haber participado en la visita a terreno obligatoria.

  1. MULTAS

 

8.1. El servicio deberá asumir plena garantía por la correcta ejecución de los trabajos del presente contrato, asegurando el buen funcionamiento de las instalaciones durante la vigencia del contrato, exceptuando las intervenciones o daños provocados por terceras personas no autorizadas por el servicio técnico y/o el departamento de desarrollo industrial.

 

8.2. En los trabajos que se realice mantenciones reparativas, excepcionales o de emergencia, el oferente deberá señalar en su presupuesto la garantía de los repuestos instalados, debiendo ser, en el caso de los repuestos y materiales, igual o superior a la garantía ofrecida por el fabricante.

8.3. No se visará ninguna factura, de no entregarse la documentación solicitada, referente a los checklist, informes de servicio, informes fotográficos, entre otros.

8.4.  Se deberá asegurar la asistencia técnica en terreno, en un plazo máximo no superior a 1 hora contados desde el momento que se haya notificado la falla. Deberá quedar claramente estipulado en su oferta el tiempo de respuesta ante falla, y habrá multa de 2 UF por cada hora de atraso realizada la solicitud vía correo electrónico o llamado telefónico

8.5. El personal debe portar permanentemente los instrumentos de medición, insumos y herramientas necesarias para efectuar correctamente el servicio, de detectarse la falta de alguno de estos elementos durante la mantención se aplicará una multa de 5 UF por evento.

8.6. Todos los repuestos que se cambien deben ser entregados al mandante, de no realizarse el cambio de algún elemento solicitado o que corresponda por mantenimiento preventivo, se aplicará una multa de 5 UF por evento.

8.7. Una vez finalizadas las actividades de mantenimiento preventivo, correctivo o revisiones, empresa deberá emitir un informe en papel (hoja autocopiativa) dejando un respaldo en servicio clínico y un informe fotográfico, este último será solicitado cuando se realicen cambios de repuestos o mantenimientos que sean considerados críticos para el departamento, la empresa adjudicada tendrá un plazo de 5 días hábiles para el envío de informe en papel o fotográfico, de existir atraso en la entrega de cualquier de estos se aplicará un multa de 5 UF por informe atrasado.

8.8. Los informes que sean entregados en formato físico (papel) deben contar con la firma del usuario (clínico) siempre que corresponda, de ser entregado un informe sin las firmas correspondientes se aplicara una multa de 5 UF por cada informe en esta condición.

8.9. Al inicio del convenio se establecerá la programación de mantenimiento preventivo para cada uno de los sistemas considerados en el presente convenio, empresa adjudicada deberá cumplir esta programación, de no realizarse el mantenimiento o revisión en el mes programado, se aplicará una multa de 10 UF por cada equipo en esta condición (compresores, bombas, tableros eléctricos, etc)

8.10.           En el caso del mantenimiento de las tomas, se debe dar cumplimiento a la programación anual, de existir retraso o incumplimientos en la programación se aplicara una multa de 20 UF por cada mes de atraso en la programación. 

8.11.           En relación al Overhault solicitado para la central de vacío, este será programado en conjunto con empresa en convenio, y adjudicado será el responsable de realizar todas las coordinaciones y tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la programación, de existir atrasos en la ejecución de esta labor se aplicara una multa de 50 UF por cada mes de retraso, si el atraso es mayor a tres meses, se hará termino anticipado de contrato.

8.12.           Al momento de realizar las actividades de mantenimiento preventivo adjudicado será el responsable de realizar retiro y llevar a un lugar autorizado todos los desechos como aceites, filtros u otros, no debiendo dejar elementos de desecho dentro del recinto, el plazo para efectuar retiro será de 48 horas, de existir residuos posterior a esto se aplicara una multa de 5 UF por cada vez que ocurra esta situación.

8.13.           Todas las fallas que impliquen el cambio de repuestos de valor inferior a 10 UTM deben ser a costo de la empresa, por lo cual al momento de detectarla se debe informar al supervisor encargado del convenio, si procede la reparación, adjudicado deberá efectuar la gestión de compra he informar al mandante en un plazo no superior a tres días hábiles, de lo contrario se aplicará una multa de 5 UF por evento.

8.14.           Empresa deberá proveer de equipos de respaldo cuando corresponda, según lo estipulado en el punto 4.12, de existir retraso se gestionará el término anticipado del contrato.

8.15.           Si en el transcurso del convenio, la empresa posee más de 7 multas según lo solicitado en bases, el hospital pondrá fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía.

 

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