Licitación ID: 407-70-LE22
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA SISTEMA NEUROMONITOR
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO, Hospital HGGB Operaciones
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 117
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 4 Unidad no definida
Cod: 73152101
Mantenimiento Preventivo y Correctivo de equipo neuromonitor Marca: Medtronic, Modelo: Nim eclipse e4, según eett adjuntas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA SISTEMA NEUROMONITOR
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El HGGB necesita contar con el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para sistema neuromonitor, ubicado en pabellón de neurocirugía. Solicitado por Profesional Departamento Equipos Médicos en requerimiento S-COM 28155 de fecha 09.09.2022
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Unidad de compra:
Hospital HGGB Operaciones
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martín 1436 Concepcion
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-10-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-09-2022 7:40:53
Fecha inicio de preguntas: 26-09-2022 15:00:00
Fecha final de preguntas: 29-09-2022 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-09-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-10-2022 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-10-2022 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 18-10-2022 8:32:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1.- Antecedentes legales solicitados en punto 5 de estas bases, si no estuvieran disponibles en sistema de información de compras públicas. 2.- Declaración del oferente que al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta, no hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. 3.- Todo lo que se requiere para dar cumplimiento a estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas adjuntas. 4.- Completar y adjuntar todos los formularios solicitados en las presentes bases administrativas. Requisito obligatorio. 5.- En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
1.- 1.- En “anexos técnicos” se debe adjuntar los anexos de especificaciones técnicas del servicio ofertado. Se deberá ingresar también en la oferta en el portal Mercado Público todos los antecedentes de respaldo técnico, como certificados y fichas técnicas del servicio ofertado. 2.- Si en oferta no se incluye respaldo técnico, descripción no cumple con lo solicitado, o parcial cumplimiento, oferta no será considerada en evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- 1.- La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Representatividad de la Marca • Presenta certificado de representatividad de la marca: 10 puntos • No lo presenta: 0 puntos. Se deberá acreditar esta condición, mediante certificado emitido por empresa dueña de la marca, indicando que oferente es su representante. Este certificado debe estar vigente. 10%
2 Experiencia en el área solicitada El oferente que acredite mediante contratos y/o resoluciones (no se aceptara otro tipo de documento), el mayor tiempo (meses) en la sumatoria de la vigencia de la prestación de servicios, se asignara el siguiente puntaje • Tiene experiencia en mercado nacional > 3 años = 10 puntos. • Tiene experiencia en mercado nacional > 1 año y < 3 años = 5 puntos. • No tiene experiencia en mercado nacional= 0 puntos. Cuando se interpongan dos o más Contratos o Resoluciones en una misma línea de tiempo, se considerará sólo un periodo. 10%
3 Tiempo de respuesta frente a Emergencias Tiempo de respuesta será evaluado en días hábiles de la siguiente manera: • Tiempo menor o igual a 4 días = 15 puntos. • Tiempo mayor a 5 días y menor o igual a 7 días= 7 puntos. • Tiempo mayor a 7 días= 0 puntos. El plazo comienza desde la solicitud realizada por profesional de Departamento de Equipos Médicos, mediante correo electrónico. 15%
4 Entrega Documentos Formales Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre= 5 puntos. Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud en foro= 2 puntos. No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud= Oferta inadmisible 5%
5 Precio ( Precio mínimo ofertado /Precio Oferta )*60 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: presupuesto hggb
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LORETO RODRIGUEZ NEIRA
e-mail de responsable de pago: LRODRIGUEZN@SSCONCEPCION.CL
Nombre de responsable de contrato: KAREN FUENTES BECAR
e-mail de responsable de contrato: KAREN.FUENTES@SSCONCEPCION.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2722509-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 30-12-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá entregar una boleta, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por cada oferta presentada, la que podrá ser tomada por uno o varios integrantes o por un tercero, por un monto de $500.000.- en pesos, pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación, en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martin 1436 Concepción, con un plazo de entrega hasta el día y hora de cierre de la licitación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El oferente deberá adjuntar dicho documento en su oferta a través del portal Mercado público y/o enviar documento electrónico a correo opartehggb@ssconcepcion.cl. El Hospital Guillermo Grant Benavente hará efectiva esta garantía en el evento de que el proveedor adjudicado incurra en alguna de las causales para dejar sin efecto la adjudicación, según lo indicado en la cláusula “De la Adjudicación”.
Glosa: Seriedad De La Oferta Licitación Id 407-70-LE22 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA SISTEMA NEUROMONITOR
Forma y oportunidad de restitución: A los participantes se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando en sobre cerrado la garantía endosada por el Director. Se establece el mismo plazo para el evento de declararse desierta la licitación o inadmisible las ofertas, contados desde la resolución respectiva. Lo anterior en conformidad de lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 250, Ministerio de Hacienda 2004, Reglamento de la Ley 19.886. Dicho plazo puede ampliarse en caso de re adjudicación en 60 días corridos respecto de la segunda oferta mejor evaluada.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 31-01-2025
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de una boleta bancaria o vale vista o boleta electrónica o póliza de seguro o certificado de fianza o cualquier documento que garantice el pago pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 10% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia mínima que exceda en 90 días al plazo establecido para el término del convenio. El documento de garantía, deberá ser entregado en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Gmo Grant Benavente, ubicada en San Martin Nº 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida. El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en Otras Cláusulas de las Bases Administrativas de la propuesta. La fecha indicada de vencimiento indicada en el portal es estimativa.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto "Para garantizar el cumplimiento de la propuesta de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA SISTEMA NEUROMONITOR ID 407-70-LE22
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de esta garantía será una vez terminada la fecha vigencia, será endosada por Contabilidad y devuelta a la dirección del proveedor. Fecha debe extenderse en 90 días después del término del convenio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
ERRORES EN LAS GARANTIAS
Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del licitante, RUT, Glosa o monto, el Hospital podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error debiendo ajustarse al punto N°26 sobre la presentación de aclaraciones y antecedentes omitidos de las presentes Bases Administrativas.
CAUSALES DE COBRO DE GARANTIAS
a) Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales. El Hospital Regional contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime causados. Además, hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas de las presentes bases administrativas, de la forma que en dicho párrafo se indica. b) Se hace presente que esta Garantía además caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo 11 de la Ley de Compras.
GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional
De la Obligación de Confidencialidad
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley
CLAUSULA DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

 Precio
Tiempo de respuesta frente a emergencias

Experiencia en el área solicitada
Representatividad de la Marca

  Presentación Oportuna de Documentos


Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones  contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

7.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Este párrafo es sin perjuicio de las obligaciones que el proveedor tuviese en virtud de la ley de transparencia.

MODALIDAD DE PAGO

La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES.

Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS

La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.

El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato.

Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital.

En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema.

Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.

Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:

         

         

         

         

Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:

1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega

2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.

DEFINICIONES
• Director: Dr. Boris Oportus Ortiz • Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII región. • Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente. • Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento General.
UNIDAD TECNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin 1436, Concepción, Departamento Equipos Médicos
DOCUMENTOS DE LICITACION
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
DE LOS PROPONENTES
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Servicio, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
INGRESO DE OFERTAS EN EL PORTAL
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación.
MODIFICACION DE DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital Regional deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación en 10 días corridos desde la toma de razón de la resolución que apruebe la modificación respectiva, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
VALIDEZ DE LA OFERTA
a) La oferta tendrá una vigencia de 90 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta. b) Si el HGGB no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 90 días corridos. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.
De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
i. Jefe Abastecimiento General
ii. Jefe CR operaciones
iii. Jefe Departamento Equipos Médicos

Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
DE LA PRECALIFICACION DE LAS OFERTAS
Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
FUNCIONES DE LA COMISION
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público. b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”. c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones. d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital Regional. f) En el caso de presentarse la situación regulada en el artículo 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue. g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital Regional, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico al departamento. i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente,   podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.

DE LA ADJUDICACION
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Exenta de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El Hospital Regional declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital Regional dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar. Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 5 y 35. Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital Regional podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Regional tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital Regional podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del sistema de informaciones en la plataforma de mercado público, conforme al artículo 33 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 250)

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico de Jefe Unidad de Abastecimiento General mlizama@ssconcepcion.cl y a responsable del proceso de compra Karen Fuentes Bécar al mail karen.fuentes@ssconcepcion.cl

AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.

Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El Hospital Regional respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común
DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES PROCEDIMIENTO DE COBRO MULTAS Y SANCIONES
El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

   

2.1.  Las faltas se señalan en tres niveles, el monto de las multas y los ítems evaluados en relación con la calidad del servicio prestado. El no cumplimiento de esto expone a la empresa a multas:

 

Falta

Multa

Causales

Leve

1 UTM

  • Atraso injustificado hasta 3 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada (no considera cambio de repuestos).
  • No registro ni recepción de informe técnico y check list al finalizar visita, correctamente completado con nombre y firma tanto del técnico como del usuario del hospital.
  • No entregar cotización de reparación hasta 5 días hábiles de la revisión realizada al equipo si fuera necesario.
  • En caso de no informar el cambio de personal técnico, según lo estipulado en punto 2.4. Multa será cobrada por cada cambio no notificado.

Moderada

2 UTM

  • Atraso injustificado entre 4 y 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada (no considera cambio de repuestos).
  • No entregar copia digital de informe técnico en equipos médicos en papel o en formato PDF.
  • No entregar la programación anual.
  • No cumplir con la periodicidad solicitada de mantenimientos preventivos de manera anual.

Grave

4 UTM

  • Atraso injustificado mayor a 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. (no considera cambio de repuestos)
  • No cumplir con las fechas y horarios acordados en el mantenimiento preventivo y correctivo.

 

2.2.  En caso de juntarse más de una multa en una misma ocasión se aplicará solo la multa de mayor gravedad y monto.

 

2.3.  Las multas por retraso se aplicarán solo para días hábiles.

 

 Sin embargo, la empresa puede emitir por correo una justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o rechazada por profesional de Equipos Médicos y su jefatura.


 Si en el transcurso del convenio, la empresa no cumple con lo solicitado en bases, el hospital se reserva el derecho de poner fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía. Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe de Jefe Unidad Abastecimiento General para proceder con el proceso de evaluación de multa. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días corridos contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 50% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento. En toda sanción, el Hospital Guillermo Grant Benavente deberá considerar las siguientes reglas: 1. Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega. 2. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. 3. El Hospital Regional podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital Regional consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. 4. Si no existiere documento de garantía o pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de quince (15) días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital Regional. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. 5. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital Regional para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. 6. Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. Una vez superado el 50% de multas se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose las garantías respectivas en los casos que proceda. 7. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. 8. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor.
PROCEDIMIENTO APLICACION SE SANSIONES
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Del Contrato
1. Una vez adjudicada la propuesta, se elaborará el contrato por Unidad Abastecimiento General, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta. 2. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días corridos más. 3. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. 4. El contrato entrará en vigencia a contar de la total tramitación de la resolución aprobatoria de contrato, acto que permitirá el envío de la orden de compra.
De la orden de compra
Cuando la adjudicación sea superior a 1.000 UTM, el contrato se formalizará con la Resolución que aprueba el contrato entre las partes documento que será publicado en el portal Mercado Publico y permitirá enviar la orden de compra. En caso contrario que la adjudicación sea Menor a 1.000 UTM, no generara contrato y se formalizara el proceso con el solo envió de la orden de compra, la cual se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico, para ambos casos.
Vigencia y renovación.
Vigencia: El convenio tendrá una vigencia de 24 meses, una vez publicada la Resolución Exenta que apruebe el contrato en el portal mercado público. Con todo, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción pondrá término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa previa aprobación del Departamento de Desarrollo Industrial, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a las bases administrativas. Renovación: No se contempla renovación.
DEL CONSUMO
El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos, durante los 24 meses que dura el contrato. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta.
DE LA RECEPCION
El servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Servicios de Abastecimiento General  mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Profesional del Departamento de equipos médicos, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.
DE LA RECEPCION
El servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Servicios de Abastecimiento General mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Profesional del Departamento de equipos medicos, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.
DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De las modificaciones: Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento).

 Del Término Anticipado del Contrato: Por otro lado, el Hospital Regional, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
1) Que el valor total de las multas supere el 50% del valor neto de la orden de compra.
2)   Las multas son acumulativas y la acumulación de 3 faltas graves, 6 faltas moderadas o 10 faltas leves, se entenderán como causa para dar termino al contrato de forma inmediata, independiente de lo anterior la empresa debe responder y entregar los mantenimientos en ejecución hasta la fecha de término del contrato.

3) Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
6) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
 7) En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
 a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e. Disolución de la UTP.
 8) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
 b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación

 PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8 detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
ESPECIFICACIONES TECNICAS

Ministerio de Salud

Servicio de Salud Concepción

Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente                                                                           

Centro de Responsabilidad Operaciones

Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria

Equipamiento Relevante

CWA/apa

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo para Sistema neuromonitor Del Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente

  1. GENERALIDADES

Las Especificaciones técnicas dan cuenta de las condiciones y características necesarias para contratar un servicio de mantenimiento preventivo y reparativo para los siguientes equipos indicados en la Tabla N°1:

EQUIPO

MODELO

MARCA

SERIE

INVENTARIO

Sistema neuromonitor

Nim eclipse e4

Medtronic

X00986387

2-39037

  • Mantenimiento debe incorporar revisión de componentes, calibración de equipo y de funciones.

Tabla 1: Equipos que son objeto de la presente licitación.

El Hospital Clínico Regional Dr. Guillermo Grant Benavente, en adelante el Hospital, entregará todas las facilidades del caso para que el Servicio Técnico, pueda realizar los trabajos de mantenimiento, reparación y/o controles, en lo que dice relación con los accesos a dependencias, seguridad e iluminación de las instalaciones y equipos.

El presente convenio tendrá una duración de 24 meses, a partir de la fecha y condiciones que se estipulen en el contrato.

  1. DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES

2.1.  Las empresas participantes que sean representantes de las marcas de los equipos antes señalados deberán adjuntar certificado que lo valide, de igual forma deberán hacerlo las empresas que cuenten con experiencia en el mantenimiento de los equipos señalados en el ítem 1.1, adjuntando a la postulación, contratos y/o resoluciones.

2.2.  La empresa adjudicataria deberá disponer de los equipos necesarios para la revisión (preventiva o reparativa) del equipo en cuestión. La documentación de calibración vigente, deberá ser incluida en los anexos técnicos de la licitación (Anexo N° 5).

2.3.  Previo a la suscripción del contrato, el Adjudicatario deberá presentar un listado del personal que desempeñará su labor en el Hospital, el cual debe estar debidamente capacitado en modelo y marca del equipo que es objeto del presente convenio, lo cual debe ser demostrado con certificados de capacitación de cada uno de los técnicos que realizaran el servicio de mantenimiento.  Anexo N° 4.

2.4.  El adjudicatario deberá informar oportunamente y por escrito la incorporación de nuevos funcionarios, en caso de reemplazar los ya existentes. En este caso, se requerirá que él o los nuevo (os) funcionario (os) cumpla con los mismos requisitos de capacidad comprometidos en la propuesta, según 2.3, lo cual deberá ser informado al Hospital previo a iniciar su trabajo, reservándose el Hospital, la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Esto estará sujeto a multas según punto 7.1

2.5.  Los técnicos de la empresa adjudicada mientras presten servicio en el establecimiento deberán portar identificación que contenga los nombres, apellidos, fotografía reciente, razón social y logo de la empresa.

  1. TRABAJOS A REALIZAR

3.1.  Los trabajos cubiertos por el Convenio incluirán los costos de mano de obra, limpieza, ajuste, calibraciones, lubricación y diagnóstico de posibles fallas, e insumos básicos, kits de mantenimiento preventivos, como lubricantes, filtros y otros asociados a mantenimiento preventivo. No habrá costos adicionales para el Hospital por estos conceptos. En el mantenimiento debe incorporarse revisión de UPS conectada al equipo.

3.2.  Servicio de Mantenimiento Preventivo: Para el caso de los equipos que es objeto del presente convenio, se realizarán los mantenimientos preventivos según tabla 2:

EQUIPO

MODELO

MARCA

SERIE

Mantenimientos Anuales

Mantenimientos Total Convenio

Sistema neuromonitor

Nim eclipse e4

Medtronic

X00986387

2

4

Tabla 2: Mantenimientos preventivos para cada equipo.

Los mantenimientos serán realizados en días y horas hábiles, con una frecuencia semestral durante el período que dure el presente convenio (24 meses) y según la calendarización dispuesta por el Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital, debiendo acogerse al protocolo indicado en Anexo N° 1.

 

3.2.1.    Se entenderá como Mantenimiento Preventivo al conjunto de actividades que incluyen chequeos técnicos de los equipos de todas sus piezas y partes, controles de servicio y funcionamiento, pruebas de rendimiento, actualizaciones de programas, todo conforme a protocolo de mantenimiento preventivo exigido por fábrica.

3.2.2.    El adjudicatario deberá presentar el protocolo de mantenimiento preventivo de cada modelo de equipo, de acuerdo a lo exigido por fábrica, lo cual debe ser especificado en la oferta.

3.2.3.    Luego de la ejecución de cada mantenimiento preventivo, el adjudicatario deberá entregar una Orden de Trabajo (O.T.) que resuma el trabajo desarrollado, además del protocolo de mantenimiento preventivo aplicado (según 3.2.2). Toda la documentación debe contener nombre y firma de técnico que ejecuta el mantenimiento tanto como del supervisor del servicio clínico asociado al equipo en cuestión, documentación que deberá ser entregada oportunamente al Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital.

3.2.4.    Para la programación de Mantenimientos Preventivo, se considerará como canal formal de confirmación vía correo electrónico emanado desde el Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital. En caso de reprogramaciones de fechas previamente acordadas, estas deberán ser informadas formalmente, vía correo electrónico, por lo menos con 24 horas de anticipación.

3.3.  Servicio de Mantenimiento Reparativo: Se solicitará según necesidad por todas las veces que corresponda según requerimiento durante el periodo de duración del convenio, para el equipo que es objeto del presente convenio.

3.3.1.       Se entenderá como Mantenimiento Correctivo al conjunto de actividades a realizar, originadas a partir de una falla, avería o funcionamiento inesperado del equipo que es objeto del presente convenio. La detección de estas podrá ser a través de personal del Hospital o de actividades de mantenimiento preventivo realizadas por personal de la empresa adjudicataria.

3.3.2.       El objetivo del servicio de mantenimiento reparativo es recuperar o corregir funcionalidad anómala del equipo. Estas actividades podrán ser programadas o de realización inmediata, no superando un plazo de respuesta de 5 días hábiles una vez notificada, formalmente, la empresa adjudicataria.

3.3.3.       El adjudicatario deberá entregar una Orden de Trabajo (O.T.) que resuma el trabajo desarrollado (mantenimiento correctivo), indicando las pruebas realizadas y el resultado de la evaluación, ya sea: equipo operativo, inoperativo, con observaciones, requiere ser enviado a servicio técnico, etc. La documentación debe contener nombre y firma de técnico tanto como del supervisor del servicio clínico asociado al equipo en cuestión, documentación que deberá ser entregada oportunamente al Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital.

3.3.4.       El servicio técnico deberá señalar según sea el caso los repuestos que deban reemplazarse para restaurar la operatividad del equipo. La mano de obra en la instalación está incluidos dentro del presupuesto y la oferta de la presente licitación sin generar un coste adicional para el hospital, mientras que los repuestos que requieran ser reemplazados deberán ser cotizados de manera individual ya que estos no se consideran parte del presupuesto de la presente licitación.

  1. ACCIONES DE MANTENIMIENTO

4.1.  El servicio técnico debe entregar una hoja con el registro del servicio prestado, que debe cumplir las características que se detallará en Anexo N° 2 y según lo dispuesto en según 3.2.2.

4.2.  Durante la estadía del servicio técnico en el establecimiento, debe informar oportunamente los hechos relevantes, como equipos fuera de servicio y/o envíos a laboratorio de la empresa; en este último caso, si el técnico no retira el equipo, debe desmontarlo para ser enviado.

4.3.  Toda la información que genere el mantenimiento del equipo, deberá ser entregada al Departamento de Equipos Médicos e Ingeniería Hospitalaria, del Hospital, a través de una hoja de servicio, la cual será utilizada en el llenado de Hoja de Vida del o los equipos en convenio. Esta documentación será el respaldo para el pago de facturas por mantenimiento efectivamente realizado. Esto es, se solicita el Mantenimiento, luego se ejecuta y genera documentación de Hoja de Reporte, Protocolo de Mantenimiento y Pauta Mínima exigida. Una vez se realice recepción la documentación conforme, se solicitará Orden de Compra. Los informes que mencionen algún motivo por el cual no se realizó el mantenimiento preventivo, no se considerarán para pago hasta que efectivamente se realice dicho mantenimiento, todo lo anterior según lo resumido en esquema 4.1.

Solicitud de  Fecha Ejecución Mantenimiento

Ejecución de Mantenimiento

¿Mantenimiento Ejecutado Correctamente?

Se genera documentación de respaldo por no ejecución de Mantenimiento, firmada por técnico y servicio clínico.


                                         NO


SI

Documentación Generada:

  • O.T. y Protocolo de Mantenimiento aplicado.
  • Pauta Mínima exigida, Interna.
  • Ambos firmadas por Técnico y Servicio Clínico

Solicitud Generación Orden de Compra

Unidad de Abastecimiento hace Envío Orden de Compra a proveedor a Empresa

Recepción Conforme de la documentación en Depto de Equipos Médicos


Esquema 4.1.: Ejecución y Pago de Mantenimientos.

4.4.  En cada mantenimiento el servicio técnico deberá colocar en cada uno de los equipos un adhesivo que registre: nombre de la empresa, Nº de serie del equipo, Nº de inventario y fecha de mantenimiento, deberá ser actualizado en cada mantenimiento.

4.5.  El servicio técnico debe realizar el mantenimiento preventivo, entregando las copias de las hojas de servicio al supervisor del convenio a medida que se realicen los mantenimientos; también entregará las hojas de servicio de los equipos que por motivos de fuerza mayor no se pudo realizar mantenimiento, estas hojas de servicio deben ser validadas por el responsable del Servicio Clínico. Esta situación obliga a re-agendar el mantenimiento preventivo.

4.6.  El servicio técnico deberá contar con un registro propio de las actividades (preventivas, reparativas o de emergencia) realizadas por cada equipo (hoja de vida) de manera cronológica. Este registro podrá ser consultado en cualquier momento por personal del hospital.

  1. MODIFICACIONES

5.1.  El o los equipos que estando en convenio de mantenimiento fuesen dados de baja, podrán ser reemplazados por otro(s) equipo(s) si fuese necesario, equipo de baja será retirado de la programación anual de mantenimiento. En el caso que no ocurra lo anterior, entonces se podrá poner fin anticipado al presente convenio.

  1. OTROS ELEMENTOS

6.1.  El pago por el servicio de mantenimiento comprende todos los gastos directos e indirectos derivados de la prestación del servicio tales como remuneraciones, movilización, alojamiento, viáticos, gastos de fletes, de los instrumentos, herramientas y otros elementos que deba proporcionar éste, costo de mano de obra e insumos y se considerarán incorporado en el presupuesto del convenio.

6.2.  La vigencia del convenio se considerará a partir de la adjudicación de la licitación y tendrá una duración de 24 meses.

6.3.  El proveedor con sólo presentar su oferta, declara en el Anexo N° 3, el estudio de todos los                                                         documentos de la licitación, aceptando las condiciones de la misma. 

6.4.  Podrá acordarse entre las partes la extensión del contrato por plazo no superior a 6 meses en caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada y/o cuando producto de las circunstancias no previstas en el nuevo proceso licitatorio, no sea posible contar oportunamente con un nuevo contrato y siempre que dicha extensión no supere las 1000 UTM.

6.5.  En caso de extenderse el contrato, la boleta de garantía por fiel cumplimiento de Contrato deberá canjearse por otra de un valor similar a la que se reemplaza bajo los mismos requisitos de forma y plazo. De no hacerlo, facultará al Hospital para ejecutar dicha boleta de garantía.

6.6.  El adjudicatario deberá adaptarse al envío de toda información/documentación generada por mantenimientos preventivos/correctivos cambios de repuestos, según el Departamento de Equipos médicos le solicite, ya sea a través de documentación física, digital, correo electrónico o plataforma de gestión de mantenimiento de equipos médicos propio del departamento de equipos médicos.

  1. MULTAS

7.1.  Las faltas se señalan en tres niveles, el monto de las multas y los ítems evaluados en relación con la calidad del servicio prestado. El no cumplimiento de esto expone a la empresa a multas:

Falta

Multa

Causales

Leve

1 UTM

  • Atraso injustificado hasta 3 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada (no considera cambio de repuestos).
  • No registro ni recepción de informe técnico y check list al finalizar visita, correctamente completado con nombre y firma tanto del técnico como del usuario del hospital.
  • No entregar cotización de reparación hasta 5 días hábiles de la revisión realizada al equipo si fuera necesario.
  • En caso de no informar el cambio de personal técnico, según lo estipulado en punto 2.4. Multa será cobrada por cada cambio no notificado.

Moderada

2 UTM

  • Atraso injustificado entre 4 y 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada (no considera cambio de repuestos).
  • No entregar copia digital de informe técnico en equipos médicos en papel o en formato PDF.
  • No entregar la programación anual.
  • No cumplir con la periodicidad solicitada de mantenimientos preventivos de manera anual.

Grave

4 UTM

  • Atraso injustificado mayor a 7 días hábiles en entrega de equipo reparado de acuerdo a propuesta ofertada. (no considera cambio de repuestos)
  • No cumplir con las fechas y horarios acordados en el mantenimiento preventivo y correctivo.

7.2.  En caso de juntarse más de una multa en una misma ocasión se aplicará solo la multa de mayor gravedad y monto.

7.3.  Las multas por retraso se aplicarán solo para días hábiles.

7.4.  Las multas son acumulativas y la acumulación de 3 faltas graves, 6 faltas moderadas o 10 faltas leves, se entenderán como causa para dar termino al contrato de forma inmediata, independiente de lo anterior la empresa debe responder y entregar los mantenimientos en ejecución hasta la fecha de término del contrato. Sin embargo, la empresa puede emitir por correo una justificación formal respecto a cualquiera de las multas anteriores, con lo cual se analizará cada caso, dicha justificación podrá ser admitida o rechazada por profesional de Equipos Médicos y su jefatura.

Concepción, septiembre del 2022.