Licitación ID: 407-99-LE23
Proyecto electrico sala TEC
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 225
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
Instalación eléctrica sala TEC, según especificaciones técnicas y anexos adjuntos.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Proyecto electrico sala TEC
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El HGGB requiere el servicio de instalaciones eléctricas sala tec para el servicio de psiquiatría; solicitado por Cr operaciones, en requerimiento S-COM N°36240 de fecha 17.05.2023
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Hospital HGGB Operaciones
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martín 1436 Concepcion
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-08-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 11-08-2023 9:22:00
Fecha inicio de preguntas: 11-08-2023 10:01:00
Fecha final de preguntas: 24-08-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-08-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-08-2023 17:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-08-2023 17:02:00
Fecha de Adjudicación: 02-11-2023 15:10:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno en Servicio Psiqiatría, Avda San Juan Bosco S/N, Concepción 23-08-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Documentos Administrativos El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta: Formularios: • Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses. • Formulario Nº2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo. • Formulario Nº3 Declaración jurada de socios. • Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores. • Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores • Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad. • Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica. • Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica • Formulario Nº8 Identificación del Oferente • Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones • Formulario N°10 Unión temporal de proveedores* • Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios * Completar solo para unión temporal de proveedores Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar el documento de la unión temporal de conformidad al art. 67 bis. El oferente deberá presentar garantía seriedad de la oferta física a través de oficina de partes del Hospital ubicada en San Martín N° 1436, Concepción. En el caso de ser en formato digital, ésta debe ser adjunta en la oferta que realice a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los documentos administrativos. El plazo de recepción de la garantía, es hasta el día de cierre de recepción las ofertas.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente: a) La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el punto 4. b) El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en letra B. Especificaciones técnicas y anexo adjunto “ANEXO ECONOMICO INSTALACION SALA TEC”. El no cumplimiento de esto y la omisión de información, permitirá al HGGB excluir al proveedor del proceso de evaluación. c) Si algún requisito no es completado en los formularios de oferta técnica, se entenderá por parte del Hospital que dicha característica no la cumple la oferta presentada. d) Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. e) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados). f) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación). g) El contratista deberá contar con el personal idóneo y calificado para realizar el tipo de intervenciones, tema de esta licitación y especialidad. Los maestros ejecutores deberán ser electricistas calificados mediante certificación SEC y no maestros de multifunción. h) El profesional a cargo de la obra deberá ser mínimo técnico universitario eléctrico o ingeniero de ejecución eléctrico con experiencia certificada la cual debe ser acreditada adjuntando a la presente propuesta CV, Titulo, Certificaciones y/o capacitaciones, atingentes al área.
 
Documentos Económicos
1.- a) La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido. b) La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de servicio, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases. c) En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la prestación de servicios licitada, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7 d) Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. e) En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el Portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el Portal. Lo anteriormente expuesto, es sin perjuicio de la facultad del Hospital regulada en el punto 26 de las presentes bases, respecto a la posibilidad de solicitar que se salven errores producidos al ofertar.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de ejecución e instalación Según punto 9. Criterios de evaluación de resolución exenta N°6898 de 04.08.2023, bases administrativas 10%
2 Garantía del Producto Según punto 9. Criterios de evaluación de resolución exenta N°6898 de 04.08.2023, bases administrativas 10%
3 Presentación Oportuna de Documentos Según punto 9. Criterios de evaluación de resolución exenta N°6898 de 04.08.2023, bases administrativas 5%
4 Oferta Económica Según punto 9. Criterios de evaluación de resolución exenta N°6898 de 04.08.2023, bases administrativas 60%
5 Experiencia en el área solicitada Según punto 9. Criterios de evaluación de resolución exenta N°6898 de 04.08.2023, bases administrativas 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto HGGB
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, sin sobrepasar las 1000 UTM.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Loreto Rodriguez Neira
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristian Cotter Riffo
e-mail de responsable de contrato: ejecutivocompras1@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-7222949-949
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
prohibido subcontratar el bien principal
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 30-11-2023
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero, por un monto del 5% del valor total adjudicado (IVA incluido) en pesos chilenos, pagadera a la vista de carácter irrevocable con vigencia mínima que exceda en 90 días corridos después de la fecha de término del contrato. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente, ubicada en San Martin #1436, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. Debido a que el portal Mercadopublico no permite a los oferentes subir documentos una vez cerrada la licitación, en los casos que se otorgue garantía electrónica, el oferente deberá remitir el documento electrónico al correo opartehggb@ssconcepcion.cl dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. La garantía electrónica deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El Hospital hará efectiva el total de la garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el Pto.34, N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7. Asimismo, en el caso en que el proveedor incurra en los incumplimientos señalados en el Pto 32 de las presentes bases administrativas podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
Glosa: Para Garantizar El Fiel Cumplimiento De Contrato De La Licitación Pública 407-99-LE23 “Proyecto eléctrico sala TEC”
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se les devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Errores en las garantías
Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del licitante, RUT, Glosa o monto, el Hospital podrá solicitar al oferente un nuevo documento correctamente emitido, quien podrá presentarlo en el plazo de 5 días hábiles de notificado sobre el error debiendo ajustarse al punto N° 26 sobre la presentación de aclaraciones y antecedentes omitidos de las presentes Bases Administrativas.
Causales De Cobro

a)      Si el licitante adjudicado no cumpliese con una o más de las obligaciones contractuales. El Servicio contará en los casos señalados, con la facultad de demandar los perjuicios que estime causados. Además, hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas de las presentes bases administrativas, de la forma que en dicho párrafo se indica.

b)      Se hace presente que esta Garantía además caucionarán el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto con el Artículo 11 de la Ley de Compras.
Generalidades
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
De la Obligación de Confidencialidad
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

a)      Oferta económica

b)       Experiencia en el Área solicitada

c)       Tiempo de ejecución

d)       Garantías

e)       Presentación Oportuna de Documentos

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 7.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Este párrafo es sin perjuicio de las obligaciones que el proveedor tuviese en virtud de la ley de transparencia.
Modalidad de Pago

El convenio considera un servicio integral de instalación eléctrica, por lo que el adjudicado deberá facturar una vez que los servicios estén ejecutados de manera conforme, el periodo que cubre la OC haya finalizado y se encuentre toda la documentación de respaldo entregada al mandante.

No se visará ninguna factura, que no cuente con el visto bueno de referente de la unidad mandante.

El pago se efectuará a los 30 días corridos desde recepcionada conforme la factura.

La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES.

Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS

La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.

El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato.

 

Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores.

 

En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema.

 

Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.

 

Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:

 

         

         

         

         

 

Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.

 

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.

 

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°10, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Definiciones

•        DIRECTOR: Claudio Baeza Avello

•        Servicio: Hospital Dr. Guillermo Grant Benavente, VIII región.

•        Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente.

•        Unidad Técnica: CR. Operaciones
Unidad técnica
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin 1436, Concepción, CR. OPERACIONES.
Documentos de la Licitación
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Servicio podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Servicio a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
De Los Proponentes
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Servicio, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.
Ingreso de las Ofertas en el Portal
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación.
Modificación de los Documentos de la Licitación
El Hospital Regional Concepción podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Servicio deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación en 10 días corridos desde la resolución que apruebe la modificación respectiva, lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Servicio a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl
Validez de la Oferta
a) La oferta tendrá una vigencia de 61 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta. b) No obstante cualquier declaración, las ofertas técnicas y económicas que se presenten, se entienden tener vigencia de 61 días corridos, desde la fecha de apertura. Si el HGGB no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 90 días corridos. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.
De la Comisión de Evaluación y Adjudicación

La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:

 

  1. Jefe Abastecimiento General
  2. Jefe CR Operaciones
  3. Profesional del área de operaciones

 

Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación.

En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue.

Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda.
De Las Ofertas Por Parte De La Comisión
Serán los Profesionales, miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.
Funciones De La Comisión
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público. b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”. c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones. d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio. f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue. g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Servicio, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico al departamento. i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Regional, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible. Las aclaraciones podrán ser reiteradas máximo 2 veces.
De la Adjudicación

Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Exenta de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.

El Servicio declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Servicio dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:

Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.

Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases o no cumpla con la documentación exigida para contratar.

Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 5 y 35.

Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.

En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Servicio podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.

El  Hospital Regional Concepción tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).

Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Servicio podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.
Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del sistema de informaciones en la plataforma de mercado público, conforme al artículo 33 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 250)

Las consultas a la adjudicación se deben realizar a través del portal de mercado público, dentro del plazo de 48 hrs a contar de la publicación de la adjudicación, las que deberán ser respondidas en el plazo de 48 hrs  hábiles.

Aumentar o Disminuir Partidas
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Dr. Guillermo Grant Benavente, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores. Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Del Factoring y Prohibición de Cesión
El Servicio respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común
Del incumplimiento y sus Sanciones

El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

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32.1     Ante Empresa deberá realizar el orden y aseo general del área de trabajo al término de cada faena. De no cumplirse con esta condición se aplicará una multa de 2UF. De detectarse en más 3 oportunidades esta conducta, el hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato haciendo cobros de garantía y multas asociadas.

 

32.2     La empresa deberá respetar el valor pactado al comienzo del contrato, no existiendo modificaciones posteriores, en caso que no se cumpla, el hospital pondrá poner fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía asociada al presente convenio

 

32.3     La Se aplicará una multa de 5 UF por cada día de atraso del periodo de ejecución, de acuerdo al plazo de entrega del ofertado. Al llegar a sexto día de atraso, se procederá a generar término anticipado de contrato y cobro de garantías y multas asociadas.

 

32.4     Si la empresa contratista sin autorización del referente técnico del HGGB, cambia, repone, sustituye algún material o componente, pieza o parte, que no corresponda a lo ofrecido en la oferta o bases técnicas se le aplicara una multa del 25% del valor total de la obra. En caso que se repita en 2 ocasiones el incumplimiento, el hospital HGGB pondrá fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía asociada al presente convenio.

 

32.5     La Se aplicará una multa de 10 UF de verse personal de empresa externa involucrada en algún robo o riña al interior del establecimiento. De generarse un segundo evento de este tipo, el hospital se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato haciendo cobros de garantía y multas asociadas.

 

32.6     La empresa deberá respetar el valor pactado al comienzo del contrato, no existiendo modificaciones posteriores, en caso que no se cumpla, el hospital pondrá poner fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía asociada al presente convenio.

 

Se indica que la UF a considerar será el de la fecha de la resolución que aplica la multa.

 

Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor total del contrato. Una vez superado el 50% de multas se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose las garantías respectivas en los casos que procedan.
Procedimiento para Aplicación de Sanciones
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal. Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° 8 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato

De las modificaciones:

Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento).

 

Del Término Anticipado del Contrato:

Por otro lado, el Servicio, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:

 

  1. Que el valor total de las multas supere el 50% del valor total del contrato.
  2. De existir incumplimientos por parte del adjudicado de acuerdo con lo establecido en las bases, el hospital podrá poner fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía asociada al presente convenio.
  3. En el caso de existir consecuencias mayores, como el daño físico o psicológico para algún paciente o funcionario o una pérdida económica superior a $200.000 mil pesos, el mandante podrá poner fin al contrato, haciéndose efectiva la boleta de fiel cumplimiento del contrato.

 

  1. El contratista deberá cumplir con todas las leyes y reglamentos en lo que concierne al pago de remuneraciones, horas extras, imposiciones, salud, entre otros con su personal. El mandante podrá solicitar dicha información sin previo aviso al adjudicado y de encontrarse alguna anomalía o incumplimiento de la ley, se pondrá fin al contrato haciendo uso de las garantías asociadas.
  2. Si por segunda vez la empresa es sorprendida no cumpliendo con algunos de los puntos que exige la ley en relación al pago de horas extraordinarias, imposiciones, salud, etc., cualquiera sea el motivo, el hospital pondrá fin al contrato haciendo cobro de la garantía.
  3. Si en el transcurso del convenio, la  empresa posee más de 5 multas según lo solicitado en bases, el hospital pondrá fin al contrato, haciendo cobro de la boleta de garantía.
  4. Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  6. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
  7. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
  8. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:

a)     La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia.  De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

b)     Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

c)     Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

d)    Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

e)     Disolución de la UTP.

  1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes

a)     No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.

b)     Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación

 

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:

En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 12, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.

En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.  

El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.

El término del contrato por la causal establecida en el numeral 12 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.

Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
Del Contrato

1. Una vez adjudicada la propuesta se elaborará el contrato por Unidad Abastecimiento General, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta.

2.      Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días corridos más.

3.      Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.

4.      El contrato entrará en vigencia a contar de la total Resolución aprobatoria de contrato, acto que permitirá el envío de la orden de compra.

El Adjudicatario con la finalidad de proceder a la suscripción del respectivo contrato, deberá entregar en la Unidad Técnica los siguientes documentos y/o antecedentes:

a)      Certificado que acredite al Adjudicatario como hábil para contratar con el Estado, según registro de www.chileproveedores.cl (sólo deberá presentar este antecedente si al momento de presentar su oferta, el Proponente no contaba con dicha inscripción)

b)      Garantía de fiel cumplimiento de contrato.

c) Copia autorizada del documento donde conste la personería del representante legal.

De la orden de compra
La orden de Compra será emitida una vez que sea totalmente tramitada la resolución la Resolución que aprueba el contrato entre las partes. Se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 Horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico.
Vigencia y renovación.

Vigencia: El convenio tendrá una vigencia Inmediata a contar de la total tramitación del contrato y la resolución que lo aprueba. 

Del consumo
El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta. 
De la garantía
La garantía mínima requerida se aplicará cuando se compra un producto nuevo que es defectuoso, le faltan piezas o partes, no es apto para el uso que fue destinado, que fue anteriormente arreglado, pero sus deficiencias persisten o presenta nuevas fallas, entre otras situaciones cuya responsabilidad no corresponda a quien la utiliza sino al proveedor. Para lo cual, podrán invocarse una de las siguientes alternativas: Cambio del producto y/o Reparación gratuita en los plazos establecidos en Ley del Consumidor N°19.496. Según modificación de ley N°21.398 a Ley del Consumidor N°19.496 se establece como garantía mínima de productos un periodo de 6 meses, aquel periodo se contabilizará desde la recepción conforme del producto. Para este convenio, se considerará 1 mes como 30 días corridos.
De la Calidad
El servicio deberán ajustarse a los requerimientos técnicos indicados en letra B. Especificaciones técnicas y sus respectivos anexos denominado “anexo económico Instalación sala TEC”. El hospital rechazará sin derecho a indemnización los productos que no cumplan con ellas.
Inspectores Técnicos de Obra (ITO)
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico el profesional a quien la Unidad Técnica le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de una obra y, en general, por el cumplimiento del Contrato, El inspector técnico de obras se designara mediante Resolución Exenta y en caso de ausencia del titular será reemplazado por quien lo subrogue. De acuerdo a la Ley N° 20.703, y el artículo 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Inspector Técnico de Obra (ITO) será responsable de supervisar que las obras se ejecuten conforme a las normas de construcción aplicables en la materia y al permiso de construcción aprobado y sus modificaciones, así como al proyecto de arquitectura correspondiente, el proyecto de cálculo estructural y su memoria, y los proyectos de especialidades, incluidos los planos y especificaciones técnicas correspondientes. Durante el período de ejecución de la obra, habrá a lo menos un Inspector Técnico.
Atribuciones de los Inspectores Técnicos de Obra
El I.T.O. será responsable de hacer valer las obligaciones que impone el contrato, en virtud de la presente licitación. El Contratista deberá someterse exclusivamente a las órdenes del I.T.O., las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la I.T.O. estipule. El incumplimiento de cada orden del I.T.O., y en general cualquier incumplimiento de contrato, será sancionado con una multa igual al porcentaje que se defina en las presentes Bases, punto 32. Del incumplimiento y sus Sanciones. La I.T.O. podrá exigir el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador del Contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del I.T.O., quedando siempre responsable el Contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada.
Libro de Obra
En la faena se mantendrá permanentemente un “LIBRO DE OBRA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Contratista y estará a cargo del Jefe de la Obra y a disposición del Inspector Técnico de Obra. El original será retirado por el inspector y la primera copia por el Contratista o Jefe de la Obra, previa firma de ambas partes. En el Libro de Obras se deberá dejar constancia: a) De los avances de obras. b) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al Contratista. c) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos. d) De las observaciones que merezcan las obras, al efectuarse la recepción provisoria de ellas. e) De los demás antecedentes que exija la Unidad Técnica. f) De las observaciones que pudiere estampar la Superintendencia de Electricidad y Combustibles u otros servicios o empresas externas. g) De las observaciones que pudieren estampar los Arquitectos y proyectistas de la obra. h) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas. Toda comunicación que se establezca en el libro de obra, por el Contratista y/o la Unidad Técnica, u otros Servicios relacionados con la obra, se considerará comunicación oficial.
Daños a terceros
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Contratista, salvo caso fortuito o fuerza mayor. En todo caso, la Garantía de Cumplimiento del Contrato servirá también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños a terceros con motivo de la ejecución de las obras, de conformidad con la normativa legal vigente.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Corresponderá al Contratista: a) Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente, ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas. b) Coordinar la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo. c) Designación de personal idóneo y calificado, nombrando a un profesional que lo represente durante la ejecución de las faenas. d) Proveer y mantener un libro de obras donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la obra. e) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la I.T.O. j) El Contratista a cargo de los trabajos, estará obligado a acompañar a los funcionarios del Mandante o de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros documentos que guarden relación con el contrato. En general, el Contratista estará obligado a proporcionar a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obras, los datos que se soliciten en conformidad a las instrucciones y/o formularios que para ese objeto se le entreguen.
Entrega del Terreno
Una vez firmado el Contrato, la Unidad Técnica comunicará al Adjudicatario el día en que se hará la entrega del terreno. De la entrega, se dejará constancia en un acta. El plazo de ejecución de la obra se contará a partir del día de la entrega del terreno.
B. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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1.- GENERALIDADES.

1.1.- Marco conceptual del proyecto.

Las siguientes especificaciones técnicas están referidas al proyecto de instalaciones eléctricas en sala TEC del Servicio de Psiquíatria Hospital Regional HGGB. Para el suministro eléctrico de Estimulador Magnético Transcraneal.

2.- CONDICIONES GENERALES MINIMAS A CUMPLIR POR EL CONTRATISTA

El contratista adjudicado deberá suministrar todos los materiales necesarios, para llevar a cabo la ejecución del proyecto eléctrico “PROYECTO ELÉCTRICO SALA TEC” en forma completa, incluyendo todos los elementos, tales como; tuberías, conductores, protecciones, dispositivos y accesorios que sean necesarios para una correcta operación y funcionamiento del sistema.

Si la propuesta del contratista requiere elementos que no estén indicados en los planos o especificaciones técnicas y necesarios para la conclusión de las obras, deberán ser incluidos en la propuesta y detallados en su oferta económica.

El contratista será el responsable de la obtención y suministro de todos los materiales y elementos a usar, así como traslados, almacenaje, instalaciones, inspecciones, pruebas y garantía del correcto funcionamiento.

El contratista debe presentar a la Inspección Técnica los materiales que instalará, con su respectiva descripción, catálogo, certificado de calidad. Todos los materiales serán nuevos, deberán estar aprobados por SEC y ser empleados en condiciones que no excedan las estipuladas en la licencia.

Ante cualquier daño ocasionado en pintura, piso, infraestructura y/u otros que no correspondan a esta licitación serán de responsabilidad del contratista y serán a su cargo las reparaciones sin costo adicional para el mandante.

Construcciones o áreas cercanas, que se vean afectadas por las intervenciones eléctricas deberán continuar en servicio, por lo tanto, la empresa constructora deberá proveer lo necesario para resguardar y mantener esos servicios en funcionamiento y considerarlo en su presupuesto. Todas las intervenciones que puedan ocasionar cortes de suministro eléctrico a otras áreas no   contempladas en los proyectos deberán ser consultadas con el   profesional a cargo del servicio de psiquiatría o especialista del área con anterioridad, con el fin de poner en conocimiento al personal del recinto y no provocar alteraciones al servicio. 

De encontrar instalaciones existentes, la empresa consultará el estado de operación de ellas y se tomarán las medidas para sortearlas sin causar perturbaciones a esas redes. De tomar otras medidas, referidas a movimientos de instalaciones existentes, estas serán instruidas por la inspección técnica.

El contratista que se adjudique la obra, deberá velar en todo momento por la recta ejecución de la obra, vale decir, deberá contar con todos sus elementos y herramientas para la correcta ejecución. El contratista deberá contar con el personal idóneo y calificado para realizar el tipo de intervenciones tema de esta licitación y especialidad. Los maestros ejecutores deberán ser electricistas calificados por el organismo competente (SEC) y no maestros de multifunción.

El profesional a cargo del terreno deberá ser mínimo técnico eléctrico universitario clase B con experiencia certificada, el cual deberá estar presente en forma permanente en obra, durante todo el desarrollo de los trabajos.

El contratista ante cualquier duda respecto de alguna solución en terreno deberá consultarla con el inspector o encargado de la especialidad. En caso de que lo requiera el inspector o encargado de la especialidad, la intervención deberá complementarse con un procedimiento de trabajo que incluya, objetivos, alcance, responsables, listado de personal, listado de herramientas, descripción de los trabajos a ejecutar, medidas preventivas, tiempo de ejecución.

La ejecución del proyecto, debe considerar el horario de trabajo, el cual será de acuerdo a lo coordinado para la obra en general.  Los horarios y días de trabajo no deberán interrumpir el normal funcionamiento de las zonas cercanas a la obra.  En caso de verse interrumpido el normal funcionamiento de áreas o recintos cercanos, las obras se programarán y realizarán con las debidas autorizaciones del profesional a cargo.

La empresa contratista deberá coordinar el trabajo de las diferentes especialidades de tal forma que no se presenten problemas durante el desarrollo de esta, y que vayan a significar retrasos o aumentos de obra u obras extraordinarias para el mandante; porque no se tomaron las medidas y coordinaciones al inicio de los trabajos.

Las desconexiones de equipos se realizarán coordinadas con la inspección y se procederá de acuerdo a lo establecido por el establecimiento para proceder con los cortes o paradas de equipos. Esto implicará programar trabajos en horarios exclusivos horas y días determinados.

 

Los materiales en desuso que sean retirados de la obra serán visados por personal de la inspección técnica de obra, quienes determinarán que se rescata y que se va a botadero como basura. 

Si no se indicare alguna instalación eléctrica de algún equipo; pero que aparece indicado en planos o especificaciones técnicas, la empresa deberá considerar su instalación sin que signifique un gasto adicional al mandante.

Perforaciones o pasadas de muro o losas, serán consultadas con la inspección, antes de proceder a su ejecución.

3.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto contempla las instalaciones eléctricas de enchufes, canalizaciones, tanto interiores como exteriores, sub alimentadores, tablero eléctrico y sus protecciones.

Todas las instalaciones serán nuevas, según los antecedentes adjuntos del proyecto.  Incluso si no se indica alguna instalación eléctrica de algún equipo; pero que aparece indicado en planos o especificaciones técnicas, se deberá instalar sin que esto signifique un gasto adicional al mandante.

La alimentación eléctrica para las nuevas instalaciones de la sala TEC. Se realizarán desde tablero eléctrico existente ubicado en el 2° piso de edificio de psiquiatría.

Para la alimentación del tablero de alumbrado se instalarán protección termomagnética modular indicada en lamina CAD, cuya canalización se hará a través de Conduit EMT y Conduit flexible libre de halógeno, más todos sus accesorios correspondientes para su correcta instalación hacia el nuevo tablero proyectado. La conexión se realizará coordinada con la inspección técnica y personal referente del establecimiento, para determinar la fecha y tiempo de la conexión.

El tablero de alumbrado proyectado se instalará sobrepuesto y se armará de acuerdo a los requerimientos de proyecto, recomendaciones del fabricante del equipo y de acuerdo a lo que establece la nueva norma eléctrica DS-8 y sus 19 pliegos técnicos (RIC N°2).

Para la instalación de los toma corrientes, se realizará a la vista en muros, usando Conduit EMT, cajas chuqui metálicas con soportes y tapas como corresponda, a una altura de 0.40 del NPT u otra que el ITO especifique. Y su conexión interna se detallan en lamina CAD.

Para el equipo Estimulador Magnético Transcraneal, se suministrará e instalará UPS dedicada, especificada en estas bases y lamina CAD.

Se considerará visita técnica en terreno, la que se avisará en proceso licitatorio.

4.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ELÉCTRICAS.

           

4.1.- Tableros de Distribución.

4.1.1.- Tablero alumbrado

4.1.1.1.- Se considerará tablero eléctrico metálico, tipo gabinete, para instalación a la vista sobrepuesto (muro), que contendrá las protecciones y comandos de los circuitos de alumbrado. Debe contar con bastidor o placa de montaje, cubierta cubre equipos, puerta exterior, porta plano, espacio disponible de un 25%. Cerradura de doble barra. Medidas sugeridas 300x400x200 mm.

El Tablero deberá llevar estampada en forma legible e indeleble el nombre, la tensión de servicio, corriente nominal y número de fases según corresponda, nombre del fabricante o instalador.

Además, en el interior de la tapa deberá llevar pegado y plastificado, el diagrama unilineal y los nombres y ubicación de los circuitos.

Todos los circuitos se conectarán al tablero por medio de terminales tipo starfix o similares de las medidas necesarias.

Marcas referenciales: Schneider, Legrand, ABB, RITTAL

4.1.1.2.- Se contempla en el armado de tablero la instalación de barras de distribución tetrapolares de 100A,20KA,400V para montaje en riel DIN o placa de montaje.ref:004884.

 4.1.1.3.- Barra para la toma a Tierra de protección de cobre desnudo con perforaciones no inferior a la cantidad de circuitos requeridos.  12x2 mm, 110 A, M5. Estas barras deberán ser debidamente marcadas con el color verde según normativa eléctrica vigente. Montadas sobre topes de resina aislante.

4.1.1.4.- Borneras tipo viking de sección nominal 2,5 mm2, 4 mm2 y de las secciones que correspondan a los conductores, con separadores y topes y tapas de terminación.

4.1.1.5.- Las protecciones para los circuitos de enchufes serán del tipo magnetotérmicos, con capacidad eléctrica según diagramas unilineales, 16 A, curva C con capacidad de ruptura 6KA modular para Riel Din.

4.1.1.6.- Las protecciones diferenciales serán de 2x25A, 30mA, modular para Riel Din.

4.1.1.7.- Las protecciones generales de sub-barras serán del tipo tetrapolares modulares para riel DIN, del tipo magnetotérmicos, con capacidad eléctrica según diagramas unilineales, 4x25 A, curva C con capacidad de ruptura 6KA, para Riel Din.

4.1.1.8.- La protección general de alimentación desde tablero general de 2° piso. Para tablero de alumbrado proyectado, será del tipo tetrapolar modular para riel DIN, del tipo magnetotérmicos, con capacidad eléctrica según diagramas unilineales, 4X32 A curva C con capacidad de ruptura 10KA, para Riel Din.

4.1.1.9.- La protección para TVSS, será del tipo tetrapolar modular para riel DIN, del tipo magnetotérmicos, con capacidad eléctrica según diagramas unilineales, 4X20 A curva C con capacidad de ruptura 10KA, para Riel Din.

 4.1.1.10.- Sistema de supresores de transientes tetrapolar, Uc 320 V, In 5 KA, Up 1.5 KV, Imax 15 KA tipo 2.

4.1.1.11.- El tablero eléctrico contará con 3 luces piloto indicadora de presencia de energía de color rojo LED 230 VAC, Fusibles 2 A 380 VAC con porta fusibles como se indica en los diagramas unilineales.

Marcas referenciales: Schneider, Legrand, ABB

No se acepta instalación de protecciones tanto magnetotérmicos como diferenciales de “diferentes marcas”.

4.1.1.12.- Las bandejas o molduras Lina, ordenadoras de cables tendrán la capacidad suficiente para el diseño de tablero, la capacidad de ocupación, por las secciones de los cables no deberá exceder el 50% de la sección de la bandeja. Todas las bandejas contarán con sus tapas

4.2.- Artefactos.

4.2.1.- Tomas de Corriente.

Las tomas de corrientes monofásicas que se proyectan son:

4.2.1.1.- Toma de corriente lineal, 2P +T lineal, hembra 10/16 A, 250 V AC 5180 alveolos protegidos Bticino   con soporte y placas. Estos deberán ser instalados triples.

  • Los puentes para enchufes triples deberán ser de cable forrado con la aislación correspondiente.
  • Los enchufes irán montados en las áreas que se indican, a las alturas indicadas en

 planos u otra que el Arquitecto y/o ITO especifiquen.

  • Se mantendrá polaridad conforme a detalles CAD.

4.3.- Conductores de Distribución.

 

4.3.1.- Tipo de Conductores.

 

Los conductores serán del tipo EVA (chaqueta de Etil Vinil Acetato) u otro Libre de halógeno. Superflex, freetoxflex.

Los cables seleccionados deben cumplir las normas Nch 2019 OF 87, VDE 209, IEC 228, ISO 5659, UL 1581, IEC 332-1 e IEC 332-3 categoría A

Todos los conductores deberán registrarse al siguiente código de colores:

         Línea 1                            Azul             (R)

         Línea 2                            Negro           (S)

         Línea 3                            Rojo             (T)

Neutro                             Blanco (Ts)

         Tierra de Protección  Verde                    (Tp)

Dado que se encuentran disponibles en el mercado cables y cordones con código de colores de Norma Europea, se debe respetar cada código.

         Línea 1                            Negro                    (R)

         Línea 2                            Marrón                   (S)

         Línea 3                            Gris                       (T)

         Neutro                              Celeste                  (Ts)

         Tierra de Protección  Verde-amarillo                  (Tp)

Todos los Alimentadores, Sub-alimentadores y conductores en general deberán ser continuos entre sus extremos.

4.3.1.1.- cable libre de halógeno rz1-k sección 6 mm2

4.3.1.2.- cable libre halógenos sección 2,5 mm2

 

 Instalación de Conductores

 La cantidad de conductores que van en el interior de cada ducto se indican en los planos con una línea y número y deberán cumplir con lo siguiente:

  • Todos los conductores deberán ser continuos entre salida o terminales.
  • No se permitirán uniones dentro de los ductos.
  • Las conexiones se harán dejando un mínimo de 15 cm. libres de cable desde la caja de conexión.
  • No se permitirán cambios de secciones en los conductores de un mismo circuito salvo indicación expresa en planos.
  • Todas las uniones deberán ser soldadas en cajas de derivación o bandeja y aisladas correctamente con cintas de goma y plástica 3M. Otras soluciones de aislación deberán ser presentadas a la inspección; quien aprobará o rechazará la propuesta. 
  • Las uniones dentro de las cajas deberán quedar aisladas totalmente y puestas en forma ordenada, para dejar espacio en el caso de los enchufes, así mismo las uniones no deberán tocar el módulo del enchufe.
  • Todos los circuitos deberán llevar conductor de protección Tierra.
  • Todos los conductores se unirán a barras, llegadas salidas de protecciones, borneras, con conectores metálicos, de la sección correspondiente a cada conductor.

 4.4.- Ductos y Canalizaciones.

4.4.1.- Ductos metálicos. Toda la canalización interior se realizará en su totalidad en tubo EMT según los diámetros respectivos. La fijación de la canalización será por medio de abrazadera del tipo caddy de sección correspondiente al ducto y un distanciamiento de 1,5 mts, con tarugo Fisher plástico de 6mm y tornillo volcanita de 6x1 ½’’ o según recomiende el fabricante para una adecuada fijación.

La unión entre ductos EMT, se realizará a través de coplas o Conduit flexible metálico con sus correspondientes conectores cuando se requiera.

La unión del ducto con cajas será a través de sus correspondientes boquillas para EMT o con Conduit flexible metálico con sus correspondientes conectores si lo anterior no es posible.

Las cajas de derivación serán metálicas tipo A-1 con tapa y empaquetadura. Para el caso de instalaciones de los toma corrientes las cajas serán del tipo chuqui metálicas.

Las canalizaciones deberán llevar todos los accesorios de montaje para dar buena terminación a la instalación y serán afianzadas mediante elementos que cumplan con el requisito y de las dimensiones adecuadas, además deberá ser ordenado y uniforme, los cambios de dirección y desvíos deberán ser aprobados por la ITO.

Las curvas metálicas serán de fábrica o se fabricarán en terreno de acuerdo a los requerimientos de la obra y cada situación. Se usará la curvadora adecuada para fabricar en terreno las curvas. 

4.4.1.1.- Tubo eléctrico EMT 25 mm.

4.4.1.2.- Conectores rectos para flexible 25 mm.

4.4.1.3.- Conduit flexible 25 mm. 

4.4.1.4.- Terminales y salidas de caja metálicos 25mm y 20mm.

4.4.1.5.- Tubo eléctrico EMT 20 mm.

4.4.1.6.- Conduit flexible 20 mm.  

4.4.1.7.- Conectores rectos para flexible 20mm. 

4.4.1.8.- Abrazaderas Caddy.

4.4.1.9.- Cajas metálicas galvanizadas con tapa y empaquetadura de goma A-01.  

4.4.1.10.- Cajas metálicas tipo chuqui.

4.4.1.11.- Copla para EMT 25 Y 20mm.

4.4.1.12.-Ferretería (tornillos, tarugos, soldadura, cintas aislantes, amarra cables… etc.)

4.5.- Sistema de Respaldo

4.5.1.- Se deberá proveer e instalar una UPS tipo on-line, doble conversión, 6KVA, forma de onda sinusoidal, autonomía 15 min a plena carga. Tensión de entrada 220V, frecuencia de entrada 45-65 Hz, THD de corriente de entrada menor a 3%, eficiencia superior a 96%

5.- PRUEBAS

         Todos los equipos e instalaciones deben ser entregados en perfectas condiciones de instalación y funcionamiento. Para ello deben realizarse a lo menos las siguientes pruebas:

  • Probar la continuidad de los circuitos.
  • Probar la aislación dieléctrica de los cables eléctricos, indicando su medición.
  • Verificación de las tensiones nominales.
  • Verificación de polaridad en tomas de enchufes

Todas las pruebas deberán ser en presencia de la ITO de la especialidad, además se deberá emitir un informe de las pruebas de la instalación eléctrica.

6.-       INTERVENCIONES

6.1.-   Pasadas, perforaciones en tabiques, muros y vigas serán autorizadas con la ITO, antes de proceder.  

De la misma forma se procederá en caso de instalar equipos y canalizaciones en los muros, para evitar perforar canalizaciones de otras especialidades y que se encuentren embutidas.

   

6.2.-   Todas las intervenciones que puedan ocasionar cortes de suministro eléctrico a otras áreas no contempladas en los proyectos deberán ser consultadas con el ITO o profesional a cargo del servicio con anterioridad, con el fin de poner en conocimiento al personal del recinto y no provocar alteraciones al servicio. En este caso se deberá considerar la intervención en el tablero general de fuerza del 2° piso del edificio.  

6.3.-   Las desconexiones de equipos se realizarán coordinadas con la inspección y se procederá de acuerdo a los establecido por el establecimiento para proceder con los cortes o paradas de equipos. Esto implicará programar trabajos en horarios exclusivos horas y días determinados.

6.4.-   De encontrar instalaciones existentes, la empresa consultará el estado de operación de ellas y se tomarán las medidas para sortearlas sin causar perturbaciones a esas redes. De tomar otras medidas, referidas a movimientos de instalaciones existentes, estas serán instruidas por la inspección técnica.

7.-       Leyes, Normas y reglamentos vigentes:

  • Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
  • NCH ELEC decreto n°8 reglamento de seguridad de las instalaciones de consumo de energía eléctricas y 19 pliegos.
  • NCH ELEC. 2/84 “Electricidad. Elaboración y Presentación de Proyectos.”.
  • NCH ELEC. 10/84 “Electricidad. Trámite para la puesta en servicio de una Instalación Interior”.
  • NCH ELEC. 4/84 “Electricidad. Instalaciones en baja tensión”.
  • NSEG 5. En 71 “Instalaciones Eléctricas de corrientes fuertes”.
  • NSEG 6. En 71 “Cruces y paralelismos de líneas eléctricas”.
  • NSEG 8. En 75 “Electricidad. Tensiones normales para sistemas e instalaciones”.
  • NSEG 9. En 71 “Diseño de Alumbrado Público en sectores urbanos”.
  • NSEG 12. En 79 “Electricidad. Empalmes aéreos monofásicos”.
  • NSEG 14. En 76 “Electricidad. Empalmes aéreos trifásicos”.
  • NSEG 13. En 78 “Electricidad. Especificaciones para recubrimientos a base de pinturas”.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.