Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven error u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confiera una situación de privilegio, respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes.
Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 hrs., contados desde el requerimiento, para responder lo solicitado. No se considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.-