Licitación ID: 4080-15-LR24
CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES COMUNA DE CABRERO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CABRERO, Secretaria Comunal De Planificacion
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
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Productos o servicios
1
Recolección, destrucción, transformación o eliminación de basuras 60 Mes
Cod: 76121501
Consiste en contratar la concesión de los servicios; Recolección, Transporte y Disposición final de Residuos Domiciliarios de las áreas afectas al contrato (Ciudad de Cabrero, Ciudad de Monte Águila, Sector Urbano de Charrúa y diversos Sectores Rurales).  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES COMUNA DE CABRERO
Estado:
Publicada
Descripción:
Consiste en contratar la concesión de los servicios; Recolección, Transporte y Disposición final de Residuos Domiciliarios de las áreas afectas al contrato (Ciudad de Cabrero, Ciudad de Monte Águila, Sector Urbano de Charrúa y diversos Sectores Rurales) y Barrido de Calles (Ciudad de Cabrero, Ciudad de Monte Águila y Sector Urbano de Charrúa).
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE CABRERO
Unidad de compra:
Secretaria Comunal De Planificacion
R.U.T.:
69.151.000-k
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-05-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-04-2024 9:26:07
Fecha inicio de preguntas: 15-04-2024 10:00:00
Fecha final de preguntas: 29-04-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-05-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-05-2024 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-05-2024 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-06-2024 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
Visita Terreno Voluntaria 22-04-2024 12:00:00
Entrega Garantía Seriedad de la Oferta Soporte Físico 16-05-2024 14:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 2.1.1 Anexo 1, Identificación del Oferente. Completar con la información solicitada. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.
2.- 2.1.2 Anexo 2 (A o B, persona natural o jurídica respectivamente), Declaración Jurada Simple, Aceptación de Bases de la Licitación (DEBIDAMENTE FIRMADO). Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, A o B, según corresponda, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.
3.- 2.1.3 Anexo 3, (Completar SÓLO en caso de Unión temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Inhabilidades por Condenas (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.
4.- 2.1.4 Anexo 4, (Completar SÓLO en caso de Unión Temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Sin Conflicto de Interés (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.
5.- 2.1.5 Anexo 5, Programa de Integridad. Deberá informar si cuenta con programa de integridad implementado, de conformidad a lo siguiente: El Programa de Integridad de una empresa u organización, se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el Programa de Integridad es conocido por el personal y/o trabajadores de la empresa, tales como: Comunicado interno, mail masivo, o cualquier otro medio formal. El o los documentos presentados, deberán INDICAR la FECHA de EMISIÓN, sólo se aceptarán documentos cuya fecha sea entre Enero de 2023, a la fecha de publicación de la presente Licitación. Para efectos de la evaluación se considerará lo siguiente: • Cuenta con Programa de Integridad implementado de conformidad a lo solicitado y se encuentre debidamente respaldado. En caso de informar que no cuenta con Programa de Integridad, o no presentar los respaldos según lo indicado en el presente Anexo, el Oferente será evaluado con puntaje 0.
6.- OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS: - Sólo deben completar el Anexo 3 y el Anexo 4, aquellos oferentes que participen en calidad de Unión Temporal de proveedores. - Aquellos oferentes que no participen en calidad de Unión Temporal de Proveedores, deberán firmar electrónicamente al momento de presentar su oferta por el portal www.mercadopublico.cl (paso tres de la oferta). (*)Los oferentes que no ingresen en su oferta, alguno de los Anexos solicitados, según corresponda su calidad jurídica, se aplicará Punto 3.3, inciso tercero de las presentes Bases.
Documentos Técnicos
1.- 2.2.1 Programa de Gestión de Riesgos Presentes en el Trabajo. En cumplimiento a la Ley 21.056. El Oferente deberá adjuntar documento en el que se observen las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo y de conformidad a lo establecido en el punto 13 del Requerimiento Técnico.
 
2.- 2.2.2 Anexo 6, Oferta Técnica. La presentación de la Oferta Técnica, deberá ser en cumplimiento de las Bases Administrativas y Requerimiento Técnico, por medio del RESUMEN TÉCNICO.
 
3.- 2.2.3 Anexo 7, Experiencia del Oferente. Indicar solo experiencia del oferente, en prestación de Servicios de Recolección y Transporte de Residuos y/o Disposición Final, a las Municipalidades del País, entre Enero de 2010, a la fecha de cierre de recepción de Ofertas). Se considerarán los Certificados, cuyo servicio se encuentre EJECUTADO o en EJECUCIÓN, siempre y cuando, haya prestado el servicio durante al menos 24 meses. SÓLO serán evaluadas las experiencias comprobadas por medio de CERTIFICADOS adjuntos, emitidos por los respectivos Mandantes (MUNICIPALIDADES), y que coincida con el indicado en el presente Anexo. Los CERTIFICADOS deberán señalar como mínimo: • Que corresponde a Servicios de Recolección y Transporte de Residuos y/o Disposición Final. • Vigencia del Contrato, (para corroborar que se realizó dentro de las fechas solicitadas, Enero de 2010, a la fecha de cierre de recepción de Ofertas). Se considerarán los Certificados, cuyo servicio se encuentre Ejecutado o en Ejecución, siempre y cuando, haya prestado el servicio durante al menos 24 meses. • Mandante del Servicio (MUNICIPALIDAD). • Nombre y Cargo de quien suscribe el documento. Los CERTIFICADOS, podrán ser suscritos por; Alcaldes, Directores, Jefes de Departamento, Encargados y/o ITS. No serán evaluadas: • Experiencias en que se registre como Mandante a la misma empresa que postula como oferente u otro distinto a la Municipalidad que realizó la Contratación. • Experiencias en que las Certificaciones no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente. • Certificados que indiquen un comportamiento inadecuado o termino anticipado del Servicio, por razones atribuibles al oferente. • Documentos distintos al indicado, tales como; Decretos, Órdenes de Compra, Contratos, Facturas, etc. En caso de no indicar experiencia en el Anexo, no adjuntar Certificados de respaldo, o estos no indican la información de conformidad a lo solicitado, el Oferente será evaluado con puntaje 0. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 67 bis inciso quinto del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación, según punto 4.2 de las presentes Bases. Para efectos de la evaluación se considerará lo siguiente: • Cantidad de Contratos de Servicios iguales y/o similares, de conformidad a lo indicado en el presente Anexo y que se encuentren debidamente Certificados.
 
4.- OBSERVACIONES TÉCNICAS: (**)Los oferentes que no ingresen en su oferta; el Programa de Gestión de Riesgos presentes en el trabajo, Anexo N° 6 y/o Anexo N°7, serán considerados FUERA DE BASES.
 
Documentos Económicos
1.- 2.3.1 Anexo 8, Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración. El oferente deberá completar el Anexo según lo solicitado en el mismo.
2.- 2.3.2 Anexo 9, Otras Pólizas de Seguros. El oferente deberá completar el Anexo según lo solicitado en el mismo y lo mínimo solicitado en el punto 8.9.2 de las presentes Bases Administrativas.
3.- 2.3.3 Anexo 10, Oferta Económica. Completar de conformidad a lo solicitado en el presente Anexo, indicando el Valor Total (impuesto incluido) por los 60 meses de Contrato.
4.- OBSERVACIONES ECONÓMICAS: (**)Los oferentes que no ingresen en su oferta; el Anexo 8, Anexo 9 y/o Anexo 10, serán considerados FUERA DE BASES.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 C. EXPERIENCIA DEL OFERENTE Remítase al punto 4.2, letra C. de las Bases Administrativas. 15%
2 D. OTRAS PÓLIZAS DE SEGUROS Remítase al punto 4.2, letra D. de las Bases Administrativas. 3%
3 B. MEJORES CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN Remítase al punto 4.2, letra B. (subcriterios, b.1, b.2 y b.3), de las Bases Administrativas. 30%
4 F. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Remítase al punto 4.2, letra F. de las Bases Administrativas. 1%
5 E. PROGRAMA DE INTEGRIDAD Remítase al punto 4.2, letra E. de las Bases Administrativas. 1%
6 A. OFERTA ECONÓMICA Remítase al punto 4.2, letra A. de las Bases Administrativas. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Monto Total Estimado: 7800000000
Justificación del monto estimado La presente contratación dispone de financiamiento propio de la I. Municipalidad de Cabrero: MONTO MENSUAL REFERENCIAL 130.000.000.- por un período de 60 meses desde la fecha indicada en el acta de inicio del Servicio.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Considerar que su oferta no exceda en más de un 10% el Monto Referencial señalado, de lo contrario su oferta será considerada Fuera de Bases. El Valor a presentar en el Portal, deberá corresponder al Monto Mensual Neto sin impuesto.
Tiempo del Contrato 60 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARCO BUCAREY ZAGAL
e-mail de responsable de pago: mbucarey@cabrero.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Cabrero
Fecha de vencimiento: 20-09-2024
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: 8.7.1 Garantía de Seriedad de la Oferta. Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, para Garantizar la Seriedad de la Oferta, tomada por el Oferente o por un tercero a su nombre, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero, R.U.T. 69.151.000-k, por un monto mínimo equivalente a $5.000.000.- (Cinco millones de pesos) con una vigencia mínima establecida por la fecha de cierre de recepción de ofertas aumentado en 120 días corridos (fecha indicada en su documento de Garantía). Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo para adjudicar y podrá solicitar a los proponentes prorrogar sus ofertas y renovar su respectiva garantía. Si alguno de los proponentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación. La Municipalidad podrá solicitar la certificación de autenticidad de los documentos de Garantía ante la institución financiera emisora. NOTA: La Fecha de Vencimiento señalada en www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. En el caso de los Vale Vista, donde no se puede registrar la glosa en el documento, deberá indicarla al reverso de la garantía o adjuntar un documento indicando Nombre del Proveedor, Rut del Proveedor, Nº licitación, Nº de documento y la GLOSA. Sí la Garantía de Seriedad de Oferta, presenta errores de tipeo como; Glosa, Nombre del Beneficiario u otro error, la Municipalidad podrá rechazar la oferta, si corresponde a un error esencial.
Glosa: Seriedad de la OFERTA “CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO”; ID 4080-15-LR24
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, por solicitud expresa por parte del Oferente. La devolución del documento financiero, será de cargo de Tesorería Municipal.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Cabrero
Fecha de vencimiento: 05-10-2029
Monto: 5 %
Descripción: 8.7.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. El Oferente Adjudicado, enterará una Garantía de Fiel Cumplimiento, en un plazo de 07 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, a objeto de caucionar el correcto, total y oportuno acatamiento del Contrato, consistente en Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguros o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, tomada por el Oferente o por un tercero a su nombre, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero, R.U.T. 69.151.000-K. a) Deberá ser de carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro a la vista de manera rápida y efectiva. b) La póliza de seguro o certificado de fianza u otro instrumento a la vista e irrevocable, no podrán tener cláusulas de exclusión y la Municipalidad quedará facultada para hacer efectiva la garantía, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial arbitral alguna, lo que deberá constar en dicho instrumento. c) Esta garantía caucionará, el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del Concesionario y/o Subcontratista, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886. d) En caso de modificaciones de contrato será necesario que el concesionario aumente su monto proporcionalmente de acuerdo al punto 8.6 de las presentes Bases. Monto, Plazo y detalle de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato:  El Contrato se deberá Garantizar por un monto equivalente, a lo menos de un 5% del Valor Total Adjudicado, impuesto incluido, con una vigencia establecida por el plazo contractual aumentado en 90 días corridos.  La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónicamente. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 inciso 3 del Decreto Supremo N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda. Observaciones: • La entrega de la(s) Garantía(s) de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser en soporte físico, en oficinas de la dirección de SECPLAN, o bien en soporte electrónico a través de correo electrónico informado al momento de la Adjudicación. • En caso de haber modificaciones al contrato, como aumentos en el Servicio, o los respectivos reajustes del I.P.C., se deberá considerar en la actualización del Monto y vigencia de la Garantía, conforme a los puntos 8.6 y 8.12 de las presentes Bases • Las garantías que desee reemplazar deberá ser entregada en Oficinas de Parte de la Municipalidad, dirigida al Alcalde, en atención a la Unidad Técnica del Contrato, para que este proceda a realizar las gestiones que corresponda para tramitar la autenticidad, su resguardo y registrarla en los sistemas contables. La Unidad Técnica solicitará a la Dirección de Administración y Finanzas, la Certificación de la autenticidad del documento de Garantía, ante la institución financiera emisora. NOTA: La Fecha de Vencimiento señalada en www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial. GLOSA: Para Caucionar el Fiel Cumplimiento del Contrato “CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO”; ID 4080-60-LR23. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. En el caso de los Vale Vista, donde no se puede registrar la glosa en el documento, deberá indicarla al reverso de la garantía o adjuntar un documento indicando Nombre del Proveedor, Rut del Proveedor, Nº licitación, Nº de documento y la GLOSA. Se hará devolución de la(s) Garantía(s) de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez vencido su plazo, previo informe de la Unidad Técnica y por solicitud expresa por parte del Concesionario. La encargada de la devolución de esta Garantía será la Tesorería Municipal. La Municipalidad hará efectiva esta garantía en los siguientes casos: a) Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas del pago respectivo. b) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto termino anticipado al correspondiente contrato. c) Por incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes bases y el respectivo contrato.
Glosa: Para Caucionar el Fiel Cumplimiento del Contrato “CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO”; ID 4080-15-LR23.
Forma y oportunidad de restitución: Se hará devolución de la(s) Garantía(s) de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez vencido su plazo, previo informe de la Unidad Técnica y por solicitud expresa por parte del Concesionario. La encargada de la devolución de esta Garantía será la Tesorería Municipal.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de empate, se adjudicaal oferente que obtenga mayor puntaje en el Criterio OFERTA ECONÓMICA y en caso de continuar con el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración, Experiencia del Oferente, Otros Seguros, Programa de Integridad y Cumplimiento de los Requisitos. Adicionalmente, en caso de continuar el empate, este se resolverá optando por aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación de este acto, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a los siguientes correos electrónicos: emontes@cabrero.cl / ybarra@cabrero.cl.

Cabe señalar que la Municipalidad dispondrá de 5 días hábiles desde la publicación de la adjudicación en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

1)   Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. El documento no podrá tener una antigüedad superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de notificación de la adjudicación. Para verificar lo anterior, el Certificado debe INDICAR la FECHA de EMISIÓN del Documento.

2)   Haber ingresado la Declaración Jurada Simple de Saldo Insoluto de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social (DEBIDAMENTE FIRMADA). En los términos señalados en el Art. 4 de la Ley 19.886 y Art. 22 N°9, Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El Formato de la Declaración Jurada en comento, se encuentra inserto en el D.A.E que aprueba las Bases del llamado.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Si de la revisión de los Documentos Administrativos, se verifica la omisión de alguno de ellos, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al Oferente incumplidor subsanar dicha omisión desde realizada la solicitud de formal por parte de la Municipalidad, a través del foro inverso de la Plataforma www.mercadopublico.cl, podrá tener un Plazo Max. de 48 horas para ello, sólo se considerará válidos los documentos emitidos con fechas anteriores al cierre de la propuesta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo señalado en el artículo 40º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. De no existir respuesta por parte del Oferente en el plazo establecido precedentemente, se procederá a declarar Fuera de Bases la oferta presentada por el proponente incumplidor.

Una vez realizada la verificación de ingreso de todos los anexos y documentos solicitados en el portal www.mercadopublico.cl, incluyendo la subsanación en caso de corresponder, se procederá a Aceptar o Rechazar las Ofertas, según corresponda.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El Concesionario se obliga a no ofrecer ni otorgar, ni intentar ofrecer u otorgar, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas u otorgarlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El Concesionario se obliga a no intentar ni realizar acuerdos o negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El Concesionario se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El Concesionario se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El Concesionario manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El Concesionario se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El Concesionario reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El Concesionario se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratista, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


BASES ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS

LICITACN PÚBLICA: “CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO”

  1. GeneralidadeS

1.1          Introducción.

La I. Municipalidad de Cabrero, en adelante la Municipalidad, requiere contratar la CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO de acuerdo con las presentes Bases Administrativas, Requerimiento Técnico y Anexos, lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, lo dispuesto en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en todo lo que no sea contrario a derecho y/o a lo dispuesto en las presentes Bases.

La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, dentro de las funciones y atribuciones privativas de los Municipios, establece en la letra f) del artículo 3º que los municipios serán responsables del aseo y ornato de la comuna.

De igual forma, el Código Sanitario establece en su artículo 4º que a las Municipalidades les corresponde atender los asuntos de orden sanitario que le entregan el artículo 105º de la Constitución Política del Estado y las disposiciones de ese mismo Código. Dentro de las atribuciones y obligaciones sanitarias de las Municipalidades, el Código Sanitario, en su artículo 11º establece la responsabilidad de:

a)    Proveer la limpieza y las condiciones de seguridad de sitios públicos, de tránsito y de recreo.

b)   Recolectar, transportar y eliminar por métodos adecuados, a juicio del Servicio Nacional de Salud (hoy Servicio de Salud), las basuras, residuos y desperdicios que se disponen o produzcan en la vía urbana.

c)    Reglamentar y controlar las condiciones de limpieza y conservación exterior de las casas-habitación, edificios públicos, cuarteles, conventos, teatros y otros locales públicos y privados.

Por las razones anotadas, el Concesionario deberá tener presente que esta licitación se refiere a un servicio de utilidad pública, y que su interrupción, suspensión o deficiente prestación ocasionará serios perjuicios al interés general, afectando la salud y la higiene de la población, aceptando con ello la aplicación de las sanciones y medidas de mitigación estipuladas en las presentes bases.

1.2          Descripción del Servicio Licitado.

Consiste en contratar la concesión de los servicios; Recolección, Transporte y Disposición final de Residuos Domiciliarios de las áreas afectas al contrato (Ciudad de Cabrero, Ciudad de Monte Águila, Sector Urbano de Charrúa y diversos Sectores Rurales) y Barrido de Calles (Ciudad de Cabrero, Ciudad de Monte Águila y Sector Urbano de Charrúa) con la provisión de todo el personal requerido y vehículos, equipos, herramientas y materiales, de conformidad con las presentes Bases Administrativas y el Requerimiento Técnico que rigen el presente llamado a Licitación.

La Contratación se realizará por un periodo de 60 meses, se estima poder iniciar el contrato desde: el                   01 de Julio de 2024, de conformidad a lo indicado en el punto 8.4 de las presentes Bases Administrativas.

La presente Licitación conlleva adjudicación única, de manera que los oferentes deberán presentar una sola oferta por la totalidad de los servicios licitados.

1.3          Definiciones.

Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:

1.3.1         Municipalidad:

I. Municipalidad de Cabrero.

1.3.2         Unidad Técnica:

Dirección que supervisa técnica y administrativamente la prestación del servicio y en general, el exacto cumplimiento del contrato.

1.3.3         Inspector Técnico del Servicio:

Funcionario designado por la Unidad Técnica, a través de un Decreto Alcaldicio, y es quien ejerce en derecho y la obligación de fiscalizar el desarrollo del servicio en sus diversas etapas.

1.3.4         Unidad Financiera:

Entidad que entrega los recursos para la ejecución del proyecto, en este caso corresponde a la Municipalidad de Cabrero.

1.3.5         as Corridos:

Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa.

1.3.6         as Hábiles:

Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.

1.3.7         Fuerza Mayor o Caso Fortuito:

De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45º del Código Civil.

1.3.8         Adjudicación:

Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministro o servicios, regido por la Ley N°19.886.

1.3.9         Adjudicatario o Concesionario:

El Proveedor cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato respectivo y en virtud del cual contrae la obligación de ejecutar el presente servicio.

1.3.10     Contrato:

El acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el Concesionario en relación con el servicio a que se refiere la presente licitación.

1.3.11     Bases Administrativas:

Documento aprobado por la autoridad competente, que contiene de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas de contrato definitivo y demás aspectos administrativos del proceso de Licitación.

1.3.12     Requerimiento Técnico:

Documento aprobado por la autoridad competente, que contiene de manera particular, las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar, incluyendo las especificaciones técnicas y control de calidad del servicio y materiales de suministro, entre otros.

1.3.13     Propuesta:

Es la oferta entregada por el oferente, ajustada a los antecedentes suministrados en las Bases Administrativas, Requerimiento Técnico, Anexos y todos los antecedentes de la Licitación.

1.3.14     Licitación:

Conjunto de actos administrativos que se inicia con el llamado a interesados que cumplan con los requisitos establecidos, para cotizar y ofrecer condiciones de cumplimiento respecto del objeto requerido, de acuerdo a las exigencias fijadas en documentos denominados Bases Administrativas y Requerimiento Técnico, Anexos y todos los antecedentes de la Licitación, y que concluye con el Decreto Alcaldicio o Resolución que adjudica la propuesta a un oferente, rechaza todas las ofertas o la declara desierta por no haberse presentado interesados o por no convenir a sus intereses.

1.3.15     Licitación a Suma Alzada:

La oferta o cotización a un valor o precio fijo en Pesos Chilenos (con impuesto incluido), en la que las cantidades de Servicios se entienden inamovibles; salvo aquellas partidas especificadas en las bases de licitación, cuya cubicación se establezca a serie de precios unitarios y cuyo valor total corresponde a la suma de las partidas fijas y a la de los precios unitarios, si los hubiere. En este contexto, el Oferente debeejecutar las partidas en su totalidad, debiéndose pagar la cantidad estipulada en la oferta, aun cuando ésta resulte ser mayor o menor en la realidad que el monto o cantidad ofrecida. El valor a precio fijo ofrecido comprendela total y completa prestación del servicio, de acuerdo con las Bases Administrativas, Requerimiento Técnico y otros antecedentes constitutivos de la Licitación.

1.3.16     Aumento o Disminución del Contrato:

Es la modificación de las cantidades de servicios previstas en la presente licitación.

1.3.17     Modificación de Servicios:

El reemplazo, por acuerdo entre las partes, de una parte de los servicios contenidos en el Contrato, por servicios nuevos o extraordinarios.

1.3.18     Programación de Trabajo:

Es la ordenación cronológica, de las actividades objeto del Contrato, indicando la secuencia de desarrollo de las diversas etapas o partidas del Servicio, sea que ellas deban ser ejecutadas en forma simultánea o sucesiva.

1.3.19     Garantía:

Es toda caución que se constituye para responder del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el proceso de Licitación y contrato respectivo. Materializándose mediante una Boleta Bancaria, Vale a la Vista, Póliza de Seguros de Garantía y cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley de Compras Pública N°19.886 y su reglamento, pagadera a la vista y con carácter de irrevocable, tomada por el oferente, por el plazo y monto estipulado en estas Bases Administrativas según corresponda el caso, indicando en ella el servicio que garantiza.

Los tipos de garantías para cada circunstancia son:

  • Garantía Seriedad de Oferta
  • Garantía Fiel Cumplimiento de Contrato
  • Garantía por Aumento de Contrato

1.3.20     Aclaraciones:

Es aquel documento aclaratorio y/o interpretativo de las bases de la licitación, así como de las especificaciones técnicas o de sus anexos que complementan y aclaran dichas bases. Instancia válida para efectuar modificaciones formales menores.

1.4          Modalidad de la Oferta.

Las ofertas deberán presentarse bajo la modalidad de SUMA ALZADA, en la forma exigida en las presentes bases, de manera tal que por el precio total ofertado, en el que se entenderá incluido todos los gastos y utilidad, y conforme a lo estipulado en:

ü Las presentes Bases Administrativas.

ü Requerimiento Técnico y demás antecedentes adjuntos.

ü Lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°250 de 2004.

ü Lo dispuesto en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

ü En todo lo que no sea contrario a lo dispuesto en las presentes Bases y/o a derecho.

ü El Decreto 867 de fecha 17 de marzo de 2018, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

ü El Decreto 93, de fecha 21 de octubre de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional.

El concesionario llevará a cabo todos los trabajos necesarios para la ejecución del servicio indicado en el numeral 1.2, aunque ellos no hayan sido expresamente considerados en el respectivo contrato, estimando que estos trabajos son todos aquellos necesarios para que la concesión sirva a su propósito señalado en estas bases, tomando en consideración los requerimientos prácticos, normativos, de seguridad y operatividad de la misma.

No se aceptan cambios al servicio, por lo que los oferentes deben abstenerse de realizar proposiciones distintas. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de la obligación de la Municipalidad de entregar a los licitantes antecedentes que guarden la debida correspondencia entre sí, de manera que los interesados puedan conocer con exactitud el objeto de la convocatoria.

El oferente, en su propuesta deberá considerar todos los gastos directos e indirectos que irrogue el cumplimiento del contrato, todo lo necesario para poner en servicio la concesión en forma completa y correcta.

En todo caso, ante cualquier discrepancia entre los antecedentes, se interpretará siempre de la forma que mejor beneficie la prestación del servicio, según lo determine la Municipalidad y la normativa vigente.

1.5          Plazo de Vigencia de las Ofertas.

Las ofertas que participen en esta Licitación, tendrán una vigencia mínima de 120 días corridos (hasta la fecha indicada en su Garantía de Seriedad de la Oferta), contados desde la fecha de Apertura de las ofertas en los términos y plazos indicados en las presentes Bases. Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo para adjudicar y podrá solicitar a los proponentes prorrogar sus ofertas y renovar las garantías de seriedad de la oferta respectivas. Si alguno de los proponentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación.

1.6          Participantes.

En esta Licitación podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras compareciendo como tales o como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), en los términos señalados en el Artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886, que cumplan con los requisitos y condiciones exigidas por dicha Ley y su Reglamento y con las demás disposiciones legales aplicables y las exigencias establecidas en las presentes Bases.

No podrán participar en la Licitación, las ofertas que no sean ingresadas a través de los Sistemas Electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en las presentes Bases, punto N°3 Apertura, párrafo final, para lo cual deberá contar con el Certificado de Indisponibilidad, según el Art. 62 de Reglamento de Compras Públicas, efectuado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información.

1.7          Comparecencia.

No se adjudicarán ofertas que no emanen de quien tenga poder suficiente para efectuarlas, representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley, todo ello en los términos prescrito en el Articulo 41 del Decreto Supremo 250 del 2004, del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento para la aplicación de la Ley Nº19.886.

1.7.1         Personas Naturales.

Podrán Actuar personalmente o actuar por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de presentación, conforme a lo dispuesto en el Articulo Nº82 de la Ley Nº19.880.

1.7.2         Personas Jurídicas.

Podrán actuar a través de la persona o de (los) órgano (s), que según su naturaleza o estatutos, detenten su representación, debiendo acreditar tal personería con el (los) documento (s) que den cuenta de ello, vigente al momento de presentar su oferta. Sin perjuicio de lo anterior, podrán comparecer representadas por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de representación conforme al Artículo 22 de la Ley Nº19.880.

1.7.3         Uniones Temporales de Proveedores (UTP).

En los tramites propios del poder licitatorio como la ejecución del contrato, deberán actuar a través de la persona que tenga la calidad de representante o apoderado señalado en el documento de constitución de la UTP, con expresas facultades para contraer todas y cada una de las obligaciones del contrato que se adjudique en nombre de sus integrantes. Sin perjuicio de lo anterior, podrán comparecer representadas por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de representación, conforme lo dispuesta en el Artículo 22 de la Ley Nº19.880, representación que en la especie deberá constar por escritura pública.

1.8          Tipo de Soporte de Documentos.

Todos los documentos requeridos en las presentes Bases, deberán ser presentados en soporte digital o electnico, a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, a excepción de la Garantía de Seriedad de la Oferta, que podrá según corresponda, presentarse físicamente en Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicada en calle Las Delicias355 Cabrero, de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases.

Sin embargo, el soporte de papel sólo podser utilizado en los casos de excepción establecidos en Ley N°19.886 y su Reglamento y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases.

1.9          Gastos.

Los gastos en que incurra el Oferente con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte de la Municipalidad.

1.10      Idioma de la Licitación.

Todo el proceso de licitación será en idioma español, sin perjuicio del Requerimiento Técnico que, en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.

1.11      Moneda de la Licitación.

Los valores indicados en las bases de la licitación están expresados en Pesos Chilenos ($).

1.12      Principios que rigen la Licitación.

La Licitación se regirá por los principios, que serán respetados por la Municipalidad como por los Oferentes, que corresponden a:

  • Libre concurrencia al llamado (Artículo 9° Ley 18.575).
  • Igualdad ante bases y no discriminación arbitraria (Artículos 9° Ley 18.575 y 20° del Reglamento de la Ley de Compras).
  • Sujeción estricta a las bases (Artículo 10° Ley 19.886).
  • No formalización (Artículo 13° Ley 19.880).
  • Transparencia y publicidad (Artículo 18° Ley 19.886 y 7 ° Ley 20.285).

1.13      Documentos de Licitación.

Esta Licitación Pública se rige por las normas previstas en la Ley N°19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Decálogo de Probidad en las Compras Públicas para Funcionarios del Estado y formarán parte integrante la siguiente documentación:

  1. Bases Administrativas.
  2. Requerimiento Técnico.
  3. Planos.
  • Plano 01- RSD Cabrero Zona Urbana.
  • Plano 02- RSD Monte Águila Zona Urbana.
  • Plano 03- RSD Charrúa Zona Urbana.
  • Plano 04- RSD Sectores Rurales.
  • Plano 05- BC Cabrero Zona Urbana.
  • Plano 06- BC Monte Águila Zona Urbana.
  • Plano 07- BC Charrúa Zona Urbana.
  1. Anexos.

d.1 Administrativos:

  • Anexo 1, Identificación del Oferente.
  • Anexo 2 (A o B), Declaración Jurada Simple, Aceptación de Bases de Licitación. 
  • Anexo 3 Declaración Jurada Simple, Inhabilidades por Condenas.
  • Anexo 4 Declaración Jurada Simple, Sin Conflicto de Interés.
  • Anexo 5, Programa de Integridad.

d.2 Técnicos:

  • Anexo 6, Oferta Técnica.
  • Anexo 7, Experiencia del Oferente.

d.2 Económicos:

  • Anexo 8, Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración.
  • Anexo 9, Otras Pólizas de Seguros.
  • Anexo 10, Oferta Económica.
  1. Para Contratar:
  • Declaración Jurada Simple, Saldos Insolutos de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social.
  1. Toma de razón de la Contraloría General de la República, a las Bases del llamado a Licitación Pública.
  2. Decreto que Aprueba las Bases y Llama a Licitación.
  3. Ficha de Licitación, portal www.mercadopublico.cl
  4. Preguntas, Respuestas y Aclaraciones, si hubiere, Foro Mercado Público.
  5. Aclaraciones y Modificaciones, si hubiere.
  6. Informe de Evaluación de las Ofertas.
  7. Oferta administrativa, Técnica y Económica del oferente que resulte adjudicado.

m.  Acuerdo del H. Concejo Municipal.

  1. Decreto de Adjudicación.
  2. Toma de razón de la Contraloría General de la República, del Decreto Alcaldicio que Adjudica la Licitación.
  3. Contrato que se suscriba entre las partes.
  4. Decreto que Aprueba Contrato.
  5. Orden de Compra.
  6. Cualquier otra información que se le solicite al Oferente, durante el proceso de contratación, y que haya sido presentada en tiempo y forma.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo, accediendo al portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.

1.14      Normas aplicables a la ejecución del Servicio Concesionado.

La prestación del servicio deberá ejecutarse de acuerdo a los siguientes antecedentes y normas, según corresponda:

  1. Las presentes Bases Administrativas.
  2. Requerimiento Técnico.
  3. Anexos y Formatos Adjuntos.
  4. Respuestas y/o Aclaraciones a través del portal www.mercadopublico.cl.
  5. Antecedentes Generales proporcionados por la Municipalidad.
  6. Oferta Adjudicada.
  7. Decreto Alcaldicio de Adjudicación.
  8. Contrato y Decreto Alcaldicio que lo aprueba.
  9. Ley N°18.6956 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
  10. Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento.
  11. Legislación Laboral Vigente (Código del Trabajo).
  12. DFL N°725, Código Sanitario.
  13. Ley N°16.744/1968, de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  14. Ley N°20.096/2006, sobre Protección Solar y de Ozono.
  15. Ley N°20.123/2006, sobre Subcontrataciones.
  16. Ley N°21.056/2018, Incentiva mejoras de las condiciones de remuneración y empleo de los trabajadores que se desempeñan en empresas que prestan servicios externalizados a las municipalidades, en recolección, trasporte o disposición final de los residuos sólidos domiciliario.
  17. Ley N°21.445/2022, Modifica la regulación sobre contratación, prestación y pago del servicio de extracción de residuos sólidos domiciliarios.
  18. Decreto N°316/2023, Aprueba el reglamento que establece la tipología de los municipios y regula los contenidos mínimos a los que deben sujetarse las municipalidades al momento de elaborar las bases de licitación pública para la concesión de los servicios de recolección, transporte y disposición de residuos sólidos domiciliarios de conformidad al artículo 6 de la Ley N° 19.886.
  19. Directiva de Contratación Pública N°18 "Recomendaciones para la Licitación de Concesión de Recolección, Transporte, Disposición de Residuos Sólidos Domiciliarios" de la Dirección de Compras Públicas.
  20.  Ley N°18.290/1984, Ley de Tránsito y sus modificaciones,
  21. Reglamento N°594/2000 y sus modificaciones del Ministerio de Salud.
  22. La Resolución "Instrucción de Carácter General N°3/2013" del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, para el Mercado de la Recolección, Transporte y Tratamiento Final de Residuos Sólidos Domiciliarios, aplicables a todo el territorio nacional; dictada en conformidad al D.L. N°211, sobre defensa de la Libre Competencia.
  23. Normas especiales de la Fiscalía Nacional Económica.
  24. En general, todos los reglamentos, ordenanzas y normas que rigen la materia de la presente licitación, Normativa respecto a gestión y traslado de residuos sólidos domiciliarios y residuos voluminosos; la previsión social, el contrato de trabajadores y los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de un servicio materia de la presente licitación, todos los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte del Oferente, según corresponda.

1.15      Prelación.

a)    Prelación Administrativa:

a.1. Aclaraciones.

a.2. Respuestas.

a.3. Bases Administrativas.

a.4. Contrato.

b)   Prelación Técnica:

b.1. Aclaraciones.

b.2. Requerimiento Técnico.

b.3. Planos.

Los documentos señalados, forman parte integrante de las bases de la presente licitación pública y se entregaran y estarán a disposición de los oferentes en archivos digitales, a través del sistema de información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.

1.16      Visita a Terreno VOLUNTARIA.

El terreno donde se ejecutará el servicio, será recorrido por los Oferentes interesados en una visita de carácter VOLUNTARIA, guiada por un funcionario Municipal de la Dirección de Obras Municipal y un funcionario de la Dirección SECPLAN, programada para el día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, y lo indicado en el punto 1.21 de las Bases Administrativas, saliendo desde la Secretaría Comunal de Planificación, emplazada en el segundo piso del Edificio Consistorial de la Municipalidad de Cabrero, ubicada en calle Las Delicias N°355, Cabrero. La Visita deberá ser firmada, en un Acta de Visita a Terreno.

Los gastos relacionados con la visita serán de cargo del proponente, así como también contar con medios propios para desplazarse.

1.17      Preguntas, Respuestas y Aclaraciones.

Las consultas que los participantes deseen formular, deberán ser realizadas a través de la funcionalidad para preguntas y respuestas del portal www.mercadopublico.cl.

No se aceptan consultas ni solicitud de aclaración alguna, fuera de plazo o enviadas vía fax, teléfono u otro medio distinto del señalado en el párrafo precedente.

Las respuestas se pondrán a disposición de los Oferentes en el portal www.mercadopublico.cl en el horario y fecha indicado en indicado en el punto 1.21 de las Bases Administrativas. Se citará cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado y luego se dará la respuesta respectiva.

Sin perjuicio de lo anterior y hasta el mismo plazo en que deben responderse las consultas, las aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en la misma fecha señalada en el párrafo anterior.

La Municipalidad, además de dar respuesta a las preguntas formuladas, podrá efectuar a iniciativa propia, Aclaraciones a las Presentes Bases Administrativas, Requerimiento Técnico y demás antecedentes, en cualquier momento, cuando a su juicio algún punto no haya quedado lo suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas Aclaraciones, en cuanto impliquen Modificación de las presentes Bases Administrativas, estas se deben realizar antes que venza el plazo para la presentación de propuestas y modificar los documentos de la Licitación, mediante Decreto Alcaldicio. Dicha modificación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Tanto las respuestas a las preguntas, como las aclaraciones que formule la Municipalidad se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. En el caso que de las respuestas derive una modificación de las bases publicadas, esta deberá formalizarse a través del acto administrativo correspondiente, debiendo otorgarse el plazo prudencial para que los Oferentes adecúen su oferta a tales modificaciones.

Los Oferentes, aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir del día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, y lo indicado en el punto 1.21 de las Bases Administrativas, respecto si se han emitido aclaraciones y/o modificaciones.

1.18      Modificación de las Bases.

La Municipalidad de Cabrero, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de propuestas, modificar los documentos de la Licitación, mediante Decreto Alcaldicio, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Dicha modificación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Asimismo, la Municipalidad, en casos debidamente fundados tendrá la facultad de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas a fin de dar un tiempo adicional para la presentación de los antecedentes, lo cual será comunicado a través de publicación en el Portal www.mercadopublico.cl.

1.19      Financiamiento y Presupuesto REFERENCIAL.

La presente contratación dispone de financiamiento propio de la I. Municipalidad de Cabrero de conformidad a lo siguiente:

MONTO MENSUAL REFERENCIAL $130.000.000.- (Ciento treinta millones de pesos), impuesto incluido, por un período de 60 meses (desde la fecha indicada en el acta de inicio del Servicio).

OBSERVACIONES:

ü  Los oferentes deben considerar que su oferta no exceda en más de un 10% el Monto Referencial señalado, de lo contrario su oferta será considerada Fuera de Bases.

ü  El Valor a presentar en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, (Anexo 10), deberá corresponder al MONTO MENSUAL NETO (Sin Impuesto).

1.20      Mandante, Unidad Técnica e Inspector Técnico del Servicio.

La autoridad Mandante es la I. Municipalidad de Cabrero.

La supervisión de la correcta ejecución del contrato, en calidad de Unidad cnica será: La Dirección de Obras Municipales, quien designará a la Jefa de Medio Ambiente, Aseo y Ornato como Inspector Técnico del Servicio (I.T.S.), formalizándola a través del correspondiente Decreto Alcaldicio.

La I.T.S. velará por la correcta ejecución del contrato y será responsable de toda comunicación con el Concesionario adjudicado. Efectuando inspecciones, controles y revisiones que procedan y tendrá todas y cada una de las facultades que se indican en las presentes Bases.

Las funciones principales que ejercerán la Inspector Técnico del Servicio (I.T.S) son las siguientes:

           a)       Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del Contrato.

           b)      Coordinar las acciones pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato.

            c)       Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones.

1.21      Etapas y Plazos de la Licitación.

La apertura de ofertas de la presente licitación pública se realizará en una etapa, según lo señalado en el Punto N°3 “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación en el portal Mercado Público.

Todos los plazos establecidos en las bases, como asimismo, en los instrumentos que la complementen, se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario.

  • En caso que alguno de los plazos señalados en las Bases, diera como resultado que su término recayera en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado para el día hábil inmediatamente siguiente. De igual manera, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
  • En caso que el proceso de Evaluación de Ofertas y/o el proceso de Adjudicación, no se realicen dentro de los plazos indicados, la Municipalidad informará mediante un Decreto a través del portal, las razones de ello y el nuevo plazo.
  • Los plazos del proceso se ajustan a lo indicado en el artículo 25 del Decreto Supremo N°250 del 2004, del Ministerio de Hacienda. Además de lo indicado en el artículo 13 del Decreto N°316, publicado el 2023, del Ministerio del Interior.

ETAPAS

FECHAS

Publicación del Proceso

Comenzará como día 0 del total de días corridos.

Inicio de Preguntas

Comenzarán el día 0 del total de días corridos.

Visita a Terreno Voluntaria

Iniciará a las 12:00 hrs. del 6° día corrido.

Contado desde la fecha de publicación de Licitación en el portal Mercado Público.

Final de Preguntas

Hasta las 12:00 hrs. del 12° día corrido.

Contado desde la fecha de publicación de Licitación en el portal Mercado Público.

Publicación de Respuestas en el Foro

Hasta las 19:00 hrs. del 20° día corrido.

Contado desde la fecha de publicación de Licitación en el portal Mercado Público.

Entrega Documentos en Soporte Físico

Hasta las 14:00 hrs del 31° día corrido. (Horario OIRS, Lu-Vi de 08:30 a 14:00 hrs.)

Contado desde la fecha de publicación de Licitación en el portal Mercado Público.

Cierre de Recepción de Ofertas Electrónico

Hasta las 15:00 hrs. del 31° día corrido.

Contado desde la fecha de publicación de Licitación en el portal Mercado Público.

Acto de Apertura Electrónica de las Ofertas Técnicas y Económicas.

Comenzará a las 16:00 hrs. del 31° día corrido.

Contado desde la fecha de publicación de Licitación en el portal Mercado Público.

Plazo estimado de Evaluación de Ofertas

Hasta 20 días Hábiles.

Contados desde aclaradas las consultas realizadas a los oferentes, en el acto de apertura, en el portal Mercado Público.

Fecha de Adjudicación

Hasta 20 días Hábiles.

Contados desde la fecha de recepción del Certificado favorable del H. Concejo Municipal, de la propuesta de Adjudicación del Informe elaborado por la Comisión Evaluadora.

Envío del Decreto de Adjudicación a Toma de Razón de la Contraloría

Hasta 10 días Hábiles.

Contados desde la fecha del Decreto de Adjudicación de la Licitación.

Fecha estimada Suscripción Contrato

Hasta 30 días corridos.

Contados desde la fecha de recepción del Decreto de Adjudicación con Toma de Razón por parte de Contraloría.

  1. Antecedentes para incluir en la oferta

Las Ofertas deberán presentarse en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo estipulado para ello en el calendario de licitación. Cualquier oferta presentada con posterioridad, será considerada extemporánea y se entenderá por no presentada para todos los efectos de la presente licitación, excepto lo señalado en el Punto 3.3 inciso final de las presentes bases.

  • Los documentos que se solicitan en las presentes Bases son de carácter Administrativo, Técnico y Económico, por tanto, se sugiere subir cada anexo y/o archivo digital según corresponda.
  • Se sugiere que cada anexo y/o archivo digital requerido en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyan, se publique en un sólo archivo digital.
  • Se sugiere que el nombre que se le asigne a cada anexo y/o archivo digital, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por el número que le corresponda en atención al orden que fijan las presentes bases.
  • Es obligación del Oferente revisar el Portal Electrónico durante todo el proceso, no siendo posible alegar desconocimiento de la información publicada.

Las ofertas deberán contemplar los siguientes documentos, según corresponda:

2.1          Documentos Administrativos en Soporte Digital.

2.1.1         Anexo 1, Identificación del Oferente. Completar con la información solicitada. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

2.1.2         Anexo 2 (A o B, persona natural o jurídica respectivamente), Declaración Jurada Simple, Aceptación de Bases de la Licitación (DEBIDAMENTE FIRMADO). Tratándose de Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá completar este Anexo, A o B, según corresponda, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

2.1.3         Anexo 3, (Completar SÓLO en caso de Unión temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Inhabilidades por Condenas (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

2.1.4         Anexo 4, (Completar SÓLO en caso de Unión Temporal de Proveedores) Declaración Jurada Simple, Sin Conflicto de Interés (DEBIDAMENTE FIRMADO). Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá completar este Anexo, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.

2.1.5         Anexo 5, Programa de Integridad. Deberá informar si cuenta con programa de integridad implementado, de conformidad a lo siguiente:

El Programa de Integridad de una empresa u organización, se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.

Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el Programa de Integridad es conocido por el personal y/o trabajadores de la empresa, tales como: Comunicado interno, mail masivo, o cualquier otro medio formal. El o los documentos presentados, deberán INDICAR la FECHA de EMISIÓN, sólo se aceptarán documentos cuya fecha sea entre Enero de 2023, a la fecha de publicación de la presente Licitación.

Para efectos de la evaluación se considerará lo siguiente:

  • Cuenta con Programa de Integridad implementado de conformidad a lo solicitado y se encuentre debidamente respaldado.

En caso de informar que no cuenta con Programa de Integridad, o no presentar los respaldos según lo indicado en el presente Anexo, el Oferente será evaluado con puntaje 0.

OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS:

-  Sólo deben completar el Anexo 3 y el Anexo 4, aquellos oferentes que participen en calidad de Unión Temporal de proveedores.

-  Aquellos oferentes que no participen en calidad de Unión Temporal de Proveedores, deberán firmar electrónicamente al momento de presentar su oferta por el portal www.mercadopublico.cl (paso tres de la oferta).

(*)Los oferentes que no ingresen en su oferta, alguno de los Anexos solicitados, según corresponda su calidad jurídica, se aplicará Punto 3.3, inciso tercero de las presentes Bases.

2.2          Documentos Técnicos en Soporte Digital.

2.2.1         Programa de Gestión de Riesgos Presentes en el Trabajo. En cumplimiento a la Ley 21.056. El Oferente deberá adjuntar documento en el que se observen las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo y de conformidad a lo establecido en el punto 13 del Requerimiento Técnico.

2.2.2         Anexo 6, Oferta Técnica. La presentación de la Oferta Técnica, deberá ser en cumplimiento de las Bases Administrativas y Requerimiento Técnico, por medio del RESUMEN TÉCNICO.

2.2.3         Anexo 7, Experiencia del Oferente. Indicar solo experiencia del oferente, en prestación de Servicios de Recolección y Transporte de Residuos y/o Disposición Final, a las Municipalidades del País, entre Enero de 2010, a la fecha de cierre de recepción de Ofertas). Se considerarán los Certificados, cuyo servicio se encuentre EJECUTADO o en EJECUCIÓN, siempre y cuando, haya prestado el servicio durante al menos 24 meses.

SÓLO serán evaluadas las experiencias comprobadas por medio de CERTIFICADOS adjuntos, emitidos por los respectivos Mandantes (MUNICIPALIDADES), y que coincida con el indicado en el presente Anexo.

Los CERTIFICADOS deberán señalar como mínimo:

  • Que corresponde a Servicios de Recolección y Transporte de Residuos y/o Disposición Final.
  • Vigencia del Contrato, (para corroborar que se realizó dentro de las fechas solicitadas, Enero de 2010, a la fecha de cierre de recepción de Ofertas). Se considerarán los Certificados, cuyo servicio se encuentre Ejecutado o en Ejecución, siempre y cuando, haya prestado el servicio durante al menos 24 meses.
  • Mandante del Servicio (MUNICIPALIDAD).
  • Nombre y Cargo de quien suscribe el documento.

Los CERTIFICADOS, podrán ser suscritos por; Alcaldes, Directores, Jefes de Departamento, Encargados y/o ITS.

No serán evaluadas:

  • Experiencias en que se registre como Mandante a la misma empresa que postula como oferente u otro distinto a la Municipalidad que realizó la Contratación.
  • Experiencias en que las Certificaciones no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente.
  • Certificados que indiquen un comportamiento inadecuado o termino anticipado del Servicio, por razones atribuibles al oferente.
  • Documentos distintos al indicado, tales como; Decretos, Órdenes de Compra, Contratos, Facturas, etc.

En caso de no indicar experiencia en el Anexo, no adjuntar Certificados de respaldo, o estos no indican la información de conformidad a lo solicitado, el Oferente será evaluado con puntaje 0.

Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 67 bis inciso quinto del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación, según punto 4.2 de las presentes Bases.

Para efectos de la evaluación se considerará lo siguiente:

  • Cantidad de Contratos de Servicios iguales y/o similares, de conformidad a lo indicado en el presente Anexo y que se encuentren debidamente Certificados.

OBSERVACIONES TÉCNICAS:

(**)Los oferentes que no ingresen en su oferta; el Programa de Gestión de Riesgos presentes en el trabajo, Anexo N° 6 y/o Anexo N°7, serán considerados FUERA DE BASES.

2.3          Documentos Económicos en Soporte Digital.

2.3.1         Anexo 8, Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración. El oferente deberá completar el Anexo según lo solicitado en el mismo.

2.3.2         Anexo 9, Otras Pólizas de Seguros. El oferente deberá completar el Anexo según lo solicitado en el mismo y lo mínimo solicitado en el punto 8.9.2 de las presentes Bases Administrativas.

2.3.3         Anexo 10, Oferta Económica. Completar de conformidad a lo solicitado en el presente Anexo, indicando el Valor Total (impuesto incluido) por los 60 meses de Contrato.

OBSERVACIONES ECONÓMICAS:

(**)Los oferentes que no ingresen en su oferta; el Anexo 8, Anexo 9 y/o Anexo 10, serán considerados FUERA DE BASES.

2.4          De la Oferta Económica.

La Oferta Económica, deberá presentarse a través del portal durante el periodo de recepción de ofertas, conforme a las etapas y plazos señalados en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, esta oferta incluirá sólo el MONTO MENSUAL NETO (Sin Impuesto).

2.5          Antecedentes en soporte Físico o Electrónico.

Los oferentes deberán presentar la Garantía de Seriedad de la Oferta ya sea física o electrónicamente, de conformidad a la Ley N°19.886 y Ley N°19.799.

Entrega Garantía Seriedad de la Oferta en soporte físico:

Los Oferentes podrán ingresar en Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Cabrero, ubicada en calle Las Delicias 355 Cabrero, hasta el día y hora señalado en Ficha de Licitación, punto 3 “Etapas y Plazos”, Fecha de entrega en soporte físico y lo indicado en el punto 1.21 de las presentes Bases.

Entrega Garantía Seriedad de la Oferta en soporte electrónico:

También los Oferentes podrán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta electrónicamente, enviando el Documento Financiero a los siguientes correos electrónicos de la Secretaría Municipal / Ministro de Fe (sofia.reyes@cabrero.cl; kortiz@cabrero.cl; pmatamala@cabrero.cl).

En tal caso deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y hasta el día y hora señalada en Ficha de Licitación, punto 3. “Etapas y Plazos”, Fecha de cierre de recepción de la oferta y lo indicado en el punto 1.21 de las presentes Bases.

2.5.1         Garantía de Seriedad de la Oferta, según las indicaciones detalladas en el punto 8.7.1 de las presentes Bases Administrativas.

Lo anterior de conformidad a lo indicado en el punto 1.8 Tipo de Soporte de Documentos, de las presentes Bases Administrativas.

(****) Los oferentes que no cumplan con la presentación del documento antes indicado, serán considerados FUERA DE BASES.

  1. proceso de apertura

3.1          Comisión Evaluadora.

La Comisión Evaluadora, será participe tanto en el proceso de Apertura de las Ofertas, como en el proceso de Evaluación de las Ofertas. Estará integrada por los funcionarios municipales o los que se determinen en conformidad a la ley, los cuales se designarán mediante Decreto Alcaldicio para tal efecto, actuará en su calidad de Ministro de Fe, la Secretaria Municipal, o quienes los subroguen en su caso.

La integración de la Comisión Evaluadora se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y se registrará en el sistema institucional del Lobby. Los miembros de la presente Comisión, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente y estará integrada a lo menos por tres funcionarios municipales de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la Administración Municipal y siempre en un número inferior a los funcionarios municipales que la integran.

Quienes integren la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Tampoco podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.

3.2          Principio de Abstención.

Las autoridades y los funcionarios, en quienes se den alguna de las circunstancias señaladas a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.

Son motivos de abstención los siguientes:

a)    Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.

b)   Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.

c)    Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas anteriormente.

d)   Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que trate.

e)    Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

3.3          Apertura de las Ofertas.

La Apertura de las Ofertas se realizará en cumplimiento a lo indicado en el artículo 33 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública, portal Mercado Público, en el día y hora señalada en el Punto Nº 3 Etapas y Plazos de la Ficha de Licitación y lo indicado en el punto 1.21 de las presentes Bases, en Oficinas de la Dirección de SECPLAN de la I. Municipalidad de Cabrero. Con la intención de optimizar los procesos de la Municipalidad, se dará la posibilidad de realizar la Apertura de las Ofertas, de manera remota, utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes (videoconferencias, u otras).

Primeramente, se procederá a constatar el ingreso de los antecedentes en soporte físico requerido, incluyendo garantías de seriedad de la oferta, cuando corresponda, posteriormente se verificará la presentación en la plataforma de Compras Públicas, los Documentos solicitados en el punto 2 de las presentes Bases; Administrativos, Técnicos y Económicos.

Si de la revisión de los Documentos Administrativos, se verifica la omisión de alguno de ellos, la Comisión Evaluadora podrá solicitar al Oferente incumplidor subsanar dicha omisión desde realizada la solicitud de formal por parte de la Municipalidad, a través del foro inverso de la Plataforma www.mercadopublico.cl, podrá tener un Plazo Max. de 48 horas para ello, sólo se considerará válidos los documentos emitidos con fechas anteriores al cierre de la propuesta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo señalado en el artículo 40º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. De no existir respuesta por parte del Oferente en el plazo establecido precedentemente, se procederá a declarar Fuera de Bases la oferta presentada por el proponente incumplidor.

Una vez realizada la verificación de ingreso de todos los anexos y documentos solicitados en el portal www.mercadopublico.cl, incluyendo la subsanación en caso de corresponder, se procederá a Aceptar o Rechazar las Ofertas, según corresponda.

La Municipalidad pone en conocimiento de los Oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación en el Acto de Apertura, durante el siguiente proceso, Evaluación de las Ofertas, se reserva el derecho de verificar toda la información y antecedentes proporcionados por el proponente pudiendo aparecer algunos hechos que no fueran observados en la mencionada apertura, de conformidad a lo solicitado en el presente llamado, esta situación implicará que no se considerará la oferta del proponente. Si esto llegara a ocurrir se informará oportunamente tal situación por el Portal Mercado Público a todos los proponentes fundamentando la decisión.

Los Oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, conforme a lo señalado en el Artículo 33º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, las que serán resueltas por la Comisión Evaluadora a través del portal Mercado Público, dentro de los 2 días siguientes.

Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente.

Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal, que provoque la imposibilidad al oferente de ingresar su oferta o archivos, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas; los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal, las cuales deberán entregarse en Oficina de Partes de la Municipalidad de Cabrero hasta las 14:00 hrs.

3.4          Reincorporación de Ofertas.

En la presente Licitación se podrá realizar la reincorporación de una oferta siempre y cuando se haya descartado por inconveniente o error durante la Apertura Electrónica, esta decisión será tomada por la Comisión Evaluadora, a través de un documento llamado "Informe de Rectificación del Acto de Apertura Electrónica", el que permitirá validar la reincorporación de la o las ofertas.

Una vez realizado este proceso, será necesario aprobarlo a través de Decreto Alcaldicio y continuar con la etapa de Evaluación. El documento de aprobación formará parte de la presente licitación y deberá publicarse en el Sistema de Información de www.mercadopublico.cl.

  1. PROCESO DE EVALUACIÓN

4.1          Evaluación de las Ofertas.

La Evaluación de las Ofertas, se efectuade acuerdo con los Criterios de Evaluación establecidos en las presentes Bases y estará a cargo de la Comisión Evaluadora, la que podrá requerir las asesorías y los antecedentes que se estimen pertinente para su adecuado cometido. La Municipalidad, podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en los procesos de licitación.

 

Una vez finalizado completamente el proceso de Apertura, se procederá con la Evaluación de las Ofertas, se efectuará a través de un análisis Técnico - Económico de los beneficios y los costos presentes y futuros del servicio ofrecido en cada una de las ofertas. Para efectos del anterior análisis, deberá remitirse a los Criterios de Evaluación de las presentes Bases, punto 4.2, asignando puntajes de acuerdo a lo señalado.

En virtud del artículo 40º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se evaluará con 100 puntos, de conformidad a lo indicado en el punto 4.2 de las Bases Administrativas, aquellos que cumplan en su totalidad con la documentación requerida y en la forma solicitada y con 0 puntos, para aquellos oferentes, que no presenten toda la documentación, a los que se le solicitará correcciones a través del foro inverso.

La Municipalidad podsolicitar las aclaraciones que estime conveniente a uno o a todos los Oferentes, para lo cual los Oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder a lo solicitado por la Municipalidad. Siempre que dicho plazo no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo señalado en el artículo 40º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Una vez vencido el plazo de respuesta a las observaciones, y en un plazo máximo de 20 días hábiles, la Comisión Evaluadora efectuará la Evaluación de las Ofertas, elaborando un Informe de Evaluación, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 40 bis Decreto Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda, que contendrá toda la información de los procesos de Apertura y Evaluación de las Ofertas, además de la proposición de Adjudicación y/o Rechazo de las ofertas que no se ajustan a lo requerido, que se pondrá en conocimiento del Sr. Alcalde para su resolución.

4.2          Criterios de Evaluación.

Las ofertas presentadas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes Criterios de Evaluación:

CRITERIOS

PONDERACIÓN

CRITERIO

%

SUBCRITERIOS

PONDERACIÓN SUBCRITERIO

%

A. 

OFERTA ECONÓMICA

50%

N/A

-

B. 

MEJORES CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN

30%

b.1) NIVEL DE REMUNERACIONES

50%

b.2) CONDICIONES DE EMPLEO

30%

                     i.     Prestaciones de Bienestar

70%

                   ii.     Contratos Indefinidos

15%

                 iii.     Convenios Colectivos

15%

b.3) CONTINUIDAD LABORAL

20%

  1.  

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

15%

N/A

-

D. 

OTRAS PÓLIZAS DE SEGUROS

3%

N/A

-

  1.  

PROGRAMA DE INTEGRIDAD

1%

N/A

-

  1.  

CUMPLIMIENTO DE LOS

REQUISITOS

1%

N/A

-

Los puntajes considerarán una escala de 0 a 100 puntos y un máximo de dos decimales.

  1. OFERTA ECONÓMICA – 50%

El Criterio Oferta Económica, será evaluado de conformidad a lo indicado por el Oferente en Anexo 10 “Oferta Económica”, considerando el Valor Total (impuesto incluido), por el periodo de 60 meses de Contrato.

La evaluación del Criterio se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Puntaje A. = [(Oferta Económica Menor Precio/Oferta Económica a Evaluar) * 100] * 50%

  1. MEJORES CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN – 30%

El Criterio Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración, será evaluado a través de tres Subcriterios, de conformidad a lo indicado en Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración” y a lo mínimo solicitado en el punto 8.9 y 8.10 del Requerimiento Técnico;

La evaluación del Criterio se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Puntaje B. = [(Ptje. b.1) + (Ptje. b.2) + (Ptje. b.3)] * 30%

b.1) NIVEL DE REMUNERACIONES (50%)

Este Subcriterio se evaluará considerando el ítem Total Haberes Imponibles del Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración”, y a lo mínimo solicitado en el punto 8.9 del Requerimiento Técnico considerando cada categoría de trabajador.

La evaluación del Subcriterio se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje b.1) = [(Ptje. Conductor) + (Ptje. Peoneta) + (Ptje. Barrendero)] * 50%

  • CONDUCTOR: El puntaje se determinará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje Conductor = [(Remuneración a Evaluar/Mayor Remuneración a Evaluar) * 100] * 33%

  • PEONETA: El puntaje se determinará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje Peoneta = [(Remuneración a Evaluar/Mayor Remuneración a Evaluar) * 100] * 33%

  • BARRENDERO: El puntaje se determinará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje Barrendero = [(Remuneración a Evaluar/Mayor Remuneración a Evaluar) * 100] * 34%

b.2) CONDICIONES DE EMPLEO (30%)

Este Subcriterio, será evaluado a través de tres detalles, de conformidad a lo indicado en Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración” y a lo mínimo solicitado en el punto 8.10 del Requerimiento Técnico;

Ptje b.2) = [Ptje. i. + Ptje. ii. + Ptje. iii.] * 30%

                i.     Prestaciones de Bienestar [70%]

Se evaluará de acuerdo a la información indicada por el oferente en el Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración” en el ítem Prestaciones de Bienestar, siempre que se encuentren en cumplimiento de lo mínimo solicitado en el punto 8.10 del Requerimiento Técnico.

La evaluación se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje i. = [(Total Compensaciones a evaluar/Mayor Total Compensaciones) * 100] * 70%

              ii.     Contratos Indefinidos [15%]

Se evaluará de acuerdo a la información indicada por el oferente en el Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración” en el ítem Tipos de Contratos.

La evaluación se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje ii. = (Ptje. tabla * 15%)

Se aplicará el puntaje según la siguiente tabla:

TIPO DE CONTRATOS

PUNTAJE

Opción a.

100

Opción b.

70

Opción c.

10

            iii.     Convenios Colectivos [15%]

Se evaluará de acuerdo a la información indicada por el oferente en el Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración” en el ítem Convenios Colectivos.

La evaluación se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje iii. = (Ptje. tabla * 15%)

Se aplicará el puntaje según la siguiente tabla:

CONVENIOS COLECTIVOS

PUNTAJE

1 o más Convenios Colectivos (bien acreditados)

100

0 Convenios Colectivos (mal o no acreditado)

0

b.3) CONTINUIDAD LABORAL (20%)

Este Subcriterio se evaluará de acuerdo a la información indicada por el oferente en Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración” en el ítem Continuidad Laboral.

La evaluación del Subcriterio se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Ptje b.3) = (Ptje. tabla * 20%)

Se aplicará el puntaje según la siguiente tabla:

CONTINUIDAD LABORAL

PUNTAJE

100% de los trabajadores

100

Entre el 1% y menor al 100% de los trabajadores

10

No da continuidad a ningún trabajador

0

  1. EXPERIENCIA DEL OFERENTE – 15%

El Criterio Experiencia del Oferente, será evaluado de conformidad a lo indicado por el Oferente en Anexo 7 “Experiencia del Oferente” y lo solicitado en el punto 2.2.3 de las presentes Bases:

La evaluación del Criterio se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Puntaje C. = (Ptje. tabla * 15%)

Se aplicará el puntaje según la siguiente tabla:

CANTIDAD DE CONTRATOS

PUNTAJE

10 o más Contratos Acreditados

100

7 a 9 Contratos Acreditados

80

4 a 6 Contratos Acreditados

60

1 a 3 Contratos Acreditados

30

0 Contratos Acreditados

0

  1. OTRAS PÓLIZAS DE SEGUROS – 3%

La evaluación del Criterio se evaluará de acuerdo con la información indicada por el oferente en Anexo 9 “Otras Pólizas de Seguros” y siempre que se encuentren en cumplimiento de lo mínimo solicitado en el punto 8.9.2 de las Bases Administrativas.

La evaluación del Subcriterio se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Puntaje D. = (Ptje. tabla * 3%)

Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla:

OTRAS PÓLIZAS DE SEGUROS

PUNTAJE

2 o más Seguros extras

100

1 Seguro extra

50

No oferta Seguros extras

0

  1. Programa de Integridad – 1%

La evaluación del Criterio se evaluará de acuerdo con la información indicada por el oferente en Anexo 5 “Programa de Integridad” y siempre que se encuentren en cumplimiento de lo mínimo solicitado en el punto 2.1.5 de las presentes Bases.

La evaluación del Subcriterio se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Puntaje E. = (Ptje. tabla * 1%)

Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla:

PROGRAMA DE INTEGRIDAD

PUNTAJE

Cuenta con Programa de Integridad implementado y entrega respaldo de verificación

100

No cuenta con Programa de Integridad implementado o no entrega respaldo de verificación

0

  1. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS – 1%

La evaluación del Criterio, se realizará de conformidad a la siguiente formula:

Puntaje F. = (Ptje. tabla * 1%)

Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla:

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS

PUNTAJE

Cumple Requisitos de Antecedentes Administrativos

100

No Cumple Requisitos de Antecedentes Administrativos y subsana con posterioridad

0

4.3          Resolución de Empates.

En caso de empate, se adjudicaal oferente que obtenga mayor puntaje en el Criterio OFERTA ECONÓMICA y en caso de continuar con el empate se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración, Experiencia del Oferente, Otros Seguros, Programa de Integridad y Cumplimiento de los Requisitos. Adicionalmente, en caso de continuar el empate, este se resolverá optando por aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal.

  1. Adjudicación

El Alcalde determinará la propuesta de adjudicación de la licitación, considerando la oferta más conveniente de acuerdo con el Informe de Evaluación, elaborado por la Comisión Evaluadora.

El puntaje mínimo para Adjudicar será de un 50 sobre un total de 100.

De conformidad a lo establecido en el artículo 65°, letra k) de la Ley N°18.695, el Alcalde requerirá del acuerdo del Concejo Municipal para otorgar concesiones municipales, renovarlas y ponerles término. Ahora bien, tal como lo señala el Dictamen N°1.279, de fecha 08 de enero de 2015 y N°1.355 de fecha 17 de enero de 2018, ambos de la Contraloría General de la República, el acuerdo del Honorable Concejo Municipal para el otorgamiento de concesiones debe ser previo a la adjudicación.

La Adjudicación se realizará mediante resolución fundada, en un plazo máximo de 20 días hábiles contados desde la fecha de recepción del Certificado favorable por parte del H. Concejo Municipal, de la propuesta de Adjudicación indicada en el Informe elaborado por la Comisión Evaluadora.

Una vez realizado el acto administrativo de Adjudicación, en un plazo máximo de 10 días hábiles, la Municipalidad de conformidad a lo indicado en el artículo 6° de la Ley N°19.886, someterá a trámite de toma de razón de Contraloría, los siguientes documentos; El Informe de Evaluación, el Certificado del H. Concejo Municipal emitido por la Secretaria Municipal o quien le subrogue, donde conste la aprobación de la Adjudicación de la propuesta pública y el respectivo Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta.

Una vez recepcionado el Decreto de Adjudicación con toma de razón por parte de Contraloría, la Municipalidad informará a través del portal Mercado Público la resolución de la adjudicación al Oferente adjudicado, e informará por este medio a los restantes proponentes que sus ofertas no han sido adjudicadas.

La notificación de la resolución de Adjudicación, se entenderá realizada luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el Sistema de Información el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 6 y 41 del Decreto Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda.

5.1          Adjudicación Fuera de Plazo.

Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la Municipalidad publicará en el sistema de compras públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación.

5.2          Revocar proceso de Licitación Pública.

La Ilustre Municipalidad de Cabrero establece desde ya, que se reserva el derecho de revocar el proceso de Licitación Pública publicado en el portal de Mercado Público cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación.

La revocación de esta Licitación deberá ser fundada en razones de mérito, conveniencia u oportunidad, o porque no convenga al interés general o al interés del Municipio, de acuerdo al artículo 61 de la Ley N°19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos.

El estado de revocado del proceso de licitación produce el efecto de terminarlo definitivamente, aun existiendo ofertas. Dicha revocación será ordenada por medio del respectivo Decreto Alcaldicio.

5.3          Resolución de Consultas respecto de la Adjudicación.

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación de este acto, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a los siguientes correos electrónicos: emontes@cabrero.cl / ybarra@cabrero.cl.

Cabe señalar que la Municipalidad dispondrá de 5 días hábiles desde la publicación de la adjudicación en el Sistema de Información para dar respuesta a dichas consultas.

  1. Derecho del Contratante de Rechazar Todas las Ofertas

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, declarando desierto el proceso licitatorio, a través de la correspondiente resolución fundada, por no convenir a los intereses de la Institución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley Nº 19.886.

  1. Readjudicación

La Municipalidad podrá readjudicar la licitación al Oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 41. Inciso final del Reglamento de la Ley 19.886, como por ejemplo en los siguientes casos:

a)    Si la orden de compra no es aceptada dentro el plazo estipulado por causas atribuibles al Oferente adjudicado.

b)   Si el Oferente adjudicado no hace entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en el plazo establecido para ello.

c)    Si el contrato no se firma dentro el plazo estipulado por causas atribuibles al Oferente adjudicado.

d)   Si el Oferente adjudicado se desiste de su oferta.

e)    Si el Oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con el Estado en los términos señalados en el Artículos Nº4 y/o N°35 quáter de la Ley Nº19.886, o no proporciona la documentación necesaria para verificar dicha situación. El oferente adjudicado, deberá acreditar su habilidad para contratar con el Estado dentro del plazo establecido para el ingreso de la Garantía de Fiel cumplimiento del contrato. En caso de no acreditar su habilidad dentro del plazo señalado, se procederá a declarar inadmisible la oferta y se podrá readjudicar la licitación.

El puntaje mínimo para Readjudicar será de un 40 sobre un total de 100.

Asimismo, procederá la readjudicación, si el adjudicatario fuese Inhábil en los términos de los Art. 4° Inciso 6° y/o Art. 35° quáter de la Ley Nº19.886, y no acredite su inscripción en el Registro de Proveedores y Habilidad para contratar con el Estado conforme a lo señalado en la letra e) precedente.

En el caso de que el adjudicatario, sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del Art. 4° Inc. 6° y/o Art. 35 de la Ley N°19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será adjudicada al siguiente oferente mejor e valuado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP, debe continuar funcionando con a lo menos dos integrantes. Sí la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, está deberá ser dejada sin efecto, debiendo la Licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

  1. Condiciones Contractuales

8.1          Exclusiones para Contratar.

Quedaran excluidos de contratar las personas Naturales y Jurídicas que se encuentren afecta a alguna de las causales de inhabilidad prevista en el Artículo 4º y 35° quáter de la ley Nº19.886; las que hayan sido condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del Decreto Ley N° 211, de 1973; y las que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o por infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Artículo 463 y siguiente del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Tampoco podrá contratarse la presente licitación con personas jurídicas o de derecho privado o empresas del Estado que, a la época de la suscripción del contrato, tuvieren vigente la sanción de prohibición, temporal o perpetua, para celebrar actos y contratos con los organismos del Estado por haber sido condenados por delitos de cohecho, lavado de activo o financiamiento al terrorismo.

Tratándose de Uniones Temporales de proveedores, las inhabilidades se regirán, además, por lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la ley N°19.886, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°250 de 2004.

Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso segundo del artículo 64 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.

8.2          Sistema del Contrato.

El Contrato será de Suma Alzada, en pesos chilenos, sin intereses, ni indemnizaciones de ningún tipo.

8.3          Anticipo.

La presente propuesta NO considera anticipos de ningún tipo.

8.4          Plazo del Contrato.

El Plazo de Ejecución del contrato, regirá durante un período de 60 meses. Se estima poder iniciar el contrato desde el 01 de Julio de 2024 y hasta el 30 de Junio de 2029, ambas fechas inclusive.

Los plazos indicados, solo podrán comenzar una vez firmado y formalizado el Contrato mediante Decreto Alcaldicio totalmente tramitado, de conformidad a lo señalado en los puntos 5 y 8.5 de las presentes Bases. Es por lo anterior que, las fechas exactas de inicio y término podrían quedar sujetas a cambios, pudiendo comenzar y terminar en fechas posteriores a lo estimado, pero siempre considerando 60 meses de servicio.

Acta de Inicio del Servicio, se realizará durante el primer mes de iniciado el contrato, estará a cargo de la I.T.S., y se detallará el cumplimiento de la oferta en la “Fase de Implementación y Ajuste”, además deberá hacer entrega de la Memoria Explicativa, de conformidad al detalle señalado en el punto 4 del Requerimiento Técnico.

8.5          Celebración y Firma del Contrato.

La Municipalidad, a través de la Dirección de SECPLAN, en un plazo no superior a 10 días hábiles de haber recibido los antecedentes de la Adjudicación con toma de razón por parte de la Contraloría y completamente tramitada a través del portal www.mercadopublico.cl, enviará vía correo electrónico el borrador de Contrato al Oferente adjudicado, el adjudicatario dispondrá de 3 días hábiles para examinarlos y formular las observaciones que estime procedentes, en el caso de no existir observaciones dentro del plazo estipulado, se entenderá por aceptadas las condiciones contractuales de parte del oferente adjudicado. Para la firma del contrato se fijará de común acuerdo, el día y lugar, dentro de los 10 días hábiles siguientes de subsanadas las observaciones que se estimen procedentes, haciendo entrega previamente de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. Dicho plazo podrá ser ampliado sólo por el mandante de conformidad al interés municipal. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la firma del Contrato no podrá exceder de 30 días corridos, contados desde que se envía la notificación de la Adjudicación.

Al momento de formalizar el Contrato se deberá resguardar el cumplimiento de la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en conformidad de la Ley N°20.393. Será requisito que el proponente adjudicado y cada uno de los miembros de la U.T.P. en su caso, al momento de suscribir el contrato, se encuentre inscrito en el registro de Proveedores, en calidad de Hábil para contratar con el Estado, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 4° y 35° quáter de la Ley N°19.886 y artículo 92° del Reglamento de la misma Ley, bastando para comprobar lo anterior, la revisión que al efecto haga la Municipalidad.

Quienes tengan la calidad de personas naturales podrán actuar personalmente o representadas por un tercero, conforme a lo prescrito en el Artículo 41° inciso 7 del Decreto 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley N°19.886.

Previo a la firma del contrato, el Oferente deberá:

1)   Entregar en soporte digital o papel, el documento en que legalmente conste la personería del o los representantes legales y las facultades para actuar por la persona jurídica de que se trate.

2)   Estar inscrito en el Registro de Proveedores, en calidad de HÁBIL.

3)   Haber ingresado la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.

4)   Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. El documento no podrá tener una antigüedad superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de notificación de la adjudicación. Para verificar lo anterior, el Certificado debe INDICAR la FECHA de EMISIÓN del Documento.

5)   Haber ingresado la Declaración Jurada Simple de Saldo Insoluto de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social (DEBIDAMENTE FIRMADA). En los términos señalados en el Art. 4 de la Ley 19.886 y Art. 22 N°9, Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El Formato de la Declaración Jurada en comento, se encuentra inserto en el D.A.E que aprueba las Bases del llamado.

6)   Tratándose de U.T.P, deberá acompañarse el instrumento público de su constitución. Dicho documento deberá cumplir con:

a)    Establecer que se constituye para participar en el presente proceso de licitación, individualizándolo con su respectivo número de ID.

b)   Establecer expresamente la solidaridad entre todos sus miembros respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen en el presente proceso de licitación y en la contratación posterior con la Municipalidad.

c)    Contener la designación de un representante o apoderado común de todos sus integrantes.

d)   El apoderado debe estar investido con poderes suficientes para actuar en nombre y representación de todos ellos, con facultades para contraer la obligación y ejercer los derechos que se vinculan con las actividades objeto del contrato, desde la presentación de oferta, la vigencia y hasta la total extinción del contrato.

e)    Indicarse que la vigencia de la U.T.P no podrá ser inferior al plazo de ejecución del servicio que se está licitando, incluyendo sus modificaciones.

Sí el oferente adjudicado, en su caso, no entregara los documentos requeridos en los casos y forma señalada precedentemente; se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del Artículo 4° de la Ley N°19.886, la Municipalidad mediante resolución fundada, podrá dejar sin efecto la adjudicación y se reserva el derecho de adjudicar la propuesta al Oferente con la segunda oferta más conveniente en orden de prelación o declararla desierta.

El Contrato será aprobado por Decreto Alcaldicio y el plazo de ejecución entrará en vigencia a partir de la fecha indicada en el punto 8.4 de las presentes Bases.

La Orden de Compra será enviada a través del portal de compras públicas, una vez aprobado el Contrato y el Adjudicatario, deberá aceptarla en el plazo de 48 horas contadas desde el envío de la Orden de Compra.

Para los efectos de este proceso de licitación pública, los Oferentes constituyen su domicilio en la ciudad de Cabrero, sometiéndose a la competencia de sus Tribunales de Justicia, lo cual se extiende al oferente que resulte adjudicado, lo que deberá quedar consignado en el contrato de prestación del servicio.

8.6          Modificación del Contrato.

El contrato podrá modificarse por aumento o disminución de los servicios requeridos, los aumentos y/o disminuciones, se harán sobre la base de lo indicado en el punto 5.2.2 del Requerimiento Técnico, por:

a)    Aumentos y/o disminuciones de sectores durante la vigencia del servicio.

b)    Urgencias impostergables de orden ambiental o sanitario.

c)    Operativos de limpieza ocasionales o estacionales.

Para cualquier otra modificación que permita aumentar o disminuir el contrato, será de mutuo acuerdo entre la Municipalidad y el Concesionario, en todo caso la modificación que se conviniere deberá ser fundada, sancionada, mediante decreto y publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas y no podrá alterar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni aplicar un aumento superior al 30% del monto inicial del contrato.

Todo aumento o disminución del Contrato, así como las prórrogas obligan al adjudicatario a actualizar las cauciones que correspondan, por el monto y vigencia total del contrato, manteniendo los términos indicados en el punto 8.7 de las bases Administrativas, según corresponda.

8.7          Garantías.

8.7.1         Garantía de Seriedad de la Oferta.

Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, para Garantizar la Seriedad de la Oferta, tomada por el Oferente o por un tercero a su nombre, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero, R.U.T. 69.151.000-k, por un monto mínimo equivalente a $5.000.000.- (Cinco millones de pesos) con una vigencia mínima establecida por la fecha de cierre de recepción de ofertas aumentado en 120 días corridos (fecha indicada en su documento de Garantía). Si dentro de este plazo no se puede efectuar la adjudicación, la Municipalidad se reserva el derecho de extender el plazo para adjudicar y podrá solicitar a los proponentes prorrogar sus ofertas y renovar su respectiva garantía. Si alguno de los proponentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación.

La Municipalidad podrá solicitar la certificación de autenticidad de los documentos de Garantía ante la institución financiera emisora.

NOTA: La Fecha de Vencimiento señalada en www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial.

GLOSA: Seriedad de la OFERTA CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO”;  ID 4080-15-LR24.

La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado.

En el caso de los Vale Vista, donde no se puede registrar la glosa en el documento, deberá indicarla al reverso de la garantía o adjuntar un documento indicando Nombre del Proveedor, Rut del Proveedor, Nº licitación, Nº de documento y la GLOSA.

Sí la Garantía de Seriedad de Oferta, presenta errores de tipeo como; Glosa, Nombre del Beneficiario u otro error, la Municipalidad podrá rechazar la oferta, si corresponde a un error esencial.

Este documento se devolverá al Oferente Adjudicado, una vez firmado el contrato o aceptada la orden de compra, según corresponda.

La devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, por solicitud expresa por parte del Oferente. La devolución del documento financiero, será de cargo de Tesorería Municipal.

La Municipalidad hará efectiva esta garantía en los siguientes casos:

a)    Si el proponente no respeta el plazo de vigencia de las ofertas según lo establecido en el punto 1.5 de las presentes Bases Administrativas.

b)   Si el proponente se desiste de su oferta.

c)    Si el proponente adjudicado no hace entrega de las Garantías de Fiel Cumplimiento del Contrato o No acepta la orden de compra en el plazo establecido en las presentes Bases Administrativas.

OBSERVACIÓN: De ser modificada la fecha de apertura de licitación, ya sea por modificación a las bases de licitación y/o en forma automática por el sistema de Compras Públicas al no existir el mínimo de tres Oferentes, las ofertas válidamente presentadas en cumplimiento de las bases de licitación y siempre que la Garantía de Seriedad de Oferta cumplan con la vigencia solicitada respecto de la fecha inicial de apertura, serán consideradas válidas para el proceso de apertura y evaluación de ofertas.

8.7.2         Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

El Oferente Adjudicado, enterará una Garantía de Fiel Cumplimiento, en un plazo de 07 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, a objeto de caucionar el correcto, total y oportuno acatamiento del Contrato, consistente en Boleta de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguros o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, tomada por el Oferente o por un tercero a su nombre, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero, R.U.T. 69.151.000-K.

a)    Deberá ser de carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro a la vista de manera rápida y efectiva.

b)   La póliza de seguro o certificado de fianza u otro instrumento a la vista e irrevocable, no podrán tener cláusulas de exclusión y la Municipalidad quedará facultada para hacer efectiva la garantía, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial arbitral alguna, lo que deberá constar en dicho instrumento.

c)    Esta garantía caucionará, el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del Concesionario y/o Subcontratista, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886.

d)   En caso de modificaciones de contrato será necesario que el concesionario aumente su monto proporcionalmente de acuerdo al punto 8.6 de las presentes Bases.

Monto, Plazo y detalle de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato:

v El Contrato se deberá Garantizar por un monto equivalente, a lo menos de un 5% del Valor Total Adjudicado, impuesto incluido, con una vigencia establecida por el plazo contractual aumentado en 90 días corridos.

v La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse en forma física o electrónicamente. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 inciso 3 del Decreto Supremo N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.

Observaciones:

  • La entrega de la(s) Garantía(s) de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser en soporte físico, en oficinas de la dirección de SECPLAN, o bien en soporte electrónico a través de correo electrónico informado al momento de la Adjudicación.
  • En caso de haber modificaciones al contrato, como aumentos en el Servicio, o los respectivos reajustes del I.P.C., se deberá considerar en la actualización del Monto y vigencia de la Garantía, conforme a los puntos 8.6 y 8.12 de las presentes Bases
  • Las garantías que desee reemplazar deberá ser entregada en Oficinas de Parte de la Municipalidad, dirigida al Alcalde, en atención a la Unidad Técnica del Contrato. La I.T.S. realizará gestiones que corresponda para tramitar la autenticidad, su resguardo y registrarla en los sistemas contables.

La I.T.S. solicitará a la Dirección de Administración y Finanzas, la Certificación de la autenticidad del documento de Garantía, ante la institución financiera emisora y posterior resguardo.

NOTA: La Fecha de Vencimiento señalada en www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial.

GLOSA: Para Caucionar el Fiel Cumplimiento del Contrato “CONCESIÓN DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS Y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO”;                       ID 4080-15-LR24.

La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado.

En el caso de los Vale Vista, donde no se puede registrar la glosa en el documento, deberá indicarla al reverso de la garantía o adjuntar un documento indicando Nombre del Proveedor, Rut del Proveedor, Nº licitación, Nº de documento y la GLOSA.

Se hará devolución de la(s) Garantía(s) de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez vencido su plazo, previo informe de la I.T.S. y por solicitud expresa por parte del Concesionario. La encargada de la devolución de esta Garantía será la Tesorería Municipal.

La Municipalidad hará efectiva esta garantía en los siguientes casos:

a)    Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas del pago respectivo.

b)   Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto termino anticipado al correspondiente contrato.

c)    Por incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes bases y el respectivo contrato.

8.8          Aumento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue y se verifique por parte de la Municipalidad que los costos de dicha Oferta son inconsistentes económicamente, la Municipalidad podrá, por medio de una Resolución Fundada, adjudicar dicha Oferta, solicitándole una ampliación de las Garantías de Fiel Cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la Oferta que le sigue, todo de conformidad a lo establecido en el Art.42 del Reglamento de la Ley Nº19.886.

8.9          Póliza de Responsabilidad Civil y otras.

8.9.1    Póliza de Responsabilidad Civil.

De conformidad a lo indicado en el artículo 10, punto 3, del Decreto N°316, publicado el 10/04/2023, El Concesionario responderá Civilmente por los daños y perjuicios que se produzcan con motivo u ocasión de la ejecución del presente contrato, a través de una Póliza de Responsabilidad Civil.

Antes del primer estado de pago, el Concesionario deberá entregar a la Unidad Técnica, la Póliza de Responsabilidad Civil, por un monto de a lo menos 3.000 UF, la que estará vigente durante el plazo del contrato y hasta 90 días posteriores al término de éste, con la finalidad de cubrir eventuales daños que se causen a terceros producto de la prestación del servicio. Deberá ampliarse proporcionalmente ante aumentos de plazo del servicio. Se aceptarán pólizas progresivas.

La I.T.S. solicitará a la Dirección de Administración y Finanzas, la Certificación de la autenticidad del Documento, ante la institución financiera emisora, y posterior resguardo como especie valorada.

La Póliza de Seguro deberá reunir las siguientes condiciones:

a)    Deberá ser tomada a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero, como asegurado adicional, indicando el ID de licitación (ID 4080-15-LR24).

b)   Deberá asegurar tanto a la Municipalidad de Cabrero, como al Concesionario por los daños que se produzcan a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del contrato.

c)    No podrá hacerse extensivo a otro contrato ni el de otro contrato extensivo a éste.

d)   No se aceptarán seguros tomados por un tercero.

e)    Incluir cláusula de rehabilitación automática (cobertura 100% del monto mientras la póliza se encuentra vigente).

f)     No podrá incluir cláusula especial relativa, a que no será aplicable para este caso su cláusula de Arbitraje.

En caso de que la póliza considere deducible, éste deberá ser asumido por el concesionario. El Concesionario deberá señalar los datos del corredor o del encargado de la Compañía de Seguros a cargo de la póliza al momento de suscribir el contrato.

Se hace presente que, independiente del monto del seguro solicitado en este punto, el Concesionario responderá de toda indemnización que, excediendo el monto fijado para este seguro, deba efectivamente pagar la Municipalidad, incluyendo los deducibles contemplados en la Póliza de Seguro, si existieren.

Esta póliza, será devuelta una vez vencido su plazo, previo informe de la I.T.S. y por solicitud expresa por parte del Concesionario.

8.9.2    Otras Pólizas.

Sin perjuicio de la Póliza de Responsabilidad Civil que el Contratista deberá contar durante toda la vigencia del contrato, de conformidad a lo señalado en el punto precedente.

El Concesionario podrá contratar a su propio costo y a satisfacción, los siguientes seguros que estime necesarios:

  • Póliza de Seguros Laborales, para los Trabajadores Operativos del Contrato, que los protejan contra accidentes laborales y enfermedades profesionales.
  • Póliza de Seguros Obligatorios de Accidentes Personales para vehículos por daños a terceros.
  • Otros Seguros que el Concesionario contrate voluntariamente para cautelar sus intereses y los del Municipio.

Este punto será evaluado de conformidad a lo indicado en el punto 4.2 de las Presentes Bases Administrativas.

8.10      Forma de Pago.

El Contrato se pagará por mes vencido, según el valor mensual del servicio especificado en la oferta del Concesionario, más los reajustes que correspondan, mediante facturación una vez prestado el servicio correspondiente y previamente aprobado por la Unidad Técnica y la I.T.S. e informe de multas cuando corresponda.

Antes del 1er Estado de Pago, la I.T.S. solicitará, a través de la Dirección de Administración Finanzas, la certificación de autenticidad de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato a la institución financiera correspondiente.

El precio del contrato se pagará mediante estados de pagos mensuales, los Estados de Pago, deberán ser ingresados en Oficina de Partes de la Municipalidad, mediante carta dirigida al Alcalde, en atención a la Unidad Técnica, adjuntando un legajo original y dos copias. No se aceptarán Estados de Pago con documentación incompleta.

En ningún caso, constituirá recepción conforme el solo ingreso de facturas a través de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Cabrero.

En cada Estado de Pago, el Concesionario deberá presentar Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección Provincial del Trabajo respecto del servicio contratado que se está ejecutando, que indique que no existen reclamos por remuneraciones del personal del servicio y no registra deuda previsional de los mismos, en el período revisado correspondiente al mes anterior a la mensualidad del estado de pago que se está cursando. No se aceptará Certificado incluido en un Estado de Pago anterior, aunque se indique una fecha de vigencia.

Para el primer estado de pago:

  • El Concesionario deberá entregar a la Unidad Técnica el listado del personal del contrato, identificando al Supervisor del Servicio.
  • No se exigirá el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Inspección del Trabajo, siempre que éste sea presentado antes de 30 días.
  • Copia de Póliza Seguros de Responsabilidad Civil, indicada en punto 8.9.1 de las presentes Bases.
    • De conformidad a su oferta en el Anexo 9, Copia de la o las Otras Pólizas Seguros, indicadas en punto 8.9.2 de las presentes Bases.

Para cada estado de pago, el Concesionario deberá adjuntar junto a cada factura la siguiente documentación, respecto del personal del contrato:

  1. Listado del personal que está trabajando o trabajó durante el mes, inclusive los que trabajaron en forma temporal.
  2. Contratos del personal que está trabajando o trabajó durante el mes, inclusive los que trabajaron en forma temporal. En el primer estado de pago se exigirá la totalidad de los contratos de los trabajadores, en los posteriores se anexarán aquellos que se integren al contrato.
  3. Copia o Fotocopia de las liquidaciones de sueldo del personal, del mes en que se ejecutó el servicio, debidamente firmada por cada trabajador. El adjudicatario podrá presentar copia o constancia de transferencia bancaria que acredite el pago íntegro de las remuneraciones y obligaciones laborales y previsionales, siempre que dicha forma de pago y prueba del mismo haya sido pactada y aceptada en forma previa con cada trabajador en forma individual, e indicada en forma expresa en sus respectivos contratos de trabajo.
  4. Copia de las Planillas de Cotizaciones Previsionales y de Salud Pagadas, del mes anterior a la mensualidad del estado de pago que se está cursando.
  5. Copia de la Planilla de la Institución de Seguridad Laboral, del mes anterior a la mensualidad del estado de pago que se está cursando.
  6. Avisos de Términos de Contrato, del personal que trabajó en el mes correspondiente al cobro del servicio, cuando corresponda.
  7. Finiquitos del personal que trabajó en el mes correspondiente al cobro del servicio, si corresponde.
  8. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales F30-1 emitido por la Inspección Provincial del Trabajo respecto del servicio contratado que se está ejecutando, que indique que no existen reclamos por remuneraciones del personal del servicio y no registra deuda previsional de los mismos, en el período revisado correspondiente al mes anterior a la mensualidad del estado de pago que se está cursando. No se aceptará Certificado incluido en un Estado de Pago anterior, aunque se indique una fecha de vigencia.

A los documentos ingresados por el adjudicatario en cada Estado de Pago, realizado su análisis por parte de la I.T.S., ésta incorporará los siguientes documentos y certificaciones:

  1. Documento que acredite la entrega y recepción conforme de: Uniformes y Elementos de protección personal, de conformidad a lo indicado en el Requerimiento Técnico, tanto en cantidad, calidad y oportunidad de los mismos, cuando corresponda.
  2. Documento que acredite la entrega y recepción conforme de: Herramientas y otros, de conformidad a lo indicado en el Requerimiento Técnico, tanto en cantidad, calidad y oportunidad de los mismos, cuando corresponda.
  3. Documento que acredite el cumplimiento y recepción conforme de: Vehículos Implementación, de conformidad a lo indicado en el Requerimiento Técnico, tanto en cantidad, calidad de los mismos, para el periodo de Implementación.
  4. Documento que acredite el cumplimiento y recepción conforme de: Vehículos del Servicio, de conformidad a lo indicado en el Requerimiento Técnico, tanto en cantidad, calidad de los mismos, para Todo                                     el Servicio.

m.  Certificado de la I.T.S., para el pago de los meses de Diciembre a Marzo de cada año, dando visto bueno a la prestación del servicio Temporada Estival, de conformidad a lo indicado en el Requerimiento Técnico, tanto en cantidad, calidad y oportunidad de los mismos, cuando corresponda.

  1. Certificado de la I.T.S., dando visto bueno a la prestación del servicio mensual e individualizando factura, mes del pago e indicando cuando correspondan las multas y la causal de las mismas.
  2. Para el 1er Estado de Pago, la I.T.S. deberá presentar la correspondiente certificación de autenticidad de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Bajo ningún concepto se efectuarán pagos anticipados.

El pago mensual se realizará mediante transferencia bancaria, dentro de los 30 días siguientes al ingreso de la factura en Oficina de Partes correspondiente acompañada de los documentos mencionados precedentemente (desde letra a. hasta letra h.), para lo cual el Concesionario deberá indicar en el Estado de Pago su número de cuenta e institución bancaria correspondiente.

Con respecto a los documentos mencionados precedentemente (desde la letra i. hasta la letra o.), estos deben ser entregados por la I.T.S., los que serán incorporados al oficio de despacho de la Unidad Técnica, una vez que el Concesionario ingrese el estado de pago en la Municipalidad.

El monto de las multas deberá ser comunicado al Concesionario antes del último día hábil de cada mes, a fin de que sea descontado del valor del servicio correspondiente a dicho mes. Lo anterior será aplicable también, en los casos de subcontratación.

De acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2do del artículo 2 quáter de la Ley N° 19.983 que Regula la Transferencia y otorga mérito ejecutivo a Copia de la Factura, para proceder al pago se requerirá la Certificación de la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos, efectuada por la I.T.S. La falta de esta certificación, generará el rechazo inmediato de la factura, sin perjuicio de las demás causales de rechazo establecidas en el artículo 3 de la citada Ley N° 19.983.

De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley Nº19.886, en caso que el Concesionario que se adjudique, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del presente contrato se destinaran al pago de dichas obligaciones, debiendo el Concesionario acreditar que la totalidad de las obligaciones, se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Municipalidad, exigirá de parte del Concesionario que se adjudica la licitación proceder a dichos pagos y le exhiba los comprobantes y planillas que demuestren el total de la obligación. Lo anteriormente expuesto será igualmente aplicable y exigible a los Contratistas que la adjudicataria, subcontratare para la realización de algunas labores del Servicio. El incumplimiento de estas obligaciones del Concesionario o, de la o las Contratistas de esta, en su caso, dará derecho a dar por término el contrato. En tal caso la Municipalidad podrá llamar una nueva licitación.

La Municipalidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 183-B y 183-C del código del trabajo, será solidaria o subsidiariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al Proveedor en favor de los trabajadores de éste, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, sólo de los trabajadores contratados exclusivamente para la ejecución de los trabajos y/o servicios materia de la presente licitación, por el tiempo o período durante el cual el o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para la Municipalidad.

De los Estados de Pago se descontarán los valores que correspondan por concepto de multas a que hubiere lugar de acuerdo al contrato.

Respecto de las operaciones de Factoring, se hace presente que conforme a lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la Ley N°19.886, la I. Municipalidad de Cabrero deberá cumplir con los contratos de Factoring, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.

En consecuencia, el Concesionario, deberá informar oportunamente mediante correo electrónico a la Unidad Técnica, la suscripción con un tercero toda convención que diga relación con el cobro de uno o más estados de pago o contratos de Factoring, debiendo además de informar toda modificación o revocación de dicha convención.

En todo lo relativo a la forma y oportunidad de pago, deberá ajustarse a las Instrucciones Impartidas por la Contraloría General de la República N°7.561de fecha 19 de marzo de 2018.

8.11      Facturación.

La facturación se deberá hacer a nombre de:

I. Municipalidad de Cabrero.

R.U.T.: 69.151.000-K.

Dirección Las Delicias N°355, Cabrero.

En el caso de una UTP, será el apoderado de la misma indicado en el documento de su constitución quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que genere la ejecución contractual.

Las facturas deberán ser emitidas una vez prestado el servicio correspondiente, realizándose el pago de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2 quáter de la Ley N° 19.983, siempre que las facturas sean presentadas, aprobadas y certificadas en cada Estado de Pago en la forma establecida en el Punto 8.10 de las presentes Bases Administrativas.

En ningún caso, constituirá recepción conforme, el solo ingreso de facturas a través de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Cabrero, sin la documentación exigida para cada Estado de Pago.

Las facturas no podrán ser emitidas con una anterioridad superior a 1 día a su ingreso en el correspondiente Estado de Pago.

Las facturas que se emitan en contravención a las instrucciones antes señaladas, serán inmediatamente rechazadas.

8.12      Reajuste Valor Contrato.

El Valor del Contrato, será reajustado una vez al año de acuerdo a la variación que experimente el I.P.C entre el mes de cumplimiento del 1° año y considerando 12 meses hacia atrás, considerando el 100% de la variación anual que experimente el I.P.C. fijada por el INE u organismo que lo reemplace para el periodo, reajuste que se aplicará al Valor Mensual del Contrato.

El reajuste anual deberá ser enviado por la I.T.S. a la Dirección de Administración y Finanzas para su V°B° y validación.

En caso que el I.P.C. sea negativo, se mantendrá el precio vigente del contrato original o sus aumentos anuales posteriores.

8.13      Otras Obligaciones del Concesionario.

Serán obligaciones del Concesionario, sin que la enumeración sea taxativa, las siguientes:

  1. Libro de Novedades. El Concesionario, deberá disponer de un Libro de Novedades foliado, autocopiativo y en triplicado, el que deberá ser entregado dentro del plazo de 05 días hábiles contados desde la fecha de inicio del contrato, éste será el Documento Oficial de comunicaciones y control del contrato. En él se anotarán las observaciones, novedades e instrucciones que la Inspección Técnica estime adecuadas para la ejecución del servicio.

Las observaciones e instrucciones anotadas en el Libro de Novedades, deberán cumplirse dentro de los plazos especificados por la I.T.S. El Libro de Novedades deberá permanecer todo el tiempo en la Dirección de Obras Municipales, siendo obligación del Adjudicado, tomar conocimiento permanente de las observaciones que se le realicen. Por el solo hecho de estar anotadas en el Libro las observaciones e instrucciones, el Concesionario se entiende notificado.

  1. El Concesionario deberá cumplir con todas las obligaciones legales, establecidas en el Código del Trabajo.
  2. El Concesionario deberá cumplir con la entrega de los uniformes, según lo establecido en el punto 8.4 del Requerimiento Técnico.
  3. El Concesionario deberá cumplir con la normativa legal vigente relativa a la Ley N°20.123 y Reglamento que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, y todo lo relativo con la Ley de Seguridad Privada.
  4. El Concesionario deberá dar cabal y oportuno cumplimiento a las normas sobre higiene y seguridad y de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, contenidas principalmente en la Ley N°16.744, como así mismo, a las normas sobre "Trabajo y Subcontratación y Trabajo en Empresas de Servicios Transitorios", contenidas en el Título VII del Libro 1° del Código del Trabajo, introducido por la Ley N°20.123 y sus respectivos reglamentos, sometiéndose a las fiscalizaciones e instrucciones que al respecto efectúe la Municipalidad. El Concesionario deberá contar con Prevencionista de Riesgos.
  5. El Concesionario deberá cumplir mensualmente en forma rigurosa con las remuneraciones, imposiciones previsionales, seguro de cesantía y otras obligaciones laborales del personal contratado, de acuerdo con las disposiciones de la legislación laboral vigente, procurando que la Municipalidad de Cabrero, no se encuentre en la situación descrita en el artículo 183-B del Código del Trabajo, sin perjuicio de lo cual la Municipalidad ejercerá en plenitud las facultades que le confiere el artículo del mismo cuerpo legal, normas que se declaran formar parte esencial del contrato y su incumplimiento, por parte del Concesionario, cuando corresponda, será causal suficiente para dar término anticipado del contrato, haciendo efectiva la Garantía por Fiel Cumplimiento del mismo, sin derecho a indemnización por ningún concepto, directo o indirecto, respecto del Concesionario cuando corresponda.
  6. El Concesionario deberá estar afiliado a una Institución de Seguridad Laboral.
  7. El Concesionario, deberá responder por todas las pérdidas o deterioros de artefactos y especies que se pudieran producirse durante la ejecución del servicio, que le sean atribuibles a uno o más de los trabajadores, las que se harán efectivas, ya sea directamente o a través del descuento respectivo en la facturación. Dicha obligación se genera siempre que exista un hecho imputable a un dependiente y previo procedimiento contradictorio que establezca dicha responsabilidad, ya sea por los Tribunales de Justicia o través de los procedimientos sancionatorios establecidos en las Bases que rigen el proceso Licitatorio.
  8. El Concesionario, será responsable de cualquier accidente que sufra algún funcionario de la empresa durante la ejecución del servicio, debiendo garantizar las medidas de segundad pertinentes para evitar estos eventos.
    1. El Concesionario podrá subcontratar parte de los servicios, lo que no podrá superar el 25%, previa solicitud escrita en el Libro de Novedades dirigida al I.T.S. correspondiente, pero entendiéndose, en todo caso que el Concesionario queda responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad, indicadas en el contrato y en las presentes Bases, como asimismo el cumplimiento de las Normas del Código del Trabajo en relación al pago de las remuneraciones e imposiciones previsionales de los trabajadores del subcontratista, situación que eventualmente será fiscalizada por la Municipalidad.

El incumplimiento de la solicitud de autorización para emplear subcontratistas o de la responsabilidad subsidiaria del Concesionario tendrá una multa diaria equivalente al 0,1% del monto neto total del Contrato, además de no cursar el Estado de Pago siguiente, hasta que la situación sea normalizada, sin perjuicio de la facultad de la Municipalidad de poner término al contrato.

  1. El Concesionario y Subcontratistas, si los hubiere, deberán cumplir con la normativa legal vigente relativa a la Ley N°20.123 y Reglamento que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios.
  2. Toda suma que la Municipalidad pague o sea condenada a pagar, ya sea, por instituciones de previsión o salud, de fiscalización, o por parte de los Tribunales de Justicia sean éstos civiles, laborales, de garantía o de policía local, tendrá derecho a repetirlos en contra de la Empresa, pudiendo descontarlos administrativamente de los estados de pago o bien haciendo efectivas las respectivas garantías, quedando facultada para ello, con la notificación de la resolución o sentencia definitiva y una vez que ésta se encuentre firme y ejecutoriada, para proceder a la retención de los valores contenidos en ellas.

m.  El Concesionario, será responsable de mantener vigentes todas las garantías, desde el inicio y hasta la liquidación del contrato, en montos y plazos correspondientes.

  1. El adjudicatario será exclusivo responsable por los daños que sean imputables a sus trabajadores y/o dependientes. También será exclusivo responsable de todo tipo de ilícito civil o consecuencias derivadas de ilícitos penales que sean imputables a sus dependientes. El Municipio podrá repetir en contra del adjudicatario por todos los perjuicios en bienes y/o funcionarios municipales, imputables a trabajadores o dependientes del adjudicatario.

8.14      Multas.

La Municipalidad podrá aplicar las siguientes multas, previa tramitación del procedimiento establecido en el artículo 8.15 de las presentes Bases, las que se descontarán por simple vía administrativa al momento de realizar el pago, una vez esté a firme el acto administrativo que impone la sanción:

  1. Por atraso en el inicio del servicio; tendrá una multa de 20 UTM por cada día de atraso, por un período máximo de 7 días corridos. Pasado ese período, se producirá el término del contrato de pleno derecho, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del mismo.
  2. Falta en el cumplimiento de las obligaciones del concesionario, en términos de la implementación de alguna de las acciones consideradas en el RESUMEN TÉCNICO o de los cambios introducidos por el I.T.S. durante la fase de Implementación y Marcha Blanca, tendrá una multa equivalente a 10 UTM por cada día de incumplimiento.
  3. No contar con la cantidad de personal ofertado y contratado, sin causa justificada y autorizada por la I.T.S, el no pago de las cotizaciones previsionales y/o de salud y, en general, el incumplimiento de las leyes laborales, normas relativas a la gestión del personal y/o remuneraciones del personal, tendrá una multa de 10 UTM por cada vez que se detecte el incumplimiento.
  4. Deficiencia con respecto a la conducta del Personal del Concesionario. El aceptar y/o solicitar dadivas, comportamiento impropio hacia el público en general e inspección técnica, tendrá una multa equivalente a  1 UTM por cada ocasión y por cada trabajador que incurra en la falta.
  5. Incumplimiento en la entrega de los uniformes del personal, en cantidad y plazos establecidos, tendrá una multa equivalente a 1 UTM por cada ocasión y por cada trabajador que incurra en la falta.
  6. Durante toda la ejecución de los servicios, no estará permitido, bajo ninguna circunstancia, el consumo de alcohol, drogas u otras sustancias similares por parte del personal, por los efectos adversos a su propia seguridad, como por el riesgo que deriva de esta acción ante otros trabajadores y terceros, estas faltas serán multadas con un equivalente a 10 UTM por cada ocasión y/o trabajador detectado en el incumplimiento, además de la facultad de la I.T.S. de solicitar la desvinculación inmediata del trabajador y que sea reemplazo dentro de las 24 hora siguientes.
  7. Incumplimiento de lo estipulado en la Ley Nº16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, se multará con 10 UTM por cada vez que se emita la resolución administrativa por la institución competente.
  8. Incumplimiento de los horarios, no autorizados previamente por la I.T.S., para la recolección de los residuos domiciliarios y/o para el barrido y limpieza de calles, tendrá una multa equivalente a 10 UTM por cada ocasión en que incurra en la falta.
  9. Incumplimiento de las frecuencias y/o recorridos aprobados para la recolección de los residuos domiciliarios y para el barrido y limpieza de calles, tendrá una multa equivalente a 20 UTM por cada ocasión y por cada día en que incurra en la falta.
  10. Incumplimiento de las normas sanitarias y/o ambientales aplicables al servicio a prestar, de los vehículos, equipos, recintos, instalaciones y del personal, tendrá una multa equivalente a 15 UTM por cada ocasión y por cada vehículo, equipo, recinto o instalación. Caben dentro de estas, el derrame de percolado, lavado de contenedores en la vía pública, vaciado o descarga en lugar no autorizado, entre otras similares.
  11. Incumplimiento en la cantidad de vehículos, equipos, herramientas y materiales adjudicados y contratados, serán sancionadas con una multa equivalente a 10 UTM por cada incumplimiento.
  12. Incumplimiento del estado de operación de vehículos, equipos, herramientas y materiales que no se adecúan a las exigencias del Requerimiento Técnico y/o de la oferta adjudicada, serán sancionadas con una multa equivalente a 5 UTM por cada incumplimiento.

m.  Uso de vehículos no registrados en la Propuesta Técnica, o bien, que no hayan sido debidamente autorizados por la I.T.S., se multará hasta el equivalente a 5 UTM, por vehículo sorprendido.

  1. Identificación inadecuada o falta de identificación de los vehículos, equipos o herramientas, de acuerdo a las exigencias de presentación de los mismos indicadas en el Requerimiento Técnico y/o de la oferta adjudicada. serán sancionado con una multa equivalente a 2 UTM por cada falta.
  2. Incumplimientos respecto de las condiciones y exigencias establecidas en la legislación vigente, en cuanto a la operación y mantención de la recolección, transporte y disposición final de los residuos domiciliarios en que incurra el Concesionario, será multada con 20 UTM, aplicable por cada irregularidad detectada, según lo disponga en informe fundado el I.T.S.
  3. No retirar la totalidad de residuos domiciliarios desde los propios contenedores y sus alrededores, tendrá una multa equivalente a 2 UTM por contenedor y por cada ocasión detectada.
  4. Por cobrar a particulares la recolección de residuos, cuando estos generen una cantidad superior igual a 200 litros por día de recolección, será sancionado con una multa equivalente a 4 UTM, por cada vez que se sorprenda esta conducta. Esta cláusula podrá ser modificada de acuerdo a lo consignado en la legislación vigente y ordenanza local.
  5. No contar o renovar oportunamente el Libro de Novedades puesto a disposición de la I.T.S., será sancionado con una multa equivalente a 2 UTM, por cada día de incumplimiento.
  6. Por la omisión de la obligación del concesionario de informar cualquier novedad, circunstancia extraordinaria o irregularidad que tenga relación con la adecuada y oportuna prestación del servicio, tendrá una multa equivalente a 2 UTM, por cada vez que se detecte el incumplimiento.
  7. Incumplimientos respecto de las exigencias establecidas en la legislación vigente de seguridad, tránsito y otros atingente, establecido por acto administrativo o judicial firme emanado del órgano competente y/o incumplimiento en el Requerimiento Técnico, para la prestación del servicio de barrido y limpieza de calles, será multada con 20 UTM, aplicable por cada irregularidad detectada, según lo disponga en informe fundado el I.T.S.
  8. Por deficiencias o incumplimiento respecto de las órdenes e instrucciones de la I.T.S., se sancionará con una multa que equivalente a 10 UTM por cada ocasión.
  9. La no renovación de las garantías del contrato, ameritará la aplicación de una multa de 2 UTM por cada día de atraso.
  10. No disponer con los Seguros requeridos en el punto 8.9 de las presentes Bases o la no renovación oportuna, se sancionará con una multa que variará entre 10 UTM por cada ocasión de incumplimiento.

Para los efectos del pago de las multas expresadas en UTM, el valor que se considerará será el que esta unidad tenga en el mes calendario de la ocurrencia de la infracción que se sanciona y si la infracción se hubiere extendido en el tiempo en meses distintos, la correspondiente al valor del mes en que hubiere comenzado la comisión del hecho.

La aplicación de la multa, se efectuará en el estado de pago siguiente, a la fecha en que se detectó la infracción, descontándose por simple vía administrativa del valor neto de la factura mensual e indicando expresamente esta multa.

En caso de no existir Estados de Pago pendientes, las multas serán cobradas con cargo a las Garantías de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Las multas en ningún caso podrán sobrepasar el 20% del valor mensual neto del contrato.

Se considerará incumplimiento grave a las obligaciones del adjudicatario, la reiteración de 3 o más infracciones sancionadas con multa durante un mes calendario, o la reiteración de la aplicación de 10 multas en total durante la ejecución del contrato, según lo dispone el artículo 8.16.1 letra b) de las presentes Bases Administrativas.

Asimismo, constituirá incumplimiento grave, la aplicación de multas equivalentes a un monto que exceda del 20% del valor mensual neto del contrato.

8.15      Del Procedimiento Administrativo para la Aplicación de Multas en caso de Incumplimiento.

Se aplicará el siguiente procedimiento para la aplicación de multas:

a)    En caso de verificarse alguna causal de multa de las indicadas en el punto anterior, la I.T.S. lo informará al adjudicatario, a fin de que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes, contados desde la notificación, evacúe sus descargos a la I.T.S., expresando en dichos descargos lo que estime conveniente en defensa de sus derechos y acompañando los antecedentes probatorios en que funde sus alegaciones.

b)   Dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo otorgado al adjudicatario para presentar sus descargos y antecedentes, sea que aquél hubiere presentado o no sus descargos, la Municipalidad a través de un acto administrativo fundado, deberá resolver la solicitud, desestimando el respectivo requerimiento o bien, aplicando la multa respectiva.

c)    Las notificaciones a que haya lugar dentro de este procedimiento administrativo especial estarán a cargo de la I.T.S., en su calidad de encargada del contrato del contrato, y se harán personalmente al adjudicatario o a quien éste haya designado como su representante para los efectos del contrato. En caso de no poder practicarse la notificación personal, de lo cual deberá quedar constancia escrita, los actos administrativos correspondientes, se notificarán por carta certificada dirigida al domicilio del Concesionario señalado en el contrato. En todo lo que no fuere contrario a este procedimiento, las notificaciones se regirán por lo señalado en los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Nº 19.880. En cualquier caso, el adjudicatario podrá designar un correo electrónico (correo electrónico que debe señalarse en la primera hoja del Libro de Novedades) para estos efectos, en cuyo caso las notificaciones deberán practicarse a través de dicho medio.

d)   Los actos administrativos que impongan una sanción, serán impugnables de acuerdo a las reglas generales contenidas en la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos, lo cual deberá indicarse expresamente en el respectivo Decreto Alcaldicio, señalando el o los recursos aplicables y los plazos correspondientes para su interposición por el afectado. La interposición de recursos administrativos en contra del acto que imponga una sanción no suspende su ejecución, siéndole exigible el pago de la multa en la forma prevista en las presentes bases. En todo caso el afectado podrá solicitar fundadamente al Sr. Alcalde que tal ejecución se suspenda, mientras no se resuelva el o los recursos interpuestos, de acuerdo a la referida Ley N° 19.880.

e)    En todo lo que no fuere contrario a la naturaleza de este procedimiento especial, serán aplicables las normas de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

8.16      Terminación Anticipada del Contrato.

8.16.1     Causales Generales de Término Anticipado.

La Municipalidad aplicará las causales de modificación o término anticipado del Artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº19.886 y Artículo 45 del Código Civil.

Cuando la terminación anticipada del contrato obedezca a causales imputables al adjudicatario, tendrá como consecuencia el cobro de la garantía de fiel cumplimiento y la retención de Estado de Pago, por lo cual esta terminación será con cargo, sin embargo, cuando la terminación anticipada no obedezca a causales imputables al adjudicatario, no tendrá como consecuencia el cobro de la garantía de fiel cumplimiento ni retención de Estado de Pago, por lo cual esta terminación será sin cargo.

En relación a las causales que habilitan para terminar anticipadamente el contrato adjudicado, son causales imputables al adjudicatario las señaladas en las letras (b. c. e. g. y h.); mientras que son causales que no son imputables al adjudicatario las señaladas en las letras (a. d. y f.).

a)    Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. Esta causal será sin cargo al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, ni retención de Estado de Pago.

b)   Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se considerará incumplimiento grave a las obligaciones del adjudicatario, la reiteración de 3 o más infracciones sancionadas con multa durante un mes calendario, o la reiteración de la aplicación de 10 multas en total durante la ejecución del contrato.

c)    Estado de notoria insolvencia del contratante, debidamente apreciada por la Municipalidad, a menos que se mejoren las cauciones entregadas para garantizar el cumplimiento del contrato. En este caso, la Municipalidad podrá exigir una caución equivalente hasta el 100% del valor del contrato, incluida todas sus modificaciones.

d)   Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Esta causal será sin cargo al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, ni retención de Estado de Pago.

e)    Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

f)     En caso de Fallecimiento del Contratista o Socio que implique término de giro de la empresa. Esta causal será sin cargo al cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, ni retención de Estado de Pago.

g)    En caso que el Adjudicatario no renueve la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato en los plazos establecidos, entrega de garantía anual, o cuando haya modificaciones al contrato.

h)   Las demás que se establecen en las presentes Bases de la licitación, en especial las contenidas en el artículo 816.2 de las presentes Bases.

Para el caso de la UTP, son causales de Término anticipado del Contrato, adicionalmente a las causales anteriores, las siguientes:

  1. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  2. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  3. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
  4. Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
  5. Disolución de la UTP.

En caso anticipado de término de contrato o paralización del Servicio, el Contrato se congelará, pagándose lo efectivamente trabajado, sin dar derecho al Concesionario a solicitar pagos adicionales por indemnizaciones.

8.16.2     Causales Especiales de Término Anticipado.

Son causales especiales de término anticipado con cargo del contrato adjudicado, las siguientes:

  1. Si el contratista, por causa que le sea imputable, no iniciare la prestación del servicio, con posterioridad a 7 días corridos, contados desde la fecha de inicio del Servicio.
  2. Por abandono del personal en la prestación del Servicio sin previo aviso a la Unidad Técnica y/o paralizar el Servicio por más de 7 días corridos, sin causa justificada ante la I.T.S.
  3. Por modificaciones o alteración del Servicio Contratado, sin la debida autorización del Municipio o la Unidad Técnica.
  4. Si el Concesionario tiene multas por sobre el 20% del valor mensual neto del contrato, el municipio pondrá término anticipado al contrato, haciendo efectivas las garantías y llevando a cabo las acciones judiciales pertinentes.
  5. Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Concesionario cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarios.
  6. Si el Concesionario fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, miembros del directorio o apoderado.
  7. Si el Concesionario fuere una sociedad y se disolviera o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato.
  8. Si se sorprende al Concesionario disponiendo residuos domiciliarios en un sitio sin la debida autorización, respecto de la legislación ambiental, sanitaria y laboral, se considerará una falta gravísima, lo cual podrá ser motivo para poner término al Contrato, sin perjuicio de las demás medidas legales que se puedan iniciar a este respecto.
  9. Por causales indicadas en las presentes Bases Administrativas que establezcan dicha sanción; De resultar un saldo a favor del Concesionario, se le restituirá, dictando al efecto un Decreto que sancione la liquidación pertinente. Si al término del servicio, se obtiene un saldo en contra del Concesionario, éste tendrá un plazo de 30 días, contados desde la fecha de notificación de la resolución que aprueba la liquidación contable, para ingresar en arcas de la Municipalidad el total adeudado. Vencido dicho plazo, la Municipalidad iniciará las acciones judiciales que procedan.

8.17      Procedimiento de terminación anticipada del contrato y cobro de garantía de fiel cumplimiento.

a)    En caso de verificarse alguna causal de terminación anticipada de las indicadas en el punto anterior y cobro de garantía de fiel cumplimiento, la Unidad Técnica lo informará al adjudicatario, a fin de que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes, contados desde la notificación, evacúe sus descargos a la Unidad Técnica, expresando en dichos descargos lo que estime conveniente en defensa de sus derechos y acompañando los antecedentes probatorios en que funde sus alegaciones.

b)    Dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo otorgado al adjudicatario para presentar sus descargos y antecedentes, sea que aquél hubiere presentado o no sus descargos, la Municipalidad a través, de un acto administrativo fundado, deberá resolver la solicitud, desestimando el respectivo requerimiento o bien, declarando terminado anticipadamente el contrato.

c)    Las notificaciones a que haya lugar dentro de este procedimiento administrativo especial estarán a cargo de la Unidad Técnica, en su calidad de encargada del contrato, y se harán personalmente al adjudicatario o a quien éste haya designado como su representante para los efectos del contrato. En caso de no poder practicarse la notificación personal, de lo cual deberá quedar constancia escrita, los actos administrativos correspondientes, se notificarán por carta certificada dirigida al domicilio del Concesionario señalado en el contrato. En todo lo que no fuere contrario a este procedimiento, las notificaciones se regirán por lo señalado en los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Nº 19.880. En cualquier caso, el adjudicatario podrá designar un correo electrónico para estos efectos, en cuyo caso las notificaciones deberán practicarse a través de dicho medio.

d)    Los actos administrativos que declaren el término anticipado del contrato, serán impugnables de acuerdo a las reglas generales contenidas en la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos, lo cual deberá indicarse expresamente en el respectivo Decreto Alcaldicio, señalando el o los recursos aplicables y los plazos correspondientes para su interposición por el afectado. La interposición de recursos administrativos en contra del acto que imponga una sanción no suspende su ejecución, siéndole exigible el pago de la multa en la forma prevista en las presentes bases. En todo caso el afectado podrá solicitar fundadamente al Sr. Alcalde que tal ejecución se suspenda, mientras no se resuelva el o los recursos interpuestos, de acuerdo a la referida Ley N° 19.880.

e)    En todo lo que no fuere contrario a la naturaleza de este procedimiento especial, serán aplicables las normas de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.

8.18      Prohibición de Ceder o Transferir el Contrato.

El Concesionario no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones contraídas a persona natural o jurídica alguna, excepto lo descrito en las presentes bases.

8.19      Solución de Controversias.

Será la Justicia Ordinaria quien resuelva los problemas o divergencias que se susciten entre las partes con motivo de la ejecución del Servicio, para lo cual las partes fijan domicilio en la Comuna de Cabrero. Ello, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República.

8.20      Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El Concesionario se obliga a no ofrecer ni otorgar, ni intentar ofrecer u otorgar, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas u otorgarlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El Concesionario se obliga a no intentar ni realizar acuerdos o negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El Concesionario se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El Concesionario se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El Concesionario manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El Concesionario se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El Concesionario reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El Concesionario se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratista, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
REQUERIMIENTO TÉCNICO

REQUERIMIENTO TÉCNICO

LICITACN PÚBLICA: “CONCESIÓN de RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS y BARRIDO DE CALLES, COMUNA DE CABRERO”

  1. Generalidades.

El presente Requerimiento Técnico, forman parte integrante del proceso licitatorio que se realiza, asimismo, establece las condiciones técnicas mínimas que reglamentan la operatoria necesaria para la correcta y eficiente ejecución del servicio de acuerdo al Contrato.

El propósito de este documento, es precisar el alcance de todas las tareas que deberá ejecutar el Concesionario en función de satisfacer y mantener en forma continua un servicio de buena calidad.

La comuna de Cabrero se ubica en la depresión intermedia de la región del Bío-Bío en la zona comprendida entre los ríos Itata y Laja, a los 37º00" de latitud sur y a los 72º23" de longitud oeste. Limita al norte, con las comunas de Quillón y Pemuco; al sur con Los Ángeles y Yumbel; al este con las comunas de Yungay y Pemuco y al oeste, con la comuna de Yumbel. Posee una superficie de 639,8 km².

De conformidad al Censo 2017, posee una población de 28.573 habitantes aproximadamente, correspondientes a un 1,43% de la población total de la región y una densidad de 43,99 hab/km². Del total de la población, 14.399 son mujeres (50,39%) y 14.174 son hombres (49,61%). Un 23,64% (6.755 hab.) corresponde a población rural, y un 76,36% (21.818 hab.) corresponde a población urbana.

Los Servicios contemplados en la Concesión corresponden a:

a)    Recolección, Transporte y Disposición final de Residuos Sólidos Domiciliarios: comprende todas las tareas que deberá realizar el concesionario de acuerdo a la propuesta presentada, empleando un sistema de recolección PUERTA A PUERTA y/o RUTA TRONCAL según corresponda a los sectores definidos en el presente documento, el transporte de tales residuos sólidos domiciliarios deberán disponerse en Relleno Sanitario que cuente con la correspondiente Resolución Sanitaria del Servicio de Salud y en cumplimientos de la normativa vigente en esta materia.

b)   El Barrido de Calles: para los sectores urbanos de Cabrero, Monte Águila y Charrúa, según lo indicado en el presente documento, comprende para;

  • Calzadas pavimentadas Avenidas y Calles, zarpas, aceras y tasas de árboles de las vías públicas; el barrido, limpieza, desmalezamiento, recolección y transporte de los residuos resultantes, pudiendo ofertarse medios mecanizados y/o manuales.
  • Calzadas y aceras no pavimentadas pero constituidas como tales; limpieza, recolección y transporte de los residuos resultantes, pudiendo ofertarse medios mecanizados y/o manuales.

  1. MANDANTE.

El mandante corresponde a la Municipalidad de Cabrero.

  1. UNIDAD TÉCNICA.

La Unidad Técnica, será la Dirección de Obras Municipales y el Inspector Técnico del Servicio – I.T.S., la Jefa de Medio Ambiente, Aseo y Ornato, quién supervisará el correcto desarrollo del Contrato.

  1. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS GENERALES DE LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO.

El servicio, será ejecutado de acuerdo a la propuesta técnica presentada por el Concesionario, denominada MEMORIA EXPLICATIVA al momento del “Acta de Inicio del Servicio”, debiendo contar con el visto bueno previo de la I.T.S. y que contempla, como mínimo:

a)    Recolección, transporte y disposición final de los residuos domiciliarios de las áreas afectas según lo indicado en el presente Requerimiento Técnico y propuesta adjudicada.

b)   Barrido de avenidas y calles urbanas de Cabrero, Monte Águila y Charrúa según lo indicado en el presente Requerimiento Técnico y propuesta adjudicada.

c)    Provisión de todo el personal necesario para la prestación satisfactoria de todos los servicios materia de la presente licitación, no pudiendo ser inferior a un total de 58 trabajadores, entre los cuales se contempla 8 Conductores, 21 Peonetas y 29 Barrenderos, se excluye de este número al Supervisor y personal administrativo que el concesionario debe designar al contrato como es secretaria, prevencionista de riesgos entre otros.

d)   Provisión de todos los vehículos, equipos, herramientas, materiales y accesorios, sin que la numeración sea taxativa, para la correcta y oportuna prestación de todos los servicios materia de la presente licitación.

e)    Mantención y/o reposición de vehículos, equipos, herramientas, materiales y accesorios, sin que la numeración sea taxativa, según las necesidades, de manera de asegurar una correcta y oportuna prestación de los servicios materia de la presente licitación.

f)     Provisión de un Recinto Garaje, entendiéndose como un lugar para guardar, reparar, lavar los vehículos, contenedores y equipos necesarios para la prestación del servicio, de conformidad a normativa vigente en la materia.

g)    Provisión de un lugar destinado al cambio de vestuario, aseo y, al menos 2 puntos de servicios higiénicos con duchas y agua bebestible para el personal, ubicados uno en Cabrero y uno en Monte Águila. De manera adicional la Municipalidad de Cabrero dispondrá de baños a disposición de los trabajadores en los siguientes sectores:

v  Cabrero: Plaza de Armas, Complejo deportivo y Municipio de Cabrero.

v  Monte Águila: Plaza de Armas, Casa de la Cultura, Gimnasio y Complejo.

v  Charrúa: Estación de Bomberos.

h)   Disponer de oficina en la Comuna durante toda la ejecución del servicio.

i)     Así mismo no se solicitará a los oferentes que deban contar con algún tipo de certificación medioambienal y/o de calidad para la adjudicación del contrato.

  1. SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS.

La recolección será por medio del sistema PUERTA A PUERTA en los sectores definidos en el presente Requerimiento Técnico correspondientes a; la Ciudad de Cabrero, Ciudad de Monte Águila, Sector Urbano de Charrúa y un sistema Ruta Troncal para los diversos Sectores Rurales de la comuna, el servicio incluye el transporte de tales residuos y la disposición final en Relleno Sanitario que cuente  con la correspondiente Resolución Sanitaria del Servicio de Salud  y en cumplimientos de la normativa vigente en esta materia.

En la comuna de Cabrero en los últimos 6 años (2018 al 2023) se recolectaron los siguientes kilogramos de manera mensual, pudiéndose observar una notoria disminución en las toneladas totales desde el 2021 al 2023:

KILOGRAMOS RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS RECOLECTADOS EN LA COMUNA DE CABRERO

 

 

MES

2018

2019

2020

2021

2022

2023

 

ENERO

891.790

959.860

1.025.390

1.022.380

1.181.680

1.119.410

 

FEBRERO

888.180

907.740

916.930

1.014.430

1.075.970

1.060.690

 

MARZO

800.960

843.080

880.550

1.073.680

947.870

981.940

 

ABRIL

755.330

785.100

730.960

918.630

833.510

856.980

 

MAYO

729.380

745.880

779.360

934.250

1.073.770

915.960

 

JUNIO

683.130

641.590

687.790

890.870

747.470

814.220

 

JULIO

701.290

767.190

770.690

914.450

728.060

934.280

 

AGOSTO

691.260

693.440

795.730

932.170

892.940

839.310

 

SEPTIEMBRE

691.870

737.794

830.260

950.730

899.370

845.600

 

OCTUBRE

779.240

726.340

883.940

953.830

989.630

907.000

 

NOVIEMBRE

750.990

763.480

904.040

991.010

927.560

864.700

 

DICIEMBRE

812.130

813.440

931.640

1.042.760

844.790

926.480

 

TOTAL

9.175.550

9.384.934

10.137.280

11.639.190

11.142.620

11.066.570

Los Residuos Sólidos Domiciliarios recolectados en la comuna, son enviados al relleno sanitario Laguna Verde, el cual se ubica aproximadamente a 46 Km de la Municipalidad de Cabrero, en Ruta 5 sur km 489,5 Sector Laguna Verde – Los Ángeles.

5.1      DE LOS RESIDUOS.

Para la aplicación del presente Requerimiento Técnico, los residuos se definen como sigue:

  • Residuos Domiciliarios: Residuos de todo tipo, consistentes en residuos sólidos residenciales y no residenciales, incluyendo sin que esta enumeración sea limitada: materia orgánica, vidrio, vajilla, residuos de edificios, de barridos, artículos electrodomésticos, restos de jardines y poda.
  • Residuos NO Domiciliarios: Serán aquellas sustancias tóxicas y/o productos peligrosos de carácter corrosivo, irritante, inflamable o comburente, escombros, explosivos de uso pirotécnico y sustancias radioactivas, desechos infecciosos, material médico-quirúrgico, biológico, residuos patológicos, restos humanos y cualquier tipo de desechos que ofrezcan peligro para la salud y bienestar del personal encargado de su manejo y de la comunidad toda, de acuerdo a las normas legales y sanitarias vigentes. En el caso que pesquise este tipo de residuos, el concesionario deberá informar por escrito al I.T.S.

Toda clasificación de los residuos (domiciliarios, no domiciliarios, etc.) será efectuada por el Ministerio de Salud, en caso de diferencias entre la Municipalidad y el Concesionario.

La Municipalidad no delegará la responsabilidad de declarar en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) la cantidad de residuos gestionados por estos, ya sean valorizados y/o eliminados, por lo que la empresa contratada deberá entregar a la Unidad Técnica, mediante correo electrónico, la información requerida para la respectiva declaración.

5.1.1   Residuos a Recolectar incluidos en la Concesión, se entenderá como residuos a levantar a todos aquellos residuos domésticos que se generen en las actividades domiciliarias, comerciales y/o de consumo. Los residuos que a continuación se señalan quedan comprendidos en la concesión del servicio de recolección de residuos domiciliarios y transporte al lugar de disposición final (escombreras, rellenos sanitarios, centros de acopio orgánico).

a)    Residuos sólidos domiciliarios, que provienen de las viviendas o grupos de viviendas, tales como; materias orgánicas, residuos de barrido, vidrios, cartones, restos de vajilla, de jardines, podas urbanas, papeles, plásticos y otros, incorporando también entre éstos, los residuos voluminosos, tales como muebles, colchones, electrodomésticos y otros denominados como cachureos domésticos, sin que esta enumeración sea taxativa.

b)   Residuos asimilables a domiciliarios provenientes de la industria, comercio y servicio.

c)    Residuos asimilables a domiciliarios provenientes de los basureros o contenedores instalados en las vías públicas de la comuna.

d)   Los de carácter público, que son los residuos generados y encontrados en la vía pública, tales como productos de barrido y podas urbanas, animales muertos, pastos, malezas y otros sin que esta enumeración sea taxativa.

e)    Levantamiento de microbasurales espontáneos, que surjan en cualquier zona de la comuna y durante toda la ejecución del mismo.

f)     Residuos Excedentes considerado como aquellos que sobrepasan los 200 litros promedio día fijados en la ley de Rentas Municipales; estos residuos se retirarán de acuerdo a lo indicado en el presente Requerimiento Técnico.

g)    En situaciones de accidente en la vía pública de cualquier índole o hechos inesperados que provoquen y generen suciedad o desechos en las vías, tales como: derrames, deslizamientos de material pétreo, arena, aserrín, ripio, etc., sin que esta enumeración sea taxativa, el concesionario deberá extraer los residuos y limpiar la zona afectada, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan.

h)   El servicio de recolección contratado incluye el levantamiento dentro de la recolección usual y ordinaria de los residuos domiciliarios, cualquiera sea su volumen, de organismos e instituciones públicas, consultorios y centro de salud, establecimientos educacionales, retenes, cuarteles, cementerios, sedes sociales, fiestas costumbristas y otros sin que esta enumeración sea taxativa.

i)     Servicio de recolección selectiva de residuos, según punto 5.1.4 de las presentes bases.

j)     En situación de emergencia en la comuna, el concesionario deberá facilitar un contenedor, extra a los solicitados, para retiro de residuos voluminosos generados producto de la emergencia.

k)   Se considerará como residuos voluminosos a todos aquellos residuos asimilables a domiciliarios que sean muy grandes para ser recolectados con los camiones recolectores.

5.1.2   Los Residuos que NO forman parte de la Concesión. Los residuos que a continuación se señalan y definen, no quedan comprendidos en la concesión de los servicios de recolección y transporte de residuos sólidos domiciliarios.

a)    Residuos de la Construcción: Son los que provienen de la actividad de la construcción de edificios, casas, centros comerciales, negocios y en general, de cualquier tipo de obra que arroje desechos como arena, cemento, ladrillos, maderas, trozos de construcción, entre otros similares.

b)   Residuos Industriales: Desechos provenientes del proceso productivo de la actividad industrial.

c)    Residuos Hospitalarios o Clínicos: Son los que provienen de la atención médica en hospitales o clínicas, laboratorios y otros establecimientos semejantes, que generan desechos como vendas, gasas, algodones, material utilizado en transfusiones, en intervenciones quirúrgicas, como jeringas, vísceras, sangre, elementos cortopunzantes, y todo otro material utilizado en dichas actividades.

d)   Residuos Tóxicos, Peligrosos y Corrosivos: Son todos aquellos residuos o productos de carácter corrosivo, irritante, inflamable o comburente cuya manipulación puede producir peligro para la salud e integridad del personal encargado de su manejo y/o de la comunidad toda, de acuerdo con las normativas sanitarias vigentes.

5.1.3   Los Residuos Domiciliarios Excedentes o Sobreproducción. El Concesionario, tendrá la obligación de retirar los residuos domiciliarios y/o asimilables a los domiciliarios provenientes de las industrias, comercio, servicios y/o instituciones, desde el lugar de acopio transitorio.

5.1.4   Recolección Selectiva de Residuos. Se debe realizar con 1 Camión Plano con barandas habilitado para el propósito, con 4 contenedores de 1100 litros (solicitados en el punto 5.4.5), el camión deberá contar con un conductor y tres peonetas. Durante el año 2024 (desde el inicio del servicio a diciembre) se debe comenzar con el retiro selectivo de material orgánico, en una unidad vecinal (100-200 casas), la cantidad de viviendas se debe incrementar en un 10% al año de las viviendas urbanas totales, el incremento de viviendas será alrededor del mismo radio de unidad vecinal en donde comienza el piloto.

El recorrido del camión de recolección selectiva debe realizarse de Lunes a Sábado, en un horario coordinado con la I.T.S. del contrato y posteriormente informado a la comunidad.

La disposición final de residuos recolectados será determinada por el I.T.S., siendo dentro de la comuna de Cabrero.

5.2      DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS DOMICILIARIOS.

5.2.1 DE LAS ZONAS A ATENDER Y FRECUENCIA MÍNIMA.

Para la Recolección, Transporte y Disposición final de Residuos Domiciliarios, las zonas a atender y frecuencias mínimas, corresponden a:

a)    Ciudad de Cabrero - Zona Urbana; la que se subdivide en Sector Centro y el resto de la zona urbana.

Ver Plano adjunto “Plano 01- RSD Cabrero Zona Urbana”.

 

Frecuencia mínima: Diaria (Lunes a Sábado):

Sector Centro; corresponde al polígono constituido por las calles; General Cruz / Zañartu /Arturo Prat /Avda. Vial (se debe considerar Plaza de Armas y exterior de Edificio Consistorial). Además, General Cruz desde paso sobre nivel hasta la calle Yungay y la calle Rio Claro desde General Cruz hasta Manuel Rodríguez.

Frecuencia mínima: 3 veces a la semana (Lunes a Sábado):

El resto de la zona urbana.

b)   Ciudad de Monte Águila - Zona Urbana; la que se subdivide en Sector Centro y el resto de la zona urbana.

Ver Plano adjunto “Plano 02 - RSD Monte Águila Zona Urbana”.

Frecuencia mínima: Diaria (Lunes a Sábado):

Sector Centro; corresponde al polígono constituido por las calles; Zañartu / Florencio Arrivillaga / Caupolicán / Ahumada, considera Plaza Monte Águila. Además, calle Diego Portales desde Caupolicán hasta Zañartu y Zañartu desde Diego Portales hasta José María Echeverria.

Frecuencia mínima: 3 veces a la semana (Lunes a Sábado):

El resto de la zona urbana.

c)    Sector Urbano de Charrúa; se debe considerar toda la zona urbana.

Ver Plano adjunto “Plano 03 - RSD Charrúa Zona Urbana”.

Frecuencia mínima: 2 veces a la semana (Lunes a Sábado)

Sector Centro.

NOTA: La distancia aproximada que se recorre a la semana para completar la recolección de residuos en los sectores urbanos:

v  Cabrero: 183 Km

v  Monte Águila: 109 Km

v  Charrúa: 22 Km

Dando un total semanal aproximado para el sector urbano de la comuna 314 Km.

d)   Diversos Sectores Rurales; corresponden a sectores referenciales, en que se indica recorrido mínimo a efectuar.

Ver plano adjunto “Plano 04 - RSD Sectores Rurales”.

 

Frecuencia mínima: 2 veces a la semana (Lunes a Sábado)

Paso Hondo, Quinel, Maquehua, La Represa, Ninhue, El Guindo, Paredones, Flor de Llano, Quincheregua, Los Canelos, Los Caulles, Lomas de Angol, La Granja, Vilorio, La Quinta, El Aromo, La Isla, El Progreso, Colicheu, La Colonia, El Cortijo, Los Perales, Los Castaños, San Rafael, Tapihue, Pillancó, Bucalumu, Los Aromos, Los Encinos, Santa Sara, Chillancito, Batuco, Saltos del Laja, Charrúa Rural, El Parrón. Los Litres, Peñuelas, Las Perlas, Aguas Negras, Casas del Rio Claro, Los Leones, Rio Claro, Coihuico, Porvenir, Membrillar, Obras de Río Claro, Las Mariposas, Estero Los Sapos, Cerro Verde, La Mancha, Altos de Monte Águila, Hijuelas de Monte Águila, Puentes Negros, Lagunillas, San Eloy, Las Torres, Pantanillo, El Manzano, La Mata, El Guape.

NOTAS:

-     Para los sectores rurales, no es obligatoria la recolección por medio del sistema Puerta a Puerta, se sugiere sistema de Ruta Troncal similar al existente, ya que los vecinos se encuentran educados y habituados a dicho retiro.

-     La frecuencia mínima indicada para cada zona deberá realizarse en horario diurno o nocturno, de Lunes a Sábado el cual deberá ser coordinado con el I.T.S. Se Podrán establecer eventualmente cambios de horario, siempre y cuando sean aprobados por el I.T.S.

5.2.1 SERVICIO ÉPOCA ESTIVAL

Se solicitará el servicio para la Época Estival, el que comenzará desde el 15 Diciembre al 15 Marzo, para los sectores Chillancito, Saltos del Laja y La Aguada. Además, se debe considerar como mínimo lo siguiente:

  • 1 Camión Recolector con Caja compactadora de entre 10 a 19 M3 (con 1 Conductor, 03 peonetas, combustible y todos los documentos legales al día).
  • Frecuencia mínima de 1 vez al día de Lunes a Sábado.
  • La instalación en el sector Saltos del Laja, un contenedor de 8.000 litros sin tapa (El contenedor solicitado, está dentro de los solicitados en  el puntos 5.4.2 del presente Requerimiento Técnico)

5.2.2 MODIFICACIONES DEL SERVICIO

El Valor Modificación, aumento y/o disminución de recorrido; se calculará de la siguiente forma:

Valor Modificación = [Valor por Vivienda (Vv) * (N° Viviendas a Aumentar y/o disminuir)] +

[Valor por Kilometro (VKm) * (N° Km a aumentar y/o disminuir)]

Valor por Vivienda (Vv): 1,1 Kg * 4 personas * Frecuencia de recolección * Valor por Kg en Relleno Sanitario

  • 1,1 Kg: Promedio Kg que se genera de residuos domiciliario por persona.
  • 4 personas: Promedio de personas que viven en una vivienda.
  • .
  • Valor por Kg en Relleno Sanitario: Valor de Disposición final de 1 Kg en el Relleno Sanitario al momento de la modificación.

Valor por Kilometro (VKm): Valor Combustible + Valor Peoneta + Valor Conductor

  • Valor Combustible: Rendimiento de combustible por Km * Precio del combustible al momento de la modificación.
  • Valor Personal (1 Chofer y 3 Peonetas): Se calcula el valor por Km en base al tiempo que demoran en ruta urbana y rural (se estima 10 min en un Km rural y 15 min en un Km urbano).

NOTA: Los valores de cada ítem, se debe acordar entre el I.T.S. y el supervisor del servicio, según las condiciones en las que se solicite la ampliación y/o disminución del contrato.

 

5.3      DE LOS DÍAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO.

Se debe considerar que el Servicio de Recolección Domiciliaria se efectuará de Lunes a Sábado, con excepción de los siguientes días:

-     1° de Enero.

-     1° de Mayo.

-     18 y 19 de Septiembre.

-     25 de Diciembre.

-     Viernes Santo.

-     29 de Julio (Día conmemorativo para los trabajadores del Servicio).

-     El día que se efectúen Elecciones Municipales, Parlamentarias, Presidenciales y similares.

-     El día Domingo, excepto en los casos que establezca la I.T.S.

-     Otro día que establezca la I.T.S.

Se debe considerar la existencia de estos días feriados, ya sean de carácter ordinario como extraordinarios y que puedan afectar el programa de operaciones, para lo cual deberá tomar las medidas necesarias para mantener el servicio en condiciones normales de operación, considerando entre otros servicios extraordinarios en los días inmediatamente anteriores y/o posteriores a objeto de mantener la calidad del servicio.

En todo caso, el servicio no podrá ser interrumpido por más de un día, incluido los días domingo, por lo que deberá considerarse la necesidad de trabajar en días Festivos. A excepción del 18 y 19 de Septiembre. A menos que la I.T.S. lo establezca.

Será obligación del Concesionario informar a la comunidad acerca de estos eventos extraordinarios.

Asimismo, el Concesionario deberá, en los días de suspensión señalados, tener turnos de Barrenderos para atender emergencias o realizar la limpieza de sectores donde se realicen actividades municipales.

5.4      DE LA RECOLECCIÓN.

La Recolección de los Residuos se deberá realizar a través de distintos métodos o sistemas dependiente de las condiciones físicas de los lugares a atender, de la densidad de viviendas, entre otras, definiéndose a lo menos tres formas; Método Puerta a Puerta, por medio de Ruta Troncal y por medio de contenedores. Sin descartar otros métodos.

5.4.1   EL MÉTODO PUERTA A PUERTA.

Este método se aplicará en la Ciudad de Cabrero y Ciudad de Monte Águila y Charrúa, y tiene las siguientes características.

a)   Los residuos domiciliarios se retirarán frente de cada vivienda, local comercial o industriales, estos podrán encontrarse en bolsas plásticas o recipientes no desechables; una vez vaciado el contenido de los mismos, estos quedarán dispuestos en su ubicación original. El Concesionario deberá retirar los residuos mal presentados y/o ubicados en forma inadecuada, así como los animales muertos de la vía pública. Cabe aclarar que, el retiro frente a cada vivienda, local comercial o industrial requerido, no obliga a que el camión peoneta enfrente cada una de dichas dependencias, lo que deberá adecuarse a las condiciones viales que ofrece cada sector, por ejemplo, deberá evaluarse en conjunto entre el Concesionario y la I.T.S. el ingreso de camiones recolectores en pasajes o calles sin salidas, pasajes angostos o con pavimentos livianos, entre otros.

b)  El personal encargado de la recolección de los residuos, deberá cargar los camiones de forma tal que se minimicen los ruidos que dicha actividad pueda ocasionar, evitando la caída de desperdicios, líquidos o polvo a la vía pública. Si ello ocurre, éstos deberán ser recogidos y cargados inmediatamente en el camión, procediendo a limpiar el área afectada.

c)   Todos los camiones comenzarán sus recorridos en el punto de partida asignado y efectuarán la recolección según la secuencia establecida, la que deberá ser siempre constante y regular de tal forma de crear un hábito en el personal y en los generadores de residuos. Cuando ocurran cambios el concesionario deberá informar a la comunidad.

d)  La dotación mínima de personal operativo por camión peoneta será de un (1) conductor y tres (3) Peonetas.

e)   El personal que ejecuta el servicio de recolección de residuos, tendrá prohibición de ingresar a recintos particulares para el retiro de residuos.

f)    El servicio de recolección domiciliaria, no podrá ser interrumpido por ningún concepto, si un camión de la flota regular de recolección presenta fallas mecánicas o de otro tipo, que le imposibiliten prestar el servicio total o parcialmente, el Concesionario deberá reemplazarlo, utilizando el Camión de reemplazo, en un plazo no superior a 2 horas, si un segundo camión de la flota presenta fallas mecánicas o de otro tipo, el Concesionario deberá reemplazarlo en un plazo no superior a 4 horas, informando de la situación al I.T.S. y dejando registro de la misma en el respectivo Libro de Novedades

g)   Durante toda la vigencia del contrato, los equipos deberán ser conservados en perfectas condiciones de operatividad y presentarse en condiciones higiénicas óptimas, tales como limpieza y lavado eficiente del camión peoneta.

h)  Los vehículos destinados a la recolección de residuos domiciliarios, no podrán ser usados para otros servicios, por lo que se entiende que son de uso exclusivo para el presente contrato con la Comuna de Cabrero, exceptuando camiones de reemplazo sólo en la eventualidad que sea necesario dicho reemplazo, debidamente registrado en el Libro de Novedades.

i)    La Municipalidad se reserva el derecho de realizar modificaciones al servicio concesionado, en concordancia con el concesionario, con la finalidad de mejorar la eficiencia de éste, las cuales serán informadas y quedarán registradas en el Libro de Novedades, por parte del I.T.S., una vez implementado y evaluado este sistema de recolección. Considerar las modificaciones que presenten las leyes vigentes y las que comiencen a regir en el transcurso del contrato.

5.4.2   POR MEDIO DE CONTENEDORES.

Este método, tiene las siguientes características;

a)    Se deberá considerar un mínimo de 10 contenedores de tipo estancos de 8.000 Litros o superior, de los cuales 08 deben ser abiertos y 02 con tapa, deberán ser metálicos de acero galvanizado, con tapas herméticas (según corresponda), que no puedan ser retirados por mala instalación o uso, dotados de mecanismos de apertura que faciliten al usuario el depósito de sus residuos con el máximo de higiene y seguridad, adecuados para el levante, lavado y descarga de su contenido en forma automatizada, de una capacidad acorde a los requerimientos de depósito y adecuados para el almacenamiento transitorio de residuos, de tal forma que evite las basuras en la vía pública. Los que deberán ser distribuidos según requerimientos de la I.T.S entre los sectores que son materia del contrato, ferias itinerantes, fiesta costumbrista, etc. que realice la Municipalidad.

b)   Los contenedores deberán ubicarse en un lugar que NO impida o dificulte el depósito de Residuos Domiciliarios por parte de la población. Deberán ubicarse en lugar a señalar por el oferente, pero cuidando de que su distribución minimice los desplazamientos de los Barrenderos que depositarán lo recolectado en dichos contenedores.

c)    Se deberá proceder al lavado y desinfectado de los mismos, según el programa de lavado indicado en el RESUMEN TECNICO, que considere la utilización de desinfectantes y odorizantes para este proceso, considerando además la limpieza, desodorización y desinfección de la superficie sobre la que se ubica el contenedor.

d)   Se deberá indicar la calidad de los contenedores ofertados teniendo presente lo indicado en el presente Requerimiento Técnico, sistema de sujeción de los mismos; el sistema de carga, descarga y levante de contenedores; sistema de lavado y desinfección de contenedores y sistema de transporte de los residuos a su disposición final.

e)    El concesionario tendrá la obligación de retirar todos los residuos de carácter domiciliario depositados en los contenedores, incluidos los residuos domiciliarios que se encuentren alrededor del mismo.

f)     El concesionario deberá mantener durante toda la ejecución del contrato el número de contenedores contratados, debiendo reparar y/o reponer a su costo, todos los contenedores que se encuentren en mal estado ya sea por deterioro, desgaste de las piezas que lo componen, por daños producidos por terceros, hurto y/o sustracción de los mismos, entre otros. En el caso de la reposición de piezas del contenedor, estas deberán ser piezas nuevas sin uso, a fin de asegurar el buen funcionamiento del contenedor.

g)    Los contenedores deberán contar una descripción logotípica, que contenga el logo institucional, además de la descripción de su uso (ej. no botar escombros y/o similar), los cuales deberán mantenerse en perfectas condiciones hasta el término de la concesión.

5.4.3   POR MEDIO DE RUTA TRONCAL.

Este método se aplicará en los sectores rurales a atender, definiendo una ruta troncal abordando dichos sectores, por calles, caminos y rutas principales, con horarios y frecuencia definidos, estableciendo los puntos de recolección en donde los vecinos deberán depositar sus residuos. Considerando que las rutas troncales pueden ser modificadas por la Municipalidad debido a la expansión poblacional en los sectores rurales.

5.4.4.   POR MEDIO DE CAMPAÑA DE CACHUREO.

Este método se aplicará en todos los sectores a atender durante la ejecución del servicio, a lo menos semanalmente, por medio de 04 contenedores (De los solicitados en el punto 5.4.2) itinerante según disposición de la I.T.S. y consiste en el retiro total de residuos voluminosos, los cuales deben ser dispuestos en el relleno sanitario que el Concesionario determine.

5.4.5.   POR MEDIO DE RECOLECCIÓN SELECTIVA.

Este método se aplicará, en primera instancia, a una unidad vecinal de 100 a 200 casas, sector que será acordado con el I.T.S. aumentando en un 10% al año de las viviendas urbanas totales (como se establece en el punto 5.1.4).

Se deberá considerar la provisión de a lo menos 6 contenedores de 1100 Litros, 4 para el retiro selectivo de residuos orgánicos y 2 para ir alternando con los contenedores que irán en el camión.

a)      Se deberá proceder al lavado y desinfectado de los mismos, según el programa de lavado indicado en el RESUMEN TÉCNICO, que considere la utilización de desinfectantes y odorizantes para este proceso, considerando además la limpieza, desodorización y desinfección del Camión Plano con barandas, en el cual se trasladaran dichos contenedores.

b)      Los contenedores deberán ser de color café (color correspondiente a residuos orgánicos) y contar una descripción logotípica, que contenga el logo institucional, los cuales deberán mantenerse en perfectas condiciones hasta el término de la concesión.

c)       Será responsabilidad del concesionario la carga y descarga de los contenedores en el Camión Plano con barandas y de la disposición de los contenedores, en el lugar señalado por la I.T.S.

  1. SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES.

6.1      DEL SERVICIO.

El servicio de barrido de calles comprende;

  • Para calzadas pavimentadas avenidas y calles, zarpas, aceras y tasas de árboles de las vías públicas; el barrido, limpieza, desmalezamiento, recolección y transporte de los residuos resultantes, pudiendo ofertarse medios mecanizados y/o manuales.
  • Para calzadas y aceras no pavimentadas pero constituidas como tales; limpieza, recolección y transporte de los residuos resultantes, pudiendo ofertarse medios mecanizados y/o manuales.

En general el servicio de Barrido de Calles, deberá considerar lo siguiente;

a)    Provisión de todos los equipos, implementos y mano de obra para el barrido de calles, recolección y transporte hacia Relleno Sanitario.

b)   El barrido y limpieza, comprende el retiro de todo elemento depositado, como también de los residuos, bolsas, papeles y restos de jardines, materiales pétreos, hojas, botellas, tarros u otros que se encuentren en la vía pública.

c)    El barrido y limpieza, se efectuará en las áreas definidas, debiéndose repasar en caso de ser necesario, de modo que las vías públicas presenten buen aspecto.

d)   Será obligación del Concesionario vaciar los papeleros instalados en las diferentes vías públicas del área contratada. Además, a lo menos una vez al mes los papeleros deberán ser lavados por dentro y por fuera informando a través de correo electrónico a la I.T.S. si algún basurero está en mal estado.

e)    En caso de accidentes o hechos que provoquen suciedad en la vía pública en forma inesperada, dentro del área contratada, el Concesionario deberá acudir en no más de dos horas desde que le fuese informada la situación, a efectuar el aseo, siempre que sea en horas normales de trabajo.

f)     Los materiales barridos deberán ser retirados en lutocares; estos deberán vaciarse en el contenedor más próximo.

g)    Será obligación del Concesionario mantener el aseo, lavado y desodorización y desinfección de los contenedores de los distintos “Puntos Limpios” o de reciclaje de la comuna, así como del lugar en que se ubican los mismos, considerando las normas sanitarias pertinentes.

6.2      DE LAS ZONAS A ATENDER Y FRECUENCIA MÍNIMA.

Para el barrido de calle, las zonas a atender y frecuencias mínimas corresponden a;

a)    Ciudad de Cabrero - Zona Urbana; la que se subdivide en Sector Centro y el resto de la zona urbana.

Ver plano adjunto “Plano 05 - BC Cabrero Zona Urbana”.

Frecuencia mínima: Diaria (Lunes a Sábado):

Sector Centro; corresponde al polígono constituido por las calles; General Cruz / Zañartu /Arturo Prat /Las Delicias, la manzana Avda. Víal – Martinez de Rozas – Las Delicias y Arturo Prat, acceso Calle Palacios desde Ruta 146 hasta Calle Las Delicias, acceso Calle General Cruz desde Ruta 146 hasta Calle Las Delicias, Calle Zañartu desde General Cruz hasta Arturo Prat, Calle Florida desde General Cruz hasta Arturo Prat, Calle Arturo Prat desde Las Delicias hasta Florida, Avda. Las Violetas desde Ruta 146 hasta Avda. Las Flores, Avda. Las Flores entre Tucapel y Avda. Padre Hurtado, Calle Tucapel desde Ruta 146 hasta Avda. Las Flores, Calle Pablo Neruda entre Tucapel y Avda. Las Violetas, Calle Los Guindos entre Tucapel y Avda. Las Violetas, Avda. Vial entre General Cruz y Tucapel, Calle General Cruz entre Ruta 160 y Los Cipres, Calle Los Cipres entre General Cruz y Tucapel, Calle Rio Claro entre General Cruz y Ruta 146, Calle Arturo Prat desde Zañartu hasta Calle Camino a Quinel y Calle Camino a Quinel desde Arturo Prat hasta Pasaje 5.

Frecuencia mínima: 1 vez  a la semana (Lunes a Viernes):

El resto de la zona urbana.

b)   Ciudad de Monte Águila - Zona Urbana; la que se subdivide en Sector Centro y el resto de la zona urbana.

Ver plano adjunto “Plano 06 - BC Monte Águila Zona Urbana”.

 

Frecuencia mínima: Diaria (Lunes a Sábado):

Sector Centro; corresponde al polígono constituido por las siguientes calles; Zañartu / Florencio Arrivillaga / Galvarino / Ahumada, además, Calle Zañartu desde Echeverría hasta Calle Arrivillaga. Calle Echeverría desde Zañartu hasta Regidor J. Farrán, Calle Arturo Prat desde Echeverría hasta Diagonal, Calle Diagonal desde Arturo Prat hasta Freire, Calle Freire desde Diagonal hasta Echevrría, Calle Viel entre Ahumada y Echeverría, Calle Los Olmos entre Viel  y Osvaldo Cruz, Calle Delfín Muñoz entre Viel y Caupolican y Calle Ahumada entre Galvarino y Florencio Arrivillaga.

Frecuencia mínima: 1 vez a la semana (Lunes a Viernes):

El resto de la zona urbana.

 

 

c)    Sector Urbano de Charrúa; se debe considerar toda la zona urbana.

Ver Plano adjunto “Plano 07 - BC Charrúa Zona Urbana”.

Frecuencia mínima: 3 veces a la semana (Lunes a Viernes):

Limpieza de todas las calles del sector urbano.

d)   Ferias Libres, Fiestas Costumbristas y Otros Eventos Municipales:

El Concesionario, será responsable de efectuar el barrido de las diferentes Ferias Libres que funcionan en Cabrero; en Monte Águila; y barrido y limpieza, según corresponda, de todos aquellos lugares donde se realicen Fiestas Costumbristas, Fondas y Ramadas, y otros Eventos programados por la Municipalidad (interior y exterior) y proveer de a lo menos 7 lutocares, 1 contenedor y 2 carretillas para la limpieza del sector, elementos solicitados en el punto 7.2 del presente Requerimiento Técnico.

El Concesionario, estará obligado a efectuar el barrido de calles con la frecuencia mínima establecida. No obstante, deberá mantener cuadrillas y equipos de emergencia, durante aquellos días que no se trabaje, a fin de enfrentar cualquier eventualidad que requiera mantener la limpieza.

El Concesionario, deberá incluir en la MEMORIA EXPLICATIVA, la metodología o forma de trabajo cuando las acciones se vean afectadas por condiciones climáticas adversas (barrido, limpieza, retiro de hojas, ramas, etc.) o cuando por las condiciones del pavimento se requiera de una acción específica; e indicar el tipo de equipos a usar por su personal para realizar el barrido manual y/o mecánico, el que deberá ser descrito y cumplir con lo estipulado en el presente Requerimiento Técnico.

  1. VEHÍCULOS, EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES.

El Concesionario deberá proveer de todos los vehículos, equipos, herramientas, materiales y herramientas, siendo responsable de la mantención y/o reposición de los mismos, asegurando una correcta y oportuna prestación de todos los servicios materia de la presente licitación.

Se espera que el servicio pueda comenzar el 01 de Julio de 2024. Desde esa fecha y hasta máximo noventa (90) días corridos, el servicio se prestará en una modalidad de “Fase de Implementación y Marcha Blanca”.

Durante el periodo de implementación y marcha blanca, y solo por este periodo, el concesionario podrá utilizar vehículos fabricados desde el año 2016 para la prestación del servicio.

7.1      VEHÍCULOS:

a)    CAMIONES RECOLECTORES:

El Concesionario deberá mantener durante toda la ejecución del contrato una dotación mínima de 5 Camiones Recolectores (4 camiones sector urbano y 1 camión sector rural) incluidas sus cajas compactadoras las que deberán ser cerradas, tipo estanco y con alza contenedores.

ü 4 camiones recolectores para el sector urbano de la comuna, deberán contar con cajas compactadoras de basura, entre 10 m3 hasta 19 m3, debiendo cumplir con las normas sanitarias y ambientales vigentes, además de contar con las autorizaciones técnicas y todos los documentos legales al día.

ü 1 camión recolector para el sector rural de la comuna, deberán contar con caja compactadora de basura, entre 8 m3 hasta 10 m3, debiendo cumplir con las normas sanitarias y ambientales vigentes, además de contar con las autorizaciones técnicas y todos los documentos legales al día.

TODOS los camiones Recolectores ofertados deben ser de fabricación desde el año 2018 en adelante, con sistema alzador para contenedores de 1.100 lts, contar con aire acondicionado y/o climatizador. Deberán incluir conductor, peonetas, combustible y todo lo necesario para un correcto funcionamiento y se debe tener en consideración lo indicado a continuación:

  • Los Camiones Recolectores iniciarán su recorrido desde el recinto que la empresa habilite especialmente para ello en el horario establecido, y luego de terminada la jornada, se guardarán en el mismo recinto previo lavado y desinfectado correspondiente.
  • Los Camiones Recolectores deberán estar todos pintados con el mismo diseño y color y llevar en ambas puertas de la cabina y en la parte superior delantera y trasera de la caja compactadora, el número que identifique al vehículo dentro de la flota del Concesionario y llevar pintado en ambos lados una inscripción al margen de aquellas que exige la Ley Nº18.290, con el texto: Identificación de la Empresa y Número de teléfono de reclamos (del I.T.S.).

Los camiones recolectores deberán cumplir con las disposiciones ambientales en cuanto a los límites de emisión de contaminación atmosférica y estar provistos de todos los equipos, dispositivos y accesorios de seguridad que exija la legislación vigente, contando al menos con la siguiente implementación: herramientas mínimas (palas, escobillones, etc.), luces de emergencia, balizas, alarma sonora de retroceso, dos palas carboneras, dos escobillones, dos recipientes plásticos y todo otro elemento que el Concesionario o el municipio considere necesario para evitar situaciones de riesgo en la prestación del servicio licitado.

ü Camión Recolector de Reemplazo

  • En caso de fallas técnicas que presenten los camiones recolectores, el Concesionario deberá contemplar el Camión de reemplazo, en un plazo no superior a 2 horas desde producida la falla.
  • En caso de haber un segundo camión de la flota, presentando fallas mecánicas o de otro tipo, el Concesionario deberá reemplazarlo en un plazo no superior a 4 horas desde producida la falla, informando de la situación a la I.T.S. y dejando registro de la misma en el respectivo Libro de Novedades.

Deberá considerar las características mínimas indicadas precedentemente, para camión recolector sector urbano, tales como, contar con cajas compactadoras de basura, entre 10 m3 hasta 19 m3, la fabricación desde el año 2018 en adelante, con sistema alzador para contenedores de 1.100 lts, con aire acondicionado y/o climatizador.

b)   CAMIÓN PLANO CON BARANDAS:

Se deberá considerar la provisión de 2 Camiones Planos con Barandas (de 0,9m de altura), con 1 Conductor,    03 Peonetas y combustible y todos los documentos legales al día, uno de los cuales será para las funciones (solicitadas en los puntos 5.1.4 y 5.4.5), el otro será para el oportuno retiro de pastizales, ramas y desechos provenientes del barrido de calles y similares.

Los camiones ofertados deben ser de fabricación desde el año 2018 en adelante y contar con aire acondicionado y/o climatizador.

c)    CAMIÓN AMPLIROLL PARA MANIPULAR CONTENEDORES:

Se deberá considerar la provisión de 1 Camión Ampliroll, con 1 Conductor y combustible y todos los documentos legales al día. Adecuado para el vacío e instalación de los contenedores (solicitados en el punto 5.4.2), de manera automática y cuidando al máximo la higienes y seguridad del lugar en que se encuentra ubicado el contenedor.

El camión ampliroll ofertado debe ser de fabricación desde el año 2018 en adelante y contar con aire acondicionado y/o climatizador.

d)   VEHÍCULO MENOR:

Se deberá considerar 1 Vehículo Menor, para el Supervisor del Servicio, durante toda la ejecución del contrato. El vehículo debe ser de fabricación desde el año 2020 en adelante. Se requiere que el vehículo cuente con capacidad de traslado de personas, materiales, herramientas y maquinarias, entre otras. Deberá exhibir en un costado el logo de su empresa.

RESUMEN DE VEHÍCULOS

VEHÍCULO

CANTIDAD REQUERIDA

AÑO MINIMO REQUERIDO

CAPACIDAD DE CARGA

OBSERVACIONES

Camión Recolector

Zona Urbana

4

2018

Caja Compactadora

entre 10 m3 hasta 19 m3

Con sistema alzador para contenedores de 1100 Lts, con Aire acondicionado y/o climatizador.

Camión Recolector

Zona Rural

1

2018

Caja Compactadora

entre 8 m3 hasta

10 m3

Con sistema alzador para contenedores de 1100 Lts, con Aire acondicionado y/o climatizador.

Camión Ampliroll

1

2018

Contenedor de al menos 8.000 litros.

Se requiere que cuente con la capacidad de levantar los contenedores solicitados y/o su oferta. Con Aire acondicionado y/o climatizador.

Camión Plano con barandas

2

2018

5.750 Kg.

Se requiere que el vehículo cuente con barandas de 0,9m. Con Aire acondicionado y/o climatizador.

Vehículo Menor

1

2020

Mínimo 900 Kg.

Se requiere que el vehículo cuente con capacidad de traslado de personas, materiales, herramientas y maquinarias, entre otras. El Vehículo, deberá exhibir en un costado el logo de su empresa. Con Aire acondicionado y/o climatizador.

7.2      HERRAMIENTAS Y MATERIALES.

Se deberá considerar la provisión de todas las herramientas y materiales necesarias para la prestación de todos los servicios, entre otros; lutocares, pala, carretilla, escoba, escobillón, sin que esta numeración sea taxativa para el eficiente y oportuno servicio.

BARRENDEROS

HERRAMIENTAS

E

F

M

A

M

J

J

A

S

O

N

D

SUBTOTAL
ANUAL

LUTOCAR

1

 

 

1

 

 

1

 

 

1

 

 

4

ESCOBILLON MUNICIPAL

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

12

ESCOBILLON DOMILICIARIO EXTERIOR

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

36

CARRETILLA

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

1

BARRE HOJAS

1

 

 

1

 

 

1

 

 

1

 

 

4

PALA CUADRADA ANCHA

1

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

2

AZADON

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

1

GUANTE CABRETILLA

4

4

4

4

4

4

4

4

4

4

4

4

48

GUANTE ANTICORTE

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

24

GUANTE NITRILO CON PUÑO

 

 

 

1

1

1

1

1

1

 

 

 

6

GUANTE MULTIFLEX

4

4

4

 

 

 

 

 

 

4

4

4

24

PEONETAS

HERRAMIENTAS

E

F

M

A

M

J

J

A

S

O

N

D

SUBTOTAL
ANUAL

ESCOBILLON DOMILICIARIO EXTERIOR

2

 

 

2

 

 

2

 

 

2

 

 

8

BARRE HOJAS

2

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

4

PALA CARBONERA

 

 

 

 

 

 

1

 

 

 

 

 

1

ROZONES

 

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

2

HORQUETA DE 4 GANCHOS

 

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

2

GUANTE CABRETILLA

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

72

GUANTE NITRILO CON PUÑO

 

 

 

1

1

1

1

1

1

 

 

 

6

CASCO TIPO JOCKEY

1

1

2

OBSERVACIONES:

  • El listado de Materiales y Herramientas, está informado para 1 Barrendero y 1 Peoneta, y los meses de entrega de estos. Considerar que cada ítem se debe multiplicar por la cantidad total de trabajadores para cada categoría, 29 Barrenderos y 21 Peonetas.
  • De manera adicional se debe considerar una carretilla para cada Camión Plano.

7.3      OTRAS EXIGENCIAS DE VEHÍCULOS Y EQUIPOS.

a)    El servicio deberá ejecutarse conforme a las disposiciones legales establecidas en la Ley N° 18.290, especialmente en lo referido a los Títulos I, V, VII y IX.

b)   Los Camiones, equipamiento y accesorios, no podrán ser usados en otros contratos que tenga el concesionario del servicio, a excepción del camión de reemplazo.

c)    Los Camiones a ofertar en la prestación del servicio deben ser del año 2018 en adelante, además de que durante la vigencia del contrato deberán ser conservados en perfectas condiciones de operatividad y presentarse en condiciones higiénicas óptimas y en la Base del servicio a excepción del vehículo del Supervisor el que podrá ser desde el 2020.

d)   Considerando que la operación del servicio de residuos, deberá ejecutarse con un mínimo de 8 Camiones,        (4 Camiones Compactadores de entre 10 a 19 M3 para recolección de residuos urbanos, 1 Camión Recolector de entre 8 a 10 M3 para recolección de residuos en sectores rurales, 2 Camiones Planos y 1 Camión Ampliroll) cantidad que deberá mantenerse durante toda la ejecución del mismo, se podrá considerar vehículos de reemplazo, previamente autorizados por el I.T.S. por un tiempo máximo de diez (10) días corridos mientras sea reparado o puesto en operación. Bajo ninguna circunstancia los vehículos de reemplazo podrán ser de características técnicas menores que el vehículo reemplazado.

e)    Cuando se reemplacen definitivamente vehículos de la flota oficial estos deberán ser de iguales o superiores características técnicas, considerando año de fabricación, capacidad, entre otros.

f)     Todos los equipos destinados a cumplir los trabajos estipulados en este servicio deberán estar pintados de igual color y, estar provistos de los accesorios establecidos según la reglamentación vigente.

  1. PERSONAL.

8.1      DE LA CANTIDAD MÍNIMA DE PERSONAL.

a)    Dotación mínima total de 58 trabajadores operativos, que incluye:

-  08 Conductores.

-  21 Peonetas.

-  29 Barrenderos.

Actualmente el servicio cuenta con 43 trabajadores operativos, entre 7 Conductores, 17 Peonetas y             19 Barrenderos, todos pertenecientes a la comuna de Cabrero.

b)   La dotación mínima para los Camiones Recolectores y Camiones Planos, será de un (1) Conductor y tres (3) Peonetas.

c)    1 Supervisor del Servicio, que velará por la correcta ejecución del contrato incluyendo todos los servicios materia de la presente concesión y licitación pública, que será de costo del Concesionario, y no se deberá incluir dentro de la dotación mínima exigida, dicho supervisor deberá contar con el visto bueno del I.T.S.

d)   La dotación mínima, NO considera al supervisor y personal administrativo asignado al contrato (secretaria, Prevencionista de riesgo, etc.)

e)    La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar el remplazo de algún trabajador que preste servicios en cumplimiento del contrato, con un informe y solicitud escrita por parte de la I.T.S.

f)     Para todos los efectos legales, el Concesionario no tiene ni tendrá vínculo de subordinación o dependencia laboral con la Municipalidad, por lo que él, por su cuenta, contratará al Personal necesarios para ejecutar el contrato, por ende, el cumplimiento de las obligaciones laborales referidas, entre otras las condiciones de trabajo, remuneraciones y previsionales, serán de exclusiva responsabilidad del Concesionario.

g)    El Personal del Concesionario, estará subordinado a él y en sus relaciones laborales no tendrá vínculo alguno con la Municipalidad.

8.2      DE LA ASISTENCIA DEL PERSONAL.

El Concesionario deberá mantener un libro de asistencia del personal para el servicio licitado, indicando en él; Horas de entrada, Horas de salida, Horas Extras y Horas de permiso en el caso de corresponder.

En cuanto al trabajo extraordinario y/o compensaciones el Concesionario deberá remitirse a lo señalado en la normativa vigente y a lo establecido en la Dirección del Trabajo respecto a estas materias.

Este libro será revisado en cualquier momento por el I.T.S. dando al Concesionario todas las facilidades que requiera esta labor inspectiva.

El Concesionario deberá mantener en la oficina del I.T.S. un listado actualizado del personal asignado al servicio indicando el cargo que desempeña.

El Concesionario deberá entregar al término de la fase de implementación del servicio y cada seis (6) meses, en formato digital una ficha de cada uno de los trabajadores adscrito al contrato en la comuna. Dicha ficha deberá contener los siguientes antecedentes:

  • Fotografía a color del trabajador
  • Nombre y apellido.
  • Número Cédula de Identidad.
  • Domicilio particular.
  • Previsión, ISAPRES, Mutual.
  • Cargo que desempeña.
  • Copia de Contrato de Trabajo y sus modificaciones según corresponda.

Cada vez que se reemplace personal el Concesionario deberá ingresar la ficha del nuevo trabajador dentro de las 72 horas de producido el cambio.

En el caso de reemplazos en la categoría Conductores estos deberán contar con experiencia en la conducción por calles y pasajes de la comuna y deberán quedar registrados ante el I.T.S. como Conductores de reemplazo.

8.3      DEL COMPORTAMIENTO DEL PERSONAL.

El personal ofertado estará obligado a mantener una conducta y trato respetuoso con la comunidad, el I.T.S y otros funcionarios municipales.

El I.T.S. se reserva el derecho de exigir a la empresa la separación de cualquier trabajador del presente contrato por las siguientes causas:

  1. Insubordinación.
  2. Mala presentación (bebido, drogado, etc.).
  3. Desórdenes en la vía pública.
  4. Salud incompatible con el desarrollo del trabajo.
  5. Conductas inapropiadas calificadas por el I.T.S. (mal trato verbal y/o físico, uso de vocabulario procaz, vestirse y/o realizar sus necesidades en la vía pública, etc.).

En estos casos el concesionario deberá proceder a la separación inmediata del trabajador, procediendo a reemplazarlo en las 24 hrs. siguiente de ser notificado en el Libro de Novedades por el I.T.S., además de hacer llegar copia del nuevo Contrato de trabajo y sus correspondientes modificaciones.

El concesionario será siempre responsable de los fraudes, vicios en los trabajos de conservación o abusos que haya podido cometer el trabajador separado de sus funciones.

8.4      DEL UNIFORME DEL PERSONAL.

a)    El personal deberá presentarse diariamente en su lugar de trabajo con uniforme completo. Cada vez que se incorpore personal al servicio este deberá contar con su uniforme completo.

b)   La ropa deberá tener dos huinchas refractantes de 2 cm. de ancho en la espalda, tórax y extremidades inferiores. El polerón y la polera deberán llevar en la parte posterior el monograma de la empresa.

c)    El uniforme en general, se debe cumplir con lo establecido en el art. 184 del Código del trabajo; y el art. Nº 68 de la Ley Nº 16.744 que establece normas sobre accidentes del trabajado y enfermedades profesionales y todas las disposiciones vigentes en la materia.

d)   El I.T.S. dará un plazo máximo de 30 días corridos, al inicio del contrato y por una sola vez, para regularizar la entrega de uniformes al personal que será revisado periódicamente por la I.T.S. El uniforme deberá estar siempre completo y en buenas condiciones durante todo el período de la concesión. La I.T.S. exigirá el cambio de las prendas y/o calzado deteriorado según corresponda.

e)    Se deberá considerar dos entregas de uniforme por trabajador de anual (invierno y verano), de acuerdo a las condiciones climáticas; los que deberán firmar una planilla de recepción conforme.

Los uniformes por trabajador deberán corresponder a los siguientes listados:

CONDUCTORES

PRODUCTOS

INVIERNO

VERANO

SUBTOTAL ANUAL

POLERA PIQUÉ MANGA LARGA: Composición 80% Algodón, 20% Poliéster, con botones y con protección UV.

2

3

5

POLAR JACKET: Con cierre completo y con aislamiento que otorgue protección contra el viento.

1

1

2

POLERON: Resistente o repelente al agua, con capucha ajustable y desmontable.

1

1

2

PANTALON CARGO: Resistente o repelente al agua

1

1

2

PANTALON TERMICO IMPERMEABLE: De material aislante que retenga el calor corporal en condiciones de frio, impermeable y resistente.

1

0

1

ZAPATO DE SEGURIDAD: Suela antideslizante en superficies mojadas y/o resbaladizas, con aislamiento térmico para protección al frio, similar a QUEBEC 400 pro o superior.

1

1

2

OVEROL 2 PIEZAS: Material resistente al agua y la abrasión, cintura y puños ajustables.

1

0

1

GORRO LEGIONARIO: Resistente al agua y protección UV.

1

1

2

TRAJE DE AGUA: Material impermeable y resistente, con costuras selladas y cierres impermeables para evitar filtraciones, similar a RIMAR PU T50 o superior.

1

0

1

CAPA DE AGUA: Material impermeable y transpirable, con capucha ajustable y visera para protección del rostro

1

0

1

BOTA DE AGUA: Material impermeable y resistente, suela antideslizante con buen agarre en superficies mojadas y resbaladizas, similar a tipo Dunlop Economy Steel Toe and Midsole o superior

1

0

1

ZAPATO ENGOMADO REPELENTE (BOTIN): Material impermeable y resistente a productos químicos, similar a Zapato PROFLEX 125 C botín Antiácido o superior

1

0

1

PARKA DE INVIERNO TERMICA: Aislamiento térmico de alta calidad, que permita mantener el calor corporal, impermeable y resistente al viento.

1

0

1

LENTES DE SEGURIDAD: Lentes con protección UV y resistencia a impactos, diseño que permita una visión clara y sin distorsiones en condiciones de lluvia

1

2

3

CHALECO GEOLOGO: Resistente, liviano con alta capacidad de ventilación.

1

0

1

FAJA LUMBAR

1

0

1

PEONETAS Y BARRENDEROS

PRODUCTO

INVIERNO

VERANO

SUBTOTAL
ANUAL

POLERA PIQUÉ MANGA LARGA: Composición 80% Algodón, 20% Poliéster, con botones y con protección UV.

5

5

10

POLAR JACKET: Con cierre completo y con aislamiento que otorgue protección contra el viento.

1

1

2

POLERON: Resistente o repelente al agua, con capucha ajustable y desmontable.

1

1

2

PANTALON CARGO: Resistente o repelente al agua

1

1

2

PANTALON TERMICO IMPERMEABLE: De material aislante que retenga el calor corporal en condiciones de frio, impermeable y resistente.

1

0

1

ZAPATO DE SEGURIDAD: Suela antideslizante en superficies mojadas y/o resbaladizas, con aislamiento térmico para protección al frio, similar a QUEBEC 400 pro o superior.

1

1

2

OVEROL 2 PIEZAS: Material resistente al agua y la abrasión, cintura y puños ajustables.

1

1

2

GORRO LEGIONARIO: Resistente al agua y protección UV.

1

2

3

TRAJE DE AGUA: Material impermeable y resistente, con costuras selladas y cierres impermeables para evitar filtraciones, similar a RIMAR PU T50 o superior.

2

0

2

CAPA DE AGUA: Material impermeable y transpirable, con capucha ajustable y visera para protección del rostro

2

0

2

BOTA DE AGUA: Material impermeable y resistente, suela antideslizante con buen agarre en superficies mojadas y resbaladizas, similar a tipo Dunlop Economy Steel Toe and Midsole o superior

1

0

1

ZAPATO ENGOMADO REPELENTE (BOTIN): Material impermeable y resistente a productos químicos, similar a Zapato PROFLEX 125 C botín Antiácido o superior

1

0

1

PARKA DE INVIERNO TERMICA: Aislamiento térmico de alta calidad, que permita mantener el calor corporal, impermeable y resistente al viento.

1

0

1

LENTES DE SEGURIDAD: Lentes con protección UV y resistencia a impactos, diseño que permita una visión clara y sin distorsiones en condiciones de lluvia

1

3

4

CHALECO GEOLOGO: Resistente, liviano con alta capacidad de ventilación.

1

1

2

FAJA LUMBAR

1

1

2

OBSERVACIONES:

  • El listado de Uniformes, está informado para 1 Conductor, 1 Peoneta y 1 Barrendero, considerar que cada ítem se debe multiplicar por la cantidad total de trabajadores para cada categoría, 8 Conductores, 29 Barrenderos y 21 Peonetas.
  • La entrega de los Uniformes, para el periodo de invierno se deberá realizar en el mes de Abril de cada año. Para el periodo de verano, se deberá realizar en el mes de Septiembre de cada año, en ambos casos las entregas deberán ser en los primeros 15 días corridos del mes indicado.
  • Para el primer año se solicitará que el uniforme de invierno sea entregado al inicio del servicio y el uniforme de verano sea entregado en el mes de Octubre, en ambos casos las entregas deberán ser en los primeros 15 días corridos del mes indicado.
    • El incumplimiento de la entrega de los uniformes o su correspondiente reposición, en los plazos establecidos será motivo de multa, sin perjuicio del nuevo plazo que otorgue el I.T.S.

8.5      DE LA SEGURIDAD DEL PERSONAL.

a)    El concesionario acreditará la afiliación a alguna Institución, Mutual o Asociación de Seguridad reconocida por el Estado, de vigencia actualizada, a objeto de dar cumplimiento a lo señalado en la Ley Nº16.744.

b)   El concesionario deberá considerar los implementos necesarios de protección que debe usar el personal según el tipo de faena que realicen a objeto de salvaguardar la integridad física de ellos. Para tal efecto deberán cumplir con las instrucciones que imparta la mutual a la cual la empresa se encuentre afiliada.

c)    Ante algún trabajador accidentado durante la jornada laboral y en ausencia del Supervisor del Servicio, el I.T.S. estará facultado para derivarlo a la Mutual que se encuentra afiliada la empresa, debiendo ésta al más breve plazo regularizar la situación.

Tanto el Uniforme como los elementos de Seguridad Personal deberán estar en concordancia con el Programa de Gestión de Riesgos presentado por el Oferente.

8.6   DEL SUPERVISOR DEL SERVICIO.

a)    El Supervisor del Servicio deberá cumplir con los requisitos solicitados en el presente Requerimiento Técnico y tener dedicación exclusiva al servicio licitado. Cada vez que se reemplace al Supervisor del Servicio éste deberá cumplir con los mismos requisitos, en todo caso, el cambio deberá ser informado y autorizado por la I.T.S. para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

b)   En caso de enfermedad o ausencia justificada del Supervisor del Servicio, éste deberá ser reemplazado antes de las 24 hrs.

c)    El Supervisor del Servicio será el contacto directo entre la empresa y la I.T.S.

d)   Será responsabilidad del Supervisor del Servicio informar y registrar oportunamente en el Libro de Novedades, cualquier situación irregular que esté afectando al servicio.

e)    La correspondencia con el Supervisor del Servicio se hará, a través, del Libro de Novedades, en el caso que se requiera remitir carta u oficio a la empresa, el I.T.S. dejará constancia en el libro de tal envío y la materia, igual situación acontecerá en el caso que sea la empresa que requiera remitir carta u oficio siendo responsabilidad del Supervisor del Servicio dejar constancia en el libro.

f)     El Supervisor del Servicio deberá entregar toda la información requerida en la forma que se le indique y cumplir con las órdenes y/o instrucciones dadas para el cumplimiento del contrato.

g)    El Supervisor del Servicio, registrará en Formulario entregado por el I.T.S., todo evento o situación relevante o de riesgo en los distintos recorridos, que sean atingentes a los servicios contratados (depósitos de escombros, microbasurales, aceras en mal estado, basureros en mal estado, ramas en situación de riesgo, etc.).

8.7      DEL SISTEMA DE COMUNICACIÓN CON EL SUPERVISOR DEL SERVICIO.

Durante la toda la vigencia del contrato, el Concesionario deberá proveer y mantener en perfecto estado de funcionamiento un equipo telefónico celular disponible para el Supervisor del Servicio, de tal modo de asegurar la comunicación permanente, continua e ininterrumpida entre él y la I.T.S., además de los vehículos que están prestando el servicio en la comuna.

Sin perjuicio de lo anterior, el I.T.S podrá comunicarse vía correo electrónico y/o formalmente con el Supervisor del Servicio.

8.8      OTRAS GENERALIDADES DEL PERSONAL DEL SERVICIO.

El Concesionario será responsable directo del pago de las remuneraciones mensuales del personal, beneficios legales y compromisos asumidos por el Concesionarios, sean estos ordinarios o extraordinarios.

Serán también responsables del pago de las cotizaciones previsionales y de salud de todo su personal a cargo, como también, de pagar oportunamente ante las instancias respectivas, los descuentos a los cuales los trabajadores hayan concurrido voluntariamente, como lo son las Cajas de Compensación, Convenios y de los que sean ordenados por la justicia.

La Municipalidad de Cabrero no tendrá relación o responsabilidad alguna respecto de lo señalado en los dos párrafos anteriores. Su responsabilidad será revisar la documentación de pago de remuneraciones que se presente dentro del estado de pago de la factura del servicio mensual. En el evento de detectar observaciones y que éstas no tengan una explicación plausible, se aplicaran las multas fijadas para este tipo de situaciones, indistintamente de las correcciones que el Concesionario debe ejecutar en forma posterior.

En este sentido, no existirá vínculo de subordinación o dependencia de ninguna clase entre la Municipalidad de Cabrero y el personal del Concesionario, toda vez que toda instrucción o indicación de labores específicas, será canalizada por el Supervisor del Servicio.

Al término del contrato, el concesionario estará obligado a pagar a los trabajadores destinados al servicio y que cesen en sus funciones, en el respectivo finiquito, la indemnización por años de servicio a que cada uno tenga derecho, de acuerdo al tiempo de permanencia en la empresa, si corresponde.

8.9      REMUNERACIÓN DEL PERSONAL DEL SERVICIO.

En el mes de Septiembre de 2023, se realizó el último reajuste al sueldo base mínimo legal, quedando en $460.000.- pesos Chilenos.

ACTUAL: El Total de Haberes Imponibles (Sueldo Base + Gratificación), actual de los últimos 3 meses (Noviembre 2023, Diciembre 2023 y Enero 2024):

TRABAJADOR

TOTAL DE HABERES IMPONIBLES

ACTUAL

CONDUCTOR

$625.000.-

PEONETA

$575.000.-

BARRENDERO

$575.000.-

Además se informa el promedio del Supervisor: $750.000.-, el cual no se está evaluando, pero deberá considerar para el contrato.

ESPERADO: El Total de Haberes Imponible esperado para cada categoría de los Trabajadores, no podrá ser inferior a lo solicitado a continuación:

TRABAJADOR

TOTAL DE HABERES IMPONIBLES

ESPERADO

CONDUCTOR

$800.000.-

PEONETA

$700.000.-

BARRENDERO

$650.000.-

Para efectos de la evaluación, se considerará el Total de Haberes Imponible (Sueldo Base y Gratificación), sin considerar Aguinaldos ni Asignaciones.

Sueldo Base, Es la remuneración mínima que fija la ley por el pago de servicios a un trabajador. A contar del 1 de julio de 2024: Se eleva a 500 mil pesos el ingreso mínimo mensual.

Obs: Valores estimados considerando un sueldo base para cada tipo de trabajador y gratificación legal.

Deberá considerar el reajuste anual del Sueldo Base, a lo menos en la misma variación del IPC, sin perjuicio de las disposiciones, que en materia laboral se dicten durante el transcurso del contrato. Para TODOS los trabajadores que se desempeñen en el contrato.

En caso que durante la ejecución del contrato, el Sueldo Líquido ofertado sea inferior al Mínimo Legal establecido por el Gobierno y publicado en el Diario Oficial de la República,  éste deberá reajustarse de manera que alcance dicho mínimo legal, costo bruto que será de cargo Municipal, a partir del mismo mes del mencionado reajuste, es decir, ningún trabajador podrá percibir una renta inferior a la legal vigente, el costo bruto de cargo Municipal estará asociado solo a materias laborales y en ningún caso incluirá gastos generales, utilidades ni similares.

8.10 CONDICIONES LABORALES.

a)        El Oferente deberá con carácter de obligatorio, contemplar el pago mensual de Asignación de Colación y Asignación de Movilización, montos a detallar en Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración”, por un monto no inferior a $40.000.- cada una. Para TODO el personal del Contrato.

b)        El oferente deberá con carácter de obligatorio, contemplar el pago de 2 aguinaldos anuales (Fiestas Patrias y Navidad), monto a detallar en Anexo 8 “Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración”, dicho monto será igual Para TODO el personal del Contrato y no podrá ser inferior a $50.000.- líquido cada uno.

El concesionario no deberá considerar en el sueldo mínimo ofertado: horas extras, asignaciones familiares, bonos otorgados por el gobierno, bonos por cumplimiento de metas u otro ítem similar.

Los montos ofertados en Aguinaldos y Asignaciones, serán iguales para TODOS los trabajadores en el presente proceso licitatorio, no se podrá discriminar por tipo de perfil.

Las Compensaciones, adquirirán el carácter de obligatorias lo que implica que no podrán suprimirse, suspenderse ni sufrir rebajas durante toda la vigencia del contrato.

  1. RESUMEN TÉCNICO.

El oferente deberá presentar por medio de una RESUMEN TÉCNICO el proyecto de todos los servicios materia de la presente licitación, que deberá contener como mínimo lo señalado en las Bases Administrativas y en el presente Requerimiento Técnico, con un detalle de a lo menos, los siguientes antecedentes:

9.1      Descripción de los vehículos a utilizar, en los diferentes servicios para atender los sectores de la comuna, detallando cantidad, año, características técnicas, etc.

9.2      Descripción del tipo y cantidad de contendores ofertados, definiendo programa de lavado (que incluya el sistema de lavado, desodorización y desinfección del propio contenedor así como del lugar en que se ubica el mismo, considerando las normas sanitarias pertinentes) y forma de vacío de los mismos, cabe agregar, que el servicio de recolección de residuos considerar la provisión, reposición y mantención de, a lo menos 10 contenedores, con características mínimas indicadas en el presente Requerimiento Técnico.

Definir el programa de lavado y desinfección de los contenedores de 1100 Litros utilizados para la recolección selectiva (solicitados en punto 5.4.5.)

9.3      Definir las condiciones y plazos de la fase de implementación y marcha blanca.

NOTA: Se podrá incluir en el RESUMEN TÉCNICO adicionalmente a lo señalado como mínimo (puntos 9.1 al 9.3 precedentes), cualquier detalle de características y/o condiciones que el oferente considere oportuna para presentar una oferta técnica integral, se podrá incluir anexos, detalles y otros documentos.

  1. FASE DE IMPLEMENTACION Y MARCHA BLANCA.

La fase de implementación y marcha blanca, se entenderá como una fase opcional para el oferente adjudicado antes de la plena puesta en operación de los servicio, esta fase no podrá ser superior a noventa (90) días corridos, desde el inicio del servicio.

Durante este periodo el I.T.S. tendrá la facultad de introducir todos los cambios que estime conveniente en la forma de ejecución, con el objeto de asegurar el adecuado funcionamiento del servicio licitado. Durante dicho periodo la empresa estará sujeta a todas las exigencias de un servicio implementado al 100%.

Durante esta fase, el I.T.S. podrá solicitar informes de evaluación relativos a la implementación de los servicios.

Durante la fase de implementación el concesionario deberá dar estricto cumplimiento a todas las exigencias señaladas en las Bases Administrativas y Requerimiento Técnico.

Durante la fase de implementación el concesionario deberá considerar la cantidad mínima de Vehículos solicitada en el punto 7.1 del actual Requerimiento Técnico, pero podrá prestar el servicio con vehículos con una antigüedad mayor a la solicitada en las presentes bases (fabricados desde el 2016 en adelante) y contenedores usados previa autorización del I.T.S.

Al término de la fase de implementación, el proyecto ofertado y adjudicado y con las eventuales adecuaciones que permiten las Bases, deberá estar implementado y operativo al 100%.

  1. PROGRAMA DE DIFUSIÓN.

El Concesionario deberá proponer un programa de difusión y sensibilización del servicio con el objeto de dar a conocer a los usuarios del servicio la nueva metodología de trabajo que se implementará en la comuna, privilegiando medios de comunicación digitales y programas de radio de la comuna, deberá adjuntarse cronograma y actividades. Este programa podrá ser modificado por el I.T.S. y será de cargo del concesionario.

El programa de difusión deberá ser propuesto por el oferente y ejecutado durante el plazo definido para el mismo, considerando para tales efectos el trabajo en terreno con las Juntas de Vecinos de la comuna, líderes de la comunidad, etc.

Todo documento comunicacional que tenga relación con el programa de difusión deberá ser visado previamente por el I.T.S. y en su diseño deberá considerar la imagen corporativa municipal.

  1. DISPOSICIONES VARIAS.

a)    Los Conductores de los camiones deberán contar con la licencia de conducir necesaria, y cualquier otro exigida por la normativa vigente.

b)   El concesionario deberá gestionar, a través de los medios de comunicación local, toda información relevante para contar con el apoyo y conocimiento de la comunidad en la tarea de recolección, lo que comprende entre otros;

  • Difundir el recorrido, frecuencia y horario de recolección.
  • Informar previamente, en caso de cambios de horarios, frecuencias o recorridos, los que previamente deberán estar autorizados y coordinados con la I.T.S
  • Poner en conocimientos de la comunidad las medidas de contingencia adoptadas para la recolección, cuando por motivos exógenos al Servicio no se desarrollen normalmente.
  • Cualquier información relevante que evite riesgos en la efectividad del servicio.

c)    Será responsabilidad del concesionario el pago total de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y de salud, como cualquier otra obligación laboral o tributaría con relación al personal contratado en cumplimiento de todas las disposiciones legales vigente en esta materia.

d)   Cualquier negociación entre la empresa y sus trabajadores que digan relación con posibles modificaciones a las condiciones generales de contratación, deberá ser informada a la I.T.S., y en ningún caso será de responsabilidad o costo Municipal.

e)    La Oferta adjudicada, deberá considerar lo señalado en MIN.INT. (CIRC.) Nº0060, de fecha 13 de Junio de 2014, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, en lo referido a:

  • “Las empresas que se adjudiquen un contrato deberán contratar preferentemente a los trabajadores que servían el contrato anterior”.
  • “Las empresas que postulan a una licitación deberán, a lo menos, respetar las mismas condiciones laborales y de remuneraciones que tenían los trabajadores de las empresas que servían los contratos anteriores”.

  1. PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGOS PRESENTES EN EL TRABAJO.

De conformidad a lo establecido en la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Oferente deberá presentar un Programa de Gestión de los Riesgos presentes en el trabajo. Dicho Programa deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto Supremo N°47 de fecha de Agosto de 2016, Ministerio del Trabajo y Previsión Social); lo anterior conforme a lo dispuesto en la Ley N°21.056. 

El Concesionario deberá contar con un Prevencionista de Riesgos, Nivel Técnico o Profesional, según lo indicado en el D.S. 40 "Aprueba Reglamento Sobre Prevención de Riesgos Profesionales". Deberá presentar copia del Carnet de Prevención con su N° de Registro ante la SEREMI de Salud respectiva.

El Programa de Gestión de Riesgos Presentes en el Trabajo, deberá contener como mínimo:

  • Programa anual de entrenamiento y capacitación a todos los trabajadores.
  • Programa anual de charla de inducción a la tarea.
  • Programa de exámenes ocupacionales, según cargos a desarrollar.
  • Matriz de Riesgos IPER firmada por Prevencionista de Riesgo.
  • Programa anual de equipamientos de elementos de protección personal.
  • Programa anual designación de responsabilidades para charla 5 minutos y desarrollo de análisis de riesgo a la tarea, antes de cada jornada laboral.
  • Procedimiento de trabajo seguro para cada labor a desempeñar.
  • Programa de mantenimiento de vehículos.
  • Programa de registro de accidentabilidad y enfermedades profesionales.
  • Programa en gestión de trabajador nuevo y reubicado.
  • Cumplimiento requisito legal.
  • Programa anual de inspección y observación.
  • Programa de funcionamiento Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
  • Programa anual de reuniones de seguridad.
  • Programa anual de vacunas preventivas a trabajadores (Hepatitis B según protocolo médico y otras aplicable según corresponda).

Adicionalmente el Concesionario deberá entregar una copia del Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (RIOHS) a la Unidad Técnica, durante la puesta en marcha del servicio, la I.T.S tendrá la facultad de realizar fiscalizaciones a los incumplimientos del Programa en general.

Los trabajos deben cumplir con las señalizaciones correspondientes y con el equipamiento de elementos de protección personal normativo, los vehículos deberán contar con alarma de retroceso, cintas reflectantes y todas las normas de Tránsito aplicables vigentes.

El Concesionario estará obligado a gestionar e implementar todas las medidas de mejoras necesarias para mitigar y controlar los riesgos existentes en el trabajo en cumplimiento a los Artículos 183 y 184 del Código de Trabajo.

Por último el Concesionario, durante la prestación del servicio, deberá tener una carpeta para cada trabajador, con a lo menos los siguientes antecedentes:

  • Vacunas correspondientes.
  • Exámenes pre-ocupacionales.
  • Firma de Contratos de Trabajo.
  • Registro ODI (Obligación de Informar Riesgos Laborales).
  • Registro entrega Reglamento de Orden Higiene y Seguridad.
  • Registro firmado de entrega de Elemento de Protección Personal.
  • Demostración apta para el cargo, por ejemplo: Licencia de Conducir, etc.