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2.2 Documentos TÉCNICOS en Soporte Electrónico.
2.2.1 Anexo 6, Mano de Obra Local No Calificada. El Oferente deberá indicar, a través de una Declaración Jurada Simple, el porcentaje de contratación de personal Local. El porcentaje ofertado será evaluado de conformidad a lo establecido en el punto 4.2 de las presentes Bases, Criterio “Mano de Obra Local No Calificada”. El porcentaje de Mano de Obra Local se calculará de acuerdo al promedio de la totalidad de trabajadores que participarán en la ejecución den la Obra. Este promedio comprometido será corroborado en cada estado de pago, de conformidad a lo indicado en el punto 8.9 letra a) de las presentes bases.
2.2.2 Anexo 7, Experiencia del Oferente. Experiencia en Obras de Espacios Públicos y/o similares, como plazas, plazoletas o parques EJECUTADAS, ya sea en Construcción, Mejoramiento, Remodelación y/o Conservación, realizadas entre Febrero de 2018 y Febrero de 2023, adjuntando CERTIFICADOS que respalden debidamente la experiencia indicada.
SÓLO serán evaluadas las experiencias comprobadas por medio de Certificados, Recepción Provisoria sin Observaciones y/o Recepción Municipal Definitiva, en que los Mandantes correspondan a Entidades Públicas y/o Empresas Privadas, y que coincida con el Mandante indicado en el presente Anexo. La certificación de la experiencia debe ser emitida por el Mandante, es decir, a quien se le ejecutó la Obra ().
Los Certificados DEBERÁN señalar como mínimo:
• Que corresponde a Obras Espacios Públicos y/o similares EJECUTADAS.
• Fecha de Ejecución de la Obra (para corroborar que esta fue realizada entre Febrero de 2018 a Febrero de 2023).
• M2 de Obras de Espacios Públicos y/o similares Ejecutadas.
• Mandante de la Obra ().
• Nombre y Cargo de quien suscribe el documento.
Los Certificados emitidos por Entidades Públicas, podrán ser suscritos por; Jefe Superior del Servicio, Directores, Jefes de departamento correspondientes y/o ITO. Los Certificados emitidos por Empresas Privadas, podrán ser suscritos por; Gerentes, Jefes de área correspondiente.
No serán evaluadas:
• Experiencias en que se registre como Mandante la misma empresa que postula como oferente.
• Experiencias en que los certificados no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente.
• Otros documentos de certificación tales como Contratos, Órdenes de Compra, Facturas, etc.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 67 bis inciso quinto del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación, según punto 4.2 de las presentes Bases.
Para efectos de la evaluación de la Experiencia del Oferente, se cuantificará en dos sub categorías, siendo estas las siguientes:
• Número de Obras de Espacios Públicos y/o similares Ejecutadas, de conformidad a lo indicado en el presente Anexo y que se encuentren debidamente certificadas.
• M2 de Obras de Espacios Públicos y/o similares Ejecutadas, de conformidad a lo indicado en el presente Anexo y que se encuentren debidamente certificados.
En caso de no tener experiencia o no presentarla según lo indicado en el presente Anexo, el Oferente será evaluado con puntaje 0.
2.2.3 Anexo 8, Experiencia del Profesional Residente. Indicar SÓLO Experiencia del Profesional mencionado en Anexo 5, desempeñándose como Profesional Residente en Obras de Espacios Públicos y/o similares, como plazas, plazoletas o parques EJECUTADAS, ya sea en Construcción, Mejoramiento, Remodelación y/o Conservación, realizadas entre Febrero de 2018 y Febrero de 2023, adjuntando CERTIFICADOS que respalden debidamente la experiencia indicada.
SÓLO serán evaluadas las experiencias comprobadas por medio de Certificados, Recepción Provisoria sin Observaciones y/o Recepción Municipal Definitiva, en que los Mandantes correspondan a Entidades Públicas y/o Empresas Privadas, y que coincida con el Mandante indicado en el presente Anexo. La certificación de la experiencia debe ser emitida por el Mandante, es decir, a quien se le ejecutó la Obra ().
Los Certificados DEBERÁN señalar como mínimo:
• Que corresponde a Obras de Espacios Públicos y/o similares EJECUTADAS.
• Fecha de Ejecución de la Obra (para corroborar que esta fue realizada entre Febrero de 2018 a Febrero de 2023).
• M2 de Obras de Espacios Públicos y/o similares Ejecutadas.
• Mandante de la Obra ().
• Nombre del Profesional Residente de la Obra que se está Certificando.
• Nombre y Cargo de quien suscribe el documento
Los Certificados emitidos por Entidades Públicas, podrán ser suscritos por; Jefe Superior del Servicio, Directores, Jefes de departamento correspondientes y/o ITO. Los Certificados emitidos por Empresas Privadas, podrán ser suscritos por; Gerentes, Jefes de área correspondiente.
No serán evaluadas:
• Experiencias en que se registre como Mandante la misma empresa que postula como oferente.
• Experiencias en que los certificados no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente.
• Otros documentos de certificación tales como Contratos, Órdenes de Compra, Facturas, etc.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 67 bis inciso quinto del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación, según punto 4.2 de las presentes Bases.
Para efectos de la evaluación de la Experiencia del Profesional Residente, se cuantificará en dos sub categorías, siendo estas las siguientes:
• Número de Obras de Espacios Públicos y/o similares Ejecutadas, de conformidad a lo indicado en el presente Anexo y que se encuentren debidamente certificadas.
• M2 de Obras de Espacios Públicos y/o similares Ejecutadas, de conformidad a lo indicado en el presente Anexo y que se encuentren debidamente certificados.
En caso de no tener experiencia o no presentarla según lo indicado en el presente Anexo, el Oferente será evaluado con puntaje 0.
(**) Los Oferentes que no cumplan con los requisitos de los Documentos Técnicos señalados anteriormente, serán considerados Fuera de Bases.
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