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BASES ADMINISTRATIVAS |
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1. GENERALIDADES
1.1 Disposiciones Generales.
La I. Municipalidad de Cabrero, en adelante la Municipalidad, requiere contratar el Servicio de “APLICACIÓN SUPRESOR DE POLVO DIVERSOS SECTORES, COMUNA DE CABRERO” de acuerdo con las presentes Bases Administrativas, Requerimientos y Anexos, lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°250 de 2004, lo dispuesto en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en todo lo que no sea contrario a lo dispuesto en las presentes Bases y/o a derecho.
1.2 Descripción.
La Municipalidad, requiere contratar aplicación de Supresor de Polvo, tratamiento superficial, base la aplicación de CLORURO DE MAGNESIO HEXAHIDRATADO (bischofita), en diversos sectores de la Comuna de Cabrero, en una superficie total de 31.140m2, respetando franja de aplicación de 6 metros entre calzada.
1.3 Definiciones.
Para una correcta interpretación, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
1.3.1 Municipalidad:
I. Municipalidad de Cabrero.
1.3.2 Unidad Técnica
Dirección que supervisa técnica y administrativamente la prestación del servicio y en general, el exacto cumplimiento del contrato.
1.3.3 Días Corridos:
Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa.
1.3.4 Días Hábiles:
Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
1.3.5 Fuerza Mayor o Caso Fortuito:
De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45º del Código Civil.
1.3.6 Adjudicación:
Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministro o servicios, regido por la Ley N°19.886.
1.3.7 Adjudicatario:
Oferente cuya propuesta ha sido aceptada por la Municipalidad para la suscripción del contrato y posterior ejecución del servicio.
1.3.8 Contratista:
La Persona Natural o Jurídica, así como las uniones temporales de proveedores, sean chilenas o extranjeras, cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato respectivo, y en virtud del cual contrae la obligación de ejecutar una Obra material o Servicio.
1.3.9 Contrato:
El acto jurídico que establece los derechos y obligaciones precisas a que se sujetará la vinculación entre la Municipalidad y el Contratista en relación con el servicio a que se refiere la presente licitación.
1.3.10 Bases Administrativas:
Documento aprobado por la autoridad competente, que se aplica para la contratación de servicios que acuerde la Municipalidad por el Sistema a Suma Alzada, que contiene de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas de contrato definitivo y demás aspectos administrativos del proceso de Licitación.
1.3.11 Requerimientos:
Documento aprobado por la autoridad competente, que contiene de manera particular, las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio, incluyendo las especificaciones de fabricación y control de calidad del servicio y materiales de suministro.
1.3.12 Propuesta:
Es la oferta entregada por el licitante ajustada a los antecedentes suministrados en las Bases Administrativas, Requerimientos, Anexos y todos los otros antecedentes de la Licitación.
1.3.13 Licitación:
Conjunto de actos administrativos que se inicia con el llamado a interesados que cumplan con los requisitos establecidos, para cotizar y ofrecer condiciones de cumplimiento respecto del objeto requerido, de acuerdo a las exigencias fijadas en documentos denominados Bases Administrativas, Requerimientos, Anexos y todos los otros antecedentes de la Licitación y que concluye con el Decreto Alcaldicio o Resolución que adjudica la propuesta a un Oferente, rechaza todas las ofertas o la declara desierta por no haberse presentado interesados o por no convenir a sus intereses.
1.3.14 Licitación a Suma Alzada:
La oferta o cotización a un valor o precio fijo en Pesos Chilenos (con impuesto incluido), en la que las cantidades de Obras o Servicios se entienden inamovibles; salvo aquellas partidas especificadas en las bases de licitación, cuya cubicación se establezca a serie de precios unitarios, y cuyo valor total corresponde a la suma de las partidas fijas y a la de los precios unitarios, si los hubiere. En este contexto, el Contratista deberá ejecutar las partidas en su totalidad, debiéndose pagar la cantidad estipulada en la oferta, aún cuando ésta resulte ser mayor o menor en la realidad que el monto o cantidad ofrecida. El valor a precio fijo ofrecido comprenderá la total y completa construcción de la obra material o servicio, de acuerdo con las Bases Administrativas, Requerimientos, Anexos y todos los otros antecedentes de la Licitación.
1.4 Modalidad de la Oferta.
Las ofertas deberán presentarse bajo la modalidad de SUMA ALZADA, en la forma exigida en las presentes bases, de manera tal que por el precio total ofertado, en el que se entenderá incluido todos los gastos y utilidad, y conforme a las presentes Bases Administrativas, Requerimientos y demás antecedentes adjuntos, lo dispuesto en la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°250 de 2004, lo dispuesto en la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en todo lo que no sea contrario a lo dispuesto en las presentes Bases y/o a derecho.
En todo caso, ante cualquier discrepancia entre los antecedentes, se interpretará siempre de la forma que mejor beneficie la prestación del servicio, según lo determine la Municipalidad.
1.5 Plazo de Vigencia de las Ofertas.
El plazo de vigencia de las ofertas que participen en esta Licitación, será de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la ofertas en los términos y plazos indicados en las presentes Bases, realizadas a través del sistema de información de Mercado Público, www.mercadopublico.cl.
1.6 Participantes.
En esta Licitación podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras compareciendo como tales o como una Unión Temporal de Proveedores (UTP), en los términos señalados en el Artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886, que cumplan con los requisitos y condiciones exigidas por la Ley anteriormente mencionada y su Reglamento y con las demás disposiciones legales aplicables y las exigencias establecidas en las presentes Bases.
1.7 Comparecencia.
No se adjudicaran ofertas que no emanen de quien tenga poder suficiente para efectuarlas, representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley, todo ello en los términos prescrito en el Articulo 41 del Decreto Supremo 250 del 2004, del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento para la aplicación de la Ley Nº19.886.
1.7.1 Personas Naturales.
Podrán Actuar personalmente o actuar por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de presentación, conforme a lo dispuesto en el Articulo Nº82 de la Ley Nº19.880.
1.7.2 Personas Jurídicas.
Podrán actuar a través de la persona o de (los) órgano (s), que según su naturaleza o estatutos, detenten su representación, debiendo acreditar tal personería con el (los) documento (s) que den cuenta de ello, vigente al momento de presentar su oferta. Sin perjuicio de lo anterior, podrán comparecer representadas por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de representación conforme al Artículo 22 de la Ley Nº19.880.
1.7.3 Uniones Temporales de Proveedores (UTP).
En los trámites propios del poder licitatorio como la ejecución del contrato, deberán actuar a través de la persona que tenga la calidad de representante o apoderado señalado en el documento de constitución de la UTP, con expresas facultades para contraer todas y cada una de las obligaciones del contrato que se adjudique en nombre de sus integrantes. Sin perjuicio de lo anterior, podrán comparecer representadas por un tercero, de acuerdo a las reglas generales de representación, conforme lo dispuesta en el Artículo 22 de la Ley Nº19.880, representación que en la especie deberá constar por escritura pública.
1.8 Exclusiones para Contratar.
Quedaran excluidos de contratar las personas Naturales y Jurídicas que se encuentren afecta a alguna de las causales de inhabilidad prevista en el Artículo 4º de la ley Nº19.886; y las que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o por infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Artículo 463 y siguiente del código penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Tampoco podrá contratarse la presente licitación con personas jurídicas o de derecho privado o empresas del Estado que, a la época de la suscripción del contrato, tuvieren vigente la sanción de prohibición, temporal o perpetua, para celebrar actos y contratos con los organismos del Estado por haber sido condenados por delitos de cohecho, lavado de activo o financiamiento al terrorismo.
Tratándose de Uniones Temporales de proveedores, las inhabilidades se regirán, además, por lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la ley N°19.886, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N°250 de 2004.
1.9 Tipo de Soporte de Documentos.
Todos los documentos requeridos en las presentes Bases deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, a excepción de la Garantía de Seriedad de la Oferta que podrá presentarse físicamente en Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicada en calle Las Delicias 355 Cabrero, de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases.
Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en Ley N°19.886 y su Reglamento y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases.
1.10 Gastos.
Los gastos en que incurra el Oferente con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte de la Municipalidad.
1.11 Idioma de la Licitación.
Todo el proceso de licitación será en idioma español, sin perjuicio de los Requerimientos, que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto.
1.12 Moneda de la Licitación.
Los valores indicados en las bases de la licitación están expresados en Pesos Chilenos ($).
1.13 Principios que rigen la Licitación.
La Licitación se regirá por los principios, que serán respetados por la Municipalidad como por los Oferentes, que corresponden a;
• Libre concurrencia al llamado (Artículo 9° Ley 18.575).
• Igualdad ante bases y no discriminación arbitraria (Artículos 9° Ley 18.575 y 20° del Reglamento de la Ley de Compras).
• Sujeción estricta a las bases (Artículo 10° Ley 19.886).
• No formalización (Artículo 13° Ley 19.880).
• Transparencia y publicidad (Artículo 18° Ley 19.886 y 7° Ley 20.285).
1.14 Documentos de Licitación.
Esta licitación Pública se rige por las normas previstas en la Ley N°19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Decálogo de Probidad en las Compras Públicas para Funcionarios del Estado y formarán parte integrante la siguiente documentación;
a. Bases Administrativas.
b. Requerimientos.
c. Anexos.
c.1 Administrativos:
• Anexo 1, Identificación del Oferente.
• Anexo 2, Declaración Jurada Simple.
• Anexo 3, Declaración Jurada Simple de Saldo Insoluto de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social.
c.2 Técnicos:
• Anexo 4, Experiencia del Oferente.
c.3 Económicos:
• Anexo 5, Oferta Económica.
d. Decreto que Aprueba las Bases y Llama a Licitación.
e. Ficha de Licitación, portal www.mercadopublico.cl
f. Preguntas, Respuestas, si hubiere, Foro Mercado Público.
g. Aclaraciones y Modificaciones, si hubiere.
h. Acta de Apertura.
i. Informe de Evaluación de las Ofertas.
j. Oferta administrativa, Técnica y Económica del oferente que resulte adjudicado.
k. Decreto de Adjudicación.
l. Orden de Compra.
m. Cualquier otra información que se le solicite al Oferente, durante el proceso de contratación, y que haya sido presentada en tiempo y forma.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo, accediendo al portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
1.15 Prelación.
a) Prelación Administrativa:
a.1. Aclaraciones.
a.2. Respuestas.
a.3. Bases Administrativas.
b) Prelación Técnica:
b.1. Aclaraciones.
b.2. Requerimientos.
Los documentos señalados, forman parte integrante de las bases de la presente licitación pública y se entregaran y estarán a disposición de los oferentes en archivos digitales, a través del sistema de información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
1.16 Visita a Terreno VOLUNTARIA.
El terreno donde se aplicará el Supresor de Polvo, será recorrido por los Oferentes interesados en una visita de carácter VOLUNTARIA, guiada por un funcionario de la Dirección de SECPLAN, programada para el día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, saliendo desde la Dirección SECPLAN, ubicada en calle Las Delicias N° 355, Segundo Piso, Cabrero. Visita que deberá ser firmada, en un Acta de Visita a Terreno.
Los gastos relacionados con la visita serán de cargo del proponente.
1.17 Preguntas y Respuestas.
Las consultas que los participantes deseen formular, deberán ser realizadas a través del foro para preguntas y respuestas del portal www.mercadopublico.cl.
No se aceptan consultas ni solicitud de aclaración alguna, fuera de plazo o enviadas vía fax, teléfono u otro medio distinto del señalado en el párrafo precedente.
Las respuestas se pondrán a disposición de los Oferentes en el portal www.mercadopublico.cl en el horario y fecha indicado en el calendario de la licitación.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el mismo plazo en que deben responderse las consultas, las aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en la misma fecha señalada en el párrafo anterior.
La Municipalidad, además de dar respuesta a las preguntas formuladas, podrá efectuar a iniciativa propia, Aclaraciones a las Presentes Bases Administrativas, Requerimientos y demás antecedentes, en cualquier momento, cuando a su juicio algún punto no haya quedado lo suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas Aclaraciones, en cuanto impliquen Modificación de las presentes Bases Administrativas, estas se deben realizar antes que venza el plazo para la presentación de propuestas y modificar los documentos de la Licitación, mediante Decreto Alcaldicio. Dicha modificación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
Tanto las respuestas a las preguntas como las aclaraciones que formule la Municipalidad se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. En el caso que de las respuestas derive una modificación de las bases publicadas, deberá emitirse el acto administrativo que la autorice y, en caso de ser necesario, deberá otorgarse el plazo suficiente a los Oferentes para presentar sus ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
Los Oferentes, aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en el Punto Nº 3 “Etapas y Plazos” de la Ficha de la Licitación, respecto si se han emitido respuestas, aclaraciones y/o modificaciones.
Asimismo, la Municipalidad tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas a fin de dar un tiempo adicional para la presentación de los antecedentes, lo cual será comunicado a través de publicación en el Portal www.mercadopublico.cl.
1.18 Modificación de las Bases.
La Municipalidad podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de propuestas, modificar los documentos de la Licitación, mediante Decreto Alcaldicio, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Dicha modificación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
Asimismo, la Municipalidad tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas a fin de dar un tiempo adicional para la presentación de los antecedentes, lo cual será comunicado a través de publicación en el Portal www.mercadopublico.cl.
1.19 Financiamiento y Presupuesto.
El Servicio que se licita dispone de financiamiento propio de la I. Municipalidad de Cabrero y corresponde a un Monto Máximo Disponible $19.000.000.- (Diecinueve millones de pesos), Impuesto incluido.
Los oferentes deben considerar que cualquier oferta que supere el Monto Máximo Disponible indicado, serán declarados Fuera de Bases.
1.20 Mandante y Unidad Técnica.
La autoridad Mandante es la I. Municipalidad de Cabrero.
La supervisión de la correcta ejecución del servicio, en calidad de Unidad Técnica, será la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAN).
1.21 Etapas y Plazos.
La apertura de ofertas de la presente licitación pública, se realizará en una etapa, según lo señalado en el Punto N°3 “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación.
Todos los plazos establecidos en las bases, como asimismo, en los instrumentos que la complementen, se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario.
En caso que el computo de algún plazo de los señalados en las bases diera como resultado que su término recayera en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado para el día hábil inmediatamente siguiente.
1.22 Cronograma de la Licitación.
Etapas Fecha
Fecha de Publicación Día 0
Fecha inicio de preguntas Día 0
Fecha de Visita a Terreno Voluntario Día 2
Fecha final de preguntas Día 2
Fecha de publicación de respuestas Día 3
Fecha de cierre de recepción de la oferta Día 7
Fecha de entrega en soporte físico Día 7
Fecha de acto de apertura técnica Día 7
Fecha de acto de apertura económica Día 7
2. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA
Las Ofertas deberán presentarse única y exclusivamente en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo estipulado para ello en el calendario de licitación. Cualquier oferta presentada con posterioridad, será considerada extemporánea y se entenderá por no presentada para todos los efectos de la presente licitación, excepto lo señalado en el Art. 62 de Reglamento de Compras Públicas, mencionado en el Punto 3 inciso final de las presentes bases.
La oferta deberá contemplar los siguientes documentos; “DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS”, “DOCUMENTOS TÉCNICOS” y “DOCUMENTOS ECONÓMICOS” los siguientes:
2.1 Documentos ADMINISTRATIVOS en Soporte Digital.
2.1.1 Anexo 1, Identificación del Oferente, completar con la información solicitada. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, se deberá indicar la misma información respecto de cada integrante, sin perjuicio de la designación del mandatario o apoderado común, exigido en el instrumento de constitución de la misma.
2.1.2 Anexo 2, Declaración Jurada Simple (DEBIDAMENTE FIRMADO). Para oferentes persona natural; o jurídica; o Unión Temporal de Proveedores, respectivamente y según corresponda (A o B).
2.1.3 Anexo 3, Declaración Jurada Simple de Saldo Insoluto de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social (DEBIDAMENTE FIRMADO). Para oferentes persona natural; o jurídica; o Unión Temporal de Proveedores, respectivamente según corresponda (A o B).
2.1.4 Documentos obligatorios SÓLO para Oferentes que NO se encuentren HABIL en ChileProveedores:
PERSONA NATURAL: Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad y Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
PERSONA JURÍDICA: Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa y Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
(*) Para los Oferentes que no cumplan con los requisitos de los Documentos Administrativos señalados anteriormente, se aplicará Punto 3, inciso tercero de las presente Bases.
2.2 Documentos TÉCNICOS en Soporte Electrónico.
2.2.1 Anexo 4, Experiencia del Oferente. Indicar SÓLO Experiencia en Aplicación de Supresor de Polvo, Ejecutados entre Enero de 2015 a Febrero de 2020, adjuntando CERTIFICADOS que respalden debidamente la experiencia solicitada en Anexo.
SÓLO serán evaluadas las experiencias comprobadas por medio de Certificados, en que los Mandantes correspondan a Entidades Públicas y/o Empresas Privadas, y que coincida con el Mandante indicado en el presente Anexo. Se entiende por Mandante a quien se le ejecuta el Servicio (*).
Los Certificados DEBERÁN señalar como mínimo:
• Que corresponden a Aplicación de Supresor de Polvo.
• M2 de Superficie de Aplicación.
• Fecha de Aplicación del Supresor (para corroborar que esta fue realizada entre Enero de 2015 a Febrero de 2020).
• Mandante del Servicio (*).
Los Certificados emitidos por Entidades Públicas, deberán ser por; Directores, Jefes de departamento correspondientes y/o ITO. Los Certificados emitidos por Empresas Privadas, deberán ser por; Gerentes, Jefes de área correspondiente.
No serán evaluadas: experiencias en que se registre como Mandante la misma empresa que postula como oferente o que uno de sus representantes sea socio o tenga cualquier tipo de vinculación, ya sea directa o indirecta. Que los certificados no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 67 bis inciso quinto del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación, según punto 4.2 de las presentes Bases.
Para efectos de la evaluación de las ofertas, se cuantificarán los m2 de Aplicación de Supresor de Polvo, debidamente certificados.
En caso de no tener experiencia o no presentarla según lo indicado en el presente Anexo, el Oferente será evaluado con puntaje 0.
(**) Los Oferentes que no cumplan con los requisitos de los Documentos Técnicos señalados anteriormente, serán considerados Fuera de Bases.
2.3 Documentos ECONÓMICOS en Soporte Digital.
2.3.1 Anexo 5, Oferta Económica. El Oferente debe indicar el valor total impuesto incluido y el Plazo de Ejecución del Servicio. Considerar que el plazo no podrá ser superior a 10 días corridos de conformidad a lo establecido en punto 8.3 de las Bases Administrativas.
(***) Los Oferentes que no cumplan con los requisitos de los Documentos Económicos señalados anteriormente, serán considerados Fuera de Bases.
OBSERVACIONES:
• Los documentos que se solicitan en las presentes Bases son de carácter Administrativo, Técnico o Económico, por tanto, se debe subir cada anexo y/o archivo digital según corresponda.
• Se sugiere que cada anexo y/o archivo digital requerido en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyan, se publique en un sólo archivo digital.
• Se sugiere que el nombre que se le asigne a cada anexo y/o archivo digital, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por el número que le corresponda en atención al orden que fijan las presentes bases.
• Es obligación del Oferente revisar el Portal Electrónico durante todo el proceso, no siendo posible alegar desconocimiento de la información publicada.
2.4 De la Oferta Económica.
La Oferta Económica, deberá presentarse a través del portal durante el periodo de recepción de ofertas, conforme a las etapas y plazos señalados en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico, esta oferta incluirá sólo el MONTO NETO (Sin IVA).
(****) Si la oferta no es presentada como se indica precedentemente, el oferente será declarado FUERA DE BASES.
2.5 Antecedentes en soporte Físico o Electrónico.
Los Oferentes deberán presentar la Garantía de Seriedad de la Oferta ya sea física o electrónicamente, de conformidad a la Ley N°19.886 y Ley N°19.799.
Entrega Garantía Seriedad de la Oferta en soporte físico:
Los Oferentes podrán ingresar en Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Cabrero, ubicada en calle Las Delicias 355 Cabrero, hasta el día y hora señalado en Ficha de Licitación, punto 3 “Etapas y Plazos”, Fecha de entrega en soporte físico.
Entrega Garantía Seriedad de la Oferta en soporte electrónico:
También los Oferentes podrán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta electrónicamente, enviando el Documento Financiero a los siguientes correos electrónicos de la Secretaría Municipal/Ministro de Fe (sofia.reyes@cabrero.cl; kortiz@cabrero.cl; pmatamala@cabrero.cl). En tal caso deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y hasta el día y hora señalada en Ficha de Licitación, punto 3. “Etapas y Plazos”, Fecha de cierre de recepción de la oferta.
2.5.1. Garantía de Seriedad de la Oferta, según las indicaciones detalladas en el punto 8.4 de las presentes Bases Administrativas.
Lo anterior de conformidad a lo indicado en el punto 1.9 Tipo de Soporte de Documentos, de las presentes Bases Administrativas.
(*****) Los Oferentes que no cumplan con la presentación del documento antes indicado, serán considerados Fuera de Bases.
3. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de las ofertas se realizará a través del Sistema de Compras y Contratación Pública, portal Mercado Público, en el día y hora señalado en el Punto Nº 3 Etapas y Plazos de la Ficha de Licitación y se efectuará ante la Comisión Evaluadora, en Oficinas de la Dirección de SECPLAN de la I. Municipalidad de Cabrero y en presencia de los Oferentes que deseen asistir.
Primeramente, se procederá a constatar el ingreso de los antecedentes en soporte físico requerido, cuando corresponda, luego los Documentos solicitados; Administrativos, Técnicos y Económicos.
Si de la revisión de los Documentos Administrativos, se verifica la omisión de alguno de ellos, el Oferente tendrá un Plazo Max. de 48 horas para subsanar dicha omisión desde realizada la solicitud de aclaración por parte de la Municipalidad, a través del foro inverso de la Plataforma www.mercadopublico.cl. De no existir respuesta por parte del Oferente en el plazo establecido precedentemente, se procederá a declarar Fuera de Bases la oferta presentada por el proponente incumplidor, salvo la documentación que afecte en la evaluación de las ofertas (Criterios de Evaluación), sólo se considerará válidos los documentos emitidos con fechas anteriores al cierre de la propuesta.
La Comisión podrá, permitir la presentación de certificados o antecedentes que los Oferentes hayan omitido al momento de presentar sus ofertas, siempre que dicha certificación o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
La Municipalidad pone en conocimiento de los Oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación en el Acto de Apertura, se reserva el derecho de verificar toda la información y antecedentes proporcionados por el proponente pudiendo aparecer algunos hechos que no fueran observados en la mencionada apertura, de conformidad a lo solicitado en el presente llamado, esta situación implicará que no se considerará la oferta del proponente. Si esto llegara a ocurrir se informará oportunamente tal situación por el Portal Mercado Público a todos los proponentes fundamentando la decisión.
La Comisión Evaluadora levantará un Acta donde consignará lo actuado, para lo cual, deberá verificar el ingreso de todos los anexos y documentos solicitados en el portal www.mercadopublico.cl y aceptar o rechazar las ofertas según corresponda.
Los Oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, conforme a lo señalado en el Artículo 33º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, las que serán resueltas por la Comisión Evaluadora a través del portal Mercado Público, dentro de los 2 días siguientes.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Comisión estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente.
Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Compras y Contratación Pública, portal Mercado Público, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún Oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar a la Municipalidad un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la comisión respectiva y el resto de los Oferentes de la presente licitación. En tal evento, se admitirá que el Oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes Administrativos y de la Oferta Técnica y Económica. Adicionalmente, deberá contar con el Certificado de Indisponibilidad, según el Art. 62 de Reglamento de Compras Públicas, efectuado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información.
4. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El proceso de evaluación será interno, se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes Bases y estará a cargo de una Comisión Evaluadora, integrada por funcionarios municipales, designados mediante Decreto Alcaldicio para tal efecto, o quienes los subroguen en su caso, la que podrá requerir las asesorías y los antecedentes que se estimen pertinente para su adecuado cometido.
Los miembros de la Comisión Evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación y estará integrada a lo menos por tres funcionarios municipales de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración municipal y siempre en un número inferior a los funcionarios municipales que la integran. La Municipalidad, podrá proveer a la comisión evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en los procesos de licitación. La integración de la comisión evaluadora se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y se registrará en el sistema institucional del Lobby.
La Comisión Evaluadora, evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores y rechazará las ofertas que no cumplan con lo requerido, establecido en el punto 2. "ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA" de las presentes Bases.
La evaluación de las ofertas, se efectuará a través de un análisis económico y técnico de los beneficios y los costos presentes y futuros del servicio ofrecido en cada una de las ofertas. Para efectos del anterior análisis, deberá remitirse a los criterios de evaluación de las presentes Bases, punto 4.2, asignando puntajes de acuerdo a lo señalado.
La citada Comisión podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo señalado en el artículo 40º del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Además de salvar errores u omisiones formales, la Municipalidad podrá solicitar las aclaraciones que estime conveniente a uno o a todos los Oferentes, para lo cual los Oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder a lo solicitado por la Municipalidad. La Municipalidad no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
La evaluación, será efectuada una vez vencido el plazo de respuesta a las observaciones, y dentro los próximos 10 días hábiles, la Comisión elaborará un Informe de Evaluación y una proposición de adjudicación o rechazo de las ofertas que no se ajustan a lo requerido, que presentarán al Alcalde.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.
4.1 Principio de Abstención.
Las autoridades y los funcionarios en quienes se den alguna de las circunstancia señaladas a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
Son motivos de abstención los siguientes;
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personal mencionadas anteriormente.
d) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
4.2 Criterios de Evaluación.
Las ofertas presentadas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes Criterios de Evaluación:
CRITERIO DETALLE PONDERACIÓN CRITERIO
%
OFERTA ECONÓMICA PRECIO 50%
EXPERIENCIA DEL OFERENTE M2 SUPERFIECIE DE APLICACIÓN 30%
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO DÍAS 15%
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS CUMPLIMIENTO 5%
Los puntajes considerarán una escala de 0 a 100 puntos y un máximo de dos decimales.
a) OFERTA ECONÓMICA - 50%
Se evaluará mediante un Ranking de precios de la Oferta Económica, es decir, el primer lugar en la tabla lo obtendrá la oferta con el menor Precio correspondiente al Valor Total impuesto incluido, de conformidad a lo indicado en Anexo 5 “Oferta Económica”.
Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla;
Ranking de Posiciones PUNTAJE
1er lugar 100 Puntos
2do lugar 80 Puntos
3er lugar 60 Puntos
4to lugar e inferior 40 Puntos
b) EXPERIENCIA DEL OFERENTE - 30%
El criterio Experiencia del Oferente, se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla, de conformidad a lo indicado en Anexo 4 “Experiencia del Oferente” y lo solicitado en el punto 2.2.1 de las presentes Bases;
M2 Superficie de Aplicación PUNTAJE
Mayor o igual a 70.000 m2 100 Puntos
Mayor o igual a 35.000 y menor a 70.000 m2 60 Puntos
Mayor o igual a 7.000 y menor a 35.000 m2 30 Puntos
Menor a 7.000 m2 0 Puntos
c) PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO – 15%
El criterio Plazo de Ejecución del Servicio, se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla, de conformidad a lo indicado en Anexo 5 “Oferta Económica” y lo solicitado en el punto 2.3.1 de las presentes Bases;
Días PUNTAJE
1 a 4 días corridos 100 Puntos
5 a 6 días corridos 60 Puntos
7 a 8 días corridos 30 Puntos
9 hasta 10 días corridos 0 Puntos
d) CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS - 5%
Se evaluará según la aplicación del puntaje de la siguiente tabla:
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PUNTAJE
Cumple Requisitos de antecedentes Administrativos 100
No Cumple Requisitos de Antecedentes Administrativos y subsana con posterioridad 0
4.3 Resolución de Empates.
En caso de empate, se adjudicará al Oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio Oferta Económica y en caso de continuar con el empate se adjudicará al Oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: Experiencia del Oferente, Plazo de Ejecución del Servicio y Cumplimiento de los Requisitos.
5. DE LA ADJUDICACIÓN
Efectuada la evaluación de las Ofertas, la Comisión Evaluadora elaborará un Informe final según corresponda, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 40 bis Decreto Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de aclaradas las consultas realizadas a los Oferentes en el sistema, informe que se pondrá en conocimiento del Sr. Alcalde para su resolución.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en la Ficha de la Licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
El Alcalde determinará la adjudicación de la licitación, considerando la oferta más conveniente de acuerdo con los criterios de evaluación, indicada en el Informe de la Comisión Evaluadora.
La adjudicación se realizará mediante resolución fundada. La Municipalidad informará a través del portal Mercado Público la resolución de la adjudicación al Oferente adjudicado, e informará por este medio a los restantes proponentes que sus ofertas no han sido adjudicadas.
La notificación de la resolución de adjudicación, se entenderá realizada luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el Sistema de Información el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 6 y 41 del Decreto Nº 250/04 del Ministerio de Hacienda.
5.1 Adjudicación Fuera de Plazo.
Cuando la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la Municipalidad publicará en el sistema de compras públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación.
5.2 Revocar proceso de Licitación Pública.
La Municipalidad se reserva el derecho de revocar el proceso de Licitación Púbica, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 61 de la Ley N°19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos.
6. DERECHO DEL CONTRATANTE DE RECHAZAR TODAS LAS OFERTAS
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, declarando desierto el proceso licitatorio, a través de la correspondiente resolución fundada, por no convenir a los intereses de la Municipalidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la ley Nº 19.886.
7. DE LA READJUDICACIÓN
La Municipalidad podrá readjudicar la licitación al Oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 41. Inciso final del Reglamento de la Ley 19.886, como por ejemplo en los siguientes casos:
a) Si el Oferente adjudicado no acepta la Orden de Compra en un plazo máximo de 48 horas de la fecha de envío a proveedor.
b) Si el Oferente adjudicado se desiste de su oferta.
c) Si el Oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con el Estado en los términos señalados en el artículo Nº4 de la Ley Nº19.886 o no proporciona la documentación necesaria para verificar dicha situación.
Así mismo procederá la readjudicación, si el adjudicatario fuese Inhábil en los términos del Art. 4º Inciso 6º de la Ley Nº19.886, al momento de la suscripción del contrato. En el caso de que el adjudicatario, sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del Art. 4º Inc. 6, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP, debe continuar funcionando con a lo menos dos integrantes. Sí la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, está deberá ser dejada sin efecto, debiendo la Licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
8. CONDICIONES CONTRACTUALES
8.1 Sistema de Contratación.
El Contrato será de Suma Alzada sin reajustes, ni intereses.
8.2 Anticipo.
La presente licitación No contempla Anticipo de ningún tipo.
8.3 Del Plazo de Ejecución.
El plazo de ejecución del servicio comenzará a regir desde la fecha de inicio estipulada en el Acta de Entrega de Terreno y en un plazo máximo de 10 días corridos.
8.4 Garantía de Seriedad de la Oferta.
Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, para Garantizar la Seriedad de la Oferta, en pesos chilenos, tomada por el Oferente o por un tercero a su nombre, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable, a nombre de la I. Municipalidad de Cabrero, R.U.T. 69.151.000-k, por un monto mínimo equivalente a $500.000.- (Quinientos mil pesos) con una vigencia mínima establecida por la fecha de cierre de recepción de ofertas aumentado en 60 días corridos.
La Municipalidad podrá solicitar la certificación de autenticidad de los documentos de Garantía ante la institución financiera emisora.
NOTA: La Fecha de Vencimiento señalada en www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial.
GLOSA: Seriedad de la Oferta “APLICACIÓN SUPRESOR DE POLVO DIVERSOS SECTORES, COMUNA DE CABRERO”, ID 4080-6-LE20.
La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado.
Para aquellos documentos en que las entidades financieras no individualicen la glosa, será obligatorio que el oferente la indique.
Este documento se devolverá una vez firmado el contrato por el Oferente adjudicado.
En los casos en que la licitación sea declarada Desierta, Nula o sea Revocada, la garantía será devuelta inmediatamente, una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el Decreto Alcaldicio que declare alguna de las situaciones antes mencionadas.
La Municipalidad hará efectiva esta garantía en los siguientes casos:
a) Si el proponente no respeta el plazo de vigencia de las ofertas según lo establecido en el punto 1.5 de las presentes Bases Administrativas.
b) Si el proponente se desiste de su oferta.
OBS: De ser modificada la fecha de apertura de licitación, las ofertas válidamente presentadas en cumplimiento de las bases de licitación y siempre que la Garantía de Seriedad de Oferta cumplan con la vigencia solicitada respecto de la fecha inicial de apertura, serán consideradas válidas para el proceso de apertura y evaluación de ofertas.
8.5 Facturación.
La facturación se deberá hacer a nombre de:
I. Municipalidad de Cabrero.
R.U.T.: 69.151.000-K.
Dirección Las Delicias N°355, Cabrero.
En el caso de una UTP, será el representante de la misma indicado en el documento de su constitución quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que genere la ejecución contractual.
8.6 Forma de Pago.
El precio del contrato se pagará mediante un estado de pago, contra Certificado de Recepción conforme emitido por la Unidad Técnica.
El pago se realizará dentro de los siguientes 30 días corridos, la Factura, deberá ser ingresada en la Dirección de SECPLAN, mediante carta dirigida a la Unidad Técnica, adjuntando un legajo original y una copia.
Del Estado de pago se descontarán los valores que correspondan por concepto de multas a que hubiere lugar de acuerdo a las Bases.
Respecto de las operaciones de Factoring, se hace presente que conforme a lo establecido en el artículo 75 del Reglamento de la Ley N°19.886, dicha cesión para obligar el pago de la Municipalidad de Cabrero requerirá que no exista obligaciones o multas pendientes entre la Unidad Técnica y el Contratista ejecutor del proyecto, además de que el Contratista está obligado a mantener informado a la Unidad Técnica de toda convención, modificación o revocación en dicha materia.
8.7 Otras Obligaciones del Contratista.
a) Dar fiel y oportuno cumplimiento a las Bases de Licitación.
b) El cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sea de orden técnico o administrativo.
c) Entregar el Servicio solicitado de la manera pactada, ya sea en la oferta, como en las bases de licitación y el resto de los antecedentes que norman la presente propuesta pública.
d) La presentación, en el tiempo y forma, de la documentación necesaria para tramitar el pago del servicio prestado.
8.8 Multas.
Las multas serán determinadas por la Unidad Técnica, anotando la fecha de inicio del incumplimiento del Contratista y cesará en la fecha que registre la misma Unidad Técnica. Las multas se descontarán por vía administrativa en el Estado de Pago y que corresponderán a:
a) Incumplimiento en el plazo contractual, se aplicará una multa por cada día de atraso igual a 1/1.000, sobre el valor total neto del contrato (considerando los aumentos y/o disminuciones), es decir, excluido el impuesto al valor agregado.
Multa= Monto Neto del Contrato *(1/1.000)* Nº de días corridos de atraso.
Esta multa se descontará por vía administrativa del Estado de Pago. Si el Contratista se excediere de 10 días de atraso, la Municipalidad determinará las medidas tendientes a resguardar adecuadamente sus intereses, pudiendo dejar sin efecto la Orden de Compra emitida al Contratista.
b) Incumplimiento de otras cláusulas establecidas en las Bases Administrativas (N°8.7 “Otras Obligaciones del Contratista”) y/o Requerimientos, el 1% del valor neto de la Adquisición, por cada día corrido de incumplimiento, desde la fecha de notificación correspondiente. Transcurridos 10 días corridos, la Municipalidad determinará las medidas tendientes a resguardar adecuadamente sus intereses pudiendo dejar sin efecto la Orden de Compra emitida al Contratista.
Para los efectos del pago de las multas expresadas en UTM, el valor que se considerará será el que esta unidad tenga en el mes calendario de la ocurrencia de la infracción que se sanciona y si la infracción se hubiere extendido en el tiempo en meses distintos, la correspondiente al valor del mes en que hubiere comenzado la comisión del hecho.
La aplicación de la multa, se efectuará en el estado de pago, descontándose por simple vía administrativa del valor neto de la factura mensual e indicando expresamente esta multa.
8.9 Del Procedimiento Administrativo para la Aplicación de Sanciones en caso de Incumplimiento.
Se aplicará el siguiente procedimiento para la aplicación de multas:
a) Inmediatamente de constatada la ocurrencia de uno o más hechos constitutivos de uno o más de los incumplimientos contractuales que dan lugar a la imposición de una multa, la Unidad Técnica, junto con comunicarlo al Sr. Alcalde, podrá solicitar la aplicación de la multa, notificando de lo anterior al contratista a fin de que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles señale al Sr. Alcalde lo que estime conveniente en defensa de sus derechos y acompañe los antecedentes probatorios en que funde sus alegaciones.
b) La Unidad Técnica, deberá acompañar tanto en su comunicación al Sr. Alcalde como a la notificación al contratista, un informe de la situación junto a todos los antecedentes que fundamentan el incumplimiento, indicando con precisión los hechos constitutivos de la o las infracciones que se imputen, la fecha de su ocurrencia y en su caso, el monto de la eventual multa que se pide se imponga.
c) Dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo otorgado al contratista para presentar sus descargos y antecedentes, sea que aquél hubiere presentado o no sus descargos, la Municipalidad a través, de un acto administrativo fundado deberá resolver la solicitud, desestimando el respectivo requerimiento o bien, resolviendo la solicitud presentada.
d) Las notificaciones a que haya lugar dentro de este procedimiento administrativo especial estarán a cargo de la Unidad Técnica, en su calidad de encargado del contrato, y se harán personalmente al contratista o a quien éste haya designado como su representante para los efectos del contrato. En caso de no poder practicarse la notificación personal, de lo cual deberá quedar constancia escrita, los actos administrativos correspondientes se notificarán por carta certificada dirigida al domicilio del contratista señalado en el contrato. En todo lo que no fuere contrario a este procedimiento las notificaciones se regirán por lo señalado en los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Nº 19.880.
e) Los actos administrativos que impongan una sanción, serán impugnables de acuerdo a las reglas generales, lo cual deberá indicarse expresamente en el respectivo Decreto Alcaldicio, señalando el o los recursos aplicables y los plazos correspondientes para su interposición por el afectado. La interposición de recursos administrativos en contra del acto que imponga una sanción no suspende su ejecución, siéndole exigible el pago la multa en la forma prevista en las presentes bases. En todo caso el afectado podrá solicitar fundadamente al Sr. Alcalde que tal ejecución se suspenda, mientras no se resuelva el o los recursos interpuestos.
f) En todo lo que no fuere contrario a la naturaleza de este procedimiento especial, serán aplicables las normas de la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
8.10 Prohibición de Ceder o Transferir el Contrato.
El proveedor adjudicado no podrá ceder o transferir el contrato en cuanto a las obligaciones contraídas a persona natural o jurídica alguna, excepto lo descrito en las presentes bases.
8.11 Solución de Controversias.
Será la Justicia Ordinaria quien resuelva los problemas o divergencias que se susciten entre las partes con motivo de la ejecución del servicio, para lo cual las partes fijan domicilio en la Comuna de Cabrero. Ello, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República.
8.12 Pacto de Integridad.
El Oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el Oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El Oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El Oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El Oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El Oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El Oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El Oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El Oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El Oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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