Licitación ID: 4081-21-LR20
Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel.
Responsable de esta licitación: Ilustre Municipalidad de Cabrero
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 35
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Proyecto de Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel Monte Aguila Cabrero. Se adjuntan Bases administrativas generales Licitación, Especificaciones Técnicas y Anexos Adjuntos.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel.
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
PROYECTO DE CONSERVACIÓN ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO, DESTINADO A MEJORAR LAS CONDICIONES DE LA INFRAESTRUCTURA DEL ESTABLECIMIENTO EXISTENTE PARA LOGRAR ESPACIO EDUCATIVO, INTEGRO, DE CALIDAD Y DE EXCELENCIA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Departamento De Educacion
R.U.T.:
69.151.001-8
Dirección:
Las Delicias nº355
Comuna:
Cabrero
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-01-2021 13:00:00
Fecha de Publicación: 22-12-2020 12:01:57
Fecha inicio de preguntas: 22-12-2020 13:01:00
Fecha final de preguntas: 08-01-2021 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-01-2021 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-01-2021 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-01-2021 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 01-02-2021 11:11:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita de Terreno Obligatoria 05-01-2021 12:00:00
Entrega Garantía Seriedad de la Oferta Soporte Físico 22-01-2021 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- FORMATO A-1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- FORMATO A-2 IDENTIFICACIÓN DE UTP
3.- FORMATO B DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
4.- CONVENIO DEL PROYECTO
5.- Bases Administrativas Generales
6.- DECRETO QUE APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS
7.- Acta visita terreno
Documentos Técnicos
1.- FORMATO C MANO DE OBRA LOCAL
 
2.- FORMATO D EXPERIENCIA DEL OFERENTE
 
3.- FORMATO E EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL RESIDENTE
 
4.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
 
5.- INFORME DE INGENIERÍA CONCEPTUAL
 
6.- INFORME PRELIMINAR ESTRUCTURAL
 
7.- LAMINA 1
 
8.- LAMINA 2
 
9.- LAMINA 3
 
10.- LAMINA 4
 
11.- LAMINA 5
 
12.- LAMINA 6
 
13.- LAMINA 7
 
14.- PLAN DE CONTINGENCIA
 
15.- Proyecto conservación Esc. O.V.V. para CAD
 
Documentos Económicos
1.- FORMATO F OFERTA ECONÓMICA
2.- FORMATO G PRESUPUESTO DETALLADO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Ver Punto Nº 11 Criterios de Evaluación de las bases Administrativas Generales Adjuntas. 5%
2 Experiencia de los Oferentes Ver Punto Nº 11 Criterios de Evaluación de las bases Administrativas Generales Adjuntas. 30%
3 Experiencia del Profesional Residente (m2) Ver Punto Nº 11 Criterios de Evaluación de las bases Administrativas Generales Adjuntas. 30%
4 Precio Ver Punto Nº 11 Criterios de Evaluación de las bases Administrativas Generales Adjuntas. 5%
5 Plazo de Entrega Ver Punto Nº 11 Criterios de Evaluación de las bases Administrativas Generales Adjuntas. 20%
6 Mano de Obra Local Ver Punto Nº 11 Criterios de Evaluación de las bases Administrativas Generales Adjuntas. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: DEPTO. DE EDUCACION MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 297738744
Justificación del monto estimado MONTO DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Cristian fossa burgos
e-mail de responsable de pago: cfossa@educabrero.cl
Nombre de responsable de contrato: Nestor Cares Acuña
e-mail de responsable de contrato: ncares@educabrero.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2411014-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación
Fecha de vencimiento: 30-04-2021
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o Cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley 19.886 y su Reglamento para garantizar la Seriedad de la Oferta, debiendo ser el documento en Pesos Chilenos, Pagadero a la Vista y tener el carácter de irrevocable. Esta deberá ser ingresada de acuerdo a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas Generales, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8 La Garantía por Seriedad de la Oferta por un monto de $ 2.000.000.- (Dos Millones de Pesos), y debe tener una vigencia de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de la propuesta en el portal de Mercado Público. GLOSA: “SERIEDAD DE LA OFERTA, CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO”, RUT Nº 69.151.001-8. ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Importante: Para aquellos documentos en que las entidades financieras no individualicen la Glosa, será Obligatorio que el oferente la indique en el Mismo Documento. De no cumplir con estos requisitos será Declarado Fuera de Bases. Nota: La Fecha de Vencimiento Seriedad de la Oferta señalada en el Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial.
Glosa: GLOSA: “SERIEDAD DE LA OFERTA, CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO”, RUT Nº 69.151.001-8. ID 4081-21-LR20”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la presente Garantía procederá, contra solicitud por escrito, una vez que se firme el contrato de obra con el oferente adjudicado, situación que será comunicada a todos los oferentes participantes del proceso, adjuntando el Decreto de adjudicación respectivo, lo anterior por existir la posibilidad de una readjudicación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación
Fecha de vencimiento: 30-11-2021
Monto: 10 %
Descripción: Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o Cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley 19.886 y su Reglamento para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de Obras y de las Obligaciones Laborales y Previsionales de los Trabajadores, este documento debe ser en pesos Chilenos, Pagadero a la Vista y tener el Carácter de Irrevocable. La Garantía de fiel cumplimiento de Contrato deberá estar vigente por el plazo total de la ejecución de la obra más 180 días corridos, siendo deber del contratista velar por ello, previo al vencimiento de ésta. Este documento deberá ser ingresado de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases Administrativas Generales, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8 El oferente adjudicado deberá ingresar una Garantía por el Fiel Cumplimiento del Contrato de Obra. Equivalente al 10% del monto total del Contrato Impuesto Incluido y suscribir el contrato de ejecución de obra respectivo. GLOSA: “FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRAS Y DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE LOS TRABAJADORES CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO, ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Importante: Para aquellos documentos en que las entidades financieras no individualicen la glosa, será obligatorio que el oferente la indique en el mismo documento. Nota: La Fecha de Vencimiento por fiel cumplimiento de contrato señalada en el Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial.
Glosa: GLOSA: “FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRAS Y DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE LOS TRABAJADORES CONSERVACIÓN ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO, ID 4081-21-LR20”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato procederá una vez que se sancione por Decreto Alcaldicio Exento la recepción provisoria sin observaciones, previo canje por la garantía de correcta ejecución de la obra.
    Otras Garantías
Beneficiario: I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación
Fecha de vencimiento: 30-12-2022
Monto: 5 %
Descripción: Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o Cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley 19.886 y su Reglamento, para garantizar la Correcta Ejecución de la Obra, este documento debe ser en pesos Chilenos, Pagadero a la Vista y tener el Carácter de Irrevocable. Este documento debe ser ingresado de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases Administrativas Generales, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8 El Contratista debe ingresar esta Garantía por Correcta Ejecución de la Obra. Equivalente al 5% del monto total del Contrato Impuesto Incluido. GLOSA: “Correcta Ejecución de la Obra CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO. ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Para aquellos documentos en que las entidades financieras no individualicen la glosa, será obligatorio que el oferente la indique en el mismo documento. Esta garantía está destinada a caucionar la estabilidad y calidad de los trabajos hasta el momento en que se realice su recepción final y se practique la liquidación del contrato. La garantía de Correcta Ejecución de la Obra deberá estar vigente durante 365 días corridos, contados desde la fecha del Decreto que aprueba el Acta de Recepción Provisora de la obra sin observaciones, siendo deber del contratista velar por ello, previo al vencimiento de ésta. Nota: La Fecha de Vencimiento por correcta ejecución señalada en el Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial.
Glosa: GLOSA: “Correcta Ejecución de la Obra CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO. ID 4081-21-LR20”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de Correcta Ejecución de las Obras procederá una vez que se sancione por Decreto Alcaldicio la recepción definitiva sin observaciones y la liquidación del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
“Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel, Monte Aguila Cabrero”
1 GENERALIDADES: 1.1 Introducción. La I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación, requiere contratar la ejecución de la Obra del Proyecto denominado “Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel, Monte Aguila Cabrero”, de acuerdo con las presentes Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Anexos y Planos adjuntos, del proyecto a realizar. 1.2 Objetivo de la Licitación. La I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación, llama a los proveedores interesados en presentar sus ofertas a la presente Licitación Pública a suma alzada a través del sistema y contratación pública, www.mercadopublico.cl, con el propósito de contratar la ejecución del Proyecto denominado ”Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel, Monte Aguila Cabrero”. 1.3 Definiciones: Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, se establece el significado o definición de los siguientes términos: 1.3.1 Etapas y Plazos Todos los plazos establecidos en las bases, como asimismo, en los instrumentos que la complementen, se entenderán en días corridos, salvo que expresamente se señale lo contrario. Cuando en las bases o en el contrato se utilice el término “días hábiles” se considerará de lunes a viernes, con exclusión de los festivos. En caso que el computo de algún plazo de los señalados en las bases diera como resultado que su término recayera en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado para el día hábil inmediatamente siguiente. 1.3.2 Días Corridos Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. 1.3.3 Días Hábiles Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos. 1.3.4 Fuerza Mayor o Caso Fortuito De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45º del Código Civil. 1.3.5 Contratista La persona natural o jurídica cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato respectivo, y en virtud del cual contrae la obligación de ejecutar una obra material o el servicio. 1.3.6 Bases Administrativas Generales Documento aprobado por la autoridad competente, que contiene de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas de contrato definitivo y demás aspectos administrativos del proceso de Licitación. 1.3.7 Especificaciones Técnicas Documento aprobado por la autoridad competente, que contiene de manera particular, las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contrata, incluyendo las especificaciones de fabricación y control de calidad del servicio y materiales de suministro. 1.3.8 Propuesta Es la oferta entregada por el licitante ajustada a los antecedentes suministrados en las Bases Administrativas Generales y Especificaciones Técnicas de la Licitación. 1.3.9 Licitación Conjunto de actos administrativos que se inicia con el llamado a interesados que cumplan con los requisitos establecidos, para cotizar y ofrecer condiciones de cumplimiento respecto del objeto requerido, de acuerdo a las exigencias fijadas en documentos denominados Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y que concluye con el Decreto Alcaldicio o Resolución que adjudica la propuesta a un oferente, rechaza todas las ofertas o la declara desierta por no haberse presentado interesados o por no convenir a sus intereses. 1.3.10 Licitación a Suma Alzada La oferta o cotización a un valor o precio fijo en Pesos Chilenos (con impuestos incluidos), en la que las cantidades de Obras o Servicios se entienden inamovibles; salvo aquellas partidas especificadas en las bases de licitación, cuya cubicación se establezca a serie de precios unitarios, y cuyo valor total corresponde en suma de las partidas fijas y a la de los precios unitarios, si los hubiere. En este contexto, el contratista deberá ejecutar las partidas en su totalidad, debiéndose pagar la cantidad estipulada en la oferta, aun cuando ésta resulte ser mayor o menor en la realidad que el monto o cantidad ofrecida. El valor a precio fijo ofrecido comprenderá la total y completa construcción de la obra material o servicio, de acuerdo con las Bases Administrativas Generales de la Licitación. Especificaciones Técnicas, y otros antecedentes constitutivos de esta Licitación. 1.3.11 Aumento o Disminución del Contrato Es la modificación de las cantidades de estudios, servicios, obras o bienes, previstas en el proyecto aprobado por la I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación. 1.3.12 Modificación de Obras y/o Servicios El reemplazo, por acuerdo entre las partes, de una parte de las obras y/o servicios contenidos en el Contrato, por obras y/o servicios nuevas o extraordinarias. 1.3.13 Programación de Trabajo Es la ordenación cronológica, de las actividades objeto del Contrato, indicando la secuencia de desarrollo de las diversas etapas o partidas de la Obra y/o Servicio, sea que ellas deban ser ejecutadas en forma simultánea o sucesiva. 1.3.14 Garantías Es toda caución que se constituye para responder del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el proceso de Licitación y contrato respectivo. Materializándose mediante un documento bancario, pagadera a la vista y con carácter de irrevocable, tomada por el oferente, por el plazo y monto estipulado en estas Bases Administrativas Generales según corresponda el caso, indicando en ella la obra y/o servicio que garantiza. Los tipos de garantías para cada circunstancia son:  Garantía Seriedad de Oferta  Garantía Fiel Cumplimiento de Contrato  Garantía por Aumento de Contrato  Garantía por Correcta Ejecución de la Obra  Pólizas de Seguro Contra todo Riesgo  Póliza de Seguro por Daños a Terceros 1.3.15 Presupuesto Disponible El costo máximo que posee por El Departamento de Educación Municipal para ejecutar una obra material o servicio. Las ofertas económicas que superen el presupuesto disponible serán consideradas fuera de bases. 1.3.16 Presupuesto Estimado El costo probable previsto por El Departamento de Educación Municipal para ejecutar una obra material o servicio. Las ofertas económicas que superen el presupuesto disponible no serán consideradas fuera de bases. 1.4 Participantes: Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, Unión Temporal de Proveedores (UTP), que cumplan con los requisitos y condiciones exigidas por la Ley 19.886 y su Reglamento y las establecidas en las presentes Bases Administrativas Generales. 1.5 Tipos de Soporte de Documentos Todos los documentos requeridos en las presentes Bases deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, a excepción de la Garantía de Seriedad de la Oferta que deberá presentarse físicamente en Secretaría del Departamento de Educación, ubicada en calle Las Delicias 355 Cabrero Tercer piso, de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases. Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en Ley N° 19.886 y su Reglamento, y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases. 1.6 Gastos Los gastos en que incurra el oferente con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a reembolso por parte del Departamento de Educación. 1.7 Idioma de la Licitación Todo el proceso de licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. 1.8 Moneda de la Licitación Los valores indicados en las bases de la licitación están expresados en Pesos Chilenos 1.9 Llamado de la Licitación La publicación del llamado a licitación se efectuará una vez que el Decreto que Aprueba las Bases, esté totalmente tramitado. Las bases estarán a disposición de los proponentes en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl, desde el momento de la publicación del llamado. 1.10 Documentación que rige esta Licitación: Esta licitación Pública se rige por las normas previstas en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica: a) Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Planos y los Anexos Respectivamente. b) Preguntas de los oferentes y respuestas del Departamento de Educación Municipal. c) Aclaraciones y Modificaciones a las Bases Administrativas Generales y/o Especificaciones Técnicas entregadas por el Departamento de Educación, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes. d) Oferta administrativa, técnica y económica del oferente que resulte adjudicado. e).- Acta de Adjudicación. f).- Decreto de Adjudicación. g).- El Contrato que se suscriba entre las partes. h).-El Convenio y sus anexo celebrado entre la Dirección de Educación Pública y la I. Municipalidad de Cabrero. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo, accediendo al Portal Electrónico www.mercadopublico.cl. 1.11 Consultas y Respuestas Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta propuesta, deberán ser realizadas a través de la funcionalidad para preguntas y respuestas del portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes en el portal www.mercadopublico.cl en el horario y fecha indicado en el cronograma de la licitación. Se citará cada consulta, sin hacer mención al participante que la haya formulado y luego se dará la respuesta respectiva. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el mismo plazo en que deben responderse las consultas, las aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en la misma fecha señalada en el párrafo anterior. Tanto las respuestas a las preguntas como las aclaraciones que formule la Institución se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. En el caso que de las respuestas derive una modificación de las bases publicadas, deberá emitirse el acto administrativo que la autorice y, en caso de ser necesario, deberá otorgarse el plazo suficiente a los oferentes para presentar sus ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. 1.12 Modificación de las Bases El Departamento de Educación Municipal podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de propuestas, modificar los documentos de la Licitación, mediante Decreto Alcaldicio Exento, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Dicha modificación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, el Departamento de Educación Municipal tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas a fin de dar un tiempo adicional para la presentación de los antecedentes, lo cual será comunicado a través de publicación en el Portal www.mercadopublico.cl. 1.13 Presupuesto y Financiamiento El Presupuesto Máximo Disponible para ejecutar la obra asciende al Monto de $ 297.738.744.-(Doscientos noventa y siete millones setecientos treinta y ocho mil setecientos cuarenta y cuatro pesos). Impuestos Incluidos. Las ofertas que superen el Presupuesto Máximo disponible, serán declaradas Fuera de Bases. La presente propuesta se financiará con recursos aportados por la Dirección de Educación Pública, Resolución Exenta Nº 667/20.07.2020, que aprueba convenio y su anexo, para financiar el Proyecto de Cabrero de Infraestructura para el Establecimiento Educacional “Escuela Orlando Vera Villarroel”, RBD 17.787. 1.14 Mandante y Unidad Técnica La autoridad mandante es la I.Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación. Quien supervisará la correcta ejecución de la obra, en calidad de Unidad Técnica, será el Departamento de Educación Municipal, a través de su Departamento de Obras, para lo cual nominará un funcionario denominado Inspector Técnico de Obra (I.T.O.). 1.15 Localización de la Obra La ubicación de la obra corresponde a la calle Carlos Viel Nº 25, Monte Aguila. El inmueble objeto de la presente Licitación se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Yumbel a fojas 677, N°567, del año 1998 y el inmuebles anexo foja 53, Nº 59, del año 1993, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, según consta en Certificado de Dominio vigente emitido por el referido Conservador. 1.16 Del Proyecto a realizar Se contempla el Proyecto de CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO de la comuna de Cabrero, lo anterior con la finalidad de mejorar las condiciones de la infraestructura del establecimiento existente, para lograr un espacio educativo integro de calidad y de excelencia, de acuerdo al resumen del siguiente detalle:  Mejoramiento general del Establecimiento.  Reparación Baños y Duchas alumnos.  Mejoramiento sistema Eléctrico, según normativa vigente  Instalación de Paneles Fotovoltaicos  Accesibilidad Universal  Trabajos exteriores y patio 1.17 Plazo de Ejecución El plazo de ejecución de la obra será propuesto por el Oferente y no deberá ser inferior a 90 días corridos ni mayor a 120 días corridos, de lo contrario serán declarados Fuera de Bases y deberá contemplar todos los plazos necesarios para gestionar la totalidad de los permisos que fuesen requeridos para la obra de esta naturaleza. Este plazo se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la firma del Acta de Entrega de Terreno. Los plazos se entenderán siempre en días corridos, salvo que se indique de forma expresa lo contrario. Los plazos cuyo vencimiento recaiga en día inhábil (sábado, domingo o festivo), deberán cumplirse, a más tardar, el día hábil siguiente a dicho vencimiento. El plazo podrá ser prorrogado conforme lo estipulan las presentes Bases Administrativas Generales, teniendo presente que la prórroga no podrá acordarse en base a una petición formulada por el Contratista después de transcurrido el plazo del Contrato. La Unidad Técnica podrá aumentar por única vez el plazo para la ejecución de la obra contratada, a petición fundada del Contratista, solo en aquellos casos de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al Contratista, informando de ello oportunamente al Mandante y este plazo no deberá ser mayor a un 30% del plazo contractual, que deberá ser calculado y determinado por el Inspector Técnico de Obras a través de un informe técnico aprobado por Decreto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc. La Empresa Contratista deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo a la Inspección Técnica de Obra, dentro de los 10 días hábiles posteriores desde ocurrida la(s) causa(s) que lo origine. El atraso por parte de la Unidad Técnica en entregar al Contratista antecedentes, suministros o terreno, podrá ser considerado como causal de aumento de plazo, sólo si en forma efectiva y comprobada, impide o retarda el cumplimiento de las obligaciones del Contratista, y siempre que el Contratista, oportunamente, haga presente dicha circunstancia mediante una solicitud por escrito señalando lo sucedió. No será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución del contrato, como consecuencia del rechazo por parte del Inspector Técnico de la Obra (ITO) de materiales defectuosos, que no se ajusten a las especificaciones técnicas, trabajos o servicios mal ejecutados, o por no cumplir con las especificaciones técnicas. La Unidad Técnica junto con informar al Mandante del aumento de plazo, deberá acompañar la respectiva modificación del contrato, de la garantía constituida y copia del acto administrativo que lo aprueba. Además, presentará el informe del Inspector Técnico de Obra (ITO), de conformidad al aumento otorgado, junto a la documentación de respaldo y que se tuvo presente para la elaboración de dicho informe. Todo lo anterior, deberá estar gestionado y regularizado, antes del término de plazo que requiere ampliarse y regirán a partir del vencimiento del plazo que se amplía, consecutivamente. Con todo, deberá entenderse que esta facultad de la Unidad Técnica, no aplicará en caso de requerirse un eventual aumento de obras, pues en esta situación de ejecución extraordinaria o modificaciones de obras requerirá de autorización previa del Mandante. 1.18 Reglamentación Las obras deberán ejecutarse de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.886 “Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos De Suministro y Prestación de Servicios”, Bases Administrativas Generales para Obras a suma Alzada, , Especificaciones Técnicas, Planos del proyecto, normas chilenas sobre hormigones, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la L.G.U.C., Normas vigentes para obras de alcantarillado, agua potable, aguas servidas y aguas lluvias (Código Sanitario y sus Reglamentos), Ley General de Servicios Sanitarios DFL N° 70/88 y DFL N° 382/88 ambos del MOP, Normas de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), incluidas sus modificaciones; La Ley General de Servicios Eléctricos, DFL N° 1 de 1982, del Ministerio de Minería y sus modificaciones, incluidos los reglamentos internos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), incluidas sus modificaciones; Disposiciones reglamentarias vigentes relativas a permisos sobre ocupación de vías, derechos, impuestos e inspecciones fiscales o municipales; a los planos del proyecto; normativas municipal, catálogos de productos y/o recomendaciones de fabricantes, además de las consultas y respuestas que surjan en el período correspondiente, en el portal Mercado Público (Aclaratorias que no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes). Se entenderán incorporadas también en su momento las instrucciones y correcciones de terreno que surjan del ITO acordadas con la Unidad Técnica, en cuanto no afecten al presupuesto, finalidad y calidad de la obra contratada. El Contratista deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N° 20.123 y Reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el contrato de trabajo de Servicios Transitorios. La Subcontratación no podrá ser superior al 40% del total del contrato y que previamente deberá ser informada y autorizada por el ITO en conjunto con la Unidad Técnica. Será responsabilidad de la Unidad Técnica velar y certificar a través del ITO, el cabal cumplimiento de lo anterior. Los contratistas deberán cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en Obras, Faenas o Servicios. Será responsabilidad de la Unidad Técnica velar y certificar a través del ITO, el cabal cumplimiento de lo anterior. El Adjudicatario será el único responsable de la correcta ejecución de las partidas, suministro, calidad de los materiales, de la colocación de estos y correcta operación de las instalaciones. El Adjudicatario ejecutará las obras cumpliendo, además, con las ordenanzas, reglamentos, leyes y normas chilenas de construcción vigentes a la fecha de ejecución, así como con las reglas del arte del buen construir, mejores técnicas y usos de construcción. Con todo, el Proponente/Contratista debe considerar en la presentación de su oferta y/o en la ejecución de la obra, el principio del buen arte de construir, por lo que aun cuando las especificaciones técnicas, planos, etc., hayan omitido detalles o partidas, necesarias para cumplir con tal principio, el Proponente/Contratista deberá integrarlas en su oferta o en la ejecución misma de la obra. Lo expuesto no significará un aumento del precio del contrato, dado su carácter de “suma alzada”. 1.19 Anticipos La obra, no considera anticipos. 2.- Presentación de la Propuesta: Los Oferentes deberán adjuntar la documentación solicitada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública portal www.mercadopublico.cl, los “ANEXOS ADMINISTRATIVOS”, “ANEXOS TÉCNICOS” y “ANEXOS ECONÓMICOS”, todos escaneados, en extensión PDF, sin enmendadura, de forma legible y en el orden indicado: 2.1.- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS: a) Formato A-1 “Identificación de Oferente” Firmado por el Oferente. b) Formato B “Declaración Jurada Simple” Firmado por el Oferente. (En el caso de las UTP deberán presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante). c) Garantía por Seriedad de la Oferta: Adjuntar una copia de la Garantía que garantiza la Seriedad de la Oferta. d) Currículum de la Empresa, firmado por el Oferente: describiendo obras de edificación similares del tipo: infraestructura pública y/o privada; proyectos eléctricos o similares ejecutadas en M2 y su monto en pesos. e) Currículum del Profesional Residente, firmado por el Profesional Residente que estará a cargo de la ejecución de la Obra, describiendo obras de edificación similares del tipo: infraestructura pública y/o privada o similares ejecutadas en M2 y su monto en pesos. f) Certificado de Título del Profesional Residente: (Copia legalizada ante Notario). Un profesional residente idóneo, con experiencia en el área de construcción y competente pudiendo ser éste: Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil o Arquitecto, el cual deberá estar en forma permanente en la obra, se debe adjuntar copia legalizada ante notario del certificado de título del profesional residente. El cambio de este profesional deberá ser autorizado por el Inspector Técnico de Obra (ITO), y deberá cumplir con el tiempo de experiencia solicitado en las bases administrativas Generales. g) Certificado de Vigencia de la sociedad, Si el oferente es persona jurídica deberá adjuntar copia de la escritura de la constitución de la sociedad con certificación de vigencia. Este documento debe tener una vigencia máxima de 30 días, contados hacia atrás, desde la fecha de cierre de la licitación respectiva. h) Documentos de Iniciación de Actividades y/o Información Tributaria, ya sea persona natural o sociedad jurídica, o mediante la modalidad de Unión Temporal de Proveedores, en su caso. i) Dicom Empresa o Dicom oferente postulante no superior a 30 días de vigencia, contados desde la presentación de la oferta. j) Certificado de antecedentes laborales y previsionales, este documento debe ser extendido con una anterioridad no superior a 30 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la Licitación. El certificado debe indicar la fecha clara de emisión. (En caso de las UTP, debe ser ingresado por cada integrante). Para el caso de las UTP (Unión Temporal de Proveedores): k) Formato A-2 “Identificación de Unión Temporal Proveedores” Firmado 2.2.- ANTECEDENTES TECNICOS: a) Carta Gantt de la obra, indicando el detalle de las partidas y los días de ejecución corridos, firmado por el oferente. b) Formato C “Mano de Obra Local” (Debidamente Firmado). El oferente deberá indicar, a través de una Declaración Jurada Simple, el porcentaje de contratación de personal Local. El porcentaje ofertado será evaluado de conformidad a lo establecido en los criterios de evaluación de las presentes Bases. El porcentaje de la Mano de Obra Local, se calculará de acuerdo al promedio de la totalidad de trabajadores que participarán en la ejecución en la Obra. Este porcentaje de Mano de Obra será corroborado en cada estado de pago. Entiéndase por Mano de Obra Local los trabajadores que acrediten residencia en algún lugar de la Comuna de Cabrero. c) Formato D “Experiencia del Oferente”. La Experiencia del Oferente en Obras de Edificación, similares Ejecutadas, detallando la tipología de la obra, ya sea en Construcción, Mejoramiento, Remodelación, y/o Conservación, realizadas entre el mes de Octubre 2013 a Octubre del 2020. Se deberá acompañar a este formato los Certificados que acrediten debidamente la experiencia indicada. Serán solo evaluadas las experiencias comprobadas por medios de Certificados y/o Recepción Municipal Definitiva, en que los Mandantes correspondan a entidades Públicas y/o Empresas Privadas, y que coincida con el Mandante señalado en el Formato D. La Certificación de la experiencia debe ser emitida por el Mandante, es decir a quien se le ejecuto la Obra. Los Certificados deberán señalar como mínimo.  Que correspondan a Obras de Edificación similares ejecutadas.  Fecha de Ejecución de la Obra  M2 de Obras de Edificación similares Ejecutadas.  Mandante de la Obra. Los Certificados emitidos por Entidades Públicas, deberán ser por; Directores, Jefes de Departamento correspondientes y/o ITO. Los Certificados emitidos por Empresas Privadas, deberán ser por; Gerentes, Jefes de área correspondiente. No serán evaluadas: o Experiencias en que se registre como Mandante la misma empresa que postula como oferente o que uno de sus representantes sea socio o tenga cualquier tipo de vinculación, ya sea directa o indirecta. o Experiencias en que los certificados no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 67 bis inciso quinto del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación señalados en las presentes Bases. d) Formato E “Experiencia del Profesional Residente”. La Experiencia del Profesional Residente en Obras de Edificación, similares Ejecutadas, detallando la tipología de la obra, ya sea en Construcción, Mejoramiento, Remodelación, y/o Conservación, realizadas entre el mes de Octubre 2013 a Octubre del 2020. Se deberá acompañar a este formato los Certificados que acrediten debidamente la Experiencia del Profesional Residente. Serán solo evaluadas las experiencias comprobadas por medios de Certificados y/o Recepción Municipal Definitiva, en que los Mandantes correspondan a entidades Públicas y/o Empresas Privadas, y que coincida con el Mandante señalado en el Formato E. La Certificación de la experiencia debe ser emitida por el Mandante, es decir a quien se le ejecuto la Obra. Los Certificados deberán señalar como mínimo.  Que correspondan a Obras de Edificación similares ejecutadas.  Fecha de Ejecución de la Obra  M2 de Obras de Edificación similares Ejecutadas.  Mandante de la Obra.  Nombre del Profesional Residente de la Obra que se está certificando. Los Certificados emitidos por Entidades Públicas, deberán ser por; Directores, Jefes de Departamento correspondientes y/o ITO. Los Certificados emitidos por Empresas Privadas, deberán ser por; Gerentes, Jefes de área correspondiente. No serán evaluadas: o Experiencias en que se registre como Mandante la misma empresa que postula como oferente o que uno de sus representantes sea socio o tenga cualquier tipo de vinculación, ya sea directa o indirecta. o Experiencias en que los certificados no presenten los requisitos mínimos solicitados precedentemente. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, podrán presentar su oferta conforme lo permite el Artículo 67 bis inciso quinto del Reglamento de la Ley 19.886 y serán evaluados según criterios de evaluación señalados en las presentes Bases. Nota: los oferentes que no cumplan con los requisitos de los documentos técnicos señalados en el punto Nº 2.2 Antecedentes Técnicos, serán considerados fuera de base. 2.3.- ANTECEDENTES ECONOMICOS: a) Formato F “Oferta Económica” El Oferente debe indicar el Valor Total Con IVA Incluido y señalar el tiempo de la ejecución de la obra en días corridos. b) Formato G “Presupuesto Detallado” Firmado por el Oferente, (deberá incluir todas las partidas detalladas y las unidades de medida señaladas no son modificables).  Por tratarse de una contratación a Suma Alzada, el Oferente deberá considerar todos los costos asociados a la ejecución de la obra en el Formato G “Presupuesto Detallado” del presente Anexo y siempre en consideración a los requerimientos de las Bases y antecedentes técnicos del Llamado a Licitación.  La sumatoria (Subtotal) de cada partida, deberá contener todos los Ítems que correspondan a esa partida, debiendo estar en concordancia con la sumatoria final y el Formato E “Oferta Económica”. De existir diferencias en las sumatorias de Subtotales o Total, será declarado FUERA DE BASES. Nota: Los oferentes que no cumplan con los requisitos de los documentos señalados en el punto Nº 2.3 Antecedentes Económicos, serán declarados fuera de bases. Los Formatos A1, A2, B, C, D, E, F, G, mencionados anteriormente se encuentran disponibles en la presente licitación como archivos anexos, los que deben ser llenados con la información solicitada y firmados. IMPORTANTE: Toda la documentación solicitada en el Punto Nº 2 “Presentación de la Propuesta”, es obligatoria, la no presentación de uno o todos los documentos, la oferta será declarada Inadmisible, quedando Fuera de Bases. La no presentación del formato A1 o en su caso A2 y B, se entenderá que constituye una omisión formal, de aquellas referidas en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, por lo tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante presentación de los referidos formularios, dentro del plazo de 48 horas, contados desde que son solicitados a través del portal mercado público. El no subsanar en el plazo señalado la oferta será declarada inadmisible. Se podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegios respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Art.40 Reglamento De La Ley Nº19.886. Serán declaradas inadmisibles las ofertas: 1. Cuyos antecedentes no cumplan con la vigencia exigida en estas Bases. 2. Que no cumplan con los requisitos, mencionados en las presentes Bases. Será de Responsabilidad de los oferentes la calidad y visualización total de cada documento que es subido como archivo anexo al portal. El proponente deberá procurar la presentación de una oferta clara y ordenada. El orden de las ofertas estará determinado por lo siguiente: a) Archivos digitales consolidados: Se sugiere que cada documento o antecedente requerido en las presentes Bases, independiente del número de páginas que lo constituyen, se publique en un solo archivo digital. b) Subir archivos en el Anexo correspondiente: Los antecedentes que se solicitan en las presentes Bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el Proponente debe subir cada archivo digital al Anexo correspondiente. c) Nombre de los archivos digitales: Se sugiere que el nombre que se asigne a cada archivo, debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra que le corresponda, en atención al orden que fijan las presentes Bases. d) Filtrar información: Los Proponentes no deben ingresar antecedentes adicionales a los requeridos. e) El formato digital de los antecedentes deben ser extensión PDF, Word o Excel. f) Es Obligación del Oferente revisar el Portal www.mercadopublico.cl, los anexos de esta licitación durante todo el proceso hasta el día del cierre de la licitación, no siendo posible alegar desconocimiento de la información publicada. g) Los formatos que se adjuntan al portal www.mercadopublico.cl no deben ser modificados en su contenido. En circunstancias excepcionales, el Mandante podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como la respuesta debe ser realizada por medio del portal www.mercadopublico.cl, y en caso de aceptación, el oferente dentro del plazo de cuatro días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de extensión de la oferta, debe extender la vigencia del documento de garantía de seriedad de la oferta o adjuntar uno nuevo, idéntico al anterior, por el lapso equivalente al de la extensión del periodo de validez de la oferta. Por la sola presentación del nuevo documento de garantía de seriedad de la oferta se entiende que el oferente extiende el periodo de validez de la misma. El oferente deberá acreditar a través del certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, que es solicitado en el punto 2.1 Antecedentes Administrativos letra j, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Sin perjuicio de ello, si existieren saldos insolutos, en los primeros estados de pago la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación deberá retenerlos y destinarlos al pago de dichas obligaciones. Todo ello, conforme regula el artículo 4° de la Ley 19.886. 3.- Para el caso de las UTP (Unión Temporal de Proveedores, para adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM): En Caso particular de las UTP estas deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la UTP. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que generen con la Entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado 4.- Visita a Terreno. El terreno donde se emplazará la obra, será recorrido por los oferentes interesados en una visita de carácter OBLIGATORIA, guiada por un funcionario de Obras del Departamento de Educación Municipal, programada para el día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del sistema electrónico www.mercadopublico.cl. Los oferentes deberán presentarse en las dependencias de la Escuela Básica Orlando Vera Villarroel, Ubicada en calle Carlos Viel Nº 25, de Monte Aguila, el recorrido se realizará de acuerdo a protocolos establecidos en la Comuna de Cabrero a razón de la Emergencia sanitaria actual. Una vez realizada la visita se deberá firmar un Acta denominada “Acta de visita de terreno”. El no asistir a la visita de terreno o incorporarse posterior al horario indicado para la visita, cualquier sea su motivo, los dejará fuera de Bases. Se solicita tomar las precauciones necesarias para cumplir con la hora señalada. Hora que es determinada por el reloj del Establecimiento Educacional. Esta visita es sólo para que los interesados conozcan el terreno, por lo que no se responderán preguntas, estas últimas solo se deben realizar mediante el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl, durante el tiempo que se disponga en la ficha de licitación publicada. 5.- De la Oferta Económica. La oferta económica, deberá presentarse a través del portal durante el periodo de recepción de ofertas, conforme a las etapas y plazos señalados en la ficha de la licitación del sistema electrónico www.mercadopublico.cl. 6.- De las Ofertas La oferta del proponente se mantendrá vigente como mínimo durante 60 días corridos, después de la fecha de apertura. 7.-Reincorporación de ofertas En la presente Licitación se podrá realizar la reincorporación de una oferta siempre y cuando se haya descartado por inconveniente o error durante la Apertura Electrónica, esta decisión será tomada por la Comisión Evaluadora, a través de un documento llamado "Informe de Rectificación del Acto de Apertura Electrónica", el que permitirá validar la reincorporación de la o las ofertas. Una vez realizado este proceso, será necesario aprobarlo a través de Decreto Alcaldicio y continuar con la etapa de Evaluación. El documento de aprobación formará parte de la presente licitación y deberá publicarse en el Sistema de Información de www.mercadopublico.cl. 8.- Principio de Abstención. Las autoridades y los funcionarios en quienes se den alguna de las circunstancias señaladas a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente. Son motivos de abstención los siguientes: 1) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado. 2) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato. 3) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas anteriormente. 4) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que trate. 5) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar. 9.- De la Apertura de las ofertas: La apertura de las ofertas se realizará en dos etapas a través del Sistema de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en el día y hora señalada en Etapas y Plazos de la Ficha de la Licitación, y se efectuará ante la Comisión de Apertura, integrada por los funcionarios que se designen mediante Decreto Alcaldicio Exento para tal efecto o quienes los subroguen en su caso. Con la intención de optimizar el proceso interno de abastecimiento, priorizando las actuaciones en forma remota y por otro lado, se reduzcan las barreras en los procesos de compra, estará la opción de proceder mediante lo indicado en la Directiva Pública Nº 34, recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia virus COVID-19, emitida por la Dirección de Chile Compra, se recomienda que las comisiones evaluadoras sesionen de manera remota, utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes. Primeramente, se procederá a constatar el ingreso de los antecedentes en soporte físico requerido, cuando corresponda. Luego los antecedentes solicitados en la oferta Administrativa. Si de la revisión de los Anexos Administrativos, se verifica la omisión de alguno de los antecedentes exigidos formato A1 o en su caso A2 y B, el oferente tendrá un plazo de 48 horas para subsanar dicha omisión desde que sea informado a través de la Plataforma de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, lo cual significará el descuento correspondiente en la evaluación de la oferta. De no existir respuesta por parte del oferente en el plazo establecido precedentemente, se procederá a declarar Fuera de Bases la oferta presentada por el proponente incumplidor. Posteriormente, se procederá a la revisión de los antecedentes solicitados en la oferta Técnica y Económica. Si del examen aludido se verifica la omisión de alguno de los antecedentes exigidos, se procederá en el acto a declarar Fuera de Bases la oferta presentada por el proponente incumplidor. El Departamento de Educación Municipal pone en conocimiento de los oferentes que, aunque se haya aceptado la documentación en el Acto de Apertura del portal mercado público, se reserva el derecho de verificar toda la información y antecedentes proporcionados por el proponente pudiendo aparecer algunos hechos que no fueran observados en la mencionada apertura, de conformidad a lo solicitado en el presente llamado, esta situación implicará que no se considerará la oferta del proponente. Si esto llegara a ocurrir se informará oportunamente tal situación por el portal electrónico www.mercadopublico.cl a todos los proponentes fundamentando la decisión. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, conforme a lo señalado en el Artículo 33 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, las que serán resueltas por la Comisión de Apertura a través del portal Mercado Público, dentro de los 2 días hábiles siguientes. Se deja establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura, la Comisión designada, estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente. Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Compras y Contratación Pública, portal electrónico www.mercadopublico.cl, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar al Departamento de Educación Municipal, un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la comisión respectiva y el resto de los oferentes de la presente licitación. En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes Administrativos y de la Oferta Técnica y Económica. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, al momento de no poder ingresar la información. 10.- De la Evaluación de las Ofertas: El proceso de evaluación será interno, se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes Bases y estará a cargo por una Comisión, integrada por funcionarios del Depto. de Educación Municipal, designados mediante Decreto Alcaldicio Exento para tal efecto, o quienes los subroguen en su caso, la que podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes para su adecuado cometido. La Comisión tendrá por objeto el análisis de las ofertas de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases Administrativas Generales. En esta etapa de estudio no serán consideradas aquellas propuestas que no hayan cumplido con los requisitos e instrucciones solicitadas y establecidas en el punto Nº 2 "Presentación de la Propuesta" de las presentes Bases Administrativas Generales. 11.- Criterios de Evaluación: Las ofertas presentadas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes Criterios de Evaluación: CRITERIO PONDERACION CRITERIOS a).- Experiencia del Oferente (m²) 30 % b).- Experiencia del Profesional Residente (m²) 30 % c).- Precio $ (menor ofertado) 5 % d).- Plazo Ejecución (menor ofertado) 20 % e).- Mano de Obra Local 10 % f).- Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Presentación de la Oferta 5 % Los puntajes considerarán una escala de 0 a 100 puntos y un máximo de dos decimales. Como resultado del proceso de evaluación se obtendrá: a).- Experiencia del Oferente (30%): Se evaluará con mayor puntaje aquella oferta que presente mayor experiencia, medida en M² de acuerdo a lo solicitado en el Formato D “Experiencia del Oferente” de las presentes Bases Administrativas Generales. La experiencia del oferente en Obras de Edificación, similares ejecutadas, detallando la tipología de la obra, ya sea en Construcción, Mejoramiento, Remodelación, y/o Conservación, realizadas entre Octubre del año 2013 a Octubre del 2020. Todos los documentos presentados para acreditar experiencia, deberán coincidir con lo expuesto en el Formato D “Experiencia del Oferente” detallando claramente los M² y la suma total de ellos. Solo se consideran los M² que se puedan comprobar para efectos de asignación de puntaje. En caso que la suma de los montos certificados sea mayor al señalado en el Formato D, solo se considerará lo señalado en dicho formato. Si la experiencia la ingresa en otra unidad ($, cantidad de contratos, etc.) el oferente será evaluado con 0 puntos en dicho ítem. La I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación a través de la Comisión Evaluadora se reserva el derecho de verificar con las entidades correspondientes los antecedentes presentados y en caso de duda de las Obras presentadas será la Comisión quien resolverá. Factor a evaluar: M2 DE CONSTRUCCION DESCRITA PUNTAJE Menor a 500 m² 0 puntos 501 m² a 1.000 m² 5 puntos 1.001 m² a 2.000 m² 20 puntos 2.001 m² y 3.000 m² 40 puntos 3.001 m² y 4.000 m² 60 puntos 4.001 m² y más m² 100 puntos b).- Experiencia del Profesional Residente (30%): Se evaluará con mayor puntaje aquella oferta que presente mayor experiencia, medida en M², de acuerdo a lo solicitado en el Formato E “Experiencia del Profesional Residente” de las presentes Bases. La experiencia del profesional residente en obras de edificación, similares ejecutadas detallando la tipología de la obra, ya sea en Construcción, Mejoramiento, Remodelación, y/o Conservación, realizadas entre el mes de Octubre 2013 al mes Octubre 2020. Todos los documentos presentados para acreditar experiencia, deberán coincidir con lo expuesto en el Formato E “Experiencia del Profesional Residente” detallando claramente los M² y la suma de ellos. Solo se consideran los M² que se puedan comprobar para efectos de asignación de puntaje. En caso que la suma de los montos certificados sea mayor al señalado en el Formato E, solo se considerará lo señalado en dicho formato. Si la experiencia la ingresa en otra unidad ($, cantidad de contratos, etc.) el oferente será evaluado con 0 puntos en dicho ítem. La I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación a través de la Comisión Evaluadora se reserva el derecho de verificar con las entidades correspondientes los antecedentes presentados y en caso de duda de las Obras presentadas será la Comisión quien resolverá. Factor a evaluar: M2 DE CONSTRUCCION DESCRITA PUNTAJE Menor a 500 m² 0 puntos 501 m² a 1.000 m² 5 puntos 1.001 m² a 1.500 m² 20 puntos 1.501 m² y 2.500 m² 40 puntos 2.501 m² y 3.500 m² 60 puntos 3.501 m² y más m² 100 puntos c).- Evaluación del Precio (5 %) De acuerdo a lo señalado en el Formato F “Oferta Económica”, Se considerará y comparará el precio final de las ofertas, con el precio de cada oferta por el menor precio ofertado, mediante la siguiente fórmula: Pje. Precio Oferente X = (precio mínimo entre los oferentes / Precio Oferente a Evaluar X) * 100 d).- Plazo Ejecución ofertado (20%) Se evaluará con mayor puntaje aquella oferta de menor plazo y así sucesivamente hasta completar el total de los oferentes participantes. Plazo Ofertado X = (Menor Plazo Ofertado entre los oferentes / Plazo del oferente a evaluar X) * 100 e).- Mano de Obra Local (10%): El Criterio Mano de Obra Local, se evaluará con la aplicación del puntaje de la siguiente tabla, de acuerdo a la información entregada en el Formato C “Declaración Jurada Simple de Mano de Obra”. MANO DE OBRA LOCAL PUNTAJE Entre 76% y 100% de Mano de Obra Local 100 Puntos Entre 56% y 75% de Mano de Obra Local 60 Puntos Entre 41% y 55% de Mano de Obra Local 40 Puntos Entre 26% y 40% de Mano de Obra Local 30 Puntos Entre 11% y 25% de Mano de Obra Local 20 Puntos Inferior a 10% Mano de Obra Local 10 Puntos Sin Mano de Obra Local 0 Puntos f).- Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Presentación de la Oferta (5%): Para evaluar este criterio se calificará la correcta presentación de la oferta, en forma legible sin errores, observaciones ni enmendaduras, en extensión formato PDF y en el orden de presentación, para facilitar la revisión e impresión de los documentos solicitados. FACTOR DE EVALUACIÓN PUNTAJE No cumple con requisitos formales solicitados 0 puntos Cumple con requisitos formales solicitados 100 puntos Tendrá puntaje 0 en este criterio, aquellos oferentes que salven errores u omisiones formales. Cálculo de puntaje de ofertas: Para efectuar esta operación se utilizará la siguiente fórmula: Puntaje: a*0.30 + b*0.30 + c*0.05 + d*0.20 + e*0.10+ f*0.05 Donde: a = Experiencia del Oferente M2. b = Experiencia del Profesional residente M2 c = Precio $ (Menor ofertado) d = Plazo de Ejecución (menor ofertado) e = Mano de Obra Local f = Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta La adjudicación será notificada a través del portal Mercado público, incorporando el Decreto Adjudicatorio respectivo. De acuerdo al art.41 inciso 5° y 6° del Reglamento de la ley N° 19.886.- La I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, no podrá adjudicar la Licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases. Previo a la adjudicación, La Comisión verificará si la documentación entregada acredita que el adjudicatario posea la habilidad para contratar con el Estado. Si una vez revisados los antecedentes no se acreditare la calidad de hábil del oferente o los antecedentes presentados fueran incompletos, se declarará la inhabilidad del oferente lo que acarreará como consecuencia la imposibilidad de adjudicar la oferta por lo dispuesto expresamente en el Artículo N°41 del Reglamento de la Ley N°19.886 y se adjudicará la oferta del oferente que siga en el orden de prelación o declarar desierto el proceso licitatorio, a través de la correspondiente resolución fundada, por no convenir a los intereses de la I. Municipalidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la ley Nº 19.886. 12.- Resolución de la Propuesta La adjudicación se efectuará a un solo oferente y se realizará mediante resolución fundada. La I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación informará a través del portal Mercado Público la resolución de la adjudicación al oferente que se adjudicó la propuesta e informará por este medio a los restantes proponentes que sus ofertas no han sido adjudicadas. 13.- Resolución de Empates Si como resultado de la evaluación resultan empatados dos o más oferentes, se optará por adjudicar a quien cumpla con el criterio de mayor experiencia del oferente y en caso de continuar con el empate se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, de acuerdo al siguiente orden de prelación: Experiencia del profesional residente, Plazo Ejecución, Precio, Mano de Obra Local. De persistir la igualdad se solicitará a los proveedores, un porcentaje de descuento especial, el que deberán indicar a través del foro y se adjudicará la oferta más económica. Conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886. 14.- De la Adjudicación Efectuada la evaluación de las Ofertas, la Comisión elaborará el correspondiente “Acta de Adjudicación”, con una propuesta de adjudicación, el que deberá contener un resumen del proceso de licitatorio, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los oferentes, informe que se pondrá en conocimiento del Sr. Alcalde para su resolución. El Alcalde determinará la adjudicación de la licitación, considerando la oferta más conveniente de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en dicho Acta. 15.- Adjudicación Fuera de Plazo. En caso que la Adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las Bases de Licitación, la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, publicará en el sistema de compras públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación. 16.- Derecho del Contratante de rechazar todas las ofertas. La I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación, se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, declarando desierto el proceso licitatorio, a través de la correspondiente resolución fundada, por no convenir a los intereses de la Institución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la ley Nº 19.886. 17.- Desestimiento de la Oferta Si el contrato no se suscribiere dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la apertura de la propuesta, por causas imputables a la Unidad Técnica, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Unidad Técnica vía escrita. La Unidad Técnica podrá llamar a una nueva propuesta pública o adjudicar la oferta en orden de prelación o declarar desierto el proceso licitatorio, a través de la correspondiente resolución fundada, por no convenir a los intereses de la Municipalidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la ley Nº 19.886. 18.- De la Readjudicación La I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: 1.- Si el contrato no se firma dentro el plazo estipulado por causas atribuibles al oferente adjudicado. 2.-Si el oferente adjudicado no hace entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. 3.-Si el oferente adjudicado no hace entrega de las pólizas de seguros correspondientes. 4.- Si el oferente adjudicado se desiste de su oferta. 5.-Si el oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con el Estado en los términos señalados en el artículo Nº 4 de la Ley Nº 19.886 o no proporciona la documentación necesaria para verificar dicha situación. Sin Perjuicio de lo anterior, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación declarando desierto el proceso Licitatorio, debido a que las demás ofertas no son convenientes a los intereses de la I.Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación. 19.- Condiciones Contractuales. El sistema de contrato será sin reajustes, ni intereses, ni indemnizaciones de ningún tipo. 20.- Antecedentes en Soporte Físico y Electrónico. Los Oferentes deben presentar una Garantía por Seriedad de la Oferta ya sea física o electrónicamente, de conformidad a la Ley Nº 19.886 y Ley Nº 19.799. .- Entrega Garantía Seriedad de la Oferta en Soporte Físico: Esta garantía deberá ser ingresada por la Oficina de Partes del Depto. de Educación Municipal, ubicada en Calle Las Delicias N°355 Tercer Piso, de la Comuna de Cabrero, hasta el día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del portal www.mercadopublico.cl. Punto 3 Etapas y Plazos, Entrega Garantía Seriedad de la Oferta Soporte Físico. .- Entrega Garantía Seriedad de la Oferta en Soporte Electrónico: También los oferentes podrán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta electrónicamente, enviando el Documento Financiero al correo Electrónico de Secretaría del Depto. de Educación Municipal vaguad@educabrero.cl. En tal caso deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, hasta el día y hora señalada en la Ficha de la Licitación del portal www.mercadopublico.cl. Punto 3 Etapas y Plazos, Fecha de Cierre de Recepción de la Oferta. Nota: Los Oferentes que no cumplan con la presentación del documento antes indicado, serán considerados Fuera de Bases. 21.- De Las Garantías Todos los documentos de garantía exigidos en las presentes Bases Administrativas Generales deberán ser tomados en instituciones financieras o bancarias. El contratista será siempre responsable de mantener vigentes las garantías. Por lo tanto, será él quien deberá gestionar con el banco emisor y con una anticipación adecuada, su respectiva actualización o renovación, contados desde el plazo de término de la vigencia de la respectiva Garantía. Aumento de Garantía, procederá cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y la Unidad técnica determine que los costos son inconsistentemente económicamente. En tal caso se solicitará al adjudicado una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, hasta por la diferencia del precio de la oferta que le sigue. Art. 42 Reglamento De La Ley Nº19.886. 21.1.- Garantía de Seriedad de la Oferta. Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o Cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley 19.886 y su Reglamento para garantizar la Seriedad de la Oferta, debiendo ser el documento en Pesos Chilenos, Pagadero a la Vista y tener el carácter de irrevocable. Esta deberá ser ingresada de acuerdo a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas Generales, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8 La Garantía por Seriedad de la Oferta por un monto de $ 2.000.000.- (Dos Millones de Pesos), y debe tener una vigencia de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de la propuesta en el portal de Mercado Público. GLOSA: “SERIEDAD DE LA OFERTA, CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO”, RUT Nº 69.151.001-8. ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Para aquellos documentos en que las entidades financieras no individualicen la Glosa, será Obligatorio que el oferente la indique en el Mismo Documento. De no cumplir con estos requisitos será Declarado Fuera de Bases. Observación: De ser modificada la fecha de apertura de la Licitación, ya sea por modificación a las bases de licitación y/o en forma automática por el sistema de Compras Públicas al no existir el mínimo de tres Oferentes, las ofertas válidamente presentadas en cumplimiento de las bases de licitación y siempre que la Garantía de Seriedad de la Oferta cumpla con los requisitos anteriormente mencionados y con la vigencia solicitada respecto de la fecha inicial de apertura, serán consideradas válidas para el proceso de apertura y evaluación de ofertas. El oferente adjudicado sólo podrá solicitar la devolución de la garantía de Seriedad de la Oferta, previo ingreso en la Oficina de Partes del Departamento de Educación Municipal, de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y se después de haberse realizado la firma del respectivo contrato. La devolución de la presente Garantía procederá, contra solicitud por escrito, una vez que se firme el contrato de obra con el oferente adjudicado, situación que será comunicada a todos los oferentes participantes del proceso, adjuntando el Decreto de adjudicación respectivo, lo anterior por existir la posibilidad de una readjudicación. Nota: La Fecha de Vencimiento Seriedad de la Oferta señalada en el Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial. 21.2.- Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Obras y de las Obligaciones Laborales y Previsionales de los Trabajadores. Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o Cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley 19.886 y su Reglamento para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de Obras y de las Obligaciones Laborales y Previsionales de los Trabajadores, este documento debe ser en pesos Chilenos, Pagadero a la Vista y tener el Carácter de Irrevocable. La Garantía de fiel cumplimiento de Contrato deberá estar vigente por el plazo total de la ejecución de la obra más 180 días corridos, siendo deber del contratista velar por ello, previo al vencimiento de ésta. Este documento deberá ser ingresado de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases Administrativas Generales, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8 El oferente adjudicado deberá ingresar una Garantía por el Fiel Cumplimiento del Contrato de Obra. Equivalente al 10% del monto total del Contrato Impuesto Incluido y suscribir el contrato de ejecución de obra respectivo. GLOSA: “FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OBRAS Y DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DE LOS TRABAJADORES CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO, ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Para aquellos documentos en que las entidades financieras no individualicen la glosa, será obligatorio que el oferente la indique en el mismo documento. La Unidad Técnica solicitará al oferente adjudicado el ingreso de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el cual tendrá un plazo de 10 días hábiles para ingresarla, en Secretaria del Depto. de Educación Municipal, contados desde que se notifique mediante oficio o correo electrónico de la adjudicación en el Portal Mercado Público. Si el Contratista adjudicado no ingresa la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato dentro del plazo señalado precedentemente, la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, podrá en atención a las necesidades del servicio, dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación y hacer efectiva administrativamente la garantía de “Seriedad de la Oferta”. Del mismo modo, sino se diere cumplimiento a lo indicado precedentemente la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la misma propuesta al oferente que le siguiese en puntaje en el orden de prelación según el Acta de Adjudicación. Art. 41 inciso final Reglamento Ley 19.886. o declarar desierto el proceso licitatorio, a través de la correspondiente resolución fundada, por no convenir a los intereses de la I. Municipalidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la ley Nº 19.886. En caso de existir una modificación y/o ampliación de contrato autorizada por el Sr. Alcalde, la Unidad Técnica solicitará por medio de correo electrónico al contratista el ingreso de la nueva garantía o una actualización de la misma, siendo responsabilidad del contratista ingresarla en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de dicho correo, pero en ningún caso la garantía podrá ser ingresada con posterioridad a su vencimiento. No cumplir con lo señalado anteriormente, dará lugar a la aplicación de multas respectivas según lo señalado en bases administrativas Generales. En caso de disminución de obra y/o plazo podrá reemplazarse por otra de acuerdo a la disminución del monto y/o plazo contractual; la vigencia deberá mantenerse en los mismos términos que la original. Será obligación del ITO requerir la garantía así como su eventual extensión. En caso de incumplimiento imputable al contratista, por causa fundada según lo establecido por el ITO, la Unidad Técnica hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, mediante un informe fundado aprobado por Decreto Alcaldicio Exento. La devolución de la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato procederá una vez que se sancione por Decreto Alcaldicio Exento la recepción provisoria sin observaciones, previo canje por la garantía de correcta ejecución de la obra. Nota: La Fecha de Vencimiento por fiel cumplimiento de contrato señalada en el Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial. 21.3.- Garantía de Correcta Ejecución de la Obra. Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía o Cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución, de conformidad a lo regulado en la Ley 19.886 y su Reglamento, para garantizar la Correcta Ejecución de la Obra, este documento debe ser en pesos Chilenos, Pagadero a la Vista y tener el Carácter de Irrevocable. Este documento debe ser ingresado de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases Administrativas Generales, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8 El Contratista debe ingresar esta Garantía por Correcta Ejecución de la Obra. Equivalente al 5% del monto total del Contrato Impuesto Incluido. GLOSA: “Correcta Ejecución de la Obra CONSERVACION ESCUELA ORLANDO VERA VILLARROEL, MONTE AGUILA CABRERO. ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Para aquellos documentos en que las entidades financieras no individualicen la glosa, será obligatorio que el oferente la indique en el mismo documento. Esta garantía está destinada a caucionar la estabilidad y calidad de los trabajos hasta el momento en que se realice su recepción final y se practique la liquidación del contrato. La garantía de Correcta Ejecución de la Obra deberá estar vigente durante 365 días corridos, contados desde la fecha del Decreto que aprueba el Acta de Recepción Provisora de la obra sin observaciones, siendo deber del contratista velar por ello, previo al vencimiento de ésta. Si el Contratista adjudicado no ingresa la garantía de correcta ejecución de la obra dentro del plazo de 10 días hábiles de notificado el requerimiento respectivo, por parte de la Unidad Técnica, la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, podrá en atención a las necesidades del servicio, aplicar una multa diaria equivalente a 1 UTM. Sin perjuicio, de lo dispuesto y referido a las causales de terminaciones de contrato. Será obligación del contratista solicitar, dentro de la vigencia de esta garantía y antes de su expiración, la conformación de la respectiva comisión de recepción definitiva de la obra. La Unidad Técnica deberá velar por el no vencimiento de esta garantía y por la conformación de la señalada recepción, instando al contratista que dé cumplimiento a la obligación referida; incluyendo la eventual prórroga de la garantía en caso que fuere necesario. La devolución de la garantía de Correcta Ejecución de las Obras procederá una vez que se sancione por Decreto Alcaldicio la recepción definitiva sin observaciones y la liquidación del contrato. Todas las Unidades tanto Municipales como del Depto. de Educación, que intervengan en el proceso de licitación, ejecución, inspección, pagos y control, en la relación contractual velarán por la vigencia de las garantías que rigen el proceso. Nota: La Fecha de Vencimiento por correcta ejecución señalada en el Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, es de carácter referencial. 22.- Pólizas de Seguro. 22.1.- Pólizas de Seguro Contra todo Riesgo: El Contratista deberá asegurar contra todo riesgo las obras mediante la contratación de una póliza de seguro. Por un valor equivalente al 100% del monto del contrato Impuesto Incluido, que a lo menos permita cubrir la inversión ejecutada a la fecha de un eventual siniestro. Glosa: “Pólizas de Seguro contra todo riesgo Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel, Monte Aguila Cabrero, ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Esta deberá ser ingresada por oficina de partes de la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación de acuerdo a lo señalado en las presentes bases, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8 La Póliza de Seguro Contra Todo Riesgo deberá estar vigente por el plazo total de la ejecución de la obra incluyendo sus eventuales modificaciones, aumento, disminución, u obras extraordinarias, más 180 días corridos. 22.2.- Póliza de Seguro por Daños a Terceros: El Contratista deberá asegurar ante la eventual responsabilidad civil que pudiera generarse por daños a terceros en virtud de los trabajos que se ejecuten, mediante la contratación de una póliza de seguro, por el valor del 10% del monto del contrato Impuesto Incluido. Glosa: “Póliza de seguro por daños a terceros Conservación Escuela Orlando Vera Villarroel, Monte Aguila Cabrero, ID 4081-21-LR20”. La Glosa a la que se refiere el párrafo precedente es de CARÁCTER OBLIGATORIO, independiente del tipo de documento presentado. Esta deberá ser ingresada por oficina de partes de la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, de acuerdo a lo señalado en las presentes bases, a nombre de: Beneficiario : I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación Rut : 69.151.001-8. La Póliza de Seguro por daños a Terceros deberá estar vigente por el plazo total de la ejecución de la obra incluyendo sus eventuales modificaciones, aumento, disminución, u obras extraordinarias, más 180 días corridos. Las Pólizas indicadas en el Punto Nº 22.1 y Punto Nº 22.2, deberán mantenerse vigentes durante toda la ejecución de la Obra hasta la obtención de la Recepción Provisoria sin observaciones, aprobada por Decreto Alcaldicio Exento. Por lo tanto, controlar y asegurar su permanente actualización es responsabilidad de la Unidad Técnica de la I. Municipalidad Depto. de Educación. La devolución de las pólizas de seguros procederá una vez que se sancione por Decreto Alcaldicio Exento la recepción provisoria sin observaciones de los trabajos y la solicitud de devolución por parte del Contratista. La I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación, podrá solicitar la certificación de autenticidad de los documentos de garantías ante la institución bancaria emisora. 23.- Celebración y Firma Del Contrato Una vez que haya sido adjudicada la propuesta, ésta se notificará al oferente adjudicado (Se entiende por fecha de Notificación a la estipulada en el reglamento de compras públicas de la ley 19.886). Lo anterior sin perjuicio de que sea notificado mediante oficio o correo electrónico, que emane la Unidad Técnica de la propuesta y a los demás oferente no adjudicados, los cuales podrán hacer observaciones por escrito al proceso. 24.- Documentación que acompaña al Contrato: La Unidad Técnica solicitará al oferente adjudicado antes de la firma del contrato el ingreso en Secretaria del Depto. de Educación Municipal de los siguientes documentos en formato original:  Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.  Pólizas de Seguro Contra todo Riesgo.  Póliza de Seguro por Daños a Terceros.  Análisis de Precio Unitarios (APU).  Carta Gantt actualizada. Si el oferente es persona jurídica, deberá acompañar; a) Representación legal o Mandato especial. b) Certificado de Vigencia de la Sociedad, con una vigencia de 30 días contados a la fecha de presentación de la oferta c) Certificado de Administración de la sociedad, en que se indique quien o quienes poseen la calidad de representantes legales de la misma. d) Certificado de Modificaciones de la sociedad, indicando, en su caso, todas aquellas que hubieren ocurrido. e) Nómina de socios de la sociedad, esto es previo a la firma del Contrato Para el ingreso de todos estos antecedentes, la empresa tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación por escrito, que emitirá la Unidad Técnica vía correo electrónico u oficio al oferente adjudicado. El Departamento de Educación Municipal, en un plazo de 15 días hábiles de haber recibido lo antecedentes de la Adjudicación, completamente tramitada, enviará vía correo electrónico el borrador de Contrato al oferente adjudicado, el adjudicado dispondrá de 5 días hábiles para examinarlos y formular las observaciones que estime procedentes. Para la firma del contrato se fijará de común acuerdo, el día y lugar, dentro de los 10 días hábiles siguientes de subsanadas las observaciones que se estimen precedentes. Dicho plazo podrá ser ampliado solo por el mandante de conformidad a la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación. El Contrato deberá firmarse luego del ingreso por Oficina de Partes del Depto. de Educación Municipal, dentro del plazo ya dicho, de todos los documentos solicitados en el Punto 24 Este contrato será redactado por la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación. Cabe mencionar que la notificación de la resolución de adjudicación a las partes debe entenderse realizada luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el sistema de información Mercado Público, dicho acto administrativo, según lo establece el artículo 6 del Decreto Nº 250 de 2004 dictado por el Ministerio de Hacienda. Si no se diere cumplimiento a la firma del contrato, el ingreso de las garantías correspondientes o por No encontrarse Hábil en el portal Mercado Público, la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, podrá en atención a las necesidades del servicio, dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación y hacer efectiva administrativamente la garantía de “Seriedad de la Oferta” y adjudicar la misma propuesta al oferente que le siguiese en puntaje en el orden de prelación según el acta de evaluación. Art. 41 inciso final Reglamento Ley 19.886., a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación declarando desierto el proceso licitatorio, debido a que las demás ofertas no son convenientes a los intereses de la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación. Nota: 1. Solo se podrá suscribir contrato respectivo con oferentes que estén en condición de HÁBIL Y LEGAL en el portal Mercado Público. 2. No podrá contratar quienes estén impedidos por Ley para ello. 25.- Orden de Compra La Orden de Compra deberá ser ACEPTADA una vez firmado el Contrato, así también sus modificaciones, si las hubiera. 26.- Acta de Entrega de Terreno Posterior a la firma del contrato, se procederá a la firma del Acta de Entrega de Terreno, será el ITO (Inspector Técnico de Obras), quien disponga de una fecha apropiada para dicho acto, que deberá ser notificada a través de oficio o correo electrónico al Contratista. Si el Contratista o su representante adjudicado no concurriesen en la oportunidad fijada para la firma del Acta de Entrega de Terreno, la I. Municipalidad Depto. de Educación le señalará un nuevo plazo que no exceda de 05 días hábiles. Expirado éste, y si no concurriese nuevamente, se dispondrá la resolución administrativa del contrato, y se hará efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. En este caso, se podrá adjudicar la licitación al oferente que le hubiese seguido en puntaje en el proceso de evaluación de propuestas, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 41 del Reglamento de la Ley 19.886, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva Licitación, declarando desierto el proceso de licitatorio, debido a que las demás ofertas no son convenientes a los intereses de la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación. 27.- Forma de Pago El precio del contrato se pagará mediante estados de pagos mensuales, en un formato preestablecido por la ITO, calculados de acuerdo al porcentaje de avance físico de la obra ejecutada y a los precios contenidos en el Formato G “Presupuesto Detallado” presentado por el Contratista. En cada mes calendario se podrá formular sólo un Estado de Pago, el cual deberá ser ingresado en Secretaría del Departamento de Educación Municipal, mediante carta dirigida a la Unidad Técnica del Departamento de Educación Municipal, adjuntando un legajo original y dos copias. No se aceptarán Estados de Pago con documentación incompleta. No se podrá presentar estados de pagos por materiales depositados al pie de la obra o por fabricación de elementos prefabricados. .-Para el primer estado de pago, La obra debe contar con un avance físico igual o superior en ejecución de un 25%, certificado por el Inspector Técnico de la Obra. Este estado de pago no podrá ser superior al 25% del Valor Total del Contrato. .-Para el segundo estado de pago, la obra debe contar con un avance físico igual o superior en ejecución de un 50%, certificado por el Inspector Técnico de la Obra. El estado de pago no podrá ser superior al 25% del Valor Total del Contrato. .-Para el tercer estado de pago, la obra debe contar con un avance físico igual o superior en ejecución de un 75%, certificado por el Inspector Técnico de la Obra. El estado de pago no podrá ser superior al 30% del Valor Total del Contrato. .-El Cuarto estado de pago, el Contratista deberá presentar copia del Acta de Recepción Provisoria de la obra sin Observaciones emitido por la comisión del Depto. de Educación Municipal. El Cuarto estado de pago corresponderá al 20% final del Valor Total del Contrato. El Pago del Contrato está sujeto a las transferencias realizadas por la Dirección de Educación Pública, según su propia disponibilidad de recursos. En cada Estado de Pago, el contratista deberá presentar un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección Provincial del Trabajo respecto de la obra materia del Contrato, que indique que no existen reclamos por remuneraciones del personal de la obra y no registra deuda previsional de los mismos, presentándose las siguientes opciones: Si el 1er Estado de Pago se presenta antes del mes calendario (30 días de ejecución), no se exigirá el certificado, y en los Estados de Pago sucesivos, se deberá adjuntar el certificado correspondiente. Si el 1er Estado de Pago se presenta después del mes calendario, se deberá adjuntar el certificado correspondiente al mes del Estado de Pago cursado y así sucesivamente en los Estados de Pago que le siguen. No se aceptará Certificado incluido en un Estado de Pago anterior, aunque se indique una fecha de vigencia. Se deberá adjuntar respecto del personal de la obra: Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales extendido con una anterioridad no superior a 30 días corridos, contados desde la aprobación de los antecedentes del estado de pago por parte del ITO. Lo anterior será aplicable también, en los casos de subcontratación. Se deberá adjuntar además, Certificados de Calidad de Materiales, cuando corresponda. El Departamento de Educación Municipal, será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales que afecten al contratista en favor de los trabajadores de éste, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, sólo de los trabajadores contratados exclusivamente para la ejecución de los trabajos y/o servicios materia de la presente licitación, por el tiempo o período durante el cual el o los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación para el Departamento de Educación Municipal. Los Estados de Pago serán cancelados dentro del plazo de 30 días corridos a contar de la aprobación del mismo por parte del ITO. El Pago se realizará mediante transferencia bancaria, para lo cual el contratista deberá indicar en el Estado de Pago su número de cuenta e institución bancaria correspondiente. De los Estados de Pago se descontarán los valores que correspondan por concepto de multas a que hubiere lugar de acuerdo al contrato. Junto a lo anterior, en cada Estado de Pago el contratista deberá presentar los siguientes documentos, respecto del personal de la Obra: a) Listado del personal que está trabajando o trabajo en forma temporal durante el periodo que corresponde al estado de pago presentado, según formato entregado por el ITO, al momento del Acta de Entrega de Terreno en el Listado se debe identificar claramente el personal que corresponde a Mano de Obra Local. Respaldando debidamente su procedencia, según corresponda. b) Contratos firmados del personal que está trabajando o trabajo durante el periodo que corresponde el Estado de Pago presentado, inclusive los que trabajaron en forma temporal, estos deberán ser por términos de faena y por la obra específica, salvo los trabajadores que tengan contrato de planta, en tal caso deberán informarlo oportunamente. En el primer estado de pago se exigirá la totalidad de los contratos correspondientes de los trabajadores, en los posteriores, se anexaran aquellos que se integren al contrato, cuando corresponda. c) Copia o Fotocopia de las liquidaciones de sueldo del personal que ejecutaron los trabajos correspondientes al Estado de Pago presentado, firmado por el trabajador, cuando corresponda. d) Certificado de pago de cotizaciones previsionales y de salud de todos sus trabajadores, cuando correspondan. e) Finiquitos de trabajo, firmados ante un ministro de fe, de todos los trabajadores que hubieren trabajado en la obra, y respecto de los cuales se hubiere decidido terminar su contrato, cuando corresponda. f) Un mínimo de 10 fotografías digitales representativas de diversos aspectos del avance de la Obra en cada Estado de Pago, se debe incluir la foto del letrero de Obra en el Primer Estado de Pago. g) Para el último Estado de Pago un set de a lo menos 36 fotografías digitales, que dé cuenta de la ejecución de la obra en su inicio, intermedio y final, debidamente visadas conforme por la ITO, incluyendo un respaldo digital de las mismas. h) Otros documentos que digan relación con la obra, sus trabajadores y que sean requeridos por el ITO, Unidad Técnica o por la SECREDUC. i) Todo lo señalado en convenio de transferencias de recursos materia del proyecto que origina la presente licitación pública, según corresponda. j) Certificado del Inspector Técnico de Obras ITO, que dé cuenta que el contratista ha dado cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones que impone el contrato y las bases de licitación. k) Informe que dé cuenta de la cantidad y naturaleza de los subcontratos, con el respectivo V°B° del Inspector Técnico de Obra, cuando corresponda. La Unidad Técnica se reserva el derecho de verificar directamente en la Obra la presencia de la Mano de Obra Local ofertada. El Contratista adjudicado entregará en Secretaria del Depto. de Educación Municipal los Estados de Pagos con la factura para su recepción, quien a su vez internamente derivará a la Unidad Técnica, quien gestionará con la SECREDUC las rendiciones correspondientes. El contratista desde ya autoriza a la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, en caso de que no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores que se desempeñen bajo un contrato de trabajo, a retener cualquier estado de pago y pagar por subrogación el total de los montos adeudados al o los trabajador(es) o institución previsional acreedora y con cargo al estado de pago más próximo, según lo dispuesto en el Artículo 183 C del Código del Trabajo. 28.- Para Unión Temporal de Proveedores (UTP): En caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la facturación respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. 29.- Facturación La facturación se extenderá a nombre de: I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación, R.U.T. 69.151.001-8, Dirección las Delicias N° 355, Cabrero. 30.- Del Factoring El oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a lo establecido en las Bases Administrativas Generales y lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que dice relación con los Factoring. No obstante lo anterior, el contratista deberá notificar por escrito previamente al ITO y Unidad Técnica, a través de carta formal ingresada por oficina de partes de la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, que procederá a factorizar la factura. El oferente deberá detallar en la carta de aviso lo siguiente; El número de la factura, nombre de la obra, número de la Licitación Pública, número del Estado de Pago con cargo de Multa si correspondiera. El Mandante no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligaciones y/o multas pendientes del Contratista. Tratándose del cobro de facturas, la Unidad Técnica no se obliga al pago de facturas en el caso de que la misma no se haya debidamente aceptada por su parte, o exista inejecución o falta de prestación de servicios y/o incumplimiento de las obligaciones encomendadas al contratista, y demás casos de conformidad con la normativa legal vigente. En ningún caso, la notificación del factoring puede hacerse llegar a la Unidad Técnica, en fecha posterior a la solicitud de pago (estado de pago) que corresponde a la factura cedida. 31.- Multas Y Sanciones Se aplicarán multas de acuerdo a los siguientes casos: a. Por no cumplir con el porcentaje ofertado de Mano de Obra Local, de conformidad a lo indicado en el Formato C, se aplicará una multa igual a 30 UTM. En cada estado de pago que no acredite el cumplimiento. El porcentaje de Mano de Obra Local, se calculará de acuerdo al promedio de lo indicado en cada estado de pago. b. Si el contratista no diere inicio a los trabajos dentro de los primeros 5 días hábiles, contados del día hábil siguiente de la firma del Acta de Entrega de Terreno, se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso. c. Si las obras se entregaran con posterioridad al plazo contractual se aplicará una multa por cada día de atraso de 2 UTM incluida las modificaciones y/o ampliaciones. d. Por incumplimiento injustificado a la Carta Gantt que indique un retraso en la ejecución de la obra, se podrá ejecutar una multa de 25 UTM. e. El retraso en la subsanación de las observaciones emanadas de la Recepción Provisoria, tendrá una multa equivalente al 10 UTM, incluida sus modificaciones por cada día de retraso. f. Desde ya se eleva a condición esencial y como causal de resolución de contrato, si el oferente adjudicado se retrasa en más del 50% de plazo otorgado para salvar las observaciones formuladas por la Comisión de Recepción Provisoria de Obras, la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, podrá poner término anticipado al contrato, hacer efectivas las garantías y llevar a cabo las acciones judiciales pertinentes. g. Por no cumplimiento a las instrucciones del ITO, indicadas en el Libro de Obras, siendo esta multa equivalente a 5 UTM por cada día de incumplimiento. Con un tope de 15 días corridos. Donde se podrá poner término anticipado al contrato, hacer efectivas las garantías y llevar a cabo las acciones judiciales pertinentes. h. La no exhibición o la falta de Libro de Obras en la obra respectiva, cada vez que el ITO lo requiera, importará una multa de 5 UTM por cada evento. i. El extravío de Libro de Obras importará una multa de 30 UTM. j. La falta del profesional residente de la obra, será sancionada con una multa de 10 UTM por día de incumplimiento. k. Por no cumplimiento a las instrucciones del ITO, en la instalación y retiro del Letrero de obra, deberá pagar una multa equivalente al 1 UTM por cada día de atraso. l. El retraso en la subsanación de las observaciones emanadas por el ITO y la Unidad Técnica, posterior a la Recepción Provisoria y antes de llevar a cabo la Recepción Definitiva, tendrá una multa equivalente al 5 UTM incluida sus modificaciones por cada día de retraso. m. Por no cumplir con los plazos de vigencia de las respectivas garantías bancarias 1 UTM. Para hacer efectiva estas multas, la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, tendrá la facultad de deducirlas del estado de pago más próximo, y en caso que no hubiere será descontado de la respectiva garantía en curso, acompañando el correspondiente Decreto Alcaldicio que las sanciones. Se considerará para el cálculo de UTM el valor correspondiente al mes en que se sancione su aplicación. 32.- Procedimiento para la aplicación de Multas Será labor del Inspector Técnico de la Obra (ITO) informar a la Unidad Técnica y al oferente las Multas a las cuales se encuentre afecto el Contratista, aplicándose el siguiente procedimiento: Si el ITO considerara aplicar multas durante la ejecución de las obras, estas deberán descontarse del estado de pago más inmediato una vez resuelto todos los procesos de apelación detallados más adelante, debiendo notificar por escrito de dicha situación a la Unidad Técnica y al Contratista. Este último tendrá un plazo de 3 días hábiles para responder a la Unidad Técnica, teniendo ésta un plazo de 5 días hábiles para pronunciarse. Si la Unidad Técnica decide no aplicar la multa, deberá expresar fundadamente sus razones en un informe técnico; en cambio, si decide aplicar la multa, los antecedentes y fundamentos, tanto de hecho como de derecho, deberán expresarse en Decreto Alcaldicio Exento fundado, dando cuenta de los argumentos planteados por el contratista, así como de aquellos señalados por el ITO y la Unidad Técnica. 33.- Modificación del Contrato La I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación una vez adjudicada y contratada la propuesta, podrá solicitar al contratista que realice modificaciones que, durante la vigencia del contrato, resulten necesarias para la obtención de una mejor ejecución del proyecto. 34.- Modificación al Contrato: Si durante la ejecución de las obras, se requiere introducir modificaciones y/o ampliaciones al proyecto, y/o partidas que produzcan aumentos, disminuciones, obras extraordinarias o supresión de cantidades de obras, éste estará obligado a ejecutarlas, siempre que se disponga de los fondos para llevarlas a cabo, previa autorización formal del Ministerio de Educación, SECREDUC, y se realice una modificación del proyecto, suscribiendo la respectiva modificación de Contrato. Ésta deberá solicitarse al Ministerio de Educación, SECREDUC, con una antelación de 25 días para su realización, y previo al término efectivo de la obra. No se podrá pedir modificaciones en los términos señalados, si no se cumple con la antelación mínima señalada. El proceso comenzará cuando, la ITO solicite el presupuesto de modificación correspondiente al oferente, luego el oferente se lo ingresará vía oficina de partes, quien a su vez se lo remitirá a la Unidad Técnica con el respaldo técnico correspondiente, para que ésta lo despache al Ministerio de Educación SECREDUC, a la espera de su aprobación. De ser autorizada dicha modificación, se le solicitará al oferente la actualización de la garantía correspondiente quien tendrá 10 días corridos para actualizarla, desde que se notifica, para continuar con la redacción de la Modificación de Contrato, según corresponda. Si el Contratista inicia la ejecución material del aumento o la modificación de obras o de las obras extraordinarias, antes que se encuentren totalmente tramitados los respectivos actos administrativos que los autorizan, incluyendo la autorización del Mandante, lo hará bajo su cuenta y riesgo. En caso que el oferente requiera aumento de plazo, este será analizado por el ITO y la Unidad Técnica, quienes evaluarán el mérito técnico de dicho aumento. No amerita aumento de plazo la causal de falta de materiales e insumos, dado que al momento de postular la empresa debe hacer un análisis de aquello. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 10 días hábiles para firmar la Modificación de contrato, contados desde la notificación que emitirá la Unidad Técnica vía correo electrónico. La Modificación de contrato se suscribirá por el oferente adjudicado con la respetiva representación o mandato judicial, y se realizará en el Municipio de Cabrero, salvo que indique lo contrario. Toda modificación de contrato, deberá ser efectuada antes de vencido el plazo de ejecución. 35.- Diferencia entre las bases Ante cualquier diferencia entre las Bases Administrativas Generales con Consultas y aclaraciones, prevalecerán éstas últimas. 36.- Inspección Técnica de la Obra El Departamento de Educación Municipal, designará a un Inspector Técnico Obras, el cual será encargado de velar por el estricto cumplimiento del contrato, y de los derechos y obligaciones que surjan del mismo. De igual modo, deberá hacerse cargo de todas las obligaciones establecidas en las presentes Bases. De acuerdo a la Ley Nº 20.703, y el artículo 18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Inspector Técnico de Obra (ITO) será responsable de fiscalizar que las obras se ejecuten conforme a las normas de construcción aplicables en la materia y al permiso de construcciones aprobado y sus modificaciones, en los casos que existiere por la naturaleza de la obra. Durante la ejecución de la obra será responsable que ésta cumpla con el proyecto de arquitectura; el proyecto de cálculo estructural; y los proyectos de especialidades; incluidos los planos y especificaciones técnicas correspondientes, debiendo para ello, registrar en el Libro de Obras la supervisión de las partidas que determinen la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y las respectivas especificaciones técnicas. Asimismo, el inspector técnico de obra estará facultado para requerir tomas de muestras y demoliciones parciales. Todo lo anterior, conforme regula el artículo 143 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. 37.- Documentos que deben mantenerse en la Obra El Contratista deberá mantener permanentemente actualizada en la obra y para que pueda ser usada y revisada en las visitas de monitoreo, una(s) carpeta(s) ordenada(s) con copia de los siguientes documentos:  Libro Manifold (al menos la copia)  Informe Final del Diseño del Proyecto Adjudicado.  Contrato de ejecución del Proyecto.  Presupuesto Detallado por Partidas.  Programa de Trabajo.  Antecedentes Técnicos del contrato (Especificaciones Técnicas, Planos, etc.).  Modificaciones del Contrato, si corresponde.  Estados de Pago(s) cursados. 38.- Libro de Obra En la faena se mantendrá permanentemente un “LIBRO DE OBRA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Contratista y estará a cargo del Jefe de la Obra y a disposición del Inspector Técnico de Obra (ITO). El original será retirado por el inspector y la primera copia por el Contratista o Jefe de la Obra, previa firma de ambas partes. En el Libro de Obras se deberá dejar constancia: a) De los avances de obras. b) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al Contratista. c) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos. d) De las observaciones que merezcan las obras, al efectuarse la recepción provisoria de ellas. e) De los demás antecedentes que exija la Unidad Técnica. f) De las observaciones que pudiera estampar la Superintendencia de Electricidad y Combustibles u otros servicios de empresas externas. g) De las observaciones que pudieran estampar los Arquitectos y proyectistas de la obra. h) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas. Toda comunicación que se establezca en el libro de obra, por el Contratista y/o la Unidad Técnica, u otros Servicios relacionados con la obra, se considerará comunicación oficial. Las observaciones anotadas en el Libro, deben ser cumplidas dentro del plazo establecido por el ITO y por el sólo hecho de anotarlas, el Contratista se dará por notificado, sin requerir su firma o anuencia para el acto administrativo, siendo siempre responsabilidad del contratista, verificar periódicamente las anotaciones en dicho documento, Una vez concluida la prestación del Servicio, el Libro quedará en poder de la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, para todos los efectos que correspondan. 39.- Atribuciones del Inspector Técnico de Obras del Depto. de Educación Municipal. El ITO será responsable de hacer valer las obligaciones que impone el contrato, en virtud de la presente licitación. El Contratista deberá someterse exclusivamente a sus órdenes, las que se impartirán siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la ITO estipule. El incumplimiento de cada orden del ITO, será sancionado con una multa según lo expresado en las presentes Bases, sobre monto del contrato primitivo, más sus ampliaciones al momento de aplicarse la multa, por cada día durante el cual no sea acatada, hasta un plazo máximo de 15 días corridos. Si el incumplimiento persiste, el ITO dará cuenta a la Unidad Técnica a fin de que disponga, previa notificación a la Empresa, el término anticipado del contrato, siempre que el incumplimiento revista la gravedad necesaria conforme al principio de proporcionalidad. En este caso, deberá expresarse los motivos de dicha decisión, por escrito, y expresar fundadamente los motivos de aquello. El ITO podrá solicitar al Contratista el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador suyo, en caso de existencia de incumplimientos que afecten la ejecución de la obra, lo que deberá expresarse mediante un informe escrito y notificarse al Contratista, quedando siempre responsable el Contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada, en conformidad a la Ley. Si el ITO detecta un avance inferior al 15% planificado y aprobado, según la planificación de la obra, podrá exigir el incremento de personal y/o fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento al programa Gantt aprobado que rige la obra. El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptadas por el ITO. Éste podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra sin su consentimiento. La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en este numeral, sin perjuicio de ordenar la paralización de los trabajos en los cuales se utilizaría el material rechazado. 40.- Control de Calidad Para aquellos materiales y/o partidas que así lo requieren, en conformidad con las Especificaciones Técnicas, deberán efectuarse informes y controles de calidad, los que serán solicitados directamente por la Inspección y realizados por algún organismo competente (CESMEC – IDIEM – DICTUC u otro). El número y tipos de ensayos de calidad será el estipulado por las especificaciones técnicas o, en su defecto, por los que soliciten los organismos receptores de las obras correspondientes. Los gastos que se originen por estos conceptos serán de cargo del Contratista. 41.- Obligaciones del Contratista a) Dirigir, ejecutar, administrar la construcción y ejecución de los trabajos contratados, personalmente, ciñéndose estrictamente a los planos, especificaciones, normas y detalles en forma que permita la total y oportuna ejecución de las obras pactadas. b) La obligación de contar con la Mano de Obra Local ofertada. c) Coordinar la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las estipulaciones contractuales, ya sean de orden técnico o administrativo. d) Los proyectos de especialidades (proyecto sanitario, eléctrico, gas, etc.), si corresponde, deberán acreditarse antes del inicio de las obras, ante el ITO para su visación. Es obligación del contratista considerar estos tiempos reales en la carta Gantt y plazo ofertado. e) Designación de personal idóneo y calificado, nombrando a un profesional que lo represente durante la ejecución de las faenas, deberá permanecer en la obra durante toda la ejecución. f) El Contratista deberá mantener y actualizar a lo menos una vez por semana los gráficos de avance. g) Proveer y mantener un libro de obras donde se anotará el avance de los trabajos, la actividad de ejecución, las fechas reales de inicio y todas aquellas anotaciones pertinentes a su trabajo en la obra. h) La presentación oportuna y con la documentación completa de los respectivos Estados de pago. i) La realización y gestión de todos los trámites necesarios y suficientes para la obtención de los permisos necesarios para la ejecución y recepción de las obras que correspondan según el tipo de proyecto. El pago de los derechos municipales será de cargo del Contratista. El plazo para la aprobación de los permisos y certificaciones deberá ser considerado antes del término del contrato o dentro del plazo total ofertado, en la medida que dependan o sean imputables exclusivamente al Contratista. j) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO y la respectiva Unidad Técnica. k) Identificar la obra dentro de los primeros cinco días hábiles posteriores al inicio de los trabajos mediante un letrero, cuyo texto y diseño corresponda a las indicaciones proporcionadas por la Dirección de Educación Pública. l) El Contratista o jefe de las obras a cargo de los trabajos, o la persona que lo represente con arreglo a las disposiciones de los artículos anteriores, estará obligado a acompañar a los funcionarios del Mandante o de la Unidad Técnica que tengan encargo de visitar o inspeccionar las obras; a suministrar instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a los referidos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en construcción, como también a presentar las planillas de jornales, facturas, controles, certificados y otros documentos que guarden relación con el contrato. En general, el Contratista estará obligado a proporcionar a dichos funcionarios y al Inspector Técnico de la Obra, los datos que se soliciten en conformidad a las instrucciones y/o formularios que para ese objeto se le entreguen. 42.- Personal del Contratista El número de trabajadores que se ocupe en la obra deberá tener relación con la obra por ejecutar y el tipo de tecnología que el Contratista oferte. El Contratista deberá informar mensualmente y mientras dure la obra y/o servicio adjudicado, a la Unidad Técnica, sobre el momento y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, como asimismo, de las obligaciones que de igual tipo o clase tengan los subcontratistas con sus trabajadores, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Esta obligación de informar deberá ser acreditada, respecto de las obligaciones previsionales, mediante Certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo y en cuanto al cumplimiento de los derechos laborales, mediante la respectiva liquidación de sueldo, debidamente firmada por el trabajador o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, tanto respecto de los trabajadores del Contratista, como también cuando corresponda se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Esta obligación deberá ser acreditada, respecto de las obligaciones previsionales, mediante certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo y en cuanto al cumplimiento de los derechos laborales, mediante la respetiva liquidación de sueldo, debidamente firmada por el trabajador o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, tanto respecto de los trabajadores del Contratista, como también se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. En caso que la empresa Contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Unidad Técnica deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de esta obligación por parte del Contratista dará derecho a dar por terminado, inmediatamente, sin forma de juicio, el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en que el Contratista referido no podrá participar. Estas exigencias deberán cumplirse igualmente respecto de la subcontratación. La mano de obra que se utilice y/o emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el Contratista, deberá ser íntegramente contratada por él. En consecuencia, el personal que el Contratista ocupa, deberá estar subordinado a él en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno con la Unidad Técnica ni con el Mandante. El personal del Contratista, sub-Contratistas o proveedores, están autorizados a permanecer sólo en el recinto de la obra y no se les permitirá acceso a otras ya terminadas si las hubiera, salvo en casos específicos calificados por el Inspector Técnico de la Obra (ITO). Para estos efectos el Contratista deberá establecer expresa prohibición. El Contratista deberá considerar siempre y privilegiar, en caso de igualdad de condiciones, la contratación de personal proveniente de la Comuna. Para estos efectos y a través de la Oficina OMIL Municipal, se facilitará el acceso a los antecedentes respecto de mano de obra disponible, como también cualquier otra base de datos que le sea proporcionada por la instancia competente de la I. Municipalidad de Cabrero. El Contratista deberá considerar un prevencionista de riesgos, profesional o técnico, a tiempo parcial (mínimo 3 veces por semana), quien visitará la obra regularmente de esta forma evitar accidentes al interior de la obra. 43.- Daños a Terceros Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros y en especial a la comunidad escolar, será de exclusiva responsabilidad y costo del Contratista, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Por lo anterior, el Contratista, deberá hacerse responsable y reponer de manera íntegra la totalidad de los daños producidos en conjunto con la exigencia y aprobación de la ITO. 44.- Letrero Se contempla la instalación de un letrero tipo, cuyo diseño y ubicación, será entregado por el ITO, al igual que el plazo de instalación del mismo, el Contratista tendrá la responsabilidad del retiro del letrero de Obra y será notificado por el ITO, de no cumplir las instrucciones del ITO, se cursará multa al contratista de 1 UTM por cada día de atraso en el incumplimiento, monto que se descontará administrativamente del estado de pago más inmediato. Las características del letrero serán proporcionadas por el mandante conforme a lo exigido por la Unidad Financiera. 45.- De las Recepciones Provisoria y Definitiva La recepción tanto Provisoria como Definitiva, estará conformada por una comisión que será nombrada a través de Decreto Alcaldicio Exento; teniendo la facultad de observar todas las deficiencias que presenten las obras, a fin de que estas sean subsanadas a la brevedad. Para llevar a cabo la recepción provisoria, la empresa deberá contar con la Recepción de la Dirección de Obras Municipales, cuando corresponda. Solo cuando el Oferente hiciere retiro del Letrero a que se refiere el numeral anterior, debidamente certificado, procederá la suscripción del Acta de Recepción Provisoria sin Observaciones. 45.1.-Recepción Provisoria: Para los efectos de la Recepción Provisoria de Obras, se seguirá el siguiente procedimiento: Terminados los trabajos correspondientes a la Obra y dentro del plazo contractual, el Contratista deberá solicitar la recepción provisoria de la Obra por escrito a la Unidad Técnica y entregarla en Secretaria del Depto. de Educación Municipal. La Unidad Técnica, por medio del Inspector Técnico de Obras, dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes contados desde la presentación de la solicitud del contratista en Secretaria del Depto. de Educación Municipal, deberá verificar el término de los trabajos de conformidad a lo estipulado en el respectivo contrato, y fijará la fecha real de estos, en la que en ningún caso podrá ser anterior a la fecha de recepción de la solicitud. Si las obras no estuvieran terminadas, rechazará tal solicitud, notificando mediante anotación en el Libro de Obra de este hecho, con el objeto de que el contratista termine adecuadamente los trabajos y solicite nuevamente su recepción en iguales términos, producido el rechazo de la solicitud, se entenderá que el plazo de los trabajos no se ha interrumpido nunca y seguirá corriendo hasta que se solicite nuevamente la recepción provisoria por parte de contratista. Si el ITO estimare que las Obras se encuentran terminadas, solicitará la recepción de las obras e informará a la Unidad Técnica para establecer mediante Decreto Alcaldicio Exento la nominación de las Comisiones de Recepción Provisoria de la Obra. Se procederá a la recepción, constituyéndose la Comisión en la Obra dentro de los 10 días hábiles, contados de la fecha indicada en el respectivo Decreto. Esta Comisión emitirá su informe dentro de los 5 días hábiles siguientes a la constitución en la obra. El ITO comunicará a través de oficio o correo electrónico al contratista a lo menos con dos días hábiles de anticipación, la fecha y hora fijada para la revisión y eventual recepción, con la finalidad de que este asista a ella. Si el contratista no asistiera, este acto se realizará con sola la presencia de la Comisión de recepción y el contratista declara renunciar en tal evento a posteriores reclamos, sin perjuicio que tendrá a salvo el derecho de impugnar y recurrir de los actos administrativos en que se viera agraviado, en los términos de la Ley Nº 18.575. Si al revisar las Obras, la Comisión determinare que se encuentran terminadas de conformidad a lo estipulado en el respectivo contrato y su calidad es la esperada por la I. Municipalidad Depto. de Educación, procederá a recibirlas en forma provisoria, dejando constancia de ello en un “Acta de Recepción Provisoria Conforme Sin Observaciones” fijándose como fecha de término la señalada por el ITO. Si de la inspección de la obra, la Comisión establece que los trabajos se encuentran terminados, pero presentan defectos de fácil reparación, se levantará un “Acta de Recepción Provisoria con Observaciones”, estos defectos deberán ser superados por el contratista en un plazo establecido por la Comisión. Este plazo no podrá ser superior a un 30% del plazo contractual. El Plazo para efectuar las subsanaciones será calculado y determinado por el ITO a través de un Informe Técnico y el correspondiente acta de recepción aprobado por Decreto, este Plazo No estará afecto a multas. El plazo para superar las observaciones comenzará a partir de la recepción por parte del contratista del Acta de Recepción Provisoria con Observaciones, será la Unidad Técnica quien informe por escrito a través de oficio o correo electrónico al Contratista el Plazo para Subsanar las observaciones formuladas. Una vez subsanadas las observaciones, el contratista comunicará por escrito a la Unidad Técnica, para la recepción de los trabajos de reparación, será el ITO quien informará a través de oficio la subsanación de las observaciones y la fecha para constituirse en la obra nuevamente la Comisión de Recepción y proceder a levantar el Acta de Recepción Provisoria. 45.2.-Recepción Definitiva: Se procederá a la Recepción Definitiva de la Obra y Liquidación Final del Contrato, después de 300 días corridos de efectuada la Recepción Provisoria de la Obra, contados desde la fecha del Acta de Recepción Provisoria. La Recepción Definitiva se realizará posteriores a la Recepción Provisoria Sin Observaciones, será responsabilidad del ITO solicitar a la Unidad Técnica nombrar por Decreto Alcaldicio Exento la Comisión de Recepción Definitiva, con la anticipación suficiente para evitar el vencimiento de la garantía correspondiente, sin embargo, en las casos en que la empresa se negare o no pudiere retirar la respectiva garantía en el plazo dicho, la I. Municipalidad de Cabrero Depto. de Educación, procederá, conforme a la legislación vigente, igualmente a remitirla, y ordenar la regulación contable de los pagos y/o retenciones a que hubiere lugar, conforme estas bases y el contrato respectivo. 46.- Liquidación del Contrato La duración del contrato será hasta la liquidación definitiva de éste, la cual procederá luego de efectuada la recepción definitiva, sin observaciones por parte de la Unidad Técnica, mediante acto formal de esta última, que deberá suscribir el contratista, y aprobado por resolución administrativa, con la finalidad de formalizar la terminación del vínculo contractual y, en su caso, efectuar los correspondientes ajustes de cuentas, multas, saldos y demás aspectos que resulten pertinentes. Formulada la liquidación del contrato, debidamente suscrita por el contratista, la Unidad Técnica procederá a devolver la garantía de correcta ejecución de la obra, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la fecha del acta de recepción definitiva. Cuando el contratista, previamente notificado, no se presenta a la citación para practicar la liquidación de común acuerdo, o si las partes no logran acuerdo sobre el contenido de la misma, la Unidad Técnica, junto con acreditar dicha circunstancia, liquidará el contrato directa y unilateralmente, mediante acto formal. La constancia de la notificación previa, mediante carta certificada, será condición de validez para la liquidación unilateral. El Contratista que no haya suscrito y aceptado la liquidación podrá reclamar de ella, dentro del plazo de 30 días, contados desde la tramitación de la resolución pertinente. Transcurrido ese plazo, la liquidación se entenderá aceptada por el Contratista. 47.- Seguridad Laboral El contratista deberá proveer a su personal del equipo de seguridad: zapatos, guantes, casco, overol, chalecos reflectantes, botas de agua, traje de agua, todos equipos de buena calidad y lo que establezcan las normas de riesgos de los mismos y las instrucciones que imparte la Ley N°16.744 y la Mutual a la entidad aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de accidentes correspondiente, cuyo nombre y número de teléfono deberá quedar estipulado en el Libro de Inspección. El oferente adjudicado deberá contar con un profesional Prevencionista de riesgos, además estará obligado a colocar y mantener por su cuenta las 24 horas del día la señalización de peligro como, letreros, cinta peligro, conos y tomar las medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza de sus trabajos, cuando corresponda trabajar por dentro del establecimiento educacional. El incumplimiento de estas instrucciones será fiscalizado por el ITO, quien podrá cursar multas equivalentes 5 UTM por cada día de incumplimiento o si correspondiera, dar orden y paralizar la obra. El valor de la UTM se calculará en el mes correspondiente al que se emita el Decreto Alcaldicio que la sancione. Todos los daños de cualquier naturaleza que se cause a un tercero con motivo de la ejecución del proyecto y prestación del servicio, será de exclusiva responsabilidad del oferente adjudicado. Para el evento de que el Fisco o la I. Municipalidad de Cabrero Departamento de Educación sean demandados por esta causa, cualquier suma, compensación o indemnización que se adeude a terceros, será de cargo del oferente adjudicado. 48.- De las Sociedades Para los efectos del cumplimiento de la ley 20.285, en la parte que exige informar la composición societaria de las empresas que contratan con el municipio, es necesario exigir al adjudicado lo siguiente: En el caso de sociedades de responsabilidad limitada o EIRL copia de la inscripción en el registro de Comercio con una antigüedad no mayor a 30 días, y copia de las inscripciones modificatorias si fuese necesario. En el caso de sociedades anónimas, un certificado del Directorio de la sociedad respectiva, en el cual conste la composición accionaria respectiva El ingreso de esta documentación debe ser conjuntamente con el documento de Fiel Cumplimiento de Contrato. 49.- Subcontratación En todo evento el Contratista es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Unidad Técnica en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquiera otra que incumpla el subcontratista. El contratista sólo podrá subcontratar parte de las obras siempre que obtenga la autorización de la Unidad Técnica, conforme a lo regulado en las Bases Administrativas Generales. 50.- Cesión de contrato Desde ya se establece que el contrato objeto de esta licitación y sus respectivas obligaciones, no podrán ser objeto de cesión de contrato. 51.- Causales de Término Anticipado de Contrato Se establecen como causales de término anticipado de contrato, las siguientes: a) El mutuo acuerdo de las partes. b) Incumplimiento por parte de la Empresa en los plazos y condiciones de su oferta o de las obligaciones que impongan las Bases Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas, Anexos, Proyecto Aprobado y otros documentos que forman parte de la presente propuesta pública, dará derecho a la I. Municipalidad Depto. de Educación para prescindir administrativamente y sin forma de juicio el presente contrato. c) Por incumplimiento grave de la Empresa u oferente de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas Generales cuestión que, en todo caso, debe determinarse mediante un acto fundado d) El incumplimiento reiterado en el pago de la remuneración y/o en el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores de la empresa. e) Si el oferente adjudicado, por causa que le sea imputable, no iniciare las obras dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados del día hábil siguiente de la firma del Acta de Entrega de Terreno. f) Por cesión de bienes, cesión de contrato o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del oferente adjudicado, cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarias, en conformidad a la legislación vigente. g) Por paralizar las obras más de 10 días hábiles sin causa justificada, debidamente calificadas por el ITO. h) Por modificación o alteración de las obras contratadas sin la debida autorización. i) Si el oferente adjudicado fuera una sociedad y se disolviera o se hubiera manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del Contrato o parte de este. j) Si el oferente adjudicado subcontratara el servicio licitado, sin las debidas autorizaciones. k) En caso que el oferente adjudicado no firme el Acta de Entrega de Terreno. l) Por término del Convenio Mandato de la Dirección de Educación Pública m) En caso de muerte del oferente adjudicado o Socio, que implique la disolución de la Sociedad. n) En caso de incumplimiento imputable al contratista, por causa fundada según lo establecido por el ITO, debiendo hacerse efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. o) Si el oferente adjudicado fuera Unión Temporal de Proveedores y esta se disolviera o se hubiera manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del Contrato o parte de este. p) La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. q) Si uno de los Integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. r) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros de la Unión Temporal de Proveedores. s) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. t) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores. En caso de producirse el término anticipado del Contrato a excepción de lo indicado en la letra a), y k), el Mandante podrá notificar de ello al Registro Nacional de Compras y Contratación Pública, para su respectivo proceder y sanción si lo hubiere. 52.- Requerimiento Judiciales El contratista, frente a cualquiera reclamación o acción judicial, civil, laboral o penal que eventualmente pudiera afectar al mandante, por obligaciones de las que pudiera ser solidaria o subsidiariamente responsable, deberá comunicarle inmediatamente al mandante el texto del reclamo o de la acción judicial entablada; aun cuando el mandante no hubiese sido notificado en el respectivo asunto. La I. Municipalidad podrá siempre repetir contra el contratista si se viera obligado a pagar cualquier valor por los conceptos indicados en este artículo subrogándose al efecto el municipio, en todos los derechos, acciones y privilegios, en los términos del artículo 1610 y 1612 del Código Civil. Cualquier situación judicial que derive de la ejecución del contrato respectivo, especialmente tratándose de recursos de protección, obligará al contratista a actuar como tercero coadyuvante, previa coordinación con la I. Municipalidad. Pudiendo para estos efectos la I. Municipalidad retener estados de pago y hacer efectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato. 53.- Garantía de los Bienes y/o Servicios El contratista garantizará que todos los materiales utilizados en la obra son nuevos, de buena calidad y corresponden al contrato respectivo. El adjudicatario debe garantizar además, que todos los materiales estarán libres de defectos atribuibles al diseño, fabricación, confección o a cualquier acto u omisión de la empresa que puedan manifestarse con ocasión del uso normal de las obras en las condiciones en que habitualmente se hace en Chile. Tal garantía debe considerar el cambio inmediato o reparación de la(s) obra(s). La garantía se extenderá por el período que el oferente señale en su oferta, contados desde la fecha de recepción de los trabajos. NESTOR CARES ACUÑA LEVI RAMIREZ VARGAS JEFE DE ADQUISICIONES DEM (S) DIRECTOR DEM MONICA CANCINO JEREZ EDGARD VALENZUELA SAAVEDRA ASESOR JURIDICO DEM DIRECTOR DE CONTROL MUNICIPAL
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.