Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Precio”. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate el que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Conocimiento de la comuna”. De persistir, se revisará quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Presencia Local”, En caso de que persista el empate, se optará por quien obtuvo el mayor puntaje en el ítem Cumplimiento de Anexos”.
Si aún con ello se mantiene el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingresó su oferta al portal; dato que se obtendrá del Comprobante de Ingreso de Oferta, Datos de Oferta, Fecha y Hora de Ingreso.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Multas |
La Municipalidad de Longaví, hará efectiva la responsabilidad del adjudicatario antes los incumplimientos de lo ofertado, mediante la aplicación de las siguientes multas.
Las multas serán descontadas del pago correspondiente a la Orden de Compra enviada al proveedor.
Serán causales de multas lo siguiente:
Incumplimiento Multa aplicable
Incumplimiento de una orden escrita impartida por el ITS. 1 UTM por cada día y vez que se detecte el incumplimiento
Incumplir con la planificación del trabajo realizado por razones atribuibles a la empresa contratista.
1 UTM por cada día y vez que se detecte el incumplimiento.
No presentación del camión y el equipamiento para la ejecución de los trabajos ya sea renovación de permisos o panne. 1 UTM por cada día que se detecte el incumplimiento.
Incumplir las obligaciones establecidas en las especificaciones técnicas. 1 UTM por cada día que se detecte el incumplimiento
Incumplir el plazo máximo de 72 horas por la solicitud y disponibilidad del servicio. 1,5 UTM por día que se detecte el incumplimiento.
Por realizar cobros adicionales o adulteración de información a los usuarios de la comuna. 5 UTM por cada vez que sea detectado y será descontado del mes del servicio.
Por no contar con la documentación al día del o los camiones que presten el servicio. 2 UTM por cada camión y vez que sea detectado el incumplimiento.
Por cambio de conductor con residencia en la comuna de Longaví. 2 UTM por cada vez que se constate el cambio de residencia del conductor.
La multa será cursada y descontada de la orden de compra correspondiente, Unidad Técnica será responsable del control de los servicios y multas correspondientes a cada proveedor sobre incumplimiento.
Para la aplicación de las multas, se deberá comunicar de manera escrita al Proveedor, quien podrá presentar sus descargos, si los tuviere, en un plazo máximo de 3 días hábiles, por su parte la Municipalidad deberá realizar el peritaje respectivo, para que posteriormente se decida si procede aplicar las medidas, descontando la multa del estado de pago que deba efectuarse.
En caso de que se al proveedor se le cursen 3 o más multas hará caducar el contrato sin quedar afecto a indemnización alguna y se hará cobro de la boleta de fiel cumplimiento del contrato.
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