Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Oferta Económica”. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate el que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia con Entidades Públicas”. De persistir, se revisará quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Presencia Local”.
En caso de que persista el empate, se revisará quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega”.
Si aplicando todo lo anterior se mantiene la situación de empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos”.
Si aún con ello se mantiene el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingresó su oferta al portal; dato que se obtendrá del Comprobante de Ingreso de Oferta, Datos de Oferta, Fecha y Hora de Ingreso.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se efectuarán de acuerdo al calendario publicado en el portal www.mercadopublico.cl en el punto 3 “Etapas y Plazos”.
Sin perjuicio de posteriores aclaraciones o adiciones que la Unidad Técnica estime del caso efectuar, las consultas, sus respuestas, las aclaraciones y/o adiciones que la Unidad Técnica efectúe en la misma oportunidad, se pondrán en conocimiento de todos los participantes en la fecha publicada en el portal y, desde la fecha en que ello se verifique se presumirá el conocimiento de éstas por parte de los oferentes y participantes.
- No se dará respuesta a consultas efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
- La Municipalidad podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del cierre electrónico del plazo de presentación de la propuesta, modificar los documentos y plazos de la Licitación, lo que deberá publicar en el Sistema de Información.
- Podrá, además, hacer aclaraciones y/o adiciones de las Bases u otros documentos.
- Las respuestas a las consultas que formulen los participantes, así como las aclaraciones y/o adiciones se consideran parte integrante de la licitación y deberán ser consideradas al formular sus ofertas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
- Se podrá solicitar al oferente que corrija errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (Artículo 40 del Decreto 250 – Reglamento Ley 19.886).
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Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Oferta Económica”. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate el que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia con Entidades Públicas”. De persistir, se revisará quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Presencia Local”.
En caso de que persista el empate, se revisará quien haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega”.
Si aplicando todo lo anterior se mantiene la situación de empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos”.
Si aún con ello se mantiene el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que primero ingresó su oferta al portal; dato que se obtendrá del Comprobante de Ingreso de Oferta, Datos de Oferta, Fecha y Hora de Ingreso.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se efectuarán de acuerdo al calendario publicado en el portal www.mercadopublico.cl en el punto 3 “Etapas y Plazos”.
Sin perjuicio de posteriores aclaraciones o adiciones que la Unidad Técnica estime del caso efectuar, las consultas, sus respuestas, las aclaraciones y/o adiciones que la Unidad Técnica efectúe en la misma oportunidad, se pondrán en conocimiento de todos los participantes en la fecha publicada en el portal y, desde la fecha en que ello se verifique se presumirá el conocimiento de éstas por parte de los oferentes y participantes.
- No se dará respuesta a consultas efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
- La Municipalidad podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del cierre electrónico del plazo de presentación de la propuesta, modificar los documentos y plazos de la Licitación, lo que deberá publicar en el Sistema de Información.
- Podrá, además, hacer aclaraciones y/o adiciones de las Bases u otros documentos.
- Las respuestas a las consultas que formulen los participantes, así como las aclaraciones y/o adiciones se consideran parte integrante de la licitación y deberán ser consideradas al formular sus ofertas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
- Se podrá solicitar al oferente que corrija errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (Artículo 40 del Decreto 250 – Reglamento Ley 19.886).
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Readjudicación |
Si el adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, la garantía de fiel cumplimiento, o no se inscribe en el Registro de Proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Comisión Evaluadora tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en segundo lugar, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación.
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Prórroga de Contrato |
La solicitud de prórroga debe hacerse con al menos 10 días hábiles de anticipación del término del servicio, lo cual se efectuará mediante Decreto Municipal.
El contrato podrá ser prorrogado hasta por 3 meses, en el caso de que sea su fecha de término y el nuevo proceso licitatorio que se realice, aun se encuentre en trámite o se declare desierto, o bien en el caso de que sus ofertas sean consideradas inadmisibles.
En caso de la prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, incluyendo la extensión de la garantía de fiel complimiento.
Los proponentes favorecidos deberán firmar el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de comunicación del Decreto de Adjudicación.
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Reajuste |
El contrato se podrá reajustar cada 6 meses a partir del inicio de vigencia del servicio, de acuerdo a lo dispuesto a continuación.
El proveedor adjudicado deberá enviar una solicitud de reajuste a través de la Oficina de Partes del Municipio, la cual el Municipio deberá dar respuesta en un plazo máximo de 15 días hábiles.
Para reajustar los precios se enviara a través del sistema www.mercadopublico.cl una cotización con los servicios adjudicados y ofertados por el proveedor para que este indique sus nuevos precios, no se podrán modificar las marcas ya ofertadas, dicha cotización será de igual manera enviada al 2do lugar de acuerdo al decreto de adjudicación, con la finalidad de que estos a través del sistema puedan ingresar sus nuevos valores.
La Unidad de Adquisiciones de la Municipalidad descargará las cotizaciones y procederá a re-evaluar los precios de los servicios ofertados por los proveedores ya adjudicados
Los valores serán actualizados al valor del IPC considerando un periodo de 9 meses como máximo, en caso de que deba aumentar el valor del servicio, el monto máximo deberá ser el monto que arroje la fórmula.
En caso de que para el reajuste corresponda disminuir el valor del servicio, el monto que arroje la fórmula deberá ser el mínimo a reducir.
La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud, en el plazo de 15 días hábiles una vez recepcionada la solicitud, a través de las herramientas que disponga el Municipio para estos efectos.
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