Licitación ID: 4127-17-LE25
[DIVAP] ARRIENDO 8 NOTEBOOK I9 por 36 meses
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 50
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 1 Unidad
Cod: 43211503
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
[DIVAP] ARRIENDO 8 NOTEBOOK I9 por 36 meses
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
E1022RT9 [DIVAP] Contratación de servicios para la provisión de equipos computacionales y servicios asociados para la División de Atención Primaria de la Subsecretaría de Redes Asistenciales La adquisición de ocho computadores de alta gama es una necesidad estratégica para fortalecer las capacidades tecnológicas de la División y asegurar un desempeño eficiente en las diversas actividades operativa
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaria de Redes Asistenciales
R.U.T.:
61.975.700-9
Dirección:
Mac Iver 541
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-03-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 18-03-2025 16:33:00
Fecha inicio de preguntas: 19-03-2025 16:00:00
Fecha final de preguntas: 24-03-2025 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-03-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-03-2025 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-03-2025 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 22-05-2025 12:19:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Editables
Documentos Técnicos
1.- Anexos Editables
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Editables
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de políticas y/o programas de sustent La asignación de puntajes en este criterio será realizada de acuerdo con el cumplimiento de alguna de las materias y contenidos que a continuación se indican: La documentación requerida para evaluar estos criterios es: Eliminación de Equipos Indicadores Básicos Reporte de Sostenibilidad En la eventualidad que algún oferente no declare o declare negativamente, o bien no logre acreditar ninguna de las "Materias o Contenidos" se asignará 0 puntos en este criterio. 5%
2 Evaluación Técnica Corresponde a la certificación en ISO 27001, ISO 9001 e ISO 14001. Certificaciones que deben estar vigentes con al menos 1 año de anterioridad y permanecer vigentes durante la duración del contrato. Se evaluará a partir de la información entregada por el oferente, donde deberá presenta la certificación con qué cuenta. 30%
3 Presentación de requisitos formales. Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en estos términos de referencia. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales antecedentes o certificaciones requeridos al momento de presentar la oferta, obtendrá el puntaje máximo en este criterio. En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud 3%
4 Pacto de Integridad Para acreditar el cumplimiento del presente factor, las empresas deberán acompañar en su oferta de acuerdo con lo solicitado en el anexo N° 6, el documento que identifican como Programa de Integridad o de Compliance, y deberá entregar respaldos que éste es conocido por el personal y/o trabajadores, tales como certificación de capacitación interna. 2%
5 Precio Precio mínimo ofertado*7/Precio Ofertado - se evaluará la oferta económica de acuerdo al Anexo Nª3 de estas Bases 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Angelica Castro
e-mail de responsable de pago: acatro@minsal.cl
Nombre de responsable de contrato: Profesional de DIVAP
e-mail de responsable de contrato: nn@minsal.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25740100-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. BASES ADMINISTRATIVAS
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.

Artículo 1°: Antecedentes.
La forma de la presente Licitación Pública corresponde a aquellas contrataciones
iguales o superiores a 100 UTM y menores a 1000 UTM.

Al efecto, el monto de la contratación es la suma de $23.000.000- (veintitrés millones de pesos), impuestos incluidos. 

La cantidad de equipos involucrados corresponde a 8 (ocho) Notebooks, en las
condiciones y plazos que se detallan en las presentes bases.

Artículo 2°: Bases.
Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las "Bases", se encuentran
conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas.
II.- Condiciones Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos:
Anexo Nº1: "Calendario de la Licitación".
Anexo N°2-A: "Identificación del Oferente Persona Natural".
Anexo N°2-B: "Identificación del Oferente Persona Jurídica".
Anexo N°3: Formato de "Oferta Económica"
Anexo N°4: Pacto de Integridad.
Anexo N° 5: Ficha contratos vigentes misma naturaleza
Anexo N°6: Ficha detalle técnico de notebook estándar
Anexo N°7 Distribución de equipamiento

Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos.
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y el contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las presentes Bases Administrativas, Condiciones Económicas, Bases Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
d) Consultas, Respuestas y aclaraciones.

Artículo 4°: Definiciones.
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la
licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:
MINISTERIO: Ministerio de Salud.
Ministra/o: Ministra/o de Salud.
Subsecretaría: Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Subsecretaria/o: Subsecretario de Redes Asistenciales.
Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal
mediante el cual el MINISTERIO realiza un llamado público, convocando a los
interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen
propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación
Pública de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y
Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).
Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores del
Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública
(www.chileproveedores.cl).
Bases: Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, y Anexos,
que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones,
establecidos por el MINISTERIO, que describen los bienes y/o servicios a
contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.
Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que contienen, de
manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o
aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades
de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos
administrativos del proceso de licitación.
Bases Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen
las condiciones económicas de la licitación y del contrato a que dé lugar.
Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de
manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y
demás características del bien o servicio a contratar.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación
mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones
establecidas en estas Bases.
Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente
documentación:
Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran
establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.
La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo
con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.
La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente
conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.
Forman parte también de la respectiva Propuesta los siguientes documentos:
- Las garantías requeridas.
- Las presentes Bases.
- Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado
en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las
Bases.
Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO
encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con
el o los oferentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y
administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo
Adjudicatario: Oferente cuya Propuesta, presentada dentro del marco del
proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato
definitivo.
Contrato: Contrato que celebra la Subsecretaría y el oferente cuya Propuesta
ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación.
Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato
respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los
servicios materia de la licitación de acuerdo con las presentes Bases y demás
documentos que determine el MINISTERIO.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario
para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los
asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.
Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o
jurídicas, para la presentación de una oferta de licitaciones, o para la suscripción
de un contrato, en caso de trato directo.
Propuesta Técnica: corresponde a la evaluación de un conjunto de aspectos
técnicos que evidencian aporte de valor añadido en la oferta técnica.
Cumplimiento Técnico de Equipos; corresponde a la evaluación técnica
realizada a cada perfil presentado en la oferta, si cumplen con el mínimo exigido
o si hay valor agregado sobre las condiciones solicitadas.
Certificación ISO 27001; corresponde a la norma internacional que permite el
aseguramiento, la confidencialidad e integridad de los datos y de la información,
así como de los sistemas que la procesan.
Certificación de ISO 9001, corresponde a Norma Internacional de sistemas de
gestión de la calidad (SGC).
Certificación ISO 14001, norma internacional para la Estandarización (ISO),
que proporciona estándares y herramientas a las empresas que les permitan una
mejora continua en el cuidado del medio ambiente y la prevención de impactos
tanto dentro como fuera de sus operaciones
Profesionales MDA certificados; corresponde a la evaluación a realizar sobre
la cantidad de profesionales que operen en la Mesa de ayuda y que estén
certificados en ITIL versión3.
Contratos Vigentes de la misma naturaleza; corresponde a la evaluación
sobre los contratos de la misma envergadura que tiene el proveedor en la
actualidad.
Experiencia de los proveedores; corresponde a la evaluación a realizar sobre
anexo 5A entregado por el oferente, los cuales han sido evaluados por otras
empresas públicas o privadas en los últimos 5 años.
Política de manejo de basura tecnológica; corresponde a la evaluación que
se realiza sobre la existencia de una política de manejo de basura tecnológica y
su aplicabilidad.
Contribución al desarrollo de tecnologías locales; corresponde a la
evaluación a realizar sobre la empresa si realiza desarrollo regional de
tecnologías.

Artículo 5°: Plazos de la licitación. La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo N°1, "Calendario de la Licitación".
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 "Calendario de la Licitación" no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 115 del reglamento de la ley N°19.886, aprobado por decreto supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.

Artículo 7°: Notificaciones. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Artículo 8°: Condiciones económicas de la Propuesta.
La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.

2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.

Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases.
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Artículo 10°: Requisitos de los participantes.
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o
extranjeras, que emitan facturas y que acrediten su idoneidad técnica según la
normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los
proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales
establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4° de la Ley N° 19.886 –- modificado por los N°s 1) y 2) del artículo 401 de la Ley N° 20.720. y/o dentro de los cinco años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido sancionados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393.

Quedarán excluidos de la licitación, quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los 2 años anteriores a la formulación de la propuesta.

Asimismo, quedaran excluidos al momento de presentar la oferta, quienes sean condenados conforme a lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de Libre Competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada y/o dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido sancionados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 10 de la ley N° 20.393.

Asimismo, quedran excluidos de la licitación, quienes hayan sido sancionados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado en virtud de lo dispuesto en los artículos ley N° 21.595 de delitos economicos.

El Ministerio no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.

En el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos Funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el solo hecho de participar en esta Licitación, el proponente participante de esta Licitación, declara expresamente:
1. No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N° 19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
2 Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación a la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.
3. Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
4. Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
5. Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
6. Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.

En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la
presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato que resulte del presente proceso de licitación establecidas en la normativa vigente, afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado. En caso de concurrir una causal de inhabilidad respecto de alguno de los integrantes de la unión, ésta deberá decidir y comunicar si continuará con el presente proceso concursal con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La omisión, adulteración o falsificación física o ideológica de cualquiera de los
documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para
rechazar de plano y sin más trámite la oferta presentada, sin perjuicio de la facultad de la Institución de hacer efectiva las responsabilidades que de ello pudieran derivar y, en particular, se facultará al MINISTERIO para el cobro de las garantías que existieren en su poder.

Las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, tendiendo en consideración los motivos de abstención señalados en el artículo 35 quinquies, de la ley N° 21.634, de 2023, que moderniza la ley N° 19886 y otras leyes.

Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones.
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “"Calendario de la Licitación".
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 "Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de estas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación, y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.

3.- Presentación y Contenido de las Propuestas. Artículo

12°: Presentación de las Propuestas.

Cada proponente podrá presentar una Propuesta.
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 "Calendario de Licitación”.
En el caso de los proponentes no inscritos en el Registro de Proveedores o que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través Sistema de Información.

Artículo 13°: Contenido de la propuesta.
El contenido de la Propuesta será el siguiente:
a) Antecedentes del oferente y otros documentos.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
1) Formato completo de Identificación del proponente, contenido en el Anexo No 2- A de las presentes bases.
2) Carta Declaración de Responsabilidad contenida en línea en www.mercadopublico.cl
3) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del Proponente.
4) Fotocopia simple de la Patente comercial vigente.
5) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (formulario N° 30). emitido por la Inspección del Trabajo, con una antigüedad no superior a 30 días. a contar de la fecha de la apertura técnica.

a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
1) Formato completo de Identificacion del proponente, contenido en el Anexo N° 2- B de las presentes bases.
2) Carta Declaración de Responsabilidad contenida en línea en www.mercadopublico.cl.
3) Fotocopia de Escritura Pública de Constitución de la Sociedad.
4) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) legal(es). 5) Fotocopia simple de la Escritura Pública o acto administrativo, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representante (s) legal(es) del proponente.
6) Fotocopia simple del RUT del proponente.
7) Fotocopia simple de la Patente comercial vigente
8) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (formulario N° 30), emitido por la Inspección del Trabajo, con una antigüedad no superior a 30 días, a contar de la fecha de la apertura electrónica.

a.3) Otros antecedentes aplicables para ambos tipos de oferentes.
En el caso de Unión Temporal de Proveedores se deberá acompañar el instrumento en que se formaliza la unión el cual, a lo menos, debe establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad.

 b) Oferta Técnica La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado III de las presentes Bases.

1.

Propuesta del servicio requerido. Se deberá incluir al menos los siguientes aspectos:

• Descripción técnica de los componentes detallados por EQUIPO solicitado.

• Descripción de los servicios propuestos según lo solicitado en la Bases Técnicas.

• Políticas y metodologías asociadas a los servicios propuestos en caso de que corresponda. Detalle de las operaciones y funciones que incorporaran del servicio en base a buenas prácticas ya mencionadas.

2.

Plan de Trabajo para:

• Propuesta de Distribución de Equipos.

• Propuesta de Instalación, Puesta en Marcha de los Equipos y Servicios.

• Propuesta de Validación de Recepción Conforme de Equipos en los establecimientos.

• Propuesta de Toma de Control de los Servicios Institucionales Solicitados.

• Propuesta de Administración del Contrato, Continuidad Operativa, Soporte, Niveles de Servicio e Informes y Administración de Herramientas Centralizada del Parque Computacional

• Propuesta de Inventario on-line de Computadores del Contrato

• Propuesta de Mantenimiento Preventivo de Equipamiento

• Propuesta de Plan de Retiro y Borrado Seguro de Información y Retiro al Término del Contrato

• Propuesta de Operación durante la vigencia del contrato. En cada plan se deberá precisar al menos: etapas, actividades, cronograma, condiciones necesarias para su ejecución.

3.

Organización del equipo que desempeñará como contraparte técnica del proyecto en las distintas etapas, indicando su rol y funciones, además, la dedicación en términos de jornada de trabajo (horas diarias o porcentaje de la jornada)


c) Oferta Económica.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las
respectivas Condiciones Económicas contenidas en el apartado II de las presentes
Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°3 de estas Bases.

4.- Garantía de Seriedad de la Oferta.
Articulo 14°: Garantía de Seriedad de la Oferta.
No se requerirá la presentación de garantía de seriedad de la oferta, en conformidad con lo señalado en el artículo 52° del Reglamento de la ley N°19.886, aprobado por el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y que deja sin efecto el Decreto Supremo N°250, de 2004.

5.- Admisibilidad de las Propuestas.
Articulo 15°: Admisibilidad de las Propuestas.
Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta,
cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12° y 13º todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:
Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el
artículo 10° de las presentes Bases.
Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo
12° de las presentes Bases.
Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en el artículo
13° de las presentes Bases.
Que los oferentes no entreguen los documentos exigidos como admisibles en
estas Bases.
Que la propuesta exceda los montos máximos para esta contratación.
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley N° 19.886. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16° siguiente.

Tratándose de oferentes inscritos en el registro electrónico de Proveedores del
Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal
www.mercadopublico.cl

Artículo 16°: Errores u omisiones formales.
La Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Subsecretaría podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, la Subsecretaría a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal de tres días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con cero puntos en el criterio "Cumplimiento de Requisitos de formales" o "Presentación y completitud de Antecedentes".

6.- Apertura Electrónica.

Artículo 17°: Apertura Electrónica.
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de
Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 "Calendario de Licitación”.

7.- Validez de las Propuestas.

Artículo 18°: Validez de las Propuestas.
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura
electrónica de la propuesta.
8.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.

Artículo 19°: Comisión de Evaluación.
El análisis y evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, integrada por los miembros que a continuación se indican, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación, y que se establece en este acto:
1. Jefa de la División de Atención Primaria o quien subrogue.
2. Profesional del Departamento TIC
3. Un Profesional de la División de Finanzas y Administración Interna, designado
por el jefe de División.
Todos los miembros de la comisión de evaluación deberán suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él.
Toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas en el inciso anterior tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a
responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio
Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:

1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en los
artículos 12° y 13° de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que mejor cumplan los
requerimientos exigidos y ser las más convenientes a los intereses de la
Subsecretaría, o bien a proposición fundada de declarar desierta la licitación.

Artículo 20°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas.
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en los artículos 13º y 15° de las presentes Bases.

Artículo 21°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas.
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico.
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.

Artículo 22°: Notas y criterios de evaluación.

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Criterios de Evaluación 

Ponderación 

a)    Evaluación económica

60%

b)    Evaluación Técnica

30%

c)     Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad

5%

d)    Presentación de requisitos formales

3 %

e)    Pacto de Integridad

2%

Se efectuará la evaluación de acuerdo con la siguiente fórmula:

a)     Precio

Criterios de Evaluación 

a. Evaluación económica ($) 

Medio de Verificación 

Documentos y requerimientos 

Ponderación 

60% 

Oferta económica 

Se evaluará la oferta económica de acuerdo al Anexo Nº3 de estas Bases. 

Puntaje Máximo 

Nota 7.0 

Fórmula de Cálculo 

Precio mínimo ofertado*7 /Precio ofertado 

b)     Evaluación Técnica. (30%)

Evaluación técnica de los antecedentes que las distintas propuestas de los oferentes han sido anexadas al portal de mercadopublico.cl. La documentación requerida para evaluar la propuesta es la siguiente:

Criterio

Ponderación

Sub Criterio

Ponderación

Anexo

Evaluación Técnica

Certificaciones ISO 27.001

20%

Parte de la propuesta

Certificaciones ISO 9.001

10%

Parte de la propuesta

Certificaciones ISO 14.001

10%

Parte de la propuesta

Profesionales MDA certificados

20%

Parte de la propuesta

Contratos Vigentes de la misma naturaleza

10%

Anexo 7

Plazo de implementación (en días corridos)

30%

Parte de la propuesta (Plan de Trabajo)


Cumplimiento Técnico de Equipos:

Corresponde a la certificación en ISO 27001, ISO 9001 e ISO 14001. Certificaciones
que deben estar vigentes con al menos 1 año de anterioridad y permanecer vigentes durante la duración del contrato.
Se evaluará a partir de la información entregada por el oferente, donde deberá presenta la certificación con qué cuenta.
Por lo anterior, la asignación de puntaje de este subcriterio será de acuerdo con la
siguiente tabla.

Certificación ISO 27001 (20%)

 

Puntos

Cuenta con Certificación ISO 27001.

SI

100

Cuenta con Certificación ISO 27001.

NO

0

Certificación ISO 9001 (10%)

 

Puntos

Cuenta con Certificación ISO 9001

SI

100

Cuenta con Certificación ISO 9001

NO

0

Certificación ISO 14001 (10%)

 

Puntos

Cuenta con Certificación ISO 14001.

SI

100

Cuenta con Certificación ISO 14001.

NO

0


Profesionales MDA certificados (20%)
Corresponde a la evaluación a realizar sobre la cantidad de profesionales que se
desempeñen en la Mesa de ayuda, encargado técnico y personal de la misma gestión del contrato, y que cuenten con certificación ITIL versión 3 o superior, relación con la gestión incidentes, gestión de requerimientos, y gestión de niveles de servicios. Dichas certificaciones deben estar vigentes al momento de presentar la oferta y durante el transcurso del contrato. Se evaluará a partir de la información entregada en la propuesta del oferente, debiendo acompañar su propuesta con los certificados de los profesionales. Por lo anterior, la asignación de puntaje de este subcriterio será de acuerdo a la siguiente tabla.

Criterios

Puntos

4 o más profesionales certificados.

100

3 profesionales certificados

75

2 profesionales certificados

50

1 profesional certificado

25

No tiene profesionales certificados

0

Contratos Vigentes de la misma naturaleza. (10%)
Corresponde a la evaluación que se realiza al oferente para determinar si actualmente tiene contratos vigentes de similares características. Se evaluará a partir de la información entregada en la propuesta del oferente del anexo 5 Ficha de contratos vigentes misma naturaleza. Por lo anterior, la asignación de puntaje de este subcriterio será de acuerdo a la siguiente tabla.

Contratos Vigentes similares

Puntos

5 o más contratos

100

4 contratos

75

3 contratos

50

2 contratos

25

1 contrato o no tiene contrato

0


Plazo de implementación. (30%)
Se evaluará a partir de la información entregada en la propuesta de PLAN DE
TRABAJO, el cual se debe detallar en días corridos, la implementación involucra la
distribución, instalación, puesta en marcha y validación de recepción conforme. P (i)= (Pz(min) X 100 / Pz (i)), donde: P (i)= puntuación del plazo del oferente "¡" Pz(i)= plazo total de implementación del oferente “¡" Pz(min)= plazo mínimo de implementación ofertado entre todos los participantes del proceso.
Quedarán excluidas de evaluación aquellas ofertas que excedan el plazo máximo de 20 días corridos
C) Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad. (5%)
La asignación de puntajes en este criterio será realizada de acuerdo con el cumplimiento de alguna de las materias y contenidos que a continuación se indican:
La documentación requerida para evaluar estos criterios es:
Eliminación de Equipos
Indicadores Básicos
Reporte de Sostenibilidad
En la eventualidad que algún oferente no declare o declare negativamente, o bien no logre acreditar ninguna de las "Materias o Contenidos" se asignará 0 puntos en este criterio.
Bastará con el cumplimiento de alguna de las tres "Materias y Contenidos" para
la asignación de los 100 puntos.
En caso de que el oferente cumpla con más de una (1) de las "Materias y Contenidos", se asignará igualmente todo el puntaje de este criterio, es decir, 100 puntos.

Los respectivos medios de verificación son:

a) Eliminación de equipos
El oferente cumple con la gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, plásticos pilas y otros, con el objeto de eliminar responsablemente los equipos al término de su vida útil, a través de empresas especializadas para tal efecto, sin costo para el Contratante y respetando los trámites administrativos previos que éste deba formalizar para darlos de baja.

Criterio

Puntos

Proveedor cumple con la gestión de residuos

SI

100

NO

0


b) Indicadores Básicos

El oferente, en lo que sea aplicable, se compromete a que sus productos:
Cumplan con las últimas normas ENERGY STAR de eficiencia energética
momento de la fabricación del equipo.

Informen si las partes y piezas de plástico contienen las siguientes sustancias:
✓ Bifenilos polibromados (PBB - polybrominated biphenyls).
✓ Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers).
✓ Parafinas bromadas (brominated paraffins).
✓ Parafinas cloradas de cadena corta.

Cumplan restricciones en Partes y Piezas de Plástico (> 25 g o superficie > 200
mm2):
✓ No contienen Cadmio ni Plomo (por ejemplo, catalizador o estabilizador).
✓ No contienen halógenos (excepciones en algunos casos para aditivos fluorados
siempre y cuando esté presente en cantidades < 0,5% en peso).
✓ Estén identificadas (marcadas) con su código de resina, según clasificación de la
Asociación Industrial de Plásticos y Químicos (http://www.pacia.org.au) o en
concordancia con la ISO 11469.
Cumplan restricciones en los Retardantes de Llama en las Piezas y Partes de
Plástico (> 25 g):
✓ Retardantes de llama halogenados.
✓ R45 (H350) - Puede causar cáncer.
✓R46 (H340) - Puede causar alteraciones genéticas hereditarias.
✓R60 (H360F) - Puede perjudicar la fertilidad.
✓ R61 (H360D) - Riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto.
Cumplan restricciones de ciertas Sustancias en Placas de Circuito Impreso:
✓ Bifenilos polibromados (PBB - polybrominated biphenyls).
✓ Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers).
✓ Parafinas cloradas.
Informan:
✓ Administración de la energía, incluyendo el consumo de energía mínimo y máximo de la unidad de control en cada modo de funcionamiento.
✓ Una declaración de que el equipo no se debe tirar a la basura o enviarse a vertedero,sino que su diseño permite la reutilización y/o reciclaje de partes y piezas. En este caso,además debe adjuntar instrucciones precisas de cómo proceder para la reutilización y/o reciclaje.
✓ Recomendaciones para la limpieza del equipo de forma ambientalmente preferible.
Cumplan restricciones en los Materiales de Vidrio:
✓ Cristal de plomo.
✓ Alambre reforzado con vidrio.
Cumplan con restricciones al Revestimiento de Superficies de Metal y
Aleaciones: Cadmio, Níquel, Estaño, Cromo.
No contienen Sustancias Restringidas:
✓ Agentes aglutinantes orgánicos halogenados
✓ Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers)
✓ Parafinas polibromadas
✓ Parafinas cloradas de cadena corta
✓ Aminas a base de anilina
✓ Ftalatos (DEHP, DBP, DAP o BBP)
✓ Aziridina o polyaziridines
Alquilfenol Etoxilados (APEO) y sus derivados (APD)
✓ Pigmentos que contengan: Plomo, Estaño, Arsénico, Cadmio, Mercurio, o sus
componentes
✓ CFC, HCFC, HFC o cualquier sustancia que agite la capa de ozono
Retardantes de llama halogenados orgánicos
✓Cadmio
✓Plomo
✓ Mercurio
Cromo VI

• Cumplan con Restricciones sobre el Envase:
El envase no posee plásticos Clorados y/o Halogenados y/o de PVC.
✓ El envase usado es capaz de ser reciclado por los sistemas de reciclaje local.
✓ El papel utilizado para el relleno absorbente de choques está hecho de pulpa
reciclada.
✓ No se utiliza CFCs como agente espumante.

Cumplan con requisitos en la Información del Producto:
✓ Administración de la energía, incluyendo el consumo de energía mínimo y máximo de la unidad de control en cada modo de funcionamiento.
✓ Una indicación de que el producto consume energía en modo de espera y que sólo el consumo es cero cuando se desenchufa de la toma de corriente, a menos que pruebas independientes sean capaces de demostrar lo contrario.
✓ Una indicación de que el equipo no se debe tirar a la basura o enviarse a vertedero, sino que su diseño permite la reutilización y/o reciclaje de partes y piezas. En este caso. 
además debe adjuntar instrucciones precisas de cómo proceder para la reutilización y/o reciclaje.
✓ Recomendaciones para la limpieza del equipo de forma ambientalmente preferible.
Cumplan con restricción en el contenido de Metales Pesados en Baterías
Acumuladores: Mercurio, Cadmio o Plomo.
✓ La información de estos "Indicadores básicos” en lo que les sean aplicables pueden estar indicados en el Atributo Extendido de la "URL del fabricante", para cada producto.

Criterio

Puntos

Cumplimiento de todos los Indicadores Básicos

SI

100

NO

0


c) Reporte de Sostenibilidad.
Reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI -iniciativa de Reporte Global- o equivalente.
Más información en www.globalreporting.org
Este reporte deberá acreditarse con la copia digital del informe bajo el estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.
Se deja expresa constancia que MINSAL se reserva el derecho de comprobar y solicitar que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas en este criterio, así como el contenido de estas.

Criterios

Puntos

Acompaña la oferta reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI

SI

100

NO

0


D) Presentación de requisitos formales.

Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en estos términos de referencia. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales antecedentes o certificaciones requeridos al momento de presentar la oferta, obtendrá el puntaje máximo en este criterio. En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud del artículo 52, inciso 4°, del reglamento de la ley N° 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 1 punto en este criterio.

Para obtener el puntaje en este criterio, se ha dispuesto la siguiente tabla:

CRITERIO 

Ponderación 

Anexo

Presentación de Requisitos Formales 

 3%

Sin anexo

Respuesta del Oferente

Puntos

Cumple con los criterios dentro del plazo anterior al cierre de las ofertas  

100

Completa documentación con posterior a la fecha de cierre de las ofertas

50

No completa con posterioridad a la fecha de cierre de las ofertas 


Se considerarán como documentos que acreditan los puntos anteriores, aquellos
definidos en el Artículo 13º de las presentes Bases, punto a) "Antecedentes del oferente y otros documentos".

E) Pacto de Integridad

Criterio de Evaluación 

Pacto de integridad 

Medio de Verificación 

Ponderación 

2% 

Para acreditar el cumplimiento del presente factor, las empresas deberán acompañar en su oferta de acuerdo con lo solicitado en el anexo Nº 6, el documento que identifican como Programa de Integridad o de Compliance. y deberá entregar respaldos que éste es conocido por el personal y/o trabajadores, tales como certificación de capacitación interna. comunicado interno por correo electrónico u otro medio similar, que conste en su página web, sea parte de su reglamento interno de orden, higiene y seguridad u otro.

Cuando se trate de la unión temporal de proveedores, solo se asignará puntaje cuando todos los integrantes de la UTP cuenten con el programa de integridad implementado y conocido sus respaldos de verificación. 

Puntaje Máximo

Nota:100

Fórmula de Cálculo

100= Si el oferente cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por el equipo de trabajo de la propuesta y entrega medios de verificación.

50: Si cuenta con un programa de integridad o de compliance (cumplimiento normativo) pero aún no se comunica a los/as trabajadores/as.

0= Si el oferente NO cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por su personal o no entrega respaldo de verificación.


Criterio de desempate:
En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden
ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente
procedimiento, en el orden señalado:
En caso de producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la propuesta que oferte la mayor cantidad de equipamiento. Si el empate persiste, la adjudicación se estimará de la oferta mejor evaluada en el criterio de "Propuesta Económica". Si el empate persiste, la adjudicación se estimará que la propuesta más ventajosa es la que mayor puntuación haya obtenido en el criterio "Propuesta Técnica". De persistir el empate se preferirá el que tenga mayor puntaje en el sub criterio de propuesta técnica "Contratos de la misma naturaleza".
De persistir en este último caso, se preferirá a la que tenga el mayor puntaje en el sub criterio de Cumplimiento técnico de equipos.

Artículo 22°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
1) Verificación de admisibilidad de los oferentes: Se deberá dejar constancia del
cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma
de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se
deberá deja constancia de ello.
2) Análisis particular de las propuestas.
3) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
4) Análisis final de evaluación y de observaciones.
5) Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la Subsecretaria a más tardar al quinto día hábil siguiente al de la apertura de las propuestas presentadas.

La decisión de adjudicación de la Subsecretaria será remitida, conjuntamente con el Informe de Evaluación, a la División Jurídica para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir a dicha División la propuesta adjudicada y sus antecedentes respectivos.

9.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 23°: Adjudicación.

La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a un solo oferente, por el servicio
licitado.
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en
conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 22° de  las presentes Bases.

Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o
menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias.

Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría. Los
participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 "Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha
en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886.
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá Re adjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.

Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación.
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los
requisitos establecidos en las presentes Bases.
En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.
La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación
cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las
presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo
establecido en el artículo 9 de la lev N°19.886.
Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante
resolución fundada.
De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.

10.- Del Contrato.

Artículo 25°: Contrato.
Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente,
debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos:
1. Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el presente Artículo para cumplir con este
requisito.
2. Declaración jurada simple respecto al estado de cumplimiento de obligaciones
laborales y previsionales.

El contrato respectivo, deberá suscribirse dentro del plazo de diez días corridos contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en el Artículo 7º de las presentes Bases.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato, o bien, no aceptará la orden de compra respectiva, dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en este artículo, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Subsecretaría procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los casos en que ello sea procedente, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo con la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en este Artículo, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

Artículo 26°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
Para la presente licitación no se requerirá la constitución de garantías para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo, en conformidad a lo señalado en el inciso primero del artículo 121°, del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.

Artículo 27°: Contenido del contrato y suscripción.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la entidad licitante y será suscrito por Subsecretaría de Redes Asistenciales y la persona natural adjudicada o el (los) representante (s) legal (es) de la persona jurídica adjudicataria, según corresponda.
Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases, el contenido mínimo del contrato será el siguiente:
a) Individualización de las partes contratantes;
b) Características de los bienes y/o servicios contratados:
c) Precio;
d) Plazo de duración;
e) Causales de término anticipado;
f) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de
Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;
g) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del
contrato, esto es; las Bases Administrativas, Condiciones Económicas y Bases
Técnicas, y sus Anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las
modificaciones a las Bases si las hubiere, la Propuesta respectiva, además de
todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida
ejecución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de las presentes Bases;
h) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa о
con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del
Proveedor;
i) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por por el Proveedor;
j) Declaración en el sentido que el contrato celebrado no significará impedimento
para que el Ministerio y/o la Subsecretaría de Salud Pública pueda celebrar otros
contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario
para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
k)Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños
ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles
a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las
obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras
personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese
Proveedor a propósito del convenio;
I)Declaración de confidencialidad, en virtud de la cual se dejará establecido que
toda información respecto al Ministerio o las entidades licitantes y la función
administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el
Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o
ejecución del contrato, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su
divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos
relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia del contrato,
durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el
Proveedor se obliga a mantener estricta reserva y a no usar, a ningún título, para
sí ni para beneficios de terceros, ni divulgar, compartir, comunicar, revelar,
reproducir o poner a disposición de terceros parte alguna de la información
referida.
m) Declaración que entre el Ministerio y la Subsecretaría de Salud Publica y el
personal dependiente, contratado o subcontratado del Proveedor no existe
ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario;
n) Declaración que el Proveedor se obliga al cumplimiento de lo establecido en la
Política General de Seguridad de la Información, publicada por el Ministerio de
Salud en su página web, la cual debe ser consultada en el link:
http://web.minsal.cl/seguridad de la informacion
El contrato respectivo deberá suscribirse dentro del plazo de diez días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en las presentes Bases.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en estas bases, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Entidad Contratante procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, en los casos en que ello sea procedente, declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo con la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo.
En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos
establecidos en los artículos 26° y 27° precedentes, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

Artículo 28°: Precio del contrato y pagos.
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio de los bienes y/o servicios será sin reajustes, y se pagará conforme a lo
establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las
presentes Bases.
El servicio, se contratará mediante el sistema de suma alzada, sin reajuste ni intereses de ninguna especie. El pago del precio se hará en la forma indicada en el Apartado II de las presentes Bases.
Para los efectos anteriores, se entiende por suma alzada la oferta a precio fijo realizada por el proponente, cuya determinación corresponde a la realizada por este, siendo los valores inamovibles, sin que proceda, en consecuencia, por causa alguna, un aumento del precio, el pago de mayores servicios ejecutados, la ampliación de plazos, ni el pago de indemnizaciones por los mayores costos que haya debido soportar el contratista.
El contratista deberá asumir todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en la ejecución de los servicios, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia; por ejemplo, aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costo de las garantías y, en general, sin que la enumeración sea taxativa, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto.

Artículo 29°: Vigencia y aumento del Contrato.
La contratación tendrá una duración máxima de 36 meses, comenzando a regir a contar de la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases.
La vigencia de los bienes y/o servicios se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35° de las presentes Bases.

Artículo 30°: Domicilio.
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna у
ciudad de Santiago.

Artículo 31°: Informes.
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.
Los informes deberán describir los hechos relevantes con recomendaciones asociadas del mes finalizado en los distintos servidores o plataformas administradas. Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad compradora a más tardar el quinto (05) día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.
Dichos informes deberán contener, a lo menos:
Servicios Soporte Técnico y MDA Etapa de entrega
ID Serie del equipo
Código y Nombre del Establecimiento
Dependencia Establecimiento
Comuna
La fecha y hora de reporte de la falla.
La fecha y hora de atención
Descripción de la falla
La fecha y hora de solución definitiva del problema
El acta de aceptación o rechazo del incidente (del mes completo en
formato PDF)
Tipo de Falla
Solución
Las horas de atraso si es que existiesen en solucionar la falla 
Otros requeridos por la contraparte técnica de cada servicio o ministerial.
Informe de Inventario mensual de los equipos, el cual incluirá reemplazos, actualización de números de serie u otros requeridos en formato Excel y PDF.
Además, un resumen mensual de tendencia de incidentes reportados: Frecuencia
Situaciones anómalas Métricas de comportamiento
- Cumplimiento de SLA asociados:
i. Nombre del nivel de servicio
ii. Valor del período
iii. Grado de cumplimiento
- Informe de multas del período:
i. SLA asociado
ii. Fecha de cada uno de los eventos (timestamp) y duración.
iii. Monto de multa

Informe de estatus e inventario semestral:
i. Cantidad de tickets
ii. tipo y motivo de tickets
iii reemplazo de equipos, cantidad y números de serie reemplazados
iv actualización de numero de series de equipos reemplazados
v número de serie de los equipos reportado y reemplazados.
Estos informes mensuales deberán ser remitidos a la Contraparte Técnica
Contratante dentro de los cinco primeros días de cada mes y publicado en la página web (Sistema de administración de contratos, el cual contenga el historial completo de informes, SLA, Multas y cualquier documento relacionado con la administración del contrato) designado por la empresa adjudicada. A su vez, se deberá dar acceso a la plataforma de incidentes a la contraparte técnica.
En el caso de existir retraso en la entrega de estos informes, se aplicará multa
por cada día corrido de atraso que se calculará en base al 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades acordadas con un tope de 10 días hábiles.
Sin perjuicio de esos informes que deba efectuar la empresa adjudicada, éste
deberá informar sobre cualquier aspecto de los servicios contratados cuando la
Contraparte Técnica así lo requiera.
Sin perjuicio de los informes mensuales que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica así lo requiera.
Los servicios prestados por los proveedores deben ser descritos, cuando
corresponda, en un "Informes de cumplimiento Mensual de Servicio".
Los informes deberán describir los hechos relevantes con recomendaciones asociadas del mes finalizado en los distintos servidores o plataformas administradas. Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad compradora a más tardar el quinto (05) día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.
Dichos informes deberán contener, a lo menos:
Servicios Soporte Técnico y MDA Etapa de entrega
ID Serie del equipo.
Código y Nombre del Establecimiento.
Dependencia Establecimiento.
Comuna.
La fecha y hora de reporte de la falla..
La fecha y hora de atención.
Descripción de la falla.
La fecha y hora de solución definitiva del problema.
El acta de aceptación o rechazo del incidente (del mes completo en
formato PDF).
Tipo de Falla.
Solución.
Las horas de atraso si es que existiesen en solucionar la falla
Otros requeridos por la contraparte técnica de cada servicio o ministerial.
Informe de Inventario mensual de los equipos, el cual incluirá
reemplazos, actualización de números de serie u otros requeridos en
formato Excel y PDF.
Además, un resumen mensual de tendencia de incidentes reportados: Frecuencia
Situaciones anómalas
Métricas de comportamiento
- Cumplimiento de SLA asociados:
1. Nombre del nivel de servicio
2. Valor del período
3. Grado de cumplimiento
Informe de multas del período:
1. SLA asociado
2. Fecha de cada uno de los eventos y duración.
3. Monto de multa
-Informe de estatus e inventario semestral:
1. Cantidad de tickets
2. Tipo y motivo de tickets
3. Reemplazo de equipos, cantidad y números de serie reemplazados
4. Actualización de numero de series de equipos reemplazados
5. Número de serie de los equipos reportado y reemplazados.
Estos informes mensuales deberán ser remitidos a la Contraparte Técnica Contratante dentro de los cinco primeros días de cada mes y publicado en la página web (Sistema de administración de contratos, el cual contenga el historial completo de informes, SLA, Multas y cualquier documento relacionado con la administración del contrato) designado por la empresa adjudicada. A su vez, se deberá dar acceso a la plataforma de incidentes a la contraparte técnica.
En el caso de existir retraso en la entrega de estos informes, se aplicará multa por cada día corrido de atraso que se calculará en base al 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades acordadas con un tope de 10 días hábiles.
Sin perjuicio de esos informes que deba efectuar la empresa adjudicada, éste deberá informar sobre cualquier aspecto de los servicios contratados cuando la Contraparte Técnica así lo requiera.

Artículo 32°: Encargado Técnico.
El Proveedor designará un "Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo
representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la
ejecución del contrato, el "Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
El proveedor será el encargado de comunicar a las contrapartes técnicas, en caso de cambiar personal de atención telefónica o visita en terreno, según zona geográfica y actualizar su contraparte técnica de cada uno de los contratos.

Artículo 33°: Cesión del contrato.
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o
parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente
licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 36° de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

11.- Multas y Sanciones.
Artículo 34°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones.
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el MINISTERIO, sino que exclusivamente con el Proveedor.
Durante la ejecución del contrato, el Proveedor podrá efectuar subcontrataciones para la realización parciales de las actividades de este contrato, siempre que no supere en un 40% el valor de la propuesta misma. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al MINISTERIO. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el MINISTERIO.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el
Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las
obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los
subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las
obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados
emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 36° de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley N°20.123, sobre trabajo en régimen de subcontratación.

12.- Terminación anticipada del contrato.

Artículo 35°: Multas por atrasos.
El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos y a los niveles de
calidad de servicio (SLA) en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al contratante para aplicar las multas de acuerdo con la tabla señalada El cobro de la multa se efectuará en cualquier periodo de la vigencia de contrato, sin perjuicio de que la medición se hará según la frecuencia indicada en la tabla. El monto total de multas no podrá exceder al 10% del monto total del contrato, por lo tanto, en caso de que excediere, sólo se aplicará las multas hasta el tope definido, sin perjuicio de la facultad para poner término anticipado del contrato.

El adjudicatario deberá proveer de todas las herramientas necesarias para realizar el seguimiento al cumplimiento del servicio e identificación de incumplimiento y causales de multa Finalmente, el CONTRATANTE no cursará multas por el incumplimiento de los niveles de servicio durante los primeros dos meses de ejecución del contrato, que serán considerados como período de transición de los servicios.

De acuerdo a niveles de servicio.
1) El incumplimiento de la empresa adjudicada a los plazos establecidos de
la puesta en marcha facultará a MINSAL para aplicar una multa de 1,5%
(uno coma cinco por ciento) del valor del equipo por cada día hábil de
atraso, respecto del plazo de entrega acordado con un tope de 15% del
valor del equipo.
II) Multas por Incumplimiento de los Niveles de Servicio Requeridos
El incumplimiento de la empresa adjudicada a los niveles de servicio requeridos
facultará a MINSAL para aplicar una multa correspondiente a 1 U.F. (una unidad de
fomento) por cada hora de atraso corrida hábil aplicable a cada incidente según los reportes certificados que a tal efecto suministre la Contraparte Técnica, con un tope de 46 UF anual, lo que será considerado falta grave y causal de termino de contrato.
Se entenderá por hora corrida hábil, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas.
Las multas serán aplicables a la empresa adjudicada en cualquiera de las etapas de
desarrollo del contrato, e inclusive en el término de este y se descontarán del pago de la cuota siguiente o de cualesquiera sean la cuota que se encuentre en autorización de pago.

MDA

Horario                de

disponibilidad

Lunes         a

viernes

8:00 a 18:00 hrs.

Tiempo                de

respuesta.

2 horas máximo contado desde la recepción de la solicitud de atención en

la MDA

Tiempo                de

resolución remota

8 horas máximo contado desde la recepción de la solicitud de atención en

la MDA

Servicio técnico, soporte y continuidad operativa

Tiempo      de      respuesta      y

resolución nivel 1

1 hora máximo contado desde la recepción de la solicitud de atención

en la MDA.

Tiempo      de      respuesta      y

resolución nivel 2 o resolución remota

Dentro de 1 hora siguiente a la no resolución del nivel 1.

Tiempo      de      respuesta      y

resolución técnica presencial.

Dentro de las 24 horas corridas siguientes a la recepción de la solicitud

de atención remota.

Tiempo    de    respuesta    para

reemplazo de equipamiento.

Dentro de las 24 horas corridas siguientes a la notificación de la

incidencia.

Supervisión y encargado técnico

Deberá efectuar el seguimiento y control del correcto cumplimiento de los estándares de tiempos de solución para todos los reportes de problema, como también de los compromisos asumidos por las unidades resolutoras respecto de los plazos de solución de estos reportes El Supervisor actuará entonces como primer nivel de escalamiento para casos no resueltos en el tiempo especificado. Representará al proveedor ante el MINSAL para todos los efectos del

servicio, administración del contrato y entrega del producto.


III) Multas por Incumplimiento de entrega de los informes mensuales.
En el caso de existir retraso en la entrega de los informes mensuales de
cumplimiento de servicio, se aplicará multa por cada día corrido de atraso que se 
calculará en base al 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las
cantidades acordadas con un tope de 10 días hábiles, conforme a lo detallado en
el artículo 33 de las presentes Bases

IV) Valor de la multa
En todos los casos anteriores, en que el valor de la multa esté expresado en
Unidades de Fomento (UF), la transformación a moneda de curso legal para efectos
del pago de éstas deberá ser de acuerdo al valor de la UF correspondiente al día en
que la resolución que aplicó la multa quede ejecutoriada.

V) Cobro de Multas
Para aplicar una multa, el contratante será responsable de la aplicación de las
multas correspondiente a su contratos.

El Contratante, primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha
comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta
detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos.
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de diez días hábiles para formular
sus descargos al SUBSECRETARIO DE REDES ASISTENCIALES. Evacuados o
no los descargos y vencido el plazo para ello, el Contratante deberá determinar la
aplicación o no de multas, lo que deberá realizar mediante resolución fundada.
Con todo, las multas aquí establecidas no serán acumulables con las
indemnizaciones que pudiere fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios
causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
Se entenderá que el Proveedor está en mora por el solo hecho de incumplir sus
obligaciones dentro de los plazos establecidos, para lo cual no será necesario
requerimiento judicial previo.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner
término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases
y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
Todo lo anterior, sin perjuicio de los recursos judiciales y administrativos que
procedan de conformidad a la ley

Artículo 36°: Terminación anticipada del contrato.
Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al
contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la
autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras
emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34° de las presentes Bases.

Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
i. Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la
propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código
Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la
ley N°19.886 - modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley N°20.720.
ii. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
iii. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor
de sus acreedores.
iv. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
v. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito
que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese
alguno de los directores o gerente.
f) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 33° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 15% del precio del contrato.
g) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En
tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el
suceso respectivo Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.




II. BASES ECONÓMICAS
13. Condiciones Económicas.
Artículo 37°: Monto de la oferta económica. La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por el bien y/o servicio licitado. Este valor, se expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo.
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo con el formato contenido en el Anexo N°3 de estas Bases. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexо señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Sistema para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
III. BASES TÉCNICAS
Artículo 38°: Condiciones de pago. El pago del precio ofertado se pagará en 36 cuotas, mensuales, previa certificación de cumplimiento.

Hito

Descripción

Monto

1 al 36

Pago mensual, contado desde el certificado de inicio del contrato y recepción conforme del equipamiento y concluyendo en el hito 36 de pago

Monto total del arriendo/36 meses


El proveedor deberá emitir mensualmente facturas a nombre del contratante,
CORRESPONDIENTE al mes de la prestación de servicios del cual se está facturando, junto a los antecedentes que respaldan su emisión (estado de pago, nómina de trabajadores procesadas e informe cumplimiento de niveles de servicio).
Los documentos serán centralizados y visados por el Referente técnico contratante, El servicio se pagará mensualmente por orden del Jefa de la División de Atención Primaria, que debe contener la recepción conforme de la totalidad de los bienes adquiridos.
El Estado de Pago deberá ser entregado dentro de los próximos 10 días corridos al
contar del término del mes.
Una vez recibido el documento indicado, el organismo contratante procederá a aprobar o rechazar el Estado de Pago correspondiente. En caso de rechazo, el adjudicatario deberá emitir un nuevo documento en los próximos cinco días hábiles siguientes, conforme a las observaciones remitidas.
En caso de aprobación, el adjudicatario podrá proceder con la facturación respectiva. 
Además, la última cuota deberá contemplar la entrega de:
•Toda la documentación y base de conocimiento que sea de interés del Contratante.
 Respaldo de los datos que sean de interés del Contratante.
•Generación de Información para traspaso del servicio según la definición del
Contratante.
En todo caso no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente
tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato.
Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados. No se podrán recibir boletas de honorarios por estos servicios.
Cada pago se efectuará dentro de 30 días, de acuerdo con lo establecido en el art. 133° del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y una vez obtenida la plena conformidad del bien o servicio contratado, contra el envío de la factura mediante la plataforma de Servicio de Impuestos Internos, dispuesta para tales efectos, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico.
La factura deberá contener en su glosa al menos N° de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. (No enviar documentos en sobre cerrado).
ARRIENDO CON OPCIÓN DE COMPRA Esta opción permite al MINISTERIO DE
SALUD acceder a la opción de que al terminar el plazo de arriendo la entidad
compradora pueda o no ejercer la opción de compra sobre los productos arrendados, a través del pago de un diferencial, que será equivalente a una renta adicional (cuota 37), al final del plazo de contrato. MINSAL si desea adquirir equipos bajo esta modalidad deberá notificar al Proveedor seleccionado con al menos con un mes de anticipación.

Artículo 39°: Antecedentes.

Objetivo General
15.- Objetivos.
Optimizar el desarrollo y la implementación de aplicaciones mediante la adquisición de 8 computadores de alta gama, que permitan el uso eficiente de diferentes plataformas avanzadas en la División.
Objetivo Especifico
1. Mejorar el rendimiento del desarrollo de aplicaciones: Asegurar que los
computadores seleccionados cuenten con hardware avanzado que permita una
ejecución fluida, reduciendo tiempos de carga y mejorando la experiencia del
usuario.
2. Facilitar la implementación de nuevas tecnologías: Garantizar que los equipos
tengan la capacidad técnica para integrar las últimas actualizaciones y
funcionalidades de variadas plataformas, asegurando la competitividad y
adaptación a cambios en el entorno tecnológico.
3. Incrementar la productividad del equipo de desarrollo: Proveer herramientas
adecuadas que permitan a los desarrolladores trabajar de manera más eficiente,
lo que resultará en un aumento en la cantidad y calidad de aplicaciones
desarrolladas
4. Asegurar la estabilidad y seguridad de la información: Dotar a los desarrolladores con computadores que cuenten con características de seguridad robustas, protegiendo los datos y la integridad de los proyectos en desarrollo.
5. Reducir costos a largo plazo: Minimizar la necesidad de mantenimiento y soporte técnico frecuente al contar con equipos de alta gama que son más confiables y duraderos, reduciendo así los gastos operativos en el futuro.

16.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.

Articulo 40°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios. -
El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios es de máximo 36 meses
contados desde la entrada en vigencia del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 28° de las presentes Bases.
Para tales efectos, se entenderá notificado luego de transcurridas 24 horas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento o resolución objeto de notificación. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, el MINISTERIO deberá remitir al oferente adjudicado copia del Acto administrativo aprobatorio del contrato mediante carta certificada, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente
a la recepción en la oficina de correos de la referida carta.

17.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.

Artículo 41°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros.
Arriendo de Notebook
Cantidad: 8
Procesador: Intel Core i9-13XXXX o AMD RYZEN 9 7XXX, que cumplan con los
siguientes requisitos técnicos: 24 núcleos / 32 hilos / 1600 MHz a 5400 MHz)
RAM: 32 GB DDR5 (5600 MHz)/
Almacenamiento: SSD 1 ТВ
Pantalla de 14" FHD
Cámara: Integrada de 5MP o superior.
Puertos Bus Universal en Seria (USB): 4 o más puertos USB de los cuales al
menos 1 deben ser tipo c
Salida de video: HDMI.
Conexión WIFI: WIFI 6
Seguridad: Ranura para candado de seguridad -chip de seguridad ТРМ
Sistema Operativo: Windows 11 pro o similar.
Garantía Debe cubrir la duración del contrato
Plazo de Entrega: 15 días corridos posterior a la orden de compra.
Servicios asociados.
Servicio de Instalación y puesta en marcha de los equipos arrendados y servicios
para su operación.
• Software y Servicio de Administración del contrato, Continuidad operativa,
Soporte, niveles de servicio e informes y administración de herramientas
centralizada del parque computacional y lo necesario para la continuidad
operativa requerida. 31
Inventario on line y actualización continua de los computadores del contrato.
Mantenimiento preventivo de equipamiento
Plan de Retiro y Borrado Seguro de Información y Retiro al Término del Contrato
Validación de Recepción Conforme de Equipos
Servicio de soporte técnico en terreno
Descripción e inducción de las herramientas y servicios consideradas en el
servicio.
Los equipos ofertados deben ser nuevos
Durante todo el periodo de arriendo, que cubra hurto, robo, incendios, daños
causados por desastres naturales y a terceros, incendio. El proveedor deberá
reponer el equipo mientras dura el proceso con la entidad aseguradora en un
plazo no mayor a 3 días a contar del aviso del siniestro. Por cada día de atraso se aplicarán 2 UF de multa.
NOTA: Las referencias a marcas específicas deben entenderse meramente referenciales, y en ningún caso se excluirán propuesta por el solo hecho de presentar equipos de marcas no contempladas explícitamente en los requisitos técnicos.
Servicios Generales:

Instalación y puesta en Marcha:

El servicio de arriendo deberá estar íntegramente implementado (instalado) dentro del plazo establecido en las presentes bases (ítem “Entrega”) contados desde la fecha de suscripción del contrato.

Asistencia:

El proveedor deberá prestar asistencia considerando los siguientes mecanismos de escalamiento (en el siguiente orden): Atención nivel 1: Acceso a Mesa de Ayuda a través de contacto telefónico, correo electrónico y/o chat web, con atención mínima de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs, asegurando un tiempo de respuesta no superior a 30 minutos. Atención nivel

2: Toma de control del equipo en forma remota para solución en línea dentro del horario laboral de la institución.

Atención nivel

3: Servicio técnico on-site dentro de un plazo contabilizado desde reportado el problema: -dentro de 1 día hábil. El usuario deberá poder conocer el status de su requerimiento vía plataforma web y/o servicio telefónico. El software que utilice el proveedor para dar soporte podrá ser auditado por el organismo contratante, a modo de fiscalizar el uso adecuado de la información. Adicionalmente, se debe proporcionar un “Servicio de Diagnóstico y Soporte a Distancia” vía telefónica para que opcionalmente el equipo técnico de cada organismo comprador pueda tratar de resolver los problemas rápidamente, sin requerir de la visita del servicio técnico (on- site).

La posible información que visualice el área técnica debe ser tratada como confidencial.

Continuidad operativa:

Sí. Una vez informada la falla, y ante la necesidad de retirar el equipo, el proveedor deberá entregar un equipo de reemplazo en un plazo no superior:

1 día hábil. El equipo de reemplazo debe ser a lo menos de las mismas características del arrendado, y se deberá dejar en custodia de la institución la unidad de almacenamiento, mientras se realiza la reparación y/o cambio del equipamiento para hacer traspaso de información del usuario.

Reemplazo de equipos con fallas reiterativas:

Si el equipo presenta 3 fallas de hardware en el periodo de 1 año, deberá ser reemplazado por uno nuevo de las mismas características o superiores, incluyendo la migración de los datos del equipo a reemplazar. El protocolo de reposición se detallará en el respectivo contrato.

Seguro de Hardware

Si el equipo presenta 3 fallas de hardware en el periodo de 1 año, deberá ser reemplazado por uno nuevo de las mismas características o superiores, incluyendo la migración de los datos del equipo a reemplazar. El protocolo de reposición se detallará en el respectivo contrato.

Actualización de inventario

El proveedor deberá contar con una bitácora de inventario, la cual deberá ser actualizada a medida que se generan los reemplazos de equipos durante la vigencia del contrato, este inventario podrá ser solicitado en cualquier etapa del contrato por cualquiera de los organismos.


1. Servicio de instalación y puesta en marcha
Este servicio consiste en la obligación del proveedor adjudicado de dejar operativo cada uno de los equipos computacionales contratados. El servicio de instalación y puesta en marcha deberá comprender el desarrollo de las siguientes actividades:
1. Desembalaje, revisión e instalación física del equipo en la Entidad Usuaria
correspondiente.
2. Armado de componentes básicos.
3. Verificación de conexión adecuada a la toma de corriente.
4. El cable de energía eléctrica y los enfunches los debe proveer son del tipo C/L.
5. Instalación de periféricos adicionales que posea el Usuario y que sean soportados por el equipo (escáner, impresoras, fax, video proyectores, etc.).
6. Configuración de parámetros del sistema operativo y nivel de parchado solicitados por la contraparte técnica. Instalación y configuración del software base asociado a cada funcionario.
7. Configuración y puesta en marcha de los periféricos instalados.
8. Instalación y configuración a la red, de acuerdo con las normas establecidas por la contraparte técnica.
9. Como parte del servicio para los Desktop el proveedor deberá conectar cada equipo al punto de red establecido por la entidad compradora como parte de la instalación física.
10. El cable de red (UTP CAT6A o superior) deberá ser provisto por el proveedor, para conectarlo en un radio máximo de 3 metros
11. Definición de la impresora o servicio de impresión que se conectará a los equipos computacionales que se están instalando.
12. Disponer un archivo en formato digital que contenga al menos: Número de serie de cada equipo, fecha de entrega, guía de despacho, código de licencia del sistema operativo y de todo software involucrado en la oferta, los documentos relacionados con la garantía y mantenimiento y un informe de registro de fallas y cambios de partes y piezas para cada equipo.
13. Creación de los perfiles de usuario, considerando el mapeo de las unidades de red. configuración de impresoras de red, configuración de los perfiles de correo
electrónico y transferencia y migración de todas las aplicaciones e información de
cada usuario al nuevo equipamiento.
14. Las configuraciones se podrán realizar de forma remota, en caso de que sea
técnicamente posible.
2. Encargado técnico
El proveedor seleccionado designará una persona de contacto oficial para la ejecución del contrato e interlocución con el organismo.
3. Entrega
El proveedor adjudicado deberá entregar los equipos en Monjutas 565, piso 8, o las
dependencias que sirvan de oficinas para la División de Atención Primaria, o en aquellas que se indique en coordinación con la Contraparte Técnica Ministerial. Luego de adjudicado, el proveedor deberá proporcionar un plan para la entrega de equipos, con fechas no superior a 15 días corridos una vez emitida la orden de compra, definidas y coordinado con el organismo comprador Se deja expresa constancia que el organismo mandante pueden movilizar por cuenta propia los equipos durante la ejecución del arriendo. Con todo el soporte técnico se deberá entregar en los puntos señalados en las presentes bases, sin perjuicio de las eventuales facilidades que pueda entregar el proveedor adjudicado sin cargo adicional.

18.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.
Artículo 42°: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.
El Plazo de ejecución será máximo es 36 meses a contar del día siguiente de la fecha de notificación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7°.
Los bienes y/o servicios contratados deberán ser entregadas en monjitas 565, piso 8, Santiago, o en aquellas que sirvan de oficinas de la División de Atención Primaria, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, en coordinación con la Contraparte Técnica Ministerial. 
19.- Contraparte Técnica Ministerial.

Artículo 43°: Contraparte Técnica Ministerial.
Será la Contraparte Técnica Ministerial, un profesional del Departamento TIC del
Ministerio de Salud.
Las comunicaciones entre el Ejecutor y la contraparte técnica se realizarán
preferentemente a través de correo electrónico dirigido al referente del Proveedor o responsable del proyecto y al Gerente de Proyecto designado para este fin.
La contraparte técnica deberá emitir las certificaciones conformes respectivas yу
enviarlas a su contraparte administrativa en un plazo no superior a 10 días hábiles desde la recepción o entrega del servicio por parte del Ejecutor o Contratista.
Para fines de seguimiento de los bienes y/o servicios contratados, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial, entre otros, efectuar las recepciones y realizar las validaciones, revisiones y aprobaciones de los productos propios de la licitación que corresponden a las fases definidas para este proyecto, y que serán entregados el Proveedor.
Al efecto, la Contraparte Técnica Ministerial podrá:
-Convocar al Ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y
calidad de los bienes y/o servicios contratados
-Proporcionar al Ejecutor la información disponible y asistencia que requiera
para el desarrollo de su trabajo.
-Evaluar los informes entregados por el Ejecutor. Su aprobación o rechazo
será comunicado al Ejecutor vía correo electrónico, con copia al Encargado
Técnico designado por él.
-Emitir los Informes de Cumplimiento del Ejecutor.
-Informar al Subsecretario respecto de cualquier incumplimiento del Ejecutor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.

20. Condiciones y restricciones.
Artículo 45°: Presentación de propuestas.
Los oferentes deberán presentar su propuesta por todos los servicios licitados.

Artículo 46°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios
contratados.
Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de
propiedad exclusiva del MINISTERIO, reservándose el derecho de disponer de ellos
libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa del MINISTERIO.
1) CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA GENERAL DE SEGURIDAD DE LA
INFORMACIÓN
Todo oferente, funcionario, proveedor del Minsal debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link http://web.minsal.cl/seguridad de la informacion, las cuales se presumen conocidas por el oferente, para todos los efectos legales, además de cumplir con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL para cada proyecto o tarea.

Toda persona que desarrolle labores para Minsal, ya sea por contratación directa o
indirecta deberá dar estricto cumplimiento a la Política General de Seguridad de la
Información, observando sus directrices y colaborando en su aplicación dentro de su ámbito de acción.
En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, Minsal se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción, así como las
sanciones legales, administrativas y contractuales, que se consideren pertinentes en relación a la empresa o persona contratada. Tratándose de proveedores, bajo ninguna circunstancia este hecho relevará a la Empresa de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato.

2) GESTIÓN DE SEGURIDAD
Plan de Gestión Integral de Seguridad
Se deberá contar con un plan de gestión integral de seguridad, que considere auditorías internas y externas con validación de resultados y metodologías de trabajo en este aspecto, de acuerdo a los estándares vigentes.
Todo proyecto de desarrollo o mantención de software contará con los mecanismos de auditoría de seguridad de la información, actas de trabajo y de aceptación de entregables, responsables y los periodos de revisión, debiendo conservar los registros de auditoría de las actividades que se realicen, incluyendo administradores y operadores, de las excepciones o incidentes de información y mantenerlos durante un período acordado para ayudar en investigaciones futuras y en el seguimiento y monitoreo del control de acceso.
MINSAL podrá realizar auditorías de los procesos, controles de desarrollo y soluciones de los proveedores para verificar su nivel de seguridad. Verificado un quiebre de seguridad, el proveedor deberá realizar las acciones de mitigación de los eventuales daños o fugas de datos, además de mantener un plan de acción que garantice la continuidad operacional.
Sin perjuicio de la obligación del proveedor de realizar acciones de monitoreo
permanente de seguridad, MINSAL asimismo realizará auditorías de seguridad de los sistemas propios y de los proveedores.
Los proveedores deben contar con un sistema de gestión de vulnerabilidades, con un modelo ágil de solución de todas aquellas vulnerabilidades que detecten o de las que sean alertados por terceros, aunque aún no hayan sido explotadas.
El colaborador o proveedor que tome conocimiento de una vulnerabilidad que pudiere afectar un sistema de Minsal deberá informarla a su jefatura o a la contraparte institucional tan pronto como tome conocimiento de ellas, haciendo presente los antecedentes técnicos de que disponga y las medidas de mitigación que se adopten o que se recomienden por la industria o expertos del área de seguridad.
Toda persona que interactúa con sistemas de información o comunicaciones que opere en MINSAL o interopere con sistemas de MINSAL debe ser capacitado en seguridad de la información en el nivel requerido para las funciones que preste, debiendo estar capacitado para el desarrollo del servicio provisto en las condiciones de seguridad 
requeridas.
Tratándose de proveedores, el Procedimiento de Gestión de Vulnerabilidades e
Incidentes de Seguridad de la Información considerará como mínimo las siguientes
actividades:
Realización, cada tres meses, de un escaneo de las plataformas, sistemas de
comunicación y programas computacionales en busca de vulnerabilidades.
manteniendo un registro de los resultados.
• Si se detectare alguna vulnerabilidad, deberá realizar las siguientes acciones:
• Notificar al Ministerio de la vulnerabilidad detectada dentro de las 24
horas desde su detección, a efectos de que Minsal califique su criticidad
y adopte las medidas que estime pertinentes para el resguardo de la
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3)

Ο
información.
Si la vulnerabilidad detectada tuviere el carácter de crítica a juicio del
Ministerio, se deberá gatillar de inmediato una revisión preventiva general
del sistema
Desarrollar las acciones preventivas y correctivas que sea necesario para
mantener niveles altos de seguridad del sistema, lo que deberá quedar
debidamente registrado en el sistema de gestión de incidentes.
Registrar en el sistema de gestión de incidentes todos los antecedentes
necesarios para el seguimiento del incidente y gestión del conocimiento.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Toda la información que se revele por MINSAL y sus organismos relacionados a sus
colaboradores o proveedores tendrá el carácter de confidencial. Será de
responsabilidad del proveedor instruir en esta condición a sus colaboradores.
subcontratistas y personas relacionadas, cualquiera sea el formato y medio a través del
cual se haga llegar. Esta información sólo podrá ser utilizada dentro del marco de la
función o de los servicios o productos contratados. Por tanto, queda estrictamente
prohibido cualquier uso de esa información fuera de dicho marco, o para finalidades
distintas al cumplimiento de las obligaciones que emanan para las partes del respectivo
contrato.
Cada parte deberá informar inmediatamente y en la forma más expedita posible a la
otra, si tuviere conocimiento de cualquier incidente que pueda ocasionar la fuga, mal
uso o apropiación indebida de la información, especialmente tratándose de los datos
personales.
Consecuentemente, tanto el colaborador interno como todo proveedor está obligado a:
• Abstenerse de utilizar la información para su propio beneficio o con cualquier
otro propósito distinto al de utilizarlos para prestar los servicios en los términos
y condiciones establecidos en el contrato.
Jamás revelar información proporcionada por MINSAL a terceros, excepto a
aquellos de sus empleados o asesores, que requieran conocer dicha
información a fin de poder prestar el referido servicio.
Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la
confidencialidad y evitar la divulgación y uso indebido de la información.
Adoptar las medidas técnicas y organizativas conducentes a evitar el
tratamiento de datos personales fuera del marco de la finalidad asociada al
cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, evitando realizar
cualquier operación de tratamiento de datos personales no autorizado por el
contratante
Hacerse responsable por los hechos de sus dependientes y personal asociado
que hayan entrado en contacto con la información, que impliquen una infracción
a los deberes de confidencialidad, reserva y secreto establecidos en el contrato
y la legislación vigente.
Informar a MINSAL sobre cualquier incidente que afecte la confidencialidad de
la información y especialmente los datos personales a que se tenga acceso con
ocasión del contrato.
La infracción a estos deberes será constitutiva de incumplimiento grave a las
obligaciones del contrato.
Con todo, aún si la información fuera divulgada con antelación a la suscripción del
contrato o posteriormente, como resultado de una exigencia de una autoridad judicial o administrativa, el contratante no podrá utilizar la información para finalidades ajenas al contrato. En el caso que por requerimiento de autoridad judicial y/o administrativa el proveedor se vea compelido a revelar la información confidencial, deberá notificar de esta circunstancia al contratante, por la vía más expedita posible.
Al momento del término del contrato, por cualquier causal, la persona o el proveedor debe restituir, según lo indique MINSAL, toda la información relevante que le haya sido revelada o haya sido generada con ocasión del contrato. Esta obligación aplicará especialmente la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, medios magnéticos o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma, debiendo cancelar en sus sistemas toda la información a que haya tenido acceso con ocasión del contrato, quedando facultado desde ya el contratante para verificar esta circunstancia.
La obligación de confidencialidad de la información tiene una duración indefinida, desde que es revelada, con prescindencia de vigencia del Contrato.
En todo caso, el MINSAL dará una aplicación sistémica y concordante a la obligación de confidencialidad con la de transparencia, establecida en la ley 20.285.
4) PROPIEDAD INTELECTUAL
MINSAL exige el cumplimiento estricto de los derechos de propiedad intelectual. Todo colaborador y proveedor que presta servicios a MINSAL o a sus organismos
relacionados deberá garantizar el cumplimiento de las restricciones legales al uso del material protegido por normas de propiedad intelectual. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos que no cuenten con licencia. Asimismo, queda prohibido el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
Consecuentemente, el incumplimiento de esta circunstancia no podrá acarrear ningún tipo de responsabilidad para el contratante, debiendo éste hacerse cargo de cualquier reclamo de tercero en esta materia.
Todos los bienes y activos de propiedad intelectual del proveedor se mantendrán bajo la titularidad, salvo acuerdo expreso y por escrito que disponga lo contrario. Asimismo, cualquier información que MINSAL ponga a disposición del proveedor, ya sea en la fase de licitación, adjudicación o ejecución del contrato, se considerará de titularidad del Ministerio y se regirá por lo dispuesto en el acápite de responsabilidad.
En aquellos casos que se prevea esta circunstancia, las licencias correspondientes
serán transferidas al Ministerio una vez concluido este contrato, quedando prohibido al proveedor su uso posterior sin el consentimiento expreso del MINSAL.
5) BORRADO SEGURO DE INFORMACIÓN AL TERMINO DEL CONTRATO
La información almacenada en los equipos informáticos de la presente licitación debe mantener un carácter de confidencialidad, no deberá sufrir ningún tipo de filtración. Por lo tanto, para resguardar la propiedad intelectual, características de seguridad de información y no divulgación de esta última, es que se solicita al proveedor de servicios presentar un plan de trabajo en la etapa de retiro de equipamiento que garantice el borrado seguro de los equipos informáticos.
El proveedor deberá presentar al respecto:
Procedimiento de Borrado Seguro de Información, incluyendo la metodología de
borrado de información (esta no debe permitir en ningún caso la
recuperación de la información), tiempos aproximados (por equipo) de
borrado de información y checklist de confirmación de borrado de información
que garantice la correcta ejecución de este hito.
Calendario de Retiro de equipamiento. Incluyendo en el las etapas y tiempos
involucrados para realizar el borrado seguro, embalaje final y retiro del activo
desde los establecimientos.
6) NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD DE LA INFORMACION
El proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa vigente aplicable al contrato, durante toda su vigencia. En especial deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos normativos:
Normativa del sector salud: DFL N° 1, de 24 de abril de 2006, Ministerio de
Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley
N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y 18.469; DFL N° 725, Ministerio
de Salud, Código Sanitario; la Ley N°20.584, referida a Deberes y Derechos
que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención
de Salud; Decreto N° 41, de 24 de julio de 2012, del Ministerio de Salud,
Reglamento de Ficha Clínica; Decreto N° 31 de 15 de junio de 2012, del
Ministerio de Salud, Reglamento sobre entrega de información y expresión
de consentimiento informado en las atenciones de salud; la ley 20.724, de
2014, que modifica el Código Sanitario en materia de regulación de
medicamentos; ley 20.850, de 2016, que crea un sistema de protección
financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje
póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos; ley 19.966, de 2004, que
establece un régimen de garantías de salud; ley 19.650, que perfecciona
normas del área de la salud; ley 20.120 de 22 de septiembre de 2006, sobre
la investigación científica en el ser humano, su genoma, y prohíbe la
clonación humana y demás normativa del área de la salud.
En materia de documentos electrónicos: Ley 19.799 de 12 de abril de 2002
y su normativa complementaria, especialmente el Decreto Supremo N°83,
del Ministerio secretaría General de la Presidencia, publicado el 12 de enero
de 2005 en el Diario Oficial; El Decreto N° 14, de 2014. del Ministerio
secretaría General de la Presidencia, el decreto N° 1 de 2015, del Ministerio
secretaría General de la Presidencia.
En materia de protección de datos personales: el art. 19 N° 4 de la
Constitución Política de la República y la ley de protección de datos
personales N° 19.628 y su normativa complementaria; la ley 20.575 sobre el
principio de finalidad en el tratamiento de datos personales.
En materia de delitos informáticos: lo dispuesto en la ley 19.223 sobre delitos
informáticos. Ley 20009, sobre conación de tarjetas de crédito.
Leyes de aplicación general: Ley 19.880 de bases de los procedimientos
administrativos; Ley NÚM. 21.180, de transformación digital del Estado; ley
20.285 de transparencia y acceso a la información pública; Ley 19.886 de
compras públicas.
En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los requerimientos de la nueva normativa.





BASES GENERALES
Es responsabilidad del oferente leer las bases Administrativas, Económicas y Técnicas adjunta en esta licitación
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.