Licitación ID: 4127-2-LQ23
SD-ARRIENDO 100 EQUIPOS COMPUTACIONALES 48 MESES
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES, Subsecretaria de Redes Asistenciales
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 133
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 33 Unidad
Cod: 43211503
Laptop UltraBook Ejecutivo  

2
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 7 Unidad
Cod: 43211503
Laptop Ultrabook Gma Alta  

3
Computadores de escritorio 60 Unidad
Cod: 43211507
All in One Ejecutivo  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SD-ARRIENDO 100 EQUIPOS COMPUTACIONALES 48 MESES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
“ARRIENDO 100 EQUIPOS COMPUTACIONALES POR 48 MESES, PARA EL DEPARTAMENTO DE SALUD DIGITAL, DE LA SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES” Entregar habilitantes tecnológicos como equipos computacionales a personal perteneciente al Departamento de Salud Digital para garantizar el desempeño de sus funciones y cumplimiento de sus objetivos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Dólar Americano
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Unidad de compra:
Subsecretaria de Redes Asistenciales
R.U.T.:
61.975.700-9
Dirección:
Mac Iver 541
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-03-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 30-01-2023 10:25:20
Fecha inicio de preguntas: 30-01-2023 12:01:00
Fecha final de preguntas: 14-02-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-02-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-03-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-03-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 14-12-2023 13:27:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos en formato editable: Identificación del oferente (ANEXO 2 A B y C) Carta Declaración de Responsabilidad (ANEXO 3A B y C)
Documentos Técnicos
1.- Anexos técnicos en formato editable
 
Documentos Económicos
1.- Anexo económico en formato editable (Anexo 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta administrativa Se refiere al cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta. 5%
2 Propuesta económica Monto informado como Oferta Económica (precio) 30%
3 Oferta técnica La oferta técnica debe incluir lo solicitado en las bases técnicas de la licitación, ajustándose a los objetivos y especificaciones señaladas en las especificaciones técnicas en el Artículo 41°: Objetivos y Artículo 42°: Bienes y/o servicios requeridos. 45%
4 PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN Días como plazo para la instalación y operatividad de los equipos. 9%
5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE El criterio de experiencia se evaluará considerando la cantidad de años de experiencia y cantidad de servicios que tengan similar naturaleza producto del presente proceso licitatorio. La nota se calculará con la sumatoria de cada subcriterio. 9%
6 CERTIFICADO DE PARTNER Se considerará la certificación como respaldo de calidad por parte de la marca de los equipos, considerando al oferente como partner calificado y especializado. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 48 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Angelica Castro
e-mail de responsable de pago: acastro@minsal.cl
Nombre de responsable de contrato: Contraparte Tecnica
e-mail de responsable de contrato: na@minsal.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-00000000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Subsecretaria de Redes Asistenciales, Rut 61.975.700-9
Fecha de vencimiento: 13-06-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Revisar Artículo 14°: Garantías
Glosa: "garantiza seriedad oferta, suscripción contrato dentro de plazo establecido en bases, y constitución y entrega oportuna de garantía de fiel y oportuno cumplimiento", citándose el nombre y N° ID de la presente licitación.
Forma y oportunidad de restitución: Revisar Artículo 14°: Garantías
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Subsecretaria de Redes Asistenciales, Rut 61.975.700-9
Fecha de vencimiento: 30-09-2027
Monto: 20 %
Descripción: Revisar Artículo 27°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
Glosa: “ARRIENDO 100 EQUIPOS COMPUTACIONALES PARA SALUD DIGITAL POR 48 MESES”, indicándose el Nº ID de la presente licitación
Forma y oportunidad de restitución: Revisar Artículo 27°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.

Artículo 1°: Antecedentes. -

El Ministerio de Salud llama a licitación pública para la contratación del servicio de ARRIENDO, CON OPCIÓN DE COMPRA DE 100 EQUIPOS COMPUTACIONALES PARA SALUD DIGITAL POR 48 MESES”.

Artículo 2°: Bases. -

Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

I.- Bases Administrativas.

II.- Bases Económicas.

III.- Bases Técnicas.

IV.- Anexos:

Anexo Nº1      : “Calendario de la Licitación”.

Anexo Nº2-A  : “Identificación del Oferente Persona Natural”.

Anexo Nº2-B  : “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.

Anexo N°2-C  : “Identificación Unión Temporal de Proveedores”

Anexo Nº3-A  : “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural”.

Anexo Nº3-B  : “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica”.

Anexo N°3-C  : “Carta Declaración de Responsabilidad Unión Temporal de Proveedores”

Anexo Nº4      : Formato de “Oferta Económica”.

Anexo N°5      : “Requerimientos técnicos mínimos para el servicio”.

Anexo N°6      : “Experiencia del Oferente en el rubro”

Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

a) Las presentes Bases Administrativas, Económicas, Técnicas, y los respectivos anexos.

b) El contrato y sus anexos respectivos.

c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.

Artículo 4°: Definiciones. -

Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:

MINISTERIO: Ministerio de Salud.

Ministro/a: Ministro/a de Salud.

Subsecretaría: Subsecretaría de Redes Asistenciales.

Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el MINISTERIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.

Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).

Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).

Bases: Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, y Anexos, que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el MINISTERIO, que describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo.

Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.

Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen las condiciones económicas de la licitación y del contrato a que dé lugar.

Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar.

Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.

Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta.

Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:

a)     Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.

b)     La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.

c)     La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.

Forman parte también de la respectiva Propuesta los siguientes documentos:

  1. Las garantías requeridas.
  2. Las presentes Bases.
  3. Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.

Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.

Adjudicatario: Oferente cuya Propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo.

Contrato: Contrato que celebra la Subsecretaría y el proponente cuya Propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación.

Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo con las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO.

Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.

Artículo 5°: Plazos de la licitación. -

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente.

Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 30 y 62 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. 

Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. -

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.

 Artículo 7°: Notificaciones. -

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el Ministerio publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Artículo 8°: Condiciones económicas de la Propuesta. -

La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes.

El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas.

2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.

Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases. -

El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información, asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -

Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, que cumplan con los demás requisitos establecidos en las presentes Bases.

No podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que hayan sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras.

Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.

Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado.

La Dirección ChileCompra verificará esta información a través del Registro que se lleva para tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica.

Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.

El Ministerio no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.

En caso de Unión temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

Además, en el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos Funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el sólo hecho de participar en esta Licitación, el proponente declara:

a)  No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.

b)  Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación a la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.

c)   Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.

d)  Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.

e)  Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.

f)    Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.

Inscripción en el Registro de Proveedores

En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El Ministerio, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.

Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Ministerio podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Ministerio podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.

Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.

3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.

Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -

Cada proponente podrá presentar solo una Propuesta.

La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b), c) del artículo 13º de estas presentes Bases, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.

No es requisito estar inscrito en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile Proveedores para presentar propuestas, sin perjuicio de lo cual, el adjudicatario deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días contados desde la desde la notificación de la resolución de adjudicación, condición que será requisito para poder suscribir el contrato.

Subsanación de errores u omisiones formales

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

Artículo 13°: Contenido de la Propuesta.-

El contenido de la Propuesta será el siguiente: 

a) Antecedentes del oferente y otros documentos.

a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:

  1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
  2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente.
  3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.

a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:

  1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
  2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente.
  3. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
  4. Fotocopia simple de la escritura pública o acto administrativo, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representante (s) legal (es) del proponente. Se deberá marcar con destacador el texto en que conste la designación del (o los) representante (s) legal (es).
  5. En el caso que la sociedad esté inscrita en un Registros de Comercio, se deberá acompañar un certificado de vigencia de poder y de vigencia social, emitido por el respectivo Conservador, con una fecha de emisión no superior a 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de la oferta. Este requisito será aplicable, en los términos que corresponda, a las sociedades inscritas en el registro de empresas y sociedades de la Subsecretaría de Economía y empresas de menor Tamaño.
  6. En el caso de Sociedades por acciones, se deberá presentar un certificado de accionistas emitido por el Representante Legal de la sociedad, en el cual conste el nombre y rut de cada accionista, junto con el número de acciones que poseen los mismos en la sociedad, con una fecha de emisión no superior a 15 días corridos contados desde la fecha de presentación de la oferta.
  7. Fotocopia simple del RUT del proponente.

a.3) Otros antecedentes aplicables para ambos tipos de oferentes.

En el caso de Unión Temporal de Proveedores se deberá acompañar el instrumento en que se formaliza la unión el cual, a lo menos, debe establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá́ ser inferior a la del contrato adjudicado. Sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá́ materializarse por escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad.

b) Oferta Técnica.

La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado III de las presentes Bases.

La oferta técnica deberá contener, además, las siguientes características requeridas, ya sean igual, similar o superior:


 

Laptop (ULTRBOOK EJECUTIVO)

Especificaciones Generales

Requisito Técnico Mínimo

Sistema Operativo

Windows 11 Professional

Procesador (fabricante)

INTEL CORE i5 - AMD RYZEN (11ma GENERACION o SUPERIOR), SUPERIOR O EQUIVALENTE

Memoria RAM

16 GB RAM DDR4

Almacenamiento

256 GB SSD

Tamaño Pantalla

14”

Resolución Máxima

1920X1080

LAN (o adaptador )

SI

Wi-Fi

COMPATIBLE CON ESTANDARES 802.11, 802.11N, 802.11AC 2X2 O SUPERIOR

Bluetooth

ESTANDAR 5.0 O SUPERIOR

WebCam

SI

USB 3.1

SI

VGA (o adaptador)

SI

HDMI

SI

Batería

MÍNIMO 60WH CON 4 CELDAS MÍNIMO

Peso (kg)

HASTA 1.7 KG

Licencia

Microsoft 365 Business Standard con one drive de 1 TB

Antivirus

SI

Equipamiento

Docking Station usb

Laptop (ULTRABOOK GAMA ALTA)

Especificaciones Generales

Requisito Técnico Mínimo

Sistema Operativo

Windows 11 Professional

Procesador (fabricante)

INTEL CORE i9 - AMD RYZEN (11ma GENERACION o SUPERIOR), SUPERIOR O EQUIVALENTE

Memoria RAM

32 GB RAM DDR4

Almacenamiento

1 TB SSD

Tamaño Pantalla

14”

Resolución Máxima

1920X1080

LAN (o adaptador)

SI

Wi-Fi

COMPATIBLE CON ESTANDARES 802.11, 802.11N, 802.11AC 2X2 O SUPERIOR

Bluetooth

ESTANDAR 5.0 O SUPERIOR

WebCam

SI

USB 3.1

SI

VGA

SI

HDMI

SI

Batería

MÍNIMO 60WH CON 4 CELDAS MÍNIMO

Peso (kg)

HASTA 1.7 KG

Licencia

Microsoft 365 Business Standard con one drive de 1 TB

Antivirus

SI

Equipamiento

Docking Station usb

All in One (EJECUTIVO)

Especificaciones Generales

Requisito Técnico Mínimo

Sistema Operativo

Windows 11 Profesional

Procesador

INTEL CORE i5 - AMD RYZEN (11va GENERACION o SUPERIOR), SUPERIOR O EQUIVALENTE

Memoria Incluida

16 GB RAM DDR4

Almacenamiento

256 GB SSD

Tamaño Pantalla

24”

Resolución Máxima

1920x1080

LAN

SI

Wi-Fi

COMPATIBLE CON ESTANDARES 802.11, 802.11A/B/G/N, 802.11AC

Bluetooth

ESTANDAR 5.0 O SUPERIOR

WebCam

SI

USB 2.0

SI

USB 3.0

SI

HDMI

SI

Licencia

Microsoft 365 Business Standard con one drive de 1 TB

Antivirus

SI

Todos los equipos deben considerar certificación de eficiencia energética “Energy Star” y de uso de sustancias peligrosas “RoHs”.

c) Oferta Económica.

La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas contenidas en el apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°4 de estas Bases.

4.- Requerimiento de Garantía

Artículo 14°: Garantías. -

La seriedad de la Propuesta será garantizada por cada oferente mediante una caución que deberá cumplir con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

El instrumento deberá ser entregado en la Oficina de Partes del Ministerio de Salud, ubicado en calle Mac-Iver N° 541, primer piso, comuna de Santiago, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 "Calendario de Licitación". La falta de entrega, o entrega disconforme o fuera del plazo señalado será causal de exclusión de la Propuesta conforme a lo establecido en el artículo 15°.

Esta garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma.

La falta de entrega, o entrega disconforme o fuera del plazo señalado, de la garantía de seriedad de la oferta será causal de exclusión de la propuesta conforme a lo establecido en el Artículo N° 15.

La garantía deberá ser tomada a la orden de la Subsecretaría de Redes Asistenciales Rut 61.975.700-9, deberá ser de un monto equivalente a $1.000.000.- , con fecha de vencimiento a los 90 días, contados desde la fecha de apertura de las ofertas, ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y consignar la siguiente frase: "garantiza seriedad oferta, suscripción contrato dentro de plazo establecido en bases, y constitución y entrega oportuna de garantía de fiel y oportuno cumplimiento", citándose el nombre y N° ID de la presente licitación.

La garantía de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada en los siguientes casos:

1.- Si el proponente retira su oferta durante el período de validez establecido en el artículo 18° de las presentes Bases.

2.- Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.

3.- Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el Nº 2 precedente, no cumple con lo establecido en el artículo 26º de las presentes Bases o, si cumpliendo, no procede a la suscripción del respectivo contrato dentro del plazo establecido en el artículo 28º.

No concurriendo las circunstancias anteriores, la Subsecretaría procederá a la devolución de la garantía de seriedad de la propuesta debidamente endosada al proponente, dentro de los cinco días siguientes a la firma del contrato respectivo con el adjudicatario.

La devolución de la garantía de seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, mediante solicitud escrita dirigida a la Subsecretaría, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.

Sin perjuicio de lo anterior, la garantía de seriedad de la oferta del proponente que haya terminado en segundo lugar según los puntajes de la evaluación será devuelta de la forma establecida en el párrafo precedente, pero sólo una vez que el contrato haya sido firmado con el proponente que se haya adjudicado la licitación, a fin de resguardar la posibilidad de Re-adjudicación.

5.- Admisibilidad de las Propuestas.

Artículo 15°: Admisibilidad de las Propuestas. -

Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12º, 13º y 14º, todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:

  • Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 10º de las presentes Bases.
  • Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 12º de las presentes Bases.
  • Que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta según lo establecido en el artículo 14º de las presentes Bases.
  • Que los oferentes no entreguen la totalidad de los antecedentes exigidos como de admisibilidad en las presentes Bases.
  • Que la oferta económica supere el monto máximo disponible para la contratación.
  • Que la propuesta técnica no cumpla con las condiciones mínimas establecidas en las bases técnicas.

Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme a lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo N° 9 de la Ley N° 19.886, todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 16° siguiente.

Tratándose de oferentes inscritos en el registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.

Artículo 16°: Errores u omisiones formales. -

La Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

La Subsecretaría podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, la Subsecretaría a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal de tres días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con cero puntos en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales” o “Presentación y completitud de Antecedentes” descrito en el artículo 22 de estas Bases.

Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos.

6.- Apertura Electrónica.

Artículo 17°: Apertura Electrónica. -

La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.

7.- Validez de las Propuestas.

Artículo 18°: Validez de las Propuestas. -

Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, si el oferente desistiera de su oferta dentro de este periodo, se procederá al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida sin proceder al cobro de la Garantía.

8.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.

Artículo 19°: Comisión de Evaluación. -

El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación, designada para estos efectos en las presentes Bases, e integrada por los siguientes miembros:

a)  El jefe del Departamento Tic o un profesional designado por éste.

b)  La Jefa del Departamento de Salud Digital o un profesional designado por ésta.

d)  Un profesional de la División de Finanzas y Administración Interna (DIFAI), designado por la jefatura de esta Unidad.

Para el proceso de evaluación de las propuestas, la comisión podrá contar con la presencia de un representante de la División Jurídica, el cual no formará parte de la evaluación, sino que asesorará legalmente este proceso.

En caso de ausencia o impedimento de los miembros de la Comisión Evaluadora, éstos serán reemplazados por el funcionario que legalmente le subroguen en el cargo.

Esta comisión deberá evaluar las ofertas y recomendar a la Subsecretaría de Redes Asistenciales su adjudicación, o que se declaren inadmisibles por incumplimiento de requisitos o se declare desierta la propuesta, según corresponda.

La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública.

Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:

  1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en el artículo 15º y 16° de las presentes Bases.
  2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
  3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y ser las más convenientes a los intereses del Ministerio, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación.

La Comisión de Evaluación, rechazará aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en la presente licitación.

Todos los miembros integrantes de la comisión evaluadora deben efectuar una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes.

El Informe de Evaluación de las propuestas elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y deberá ser enviado a la Subsecretaría de Redes Asistenciales.

La decisión de adjudicación de la Sra. Subsecretaría de Redes Asistenciales será remitida, conjuntamente con el Informe de Evaluación, a la División Jurídica para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación, deberá remitir a dicha División la propuesta adjudicada y sus antecedentes respectivos.

Artículo 20°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas. -

Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en el artículo 15º y 16° de las presentes Bases.

Artículo 21°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -

La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.

La Comisión tendrá un plazo no superior a 10 días corridos contados desde la apertura de las ofertas para el análisis de las propuestas.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico.

Las propuestas serán analizadas por la Comisión Evaluadora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19º de las presentes bases.

Durante el proceso de evaluación el Ministerio, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el Ministerio y sus funcionarios.

Artículo 22°: Criterios de evaluación y su ponderación. -

Se evaluarán las propuestas, de acuerdo con las ponderaciones establecidas para cada criterio de evaluación, según los siguientes parámetros:

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACION

DESCRIPCIÓN

Propuesta económica

30%

Monto informado como Oferta Económica (precio)

Propuesta técnica

45%

Oferta técnica

9%

Experiencia del Oferente en el rubro

9%

Plazo de implementación

2%

Certificado de partner de la marca ofertada

Propuesta administrativa

5%

Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de su propuesta dentro de plazo.

CRITERIO DE EVALUACIÓN

PROPUESTA ECONÓMICA

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

30%

Oferta Económica presentada en Anexo N°4.   

Puntaje Máximo

Nota 7,0

Fórmula de Cálculo

Precio menor * 7

Precio ofertado

CRITERIO DE EVALUACIÓN

OFERTA TÉCNICA

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

45%

Descripción

La oferta técnica debe incluir lo solicitado en las bases técnicas de la licitación, ajustándose a los objetivos y especificaciones señaladas en las especificaciones técnicas en el Artículo 41°: Objetivos y Artículo 42°: Bienes y/o servicios requeridos.

El oferente al momento de presentar oferta deberá adjuntar su propuesta técnica detallada, además de adjuntar el Anexo N° 5, en el cual dé cuenta de Ia aceptación de ejecución de todos los servicios requeridos en las presentes bases.

Puntaje Máximo

7 Puntos

Supera en hardware y software los requerimientos y especificaciones técnicas requeridas, a lo menos en 1 ítem de cada aspecto respectivamente.

7

Ofrece mejores requerimientos y especificaciones técnicas de software requeridas, a lo menos en 1 ítem.

5

Ofrece mejores requerimientos y especificaciones técnicas de hardware requeridas, a lo menos en 1 ítem.

4

Cumple con todas las especificaciones técnicas requeridas.

2

No cumple con las condiciones técnicas indicadas en las bases técnicas

Inadmisible

CRITERIO DE EVALUACIÓN

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación total

9%

Descripción

El criterio de experiencia se evaluará considerando la cantidad de años de experiencia y cantidad de servicios que tengan similar naturaleza producto del presente proceso licitatorio.

La nota se calculará con la sumatoria de cada subcriterio.

Para acreditar su experiencia, al momento de presentar su propuesta, el oferente deberá adjuntar el Anexo N°6 en el que debe individualizar los servicios prestados e ir acompañado de órdenes de compra, contratos y/o facturas que avalen dicha información (no se aceptarán otro tipo de documentos para acreditar experiencia)

Puntaje Máximo

10 Puntos

Cantidad de años de experiencia que tengan relación con el servicio a contratar en la presente licitación.

Más de 4 años

5

Entre 3 y 4 años

3

Entre 2 y 3 años

2

Menos de dos años

1

Cantidad de servicios prestados, que tengan relación con el servicio a contratar en la presente licitación.

Acredita 7 o más servicios del rubro

5

Acredita entre 3 y 6 servicios del rubro

3

Menos de 3 servicios

1

CRITERIO DE EVALUACIÓN

PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación total

9%

Descripción

Días como plazo para la instalación y operatividad de los equipos.

Adjuntar carta gantt con los plazos de instalación, operatividad y cantidad de equipos.

Puntaje Máximo

5 puntos

Fórmula de Cálculo

Menor cantidad de días * 7

Cantidad de días ofertados

90 días de corrido como tope máximo.

La fecha de instalación y operatividad de equipos será coordinada previamente por la contraparte técnica del Departamento de Salud Digital de la Subsecretaría de Redes Asistenciales para una correcta ejecución e inicio del servicio indicado en el cuadro anterior.

CRITERIO DE EVALUACIÓN

CERTIFICADO DE PARTNER

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación total

2%

Descripción

Se considerará la certificación como respaldo de calidad por parte de la marca de los equipos, considerando al oferente como partner calificado y especializado.

Adjuntar certificado de calidad de partner de la marca ofertada con ID/Código de validación.

Puntaje Máximo

5 puntos

Cumple con certificado de calidad de partner de la marca ofertada.

5

No cumple con certificado de calidad de partner de la marca ofertada.

1

CRITERIO DE EVALUACIÓN

PROPUESTA ADMINISTRATIVA

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación total

5%

Descripción

Se refiere al cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.

Se considerará el cumplimiento en tiempo y forma en la entrega y presentación de los antecedentes completos requeridos en las Bases del proceso.

Puntaje Máximo

5  Puntos

Cumple con los requisitos formales dentro de plazo.

5

Cumple con los requisitos formales dentro de plazo extendido.

3

No Cumple requisitos formales

inadmisible

La comisión evaluará cada propuesta a fin de definir el puntaje que el oferente obtendrá en el aspecto evaluado, utilizándose los criterios establecidos en las tablas de evaluación.

Con todo, no podrán ser adjudicados los oferentes que tengan menos de nota 4 como promedio de puntaje, entre los criterios Precio y Propuesta Técnica, ya que se considerará que no cumplen las condiciones técnicas mínimas requeridas, quedando descartada para la adjudicación y su propuesta será declarada inadmisible.

Empates.

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate.

  1. Precio
  2. Experiencia del Oferente
  3. Cumplimiento de requisitos formales

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes.

Artículo 23°: Informe de Evaluación. -

La Comisión de Evaluación deberá elaborar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
  2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
  3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante, indicando cuales serían dichas circunstancias.
  4. La asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  5. Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes dirigida a la autoridad.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la Subsecretaría a más tardar al décimo día hábil siguiente al de la apertura de las propuestas presentadas.

Este Informe de Evaluación deberá contener una declaración de los integrantes de esta, en orden a que no tienen conflictos de interés sobre la materia licitada.

9.- Adjudicación de la Licitación.

Artículo 24°: Adjudicación. -

La presente licitación será adjudicada sólo a un oferente.

De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría de Redes Asistenciales decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 22º de las presentes Bases.

Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría de Redes Asistenciales podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución fundada de la Subsecretaría de Redes Asistenciales.

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.

Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables a la Subsecretaría de Redes Asistenciales dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si la Subsecretaría de Redes Asistenciales no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 6º del reglamento de la ley Nº 19.886.

Además, en el mismo acto, el Ministerio, podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas y la renovación de las garantías de seriedad de las ofertas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso el Ministerio, devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.

Los proponentes no podrán solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación del Ministerio referente a la adjudicación.

Artículo 25°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de la licitación.-

El Ministerio, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases.

Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

El Ministerio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando las ofertas presentadas no cumplan con lo exigido en las presentes Bases, o no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9º de la ley Nº 19.886.

Ninguna de estas decisiones dará derecho a reclamar indemnización de ninguna especie o causa por parte de los oferentes.

Tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.

De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.

10.- Del Contrato.

Artículo 26°: Contrato. -

Resuelta la adjudicación de la licitación, se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 27° de estas Bases.

2.- Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el artículo 28° de las presentes Bases para acreditar esta inscripción.

3.- Acreditar el estado y cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.

Artículo 27°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. -

Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá constituir, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en el artículo 7° de estas Bases, una garantía de fiel cumplimiento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva, y que cumpla con las demás condiciones dispuestas en el artículo 68 del D.S N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

La caución o garantía deberá ser tomada a nombre de la Subsecretaría de Redes Asistenciales Rut 61.975.700-9, ser otorgada en pesos chilenos o en Unidades de Fomento, ser pagadera a la vista, de carácter irrevocable, y de monto equivalente al 20% del monto del total del contrato, a la fecha de suscripción de este. Además, debe consignar la siguiente frase: “ARRIENDO 100 EQUIPOS COMPUTACIONALES PARA SALUD DIGITAL POR 48 MESES, indicándose el Nº ID de la presente licitación, y su vigencia debe extenderse por todo el plazo de la contratación hasta los 60 días hábiles siguientes a la fecha de término de los servicios contratados.

La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.

En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el Ministerio queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para, con cargo a ella, cobrarse las multas causadas por el incumplimiento del Proveedor, y demás sanciones que lo afecten, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponderle al Ministerio.

Si la garantía fuese electrónica los proponentes deberán deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

La garantía deberá ser entregada dentro de los 7 días hábiles siguiente a la publicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. De no ser así, el servicio podrá ser readjudicado al segundo oferente mejor evaluado.

Artículo 28°: Contenido del contrato y suscripción. -

El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la entidad licitante y será suscrito por la Subsecretaría de Redes Asistenciales y la persona natural adjudicada o el (los) representante (s) legal (es) de la persona jurídica adjudicataria, según corresponda.

Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases, el contenido mínimo del contrato será el siguiente:

a)  Individualización de las partes contratantes;

b)  Características de los bienes y/o servicios contratados;

c)   Precio;

d)  Plazo de duración;

e)  Garantías;

f)    Causales de término anticipado;

g)  Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;

h)  Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases Administrativas, Condiciones Económicas y Bases Técnicas, y sus Anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la Propuesta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de las presentes Bases;

i)    Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del Proveedor;

j)    Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el Proveedor;

k)   Declaración en el sentido que el contrato celebrado no significará impedimento para que el Ministerio y/o la Subsecretaría de Redes Asistenciales pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;

l)    Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio;

m) Los medios para acreditar que el Proveedor no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que dichos medios pueden ser requeridos;

n)  Declaración de confidencialidad, en virtud de la cual se dejará establecido que toda información respecto al Ministerio y la función administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del contrato, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia del contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a mantener estricta reserva y a no usar, a ningún título, para sí ni para beneficios de terceros, ni divulgar, compartir, comunicar, revelar, reproducir o poner a disposición de terceros parte alguna de la información referida.

  • o)  Declaración que entre la Ministerio y/o la Subsecretaría de Redes Asistenciales y el personal dependiente, contratado o subcontratado del Proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario;

p)  Declaración que el Proveedor se obliga al cumplimiento de lo establecido en la Política General de Seguridad de la Información, publicada por el Ministerio de Salud en su página web, la cual debe ser consultada en el link: http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion.

El contrato respectivo deberá suscribirse dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en las presentes Bases.

Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en estas bases, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Subsecretaría de Redes Asistenciales procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, en los casos en que ello sea procedente, declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo.

En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 26º y 27º precedentes, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

Artículo 29°: Precio del contrato y pagos. -

El precio de la contratación corresponderá a aquel efectivamente ofertado por el proponente en los documentos adjuntos a la oferta, más los impuestos que correspondan.

El servicio, se contratará mediante el sistema de suma alzada, sin reajuste ni intereses de ninguna especie. El pago del precio se hará en la forma indicada en el Apartado II de las presentes Bases.

Para los efectos anteriores, se entiende por suma alzada la oferta a precio fijo realizada por el proponente, cuya determinación corresponde a la realizada por este, siendo los valores inamovibles, sin que proceda, en consecuencia, por causa alguna, un aumento del precio, el pago de mayores servicios ejecutados, la ampliación de plazos, ni el pago de indemnizaciones por los mayores costos que haya debido soportar el contratista.

El contratista deberá asumir todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en la ejecución de los servicios, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia; por ejemplo, aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costo de las garantías y, en general, sin que la enumeración sea taxativa, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto.

El oferente debe ofertar, desde el punto de vista económico, el precio de los servicios sin IVA, pero debe considerar que la adjudicación de la propuesta debe incluir el valor IVA y, por tanto, al hacer su oferta deberá contemplar este mayor costo, para no quedar fuera de las bases o del valor del presupuesto máximo asignado a este servicio. 

En resumen: se propone sin IVA y sin otros impuestos o tasas y se adjudica con IVA y otros impuestos o tasas. Para efectos de la admisibilidad, se evalúa el costo del servicio impuestos incluidos.

Artículo 30°: Vigencia del Contrato. -

El contrato tendrá una duración de 48 meses corridos y comenzará a regir a contar de la suscripción del contrato respectivo, sin perjuicio de la oportunidad en que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe.

El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases.

La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 37° de las presentes Bases.

Las partes dejan expresa constancia que, por razones de buen servicio, atendiendo la naturaleza y calidad de las prestaciones contratadas y con el fin de propender a la ejecución íntegra de las prestaciones pactadas, éstas podrán iniciarse con anterioridad a la formalización del acuerdo de voluntades suscrito, esto es, la total tramitación de la resolución que aprueba dicho convenio, si las circunstancias lo ameritan, lo que será notificado al proveedor con anterioridad mediante correo electrónico.

En caso de que el Ministerio requiera ampliar o complementar dicho servicio, esto se deberá pactar y comunicar a lo menos con 2 meses de anticipación al término del contrato primitivo y ser aprobado por acto administrativo completamente tramitado.

Para la ampliación o complementación del contrato, y en forma previa a la misma, el Ejecutor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos y condiciones establecidos en el artículo 27° de estas Bases.

Artículo 31°: Domicilio. -

Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.

Artículo 32°: Informes. -

Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al Ministerio sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.

Artículo 33°: Designación del Encargado Técnico del proveedor. -

El Proveedor designará un Encargado Técnico con dedicación permanente que lo representará ante el Ministerio para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.

Para la correcta ejecución de sus labores, a Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que requiera el Encargado Técnico del Proveedor para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.

Artículo 34°: Cesión del contrato. -

El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.

Artículo 35°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones. -

El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el Ministerio y/o la Subsecretaría de Redes Asistenciales, sino que exclusivamente con el Proveedor.

Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización a la Subsecretaría de Redes Asistenciales. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la Subsecretaría de Redes Asistenciales.

Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Ministerio así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución el contrato, con un máximo de seis meses. El Ministerio exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Ministerio para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.

11.- Multas y Sanciones.

Artículo 36°: Multas por incumplimiento

El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al MINISTERIO para aplicar una multa por retraso en la entrega de productos o servicios. Esta multa se aplicará en el caso de retardos en las entregas totales o parciales de los productos, aplicable tanto a la proporción de los productos y cantidades atrasadas en tiempo y forma esperados y comprometidos conforme a las presentes Bases.

Las multas por atraso serán aplicables en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del estado de pago respectivo o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento si no hubiere estados pendientes de pago.

Para aplicar una multa el Ministerio primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.

La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos.

Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante la Subsecretaría. Evacuados o no los descargos y vencido el plazo para ello, la Subsecretaría de Redes Asistenciales deberá determinar la aplicación o no de multas, lo que deberá realizar mediante resolución fundada.

Con todo, las multas aquí establecidas no serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.

Se entenderá que el Proveedor está en mora por el solo hecho de incumplir sus obligaciones dentro de los plazos establecidos, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.

La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

Todo lo anterior, sin perjuicio de los recursos judiciales y administrativos que procedan de conformidad a la ley.

Monto de la multa por atraso y fórmula de cálculo:

La multa por atraso corresponderá al 2% del monto total de los productos con atraso, con IVA incluido, por día corrido de atraso según lo ofertado por el proponente, con un tope de 10 días.

Donde:

($ unitario producto * cantidad de productos) * días de atrasos) * 2% = Monto multa

Multa por incumplimiento de los tiempos de respuesta de los niveles de servicio (SLA)

El proveedor adjudicado deberá cumplir los siguientes niveles de servicios SLA a cumplir durante la vigencia del contrato.

Servicio

Descripción de las acciones esperadas

Instrumento de medición del cumplimiento

Método de medición

Frecuencia del control

Valores máximos o mínimos comprometidos

Monto de multa por incumplimiento atribuido al proveedor

Continuidad Operacional – Nivel 1 MDA

Horario de disponibilidad

Gestión de Ticket.

Tiempo de respuesta/cierre ticket

Cada vez que se alerte incumplimiento de servicio

Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs.

Hora(s) hábil(es) de indisponibilidad * valor total del contrato * 0,05%.

Tiempo de respuesta

Gestión de Ticket.

Tiempo de respuesta/cierre ticket

Cada vez que se alerte incumplimiento de servicio

2 horas hábiles máximo contado desde la recepción de la solicitud de atención en la MDA

Hora(s) hábil(es) de atraso en la respuesta * valor total del contrato * 0,05%.

Tiempo de resolución remota

Gestión de Ticket.

Tiempo de respuesta/cierre ticket

Cada vez que se alerte incumplimiento de servicio

8 horas hábiles contado desde la recepción de la solicitud de atención por parte de la empresa.

Hora(s) hábil(es) de atraso en la respuesta * valor total del contrato * 0,05%.

Servicio técnico y soporte

Tiempo de respuesta para resolución técnica presencial

Gestión de Ticket.

Tiempo de respuesta/cierre ticket

Cada vez que se alerte incumplimiento de servicio

Dentro de las 24 horas corridas siguientes a la recepción de la solicitud de atención por parte de le empresa.

Hora(s) hábil(es) de atraso en la respuesta * valor total del contrato * 0,05%.

Tiempo de respuesta para reemplazo de equipamiento

Gestión de Ticket.

Tiempo de respuesta/cierre ticket

Cada vez que se alerte incumplimiento de servicio

Dentro de las 24 horas corridas siguientes a la notificación de reemplazo al usuario.

Hora(s) hábil(es) de atraso en la respuesta * valor total del contrato * 0,05%..

* Las horas corridas no incluyen sábados, domingos o festivos.

* Tope de 80 horas hábiles.

El cobro de la multa se efectuará en cualquier periodo de la vigencia de contrato, sin perjuicio de que la medición se hará según la frecuencia indicada en la tabla.

El monto total de multas no podrá exceder al 20% de la facturación anual, por lo tanto, en caso que excediere, sólo se aplicará las multas hasta el tope definido, sin perjuicio de la facultad para poner término anticipado del contrato.

Niveles de servicio Mesa de Ayuda (MDA) y Soporte Técnico a Usuario Nivel 1

La Mesa de Ayuda (MDA) y Soporte Técnico a Usuario Nivel 1, consideran las siguientes exigencias:

-        Acceso a MDA a través de Línea 800 y Mail.

-        Atención mínima de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs.

-        Sistema de monitoreo webservice, con dashboard en tiempo real, durante las 24 horas del día, que permita verificar el estado de avance y reportería de las incidencias y requerimientos, para que el usuario pueda ver en qué etapa se encuentra su requerimiento y tiempo estimado de respuesta/solución.

12.- Modificaciones, Terminación anticipada y renovación del contrato.

Artículo 37°: Terminación anticipada del contrato. -

Mediante resolución fundada, la Subsecretaría de Redes Asistenciales podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

a)  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

b)  Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.

c)   Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

d)  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.

e)  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases;

f)    Cambio en los perfiles presentados por el proveedor en la propuesta respectiva.

Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:

  • Si se le solicita o se declara el inicio de un procedimiento concursal de liquidación, o inicia proposiciones de acuerdo de reorganización con sus acreedores.
  • Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en inciso primero del artículo 4° de la ley 19.886 modificado por los numero 1) y 2) del artículo 401 de la ley N° 20.720.
  • Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
  • Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
  • En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo.
  • Si el Proveedor o alguno de sus propietarios fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
  • Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 20 % del precio del contrato.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), el Ministerio podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del Proveedor.

II.- BASES ECONÓMICAS

13. Condiciones Económicas.

Artículo 38°: Monto de la oferta económica.-

La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por el bien y/o servicio licitado. Este valor, se expresará en dólares americanos y deberá incluir traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incidan en el mismo. El proveedor deberá tener en cuenta que, para los efectos de la admisibilidad se calculará el valor total ofertado, más los impuestos correspondientes.

Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo N°4 de estas Bases. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Sistema para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.

La Oferta Económica debe incluir todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio de acuerdo con las Especificaciones Técnicas y las reglas de la ciencia o arte de que se trate. A falta de mención expresa sobre el particular y no habiéndose solicitado aclaraciones, deberá incluir todos los aspectos necesarios para la correcta ejecución de las obras y/o servicios objeto de esta licitación, las cuales se entenderán como incorporadas a las Bases Técnicas y de dominio de los oferentes.

Artículo 39º: Condiciones de pago.-

El pago del precio se efectuará en 48 cuotas iguales.

Para que proceda el pago será necesaria la emisión del certificado de cumplimiento de la Jefatura del Departamento de Salud Digital y del Departamento TIC MINSAL- Nivel Central.

Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados, y esta se envíe mediante la plataforma del Servicio de Impuestos Internos dispuesta para tales efectos, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico.

La factura deberá contener en su glosa al menos N° de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. (No enviar documentos en sobre cerrado).

Cumpliéndose las condiciones señaladas en los párrafos precedentes, el MINISTERIO hará efectivo el pago dentro de los 30 días de recibida la factura.

Dicho pago se efectuará a 30 días, de acuerdo con lo establecido en el Art. 79 bis del Decreto 250, y una vez obtenida la plena conformidad del bien o servicio contratado, contra el envío de la factura mediante la plataforma de Servicio de Impuestos Internos, dispuesta para tales efectos, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico.

En todo caso no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato.

Entregables

El proveedor deberá entregar mensualmente, comprendiendo el periodo de servicio, indicando número de reporte y observaciones si existen. En el caso de no haber incidencias informar en 0.

Para meses con incidencias, el Informe mensual de los servicios proporcionados debe indicar en cada caso:

•    Número de serie del equipo

•    Las fallas, problemas detectados y resueltos.

•    La fecha y hora de reporte de la falla.

•    El código identificatorio.

•    La fecha y hora de atención.

•    La fecha y hora de solución definitiva del problema.

•    El acta de aceptación o rechazo del incidente.

Dicho informe mensual deberá ser remitido a la Contraparte Técnica Ministerial dentro de los cinco primeros días de cada mes.

La Contraparte institucional tendrá 5 días para formular observaciones al informe.

En caso de formularse observaciones o rechazarse el informe, el proveedor tendrá 3 días hábiles para subsanarlo.

Una vez aceptado el informe, la contraparte emitirá el certificado de cumplimiento correspondiente, que habilitará para proceder al proceso de facturación y pago, en los términos previstos en las presentes bases.

III.- BASES TÉCNICAS

14.- Antecedentes.

Artículo 40°: Antecedentes. -

El Departamento de Salud Digital para su funcionamiento requiere la contratación de arriendo de 100 equipos computacionales, de los cuales son 33 Notebooks Ejecutivo, 7 Notebooks Alta Gama, 60 All In One por un período de 48 meses. Haciéndose imprescindible contratar servicio de arriendo y soporte de equipos computacionales para asegurar la continuidad operativa del personal, siendo indispensable contar con estas herramientas de trabajo para cumplimiento de objetivos y estrategias del Departamento y el impacto que éstas tienen en la Red Asistencial.

15.- Objetivos

Artículo 41°: Objetivos.

Objetivo general

Entregar habilitantes tecnológicos como equipos computacionales a personal perteneciente al Departamento de Salud Digital para garantizar el desempeño de sus funciones y cumplimiento de sus objetivos.

Objetivos Específicos

  • Proveer la infraestructura informática necesaria para el Departamento de Salud Digital, satisfaciendo las especificaciones mínimas requeridas por el proyecto que actualmente se encuentra comenzando a operar en sus nuevas dependencias.
  • Dicho equipamiento deberá ser confiable, ya que constituyen la plataforma física sobre las que operarán las actividades del Departamento de Salud Digital.
  • Garantizar la posibilidad de contar con equipos de última tecnología, con software base actualizado, y con soporte necesario para sus funciones y requerimientos, además de considerar la continuidad operativa y SLA que garanticen una operación adecuada de los equipos en el tiempo mientras dure el servicio contratado.

16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.

Artículo 42°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros. -

Bienes y/o servicios requeridos

El Depto. de Salud Digital de la Subsecretaria de Redes Asistenciales requiere arrendar a 48 meses el equipamiento, los servicios complementarios de soporte y garantía correspondiente para dar continuidad operativa 24/7 a esta actividad.

  • Los productos y servicios requeridos son los siguientes[1]:

EQUIPO

LAPTOP (ULTRBOOK EJECUTIVO)

LAPTOP (ULTRABOOK GAMA ALTA)

ALL IN ONE (EJECUTIVO)

Cantidad

33

7

60

Especificaciones Generales

Requisito Técnico Mínimo

Sistema Operativo

Windows 11 Professional

Windows 11 Professional

Windows 11 Profesional

Procesador (fabricante)

INTEL CORE i5 - AMD RYZEN (11ma GENERACION o SUPERIOR), SUPERIOR O EQUIVALENTE

INTEL CORE i9 - AMD RYZEN (11ma GENERACION o SUPERIOR), SUPERIOR O EQUIVALENTE

INTEL CORE i5 - AMD RYZEN (11va GENERACION o SUPERIOR), SUPERIOR O EQUIVALENTE

Memoria RAM

16 GB RAM DDR4

32 GB RAM DDR4

16 GB RAM DDR4

Almacenamiento

256 GB SSD

1 TB SSD

256 GB SSD

Tamaño Pantalla

14”

14”

24”

Resolución Máxima

1920X1080

1920X1080

1920x1080

LAN

SI

SI

SI

Wi-Fi

COMPATIBLE CON ESTANDARES 802.11, 802.11N, 802.11AC 2X2 O SUPERIOR

COMPATIBLE CON ESTANDARES 802.11, 802.11N, 802.11AC 2X2 O SUPERIOR

COMPATIBLE CON ESTANDARES 802.11, 802.11A/B/G/N, 802.11AC

Bluetooth

ESTANDAR 5.0 O SUPERIOR

ESTANDAR 5.0 O SUPERIOR

ESTANDAR 5.0 O SUPERIOR

WebCam

SI

SI

SI

USB 2.0

0 O SUPERIOR

X 1 O SUPERIOR

X 1 O SUPERIOR

USB 3.0

0 O SUPERIOR

0 O SUPERIOR

X 2 O SUPERIOR

USB 3.1

X 2 O SUPERIOR

X 2 O SUPERIOR

0 O SUPERIOR

VGA

SI

SI

SI

HDMI

SI

SI

X 1 O SUPERIOR

Batería

MÍNIMO 60WH CON 4 CELDAS MÍNIMO

MÍNIMO 60WH CON 4 CELDAS MÍNIMO

N/A

Peso (kg)

HASTA 1.7 KG

HASTA 1.7 KG

N/A

Servicio

Ítem del Servicio

Descripción

Detalle de servicios requeridos

Arriendo de Laptop y All in One

Despacho

Plazo de entrega

El proveedor deberá hacer entrega del equipamiento en el plazo previsto en la oferta. Para el cómputo del plazo se considerará desde la fecha de emisión de la orden de compra.

Continuidad Operativa

Instalación y puesta en Marcha

Solo se efectuará la Recepción Conforme de los equipos que se encuentren operativos y con normal funcionamiento.

El proveedor deberá entregar la distribución final en archivo con formato Excel, donde se detalle el Usuario y serie del equipo distribuido. Además, deberá entregar en medio digital las actas de recepción simple de los equipos debidamente clasificados.

Servicio de Mesa de Ayuda

MDA y Soporte Técnico a Usuario Nivel 1, especialista, teniendo en cuenta las siguientes exigencias:

Acceso a MDA a través de Línea 800 y Mail.

Atención mínima de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs.

Estatus de requerimientos vía web, para que el usuario pueda ver en qué etapa se encuentra.

Se debe considerar que la empresa debe contar con un software el cual debe permitir al ministerio en tiempo real las 24 horas a través de un webservice el monitoreo de los incidentes, status de los avances en dashboard y adquirir reportería de las incidencias.

Planificación de Servicio de Mantención Preventivo

Si

Reemplazo de Equipos

Si el equipo presenta 3 fallas de hardware en el periodo de 1 año, deberá ser reemplazado por uno nuevo de las mismas características o superiores, incluyendo la migración de los datos del equipo a reemplazar.

Seguro del Hardware

Durante todo el periodo de arriendo, que cubra robo, incendio o daños causados por desastres naturales. El tiempo máximo de respuesta es de 30 días a contar del aviso del siniestro. Mientras se cumple el periodo indicado, el proveedor debe entregar un equipo de reemplazo.

SLA

Con tiempo de solución máximo de 48 hrs.

Servicio de actualización de software contratados

Si, centralizado con administración del proveedor. Considerar enlace a Red Minsal para actualizaciones y control de equipamiento.

Servicio técnico

Si, autorizado por el fabricante.

Condiciones mínimas del servicio de arriendo

Las condiciones mínimas de arriendo para cada uno de los productos son las siguientes:

-        Al final del periodo los equipos deberán ser formateados: Esto se deberá acreditar mediante un informe técnico. MINSAL será responsable de formatear los equipos cuando estos sean devueltos (formateo completo que por defecto permite el Sistema operativo) y el proveedor deberá hacer el borrado lógico de las unidades de almacenamiento.

-        El respaldo de los equipos será realizado por equipo TIC MINSAL, previo al formateo indicado en punto anterior.

-        Los costos de reparación de las partes y piezas del equipo son responsabilidad del proveedor, salvo casos de perdida infundada o mal uso de los equipos demostrable mediante informe técnico.

-        El MINSAL deberá entregar en buenas condiciones los equipos. Se entenderá por buenas condiciones que los equipos no tengan daños distintos a los asociados al uso, como, por ejemplo: polvo, pequeños rayones, en caso de las pantallas no más de 5 píxeles adjuntos quemados, grasa y, en general, cualquier elemento que permita que el equipo sea utilizado de segunda mano.

-        El proveedor es responsable del equipo durante la vigencia del arriendo, esto incluye situaciones como:

  • Robo denunciado a las autoridades correspondientes: En este caso, es obligación del proveedor adjudicado entregar otro equipo de similares características y desempeño (puede ser usado). El comprador tiene la obligación de denunciar este hecho ante Carabineros en un plazo de cinco días hábiles desde sucedido el robo, lo que debe estar acreditado en la respectiva constancia.
  • Desperfecto del equipo por accidente no intencional como parte del uso. Ejemplo: Alza de voltaje que dañe el equipo, caída de agua al equipo, aplastamiento por derrumbe, etc.

-        Las licencias Microsoft Office 365 deben estar asociadas al dominio MINSAL en el periodo de vigencia del contrato.

Al finalizar el servicio de arriendo, se puede optar a la opción de compra de los equipos pagados mediante cuota diferencial n° 49, respecto del proporcional de equipos a ser comprados, del mismo monto que la cuota Nº48.

Esta opción de compra es unilateral por parte de MINSAL y puede ser ejercida para cualquier cantidad de equipos, es decir, desde 0% al 100% de los equipos. Esta opción podrá ser informada al proveedor hasta el mes 48 del arriendo del respectivo equipo.

17.- Lugar de ejecución del servicio

Artículo 43°: Lugar y plazo de ejecución del servicio.

El servicio se deberá prestar por un periodo de 48 meses. El inicio del servicio es a contar de la emisión de la orden de compra respectiva y la aceptación de ésta por parte de la empresa.

Los equipos deberán ser entregados en las cantidades indicadas y en dependencias del Departamento de Salud Digital, en calle Huérfanos 670, piso 18, Santiago, Región Metropolitana.

18.- Contraparte Técnica y de Control

Artículo 44°: Contraparte Técnica

La Contraparte Técnica Ministerial encargada de actuar como interlocutor con el proveedor será la jefatura del Departamento Salud Digital del Ministerio de Salud de Chile, o quien designe, quien deberá certificar la correcta habilitación del servicio adquirido en cada uno de los componentes solicitados en el presente documento.

Para fines de seguimiento de los bienes y/o servicios contratados, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial, entre otros, efectuar las recepciones y realizar las validaciones, revisiones y aprobaciones de los productos propios de la licitación que corresponden a las fases definidas para este proyecto, y que serán entregados por el Proveedor.

Al efecto, la Contraparte Técnica Ministerial podrá:

  1. Recibir, analizar y dar a conformidad a los productos y servicios contratados.
  2. Colaborar y asistir al proveedor seleccionado, en el ámbito de sus competencias.
  3. Autorizar por escrito las adecuaciones, atender y resolver situaciones coyunturales o emergentes no consideradas. La comunicación entre la Contraparte Técnica y el proveedor seleccionado se hará por escrito y/o por correo electrónico.
  4. Registrar y reportar fallas que sean detectadas, manteniendo un registro de ellas.

En caso de aprobación, la Jefatura del Departamento de Salud Digital, emitirá el certificado de cumplimiento correspondiente que deberá ser enviado al Departamento de TIC para la emisión de validación técnica. Con ello, se podrá solicitar pago de factura correspondiente a los servicios prestados.

19.- Condiciones y Restricciones. 

Artículo 45°: Condiciones Administrativas. -

Considerando este tipo de licitación, se evaluará todas las ofertas, adjudicándose al oferente que presente la mejor propuesta de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes Bases.

La propuesta deberá referirse a la totalidad de los bienes de los servicios que se licitan. No se aceptarán ofertas parciales.

Artículo 46°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados. -

De acuerdo a las definiciones de MINSAL, se deberá velar por el cumplimiento de los estándares de seguridad exigidos para contratos del Departamento TIC, y se deben considerar los puntos aplicables en el contexto del asunto de la compra.

A.- CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA GENERAL DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

Todo oferente, funcionario, proveedor del Minsal debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion, las cuales se presumen conocidas por el oferente, para todos los efectos legales, además de cumplir con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL para cada proyecto o tarea.

Toda persona que desarrolle labores para Minsal, ya sea por contratación directa o indirecta deberá dar estricto cumplimiento a la Política General de Seguridad de la Información, observando sus directrices y colaborando en su aplicación dentro de su ámbito de acción.

En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, Minsal se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción, así como las sanciones legales, administrativas y contractuales, que se consideren pertinentes en relación a la empresa o persona contratada. Tratándose de proveedores, bajo ninguna circunstancia este hecho relevará a la Empresa de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato.

B.- GESTION DE SEGURIDAD

1.- Plan de Gestión Integral de Seguridad

Se deberá contar con un plan de gestión integral de seguridad, que considere auditorías internas y externas con validación de resultados y metodologías de trabajo en este aspecto, de acuerdo a los estándares vigentes.

Todo proyecto de desarrollo o mantención de software contará con los mecanismos de auditoría de seguridad de la información, actas de trabajo y de aceptación de entregables, responsables y los periodos de revisión, debiendo conservar los registros de auditoría de las actividades que se realicen, incluyendo administradores y operadores, de las excepciones o incidentes de información y mantenerlos durante un período acordado para ayudar en investigaciones futuras y en el seguimiento y monitoreo del control de acceso.

MINSAL podrá realizar auditorías de los procesos, controles de desarrollo y soluciones de los proveedores para verificar su nivel de seguridad. Verificado un quiebre de seguridad, el proveedor deberá realizar las acciones de mitigación de los eventuales daños o fugas de datos, además de mantener un plan de acción que garantice la continuidad operacional.

Sin perjuicio de la obligación del proveedor de realizar acciones de monitoreo permanente de seguridad, MINSAL asimismo realizará auditorías de seguridad de los sistemas propios y de los proveedores.

Los proveedores deben contar con un sistema de gestión de vulnerabilidades, con un modelo ágil de solución de todas aquellas vulnerabilidades que detecten o de las que sean alertados por terceros, aunque aún no hayan sido explotadas.

El colaborador o proveedor que tome conocimiento de una vulnerabilidad que pudiere afectar un sistema de MINSAL deberá informarla a su jefatura o a la contraparte institucional tan pronto como tome conocimiento de ellas, haciendo presente los antecedentes técnicos de que disponga y las medidas de mitigación que se adopten o que se recomienden por la industria o expertos del área de seguridad.

Toda persona que interactúa con sistemas de información o comunicaciones que opere en MINSAL o interopere con sistemas de MINSAL debe ser capacitado en seguridad de la información en el nivel requerido para las funciones que preste, debiendo estar capacitado para el desarrollo del servicio provisto en las condiciones de seguridad requeridas.

Tratándose de proveedores, el Procedimiento de Gestión de Vulnerabilidades e Incidentes de Seguridad de la Información considerará como mínimo las siguientes actividades:

Realización, cada tres meses, de un escaneo de las plataformas, sistemas de comunicación y programas computacionales en busca de vulnerabilidades, manteniendo un registro de los resultados.

Si se detectare alguna vulnerabilidad, deberá realizar las siguientes acciones:

Notificar al Ministerio de la vulnerabilidad detectada dentro de las 24 horas desde su detección, a efectos de que MINSAL califique su criticidad y adopte las medidas que estime pertinentes para el resguardo de la información.

Si la vulnerabilidad detectada tuviere el carácter de crítica a juicio del Ministerio, se deberá gatillar de inmediato una revisión preventiva general del sistema.

Desarrollar las acciones preventivas y correctivas que sea necesario para mantener niveles altos de seguridad del sistema, lo que deberá quedar debidamente registrado en el sistema de gestión de incidentes.

Registrar en el sistema de gestión de incidentes todos los antecedentes necesarios para el seguimiento del incidente y gestión del conocimiento.

2.- Gestión de pruebas

Los sistemas nuevos y actualizaciones se deberán someter a pruebas y verificaciones exhaustivas durante los procesos de desarrollo, incluida la preparación de un programa de actividades detallado y entradas de pruebas y los resultados esperados bajo una variedad de condiciones. Las pruebas pueden ser ejecutadas por personal de MINSAL o por un tercero previamente seleccionado por MINSAL.

Las pruebas de sistemas se realizarán en ambientes de prueba, diferenciados de los ambientes productivos.

3.- Pruebas de seguridad de los sistemas.

Los sistemas nuevos y actualizaciones de los sistemas existentes se deberán someter a pruebas y verificaciones exhaustivas durante su desarrollo e implementación, incluida la preparación de un programa de actividades detallado y entradas de pruebas y que incluya los resultados esperados bajo una variedad de condiciones. Todas las pruebas deberán documentarse en cuanto a su desarrollo y resultados.

4.- Pruebas de aceptación de los sistemas.

Sólo podrán entrar en fase de producción los nuevos sistemas o actualización de sistemas pre existentes, que hayan superado las pruebas de aceptación definidas por MINSAL para cada proyecto o contratación.

Los criterios de aceptación deberán ser fijados de común acuerdo con los proveedores de que se trate, en base a los estándares vigentes.

Las pruebas de aceptación del sistema deberán incluir aquellas pruebas de los requisitos de seguridad de la información y la adherencia a las prácticas de desarrollo del sistema seguro.

5.- Protección de los datos de prueba.

Para los casos que se requieran datos de prueba, no se deberán usar datos operacionales que contengan información personal identificable o cualquier otro tipo de información confidencial.

En aquellos casos que MINSAL autorice el uso de datos operacionales para la realización de pruebas, deberán utilizarse técnicas de anonimización o en su defecto de seudonimización, debiendo establecerse un sistema seguro de almacenamiento de los mecanismos y medios de reidentificación.

C.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

Toda la información que se revele por MINSAL y sus organismos relacionados a sus colaboradores o proveedores tendrá el carácter de confidencial. Será de responsabilidad del proveedor instruir en esta condición a sus colaboradores, subcontratistas y personas relacionadas, cualquiera sea el formato y medio a través del cual se haga llegar. Esta información sólo podrá ser utilizada dentro del marco de la función o de los servicios o productos contratados. Por lo tanto, queda estrictamente prohibido cualquier uso de esa información fuera de dicho marco, o para finalidades distintas al cumplimiento de las obligaciones que emanan para las partes del respectivo contrato.

Cada parte deberá informar inmediatamente y en la forma más expedita posible a la otra, si tuviere conocimiento de cualquier incidente que pueda ocasionar la fuga, mal uso o apropiación indebida de la información, especialmente tratándose de los datos personales.

Consecuentemente, tanto el colaborador interno como todo proveedor está obligado a:

Abstenerse de utilizar la información para su propio beneficio o con cualquier otro propósito distinto al de utilizarlos para prestar los servicios en los términos y condiciones establecidos en el contrato.

Jamás revelar información proporcionada por MINSAL a terceros, excepto a aquellos de sus empleados o asesores, que requieran conocer dicha información a fin de poder prestar el referido servicio.

Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación y uso indebido de la información.

Adoptar las medidas técnicas y organizativas conducentes a evitar el tratamiento de datos personales fuera del marco de la finalidad asociada al cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, evitando realizar cualquier operación de tratamiento de datos personales no autorizado por el contratante.

Hacerse responsable por los hechos de sus dependientes y personal asociado que hayan entrado en contacto con la información, que impliquen una infracción a los deberes de confidencialidad, reserva y secreto establecidos en el contrato y la legislación vigente.

Informar a MINSAL sobre cualquier incidente que afecte la confidencialidad de la información y especialmente los datos personales a que se tenga acceso con ocasión del contrato.

La infracción a estos deberes será constitutiva de incumplimiento grave a las obligaciones del contrato.

Con todo, aún si la información fuera divulgada con antelación a la suscripción del contrato o posteriormente, como resultado de una exigencia de una autoridad judicial o administrativa, el contratante no podrá utilizar la información para finalidades ajenas al contrato. En el caso que por requerimiento de autoridad judicial y/o administrativa el proveedor se vea compelido a revelar la información confidencial, deberá notificar de esta circunstancia al contratante, por la vía más expedita posible.

Al momento del término del contrato, por cualquier causal, la persona o el proveedor debe restituir, según lo indique MINSAL, toda la información relevante que le haya sido revelada o haya sido generada con ocasión del contrato. Esta obligación aplicará especialmente la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, medios magnéticos o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma, debiendo cancelar en sus sistemas toda la información a que haya tenido acceso con ocasión del contrato, quedando facultado desde ya el contratante para verificar esta circunstancia.

La obligación de confidencialidad de la información tiene una duración indefinida, desde que es revelada, con prescindencia de vigencia del Contrato.

En todo caso, el MINSAL dará una aplicación sistémica y concordante a la obligación de confidencialidad con la de transparencia, establecida en la ley 20.285.

D.- PROPIEDAD INTELECTUAL

MINSAL exige el cumplimiento estricto de los derechos de propiedad intelectual. Todo colaborador y proveedor que presta servicios a MINSAL o a sus organismos relacionados deberá garantizar el cumplimiento de las restricciones legales al uso del material protegido por normas de propiedad intelectual. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos que no cuenten con licencia. Asimismo, queda prohibido el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.

Consecuentemente, el incumplimiento de esta circunstancia no podrá acarrear ningún tipo de responsabilidad para el contratante, debiendo éste hacerse cargo de cualquier reclamo de tercero en esta materia.

Todos los bienes y activos de propiedad intelectual del proveedor se mantendrán bajo la titularidad, salvo acuerdo expreso y por escrito que disponga lo contrario. Asimismo, cualquier información que MINSAL ponga a disposición del proveedor, ya sea en la fase de licitación, adjudicación o ejecución del contrato, se considerará de titularidad del Ministerio y se regirá por lo dispuesto en el acápite de responsabilidad.

En aquellos casos que se prevea esta circunstancia, las licencias correspondientes serán transferidas al Ministerio una vez concluido este contrato, quedando prohibido al proveedor su uso posterior sin el consentimiento expreso del MINSAL.

E.- CALIDAD DE TRATAMIENTO DE DATOS

Los datos personales tratados a través de los sistemas del MINSAL corresponden a sus titulares. Su protección se encuentra garantizada en el artículo 19 Nº 4 de la Constitución Política de la República de Chile. Toda persona que entre en contacto con un dato personal de un tercero deberá guardar la debida diligencia en su custodia, haciéndose responsable de las pérdidas, daños y quiebres de seguridad.

En el tratamiento de datos debe respetarse, además la normativa aplicable en relación al tratamiento de datos de salud, contenida en el DFL Nº 1, de 2006 del Ministerio de Salud, la ley 20.584 de derechos y deberes del paciente, 20.120 sobre investigación científica en personas humanas, y las demás leyes y normativa complementaria del sector salud. Esta información tiene el carácter de sensible y por tanto sólo puede ser objeto de tratamiento en las hipótesis que prevé y autoriza el legislador o con el consentimiento de los titulares.

1.- Mecanismos de control y seguimiento de datos.

El proveedor deberá implementar sistemas de acceso seguro a los datos, debiendo cada usuario acceder sólo a aquellos respecto de los cuales tiene permisos habilitados a través de sus perfiles de usuario o las condiciones legales de acceso, de acuerdo a sus competencias, tratándose de información sensible, como la información de salud de pacientes.

El proveedor deberá establecer mecanismos de comunicación segura de datos, cualquiera que sea el medio o técnica utilizada para su transferencia o comunicación desde el origen hasta el usuario requirente, utilizando mecanismos de seguridad consecuentes a un nivel alto de protección consistente con el medio en el cual se transferirá o comunicará la información.

Cualquiera que sea el medio o técnica de transferencia o comunicación de los datos, en el sistema deberá quedar registro auditable (log) con la identificación del usuario que accede a los datos (requirente), la descripción del contenido al que accede, el motivo o propósito del acceso y destinatario de la información. Esta información quedará a disposición del contratante de manera permanente.

2.- Formatos de salida.

El proveedor deberá respetar los siguientes formatos para archivos electrónicos:

Informes: si el informe contiene datos sensibles, deberá almacenarse en un archivo que soporte la apertura con una contraseña segura, de acuerdo a los estándares vigentes, la que deberá mantenerse bajo el estricto control del requirente. La información, deberá estar acotada según el perfil de acceso del usuario que esté realizando la solicitud.

Planillas: en el caso de que la información sea necesaria para realizar gestiones o tratamientos automatizados o manuales de información, deberá entregarse en formatos que soporten una estructura de datos y la apertura con una contraseña segura de acuerdo a los estándares vigentes, la que deberá mantenerse bajo el estricto control del requirente.

3.- Medio de transporte.

Móvil o correo electrónico: Si la información se transfiere a través de un dispositivo de almacenamiento móvil o enviada a través de un correo electrónico, esta deberá estar protegida por un sistema de encriptación (*). Sólo el requirente o receptor habilitado podrá desencriptar dichos datos de acuerdo al procedimiento establecido por el proveedor. No se podrá enviar información a correos que no sean los institucionales.

(*) Algoritmos o estándares de criptografía:

- PGP (Pretty Good Privacy)

- MD5 (Message-Digest Algorithm 5)

- CRC (Cyclic Redundancy Check)

- Sha (Secure Hash Algoritm)

Deben incluirse medidas técnicas y administrativas que permitan detectar de manera temprana cualquier vulneración al sistema de encriptación.

F.- ALOJAMIENTO DE DATOS EN SERVIDORES Y USO DE CLOUD COMPUTING.

Los contratos que consideren servicios en la nube deberán cumplir con los lineamientos previstos en la resolución Exenta Nº 619 – B de 26 de noviembre de 2018, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que aprueba la directiva de contratación pública Nº 32, “Recomendaciones para la contratación de servicios en la nube”. Sin perjuicio de lo anterior y en particular, deberán cumplir las siguientes condiciones y requisitos:

Los sistemas de acceso remoto a datos deberán ser diseñados de forma tal que sólo puedan ser accedidos desde dentro de la Red de comunicaciones del Ministerio, con canales de comunicación seguros y debidamente protegidos con nombre de usuario y contraseña segura.

De todo proceso que se lleve a cabo sobre el sistema o los datos debe quedar registros detallados y auditables en el sistema, que contengan al menos la identificación del usuario que accede a los datos (requirente), la descripción del contenido al que accede, el motivo o propósito del acceso, operaciones de tratamiento realizadas y destinatarios de la información.

Los sistemas deberán considerar sistemas de respaldo que permitan la recuperación segura de la información en tiempos razonables para procesos críticos de información, desde la óptica de continuidad de servicios.

Los datos sensibles deberán ser seudonimizados antes de ser ingresados en sistemas “en nube”, debiendo mantenerse en los servidores locales los datos de reidentificación.

Consecuentemente, respecto de la contratación de servicios de esta naturaleza se deberán adoptar los siguientes resguardos:

1.- Medidas organizativas.

1.1.- Prohibición de uso de la información más allá de las necesidades asociadas al cumplimiento del contrato.

1.2.- Auditabilidad: Obligación de que el proveedor mantenga auditorías externas de seguridad y que entregue las evidencias correspondientes.

1.3.- Notificación de quiebres de seguridad: Obligación de que el proveedor comunique los quiebres de seguridad que afecten a su servicio, indicando las evidencias que permitan informar a la red de Ciberseguridad del Estado.

2.- Resguardos de legalidad de las cláusulas: Los contratos no deben considerar cláusulas que están fuera de las competencias del Ministerio, a saber:

2.1.- Prórroga de competencia a tribunales extranjeros o tribunales arbitrales.

2.2.- Renuncia a las responsabilidades del proveedor.

2.3.- Renuncia a las garantías.

3.- Medidas técnicas.

3.1.- Certificaciones de seguridad: Los proveedores deberán contar con certificaciones acordes a la criticidad de la información que se procese o se almacene en la nube. Tratándose de información crítica y de datos sensibles, como los datos de salud se recomienda el nivel más alto de certificación de acuerdo al estándar generalmente aceptado, de acuerdo a lo que se informe por las áreas técnicas respectivas.

3.2.- Encriptación de datos: Tratándose de datos confidenciales que no sean susceptibles de seudonimización deberán aplicarse técnicas de encriptación que permitan asegurar que no serán accedidas ilegítimamente.

3.3.- Seudonimización: En caso de información sensible de personas naturales (datos sensibles) se recomienda aplicar técnicas de seudonimización, manteniendo en el servidor local los códigos que permitan la reidentificación de los datos. Esto para evitar que la localización de datos en países en que existan normas de desencriptación forzosa para las autoridades no judiciales, ponga en riesgo el deber de secreto que rige de acuerdo a la ley 19.628.

4.- Modificación y destrucción de datos.

El proveedor realiza tratamiento de datos personales por mandato del contratante. En estas circunstancias, toda modificación, cancelación o destrucción de datos debe realizarse de acuerdo a estándares generalmente aceptados, siempre por instrucciones del mandante, debiendo dejarse acta de las operaciones realizadas.

Los dispositivos digitales y magnéticos deben ser sometidos a procedimientos de formateo seguro antes de ser descartados.

En los procesos de digitalización de información queda prohibido a los proveedores destruir o descartar los originales sin la autorización del mandante.

G.- HERRAMIENTAS DE SEGURIDAD.

En todo proceso de compra se exigirá que las soluciones a contratar consideren tanto herramientas que cubran la capa de Telecomunicaciones, como la de aplicaciones y sistemas de base.

Las medidas de protección que se deberán considerar, deben cubrir los siguientes aspectos:

  • Prevención de intrusiones ilegítimas
  • Firewall de última generación para acceso.
  • Firewall de aplicaciones
  • Escáner de vulnerabilidades de los sistemas base (S.O., componentes de software del servidor, etc.)
  • Herramientas para escáner de aplicaciones
  • DLP con el fin de proteger información confidencial de MINSAL y la propiedad intelectual almacenadas, en uso o en tránsito dentro de las dependencias del contratante o la red del proveedor.
  • Protección antimalware.
  • Certificados digitales.
  • Herramientas de seguridad que se correspondan con los estándares vigentes.
  • Sistemas de contraseña segura.

H.- INFRAESTRUCTURA PARA PRODUCCIÓN.

Los sistemas en producción deberán implementarse en un datacenter que cumpla con los estándares requeridos, conforme al grado de criticidad de la información, de manera tal que garantice su disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información para los procesos que soporte.

En el caso de los sistemas de registro clínico electrónico, exámenes de laboratorio e imágenes identificadas, cuya información es de carácter reservada, la infraestructura mínima es TIER III u homologado, con un tiempo de disponibilidad de 99.982% lo que implicará un máximo de 1,57 horas de tiempo de parada al año.

Tratándose de otros sistemas y aplicaciones, se determinará en cada caso los requerimientos de disponibilidad, acceso e integridad que requieran.

NOTA: Para las definiciones de las infraestructuras se deberán referir al estándar TIA-942 y sus actualizaciones.

La solución debe estar conectada a través de la Red de comunicaciones privada de MINSAL.

I.- CONTROL DE CAMBIOS EN LOS SISTEMAS.

Los cambios a los sistemas dentro del ciclo de vida de desarrollo deben ser controlados mediante procesos de control de cambios formales.

La introducción de nuevos sistemas y cambios importantes a los sistemas existentes debe seguir un proceso y registro de documentación, especificación, pruebas, control de calidad e implementación administrada.

J.- ENTREGA DE SISTEMAS Y DATOS AL TÉRMINO DEL CONTRATO.

En los contratos de provisión de Software como Servicio (SaaS), como actividad de cierre de contrato y cumpliendo con el compromiso de garantizar la continuidad de servicio, el Proveedor deberá efectuar todas las actividades necesarias para dejar operativos los aplicativos, bases de datos y software base en la plataforma entregada por MINSAL, equivalente a la que se encuentre en operación en ese momento.

Para ello, tanto los colaboradores como los proveedores salientes deberán realizar al menos las siguientes actividades:

Entrega de la totalidad de la información pertinente que MINSAL o terceros determinados el Ministerio, tales como proveedores entrantes le requieran para garantizar la continuidad operacional.

Entrega de todos los datos que son tratados por el sistema; las aplicaciones funcionando y envasadas, junto con procedimientos de instalación garantizados.

La especificación de cada componente del sistema.

MINSAL podrá requerir que el Proveedor deje el ambiente operativo funcionando y con procedimientos de instalación de plataforma de software garantizado, o el ambiente operativo y las aplicaciones y los datos instalados en una plataforma diferente, pero equivalente a la de la operación vigente.

Cualquier otro elemento necesario para mantener la continuidad operacional del MINSAL de manera comparable al período de vigencia del contrato correspondiente.

K.- NORMATIVA SOBRE SEGURIDAD DE LA INFORMACION.

El proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa vigente aplicable al contrato, durante toda su vigencia. En especial deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos normativos:

Normativa del sector salud: DFL Nº 1, de 24 de abril de 2006, Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y N° 18.469; DFL Nº 725, Ministerio de Salud, Código Sanitario; la Ley N°20.584, referida a Deberes y Derechos que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud; Decreto Nº 41, de 24 de julio de 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento de Ficha Clínica; Decreto Nº 31 de 15 de junio de 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre entrega de información y expresión de consentimiento informado en las atenciones de salud; la Ley N° 20.724, de 2014, que modifica el Código Sanitario en materia de regulación de medicamentos; Ley N° 20.850, de 2016, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos; Ley N° 19.966, de 2004, que establece un régimen de garantías de salud; Ley N° 19.650, que perfecciona normas del área de la salud; Ley N° 20.120 de 22 de septiembre de 2006, sobre la investigación científica en el ser humano, su genoma, y prohíbe la clonación humana y demás normativa del área de la salud.

En materia de documentos electrónicos: Ley N° 19.799, de 12 de abril de 2002 y su normativa complementaria, especialmente el Decreto Supremo N°83, de 12 de enero de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; El Decreto Nº 14, de 15 de enero de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el Decreto Nº 1 de 02 de marzo de 2015, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

En materia de protección de datos personales: el art. 19 Nº 4 de la Constitución Política de la República y la Ley N° 19.628, de 18 de agosto de 1999, de Protección de la Vida Privada, su normativa complementaria, el Decreto N° 779, del Ministerio de Justicia, de 11 de noviembre de 2000; la Ley N° 20.575 sobre el Principio de Finalidad en el Tratamiento de Datos Personales.

En materia de delitos informáticos: lo dispuesto en la Ley N° 21.459, de 09 de junio de 2022, sobre Delitos Informáticos. Ley N° 20.009, sobre Clonación de Tarjetas de Crédito.

Leyes de aplicación general: Ley N° 19.880 de bases de los procedimientos administrativos; Ley N° 21.180, de 25 de octubre de 2019, de Transformación Digital del Estado; Ley N° 20.285, de 11 de agosto de 2008, de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley N° 19.886 de compras públicas y su reglamento.

En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los requerimientos de la nueva normativa.



[1] Características mínimas de los equipos

Otras Indicaciones
Es obligación de los oferentes, Estudiar, Analizar y Aceptar la totalidad de las cláusulas contenidas en las Bases de licitación ADJUNTAS, sean estas, Administrativas, Técnicas y Económicas.