Licitación ID: 4127-39-LR24
[TICSRA]PLATAFORMA PARA SOPORTAR BASE DATOS ORACLE
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 48
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de interconectividad de plataformas 1 Unidad
Cod: 43232915
Proveer un servicio en nube que permita mantener la continuidad operacional de los servicios críticos del Ministerio de Salud  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
[TICSRA]PLATAFORMA PARA SOPORTAR BASE DATOS ORACLE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Proveer un servicio en nube que permita mantener la continuidad operacional de los servicios críticos del Ministerio de Salud, velando por mantener la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información, acorde a los requerimientos establecidos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Subsecretaria de Redes Asistenciales
R.U.T.:
61.975.700-9
Dirección:
Mac Iver 541
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-07-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 03-06-2024 18:01:07
Fecha inicio de preguntas: 04-06-2024 18:00:00
Fecha final de preguntas: 18-06-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-06-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-07-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-07-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 23-08-2024 9:11:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VER RESOLUCION ADJUNTA SE ADJUNTA ANEXO EDITABLE
Documentos Técnicos
1.- VER RESOLUCION ADJUNTA
 
Documentos Económicos
1.- VER RESOLUCION ADJUNTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento Programa de Integridad Conforme al Art. 22 de las Bases adjuntas: El oferente cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por el equipo de trabajo de la propuesta y entrega medios de verificación 2%
2 Condiciones Técnicas Conforme al Art. 22 de las Bases adjuntas: 20% Tiempo menor * 100 / Tiempo ofertado 15% Completitud de la solución 35%
3 Cumplimiento de los requisitos Conforme al Art. 22 de las Bases adjuntas: Cumplir con lo solicitado en art. 13 de las Bases 3%
4 Precio Conforme al Art. 22 de las Bases adjuntas: X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
5 Experiencia en servicio (Empresa) Conforme al Art. 22 de las Bases adjuntas: 10% Se evaluará la cantidad experiencia en la medida que cumpla los criterios que se indican en las bases adjunta 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 780000000
Justificación del monto estimado CONTRATAR EL SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA EXADATA EN LA NUBE ORACLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones CONTAR CON UN SERVICIO EN NUBE POR 2 AÑOS QUE PERMITA MANTENER LA CONTINUIDAD DE LOS SERVICIOS ORACLE QUE ACTUALMENTE ESTAN EN UNA PLATAFORMA ON-PREMISE, EN UNA PLATAFORMA EXADATA.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Angelica Castro
e-mail de responsable de pago: acastro@minsal.cl
Nombre de responsable de contrato: CAROLINA SMITH
e-mail de responsable de contrato: NA@MINSAL.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25740000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Fecha de vencimiento: 04-10-2024
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: El instrumento deberá ser entregado en la Oficina de Partes del Ministerio de Salud, ubicado en calle Mac Iver Nº541, primer piso, comuna de Santiago, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas
Glosa: La Garantía deberá ser tomada a la Orden de la Subsecretaria de Redes Asistenciales
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía de la seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuya oferta hayan sido declarada inadmisibles o desestimadas, se efectuara dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que de cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Fecha de vencimiento: 07-02-2027
Monto: 10 %
Descripción: El instrumento deberá ser entregado en la Oficina de Partes del Ministerio de Salud, ubicado en calle Mac Iver N° 541, primer piso, comuna de Santiago
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de plataforma como servicios para soportar las bases de datos Oracle instaladas en Minsal" - ID 4127-39-LR24
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez que el proveedor hay dado total, integro y oportuno cumplimiento por él contraídas en el respectivo contrato
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES GENERAL
ES RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE LEER LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TECNICAS Y ECONOMICAS ADJUNTA EN ESTA LICITACIÓN
BASES ADMINISTRATIVAS

 1.- Antecedentes.

Artículo 1°: Antecedentes.-
La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones menor a 15.000 UTM.
Al efecto, el monto máximo de la contratación es la suma de $780.000.000, (setecientos ochenta millones de pesos) impuestos incluidos. 

Artículo 2°: Documentos que conforman las Bases.-
Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas.
II.- Bases Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos: 
Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”.
Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.
Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.
Anexo Nº2-C: “Identificación Unión Temporal de Proveedores”.
Anexo Nº3-A: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural”.
Anexo Nº3-B: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica”.
Anexo Nº4: Formato de “Oferta Económica”.
Anexo N°5: Declaración jurada del proveedor de experiencia en servicios similares. 
Anexo N°6: Declaración jurada del proveedor de experiencia en tecnologías.
Anexo N°7: Propuesta solución presentada.
Anexo N°8: Plazo implementación de la solución presentada.
Anexo N°9: Cumplimiento Programa de Integridad.
Anexo 10.- Cláusulas de protección de datos y seguridad de la información para contratos de tecnologías.

Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos.-
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, contrato u orden de compra respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: 
a) Las presentes Bases Administrativas, Económicas, Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato (orden de compra) y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.

Artículo 4°: Definiciones.-
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones:
MINISTERIO: Ministerio de Salud.
Ministro/a: Ministro/a de Salud.
Subsecretaría: Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Subsecretario/a: Subsecretario/a de Redes Asistenciales.
Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el MINISTERIO realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
Sistema de Información: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).
Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Bases: Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, y Anexos, que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el MINISTERIO, que describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo. 
Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación.
Bases Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen las condiciones económicas de la licitación y del contrato a que dé lugar.
Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. 
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación: 
Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del Artículo 13º de las presentes Bases.
La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del Artículo 13º de estas Bases.
La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del Artículo 13º de estas Bases. 
Forman parte también de la respectiva Propuesta los siguientes documentos: Las garantías requeridas, Las presentes Bases y Las Aclaraciones derivadas del procedimiento de consulta contemplado en las Bases. Estas aclaraciones se considerarán parte integrante de las Bases.
Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.
Adjudicatario: Oferente cuya Propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del contrato definitivo. 
Contrato: Contrato que celebra la Subsecretaría de Redes Asistenciales y el proponente cuya Propuesta ha sido seleccionada y aceptada dentro del proceso de licitación. 
Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo con las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante la Subsecretaría de redes Asistenciales en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados. 

Artículo 5°: Plazos de la licitación.-
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. 
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los Artículos 30 y 62 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción.-
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
Artículo 7°: Notificaciones.-
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el Ministerio publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 8°: Condiciones económicas de la Propuesta.-
La propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Bases Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.


2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.
Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases.-
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes.-
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases y que no se encuentren sujetos a las siguientes inhabilidades:
a) No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401° de la ley Nº 20.720 dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta.
b) No encontrarse afecto a la inhabilidad para contratar con el Estado, conforme a lo previsto en el artículo 33 de la ley N° 21.595, Ley de Delitos Económicos.
c) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. 
d) No encontrarse inhabilitado conforme a los artículos 17 y art. 35 septies de la ley 19.886.
e) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. 
f) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. 
g) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente.
Además, en el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos Funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el sólo hecho de participar en esta Licitación, el proponente declara:
i. No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
ii. Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación con la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.
iii. Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
iv. Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
v. Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
vi. Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones.-
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. 
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. 
Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas.-
Cada proponente podrá presentar solo una Propuesta por el total del servicio.
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del Artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”. 
En el caso de los proponentes no inscritos en el Registro de Proveedores o que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del Artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través Sistema de Información.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta.-
El contenido de la Propuesta será el siguiente:  
a) Antecedentes del oferente y otros documentos.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
2. Original de la Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente.
3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.
4. Fotocopia simple de última declaración anual de impuesto a la renta.
5. Los otros documentos y anexos, que acorde a estas Bases, sean requeridos para la validez de las propuestas y su respectiva evaluación.
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente.
3. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
4. Fotocopia simple de la escritura pública o acto administrativo, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representante (s) legal (es) del proponente. Se deberá marcar con destacador el texto en que conste la designación del (o los) representante (s) legal (es). 
5. En el caso que la sociedad esté inscrita en alguno de los Registros de Comercios, corresponderá acompañar un certificado de vigencia de poder y de vigencia social, emitido por el respectivo Conservador, con una fecha de emisión no superior a 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de la oferta.
6. En el caso de Sociedades por acciones, se deberá presentar un certificado de accionistas emitido por el Representante Legal de la sociedad, en el cual conste el nombre y RUT de cada accionista, junto con el número de acciones que poseen cada uno de ellos en la sociedad, con una fecha de emisión no superior a 15 días corridos contados desde la fecha de presentación de la oferta.
7. Fotocopia simple del RUT del proponente.
a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores: 
Además de los antecedentes señalados antes, que deberán ser presentados por cada uno de los miembros de la UTP, a la oferta deberá acompañarse el Anexo Nº2-C: “Identificación Unión Temporal de Proveedores”, Fotocopia simple de la documentación que dé cuenta del acuerdo suscrito entre sus integrantes y su forma de materialización posterior según lo prescrito en el artículo 67 bis del D.S. N°250 del Ministerio de Hacienda, con las formalidades correspondientes a compras de monto superior a 1000 UTM. En este instrumento debe constar, a lo menos:
i.- La personería del (o los) representante (s) legal (es) de las empresas que integran la unión temporal. Se podrá marcar con destacador el texto en que conste tal designación.
ii.- La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO.
iii.- El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. 
iv.- La vigencia de la unión temporal de proveedores, la que no podrá ser inferior a la de esta contratación. 
v.- La declaración de cada uno de los miembros de la Unión Temporal, de cumplir con los requisitos para contratar y no estar afectos a ninguna inhabilidad de las señaladas en las presentes bases.
Además, todos los proponentes deberán adjuntar los otros documentos y anexos, que acorde a estas Bases, sean requeridos para la validez de las propuestas y su respectiva evaluación.
b) Oferta Técnica.
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado III de las presentes Bases, Artículo Nº43.
La propuesta técnica estará constituida por la presentación de los siguientes anexos:
Anexo N°7: Propuesta solución presentada.
Anexo N°8: Plazo implementación de la solución presentada.
La falta de presentación de cualquier documento, con la información completa, tendrá como consecuencia la declaración de inadmisibilidad de la oferta.
c) Oferta Económica.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Bases Económicas contenidas en el apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°4 de estas Bases.


3.- Garantía de Seriedad de la Oferta. 
Artículo 14°: Garantía de Seriedad de la Oferta.-
La seriedad de la Propuesta será garantizada por cada oferente mediante una caución que deberá cumplir con las condiciones dispuestas en el Artículo 31 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
El instrumento deberá ser entregado en la Oficina de Partes del Ministerio de Salud, ubicado en calle Mac Iver N° 541, primer piso, comuna de Santiago, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 "Calendario de Licitación". La falta de entrega, o entrega disconforme o fuera del plazo señalado será causal de exclusión de la Propuesta conforme a lo establecido en el Artículo 15°.
Esta garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, en los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma.
La falta de entrega, o entrega disconforme o fuera del plazo señalado, de la garantía de seriedad de la oferta será causal de exclusión de la propuesta conforme a lo establecido en el Artículo N° 15.
La garantía deberá ser tomada a la orden de la Subsecretaria de Redes Asistenciales deberá ser de monto equivalente a $ 2.000.000 (dos millones de pesos), con fecha de vencimiento a los 60 días, contados desde la fecha de apertura de las ofertas, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y consignar la siguiente frase: "garantiza seriedad oferta  suscripción contrato dentro de plazo establecido en bases y constitución y entrega oportuna de garantía fiel y oportuno cumplimiento", citándose el nombre y N° ID de la presente licitación.
La garantía de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada en los siguientes casos:
1. Si el proponente retira su oferta durante el período de validez establecido en el Artículo 18° de las presentes Bases.
2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.
3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el Nº2 precedente, no cumple con lo establecido en el Artículo 26º de las presentes Bases o, si cumpliendo, no procede a la suscripción del respectivo contrato dentro del plazo establecido en el mismo Artículo.
No concurriendo las circunstancias anteriores, la Subsecretaría procederá a la devolución de la garantía de seriedad de la propuesta debidamente endosada al proponente, dentro de los cinco días siguientes a la firma del contrato respectivo con el adjudicatario, o bien, en este caso, los cinco días siguientes a la aceptación de la orden de compra respectiva.
La devolución de la garantía de seriedad de la oferta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, mediante solicitud escrita dirigida a la Subsecretaría, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.
Sin perjuicio de lo anterior, la garantía de seriedad de la oferta del proponente que haya terminado en segundo lugar según los puntajes de la evaluación será devuelta de la forma establecida en el párrafo precedente, pero sólo una vez que el contrato haya sido firmado con el proponente que se haya adjudicado la licitación, o bien, en este caso, sólo una vez que se haya aceptado la aceptación de la orden de compra respectiva, a fin de resguardar la posibilidad de readjudicación.

4.- Apertura de las ofertas y examen de admisibilidad.
Artículo 15°: Apertura Electrónica.-
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
Artículo 16°: Admisibilidad de las Propuestas.-
Es requisito para participar en esta licitación y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el Artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los Artículos 12º, 13º y 14º, y acompañar todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes: 
Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el Artículo 10º de las presentes Bases.
Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el Artículo 12º de las presentes Bases.
Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en el Artículo 13º de las presentes Bases.
Que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta según lo establecido en el Artículo 14º de las presentes Bases.
Que la oferta económica supere los $780.000.000 (con IVA incluido).
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán DECLARADAS INADMISIBLES de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 9 de la ley Nº19.886. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 16º siguiente.
Tratándose de oferentes inscritos en el registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 17°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas.-
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en los Artículos 15º y 16º de las presentes Bases y proponer la declaración de inadmisibilidad.
Artículo 18°: Errores u omisiones formales.-
El Ministerio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud la realizará la entidad licitante a través del Sistema de Información. Éstas deberán ser respondidas dentro del plazo fatal de 48 horas contado desde el requerimiento respectivo realizado por El Ministerio, el que se informará a través del sistema Mercado Público.
Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, la entidad licitante podrá requerir a los oferentes la presentación de certificados o documentos administrativos requeridos en el artículo 13 letras a) que los proponentes hayan omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. 
Artículo 19°: Validez de las Propuestas.-
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, si el oferente desistiera de su oferta dentro de este periodo, se procederá al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la Comisión, la Entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida sin proceder al cobro de la Garantía.


5.- Evaluación de las propuestas.
Artículo 20°: Comisión de Evaluación.-
El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación, designada para estos efectos mediante el acto administrativo respectivo que apruebe las presentes Bases e integrada por los siguientes miembros que a continuación se mencionan, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación:
a) Jefe Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones MINSAL o quién lo represente.
b) Un Profesional del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones MINSAL.
c) Un profesional División de Finanzas y Administración interna.
La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública. Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en los Artículos 15º y 16º de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y sean las más convenientes a los intereses de la Subsecretaría, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación.
La Comisión de Evaluación, rechazará aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en la presente licitación. 
Todos los miembros integrantes de la comisión evaluadora deben efectuar una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses con relación a la licitación y a sus proponentes.
La decisión de adjudicación será remitida, en conjunto con el Informe de Evaluación, a la División Jurídica para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación, deberá remitir a dicha División la propuesta adjudicada y sus antecedentes respectivos.
Artículo 21°: Evaluación de las Ofertas.-
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico. 
Durante el proceso de evaluación la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.

Artículo 22°: Notas y criterios de evaluación.-

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Pauta de Evaluación:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

DESCRIPCIÓN

a. Precio

40%

Propuesta económica Anexo N° 4

b. Experiencia en servicio (Empresa)

20%

Anexo N° 5, 6

c. Presentación de Requisitos Formales

3%

Cumplir con lo solicitado en el artículo 13 de las presentes bases y anexos requeridos.

d. Cumplimiento Programa de Integridad

2%

Anexo N° 9

e. Condiciones Técnicas

35%

Anexos, N° 7, 8 y Propuesta técnica

a.- Precio (40%)

CRITERIO

EVALUACIÓN

Económico

Precio menor * 100

Precio ofertado

b.- Experiencia en servicios (20%)- Anexo N° 5 y 6

i.- Experiencia de la empresa:

EVALUACIÓN

Ponderación

CRITERIO

PUNTAJE

Se evaluará la cantidad experiencia en la medida que cumpla los criterios definidos en el Anexo N° 5

10%

Presenta 3 o más fichas de proyecto similares.

100

Presenta 2 fichas de proyectos similares.

50

No presenta fichas de proyecto o presenta menos de 2 fichas de proyecto similares.

0

ii.- Experiencia del equipo de trabajo:

EVALUACIÓN

Ponderación

CRITERIO

PUNTAJE

Se evaluará la cantidad experiencia en la medida que cumpla los criterios definidos en el Anexo N° 6

10%

Experiencia en todas las tecnologías requeridas por al menos el 60% del equipo de trabajo

100

Experiencia en todas las tecnologías requeridas por al menos el 30% del equipo de trabajo

50

Experiencia en todas las tecnologías requeridas por lo menos el 10% del equipo de trabajo

30

menos el 10% del equipo de trabajo tiene experiencia en todas las tecnologías requeridas

0

 

c.- Presentación de Requisitos formales (3%):

CRITERIO

PUNTAJE

Cumple con el criterio dentro del plazo anterior al cierre de las ofertas

100

Completa documentación con posterioridad a la fecha de cierre de las ofertas

50

No completa con posterioridad a la fecha de cierre de las ofertas

1

 


 

d.- Programa de Integridad: (2%)- Anexo N° 9

MEDIO DE VERIFICACIÓN

CRITERIO

PUNTAJE

Para acreditar el cumplimiento del presente factor, las empresas deberán acompañar en su oferta de acuerdo con lo solicitado en el anexo Nº 9, el documento que identifican como Programa de Integridad o de Compliance, y deberá entregar respaldos que éste es conocido por el personal y/o trabajadores, tales como certificación de capacitación interna, comunicado interno por correo electrónico u otro medio similar, que conste en su página web, sea parte de su reglamento interno de orden, higiene y seguridad u otro.

Asimismo, deberá acompañar el certificado expedido por la entidad respectiva autorizada por la CMF, de conformidad al pronunciamiento de la Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023, N°E370752/2023.

Cuando se trate de la unión temporal de proveedores, solo se asignará puntaje cuando todos los integrantes de la UTP cuenten con el programa de integridad implementado y conocido sus respaldos de verificación.

El oferente cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por el equipo de trabajo de la propuesta y entrega medios de verificación.

100

El oferente cuenta con un Programa de Integridad o compliance (cumplimiento normativo) pero aún no se comunica a los/as trabajadores/as.

50

El oferente NO cuenta con un programa de integridad o de compliance conocido por su personal o no entrega respaldos de verificación.

0

e.- Condiciones Técnicas de la solución ofertada: (35%)

CRITERIO

Ponderación

PUNTAJE máximo 100

Puntaje

Anexo

Completitud de la solución

15%

Propuesta contiene todos los servicios requeridos

100

Anexos, N° 7, y propuesta técnica

Propuesta no contiene todos los servicios requeridos

0

 

CRITERIO

Ponderación

Evaluación

Tiempo de implementación

20%

Tiempo menor * 100

Tiempo ofertado


Artículo 23°: Informe de Evaluación.- 
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información: 
1. Verificación de admisibilidad de los proponentes. Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de ello.
2. Análisis particular de las propuestas.
3. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
4. Análisis final de evaluación y observaciones. 
5. Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Subsecretario de Redes Asistenciales a más tardar al décimo día hábil siguiente al de la apertura de las propuestas presentadas. 
La decisión de adjudicación del Subsecretario de Redes Asistenciales será remitida, juntamente con el Informe de Evaluación, a la División Jurídica para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir a dicha División la propuesta adjudicada y sus antecedentes respectivos.
Artículo 24°: Adjudicación.-
La presente licitación será adjudicada sólo a un oferente por cada línea de productos y servicios asociados, conforme lo descrito en el artículo 12 de las presentes bases.
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría de Redes Asistenciales decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 22º de las presentes Bases.
Asimismo, la Subsecretaría, se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias. la cual podrá ser hasta un 30%.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaria de Redes Asistenciales podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. 
La adjudicación de la propuesta se hará por resolución fundada de la Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si la Subsecretaría de Redes Asistenciales no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 6º del reglamento de la ley Nº 19.886.
Además, en el mismo acto, el Ministerio, podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas y la renovación de las garantías de seriedad de las ofertas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso el Ministerio, devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.
Los proponentes no podrán solicitar indemnización de los gastos de la propuesta, cualquiera sea la determinación del Ministerio referente a la adjudicación.
Artículo 25°: Declaración de inadmisibilidad y desierta de Licitación.-
El Ministerio, declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación. Asimismo, el Ministerio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando las ofertas presentadas no cumplan con lo exigido en las presentes Bases, o no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9º de la ley Nº 19.886.
Tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.
Ninguna de estas decisiones dará derecho a reclamar indemnización de ninguna especie o causa por parte de los oferentes. 
De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.


6.- Contrato
Artículo 26°: Antecedentes necesarios para la contratación.-
Resuelta la adjudicación de la licitación se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con los siguientes requisitos: 
1. Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el Artículo 27º de estas Bases.
2. Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el presente Artículo para cumplir con este requisito.
3. Declaración jurada simple respecto al estado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
El contrato respectivo, deberá suscribirse dentro del plazo de treinta días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en el Artículo 7º de las presentes Bases.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato, o bien, no aceptará la orden de compra respectiva, dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en este artículo, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Subsecretaría procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los casos en que ello sea procedente, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo con la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en este Artículo, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Artículo 27°: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.-
Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, el adjudicatario deberá constituir, dentro del plazo de cinco días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en el Artículo 7° de estas Bases, una garantía de fiel cumplimiento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva, y que cumpla con las demás condiciones dispuestas en el Artículo 68 del D.S N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
La caución o garantía deberá ser otorgada en pesos chilenos, pagadera a la vista, de carácter irrevocable y de monto equivalente al 10% del monto del total del contrato. Además, debe consignar la siguiente frase: "para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de plataforma como servicio para soportar las bases de datos Oracle instaladas en Minsal.”, indicándose el Nº ID de la presente licitación, y su vigencia debe extenderse hasta los 60 días hábiles siguientes a la terminación del contrato.
La garantía será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica Ministerial emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, el MINISTERIO queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para, con cargo a ella, cobrarse las multas causadas por el incumplimiento del Proveedor, y demás sanciones que lo afecten, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponderle al MINISTERIO.
Si la garantía fuese electrónica los proponentes deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Artículo 28°: Contenido del contrato y suscripción.- 
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la Subsecretaría, y será suscrito por la Subsecretaria y la persona natural que emite facturas adjudicada o el (los) representante (s) legal (es) de la entidad adjudicataria, según corresponda.
Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases, el contenido mínimo del contrato será el siguiente:
a) Individualización de las partes contratantes;
b) Características de los bienes y/o servicios contratados;
c) Precio;
d) Plazo de duración;
e) Garantías;
f) Causales de término anticipado;
g) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios, de acuerdo con lo establecido en los artículos 6º y 31º de las presentes Bases;
h) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases Administrativas, Condiciones Económicas y Bases Técnicas, y sus Anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la Propuesta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de las presentes Bases;
i) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del Proveedor;
j) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el Proveedor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34º de las presentes Bases;
k) Declaración en el sentido que el contrato celebrado no significará impedimento para que la Subsecretaría pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
l) Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio;
m) Los medios para acreditar que el Proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases;
n) Declaración de confidencialidad, en virtud de la cual se dejará establecido que toda información respecto del MINISTERIO y la función administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del contrato, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia del contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a mantener estricta reserva y a no usar, a ningún título, para sí ni para beneficios de terceros, ni divulgar, compartir, comunicar, revelar, reproducir o poner a disposición de terceros parte alguna de la información referida.
o) Declaración de que entre el MINISTERIO y el personal dependiente, contratado o subcontratado del Proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases.
p) Declaración de que el Proveedor se obliga al cumplimiento de lo establecido en la Política General de Seguridad de la Información, publicada por el Ministerio de Salud en su página web, la cual debe ser consultada en el link: http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion.
El contrato respectivo deberá suscribirse dentro del plazo de treinta días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en el artículo 7º de las presentes Bases.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el artículo 26º, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Subsecretaría procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los casos en que ello sea procedente, y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo con la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo. 
En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 26º precedente dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.  
Artículo 29°: Precio del contrato y pagos.-
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Bases Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases. 
Para los efectos anteriores, se entiende por suma alzada la oferta a precio fijo realizada por el proponente, cuya determinación corresponde a la realizada por este, siendo los valores inamovibles, sin que proceda, en consecuencia, por causa alguna, un aumento del precio, el pago de mayores servicios ejecutados, la ampliación de plazos, ni el pago de indemnizaciones por los mayores costos que haya debido soportar el contratista. 
El contratista deberá asumir todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en la ejecución de los servicios, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia; por ejemplo, aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costo de las garantías y, en general, sin que la enumeración sea taxativa, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto.
El oferente debe ofertar, desde el punto de vista económico, el precio de los servicios sin IVA, pero debe considerar que la adjudicación de la propuesta debe incluir el valor IVA y, por tanto, al hacer su oferta deberá contemplar este mayor costo, para no quedar fuera de las bases.
En resumen: se propone sin IVA y sin otros impuestos o tasas y se adjudica con IVA y otros impuestos o tasas.
Artículo 30°: Vigencia del Contrato.-
El contrato tendrá una duración máxima de 24 meses desde la aceptación de la respectiva orden de compra por el adjudicatario o hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 37° de las presentes Bases.
El Proveedor se entenderá notificado de la adjudicación en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º de estas Bases. 
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a partir del segundo día hábil de emitida la orden de compra.
En todo caso, la fecha de inicio de servicios deberá constar en un acta suscrita por la contraparte técnica de la Subsecretaría y el encargado técnico del proveedor.
No obstante, se disponga el inicio anticipado de los servicios, los pagos respectivos sólo podrán cursarse una vez totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato.
MINSAL podrá, por resolución fundada, aumentar o disminuir hasta en un 30% la cantidad de los servicios requeridos, en cuyo caso el proveedor deberá ajustarse a tales modificaciones, aumentando o disminuyendo los servicios, de conformidad a los requerimientos de la institución, siempre y cuando ello no implique, una modificación sustancial al objeto de la contratación y que existan fondos disponibles. La modificación deberá ser pactada en forma expresa entre las Entidades Licitantes y el Ejecutor y aprobadas por el acto administrativo completamente tramitado.
Para la ampliación o complementación del contrato, y en forma previa a la misma, el Ejecutor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos y condiciones establecidos en el artículo 27° de estas Bases.
Artículo 31°: Domicilio.-
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.
Artículo 32°: Informes.-
Sin perjuicio de los informes que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica así lo requiera.
Los servicios prestados por los proveedores deben ser descritos, cuando corresponda, en un “Informe inicial de cumplimiento de Servicio”, los cuales son:
Informe con los productos involucrados, para dar servicio a la plataforma Exadata o similar utilizada por Minsal.
Levantamiento de la arquitectura lógica de los ambientes de base de datos Oracle o similar.
Creación de ambientes necesarios.
Además de los “Informe de cumplimiento Mensual de Servicio”, los cuales son:
Estado de la plataforma detallando cantidad de minutos totales por mes, disponibilidad e indisponibilidad, detallando además cada incidente ocurrido y los minutos de indisponibilidad que generaron cada uno de esos.
Estado de la plataforma detallando cantidad de Cores, CPU y Disco por cada ambiente de la plataforma Exadata o similar.
Los informes deberán describir los hechos relevantes con recomendaciones asociadas del mes finalizado en los distintos servidores o plataformas administradas. Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad compradora a más tardar el quinto (05) día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.
Artículo 33°: Encargado Técnico.-
El Proveedor designará un Encargado Técnico con dedicación permanente que lo representará ante el Ministerio para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
Para la correcta ejecución de sus labores, la Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que requiera el Encargado Técnico del Proveedor para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
El proveedor será el encargado de comunicar a las contrapartes técnicas, en caso de cambiar personal de atención telefónica o visita en terreno, según zona geográfica y actualizar su contraparte técnica de cada uno de los contratos.
Artículo 34°: Cesión del contrato.-
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 35°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones.-
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el Ministerio y/o la Subsecretaría de Redes Asistenciales, sino que exclusivamente con el Proveedor. 
Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización a la Subsecretaría de Redes Asistenciales. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Ministerio así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución el contrato, con un máximo de seis meses. El Ministerio exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. 
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Ministerio para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
Artículo 36°: Multas por incumplimiento  
El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al MINISTERIO para aplicar una multa equivalente al 5% total del contrato por cada día corrido de atraso, hasta completar un 10% de dicho precio.
El incumplimiento de Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato respecto a los tiempos de respuesta establecidos en los Artículos 36 y 43 correspondiente a los niveles de servicio a cumplir, faculta al MINISTERIO para aplicar una multa según lo establecido en los artículos previamente mencionados.
Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del estado de pago respectivo o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento si no hubiere estados pendientes de pago.
Para aplicar una multa la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. 
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos. 
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario quién resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del MINISTERIO, ubicada en Mac Iver 541, Santiago Centro, horario de atención 08:30-13:30 hrs. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaría la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley Nº 19.880.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

El proveedor seleccionado, también podrá ser sancionado con el pago de multas por atrasos en la entrega de los siguientes niveles de servicio:

TIPO DE INCIDENTE

DESCRIPCIÓN DE SEVERIDAD

TIEMPO RESPUESTA (SLA)

MULTA

Severidad 1

El incidente/requerimiento ha sido detectado y no permite operar en sistemas críticos del negocio. El problema pone en riesgo la integridad, confidencialidad y/o disponibilidad de los datos.

10 minutos

2 UF por cada hora de atraso acumulada al mes

Severidad 2

El incidente/requerimiento ha sido detectado y no permite operar con normalidad en sistemas de criticidad media del negocio. El problema pondría en riesgo la integridad, confidencialidad y/o disponibilidad de los datos.

30 minutos

1 UF por cada hora de atraso acumulada al mes

Severidad 3

Un incidente/requerimiento de menor importancia ha sido detectado, aunque permite operar con normalidad en sistemas críticos del negocio. Se puede continuar trabajando, sin embargo, el problema pondría en riesgo la integridad, confidencialidad y/o disponibilidad de los datos.

2 hora

0.5 UF por cada hora de atraso acumulada al mes

Severidad 4

Un incidente/requerimiento, condición o error de menor importancia, que no afecta a la operación ha sido detectado, aunque permite operar con normalidad en todos los sistemas del negocio. El problema pondría potencialmente en riesgo la integridad, confidencialidad y/o disponibilidad de los datos.

6 horas

0.5 UF por cada hora de atraso acumulada al mes

Para efectos de control, el proveedor deberá entregar mensualmente los informes para validar su correcta ejecución de servicios y/o aplicar multas en caso de ser necesario.

ENTREGABLES

TIPO DE ENTREGABLE

  • Estado de la plataforma detallando cantidad de minutos totales por mes, disponibilidad e indisponibilidad, detallando además cada incidente ocurrido y los minutos de indisponibilidad que generaron cada uno de esos.
  • Estado de la plataforma detallando cantidad de Cores, CPU y Disco por cada ambiente de la plataforma Exadata o similar.

Mensualmente



Artículo 37°: Término anticipado del contrato.-
Mediante resolución fundada, el Ministerio podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases;
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
Si se le solicita o se declara el inicio de un procedimiento concursal de liquidación, o inicia proposiciones de acuerdo de reorganización con sus acreedores.
Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en inciso primero del artículo 4° de la ley 19.886-modificado por los Nos. 1) y 2) del artículo 401 de la ley N°20.720.
Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo.
Si el Proveedor o alguno de sus propietarios fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 10% de la facturación anual.  Asimismo, el Ministerio podrá poner término anticipado al contrato cuando en tres meses consecutivos se alcance el máximo de multas mensuales a aplicar o bien cuando en un periodo de 6 meses, se alcance en un periodo de tres meses no consecutivos el monto máximo de multas mensuales a aplicar.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), el Ministerio podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del Proveedor.

Artículo 37°: Término anticipado del contrato.-

Mediante resolución fundada, el Ministerio podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

·         Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

·         Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.

·         Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

·         Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.

·         Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases;

Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:

·         Si se le solicita o se declara el inicio de un procedimiento concursal de liquidación, o inicia proposiciones de acuerdo de reorganización con sus acreedores.

·         Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en inciso primero del artículo 4° de la ley 19.886-modificado por los Nos. 1) y 2) del artículo 401 de la ley N°20.720.

·         Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.

·         Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.

·         En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo.

·         Si el Proveedor o alguno de sus propietarios fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.

·         Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 10% de la facturación anual.  Asimismo, el Ministerio podrá poner término anticipado al contrato cuando en tres meses consecutivos se alcance el máximo de multas mensuales a aplicar o bien cuando en un periodo de 6 meses, se alcance en un periodo de tres meses no consecutivos el monto máximo de multas mensuales a aplicar.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), el Ministerio podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del Proveedor.



Artículo 37°: Término anticipado del contrato.-
Mediante resolución fundada, el Ministerio podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases;
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
Si se le solicita o se declara el inicio de un procedimiento concursal de liquidación, o inicia proposiciones de acuerdo de reorganización con sus acreedores.
Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en inciso primero del artículo 4° de la ley 19.886-modificado por los Nos. 1) y 2) del artículo 401 de la ley N°20.720.
Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo.
Si el Proveedor o alguno de sus propietarios fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 10% de la facturación anual.  Asimismo, el Ministerio podrá poner término anticipado al contrato cuando en tres meses consecutivos se alcance el máximo de multas mensuales a aplicar o bien cuando en un periodo de 6 meses, se alcance en un periodo de tres meses no consecutivos el monto máximo de multas mensuales a aplicar.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), el Ministerio podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al Ministerio en contra del Proveedor.




BASES ECONOMICAS
Artículo 38°: Monto de la oferta económica.-
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por el bien y/o servicio licitado. Este valor, se expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados, seguros de traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo.
Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del Artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo con el formato contenido en el Anexo N°4 de estas Bases. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Sistema para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. 
La propuesta no podrá superar en ningún caso los $780.000.000 impuestos incluidos.
Artículo 39°: Condiciones de pago.-
El pago del precio ofertado se efectuará una vez gestionada la correcta recepción de los servicios solicitados.
Solo se procederá al trámite de pago si se ha aceptado la orden de compra en el portal. Archivo XML debe ser enviado a la casilla subredarecepcion@custodium.com
El pago se realizará en una sola cuota contra los entregables del Hito 1, una vez estos sean recepcionados y aprobados.

HITO

MONTO

ENTREGABLES

PERIODO

1

Valor ofertado incluyendo IVA

  • Informe con los productos involucrados, para dar servicio a la plataforma Exadata o similar utilizada por Minsal.
  • Levantamiento de la arquitectura lógica de los ambientes de base de datos Oracle o similar.
  • Creación de ambientes necesarios Mínimos QA, Prueba y Productivo.

Una vez, durante la entrega del servicio inicial.



El pago se cursará por orden del Subsecretario de Redes Asistenciales, previa certificación de cumplimiento, emitida por la contraparte técnica Ministerial, quien administra la plataforma y su jefatura directa, según entregables asociados, además del certificado de autorización emitido por el Jefe del Departamento TIC, donde conste la recepción conforme de los servicios solicitados en estas bases de licitación.
Certificada la recepción conforme, a más tardar el tercero día hábil, la Unidad de Control de Egresos del MINISTERIO, emitirá la respectiva “Orden de Facturación”, la cual contiene las autorizaciones y certificaciones internas necesarias para hacer efectivo el pago. La orden será remitida al Proveedor vía correo electrónico o podrá ser retirada por éste directamente en dicha Unidad.
Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados. No se podrán recibir boletas de honorarios por estos servicios. 
El proveedor deberá emitir la respectiva factura a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos, dispuesta para tal efecto, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico. La factura deberá contener en su glosa al menos N° de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. 
Por lo tanto, para que su documento sea recepcionado por la plataforma electrónica de MINSAL, al momento de emitirlo por su sistema interno, debe necesariamente indicar en la referencia (campo 801), el número de la Orden de Compra. Ejemplo: Para documentos de la Subsecretaría de Redes Asistenciales 4127-XXXX-XXXX.
Adicionalmente, para que proceda el pago será requisito que el proveedor adjunte los instrumentos descritos en el párrafo tercero del artículo 35º de las presentes Bases que den cuenta del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
Una vez cumplidas las condiciones anteriores, el pago se efectuará a 30 días, contados desde la recepción de la factura, de acuerdo con lo establecido en el art. 79 bis del Decreto 250.


El pago se cursará por orden del Subsecretario de Redes Asistenciales, previa certificación de cumplimiento, emitida por la contraparte técnica Ministerial, quien administra la plataforma y su jefatura directa, según entregables asociados, además del certificado de autorización emitido por el Jefe del Departamento TIC, donde conste la recepción conforme de los servicios solicitados en estas bases de licitación.
Certificada la recepción conforme, a más tardar el tercero día hábil, la Unidad de Control de Egresos del MINISTERIO, emitirá la respectiva “Orden de Facturación”, la cual contiene las autorizaciones y certificaciones internas necesarias para hacer efectivo el pago. La orden será remitida al Proveedor vía correo electrónico o podrá ser retirada por éste directamente en dicha Unidad.
Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados. No se podrán recibir boletas de honorarios por estos servicios. 
El proveedor deberá emitir la respectiva factura a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos, dispuesta para tal efecto, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico. La factura deberá contener en su glosa al menos N° de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. 
Por lo tanto, para que su documento sea recepcionado por la plataforma electrónica de MINSAL, al momento de emitirlo por su sistema interno, debe necesariamente indicar en la referencia (campo 801), el número de la Orden de Compra. Ejemplo: Para documentos de la Subsecretaría de Redes Asistenciales 4127-XXXX-XXXX.
Adicionalmente, para que proceda el pago será requisito que el proveedor adjunte los instrumentos descritos en el párrafo tercero del artículo 35º de las presentes Bases que den cuenta del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
Una vez cumplidas las condiciones anteriores, el pago se efectuará a 30 días, contados desde la recepción de la factura, de acuerdo con lo establecido en el art. 79 bis del Decreto 250.




BASES TÉCNICA
Artículo 40°: Antecedentes.-
Desde la pandemia de COVID-19, la generación de información oficial, se ha convertido en un activo estratégico para la toma de decisiones del Minsal, autoridades, jefaturas, referentes técnicos, academia y ciudadanía en general. A ello se suma la necesidad de interoperar con otros organismos, la exigencia de procesos más veloces, que permitan extraer conocimiento de grandes volúmenes de datos, integrando una gran variedad de fuentes de información, salvaguardando en todo el proceso la seguridad de la información, en los ámbitos de: integridad, confidencialidad y disponibilidad.
La actual plataforma no permite mantener el nivel de crecimiento que se requiere para satisfacer las actuales necesidades de información, y los nuevos proyectos tecnológicos críticos y de innovación de Minsal, como por ejemplo, ceropapel, receta médica electrónica, seremi en línea, tiempos de espera (SIGTE), UGCC, Telemedicina, Compin, porque  posee limitantes a nivel de comunicación, infraestructura de hardware y software, además de estar próxima a su obsolescencia tecnológica, lo que se evidencia por el fin de garantía de sus diversos componentes. Adicionalmente, las condiciones actuales no permiten garantizar la oportunidad de los datos y la continuidad operacional de los sistemas, dado que los tiempos de procesamiento y volúmenes de datos han aumentado considerablemente, habiéndose experimentado problemas de disponibilidad en plataformas tales como las de DEIS. 
En atención a lo anterior, se requiere la adquisición de un servicio de infraestructura Exadata o similar en la nube de Oracle, en la región ubicada en Santiago de Chile, que contemple el levantamiento, implementación y migración de los servicios On-Premise a la nueva infraestructura.
Artículo 41°: Objetivos.-
OBJETIVO GENERAL.
Proveer un servicio en nube que permita mantener la continuidad operacional de los servicios críticos del Ministerio de Salud, por el término de 24 meses, velando por mantener la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información, acorde a los requerimientos establecidos en el presente documento.
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
La solución debe proveer la correcta continuidad de los servicios Oracle que actualmente están en una plataforma On-Premise, conformado por un servicio Oracle RAC de tres ambientes (Producción, QA y Desarrollo), los cuales se detallan a continuación:
Producción: Dos nodos de Oracle 12.2.0.1.0 sincronizados por ActiveDataGuard, donde cada nodo tiene 12 Core y 512 GB de RAM.
QA: Dos nodos de Oracle 12.2.0.1.0 sincronizados por ActiveDataGuard, donde cada nodo tiene 12 Core y 96 GB de RAM.
Desarrollo: Un nodo de Oracle 12.2.0.1.0, con 20 Core y 64 GB de RAM.

La solución entregada, debe proveerse en un servicio de base de datos OLTP Oracle, el cual combine hardware y software de forma especializada para brindar un rendimiento y una eficiencia óptimos en entornos de bases de datos de gran escala como Exadata. por el periodo que dure el contrato, con las respectivas tareas involucradas, donde se necesita que el servicio contemple:
Etapa inicial del proyecto:
Armado de arquitectura Exadata o similar, que permita separar los ambientes Desarrollo, QA y Productivo.
Creación de los ambientes Desarrollo, QA y Productivo con sus respectivos contenedores y PDBs.
Continuidad del servicio entregado:
Estado de la plataforma detallando cantidad de minutos totales por mes, disponibilidad e indisponibilidad, detallando además cada incidente ocurrido y los minutos de indisponibilidad que generaron cada uno de esos.
Estado de la plataforma detallando cantidad de Cores, CPU y Disco por cada ambiente de la plataforma.
Artículo 42°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.-
El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios es de 24 meses, y comenzarán a regir a contar de la emisión de la orden de compra respectiva y aceptación de ésta por parte del proveedor, y se extenderán hasta que se haya dado total e integró cumplimiento a lo requerido en las presentes bases de licitación.
El plazo para la instalación de la nube y su puesta en marcha deberá ejecutarse conforme a un Plan de Trabajo Detallado que la empresa adjudicada deberá entregar dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la emisión de la orden de compra en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración, este plan debe estar de acuerdo con las actividades y plazos entregados por el proveedor en el plan de su oferta técnica.
El plazo total para la implementación no podrá exceder los 60 días corridos, una vez acordado el Plan de trabajo entre ambas partes, plazo que comprende el periodo de la puesta en marcha, y que comenzará a correr una vez transcurridas 24 horas desde que el MINISTERIO de conformidad del Plan de Trabajo, mediante acta firmada por la Contraparte Técnica.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a partir del segundo día hábil de emitida la orden de compra.
Artículo 43°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros.-
Contratar el servicio de infraestructura Exadata o similar en la nube Oracle, en la región ubicada en Santiago de Chile.

PRODUCTO/SERVICIO

Meses

Horas Por Mes

Cantidad por año

Exadata o similar Cloud Infrastructure - Quarter Rack - X9M

24

744

1

Oracle Cloud Infrastructure - Database Exadata o similar OCPU

24

744

28

Oracle Cloud Infrastructure - Database Management - Cloud Databases

24

744

28

Oracle Database Zero Data Loss Autonomous Recovery Service

24

744

32.000

Enlaces con Oracle Cloud DC Productivo + DC Contingencia

24

--

4




I. DETALLE DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS.
Para asegurar la continuidad operacional de los servicios críticos del Ministerio de Salud, velando por mantener la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información, es necesario la adquisición de un servicio en nube que permita mantener la continuidad de los aplicativos acorde a los requerimientos establecidos en el presente documento.
El servicio contempla:
La solución debe proveer la correcta continuidad de los servicios Oracle que actualmente están en una plataforma On-Premise (Detallados anteriormente en los Objetivos específicos), en una infraestructura Exadata o similar por el periodo que dure el contrato, con las respectivas tareas involucradas, donde se necesita que el servicio contemple:
Armado de arquitectura Exadata o similar, que permita separar los ambientes Desarrollo, QA y Productivo.
Creación de los ambientes Desarrollo, QA y Productivo.
Debe quedar habilitado Goldengate para el proceso de migración.
La plataforma debe quedar completamente operativa con una máximo de 60 días corridos, una vez acordado el Plan de trabajo entre ambas partes, plazo.
Configuración y monitoreo de plataforma OEM incluida en la nube. 
Configuración de respaldos incluidos en la nube. 
Los servicios solicitados deben permitir a Minsal, poder gestionar la correcta continuidad de servicios críticos alojaos en Oracle, los cuales se han programado bajo la siguiente estrategia:
Identificación de cada CDB del servicio Oracle On-Premise, los cuales se segmentan en ambiente Desarrollo, QA y Productivo, identificando las PDB involucradas, recursos asociados (Core, CPU, Disco) y tunning específicos por PDBS (Sólo si aplica)
Además de lo anteriormente mencionado, se debe considerar la implementación de dos enlaces (principal y respaldo) de 1 GB cada uno para comunicar esta plataforma con el Site principal de Minsal, ubicado en Camino Liray, Hijuela 4 s/n. como también considerar 2 enlaces (principal y respaldo) de 1 GB cada uno para comunicar esta plataforma con el Site principal de Minsal, ubicado en avenida los jardines 927, Huechuraba.  
Continuidad del servicio entregado:
Estado de la plataforma detallando cantidad de minutos totales por mes, disponibilidad e indisponibilidad, detallando además cada incidente ocurrido y los minutos de indisponibilidad que generaron cada uno de esos.
Estado de la plataforma detallando cantidad de Cores, CPU y Disco por cada ambiente de la plataforma Exadata o similar.
Es de suma importancia que para efectos de migración de infraestructura critica de MINSAL a Cloud privado, público o hibrido, este cuente con todas las medidas de seguridad y cumplir con todas las normativas de tratamiento de los datos sensibles y las políticas de seguridad de la información, y el cumplimiento de la Ley Nº 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas, en relación con acciones vinculadas a su atención de Salud el DFL Nº 1/2005 del MINSAL y la Ley Nº 19.628 acerca de datos sensibles.
Artículo 44°: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.-
Los bienes y/o servicios contratados deberán ser entregados en las instalaciones que disponga la División requirente del MINISTERIO, conforme la naturaleza de éstos.
Para el plazo de entrega de los bienes y/o servicios requeridos se estará a lo dispuesto en los artículos 42° y 43° de las presentes Bases.
Artículo 45°: Contraparte Técnica Ministerial.-
Será la Contraparte Técnica Ministerial un profesional del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de MINSAL.
Para fines de seguimiento de los bienes y/o servicios contratados, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial, entre otros, efectuar las recepciones y realizar las validaciones, revisiones y aprobaciones de los productos propios de la licitación.
Las comunicaciones entre el Ejecutor y el MINISTERIO se realizarán preferentemente a través de correo electrónico dirigido a las contrapartes técnicas respectivas.
Al efecto, la Contraparte Técnica Ministerial podrá: 
1. Convocar al Ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y calidad de los bienes y/o servicios contratados.
2. Proporcionar al Ejecutor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.
3. Evaluar los informes entregados por el Ejecutor. Su aprobación o rechazo será comunicado al Ejecutor vía correo electrónico, con copia al Encargado Técnico designado por él. 
4. Emitir los Informes de Cumplimiento del Ejecutor.
5. Informar al Subsecretario respecto de cualquier incumplimiento del Ejecutor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.
Principalmente la Contraparte Técnica Ministerial deberá entregar al Ejecutor toda la información que este requiera y que esté disponible; facilitar el contacto del equipo investigador con otras instituciones, supervisión de todo el proceso de ejecución del proyecto y revisión y evaluación de cada uno de los productos. 
La contraparte técnica deberá velar por la correcta administración de las obligaciones del contrato, emitir un acta de evaluación de los informes, de aprobación o rechazo, firmada por todos los miembros de la contraparte.
En caso de aprobación, la Jefatura del Departamento de Tecnologías de la Información y comunicaciones, emitirá el certificado de cumplimiento correspondiente que deberá ser enviado al Departamento de Finanzas y Administración Interna en un plazo no superior a 10 días hábiles desde la recepción del servicio por parte del Ejecutor o Contratista. Lo anterior, con el propósito de tramitar la Orden de Facturación y proceso de pago.
Artículo 46°: Presentación de propuestas.-
Los oferentes deberán presentar su propuesta por la totalidad de los productos licitados. No se aceptarán ofertas parciales.
Artículo 47°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados.-
Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del MINISTERIO, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa del MINISTERIO.






ANEXOS
Ver anexos en Resolución Adjunta Nº422_2024
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.