Licitación ID: 4127-40-LE23
[TICSRA] SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS DE PREVENCIÓN Y CONCIENTIZACIÓN DE PHISHING Y SERVICIOS DE IMPLEMENTACIÓN EN MINSAL
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES, Subsecretaria de Redes Asistenciales
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 135
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de protección antivirus y de seguridad de transacciones 1 Año
Cod: 43233205
servicio para suscripción de licencias de prevención y concientización de phishing y servicios de implementación en minsal  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
[TICSRA] SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS DE PREVENCIÓN Y CONCIENTIZACIÓN DE PHISHING Y SERVICIOS DE IMPLEMENTACIÓN EN MINSAL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Aumentar la atención y vigilancia de los funcionarios y enseñarles a detectar aquellos elementos que permiten identificar los ataques de phishing disfrazados de correos electrónicos legítimos, lo que ayuda a evitar que caigan en la trampa y a la vez protege a la Institución de cualquier daño
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Unidad de compra:
Subsecretaria de Redes Asistenciales
R.U.T.:
61.975.700-9
Dirección:
Mac-Iver 541
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-07-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-07-2023 10:22:34
Fecha inicio de preguntas: 06-07-2023 8:00:00
Fecha final de preguntas: 10-07-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-07-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-07-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-07-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 22-08-2023 10:35:16
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº2-A IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PERSONA NATURAL
2.- ANEXO Nº2-B IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE PERSONA JURÍDICA
3.- ANEXO Nº3-A CARTA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD PERSONA NATURAL
4.- ANEXO Nº3-B CARTA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD PERSONA JURÍDICA
Documentos Técnicos
1.- ANEXO Nº5 DECLARACIÓN JURADA DE EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR
 
2.- ANEXO Nº6 PLAN DE TRABAJO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº4 OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Presentación de Requisitos Formales De acuerdo a Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. - de bases de licitación adjuntas 5%
2 OFERTA ECONÓMICA (PRECIO) De acuerdo a Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. - de bases de licitación adjuntas 60%
3 Propuesta Técnica De acuerdo a Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. - de bases de licitación adjuntas 30%
4 Experiencia del Proveedor De acuerdo a Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. - de bases de licitación adjuntas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Angelica Castro
e-mail de responsable de pago: acastro@minsal.cl
Nombre de responsable de contrato: Jose Villa
e-mail de responsable de contrato: jose.villa@minsal.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-00000000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
I.- BASES ADMINISTRATIVAS
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.


Artículo 1°: Antecedentes. -


El Ministerio de Salud, en adelante MINISTERIO o MINSAL, indistintamente, llama a licitación pública, para la contratación de servicio para “SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS DE PREVENCIÓN Y CONCIENTIZACIÓN DE PHISHING Y SERVICIOS DE IMPLEMENTACIÓN EN MINSAL.”


La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM.


Al efecto, el monto máximo de la contratación es la suma de $20.000.000- (veinte millones de pesos), impuesto incluido.


Artículo 2°: Bases. -
Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 


I.- Bases Administrativas.
II.- Condiciones Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos: 
Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”.
Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.
Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.
Anexo Nº3-A: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Natural”.
Anexo Nº3-B: “Carta Declaración de Responsabilidad Persona Jurídica”.
Anexo Nº4: Formato de “Oferta Económica”.
Anexo Nº5: Declaración jurada de experiencia del proveedor.
Anexo N°6: Plan de Trabajo


Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y el contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: 
a) Las presentes Bases Administrativas, Condiciones Económicas, Bases Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
d) Consultas, Respuestas y aclaraciones.
 
Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones, sin perjuicio de aquellas contenidas en el DS N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento de la ley N° 19.886:
MINISTERIO: Ministerio de Salud.
Ministro: Ministro/a de Salud.
Subsecretaría: Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Subsecretario/a: Subsecretario/a de Redes Asistenciales.
Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen los aspectos económicos de la licitación y del contrato a que dé lugar.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación: 
a) Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.
b) La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.
c) La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases. 
d) Las garantías requeridas.
e) Todos los documentos anexos solicitados según propuesta y tipo de oferente
Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.
Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo con las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados. 


Artículo 5°: Plazos de la licitación. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.


Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. 


Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 30 y 62 del reglamento de la ley N°419.886, aprobado por decreto supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. 
Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República. 


Artículo 7°: Notificaciones. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.


Artículo 8°: Aspectos Económicos de la Propuesta. -
La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.


2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.
Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases. -
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.


Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.


No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº20.720.


Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.


Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.


El MINISTERIO no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.


En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el presente procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.


Además, en el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el sólo hecho de participar en esta Licitación, el proponente declara:
i. No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
ii. Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación con la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.
iii. Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
iv. Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
v. Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
vi. Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.”


Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.


No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.


La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.


Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.


Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. 


Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación, y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.


3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Cada proponente podrá presentar una Propuesta por el total del servicio.
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”. 


En el caso de los proponentes no inscritos en el Registro de Proveedores o que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través Sistema de Información.

Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
El contenido de la Propuesta será el siguiente:  


a) Antecedentes del oferente y otros documentos.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-A, debidamente suscrita por el oferente.
3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente.


a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
2. Carta Declaración de Responsabilidad contenida en el Anexo Nº3-B, debidamente suscrita por el (los) Representante (s) Legal (es) de la entidad proponente.
3. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
4. Fotocopia simple de la escritura pública o acto administrativo, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representante (s) legal (es) del proponente. 
5. Fotocopia simple del RUT del proponente.


a.3) Otros antecedentes aplicables para ambos tipos de oferentes.


4. En el caso de Unión Temporal de Proveedores se deberá acompañar el instrumento en que se formaliza la unión el cual, a lo menos, debe establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el MINISTERIO y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. Sin perjuicio de las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad.


b) Oferta Técnica
La oferta técnica deberá contener lo siguiente:


1. Plan de Trabajo:
o Requerimientos técnicos
o Organización y control de las actividades
o Requisitos de Instalación


La omisión del plan por parte del oferente declarará inadmisible la oferta.


La propuesta técnica se deberá presentar conforme a lo establecido en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el apartado III de las presentes Bases.


c) Oferta Económica.  


La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas contenidas en el apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°4 de estas Bases.


4.- Admisibilidad de las Propuestas.


Artículo 14°: Admisibilidad de las Propuestas. -
Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 12º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12º, 13º todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes: 
Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 10º de las presentes Bases.
Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 12º de las presentes Bases.
Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en el artículo 13º de las presentes Bases.


Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º siguiente.


Artículo 15°: Errores u omisiones formales. -
La Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Subsecretaría podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En estos casos, la Subsecretaría a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo fatal de tres días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con cero puntos en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales” o “Presentación y completitud de Antecedentes” descrito en el artículo 21 de estas Bases.


Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublic.cl.


5.- Apertura Electrónica.
Artículo 16°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.


6.- Validez de las Propuestas.
Artículo 17°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta.


7.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.
Artículo 18°: Comisión de Evaluación. -
El análisis y evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, integrada por los miembros que a continuación se indican, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación, y que se establece en este acto:
a) Jefe del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, o quien este delegue. 
b) Profesional de la División de Finanzas y administración Interna (DIFAI)
c) Profesional del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.


La integración de la Comisión de Evaluación se publicará en el Sistema de Información de contratación pública. Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación: 


1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3. Elaborar el Informe de Evaluación sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y ser las más convenientes a los intereses de la Subsecretaría, o bien la proposición fundada de declarar desierta la licitación.


Artículo 19°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas. -
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.


Artículo 20°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas. -
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.


La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico. 


Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de estas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.


Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación. -
Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación:

Criterios de Evaluación

Ponderación

 

Oferta económica (Precio)

60%

 

Propuesta Técnica

30%

 

Experiencia del Proveedor

5%

 

 Presentación de Requisitos Formales

5%

 

  • Oferta económica (Precio)

CRITERIO DE EVALUACIÓN

 OFERTA ECONÓMICA PRECIO ($)

MEDIO DE VERIFICACIÓN

 

Ponderación

60%

Oferta Económica presentada en Anexo N°2.

 

Puntaje Máximo

Nota 7.0

 

Formula de Calculo

Precio Mínimo ofertado *7 /Precio ofertado

 

  • Propuesta Técnica

CRITERIO DE EVALUACIÓN

PROPUESTA TÉCNICA

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

30%

Anexo N°6: Plan de Trabajo

Descripción

La oferta técnica debe incluir lo solicitado en las bases técnicas de la licitación, ajustándose a los objetivos y especificaciones señaladas en los puntos III Bases Técnicas y IV Anexos.

Puntaje Máximo

Nota 7.0

Fórmula de Cálculo:

Según Tabla

Nota

El proveedor cumple con lo indicado en puntos III de
Bases Técnicas y su oferta incluye la realización de 5
ejercicios de Phishing adicionales a los 12 solicitados.

7

El proveedor cumple con lo indicado en puntos III de
Bases Técnicas y su oferta incluye la realización de 3
ejercicios de Phishing adicionales a los 12 solicitados.

5

El proveedor cumple con lo indicado en puntos III de
Bases Técnicas y su oferta.

3

  • Experiencia del Proveedor

CRITERIO DE EVALUACIÓN

EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Ponderación

5%

Experiencia en el área que postula presentada en Anexo N°5

Fichas presentadas por el proveedor (Anexo N° 5)

Descripción

Se evaluará según lo informado en el currículum de la empresa la experiencia en servicios con detalle de los trabajos realizados, según la tabla adjunta

Puntaje Máximo

Nota 7.0

Fórmula de Cálculo

 Según Tabla

Nota

Más de 5 trabajos ejecutados por el proponente, similares a los requeridos.

7

Entre 3 a 4 trabajos ejecutados por el proponente, similares a los requeridos.

6

Al menos 1 trabajo ejecutados por el proponente, similares a los requeridos.

3

No indica o no tiene experiencia ni trabajos ejecutados

0

  • Presentación de Requisitos Formales (5%)

CRITERIO

EVALUACIÓN

NOTA

MEDIO DE VERIFICACIÓN

Presentación de Requisitos Formales

El oferente cumple los requisitos formales en su propuesta

7

Se evaluará si el proponente, al momento de presentar su propuesta adjunta los requisitos formales solicitados

El oferente no cumple alguno de los requisitos formales en su propuesta

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CRITERIOS DE DESEMPATE
En el evento de que dos (2) o más propuestas obtengan el mismo puntaje y queden ubicadas en el primer lugar del orden de elegibilidad, se seguirá el siguiente procedimiento, en el orden señalado:


De producirse empate, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta mejor evaluada en el criterio de “Propuesta Técnica”. Si el empate persiste, la adjudicación se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Experiencia”. De continuar el empate se decidirá a favor de la oferta con mayor puntuación en el criterio “Precio”. En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información.


Artículo 22°: Informe de Evaluación. - 
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información: 
1. Verificación de admisibilidad de los proponentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá dejar constancia de ello.
2. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas
3. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
4. Análisis particular de las propuestas.
5. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
6. Análisis final de evaluación y de observaciones. 
7. Proposición fundada dirigida a la Subsecretaria de Redes Asistenciales, de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgaré que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. 


El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la Subsecretaria a más tardar al quinto día hábil siguiente al de la apertura de las propuestas presentadas. 


La decisión de adjudicación de la Subsecretaria será remitida, conjuntamente con el Informe de Evaluación, a la División de Finanzas y Administración Interna para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir a dicha División la propuesta adjudicada y sus antecedentes respectivos.


8.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 23°: Adjudicación. -
La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a un solo oferente, por el servicio licitado.
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 21° de las presentes Bases.


Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias.


Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. 


La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría. Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 


Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6 del reglamento de la ley Nº19.886.


Además, en el mismo acto, el MINISTERIO podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación.


En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá readjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo al Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.


Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación. -
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.


En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.


La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº19.886.


Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.


De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. 


9.- Del Contrato.
Artículo 25°: Contrato. -
Resuelta la adjudicación de la licitación, se celebrará el contrato correspondiente, debiendo el adjudicatario cumplir con encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores. El adjudicatario tendrá hasta el vencimiento del plazo establecido en el artículo 26° de las presentes Bases para acreditar esta inscripción.


Artículo 26°: Contenido del contrato y suscripción. - 
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la entidad licitante y será suscrito por la Subsecretaría de Redes Asistenciales y la persona natural adjudicada o el (los) representante (s) legal (es) de la persona jurídica adjudicataria, según corresponda.
Sin perjuicio de lo establecido en las presentes Bases, el contenido mínimo del contrato será el siguiente:
a) Individualización de las partes contratantes;
b) Características de los bienes y/o servicios contratados;
c) Precio;
d) Plazo de duración;
e) Garantías;
f) Causales de término anticipado;
g) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;
h) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las Bases Administrativas, Condiciones Económicas y Bases Técnicas, y sus Anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las Bases si las hubiere, la Propuesta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de las presentes Bases;
i) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del Proveedor;
j) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el Proveedor;
k) Declaración en el sentido que el contrato celebrado no significará impedimento para que el Ministerio y/o la Subsecretaría de Redes Asistenciales pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
l) Declaración que el Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio;
m) Los medios para acreditar que el Proveedor no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que dichos medios pueden ser requeridos;
n) Declaración de confidencialidad, en virtud de la cual se dejará establecido que toda información respecto al Ministerio y la función administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del contrato, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia del contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a mantener estricta reserva y a no usar, a ningún título, para sí ni para beneficios de terceros, ni divulgar, compartir, comunicar, revelar, reproducir o poner a disposición de terceros parte alguna de la información referida.
o) Declaración que entre la Ministerio y/o la Subsecretaría de Redes Asistenciales y el personal dependiente, contratado o subcontratado del Proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral, ni funcionario;
p) Declaración que el Proveedor se obliga al cumplimiento de lo establecido en la Política General de Seguridad de la Información, publicada por el Ministerio de Salud en su página web, la cual debe ser consultada en el link: http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion.
El contrato respectivo deberá suscribirse dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta al adjudicatario conforme a lo establecido en las presentes Bases.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en estas bases, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento la Subsecretaría de Redes Asistenciales procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, en los casos en que ello sea procedente, declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) propuesta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada por la comisión designada para tales efectos, en conformidad al Informe de Evaluación respectivo.
En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 25º precedente, dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Artículo 27°: Precio del contrato y pagos. -
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Condiciones Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases. 


Artículo 28°: Vigencia del Contrato. -
El contrato tendrá una duración máxima de 12 MESES, comenzando a regir a contar de la notificación al Proveedor de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.


El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases. 


La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34° de las presentes Bases.


Artículo 29°: Domicilio. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.


Artículo 30°: Informes. -
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.


Artículo 31°: Encargado Técnico. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.


La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
Artículo 32°: Cesión del contrato. - 
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 37º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.


Artículo 33°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el MINISTERIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. 


Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al MINISTERIO. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el MINISTERIO.


Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. 


El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 34º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.


10.- Multas y Sanciones.
Artículo 34°: Multas por atrasos. - 
El incumplimiento del Proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al MINISTERIO para aplicar una multa equivalente al 0,05% del precio total del contrato por cada día corrido de atraso, hasta completar un 15% de dicho precio.


Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor, indicados en artículo de Niveles de Servicio, en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato.


Para aplicar una multa la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. 


La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos. 


Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario quién resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio de Salud. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaría la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley Nº19.880.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.


Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.


La ejecución de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases.


11.- Terminación anticipada del contrato.
Artículo 35°: Terminación anticipada del contrato. -


Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases.
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
i. Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº19.886 – modificado por los Nos 1) y 2) del artículo 401 de la ley Nº20.720.
ii. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
iii. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
iv. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
v. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
f) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 34° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 15% del precio del contrato.
g) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo


Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras a) y d), si existiese, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de sanción y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.

II CONDICIONES ECONOMICAS
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12. Aspectos económicos

Artículo 36°: Monto de la oferta económica

La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto por el bien y/o servicio licitado. Este valor, se expresará en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo.

 

Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 12º, y presentar su oferta económica de acuerdo con el formato contenido en el Anexo N°4 de estas Bases. En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada electrónicamente en el Sistema de Información y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Sistema para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.

 

Artículo 37°: Condiciones de pago. -   

El pago del precio se efectuará en 2 hitos: primer pago correspondiente a 1 cuota acorde a los entregables descritos en el hito 1 (referente a las licencias obtenidas), el segundo pago se hará en 2 cuotas iguales acordes a los entregables descritos en el hito 2 (referencia al servicio de soporte).

 

HITO

MONTO

ENTREGABLES

1

Valor ofertado incluyendo IVA (una cuota)

  1. Certificado que acredite la suscripción del licenciamiento a nombre de Minsal por 12 meses. (De acuerdo con las especificaciones técnicas indicadas en el Art. N°39 del presente documento). Contra informe de recepción conforme.

2

 

Valor ofertado incluyendo IVA (dividido en dos cuotas)

Se cancelarán en el mes 6 y 12 contados desde la recepción conforme del licenciamiento solicitado.

  1. Informes de servicio de soporte:
    1. Informe de estado del servicio.
    2. Informe consumo de horas.

 

 

El pago será realizado por el MINSAL a la empresa proveedora, una vez recibido a entera conformidad el bien o servicio respectivo, previa certificación señalada en el párrafo anterior y emitida la autorización respectiva por parte de la jefatura del Departamento Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

 

En todo caso, no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato.

 

Cumpliéndose las condiciones señaladas en los párrafos precedentes, el MINISTERIO hará efectivo el pago dentro de los 30 días de recibida la factura.

 

Sin perjuicio de lo anterior, para cursar el pago el proveedor, debe informar sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que le corresponde respecto de sus trabajadores, y en caso de que corresponda, las mismas obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Lo anterior deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los cuales deben garantizar la veracidad del monto y del estado de cumplimiento de las obligaciones antes dichas.

 

Es requisito para el pago que el proveedor emita factura por los servicios prestados, y esta se envíe mediante la plataforma del Servicio de Impuestos Internos dispuesta para tales efectos, sin necesidad de enviar copia en papel ni a través de correo electrónico.

 

La factura deberá contener en su glosa al menos N° de Orden de compra, descripción del Servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. (No enviar documentos en sobre cerrado).
III.-BASES TÉCNICAS

13.-  Antecedentes. 

La gestión actual del Ministerio de Salud mantiene el desafío de avanzar en la instalación de sistemas de información confiables que permitan, entre otras cosas, que la información sea comparable, consistente y adecuada para apoyar la toma de decisiones.

Durante los últimos meses han sido varios los casos que se han conocido sobre hackeos y ciberataques a entidades gubernamentales en nuestro país. Organismos como el Poder Judicial, el Estado Mayor Conjunto (EMCO), Sernac y la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) y recientemente el Fondo Nacional de Salud, han sido afectados. Los ataques van desde la retención de datos a cambio de cobros hasta filtraciones de correos y otras informaciones. Algunas de estas vulneraciones, han dejado en evidencia brechas de seguridad, como el caso de Poder Judicial, ya que tras ser víctima de un malware se conoció que gran parte de sus equipos operan con sistemas casi obsoletos y poco actualizados. 

En este contexto, el Ministerio de Salud (MINSAL) no está exento de un ataque cibernético, y se hace necesario extremar y reforzar las medidas de seguridad sobre los activos críticos de información Ministerial, el acceso de información y la protección de datos sensibles de la Institución. Es por ello que el Ministerio de Salud, como Institución garante de la seguridad de los activos críticos de información que son de apoyo a la gestión institucional y el máximo responsable a la hora de evitar explotación de vulnerabilidades de estos, propone llevar a cabo acciones que permitan prevenir en sus usuarios a través ejercicios de phishing en el contexto de envío de correos maliciosos educativo o entrenamientos educativos, para ver si pueden distinguir entre correos electrónicos legítimos y de phishing.

Contar con medidas básicas de prevención de ataques de phishing y potenciar a los funcionarios a través software que incluyan funcionalidades que permitan considerar medidas de concientización para fortalecer las defensas del Minsal de cara al usuario.

14.- Objetivos.

Artículo 38°: Objetivos. -

OBJETIVO GENERAL

Aumentar la atención y vigilancia de los funcionarios y enseñarles a detectar aquellos elementos que permiten identificar los ataques de phishing disfrazados de correos electrónicos legítimos, lo que ayuda a evitar que caigan en la trampa y a la vez protege a la Institución de cualquier daño.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  1. Realizar Ejercicios de Phishing Educativo para los funcionarios del Ministerio de Salud.
  2. Reforzar en los funcionarios la cultura de la Seguridad de la Información.
  3. Generar conciencia en los funcionarios acerca de la Seguridad de la Información y Ciberseguridad.
  4. Medir comportamiento y conducta de los funcionarios ante posibles ataques de correos Phishing u otros tipos de ataques.

15.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.

Artículo 39°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios. -

El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios es de 12 MESES contados desde la entrada en vigor del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 27° de las presentes Bases.

Para tales efectos, se entenderá notificado luego de transcurridas 24 horas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento o resolución objeto de notificación. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, el MINISTERIO deberá remitir al oferente adjudicado copia del Acto administrativo aprobatorio del contrato mediante carta certificada, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción en la oficina de correos de la referida carta.

16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.

Artículo 40°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros. -

El servicio requerido consiste en los siguientes productos:

a)       Solución Plataforma Tecnológica

PRODUCTO/SERVICIO

CANTIDAD

1

SUSCRIPCIÓN DE LICENCIAS DE PREVENCIÓN Y CONCIENTIZACIÓN PHISHING, POR 12 MESES PARA 1.800 USUARIOS MINSAL

1.800

2

DOMINIOS DE PRUEBAS

3

3

CERTIFICADOS SSL PARA PRUEBAS

3

b)       Servicios de Implementación

PRODUCTO/SERVICIO

CANTIDAD

1

SETUP DE CONFIGURACIÓN Y PUESTA EN MARCHA EN MINSAL.

1

c)       Servicios Gestionados

PRODUCTO/SERVICIO

CANTIDAD

1

DISPONILIDAD DE SERVICIO DE SOPORTE DISPONIBLE HH 5X8, PARA EXPLOTACIÓN DEL SW (DISEÑO DE CAMPAÑAS, EXPLOTACIÓN DE FUNCIONALIDADES DE LA HERRAMIENTA Y CONFIGURACIONES NECESARIAS).

240 HRS.

Especificaciones Técnicas

Requerimientos 
La solución tecnológica propuesta debe considerar los siguientes requerimientos:
Realizar Ejercicios de Phishing Educativo.
Realizar simuladores de ataques.
o URLs, Spear Phishing, Hipervinculos, Ransomware, SMiShing, Archivos, Mixtos
Capacidad de clasificación de reputación de usuarios, de acuerdo con simulaciones de ataques.
Generación de reportes y Panel de comportamiento de usuarios en simulaciones de ataques
Entrenamiento virtual.
o Aprendizaje virtual y medición de reputación de usuario en simulaciones.
o Capsula de aprendizaje, para la creación de contenidos, videos de entrenamiento.
o Biblioteca de contenidos para formación (plantillas de aprendizaje, videos de formación, test, cuestionarios) todos en versión español.
o Capsula de aprendizaje basada en videos de autoaprendizaje (en español) que proporcione la herramienta tecnológica y que puedan adaptarse a la realidad Ministerial. Con el objeto de generar conciencia en los funcionarios acerca de la Seguridad de la Información y Ciberseguridad.
o Personalización de videos y plantillas de aprendizaje.
o Permita la importación y/o exportación de videos para uso Institucional.
o Diplomas de Formación de Concientización.


Capacidad de que usuarios finales puedan reportar correos electrónicos sospechosos y enviarlos a una consola de administración para seguimiento.
Consola de administración para medir el comportamiento y conducta de los funcionarios ante posibles ataques de correos Phishing u otros tipos de ataques.
Capacidad de integración con terceros a través de API.
Compatible con Outlook, Office365, Gmail.

Sobre Solución Plataforma Tecnológica 
La infraestructura que se disponga debe estar alojada en una nube publica y ser validada por MINSAL previamente, para total tranquilidad de este en base a los permisos que se deben entregar para establecer la comunicación entre los sitios que se crearan para estas pruebas respectivas. Se deberá proveer de toda la infraestructura tecnológica necesaria para que el Phishing sea realizado de la mejor forma y sin contratiempos para MINSAL.
El oferente deberá proveedor de la configuración y entrega de 3 sitios WEB especialmente diseñadas para las pruebas del personal que ingresara a esa página después de cada uno de los ejercicios de Phishing, cada uno de los sitios WEB será diferente al anterior, ya que cada campaña también será diferente y con vectores de ataque diferentes para que el personal que ingrese a este sitio WEB pueda creer que está en un sitio casi real.
La herramienta debe ser capaz de crear un clon de la página que MINSAL estime para después customizarlo y con ello crear los ejercicios necesarios para la solución que requiere.


Sobre los Servicios de Implementación
El oferente debe asegurar un correcto desarrollo de las actividades involucradas en cada uno de los hardware y servicios ofertados, para el setup de configuración y puesta en marcha en Minsal deberá ejecutarse conforme a un PLAN DE TRABAJO, que deberá se detallado en Anexo N° 6 de las presentes bases.


Sobre los Servicios Gestionados
El oferente debe proponer la utilización de una herramienta tecnológica que permita entregar un servicio con máximo nivel de visibilidad sobre las funcionalidades de esta y definir los aspectos que se encuentren débiles en la organización de acuerdo a un previo diagnóstico donde proponga un trabajo de concientización recomendado de acuerdo a experiencia.
Este servicio deberá ser acompañado y coordinado por un Gestor con Experiencia en este tipo de servicios, que será el encargado de asegurar la continuidad y cumplimiento de todos los requerimientos indicados en el punto anterior.
Este Gestor, deberá estar encargado del desarrollo de todas las actividades necesarias para la explotación de las funcionalidades de la plataforma, las que incluyen:
o Ejercicios de Phishing, simuladores de ataques, pruebas de infraestructura, entrenamiento de sensibilización e involucramiento de los empleados.
o El oferente deberá proveer el desarrollo para realizar 12 ejercicios de Phishing, estos deberán considerar el envío de 1 correo a un grupo de funcionarios por cada ejercicio.
o Transcurridas 24 horas de ejecutado cada ejercicio, el oferente debe entregar un reporte preliminar con al menos la cantidad de correos enviados, abiertos y de usuarios que fueron comprometidos e ingresaron al link, descarga de archivo y/o entrega de información, a través del correo recibido.
o Diseño y formatos de correos de prueba.
o Configuración de los dominios de prueba para ejercicios.
o Material educativo expuesto para ejercicios que se requieran.
o Deshabilitación de las páginas web de prueba y traspasos del dominio.


Este especialista de servicio tendrá como propósito de realizar el seguimiento continuo del servicio, realizará una visita semanal, donde presentará a Contraparte Técnica y el equipo de trabajo el estado del servicio, levantar alertas, seguir compromisos con responsables al interior del equipo, mostrar el cumplimiento de métricas, reportar horas consumidas del servicio y estado de avance



Artículo 40°: Niveles de Servicio (SLA). -

El SLA para el servicio considera:


Item

SLA

Multa Aplicada

Tiempo de entrega del Informes de servicio descrito en Artículo 37° Hito 2:

  • Informe de estado del servicio.
  • Informe consumo de horas.

Cinco días hábiles después de inicio del mes.

5 UF por cada día adicional acumuladas de atraso con tope de un 20% de la facturación mensual

Tiempo de disponibilidad de servicio de soporte 5x8

60 minutos para coordinación de actividades por semana, en horario de 5 días hábiles x 8 horas diurnas.

1,5 UF por cada 30 minutos

 acumulados de atraso con tope de un

 20% de la facturación mensual

Disponibilidad del servicio licenciado de la plataforma de Phishing

99,8%

0,5 UF por cada 30 minutos

 de perdida de la plataforma de Phishing

17.- Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.

Artículo 41°: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios. -

Los bienes y/o servicios contratados deberán ser entregados en las instalaciones que disponga la División requirente, del MINISTERIO, conforme la naturaleza de éstos.

Para el plazo de entrega de los bienes y/o servicios requeridos se estará a lo dispuesto en los artículos 36° y 37° de las presentes Bases

18.- Contraparte Técnica Ministerial.

Artículo 42°: Contraparte Técnica Ministerial. -

La Contraparte Técnica Ministerial encargada de actuar como interlocutor con el adjudicado, en todo lo relacionado con materias técnicas propias de la contratación, será un profesional del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones MINSAL, quien además deberá velar por la correcta ejecución de las obligaciones del adjudicado.

Al efecto, la Contraparte Técnica Ministerial podrá:

  1. Convocar al Ejecutor a reuniones periódicas para evaluar el avance y calidad de los bienes y/o servicios contratados.
  2. Proporcionar al Ejecutor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.
  3. Evaluar los informes entregados por el Ejecutor. Su aprobación o rechazo será comunicado al Ejecutor vía correo electrónico, con copia al Encargado Técnico designado por él.
  4. Emitir los Informes de Cumplimiento del Ejecutor.

19. Condiciones y restricciones. 

Artículo 43°: Presentación de propuestas. -

Los oferentes deberán presentar su propuesta por todos los servicios licitados.

Artículo 44°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados. -

Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del MINISTERIO. Debido a lo anterior, es el MINISTERIO quien determina las formas de uso futuro de los mismos.

El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.

Artículo 45°: Cumplimiento de las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información

Todo oferente, funcionario y proveedor del MINSAL debe conocer y dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link https://www.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion/ y cumplir con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL para cada proyecto y/o tarea.

Política General de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud.

Toda persona que desarrolle labores para el MINSAL, ya sea por contratación directa o indirecta, debe dar estricto cumplimiento a la Política General de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, observando sus directrices y colaborando en su aplicación e implementación desde el ámbito de sus funciones y competencias.

Los proveedores e instituciones colaboradoras del MINSAL, serán responsables por los incumplimientos a las normas y políticas de seguridad de la información, con independencia del régimen contractual en base al cual desarrollen sus labores, o que desarrollen las labores a través de personal de su dependencia o subcontratación.

En caso de incumplimiento, MINSAL se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción y podrá perseguir las responsabilidades legales, administrativas y contractuales que surjan del referido incumplimiento, sin perjuicio de solicitar al proveedor el reemplazo de los profesionales vetados por otros cuya idoneidad y competencias sean aprobados por el organismo contratante.

Las políticas publicadas en este sitio web, corresponden a las relacionadas directamente con los proveedores, dependiendo de la naturaleza de los proyectos o contrato, es posible que sean aplicables otras políticas, las que pueden ser solicitadas a MINSAL una vez tramitado el contrato respectivo.