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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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FORMA DE PAGO |
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Sera contra entrega conforme del itemizado y con un informe y visto bueno de recepción por parte de la unidad técnica de la I. Municipalidad de Lago Verde.
SE DEJA CONSTANCIA QUE LAS SILLAS DEBERÁN ENTREGARSE CON GUÍA DE DESPACHO, DEBIENDO EMITIRSE LA FACTURA POSTERIOR A LA RECEPCIÓN CONFORME DE LOS PRODUCTOS. EN CONSECUENCIA, SE PROHIBE LA EMISIÓN DE LA FACTURA COMO DOCUMENTO VALIDANTE DEL TRANSPORTE DE LOS BIENES A ADQUIRIR, Y SU EMISIÓN PREVIA A LA RECEPCIÓN CONFORME DE LAS MISMAS EN DEPENDENCIAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LAGO VERDE.
a) Factura a nombre de la I. Municipalidad de Lago Verde, RUT N° 69.253.000-4, ingresada a través de Oficina de Partes, ubicada en calle Cacique Blanco N° 131 Localidad de Lago Verde, comuna de Lago Verde. De entregarse en forma electrónica, esta deberá ser ingresada a través del correo partes@lagoverdeaysen.cl.
b) Certificado o acta de recepción conforme, Acta de recepción conforme de lo ofertado, debidamente firmado.
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MULTAS |
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La municipalidad se reserva el derecho, previo informe de la unidad técnica, de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que no haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas o que impone la Ley.
Se considera la aplicación de multas por incumplimiento del proveedor en la entrega del producto con las características indicadas en el Punto V de las presentes Bases Técnicas Administrativas:
a) Multa de un 2% del total neto de la orden de compra, por cada día de atraso en la entrega de las sillas, con tope máximo de 5 días hábiles, superando este plazo, se procederá a la cancelación de la orden de compra.
b) Incumplimiento técnico de las sillas, si llegara alguna silla defectuosa, en mal estado, con perforaciones, entre otros; deberá ser sustituida por una nueva dentro del término de cinco días hábiles, bajo sanción de aplicar multa diaria hasta su cambio.
c) Además, deberá entregar el producto requerido dentro del plazo ofertado, de lo contrario se aplicará la multa señalada en la letra a).
d) Las multas sólo podrán alcanzar como tope de la respectiva garantía.
La aplicación de una multa será notificada al adjudicatario mediante correo institucional por la unidad técnica, indicando el monto de ésta. A contar de dicha notificación, el adjudicatario tendrá un plazo de 3 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, se dictará el respectivo decreto aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiere presentado en el tiempo y forma sus descargos, la unidad técnica tendrá un plazo de hasta 2 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para remitir a la unidad técnica requirente, quien procederá a rechazarlos o acogerlos y dentro del mismo plazo antes señalado informar a la unidad técnica quien determinará, mediante resolución y notificará mediante correo electrónico institucional. Desde ese momento, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa respectiva.
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