Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
DE LA NOTIFICACIÓN |
Se considera como notificación la adjudicación de licitación y el envió de Orden de Compra realizada vía portal www.mercadopublico.cl
En caso de rechazo o no aceptación de la adjudicación o ante la falta de cumplimiento de contrato, por parte del proveedor adjudicado, esta Dirección de educación se toma la facultad de re-adjudicar al oferente que siga en puntaje al proveedor adjudicado, según acta de evaluación de esta licitación.
|
|
|
FIRMA DE CNTRATO |
Entre el proveedor y la Municipalidad de Lago Verde se suscribirá un contrato de suministro que fije los compromisos condiciones, plazos, garantías y multas por este servicio, el que deberá ser aprobado por Decreto Alcaldicio. Sin perjuicio de lo anterior, el contrato deberá celebrarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación.
|
|
|
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA |
a. El derecho a monte, corte, acopio, carga, transporte, descarga, No teniendo esta Administración responsabilidad alguna frente a terceros por tales conceptos.
b. Disponer de vehículos que efectúen el transporte de leña.
c. El contratar personal para carga, descarga y acopio de leña en bodegas de establecimientos educacionales, así como la seguridad de sus trabajadores
Será obligación del adjudicatario:
a. La entrega de la leña en las cantidades señaladas, en las leñeras de cada establecimiento educacional, de lunes a viernes respetando el horario de trabajo e cada Unidad educativa.
b. La leña deberá ser entregada en forma ordenada en el interior de cada leñera, supervisada por funcionarios designados en cada establecimiento educacional.
c. Se respetará el tipo de leña adjudicada; de ser diferente los productos entregados, al indicado en la Orden de Compra, se tendrá la opción de rechazar la entrega, hasta recepcionar el producto adjudicado.
d. El proveedor deberá extender, documento y/o guía de entrega en duplicado dejándolas en mano de la persona encargada de la recepción en el establecimiento educacional correspondiente.
|
|
|
EJECUCION |
El adjudicatario podrá iniciar la entrega de leña desde la fecha de adjudicación y envió de orden de compra, previo aviso a la Dirección de Educación de Lago Verde.
|
|
|
DE LAS ATRIBUCIONES DE INSPECCIÓN |
Cada establecimiento educacional contará con personal designado para la recepción de la leña, quien tendrá la atribución de rechazar la entrega, cuando estas presenten ramas de árboles, trozos de leña en descomposición o cuando el tipo de leña a entregar no coincide con el tipo de leña adjudicado.
La medición cúbica de la leña se efectuará en cada leñera de cada establecimiento, por el personal designado para tal efecto.
|
|
|
DE LOS ESTADOS DE PAGO |
El precio de leña adjudicado se respetará hasta completar la totalidad de la entrega de los metros adjudicados por el proveedor.
Al momento de solicitar estado de pago, el contratista deberá presentar a la Municipalidad de Lago Verde los siguientes documentos:
a. Factura emitida a nombre de la Municipalidad de Lago Verde RUT: 69.253.000-4 calle Cacique Blanco 131 Lago Verde.
b. Documento de entrega de leña firmada por quien recepciona en la unidad Educativa.
c. Orden de Compra aceptada a través del sistema electrónico www.mercaopublico.cl
d. Certificado de recepción conforme; emitido por la dirección del establecimiento Educacional correspondiente.
En caso de no cumplir con estas solicitudes se hará retención del pago de facturas hasta cuando se regularicen las solicitudes antes indicadas.
El Proveedor podrá facturar en forma parcializada toda vez que realice entrega de leña. Queda establecido; cancelación contra factura, lo que podrá ser a 30 días considerando la fecha de recepción de esta.
|
|
|