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Resolución de Empates |
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En el evento de que al término de la evaluación se produzca empate entre dos o más ofertas, dicho empate se dirimirá adjudicando al oferente que tenga mejor evaluación en el criterio con mayor ponderación (análisis de oferta técnica), si persistiere el empate, se deberá preferir a la que tenga puntaje más alto en el criterio de “Experiencia de la empresa”, y si aún así persiste el empate, primará la que tenga mejor evaluación en el criterio de “Mano de obra local”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes que tengan interés en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a las bases administrativas y técnicas dentro de los plazos señalados en la ficha de licitación del portal electrónico de Mercado público.
La Municipalidad no contestará preguntas o aclaraciones formuladas fuera de la referida plataforma.
La Municipalidad contestará solamente aquellas preguntas que digan relación estricta con el proceso de Licitación Pública.
La Municipalidad pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en la referida ficha de licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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6.2 Aclaración ofertas:
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los Principios de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. En este punto, se procederá conforme al artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas.
Además, La Municipalidad podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de cuarenta y ochos (48) horas, para responder lo solicitado por La Municipalidad.
La Municipalidad no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo que se entreguen fuera del portal Mercado público, salvo excepciones señaladas en la Ley de compras Públicas.
La Municipalidad permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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6.3 Visita a terreno |
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Todo proponente u oferente interesado en presentar una oferta en esta Licitación Pública, deberá asistir a una visita en terreno al lugar en el cual se ejecutará el proyecto en mención.
La unidad técnica del D.A.E.M. programará la visita en terreno, la cual atendiendo a la contingencia pandémica por brote de SARS-COVID19, será realizada en horarios distintos, en grupos de no más de dos proveedores o representantes de proveedores a la vez, a quienes se les comunicará vía correo electrónico el horario concreto, y lugar que será atendido.
La fecha de la visita, quedará establecida en el calendario de la respectiva licitación (www.mercadopublico.cl).
Las actas de visita, serán firmadas en formatos tipos estandarizados que preparará la unidad técnica.
Todas las consultas que se generen en la visita a terreno tendrán que ser formuladas a través del foro consulta de la licitación, durante la etapa de consultas, cuya respuesta, pasa a ser parte integral de las bases de licitación.
Los oferentes que no se presenten a la visita a terreno o no firmen acta quedarán inmediatamente afectos al respectivo criterio de evaluación, bajo su cuenta y riesgo.
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Otras Comunicaciones. |
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De acuerdo con el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma por los canales oficiales establecidos al efecto, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, deberán realizarse todos los requerimientos a través del portal Mercado Público.
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7. DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS. |
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7.1. Presentación.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar una oferta en esta licitación pública, deberá estudiar de manera cuidadosa estas Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo y ejecución del proyecto, tales como permisos y licencias que deben obtenerse, Leyes y Reglamentos en materia laboral, de impuestos y previsión que afecten la(s) actividad(es) relacionada(s) con la prestación de los servicios y cualquier otra clase de normas, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables.
Cualquier omisión por parte del oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en el portal de mercado público, utilizando para estos efectos, solamente el formato PDF.
Todos los anexos deberán estar redactados en idioma español, debidamente firmados por el oferente o su representante legal.
Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta.
Para los efectos de estas bases de licitación y con la finalidad de evitar otras interpretaciones, se comprenderá como “error sustancial”;
• Aquel que modifique el presupuesto desglosado.
• Que en la sumatoria de las partidas tenga diferente al presupuesto ofertado con valores sustanciales e importantes.
• Errores aritméticos con valores sustanciales que hagan inviable su evaluación y no permita su admisibilidad.
• No adjuntar documentos fundamentales para evaluar su oferta.
7.2. Errores en Propuesta
La Municipalidad se reserva la posibilidad de subsanar o no considerar errores de forma en la oferta, mientras estos sean no sustanciales o necesarios para el contrato, siempre respetando el principio de igualdad de los oferentes.
7.3. Precio de la oferta.
El Precio será conforme a las especificaciones técnicas, expresado en moneda nacional (pesos), debiendo contemplar todos los gastos y riesgos necesarios, para que se cumpla el objetivo del llamado a propuesta pública.
7.4. Contenido de la Oferta.
Los oferentes deberán completar e ingresar al sistema de Compras Públicas, al momento de realizar su oferta, todos los anexos que correspondan señalados en estas Bases Administrativas y Técnicas.
Los proponentes podrán anexar todos los archivos que se estimen pertinentes acerca de su oferta al momento de subirla al portal www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de ello deberán subir -como mínimo- junto a su oferta los siguientes documentos administrativos en formato PDF:
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8.DE LA APERTURA. |
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8.1. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta.
La apertura de las ofertas se efectuará conforme a los plazos indicados en el punto “etapas y plazos” de la correspondiente ficha de licitación.
En ese acto se procederá a descargar del Sistema de Compras Públicas y del portal de Chile Proveedores, toda la información que los oferentes anexen a sus propuestas.
Entre los parámetros que deberá considerar al momento de evaluar las propuestas se comprende:
a) Oferta Económica
b) Oferta Técnica
La Municipalidad elegirá la oferta que sea más conveniente a los intereses y objetivos perseguidos considerando las Especificaciones Técnicas establecidas en ésta Licitación, conforme a los criterios antes señalados.
La Municipalidad podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de la propuesta.
8.2. Derecho a pedir aclaraciones.
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas, durante el proceso de evaluación, La Municipalidad podrá solicitar, a través del portal de Mercado Público, aclaraciones, antecedentes complementarios, como también la información necesaria para salvar errores u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el Principio de Igualdad entre los Oferentes.
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9. DE LA ADJUDICACIÓN |
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9.1 Comisión Evaluadora.
En un acta de adjudicación, la comisión evaluadora deberá ponderar las ofertas presentadas de acuerdo a los criterios de evaluación, y entregará el acta al Departamento de Educación para presentar y proponer a la Sra. Alcaldesa de La Municipalidad la oferta más conveniente a los intereses municipales con su correspondiente puntuación de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases administrativas.
La Comisión Evaluadora estará constituida por los siguientes funcionarios de la Municipalidad:
• Un profesional de la SECPLAN Municipal
• Un profesional de la D.O.M.
• Un profesional del D.A.E.M.
Se determinará por medio de decreto alcaldicio qué personas dentro de cada estamento señalado conformará la comisión, previamente al cierre de la licitación.
9.2. Derecho de adjudicación.
La Municipalidad adjudicará la licitación pública al oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a las Bases de licitación, y a la estimación presupuestaria que la institución tiene para este ítem, esto es, el adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa.
La Municipalidad adjudicará a través de acto administrativo fundado que será publicado en Mercado Público.
La Municipalidad declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio de la facultad de la Municipalidad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de Compras Públicas y en estas bases, en especial cuando exista una sola oferta.
La Municipalidad podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
Dichas declaraciones se deberán emitir por acto administrativo fundado.
Asimismo, en caso de que el oferente adjudicatario no acepte o rechace la orden de compra, no suscriba el contrato conforme a lo dispuesto en estas bases y en general tome cualquier actitud que ponga en peligro la continuidad del proceso, la Municipalidad podrá re adjudicar la licitación pública al oferente evaluado con el segundo mejor puntaje en el acta de evaluación. La re adjudicación deberá realizarse por acto administrativo fundado.
Todo lo anterior es sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de hacer efectiva la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta.
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10. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS PRESENTADAS. |
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La comisión de evaluación designada en el punto anterior para evaluar las ofertas presentadas en este proceso de licitación pública, las analizará conforme a criterios objetivos de evaluación y sus factores, los que tienen por objeto analizar cuantitativa y cualitativamente las ofertas para seleccionar a la mejor de ellas, de acuerdo a los aspectos técnicos y económicos establecidos en estas bases.
La presente licitación pública contempla la utilización de dos parámetros o criterios de evaluación, a saber, un criterio económico y un criterio técnico.
Los puntajes obtenidos en cada criterio y factor se someterán al ponderador respectivo, lo que arrojará el puntaje obtenido para ese criterio o factor. Esos puntajes serán sumados para determinar el puntaje final asignado a cada oferta.
Se adjudicará la licitación pública al oferente que obtenga el mayor puntaje final, siempre y cuando este puntaje sea superior al 50% en la sumatoria total de los criterios de evaluación.
Los ponderadores serán los siguientes:
- Criterios oferta técnica: noventa por ciento (90%)
- Criterios oferta económica: cinco por ciento (05%)
- Criterio oferta administrativa 05%
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Sub Criterio: Plazo de ejecución 20%: |
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Se evaluará con mayor puntaje el menor plazo de ejecución de las obras solicitadas. El plazo de ejecución es de días corridos.
Ponderación: Aplica % = (Puntos obtenidos x 0.20)
Plazo de ejecución del proyecto Puntuación
Entre 60 y 65 días corridos 100 puntos
Entre 66 y 70 días de corridos 70 puntos
Entre 71 y 75 días corridos 50 puntos
Mas de 75 días inadmisible
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Sub Criterio: • Experiencia de la empresa 20% |
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oferente 20%: Se evaluará la cantidad de obras de conformidad al Anexo N° 3. Esto se evaluará conforme a la siguiente tabla:
Ponderación: Aplica % = (Puntos obtenidos x 0.20)
Cantidad de Obras Civiles Puntuación
8 o más obras Civiles en los últimos cinco años 100 puntos
6 a 7 obras Civiles en los últimos cinco años 60 puntos
3 a 5 obras Civiles en los últimos cinco años 40 puntos
Menos de 3 obras civiles en los últimos cinco años 0 puntos
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Sub Criterio: Análisis de la oferta 30 % |
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b) Análisis de la oferta técnica económica y Cumplimiento Requisitos Formales 30%:
Se evaluarán:
Ponderación: Aplica % = (Puntos obtenidos x 0.20)
• Presupuesto desglosado completo, valores netos, IVA Total
• Precios unitarios y totales correctos, concordante con lo ofertado en ficha electrónica de ofertas (en lo que respecta a valores netos)
• Carta Gantt en relación a lo presupuestado identificado etapas de ejecución y porcentajes de avances valorizados.
• Mantener inalterado el formato de presupuesto.
• Que los precios unitarios tengan correcta la formulación de las operaciones aritméticas
• Análisis de precios unitarios que tenga definido los costos asociados a AFP, salud, seguros del trabajador, desgaste de ropa y EPP (Elementos de Protección Personal), entre otros, los materiales y maquinarias que permitan advertir claramente el origen del precio determinado según sea el caso de la partida.
Se dejará constancia y se indicará la observación en el acta de análisis. A menor cantidad de observaciones, mayor puntaje en la evaluación, como también el cumplimiento de requisitos formales del punto 6.4.1 hasta 6.4.3, descontando a criterio de la comisión las aclaraciones solicitadas.
Cantidad de observaciones Puntuación
Sin observación 100 puntos
1 a 2 observaciones 60 puntos
3 a 4 observaciones 40 puntos
5 a 7 observaciones 10 puntos
8 a más observaciones 0 punto
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Sub Criterio Mano de obra Local 20% |
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El contratista deberá indicar a través de formulario N° 5 el porcentaje de contratación de personal local. Se entiende para estos efectos, que personal local se refiere a personas con residencia o domicilio en la comuna de Caldera.
Ponderación: Aplica % = (Puntos obtenidos x 0.20)
El oferente que no adjunte documento, será considerado sin mano de obra local, sin embargo, de ser adjudicado, debe contratar a lo menos el mínimo del segundo tramo de puntuación (80%)
Mano de obra local Puntuación
100% de mano de obra local 100 puntos
Entre 80% y 99% de mano de obra local 60 puntos
70% y 79% de mano de obra local 40 puntos
Menos de 70% de mano de obra local 10 puntos
Sin mano de obra local 0 punto
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11. DEL CONTRATO |
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El oferente adjudicado deberá suscribir un contrato con La Municipalidad, en el que se expresarán los derechos y obligaciones de las partes.
En todo caso, forman parte integrante del contrato, la oferta presentada por el proponente adjudicatario y aceptada por La Municipalidad, las bases administrativas, las bases técnicas, las respuestas y eventuales consultas formuladas por los proponentes, así como todas las normas vigentes al momento de su celebración, en particular, la Ley N°19.886 de Compras Públicas y su respectivo Reglamento.
El proponente adjudicado estará obligado a firmar el contrato correspondiente, en el plazo de 05 días hábiles contados desde la comunicación de adjudicación en el portal Mercado Publico. Por defecto del sistema de compras públicas se generara una orden de compra que debe ser aceptada dentro de un plazo de 48 horas hábiles, contadas desde la fecha de firma del contrato.
Una vez vencido el plazo para la firma del contrato, sin que el adjudicatario haya suscrito el mencionado instrumento, por causas atribuibles a éste, la Municipalidad podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
Puesta La Municipalidad en el supuesto anterior, para asegurar el éxito del proyecto y su continuidad, podrá adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada o siguiente si la segunda igual desiste de continuar el proceso conforme al punto anterior, efectuar un nuevo llamado a licitación pública o privada o bien proceder al trato directo, según lo permita la ley de compras o su reglamento.
Los gastos que se originen por la constitución de las garantías u otros trámites relacionados con el contrato, serán de cargo exclusivo del proponente adjudicado.
Para suscripción del contrato el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en Chileproveedores, de lo contrario, la Municipalidad podrá hacer efectiva la boleta de garantía de seriedad de la oferta.
Para todos los efectos legales derivados del contrato, las partes contratantes prorrogarán, en el respectivo contrato, la competencia a los Tribunales de Justicia de la ciudad de Caldera.
11.1. Obligaciones del Contratista.
El contratista se obliga a ejecutar las labores encomendadas bajo el sistema de a suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y sobre la base del presupuesto ofertado.
El contratista se obliga a ejecutar las labores encomendadas con estricto apego a las bases administrativas, especificaciones técnicas, planos, permisos, y a todos los antecedentes del proyecto, sus condiciones específicas y los precios establecidos en el presupuesto de la oferta, anexos y compromisos voluntarios. Además de cumplir con las Ordenanzas municipales respectivas.
El contratista deberá ejecutar las tareas encomendadas con el máximo de diligencia y en el plazo ofertado.
El contratista se obliga a desarrollar los trabajos colocando en cada labor el personal de trabajadores suficientes e idóneos para dar cumplimiento a plazos y calidades estipuladas, respecto de los cuales tendrá la calidad de empleador, y en consecuencia, deberá cumplir respecto de ellos con todas las leyes y normas laborales y previsionales.
El contratista se obliga a realizar todas las obras y diligencias necesarias orientadas a obtener la recepción provisoria y definitiva de las obras que se le encargan.
Sin perjuicio de lo anterior, el contratista se obliga a acatar fielmente las instrucciones que le imparta la Inspección Técnica de Obras y que consten en el respectivo libro de obras.
Asimismo, será obligación del contratista efectuar un control de temperatura a sus trabajadores al inicio de cada jornada laboral, y en caso de detectar que alguno de ellos presente temperatura sobre 37,6° C, o bien, tenga síntomas de haber contraído la enfermedad SARS-COV2, deberá informar de inmediato a la ITO y al Director del Establecimiento educacional, dejando a su vez constancia en el libro de obras. Deberá el contratista, tomar todas las medidas preventivas necesarias en cuanto a enviar al trabajador inmediatamente a realizarse el examen de detección respectivo a un centro de salud, así como mantener aislados a aquellos trabajadores que hayan tenido contacto con él, particularmente, respecto de los estudiantes del establecimiento educacional y funcionarios del mismo.
El contratista será especialmente responsable de que los trabajadores de las obras cumplan con todos los protocolos dictados por la autoridad sanitaria en relación al brote de COVID-19, debiendo proveerlos de todos los EPP necesarios, principalmente mascarillas, en stock suficiente para que puedan cambiar regularmente las mismas. Deberá proveer de alcohol gel en terreno, y evitar que los trabajadores ejecuten sus labores vulnerando el distanciamiento social que recomiende la autoridad competente, por lo que deberá prestar especial atención a la evolución del brote e instrucciones y recomendaciones respectivas.
La ITO deberá verificar el cumplimiento de las obligaciones antes señaladas. Ante el incumplimiento de las mismas, se podrá aplicar la multa respectiva, conforme el procedimiento general de aplicación de multas que se señalará en punto 20 y siguientes de las presentes Bases Administrativas.
11.2. Responsabilidad del Contratista.
El contratista será el único responsable, hasta la total tramitación del decreto de recepción provisoria, por el suministro, suficiencia, estabilidad, seguridad, protección, construcción, demolición, retiro de escombros, transporte, mantención y la totalidad de los elementos que componen la obra, y adoptar las medidas para asegurarlas de todo riesgo, debiendo reponerlos, reconstruirlos o re ejecutarlos a su costa, en casos que se pierdan o resulten dañados o inadecuados.
Una vez emanado el decreto de recepción provisoria en un plazo no superior a 5 días se deberá entregar la obra civil ejecutada a la entidad correspondiente.
11.3. Complementos al contrato.
La Municipalidad, durante la vigencia del contrato, podrá convenir con el Adjudicatario la incorporación de anexos o complementos al contrato que permitan el cumplimiento del mismo en mejores condiciones.
Asimismo el Departamento de Educación Municipal podrá establecer ampliaciones de plazos debido a mejoras en las obras, cambio de diseños u otros, previo informe fundado del equipo técnico del D.A.E.M.
Este plazo no podrá ser superior al 30% del total del plazo contratado y deberá ser formalizado por resolución fundada.
11.4. Renovación.
No se contempla la posibilidad de renovación del contrato.
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13. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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En los siguientes casos, la Municipalidad, a través del ITO o de quien lo subrogue, podrá informar a D.A.EM. para declarar el término unilateral del contrato y hacer efectivas las garantías sin forma de juicio y sin indemnización alguna para el contratante, procediendo a la liquidación del mismo, trámite administrativo que deberá formalizar el Departamento de Educación Municipal, de acuerdo a las facultades de administración otorgadas por la señora Alcaldesa:
a) Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario. Se considerará como incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario el no prestar el servicio, prestarlo en una forma distinta a la contratada o con un retraso superior a 15 días corridos, previo informe de ITO, o quien subrogue, y visado por la directora de obras, o quien subrogue.
b) Si el Prestador hiciese traspaso o cesión de su Contrato de manera parcial o total otra persona natural o jurídica.
c) Si el Prestador cayera en cesación de pagos u otra situación similar de incumplimiento económico.
d) Quiebra o cesación de pagos del adjudicatario.
e) Por situación sobreviniente, consistente en una disposición legal u orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual la Municipalidad deba acatar sus instrucciones, como por ejemplo, la Contraloría General de la República.
f) Reiteración de reclamos e incumplimientos en la ejecución de los servicios que consten por comunicación escrita o correos electrónicos.
g) Si no hace entrega de la garantía en el plazo establecido.
h) No acatar las instrucciones que le imparta el ITO, o quien subrogue.
i) Incumplimiento de las condiciones mínimas de trabajo y seguridad de los trabajadores.
j) Porcentaje de mano de obra local inferior a la comprometida, en las presentes bases.
k) Comportamiento indebido con funcionarios municipales de cualquiera de las áreas municipales.
l) En los casos previstos en la Ley N°19.886 de Compras y su respectivo Reglamento.
m) Entregar la obra terminada posterior a 15 días corridos de la fecha de término establecida.
n) Hacer subcontrataciones sin la autorización de la Dirección de Obras
Sin perjuicio de lo señalado, también sin forma de juicio y sin indemnización alguna para el proveedor, el contrato siempre podrá terminarse por mutuo acuerdo de las partes. En cuyo caso, la Municipalidad podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y cobrar las multas que fueren procedentes, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan de las presentes bases y los antecedentes que forman parte de ésta.
En todos los casos señalados anteriormente, el término del contrato se realizará mediante decreto fundado, el que será notificado al contratista mediante el sistema Mercado público o bien en la forma prevista por la ley N°19.880 sobre Procedimientos Administrativos, el cual deberá ser desarrollado y tramitado por la Dirección de Obras Municipales.
El proceso para el término anticipado de contrato se ejecutara de acuerdo al procedimiento definido por la Municipalidad, el cual se encuentra disponible en la Dirección de Obras Municipales.
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14. DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES E INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS (ITO |
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La Dirección de Obras Municipales, es la responsable de velar por el efectivo cumplimiento de las obligaciones DE LOS ASPECTOS TÉCNICOS contenidas en las presentes bases administrativas, bases técnicas y de todas las obligaciones que emanan de la presente licitación, como también responsable de verificar el efectivo cumplimiento del contrato y de las normas legales conforme a las cuales se debe ejecutar el mismo.
El D.A.E.M, designará a un profesional para actuar como Administrador del Contrato, que tiene la obligación de supervisar y coordinar los procedimientos establecidos en estas bases de licitación para su oportuno cumplimiento. Adicionalmente, se debe tener presente, que el D.A.E.M. es el encargado de velar por los aspectos administrativos de la presente licitación.
El Director de Obras Municipales, o quien subrogue, designará a un funcionario de la misma como Inspector Técnico de Obras, que fiscalizará el desarrollo de la obra y adoptará las medidas necesarias durante su ejecución. Entre sus labores figuran:
a) Supervisar y coordinar los procedimientos establecidos en estas Bases de Licitación para el oportuno cumplimiento del Contrato.
b) Fiscalizar que la ejecución de las obras se ciña estrictamente al expediente técnico del proyecto (planos, especificaciones técnicas y demás documentos que lo conforman).
c) Velar por la correcta aplicación de las normas de construcción, registrando los aspectos más significativos del proceso de ejecución, en el Libro de Obra.
d) Dar visto bueno y recepción conforme de los procedimientos a través del Libro de Obra, como asimismo dar tramitación a los estados de pagos y a las multas.
e) Las demás que le encomienden las presentes Bases.
f) Comunicar cualquier modificación o alteración a realizar a la obra a ejecutar, tales modificaciones deberán solicitarse y aprobarse a través del libro de obras correspondiente e informadas por el proyectista mediante informe técnico de los ítem a modificar.
g) Entregar todos los antecedentes técnicos al “administrador de contrato” para que se resuelvan los etapas administrativas que corresponda. Esto incluye la entrega de las actas y/o informes que elabore el área técnica y que sirvan de base para la dictación de los actos administrativos que recaigan sobre el presente proceso.
h) Todas las aprobaciones de la ITO REFLEJADAS EN LIBRO DE OBRAS, NO PODRAN SER DESESTIMADAS posteriormente
El Contratista deberá dar todas las facilidades para la visita e inspección de las obras, como asimismo cuando se requiera realizar una medición de las mismas. En cualquier caso, la medición hecha por el ITO, o quien subrogue, será considerada como la medición correcta de la obra.
Se entiende que todo lo aprobado por el ITO, o quien subrogue, deberá ser visado con anterioridad por la Directora de Obras Municipales, o quien subrogue, y el proyectista.
15. ENTREGA DE TERRENO.
La fecha de la entrega de terreno será determinada por la ITO, o quien subrogue. No obstante ello debe realizarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato.
La fecha del acta de entrega de terreno determinará el inicio de las obras y el inicio del plazo para la ejecución de las obras de acuerdo a lo ofertado por el contratista. Sin embargo la municipalidad podrá prorrogar la entrega de terrenos por motivos fundados.
Para la tramitación del permiso de edificación, este trámite se podrá realizar durante el tiempo de construcción de la obra, por lo que la Dirección de Obras Municipales podrá hacer la entrega de terreno sin contar con el permiso correspondiente al momento del inicio de la obra.
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16. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. |
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En todo caso el contratista deberá considerar un plazo máximo para la ejecución del proyecto de 60 días corridos, contados desde la fecha de la entrega de terreno, teniendo en cuenta que no se puede ofertar un plazo menor a 60 días corridos.
16.1 Suspensión y paralización de la obra.
La Municipalidad podrá ordenar por motivos fundados en cualquier tiempo la paralización o suspensión de la obra, para lo cual podrá excluir al contratista del pago de multas por incumplimiento de plazos derivados de este hecho.
Si durante la ejecución de la obra, se produjesen atrasos de responsabilidad del Mandante, el plazo restante será suspendido administrativamente, hasta que se supere la causal de suspensión, no dando lugar al cobro de multas en ese ínter tanto.
Para ello se requerirá de un informe fundado de la I.T.O., o quien subrogue, visado por la Directora de Obras Municipales, o quien subrogue, y el arquitecto proyectista, o quien subrogue, y la dictación de un decreto que defina el plazo de suspensión o fecha de reinicio de faenas.
En la eventualidad de presentarse un hallazgo arqueológico, paleontológico o cualquier otro indicio de interés patrimonial, el contratista deberá informar inmediatamente al I.T.O., o quien subrogue, a fin de que el municipio tome las medidas pertinentes. Esta acción define la aplicación de una suspensión de plazo según artículo anterior.
Una vez que se haya suspendido o paralizado la obra, esta deberá quedar al resguardo del contratista, lo que deberá quedar estipulado en el respectivo decreto.
Se deberá tener presente que por la contingencia sanitaria por brote de COVID-19, es posible que exista algún retraso en el inicio de las obras, o eventualmente pueda existir alguna circunstancia calificada que amerite suspender las obras una vez iniciadas, como por ejemplo (y sin ser un listado taxativo en ningún caso), algún peak o rebrote del virus, alguna medida tomada por el Jefe de Zona u otra autoridad debidamente facultada, que implique restringir la libre circulación de personas o limite la cantidad de trabajadores, etc. Este tipo de situaciones que puedan importunar el inicio oportuno y la ejecución continua de las obras, serán debidamente calificadas por la entidad contratante, la que deberá dictar el acto administrativo fundado que ordene la suspensión o paralización de las obras en tal caso.
16.2. Ampliación de plazo solicitado por el contratista.
Si durante la ejecución de la obra, se produjesen atrasos parciales debidamente justificados, el contratista deberá presentar a la Inspección Técnica una solicitud de ampliación de plazo fundada y por escrito, durante el transcurso de la obra y hasta cinco (5) días antes del término del contrato. Vencido dicho plazo no se aceptará solicitud alguna.
La I. Municipalidad de Caldera procederá a analizar la solicitud de ampliación de plazo y la resolverá aceptando o rechazando mediante Decreto fundado, previo informe y sugerencias presentadas por la Inspección Técnica. La ampliación de plazo en todo caso no podrá exceder de 30% del plazo original pactado.
17. MODIFICACIONES DE OBRA.
Si las circunstancias así lo estiman pertinente, la Municipalidad podrá ordenar modificaciones de las obras contratadas, en cualquiera de sus partes (Especificaciones Técnicas y/o planos) siempre y cuando se mantenga el objetivo inicial que justifica su construcción, las cuales no significaran mayores costos para el municipio.
Se podrán realizar modificaciones propuestas por el proyectista, en mejora del proyecto a ejecutar.
Toda modificación o alteración a realizar durante la ejecución de la obra deberá ser consultada y aprobada a través del libro de obra, dirigido al arquitecto proyectista. La ejecución y desarrollo de esta deberá ser labor de la ITO, o quien subrogue.
Si las modificaciones exigieren mayores recursos, debido a un aumento de las obras, será responsabilidad de DOM y SECPLAN definir la pertinencia de su ejecución, buscar las fuentes de financiamiento y definir las acciones administrativas a seguir según sea el caso y de acuerdo a normativa vigente.
18. PRECIO.
El valor del contrato corresponderá al precio ofertado por el proyecto más I.V.A., debidamente aceptado y adjudicado por la Municipalidad.
Se entiende que incluye la totalidad de los gastos para ejecutar conforme el contrato y sin que esta enumeración sea taxativa, incluirá costos, tales como: pago de salarios, honorarios, transporte o flete hasta la Municipalidad de Caldera, viáticos, gastos de oficina, impuestos, derechos notariales, gastos administrativos y generales, utilidades, así como todo gasto adicional o imprevisto que irrogue su cumplimiento, sea indirecto o directo o causa de él.
18.1. Reajustes y anticipos.
No se contemplan.
19. PAGO.
Se podrá efectuar un estado de pago mensual por avance, que debe ser ingresado a la municipalidad a más tardar el día 20 de cada mes, en el cual se reflejará el porcentaje de avance de cada una de las obras de acuerdo al itemizado aprobado por contrato. De no ser así se deberá informar por escrito a la Municipalidad indicando por qué no se ha cursado el respectivo estado de pago. El avance total por cada obra no deberá ser superior al 95%, considerando el remanente de cada una de ellas para un estado de pago final del proyecto, el que se solicitará posterior a la recepción provisoria.
El porcentaje de los avances será determinado, previo informe del contratista, y visados por la I.T.O o quien subrogue.
Dichos estados de avance deberán ser visados por la Directora de Obras, o quien subrogue.
El ingreso del estado de pago se deberá realizar a través de Ventanilla Única y deberá incluir lo siguiente:
- Carta del contratista dirigido a la alcaldesa.
- Factura a nombre de la Ilustre Municipalidad de Caldera, RUT: 69.030.300-0
- Caratula de resumen del estado de pago
- Presupuesto
- Certificado de antecedentes laborales y previsionales al día
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales al día (dependiendo de la fecha de inicio de la obra)
- Listado de trabajadores
- Certificado de ensayo de materiales, cuando corresponda, según las especificaciones técnicas del proyecto
- Documento que acredite la entrega o renovación y recepción conforme, a los trabajadores de los elementos de protección personal (EPP).
Si el contratista no presenta la totalidad de los antecedentes para el estado de pago, este será devuelto mediante oficio de la Dirección de Obras Municipales (DOM)
Se aclara que la inspección técnica tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de ingreso a la DOM para pronunciarse conforme con la entrega del estado de pago, para lo cual emitirá un informe comunicando al contratista informando que dicho estado de pago esta recibido conforme y puede acogerlo a factorización. En caso contrario el estado de pago junto con todos los antecedentes será devuelto con un informe de observaciones, el cual deberá ser reingresado completo, subsanando las observaciones para proceder a revisión.
Dicho informe de recepción conforme será el único documento legal que habilite al contratista a acoger dicho estado de pago a factorización. La I. Municipalidad de Caldera no se hará responsable por factorizaciones que no sigan este procedimiento, informando a entidad financiera de la irregularidad de la factorización realizada por contratista.
En caso de factura electrónica, el contratista deberá informar en el mismo acto a la I.T.O., o quien subrogue, de la acción de factorización realizada, para efectos de revisión, lo que deberá ser realizado dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la celebración del contrato con el factoring. Lo anterior, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes por parte del proveedor con la Municipalidad.
Cabe señalar que los estados de pago están ligados al nivel de avance de la obra y se deben hacer entrega de éstos antes de la recepción provisoria, a excepción del remanente indicado en el primero inciso de este punto.
19.1 Factura
La factura debe elaborarse conforme al siguiente detalle:
• Ilustre Municipalidad de Caldera
• R.U.T : 69.030.300-0
• Dirección: Carvallo 601, Caldera, Región de Atacama, Chile
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20. MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. |
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Por cada día de atraso en la entrega de la obra por responsabilidad del contratista, la Municipalidad podrá aplicar a éste una multa de 2 UTM diaria, la cual será valorizada a la fecha de firma de la recepción provisoria de la obra, presentando el documento bancario correspondiente
El atraso en la entrega de la obra terminada no podrá superar los 15 días corridos, de lo contrario se iniciara el proceso de revisión del contrato para ponderar las posibles causas de liquidación anticipada de contrato.
a.- Faltas leves.
Se aplicará una multa de 10 UF, cada vez que el contratista incurra en las siguientes faltas:
- No colocación de letrero de obra
- No entrega de nómina de subcontratistas
- Paralización de faenas por parte del personal debido a pago de salarios y otros.
- No cumplimiento en la entrega de elementos de protección personal a los trabajadores.
- No contar con instalación de faena.
b.- Faltas graves.
Se aplicará una multa de 20 UF cada vez que el contratista incurra en las siguientes faltas:
- No seguir indicaciones del ITO, o quien subrogue, indicadas en el libro de inspección, correo electrónico institucional y/o oficios municipales.
- Que el equipo profesional y técnico no corresponde con el ofertado o fuese cambiado sin aviso y V°B° del ITO. o quien subrogue.
- No mantener el libro de obras en faena por parte del contratista.
- Tener subcontratación y no informar a la ITO.
c.- Faltas muy graves.
Se aplicará una multa de 30 UF, cada vez que el contratista incurra en las siguientes faltas:
- Continuar con partidas que hayan sido detenidas por la inspección técnica de obra.
- No cumplir con la permanencia del profesional o jefe de obra residente y de los trabajadores mínimos para ejecutar la obra.
- Extraviar libro de obras.
- No proporcionar a los trabajadores los elementos de protección personal que se requieren por la emergencia sanitaria.
Las multas serán descontadas administrativamente del valor del contrato y su aplicación se materializará las veces que lo estime la inspección técnica de la obra, quedando señaladas en el respectivo libro de obras.
El procedimiento para la aplicación y cobro de multas será el siguiente:
a) El I.T.O., o quien subrogue, comunicará al contratista formalmente que ha incurrido en algún tipo de falta y el monto total de multa a aplicar por dicho concepto.
b) Una vez notificado de la aplicación de la multa, el contratista tendrá el plazo de 03 días hábiles para deducir reposición en contra de la misma, ingresando el recurso por escrito a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad, dirigido a la Dirección de Obras Municipal, quien evacuará informe técnico al respecto, y luego elevará los antecedentes al Departamento de Educación Municipal para que la unidad jurídica del D.A.E.M. -o quien subrogue en sus funciones - resuelva administrativamente.
c) En caso de que el contratista deduzca reposición, el mandante (D.A.E.M.) tendrá el plazo de 10 días hábiles para resolver el recurso deducido, materializando su decisión a través de Decreto Alcaldicio, el cual se notificará al contratista, personalmente dejando constancia de recepción escrita, o bien, por carta certificada al domicilio del representante legal de la empresa.
d) La multa será cobrada del estado de pago siguiente al de la fecha de concurrencia de la falta.
e) El contratista en su factura deberá indicar el total de lo que corresponde al estado de pago, adjuntando un documento pagadero a la vista, con las mismas características que las garantías requeridas, que caucione el valor de la multa aplicada, a nombre de la I. Municipalidad de Caldera, debiendo presentarlo en dependencias de D.A.E.M.
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21. CALIDAD DE LAS OBRAS Y SU INSPECCION |
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Los materiales a emplear deberán ser de primera calidad, nuevos y sin uso
La I.T.O., o quien subrogue, podrá pedir informes técnicos a los organismos que estime conveniente, no aceptándose ningún cambio de las Especificaciones Técnicas sin previa consulta al arquitecto proyectista. Todos los gastos de laboratorio en que incurra la Ilustre Municipalidad de Caldera por el control de las obras serán de cargo del contratista, debiendo este efectuar directamente las cancelaciones a las instituciones que efectúen los ensayos. También será de cargo del contratista las extracciones de testigos, demoliciones y reconstituciones de partidas rechazadas por la inspección técnica.
Para la supervisión del desarrollo del proyecto, conforme a lo estipulado en estas bases, se establecen las siguientes inspecciones a realizar por la Unidad Técnica correspondiente:
1. Inspección de mano de obra, por medio de planillas de sueldo, planilla de cotizaciones previsionales o cualquier otro documento que sirva a este propósito, complementada con visitas inspectoras a la obra.
2. Controles de avance y de calidad de las obras mediante visitas a terreno.
3. Otras inspecciones ocasionales y en general, lo señalado en las Bases Administrativas Generales y en las Especificaciones Técnicas y normativa laboral vigente. Se pondrá especial atención al cumplimiento de entrega de EPP.
22. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Será obligación del Contratista, mantener expeditas las áreas de circulación peatonal y será su responsabilidad cualquier accidente o daño a terceros, ocasionado durante el transcurso de la obra.
Las obras deberán ser entregadas totalmente terminadas según se oferte y con todos los certificados correspondientes, de acuerdo a lo estipulado en estas Bases Administrativas.
Todas las modificaciones a las instalaciones existentes deberán tramitarse con cargo al contratista y ajustarse a las exigencias de los servicios respectivos. Debiendo quedar además aprobado el proyecto de modificación, por los servicios pertinentes obteniendo las certificaciones correspondientes.
Serán de cargo del contratista que se adjudique la propuesta:
1. La limpieza general y final del terreno.
2. Las pruebas y ensayos de laboratorio acreditado y por la calidad de las obras y materiales utilizados en ella y que sean expresamente ordenados por el Mandante.
3. La total tramitación del expediente, pago de derechos y obtención de. la Recepción Definitiva de las Obras, en la Dirección de Obras Municipales.
4. Que los escombros provenientes de la ejecución de las obras, deberán ser retirados, trasladados y depositados en un área del Relleno Sanitario destinado para el depósito de escombros (material de construcción producto de demoliciones y materiales excedentes de excavaciones), de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza de cobros y servicios, lo que será requisito para la recepción de obra provisoria.
5. La instalación de faenas, en donde se procurará un espacio de reuniones de coordinación y en cual se encuentre a disposición de la Unidad Técnica el legajo completo de planos y especificaciones técnicas que constituyen este proyecto.
6. Tener dentro de las instalaciones de faena una oficina de uso exclusivo de la Inspección Técnica.
7. Especificar e indicar a la ITO, o quien subrogue, las medidas de seguridad de los trabajadores (elementos de protección personal).
8. Entregar la documentación que avale el cumplimiento de sus obligaciones previsionales y de remuneración con sus trabajadores.
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23. DE LA RECEPCION. |
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23.1. Recepción provisoria.
Para los efectos de recepción provisoria de las obras, el Contratista informará por escrito la fecha de término a la Dirección De Obras de la Municipalidad con una anticipación no inferior a 5 (cinco) días corridos a la fecha de término de las obras
Para ello, el D.A.E.M. elaborará el Decreto Alcaldicio que designa la Comisión de Recepción Provisoria, la que verificará en terreno que las obras se hayan ejecutado conforme a las Especificaciones Técnicas del proyecto y sus posteriores modificaciones, si es que las hubiere, todo lo cual quedará reflejado en el Acta de Recepción Provisoria de la obra.
La comisión de recepción será conformada por personal de Dirección de Obras Municipales, de SECPLAN el arquitecto a cargo del proyecto, administrador del contrato o quienes los subroguen.
En dicho acto el Contratista hará entrega de la Boleta Bancaria de Garantía que cauciona la Correcta y Buena Ejecución de las Obras.
Al término de la ejecución de la obra se deberá hacer entrega a SECPLAN de un registro fotográfico de la imagen más representativa del proyecto, la cual debe ser en formato impreso y digital de 25x40. El formato físico deberá ser entregado en un marco de madera color caoba y el formato digital deberá ser entregado en un CD.
Será obligación del ITO, exigir el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior.
23.2. Rechazo de la recepción provisoria.
Si de la inspección de la obra resultase que los trabajos están inconclusos, o no están ejecutados en conformidad con los planos, especificaciones técnicas, demás documentos del contrato, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, no se dará curso a la Recepción Provisoria de las obras.
Se levantará, por parte de la Comisión Receptora, un Acta detallada que contendrá los defectos observados y se fijará un nuevo plazo, no superior a 30 días corridos para que el contratista ejecute a su costo, los trabajos o reparaciones correspondientes, aplicando una multa diaria de 1 UTM, por cada día otorgado.
Transcurrido ese plazo, se constituirá nuevamente la comisión receptora, la que se abocará a revisar las observaciones anotadas anteriormente, y si las observaciones persistieran, se aplicará una multa diaria de 5 UTM, por cada día de atraso.
Luego de quince días corridos de atraso, se iniciara el proceso de revisión del contrato para ponderar las posibles causas de liquidación anticipada de contrato.
Una vez subsanados los defectos observados se procederá a levantar un Acta de Recepción Provisoria sin observaciones, fijándose ésta como fecha de término de las obras. Si esta fecha es posterior a la fecha comprometida del término de las obras, deberán calcularse las multas correspondientes, que serán cobradas a través de los documentos bancarios que debe entregar el contratista.
Puesto en el caso de rechazo de la recepción provisoria, no se contempla entrega de estados de avances de trabajos bajo ningún respecto.
23.3. Recepción Definitiva.
Transcurridos 11 (once) meses, el Contratista deberá solicitar por escrito la Recepción Definitiva de las Obras, para lo cual mediante Decreto Alcaldicio se nombrará la Comisión de Recepción Definitiva, la que deberá visitar la obra y verificar que esta no tenga defectos atribuibles al Contratista. De estar la obra en buenas condiciones, dicha Comisión procederá a levantar el acta de Recepción Definitiva y la liquidación del contrato.
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26. IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD. |
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Todos los trabajadores de la obra deberán contar con casco, guantes, antiparras y zapatos de seguridad como mínimo, e implementos de protección sanitaria mientras dure la pandemia de COVID-19, el no cumplimiento de la anterior dará a lugar a la aplicación de multas tipo.
En los estados de pagos, se deberán adjuntar los documentos que verifiquen la entrega y/o renovación de los implementos de seguridad y la recepción conforme por parte de los trabajadores de la empresa
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Varios: |
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27. COMPROMISOS VOLUNTARIOS.
El contratista podrá señalar en su oferta compromisos voluntarios, adicionales a los ya establecidos en estas bases, los cuales no tendrán costo alguno adicional para la Municipalidad, y que tengan por objeto el cumplimiento del contrato en mejores condiciones. En ningún caso estos compromisos podrán vulnerar los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad entre los oferentes.
28. SOLUCIÓN DE DISCREPANCIAS.
Las diferencias que se puedan originar entre los proponentes y la Municipalidad serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Caldera, sin perjuicio de las atribuciones que a la Contraloría General de la República competen y del Tribunal de Contrataciones Públicas. Para todos los efectos legales derivados del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Caldera.
29. ANEXOS.
Los proponentes deberán completar y presentar en el portal de mercado público todos los anexos que formen parte de esta licitación.
Además, podrán presentar todos los documentos que estimen necesarios para justificar su oferta.
30. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES.
30.1 Si se tratase de unión temporal de proveedores, estos deben tener un apoderado o representante legal común con los siguientes poderes:
• Presentar los antecedentes y ofertar.
• Subsanar solicitudes de aclaración.
• Concurrir a visitas a terreno.
• Actuar como contraparte del contrato y representar a los integrantes.
• Entregar los bienes.
• Facturar.
• Entregar informes
• Cobras y/o percibir
• Recibir notificaciones
• Firmar el contrato y/o modificaciones
30.2 Si se trata de licitaciones menores a 1000 UTM:
• Deben presentar al representante legal bajo una declaración jurada simple, que tenga los poderes antes nombrados en punto 19.1.
• Documento donde los proveedores conforman la UTP bajo declaración jurada simple.
30.3 Si se trata de licitaciones mayores a 1000 UTM:
• El acuerdo que conste la unión temporal de proveedores debe ser suscrita bajo escritura pública.
• Nombrando al apoderado o representante de la UTP con los poderes antes nombrados en punto 19.1.
30.4 Inhabilidades y término anticipado de contrato:
• Todos los proveedores que constituyen la UTP deben estar Hábiles al momento de Adjudicar.
• Condenados por prácticas antisindicales
• Condenados por infracción derechos fundamentales de los trabajadores
• Condenados por los delitos concursales establecidos en el código penal
• Se desiste de su participación en el respectivo proceso
• La UTP no puede ocultar información relevante para ejecutar el respectivo contrato. (Trato directo)
• No pueden vulnerar la libre competencia
• El retiro de la UTP de un integrante que hubiese reunido una o más puntaje en los criterios de evaluación, en la cual se evaluará de nuevo.
• Disolución de la UTP o tener menos de 2 integrantes
31.- Mediante los Decretos Alcaldicios N° 5013 y 5173 del 08 y 17 de octubre de 2019 respectivamente, la señora alcaldesa delega amplias facultades de administración a la señora Nayadett Velásquez Urrutia, por lo que será de responsabilidad del Departamento de Educación Municipal, resolver los aspectos administrativos y jurídicos que se originen con ocasión de la presente licitación, siempre previo informe técnico proporcionado por la Dirección de Obras Municipales, durante todas las etapas del proceso licitatorio, esto es, durante la evaluación, adjudicación, ejecución y finalización de las obras.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PROYECTO |
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DISPOSICIONES GENERALES
Las siguientes especificaciones técnicas están referidas al proyecto “Habilitación y Mejoramiento en Varios Sectores, Escuela Byron Gigoux James”, este proyecto apunta a brindar a las familias, alumnos y profesorados del establecimiento un sector ambiente más se seguro y acorde con las necesidades del establecimiento.
Se considera en este proyecto la modificación y el reemplazo de algunas ventanas para así dar cumplimiento a la normativa vigente de ventilación en las salas de clases.
Se contempla el recambio de cerámicas de muros en 2 baños de profesores.
También se contempla la mantención del cierre perimetral que colinda con calle Esmeralda.
EN GENERAL SE DEBERAN CONSIDERAR SIEMPRE Y EN TODOS LOS CASOS LAS EETT. DEL FABRICANTE.
INTERVENCIÓN
El proyecto considera la construcción de un cierre perimetral de estructura metálica, malla acma C-90 y dos portones uno de acceso al establecimiento y otro de salida de emergencias, y la instalación de cuatro bancas que estarán distribuidas en la plazoleta.
El recambio de ventanas señaladas en planimetría para instalar ventanas corredizas que permitan ventilar los recintos.
El recambio de cerámicas de los baños de profesores indicados en planimetría.
La mantención del cierre perimetral colindante con calle Esmeralda
-LEYES, ORDENANZAS Y REGLAMENTOS.
1.-Ordenanzas generales, especiales y locales de construcción y urbanización.
2.-Leyes, decretos o disposiciones reglamentarias vigentes, normativas vigentes relativas a permisos, aprobaciones, derechos, impuestos, inspecciones fiscales o municipales.
3.-Normas de cálculo y construcción de obras de hormigón armado.
4.-A los reglamentos para instalaciones de SEC (electricidad y combustible).
5.-Reglamentos y normas para contratos de obras públicas.
6.-Normas de seguridad del trabajo.
Los términos o finiquitos de cada etapa de construcción serán aprobados por la Dirección de Obras Municipal (inspección técnica).
Los materiales especificados para esta obra, deberán ser nuevos y estar en perfectas condiciones. Cuando corresponda, deberán respetarse las indicaciones de los fabricantes respecto a la colocación, especificaciones, recomendaciones e instructivos de los fabricantes de y para los productos a emplear.
Para todos los efectos, estas especificaciones deben considerarse como parte integrante del proyecto. Cualquier duda o discrepancia entre el proyecto y la obra serán resueltas por el proyectista.
Las especificaciones técnicas que se encuentran a continuación, forman un conjunto de disposiciones especiales para la “Habilitación mejoramientos en Varios Sectores, escuela Byron Gigoux James” con las contenidas en la ordenanza de la I. Municipalidad de Caldera.
Para la ejecución del proyecto mencionado que implique mayores cantidades y dimensiones de elementos que compone el diseño, no implicará un aumento de obra.
Será de cuenta del Contratista que se adjudique la propuesta, debiendo considerar sus valores en las partidas correspondientes, los costos directos e indirectos que a continuación se especifican:
-Garantías del Contrato.
-Equipos necesarios; que la envergadura del proyecto requiera.
-Gastos de serenía.
- Elementos de seguridad y protección personal para todos los operarios de la obra, instalaciones y equipos para higiene industrial adecuados para la prevención de accidentes, de primeros auxilios y botiquín para emergencias de disponibilidad expedita y permanente en la faena. El contratista deberá dar cumplimiento a las normas de Prevención de Riesgos, Seguridad e Higiene Industrial, sin perjuicio de otras normativas vigentes en materia de condiciones sanitarias ambientales, de seguridad en faenas, equipos e instalaciones de protección de operarios y prevención de riesgos ocupacionales.
- Bodegas y cobertizo de trabajo.
-Cierros provisorios que aseguren y resguarden la totalidad de la obra, de las áreas de circulación y del entorno inmediato existente.
Será requisito indispensable el reconocimiento del terreno en una vista previa, con todos los antecedentes técnicos de la obra a ejecutar, antes de comenzar la instalación de faenas.
Será de cargo del contratista las instalaciones provisorias que requiera para la buena ejecución de la obra, así como la cancelación de permisos, derechos e impuestos que esta obra implique
Se deberán tramitar los permisos correspondientes con la dirección de obras municipales para la realización del contrato, deben consultarse las siguientes obras, que sólo servirán durante la ejecución de éste, debiendo el contratista, retirarlos una vez recepcionada provisionalmente la obra, los costos que demanden deberán ser considerados en la oferta. Servicios provisorios.
1.- OBRAS PRELIMINARES
1.1.- Instalación de Faenas.
Se deberán considerar todas las construcciones e instalaciones provisorias para el correcto desarrollo de los trabajos proyectados sin afectar el desarrollo de clases. La superficie y cantidad de estos recintos serán concordantes con la envergadura y localización geográfica de la obra. En general, las instalaciones se adaptarán a las situaciones del lugar, debiendo en todo caso asegurar la comodidad del personal, seguridad de la obra y seguridad de terceros.
La instalación de faena estará provista de energía eléctrica de acuerdo a NCh 350 “Instalaciones Eléctricas provisionales en la construcción” y NCh 712 “Arquitectura y Urbanismo – símbolos eléctricos para planos” de agua para el consumo humano, servicios higiénicos, dispositivos para la acumulación de residuos domésticos e industriales, además contaran con el equipamiento necesario para prevenir y controlar los riesgos asociados.
El costo de los consumos y derechos que deriven de las instalaciones provisorias, de agua potable, alcantarillado, electricidad y otros serán de cargo del Contratista, hasta la Recepción Provisoria cumplidas las observaciones técnicas.
Será obligatoria la mantención en perfecto estado del cierre durante toda la ejecución de la obra, para ello la ITO podrá solicitar al contratista la reposición de los elementos dañados. Este ítem consulta las señaléticas necesarias para indicar las zonas de riesgos. Para el cierre de la instalación de la obra se deberá utilizar una placa de madera aglomerada o similar en características estructurada en pino de 2x2, en el caso que dicho cierre interfiera con la libre circulación o contemple el uso de la calzada parcial o totalmente, se deberán tramitar por parte del contratista los permisos correspondientes con la dirección de obras Municipales.
Se considera el acondicionamiento de las construcciones, cierros provisorios, maquinarias, equipos y otros elementos, según corresponda, necesarios para garantizar el buen desarrollo de los de los trabajos, cumpliendo estrictamente con las normas de seguridad vigentes.
1.2.- Replanteo, Nivelación y Trazado.
Todos los trabajos de trazados y niveles deberán ser realizados por un profesional competente o personal calificado, siendo estos ejecutados de acuerdo a las cotas y niveles en planos generales y planos de detalles del proyecto.
El trazado deberá contar con el visto bueno del I.T.O., quién dejará constancia en el libro de obra. Además, se debe tener en cuenta en esta partida que el trazado planimétrico es referencial, el cual debe ser corroborado por el contratista.
1.3.-Letrero de Obra.
Se consulta la instalación de un Letrero indicativo de Obra, este debe ser estructurado en madera de pino de 3 x 3”, la altura de comienzo del letrero debe ser verificada por el I.T.O. mínimo 2.0mt libre, se debe considerar como base del letrero una o más placa de terciado estructural de 18 mm de espesor para que posteriormente se instale el letrero. La información que debe llevar:
-Nombre proyecto
-Inversión Mineduc
-Fecha de Inicio
-Plazo de ejecución
-Contratista
-Arquitecto anteproyecto
-Arquitecto diseño
El manual de vallas MINEDUC. Se puede encontrar en el siguiente link:
https://mineduca.sharepoint.com/:f:/r/sites/Regiones_Infra/Documentos%20compartidos/Letrero%20de%20Obras%20DEP?csf=1&e=CEX4Li
1.4.- Placa Informativa.
Se considera la fabricación e instalación de una placa de acero corten de 1 mm de espesor de
20 cm x 30 cm, corte laser, tipografía según detalles que entregara el arquitecto proyectista, considera perforaciones en los bordes para la instalación con 4 espárragos con hilo zincado de 6mm. La placa es tratada y oxidada.
*La imagen es solo referencial por lo que podría ser modificada y autorizada por arquitecto proyectista.
1.5.-Aseo General de Obra.
Durante toda la ejecución de los trabajos, se deberá mantener un aseo permanente y un orden que minimice el riesgo de accidentes y que otorgue una buena presentación del entorno. Al finalizar la obra, se deberá efectuar un aseo completo y final, además del retiro de las instalaciones de faenas.
Los escombros provenientes de la ejecución de las obras, deberán ser retirados, trasladados y depositados en el Relleno Sanitario de la comuna de Caldera, destinado para el dicho propósito (material de construcción producto de demoliciones y materiales excedentes de excavaciones), el recibo de cada uno de los pagos debe ser entregado al I.T.O. como forma de constatar el depósito de los escombros, esto de acuerdo a lo dispuesto en el Titulo III, Derechos Municipales por Servicio de Aseo y Ornato, punto 8, Derecho por Ingreso al Relleno Sanitario.
Será responsabilidad del contratista velar por la seguridad de las instalaciones en todo el tiempo que dure la construcción.
2.- HABILITACION DE VENTANAS
2.1.- Ventana Sala 2, (2,8 x 0,93 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2,8mtrs x 0.93mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además las ventanas serán totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.2.- Ventana Sala 3, (2,8 x 0,93 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2,8mtrs x 0.93mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.3.- Ventana Sala 4, (2,8 x 1,15 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2,8mtrs x 1.15mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.4.- Ventana Sala 5, (2,8 x 1,15 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2,8mtrs x 1.15mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.5.- Ventana Sala 6, (2,8 x 1,15 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2,8mtrs x 1.15mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.6.- Ventana Sala Multitaller, (3,9 x 1,15 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 3.9mtrs x 1.15mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.7.- Ventana Sala Multitaller, (3,25 x 1,15 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 3.25mtrs x 1.15mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.8.- Ventana Sala Multitaller, (3,2 x 1,15 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 3.2mtrs x 1.15mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.9.- Ventana Sala 7, (2,66 x 1,6 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2,66mtrs x 1.6mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.10.- Ventana Sala 8, (2,77 x 1,6 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.77mtrs x 1.6mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.11.- Ventana Sala 9, (2,8 x 1,6 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.8mtrs x 1.6mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.12.- Ventana Sala 10, (2,8 x 1,6 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.8mtrs x 1.6mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.13.- Ventana Sala 11, (2,4 x 1,55 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.4mtrs x 1.55mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.14.- Ventana Sala 11, (2,6 x 1,55 mts)
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.6mtrs x 1.55mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.15.- Ventana Sala 11, (2,38 x 1,55 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.38mtrs x 1.55mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.16.- Ventana Sala 11, (2,2 x 1,55 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.2mtrs x 1.55mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.17.- Ventana Sala Lab. Ciencias, (2.4 x 1,55 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.4mtrs x 1.55mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc.
2.18.- Ventana Sala Lab. Ciencias, (2,15 x 1,55 mts).
Este ítem, considera el retiro de la ventana existente y la instalación de la nueva ventana de 2.15mtrs x 1.55mtrs, según detalle en planimetría. Se exigirá ventanas de aluminio línea económica, vidrio simple en 4 mm y ventana de tipo corredera. Se exigirá una buena aplicación de sello en todo su borde a fin que no filtre por ningún lado, además de que las ventanas sean totalmente herméticas. Este ítem contempla todos los elementos y herramientas necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de la ventana tales como sellos, fijaciones, etc
3.- REPOSICION DE CERAMICAS
3.1.- Retiro Cerámica Existente.
Se retirará la cerámica de los muros y pisos señalados en planimetría y posteriormente se realizará una limpieza de las superficies para eliminar todo resto de adhesivo en polvo para cerámicas y cualquier otro elemento que interfiera en la instalación de la nueva cerámica. Se considera utilizar hidro lavadora para garantizar la limpieza de la superficie.
3.2.- Instalación Cerámica piso.
Se utilizará cerámica 33x33cm gris, marca Lamosa o de similares características. Su instalación será según indicaciones del fabricante y utilizando materiales de primera calidad y personal calificado.
Este punto considera los espaciadores tipo Topex o similar.
El ITO podrá rechazar la partida si las cerámicas presentan sopladuras o no están correctamente instaladas.
3.2.- Instalación Cerámica Muro.
Se utilizará cerámica 20x30cm Gris Bs o de similares características, se instalará de manera vertical (respetando la dirección de instalación de las cerámicas antiguas). Su instalación será según indicaciones del fabricante y utilizando materiales de primera calidad y personal calificado.
Este punto considera los espaciadores tipo Topex o similar.
El ITO podrá rechazar la partida si las cerámicas presentan sopladuras o no están correctamente instaladas.
3.3.- Adhesivo para Cerámicas.
Se utilizará adhesivo para cerámicas en polvo tipo Bekron o calidad superior, su preparación y aplicación será según indicaciones del fabricante, utilizando las herramientas necesarias indicadas por el fabricante.
3.4.- Fragüe.
Posterior a la instalación de las cerámicas y cuando el adhesivo en polvo ya este seco se procederá a aplicar el fragüe en todas las uniones de cerámicas, la preparación y aplicación será según indicaciones del fabricante.
Una vez secado el fragüe se procederá a remover todo el exceso de este de las cerámicas, del piso y de todas las superficies que hayan sido salpicadas.
3.5.- Puertas Duchas.
Se considera la instalación de puertas para todas las duchas indicadas en planimetría adjunta. Los marcos de las puertas serán confeccionados en perfilería de aluminio tubular de 60x30x1.2mm. Se considera como elemento de la hoja de la puerta policarbonato alveolar opal de 6mm de espesor el cual quedará encofrado entre dos ángulos de aluminio de 10x10x1mm como se muestra en Detalle Puerta Ducha. Para la fijación de toda la estructura de aluminio se considera utilizar tornito autoperforantes. La puerta deberá llevar un picaporte de aluminio de 40mm en su lado interior a una altura no mayor a 1 mt. La puerta también deberá considerar dos bisagras de aluminio de 145mm satinado o de similares características. Todas las uniones entre los perfiles de aluminio deberán estar sellados con silicona fungicida para baño y cocina, también deberá aplicarse sellador en la unión del policarbonato de 6mm con el perfil Angulo 10x10x1mm.
4.-MEJORAMIENTO CIERRE PERIMETRAL
4.1.- Retiro Cierre Madera Existente.
Este ITEM contempla la extracción del cierre de madera existente, el contratista deberá cerciorarse de no dañar la estructura metálica de la reja, los escombros resultantes deberán ser depositados en el Relleno Sanitario de la comuna de Caldera como lo indica el punto 1.4. Aseo General de la Obra de la presente EETT.
4.2.- Limpieza Estructura Metálica.
Posterior al retiro del cierre de madera se considera realizar una limpieza a toda la estructura metálica señalada en planimetría, para ello se eliminará la corrosión y la pintura antigua de los elementos metálicos.
4.3.- Pletina 50x3mm.
Se reforzará la estructura metálica instalando pletinas de 50x3mm, estas irán soldadas al marco de los paños de reja en los puntos señalados en planimétrica, a su vez este elemento servirá para afianzar las tablas del cierre de madera propuesto.
4.4.- Pintura Estructura Metálica.
Para pintar la estructura metálica primero se verificará que cada uno de los perfiles estén completamente limpios y libres de cualquier tipo de residuo, luego se procederá aplicar una mano de pintura Jotamastic 80 de marca JOTUN o mejor calidad, según especificaciones técnicas del proveedor. Se debe esperar el tiempo de secado correspondiente, posterior al secado se procederá a aplicar una capa de terminación de Hardtop AX de marca JOTUN o mejor calidad. El color será definido por el arquitecto proyectista in situ. Su aplicación será según especificaciones del fabricante. El I.T.O podrá rechazar, y exigir manos adicionales en todo trabajo que considere defectuoso, deficiente con manchas o transparencias, sopladuras, englobamientos, fisuras u otros desperfectos.
4.5.- Pino Cepillado 1”x8”.
Se considera realizar el cierre mediante la instalación de pino cepillado seco 1”x8” dispuestos de manera horizontal, tal como se indica en planimetría. Estos se unirán a la estructura metálica en tres puntos, uno a cada extremo y uno en el centro de la tabla. Las uniones serán mediante perno coche con tuerca.
4.6.- Perno Coche.
Se considera realizar las uniones de las tablas a la estructura mediante perno coche de ¼ x 1 ¼ , a su vez estos contaran con una tuerca Hexagonal NC G2 ¼”, una vez instalada la tuerca en su posición final será soldada para evitar actos vandálicos. Se contempla tres uniones por tabla. Una vez instalado el perno y la tuerca se procederá a cortar el exceso de hilo del perno hasta que quede a la misma distancia que la tuerca.
4.7.- Soldadura.
Este ítem engloba la partida de soldaduras de las pletinas a la estructura metálica y la soldadura de los pernos con las tuercas.
4.8.- Barniz.
Se contempla la aplicación de una película de betún de judea previa a la aplicación de la capa de barniz, el tono de ambas capas debe ser parejo y no presentar manchas que no sean de la madera.
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