La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas, aún cuando no sea la más baja, o de rechazarlas todas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento, no dando lugar a indemnización alguna.
En caso de EMPATES, el municipio posee la facultad de decidir y adjudicar al primer oferente que ingresó su oferta al portal, (Fecha y Hora) www.mercadopublico.cl, (siempre y cuando los valores y plazos de entrega sean razonables a los demandados) teniendo la prioridad el número uno de adjudicación, lo anterior con la correspondiente venia del Sr. Alcalde.