3.1. OBTENCIÓN DE BASES DE LICITACIÓN.
El llamado a Licitación será informado en el Sitio Web de Mercado público, www.mercadopúblio.cl . y las Bases de licitación sólo se obtendrán a través de dicho Sitio Web, de acuerdo a lo especificado en la Ficha Resumen de la Licitación.
3.2. PROPONENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR DE ESTA LICITACIÓN.
Pueden participar en esta licitación todos aquellos proveedores que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886.
Aquellos proveedores que no se encuentren afectos a algunas de las inhabilidades contempladas en el artículo 35 septies de la ley Nº 19.886 y el artículo 154 del Decreto Supremo N° 661, que fijó su Reglamento.
Aquellos proveedores que no se encuentren condenados a la inhabilidad contemplada en el artículo N° 33 de la ley de delitos económicos.
Podrán también participar mediante “Unión temporal de proveedores” regulada en el artículo 180 del decreto 661, que contiene el Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas.
3.3. RECEPCIÓN DE CONSULTAS.
Todas las preguntas, tanto las de carácter técnico como las de índole administrativa, que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del Foro disponible en el Sitio Web de Mercado Público www.mercadopúblio.cl .
3.4. ENTREGA DE RESPUESTAS.
Se procederá a analizar y responder la(s) preguntas (s) formulada(s) las que se pondrán a disposición de todos los proveedores interesados en el sitio Web www.mercadopúblio.cl ., por el ID de la Licitación, sin indicar el autor de las consultas.
Una vez cumplido el para la entrega de las respuestas, conforme lo señalado en el artículo 108 del Decreto 661 deberá publicarse el correspondiente acto administrativo en la plataforma de mercado público en un plazo de 24 horas.
3.5. ACLARACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN.
Sin perjuicio de lo anterior, la ESFOCAR “Grupo Valdivia” Podrá comunicar a todos los oferentes las aclaraciones o complementaciones de diversa índole a las Bases de licitación que estimare necesarias dar a conocer, o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proponentes durante el proceso de licitación. En el caso que las aclaraciones impliquen una modificación de las presente Bases se actuará conforme al numeral 1.6 precedentemente.
3.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Cada proveedor que participe en el proceso licitatorio podrá presentar solo una oferta del producto requerido, en caso de presentar más de una oferta esta será declarada inadmisible.
Conforme lo señalado en el artículo 48 del Decreto 661, las ofertas deberán ser puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso licitatorio.