3.8. CONDICIONES DE LA RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES.
Los oferentes deberán tener presente las siguientes condiciones generales:
- No se recibirá ningún antecedente fuera del lugar, día y hora señalados.
- Se deja claramente establecido que no se aceptarán ofertas económicas y técnicas enviadas por otra vía que no sea la electrónica (Portal www.mercadopublico.cl), todo ello sin perjuicio de las excepciones legales debidamente acreditadas.
- Se deja constancia que Carabineros de Chile es un usuario más del portal Mercado Público, por lo que no se responsabiliza por los errores u omisiones que se produzcan al publicar la información en el portal, cuando estos no le sean imputables.
- La ESFOCAR “Grupo Valdivia”, podrá postergar la fecha, lugar y hora fijados para la presentación de las propuestas y/o apertura electrónica de las ofertas, como, asimismo, cualquier otro plazo especificado en esta licitación, mediante resolución fundada debidamente tramitada, la cual deberá ser comunicada a través del portal Mercado Público.
3.9. DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS O DE LICITACIÓN DESIERTA:
Conforme lo señalado en el artículo 59º al 62º del Decreto 661, la ESFOCAR “Grupo Valdivia”, declarara inadmisible las ofertas en los siguientes casos:
1.-Cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la ley o el reglamento. En todos los casos, la resolución de la ESFOCAR “Grupo Valdivia”, será fundada y publicada en el Sistema de Información.
Sólo aquellos oferentes que hayan cumplido con un total ponderado de 80%, como mínimo, en el total de la evaluación podrán ser adjudicados, de lo contrario se declarará inadmisible por falta de cumplimiento en las Bases de esta Licitación.
2.-Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Compras.
En este caso, la Esfocar Grupo Valdivia considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente.
3.- Ofertas riesgosas o temerarias, Esfocar Grupo Valdivia considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato.
Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora deberán solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Conforme lo señalado en el artículo 62º del Decreto 661, la ESFOCAR “Grupo Valdivia”, declarara desierta la licitación pública, en los siguientes casos:
1. Cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante.