Resolución de Empates |
En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en Precio, luego por Entrega y si persiste se adjudicará por garantía de post-venta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se recibirán y contestarán a través del correo electrónico wiordi.ramirez@educangol.cl, hasta 5 días desde la adjudicación, las que posteriormente serán adjuntadas en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Visita a terreno |
Se realizará visita a terreno es de carácter obligatoria, la fecha y hora serán publicadas mediante un comunicado anexo en el formulario de bases del portal www.mercadopublico.cl.
Se exigirá puntualidad en la hora de llegada, no se aceptará el ingreso de aquellos oferentes que lleguen con posterioridad a la hora fijada, en el caso de representantes de las empresas deberán acreditar en la visita con un poder simple, por lo tanto, deberán tomar las precauciones necesarias, solo se considerará aquellos oferentes que se identifiquen en el acta de visita a terreno con el Rut de la empresa y Razón Social de la Empresa, aquellos que no asistan a la visita a terreno se declaran inadmisibles para su evaluación.
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De la Apertura y Admisibilidad |
Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases, de lo contrario su oferta será rechazada y no entrará en la evaluación:
- Que, la oferta cumpla con las cláusulas estipuladas en el punto 9 “Especificaciones Técnicas de los Bienes y Servicios Requeridos”
- Que, no supere el monto disponible de la licitación.
- Que, realice visita a terreno obligatoria.
- Que, presente certificado SEC, en instalación de estufas a pellet.
- Que, presente certificado de instalador autorizado de estufas a pellet Amesti.
- Que, presente garantía de post venta, mínimo de 6 meses.
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Cumplimiento de los requisitos formales |
En el caso que el oferente omita algunos de los documentos solicitados en Cumplimiento de los requisitos formales, se podrán solicitar por medio de aclaración de oferta, pero la falta de ésta documentación indicará un 5% menos como se indica en los criterios de evaluación, y se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará la siguiente documentación que debe estar vigente, legible y visualmente claros, de no cumplir con estos 2 puntos no se tomarán en consideración para su evaluación:
- Que, anexe Anexo Técnico- Económico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
- Que, anexe Identificación del Oferente.
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Modificación de las Bases |
Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, debiendo ser aprobadas por autorización firmada por la Dirección de Educación Municipal de Angol.
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Consultas y aclaraciones durante la Publicación |
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público y en visita a terreno. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado.
No se recibirán consultas mediante otras vías (Teléfono, e-mail, de manera presencial, etc.) será responsabilidad del interesado consultar las aclaraciones en lo ya mencionado.
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Presentación de ofertas |
El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
La documentación anexada debe ser claramente visualizada, en el caso que sean fotografías que no se identifique de manera clara, no se considerará ya sea para la evaluación o admisibilidad.
Debe verificar los archivos que anexarán, ya que, si estos se encuentran dañados, no se considerarán para su evaluación o admisibilidad.
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Consideraciones Generales |
El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases.
Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
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Forma de pago |
La Municipalidad pagará, previa entrega de factura y recepción conforme del solicitante de la compra, la falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago respectivo.
a) Plazo de Pago
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura en la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada.
b) Recepción Conforme
El inspector técnico designado por la Dirección de Educación Municipal deberá emitir un informe de la recepción conforme de los servicios y la certificación de la factura correspondiente será realizada por el director del establecimiento educacional o quien lo subrogue.
c) Una vez entregado la totalidad de los productos, la factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N° 69.180.100-4, la cual debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol.
d) Forma de Pago
Transferencia o el cheque respectivo deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol.
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Vigencia de la oferta |
La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta, la cual será extendida en el caso de cualquier contingencia en común acuerdo con el oferente.
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Adjudicación |
El plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días corridos luego de la apertura electrónica, y requerirá de una Comisión Evaluadora.
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De la Comisión Evaluadora |
El proceso de adjudicación de la propuesta se iniciará con la evaluación de las distintas ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora, para una mejor evaluación, podrá solicitar información adicional a los oferentes con posterioridad a la recepción de las ofertas, debiendo comunicar esta solicitud a todos los oferentes que estén siendo evaluados para que exista igualdad de condiciones, a través del portal Mercado Público. Se podrá solicitar todo documento que permita obtener una mejor oferta, menos los indicados en de la Apertura y Admisibilidad, con el objeto de contar con más elementos.
Finalizado el trámite de evaluación, la Comisión someterá a consideración del Alcalde las ofertas, proponiendo la propuesta más ventajosa, tomando en consideración los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, según lo establecido en la Sección "Criterios de Evaluación'.
La Comisión antes citada estará compuesta por los (as) Srs. (as)
- Jefe de Finanzas de la Dirección de Educación Municipal
- Jefa de Infraestructura de la Dirección de Educación Municipal.
- Encargado de Adquisiciones de la Dirección de Educación Municipal.
Si alguno de los titulares de los cargos mencionados no está en el momento de la Evaluación, lo remplazará la persona subrogante.
La Municipalidad aceptará la propuesta que sea más ventajosa para los intereses municipales y de la comuna, considerando los criterios de evaluación que se presenta en las bases.
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De la Unión Temporal de Proveedores, UTP. |
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entras las partes respeto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones superiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La UTP que no acredite al momento de contratar que se ha formalizado de la manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra
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Contrato |
Considerando que esta licitación se trata de bienes estándar y simple especificación conforme a lo establecido en el Artículo 63 del Reglamento de la Ley N°19.886, se formalizará con la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor lo indicado en las presentes bases será parte integral para el buen funcionamiento, o término de entrega del servicio en el caso de no cumplimiento.
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Multas |
Se aplicará una multa de 3% valor neto adjudicado, por día hábil de atraso, la cual será notificada al proveedor a través de carta certificada o correo electrónico.
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Reclamo |
Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl cuando:
- Se efectúe el término anticipado del contrato.
- Se haga cobro de multa.
- Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega establecido.
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Forma de pago de multas |
El valor de la multa deberá ser pagado en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la misma, ingresando dicho monto en dinero efectivo en la caja de la Tesorería Municipal. Una vez realizado el pago de la multa, el oferente deberá presentar en la Dirección de Educación Municipal de Angol el comprobante de pago de multas (copia de la orden de ingreso que se le entrega en caja). Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional. Si el oferente multado no pagare la multa aplicada, el municipio no efectuará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete.
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Procedimiento de Impugnación |
Las multas serán notificadas al proveedor adjudicado conforme a lo señalado en el artículo precedente. El proveedor adjudicado podrá apelar mediante carta dirigida al alcalde de la Municipalidad de Angol en un plazo de 5 días hábiles contados de la notificación de la multa, dicha carta deberá ser ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad de Angol.
El alcalde, en el plazo de 10 días hábiles, resolverá, fundadamente pudiendo dejar sin efecto, rebajar o mantener la multa.
La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando las multas aplicadas alcancen el 10% del monto adjudicado.
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Entrega de Terreno |
La entrega de terreno se realizará dentro del plazo de cinco días corridos contados desde el ingreso de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en la Dirección de Educación Municipal de Angol, dirección Lautaro N°89 Angol, en un sobre con los datos del proveedor (Razón social, RUT, Dirección, tomada a nombre del proveedor, Teléfono de contacto, Correo Electrónico, Número de garantía y Número de la licitación), y luego de la aceptación de la orden de compra en el portal mercado público. Acontecido esto, se efectuará la entrega de terreno por parte de la Unidad técnica, suscribiéndose el acta correspondiente. A contar de ese momento, el contratista es responsable de la obra y se da inicio al plazo de esta hasta la recepción conforme de ella.
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Inspector Técnico del Servicio |
La Municipalidad designará como inspector técnico a un funcionario de la Dirección de Educación Municipal de Angol, quien deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la ejecución del servicio para el Establecimiento Educacional.
El nombramiento del ITS se hará mediante Decreto Alcaldicio. El Inspector podrá hacerse asesorar por otros profesionales, quienes solo le podrán hacer proposiciones a este, pero no impartir órdenes o hacer observaciones directamente al oferente, todo lo cual debe ser canalizado debidamente a través del Inspector.
El oferente deberá someterse a las órdenes del Inspector Técnico, conforme a los términos y condiciones de las Especificaciones Técnicas, entregadas por el ITS. De tales órdenes el contratista podrá apelar ante Director de Educación Municipal, dentro de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha que se le comunique la respectiva orden. El director resolverá la apelación dentro de un plazo de cinco días hábiles.
Si el oferente no apelase o si su apelación fue rechazada y se resistiese a acatar las órdenes impartidas, el Mandante podrá solicitar la aplicación de multas relacionadas con el incumplimiento del servicio.
Además, el ITS será el encargado de realizar el informe la recepción conforme del servicio al Director del Establecimiento Educacional.
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Daños a instalaciones |
Los daños y perjuicios que el Oferente adjudicado, ocasione a personas o bienes materiales con ocasión de la entrega de sus Servicios, serán de su única y exclusiva responsabilidad y deberán ser restituidos íntegramente, según corresponda.
La Dirección de Educación Municipal, no se hará responsable de robos, hurtos, daños, custodia o almacenamiento de los equipos, herramientas u otros que el Oferente adjudicado, deba disponer para la prestación de su servicio. El Oferente adjudicado deberá velar por el correcto comportamiento moral, ético y de higiene y seguridad del trabajo del personal bajo su mando, al interior de cada dependencia.
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Termino anticipado del Contrato |
La Dirección de Educación Municipal de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos:
a) Por paralizar la entrega del servicio más de 10 días corridos sin causa justificada, debidamente calificadas por el Inspector Técnico del Servicio.
b) Por reiterados incumplimientos de las órdenes e Instrucciones impartidas por la inspección, relacionadas con la ejecución del servicio.
c) Por modificación o alteración del servicio contratado, sin la debida autorización del inspector Técnico del servicio.
d) Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorios, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación.
e) Si el servicio contratado presenta defectos graves que no pudieran ser reparadas o comprometieran la seriedad de ellas u obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto, sin perjuicio que la Municipalidad adopte las medidas que estime procedentes.
f) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera.
g) Por fallecimiento del contratista, cuando se trate de persona natural.
h) Cuando las multas aplicadas alcancen el 10% del monto adjudicado.
Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato cuando por razones de carácter técnico o financiero sea aconsejable. En todo caso, la Municipalidad siempre podrá cobrar la garantía correspondiente, que se haya otorgado para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
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Medidas de seguridad |
Serán las establecidas por la Unidad Técnicas, de acuerdo a la normativa vigente.
El contratista es responsable del servicio a contar de la fecha de entrega de terreno hasta la recepción conforme de ella.
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Consumos básicos |
El pago de los consumos de Servicios Básicos tales como Luz, Agua, Teléfono, etc., que se originen del servicio durante el tiempo de su ejecución hasta la recepción conforme del servicio, será de responsabilidad del Contratista.
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