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Resolución de Empates |
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De acuerdo a cláusula 6 “Criterios de evaluación”, de los proponentes que están empatados:
Criterio 1°: Calidad Técnica de los Bienes o Servicios
Criterio 2°: Precio
Criterio 3°: Plazo de entrega
Criterio 4°: Servicio de Post-Venta
Criterio 5°: Cumplimiento de requisitos
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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El mecanismo de solución de consultas respecto a la adjudicación es a través del correo electrónico a laguilerat@municatemu.cl, hasta 48 hrs. desde adjudicada la licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Verificación de la correcta presentación de las propuestas |
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La Comisión Evaluadora, en primer lugar, verificará respecto de cada propuesta que haya sido presentada siguiendo las indicaciones entregadas en las bases y que no exista ninguna deficiencia en ella que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos 6 y 10 de la Ley de Compras.
La Comisión Evaluadora en su informe de recomendación de adjudicación deberá en primer lugar verificar si cada oferente presentó los documentos señalados en las bases (Principio de igualdad de los oferentes) y posteriormente si estos documentos son pertinentes de acuerdo a lo solicitado en las bases, es decir, si cumplen con las bases licitación (Principio de estricta sujeción a las bases).
De acuerdo a lo anterior, se considerará fuera de bases y su oferta no será evaluada a la(s) propuesta(s) respecto de la(s) cual(es) se presente una o más de las siguientes situaciones, relativa a la inobservancia de las indicaciones específicas entregadas para la presentación de las propuestas, de los siguientes tópicos:
1. Falta de alguno de los documentos exigidos en las bases, o no cumplimiento de algún documento presentado, de acuerdo a exigencias de las bases.
2. Presentar documentos ilegibles, fragmentados o con falta de integridad.
3. No concordancia del valor neto ingresado al portal Mercado Público con el valor neto del Formulario de Oferta económica.
Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, a través del portal Mercado Público, que salven errores u omisiones formales, quienes deberán responder dentro del plazo de 48 horas de formulada la solicitud, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Del mismo modo, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de antecedentes que permitan corroborar la exactitud y veracidad de la información contenida en alguno de los documentos que componen las propuestas. Dicha solicitud deberá ser fundada y atendida por el respectivo proponente dentro de 48 horas de formulada por el Portal Mercado Público.
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INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
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La Comisión Evaluadora deberá emitir un Informe dirigido al señor Alcalde del Municipio en el que se deberá contener un resumen del proceso de licitación con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes.
Dicho informe culminará con una propuesta de recomendación de adjudicación para el señor Alcalde, el que deberá dar el V°B° mediante su firma.
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DE LA FACULTAD DE DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN |
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De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Compras, el Municipio podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
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CAUSALES DEL COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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El adjudicatario será sancionado por la Municipalidad de Catemu con el cobro de esta garantía en los siguientes casos:
1) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario para con sus trabajadores.
2) Cuando el adjudicatario no pague las multas aplicadas.
3) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al contrato.
4) Por incumplimiento de las obligaciones impuestas por las bases de licitación y contrato (orden de compra).
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Contrato |
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El contrato se formalizará al momento del envío de la orden de compra al proveedor adjudicado a través de la página www.mercadopublico.cl; la entrega de los bienes comenzará a regir desde las 48 hrs. desde enviada la orden de compra.
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Contrato Conexo |
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En virtud de la disponibilidad presupuestaria o de situaciones calificadas por el Alcalde, previo informe de la Dirección DAEM, la institución podrá adquirir un número mayor de bienes, respecto a lo solicitado en el proceso, pudiendo variar hasta un 30% de lo solicitado originalmente, para lo cual se deberá realizar un Contrato Conexo con una Resolución fundada y aludiendo a las presentes bases; además de la orden de compra complementaria. El proveedor deberá mantener las mismas condiciones del Contrato original, para el Contrato Conexo.
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Multas |
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Por incumplimiento del plazo contractual, se aplicarán multas por cada día de atraso en la entrega del servicio, equivalentes al 0,5% del monto adjudicado. Estas multas no se descontarán del monto de la factura, sino que serán deducidas en el momento de la emisión del Decreto de Pago correspondiente, por parte de la Unidad de Finanzas DAEM. En consecuencia, las multas deberán estar debidamente reflejadas en el certificado de recepción emitido por la Inspección Técnica (IT), dependiente del Director del Liceo Bicentenario Polivalente Fernando Silva Castellón.
En caso fortuito o de fuerza mayor debidamente justificado vía correo electrónico y el oferente podrá solicitar un aumento de plazo en la entrega de los bienes, el que deberá contar con el visto bueno de la Inspección Técnica, solicitado previo al vencimiento del plazo adjudicado.
El proveedor podrá apelar ante el Mandante dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha en que la inspección técnica haya formulado un instructivo. El Mandante resolverá en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde su recepción en la oficina de partes, considerando, para evaluar la gravedad del hecho, la eventual reiteración de éste y el grado en que afecte aspectos esenciales de la adquisición de los bienes.
Si el proveedor no apelare o si su apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida, el Mandante podrá, previa notificación hecha con 10 días hábiles de anticipación al proveedor, poner término anticipado del contrato (orden de compra) de adquisición de los bienes, por causas imputables a éste.
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Término Anticipado del Contrato |
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La Municipalidad de Catemu podrá poner término anticipado y administrativamente al contrato cuando el adjudicatario incurra en incumplimiento de las obligaciones que asume en virtud de éste, para lo cual lo notificará por escrito resolviendo el contrato, sin derecho a indemnización alguna. Se entenderá que el contratado incurrirá en incumplimiento de sus obligaciones, en los siguientes casos:
a) Por incumplimiento del adjudicado, a juicio de la inspección técnica del servicio, de cualquiera de las obligaciones establecidas en las bases, oferta y contrato.
b) Por haber recibido más de tres multas durante la prestación del servicio, sin que exista una razón de caso fortuito o fuerza mayor, u otra no imputable al contrato, debidamente justificado.
c) Otorgar el servicio de forma deficiente reiteradamente, a juicio de la inspección técnica del servicio.
d) Por entrega de información maliciosa o no fidedigna en su oferta y durante la ejecución y término del servicio.
e) Por quiebra, disolución o extinción de la persona jurídica o muerte si es persona natural.
f) Por subcontratación de los bienes.
g) Por interés público, seguridad nacional y/o orden público.
h) Incumplimiento en sus obligaciones laborales como empleador
i) Por cualquier incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, reservándose el municipio el derecho de deducir las acciones legales correspondientes.
Lo anterior será aprobado mediante resolución por la municipalidad y será notificada al adjudicatario.
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INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO |
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La Inspección Técnica será designada por el Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal, o por quien lo subrogue.
Dicha inspección será responsable de verificar la correcta confección y entrega de los bienes, así como de autorizar el pago correspondiente y gestionar la aplicación de las multas que procedan, conforme a lo establecido en las presentes bases.
La inspección técnica podrá solicitar el apoyo y/o asesoría técnica de otros funcionarios municipales, según se estime conveniente y/o necesario su participación.
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Del Pago |
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El pago será efectuado dentro de los 30 días corridos siguientes, contados desde la recepción conforme de la factura respectiva, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La recepción conforme deberá ser acreditada por la entidad que hubiere efectuado el requerimiento.
El proveedor sólo podrá facturar los bienes efectivamente recibidos conforme por el organismo comprador (IT), una vez que el administrador del contrato por parte del organismo comprador autorice la facturación en virtud de la recepción conforme de los bienes. El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los bienes y la autorización expresa de facturar por parte de éste.
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Recepción de la vestimenta |
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La recepción conforme de la vestimenta será realizada por la Dirección del Liceo Bicentenario Polivalente Fernando Silva Castellón, quien emitirá un certificado de recepción conforme dirigido a la Dirección del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM).
Dicho certificado servirá como respaldo para otorgar el visto bueno al proveedor, permitiendo de esta forma la emisión de la factura correspondiente y la posterior tramitación del pago.
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Cambios por Tallas |
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El proveedor adjudicado deberá considerar dentro de su oferta la posibilidad de realizar cambios de tallas, en caso de que alguno de los estudiantes del Liceo Bicentenario Polivalente Fernando Silva Castellón lo requiera, una vez efectuada la entrega inicial.
Estos cambios deberán efectuarse sin costo adicional para el establecimiento educacional, dentro de un plazo razonable previamente coordinado con la unidad técnica, garantizando la uniformidad y correcta presentación del vestuario conforme a las especificaciones establecidas en las bases.
El oferente deberá, por tanto, asegurar la disponibilidad de tallas y materiales necesarios para responder oportunamente a dichas solicitudes, como parte del cumplimiento integral del contrato.
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INDICE DE FORMULARIOS Y FORMATOS TIPO PARA LA PRESENTACIÓN A PROPUESTA. |
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[F1] Formulario Identificación del Oferente
[F2] Formulario Declaración Jurada de Inhabilidades
[F3] Formulario Declaración Jurada de Conocimiento de las Bases
[F4] Formulario Cuenta con Sucursal en el Valle del Aconcagua
[F5] Formulario Oferta Técnica de los bienes
[F6] Formulario Oferta Económica
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA VESTIMENTA ESCOLAR |
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Buzo Institucional 155 unid.
- Tela franela algodón cardado nacional.
- Color azul marino con aplicaciones verde jade.
- Pantalón azul con vivo de 0,5 color verde jade, bolsillos clásicos laterales y punto de refuerzo en costuras traseras, basta terminada con colleretera, pretinas elásticadas con colleretera y costuras reforzadas en overlock.
- Polerón azul manga raglán con costadillos de 10 cms. en cuerpo color verde jade, mangas y puños color azul como el cuerpo en puño grueso, cierre nylón N°5 al medio color azul, bebedero interior azul marino y cuello exterior verde jade, bolsillos laterales, todos con costuras reforzadas en overlock. El polerón debe incluir 3 bordados, en la parte delantera izquierda Insignia del Liceo, en manga derecha debe ir Bandera Nacional bordada de 4,5 x 3 cm., en espalda a nivel cintura (sobre pretina) el nombre de la comuna Catemu bordada, letra Arial mayúscula
Tallas:
- 40 unidades Talla 16
- 35 unidades Talla S
- 40 unidades Talla M
- 30 unidades Talla L
- 10 unidades Talla XL
Polera Polo 155 unid.
- Tela nacional algodón
- Color blanco
- Cuello polo (redondo) en color verde jade elasticada
- Insignia bordada en la parte delantera izquierda.
- Manga corta recta blanca con aplicación de 3 cms. en color verde jade.
Tallas:
- 40 unidades Talla 16
- 45 unidades Talla S
- 40 unidades Talla M
- 30 unidades Talla L
Polerón Institucional 155 unidades
- Tela algodón nacional
- Color azul marino
- Cuello redondo
- Puños elasticados
- Pretina cintura elasticada
- Insignia costado superior izquierdo (pecho)
- Palabra Catemu en espalda, arriba pretina, tipo de letra Arial mayúscula 3 cms.
- Letras LBPFSC en brazo izquierdo en color verde jade, tipo de letra Arial mayúscula 3 cms.
Tallas:
- 35 unidades Talla 16
- 40 unidades Talla S
- 35 unidades Talla M
- 35 unidades Talla L
- 10 unidades Talla XL
Polera Pique 60 unidades
- Manga corta color azul marino con botamanga tejida
- Insignia de la Banda de Guerra estampada en vinilo textil o DTF en pecho lado izquierdo
- En espalda debe decir Banda de Guerra, letra Arial de 4 cms. de alto y más abajo L.F.S.C. letra Arial de 5 cms. color dorado.
- 3 botones azul marino en delantero
- Costuras reforzadas
- Terminaciones en ruedo con costuras dobles (colletera)
- Confección a medida y pruebas correspondientes
Pantalón de Vestir 60 unidades
- Color negro casimir nacional
- Corte recto
- 2 bolsillos traseros
- 2 bolsillos delanteros
- Bolsillos interiores en tela popelina color blanco y envivados
- Pretina con entre tela Bal-rol a medida
- Confección a medida y pruebas correspondientes
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