Resolución de Empates |
1.- Mejor puntaje plazo de entrega 2.- Mejor puntaje Precio 3.-Mejor Puntaje Calidad Técnica.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación: Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al e-mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social: Según cláusula 21 de las Bases.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes: La comisión técnica de evaluación, se reserva el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones, antecedentes o información complementaria que considere necesaria para la evaluación de la propuesta. Podrá aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igual de los oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Adjudicación |
Una vez realizado el acto de apertura la comisión evaluadora determinará la presentación de todos los antecedentes solicitados, aceptando o declarando inadmisibles las ofertas de acuerdo con lo establecido en las bases administrativas. La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación. La comisión evaluadora analizará la oferta que se ajuste a las necesidades institucionales y que no necesariamente corresponda a la de menor valor.
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Readjudicación |
Si el respectivo proponente adjudicatario se desiste de su oferta, no entregue los antecedentes para contratar, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Contratación |
La contratación se formalizará con la emisión y aceptación conforme de la Orden de compra emitida a través del portal www.mercadopublico.cl.
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CARPETA DE ARRANQUE. |
Junto con la aceptación de la orden de compra, la Unidad Técnica hará entrega del Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas y el derecho a saber, además el contratista adjudicatario tendrá un plazo de máximo de 5 días corridos para entregar la carpeta de arranque a la Inspección Técnica de las obras, según D.S. 76 del Ministerio del Trabajo y de acuerdo a pauta que se anexa a documentos de licitación, una vez revisada y aprobada se procederá la correspondiente entrega de terreno. Será responsabilidad del Contratista, durante la ejecución del proyecto, aportar los antecedentes
solicitados en la carpeta de arranque, manteniendo su registro actualizado.
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ENTREGA DE TERRENO DE LA OBRA. |
La entrega de terreno se hará de acuerdo a las indicaciones establecidas en las presentes bases, levantándose un acta de entrega de terreno, suscrita por la Unidad Técnica, la Inspección técnica de obras (ITO) y el Contratista.
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LIBRO DE OBRAS |
La I.T.O. deberá abrir un Libro de Obras, entregado por el contratista, foliado y en duplicado, en el acto de entrega del terreno, mediante el cual se anotará las comunicaciones e instrucciones entre la I.T.O. y el profesional residente, cuando corresponda, que será el representante del contratista en la obra.
En este libro será necesario identificar, como mínimo, en su primera página, el nombre de la obra, el del contratista, el de la I.T.O., el monto del contrato, fecha de entrega y fecha de término prevista de la ejecución de la obra.
En sus páginas finales se deberá dejar estampada la fecha del término y Recepción Provisional de la Obra.
La primera copia será para la I.T.O. y la segunda copia quedará para el contratista. Al final de la construcción de la obra este libro quedará en manos de la I.T.O.
La formalización del pago se efectuará previamente se cumpla con los siguientes antecedentes:
a) La orden de compra emitida, se encuentre debidamente aceptada por el proveedor en el portal de Mercado Público.
b) Certificación conforme de los productos contratados.
c) Factura sin enmendaciones y errores, la que podrá ser emitida por el proveedor, una vez recibida la autorización de la Unidad Técnica y aceptado la conformidad de la ejecución de servicio, en caso contrario será rechazada por la Unidad Financiera Municipal.
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Recepción |
Una vez terminadas las obras, el Contratista deberá comunicarlo a la ITO, para solicitar de éste la Recepción.
La recepción la realizará la ITO, dentro de los 3 días corridos desde que se haya constatado el término de la Obra. Esta recepción requerirá obligatoriamente la presencia del Contratista.
En el evento de que la ITO efectúe observaciones, fijará un plazo para que el contratista ejecute, a su costa, los trabajos o reparaciones señalados en las observaciones.
Una vez subsanadas las observaciones por parte del contratista, éste solicitará nuevamente la recepción de la ITO,
la que verificará su término para proceder a efectuar la recepción dentro de los 3 días corridos siguientes.
Si las observaciones no fueren subsanadas, se aplicarán las multas de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
Si las observaciones fueron subsanadas satisfactoriamente, se levantará Acta de Recepción sin observaciones.
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Multas |
POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO CONTRACTUAL.
La multa por cada día de atraso será del 1 por mil del monto total del contrato, el cual será descontado del último estado de pago o de las retenciones.
POR INCUMPLIMIENTO DE INSTRUCCIONES DE LA ITO.
El Contratista deberá someterse a las instrucciones de la inspección técnica de obras, las que se impartirán siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones del contrato.
El incumplimiento de cada instrucción impartida por la ITO será sancionado con una multa diaria de 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales, según la gravedad del hecho por el período que se mantenga la transgresión a dichos preceptos, las que serán deducidas del siguiente estado de pago.
El Contratista podrá apelar ante el Mandante dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha en que la inspección técnica de obras haya formulado una instrucción. El Mandante resolverá en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde su recepción en la oficina de partes, considerando, para evaluar la gravedad del hecho, la eventual reiteración de éste y el grado en que afecte aspectos esenciales de la obra.
Si el Contratista no apelare o si su apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida, el Mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago o, según la gravedad del caso y previa notificación hecha con 10 días hábiles de anticipación al Contratista, poner término anticipado al contrato de ejecución de obras, por causas imputables a éste.
La Municipalidad de Catemu amonestará por escrito al proveedor cuando los antecedentes que tenga a la vista no revistan la gravedad que ameriten la aplicación de algún otro efecto derivado del incumplimiento de mayor gravedad definidas en las bases de licitación, dejando registro de esta situación en la ficha del proveedor, disponible en www.mercadopublico.cl, sección comportamiento contractual del proveedor.
La aplicación de multas por incumplimientos, cobro de garantías, multas o termino anticipado de contrato, serán registradas en la ficha del proveedor, disponible en www.mercadopublico.cl, sección comportamiento contractual del proveedor.
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Modalidad de pago |
Contra factura con recepción conforme de los servicios.
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Anexos |
Bases Técnicas, Planos y Formatos de propuesta.
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