Licitación ID: 4284-101-LE23
REPUESTOS SERVICIOS MANTENCIONES CAMIONES MERCEDES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CUNCO, Municipalidad de Cunco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Media amortiguador 1 Unidad
Cod: 31191514
CONVENIO DE SUMINISTRO DE REPUESTOS SERVICIOS PARA LAS MANTENCIONES DE LOS CAMIONES MERCEDES BENZ DE LA MUNICIPALIDAD DE CUNCO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPUESTOS SERVICIOS MANTENCIONES CAMIONES MERCEDES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
REPUESTOS SERVICIOS MANTENCIONES CAMIONES MERCEDES
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE CUNCO
Unidad de compra:
Municipalidad de Cunco
R.U.T.:
69.191.000-8
Dirección:
Pedro Aguirre Cerda Nº 600
Comuna:
Cunco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-06-2023 10:04:00
Fecha de Publicación: 06-06-2023 17:08:15
Fecha inicio de preguntas: 06-06-2023 17:10:00
Fecha final de preguntas: 09-06-2023 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-06-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-06-2023 10:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-06-2023 10:05:00
Fecha de Adjudicación: 14-07-2023 15:27:27
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 Identificación del Oferente Anexo N° 2 Declaración Jurada
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 3.1 Plazo de Entrega Anexo N° 4 Oferta Técnica
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3 Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Proveedores cumplen con todo el listado solicitado además informa característica técnica y ofrece repuestos originales de la marca MERCEDES BENZ . 50%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 20 20%
3 Servicios realizados en Taller de representante de Servicios serán realizaran en las instalaciones del concesionario autorizado por la marca MERCEDES BENZ no serán realizaran en las instalaciones del concesionario autorizado por la marca John Deere. 100 pts. 50 pts. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 8000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Denisse Vivallo Rios
e-mail de responsable de pago: denissevivallo@municunco.cl
Nombre de responsable de contrato: Rodrigo Sandoval Guerrero
e-mail de responsable de contrato: sandovalr@municunco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2200110-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado será el único responsable del cumplimiento de la responsabilidad contraída en este proceso de licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Cunco
Fecha de vencimiento: 29-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: Con la finalidad de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, y sin perjuicio del caso de incumplimientos y multas por los cuales sea necesario proceder al cobro del documento, el Proveedor, al momento de suscribir el contrato, deberá presentar un documento en garantía que cumpla con las características señaladas en las presentes Bases, a favor de la Municipalidad de Cunco, por el monto, glosa y vigencia indicadas a continuación: MONTO: 5% del monto total de la disponibilidad presupuestaria. En el evento que la licitación se adjudique a uno o más oferentes, la Municipalidad prorrateará entre ellos y en proporción de sus respectivas adjudicaciones, el monto del citado. VIGENCIA: No inferior a 90 días corridos después de la fecha de término de contrato. GLOSA: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato”. BENEFICIARIO: Municipalidad de Cunco. RUT. 69.191.000-8.
Glosa: GLOSA: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato”.
Forma y oportunidad de restitución: Municipalidad de Cunco. RUT. 69.191.000-8.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
de las garantías
Con la finalidad de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, y sin perjuicio del caso de incumplimientos y multas por los cuales sea necesario proceder al cobro del documento, el Proveedor, al momento de suscribir el contrato, deberá presentar un documento en garantía que cumpla con las características señaladas en las presentes Bases, a favor de la Municipalidad de Cunco, por el monto, glosa y vigencia indicadas a continuación: MONTO: 5% del monto total de la disponibilidad presupuestaria. En el evento que la licitación se adjudique a uno o más oferentes, la Municipalidad prorrateará entre ellos y en proporción de sus respectivas adjudicaciones, el monto del citado. VIGENCIA: No inferior a 90 días corridos después de la fecha de término de contrato. GLOSA: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato”. BENEFICIARIO: Municipalidad de Cunco. RUT. 69.191.000-8. Artículo 39. CONDICIONES Las garantías deben ser en moneda nacional, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y no tener cláusulas condicionantes para su cobro. Se recuerda que no se aceptarán garantías con condiciones o pagaderas dentro de un plazo determinado. Una vez recibido el documento de garantía de cumplimiento de contrato, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta. Artículo 40. COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La Municipalidad queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. También se considerará incumplimiento, el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que La Municipalidad pueda ejercer para exigir el término anticipado del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Incumplimiento del Proveedor en el pago de una multa e imposibilidad de descontarla de pago, caso en el cual se descontará el monto de la misma y en caso que el contrato subsista, se procederá a la devolución del saldo contra entrega de una nueva garantía de acuerdo al artículo siguiente.   Articulo 41. RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. En el caso que habiéndose efectuado el cobro del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en conformidad a las disposiciones anteriores, una vez hechos los descuentos correspondientes por multas u otro concepto que corresponda según estas Bases, se procederá a devolver el saldo al Proveedor contra entrega de un nuevo documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el que debe cumplir las mismas características y ser del mismo monto y vigencia que los especificados en estas Bases para el documento original. El plazo para la entrega de este nuevo documento es de 5 días hábiles contados desde la notificación al Proveedor del cobro de la garantía anterior, aplicándosele una multa por día de atraso, según lo señala el articulado referente a multas. La negativa a la entrega de esta nueva garantía será considerada una infracción grave del contrato, si no efectúa la entrega del nuevo documento en el plazo de 10 días. Es decir es una obligación esencial, que conllevaría al término anticipado de contrato. Artículo 42: DEVOLUCION GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Al Proveedor se le devolverá el Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez cumplido el plazo de vencimiento de la garantía, siempre en conformidad con el acta firmada en calidad y cantidad por el supervisor del contrato.
Del contrato
Artículo 43. CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: La Municipalidad procederá a poner término al contrato de forma anticipada, mediante la dictación de la correspondiente Resolución Fundada, por alguna de las siguientes causales: Artículo 44. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Por resolución fundada, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato en virtud de las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por la Municipalidad. 3. Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Por la incapacidad del adjudicado para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 6. Por la no solución por el adjudicado, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte de la Municipalidad 7. El rechazo de la orden de compra. El aviso de término anticipado se hará por carta certificada despachada al domicilio registrado por el proveedor en el contrato, con quince (15) días corridos de antelación a la fecha en que se desea terminar el contrato. Artículo 45. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. Ante la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita al Alcalde o a quién éste designe, dentro de los 48 horas días hábiles de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido y adjuntando los antecedentes que fundamenten su presentación. El Alcalde, resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, sea rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de entrega por el tiempo que dure el imprevisto, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes y las circunstancias que se deriven del caso fortuito o fuerza mayor. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases sólo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento del referido aumento. Para estos efectos, deberá atenerse al concepto de fuerza mayor y caso fortuito que contempla el artículo 45º del Código Civil. Artículo 46. EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO. Los incumplimientos graves serán motivo suficiente para poner término al contrato mediante una resolución fundada. Los incumplimientos de carácter Leve, sólo podrán dar pie a la aplicación de multas, en conformidad a las presentes Bases. Sin perjuicio de lo anterior, la acumulación por parte del Proveedor de más de 5 multas ejecutoriadas por separado por incumplimientos leves o un retraso mayor de 60 días en la prestación del servicio, se entenderá que constituye un incumplimiento de carácter grave, debiéndose proceder en conformidad al inciso anterior. Por cada día de atraso en el cumplimiento de los plazos que se imponen en las presentes bases y sus especificaciones, aclaraciones y consultas, se aplicará una multa equivalente al 1/1000, el que será calculado del valor total del producto requerido.
de las multas
Artículo 47. FUNDAMENTOS DE MULTAS: Las multas se aplicarán por Resolución Fundada por los incumplimientos de carácter leve del Proveedor, según lo señalado en cuanto al incumplimiento en estas Bases. Artículo 48. MONTOS DE LAS MULTAS. Por cada día de atraso en la entrega de los bienes se aplicará una multa del 1/1000 del valor total de los bienes solicitados. Artículo 49. RESOLUCIÓN QUE APLICA MULTAS: La Resolución que imponga una multa, deberá ser notificada al Proveedor mediante carta certificada. Efectuada esta notificación, el Proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles, para realizar sus descargos justificando retraso en la entrega de los productos consignados, y si es que fuese necesaria la municipalidad resolverá aplicar la multa correspondiente al proveedor a través de través de resolución fundada. En caso de incumplimientos graves al contrato se hará efectivo el cobro de la garantía solicitada al proveedor Artículo 50. RECONSIDERACIÓN: Notificada una multa, el Proveedor podrá además, solicitar su reconsideración dentro del mismo plazo anteriormente señalado, por escrito, la Municipalidad se pronunciará con los antecedentes a la vista dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración. El Proveedor recurrente deberá acompañar los antecedentes que sirvan de fundamento a su reconsideración, para mejor resolver y mientras esta reconsideración se encuentre pendiente no se efectuará el cobro de la multa. Artículo 51. DERECHOS E IMPUESTOS. Todos los gastos de certificaciones, copias autorizadas u otros similares, como también los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contrato, y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. Artículo 52. FIJACIÓN DEL DOMICILIO Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES. Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Cunco y se someten a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.