Licitación ID: 4284-13-LE23
CONVENIO SUMIISTRO REPUESTOS Y SERVICIOS MAQUINARI
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CUNCO, Municipalidad de Cunco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
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Productos o servicios
1
Retenes de filtro o accesorios 1 Unidad
Cod: 40161526
CONVENIO SUMINISTRO REPUESTOS Y SERVICIOS PARA MAQUINARIA JOHN DEERE SEGUN BASES ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO SUMIISTRO REPUESTOS Y SERVICIOS MAQUINARI
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CONVENIO SUMINISTRO REPUESTOS Y SERVICIOS PARA MAQUINARIA JOHN DEERE SEGUN BASES ADJUNTAS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE CUNCO
Unidad de compra:
Municipalidad de Cunco
R.U.T.:
69.191.000-8
Dirección:
Pedro Aguirre Cerda Nº 600
Comuna:
Cunco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-02-2023 14:00:00
Fecha de Publicación: 13-02-2023 19:10:22
Fecha inicio de preguntas: 13-02-2023 23:59:00
Fecha final de preguntas: 15-02-2023 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-02-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-02-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-02-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 04-04-2023 16:29:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- B.A.E. (Bases administrativas especiales)
2.- ANEXO N°1
3.- ANEXO N°2
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Pe=Pm*100 Pp Pe = Puntaje financiero Pm = Precio más bajo Pp = Precio de la propuesta 20%
2 Calidad técnica Proveedores cumplen con todo el listado solicitado además informa característica técnica y ofrece repuestos originales de la marca JOHN DEERE. Proveedores cumplen con todo el listado solicitado además informa característica técnica y ofrece repuestos de marcas alternativas. Proveedor no cumple con todo el listado de productos solicitados pero si informa característica técnica y marcas de estos.- No adjunta listado ni características 50 pts. 20 pts. 10 pts. 0 pts. 50%
3 Servicios realizados en taller de representante de Servicios serán realizaran en las instalaciones del concesionario autorizado por la marca John Deere. Servicios no serán realizaran en las instalaciones del concesionario autorizado por la marca John Deere. 50 pts. 10 pts. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2152204011-2152203002
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Denisse Vivallo Rios
e-mail de responsable de pago: denissevivallo@municunco.cl
Nombre de responsable de contrato: RODRIGO SANDOVAL GUERRERO
e-mail de responsable de contrato: sandovalr@municunco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2200139-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Los Oferentes y el Proveedor no podrán ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente Licitación, ni durante el desarrollo del proceso concursal, ni posteriormente a la adj
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I MUNICIPALIDAD DE CUNCO
Fecha de vencimiento: 29-11-2023
Monto: 5 %
Descripción: Con la finalidad de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, y sin perjuicio del caso de incumplimientos y multas por los cuales sea necesario proceder al cobro del documento, el Proveedor, al momento de suscribir el contrato, deberá presentar un documento en garantía que cumpla con las características señaladas en las presentes Bases, a favor de la Municipalidad de Cunco, por el monto, glosa y vigencia indicadas a continuación: MONTO: 5% del monto total de la disponibilidad presupuestaria. En el evento que la licitación se adjudique a uno o más oferentes, la Municipalidad prorrateará entre ellos y en proporción de sus respectivas adjudicaciones, el monto del citado. VIGENCIA: No inferior a 90 días corridos después de la fecha de término de contrato. GLOSA: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato”. BENEFICIARIO: Municipalidad de Cunco. RUT. 69.191.000-8. Artículo 39. CONDICIONES Las garantías deben ser en moneda nacional, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y no tener cláusulas condicionantes para su cobro. Se recuerda que no se aceptarán garantías con condiciones o pagaderas dentro de un plazo determinado. Una vez recibido el documento de garantía de cumplimiento de contrato, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato
Forma y oportunidad de restitución: Al Proveedor se le devolverá el Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez cumplido el plazo de vencimiento de la garantía, siempre en conformidad con el acta firmada en calidad y cantidad por el supervisor del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LAS PARTES INVOLUCRADAS
Artículo 10: Actúan por La Municipalidad de Cunco, en su calidad de entidad licitante, los órganos y funcionarios que se detallan a continuación: A. COMISIÓN DE EVALUACIÓN: Es el ente colegiado de carácter consultivo y específico para la presente licitación, conformada por Encargado vial, Administrativo Grado 16 y el Encargado de Inventario o quien los subrogue el día de la evaluación. Durante el período de evaluación de las ofertas, será el encargado de efectuar el análisis técnico, económico y administrativo de cada una de las ofertas, emitiendo un Acta a la que se adjuntarán el o los informes técnicos que resulten necesarios, que contenga las conclusiones tras el estudio de las ofertas recibidas, que sirve de antecedente para la resolución de la adjudicación. B. EL ENCARGADO DEL PROCESO. La Dirección de obras, a través de la Unidad Vial será el encargado y responsable durante el proceso concursal de responder consultas a nombre de la Comisión de Evaluación, las dudas, consultas, solicitud de aclaraciones, según corresponda, en la forma y momento especificado en estas Bases, y asimismo, las consultas efectuadas respecto del Decreto de Adjudicación. C. SUPERVISOR CONTRATO. Es el funcionario de la Municipalidad, encargado de la comunicación y coordinación con el proveedor, durante la vigencia del contrato, hasta el total y cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, comunicación que se efectuará en conformidad a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y estará a cargo de Administración Municipal. El Supervisor de Contrato, podrá de manera transitoria encargar por escrito a otro funcionario de su misma dependencia, tareas específicas de su función. Asimismo, en caso de ausencia de cualquier tipo, deberá ser reemplazado por el funcionario que la Municipalidad designe, lo cual se comunicará oportunamente al Proveedor.
DE LA LICITACIÓN
Artículo 11. DE LAS BASES: Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre la Municipalidad y los proveedores a que se refiere la presente Licitación, en adelante "Oferentes" o “Proveedor” durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación. Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos, en lo sucesivo "las Bases". La presentación de una propuesta, implica para el oferente la aceptación de todas y cada una de las condiciones establecidas en las presentes bases, especificaciones y anexos. Artículo 12. PLAZO: El plazo para el presente contrato, será de 6 meses, pudiendo ser prorrogado hasta por 6 meses más, solamente si la Municipalidad de Cunco considera que el servicio se debe mantener, que se dispone de financiamiento y si los resultados de los informes de evaluación, así lo ameritan. Artículo 13. NORMAS GENERALES. Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos: • Las Bases Administrativas, Anexos y sus modificaciones si las hubiere. • Las Preguntas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas • La Oferta Técnica • La Oferta Económica. • El Contrato celebrado Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considera parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico. Artículo 14. INHABILIDADES Y PROHIBICIONES PARA OFERTAR Los proveedores interesados en participar en el presente proceso concursal, deberán cumplir con los requisitos para contratar con la Administración del Estado en conformidad al artículo 4º, inciso primero y sexto de la Ley N° 19.886.
DE LAS OFERTAS
Artículo 15. INTEGRIDAD Y VIGENCIA DE LAS OFERTAS: Para los efectos de esta Licitación, una oferta íntegra es aquella que responde sustancialmente a los requisitos, términos, condiciones y especificaciones de esta licitación, sin alejarse ni hacer salvedades formales o materiales que afecten en cualquier forma los derechos de la Municipalidad o, las obligaciones del o los Oferentes. Las ofertas deberán considerar una validez mínima de 6 meses, a contar de la fecha de la apertura de las ofertas. Artículo 16. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS: La Municipalidad rechazara las ofertas que no correspondan a lo solicitado o que no cumplan los requisitos señalados en estas Bases, declarándolas inadmisibles o declarando desierta la Licitación en caso que no se presenten ofertas o no sean convenientes a los intereses de la Municipalidad. Todo lo anterior, mediante dictación del correspondiente decreto fundado. Artículo 17. CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: El Oferente deberá indicar en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, el porcentaje neto a ofertar en la licitación por cada producto solicitado, de acuerdo al anexo N° 3. Artículo 18. OFERENTES HABILITADOS EN CHILEPROVEEDORES: Los oferentes que estando declarados “Hábil” para contratar con el Estado, en el Registro www.chileproveedores.cl, al momento del cierre de las ofertas, no deberán acompañar la documentación indicada en el Anexo denominado Documentos Administrativos. Sin perjuicio de lo anterior todos los Oferentes deberán asegurarse de encontrarse declarados “Hábil” al contratar con la Municipalidad, en caso de adjudicarse la presente Licitación. Artículo 19. DECLARACION SIMPLES: Todos los Oferentes deberán en el registro www.chileproveedores.cl o www.mercadopublico.cl, según sea el caso, presentar todas las Declaraciones Simples indicadas en el Anexo “Declaraciones”. En caso de incumplimiento de lo anterior, o que la Municipalidad detecte una situación constitutiva de inhabilidad para contratar por parte del Adjudicatario no advertida oportunamente, se dejará sin efecto la adjudicación y a su vez, procederá a adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, o en su defecto, declarar inadmisible o desierta la presente Licitación, mediante la dictación del correspondiente Decreto fundado. Artículo 20. PLAZO PARA CONSULTAS Y ACLARACIONES: Los Oferentes podrán formular sus preguntas, dudas o solicitar aclaraciones de las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, dentro del plazo establecido en el Anexo “Cronograma”. En caso de existir consultas, éstas se recibirán por el portal www.mercadopublico.cl, y se responderán por el mismo medio en el plazo señalado en el cronograma, por parte del encargado del proceso de la Municipalidad. Dichas preguntas y aclaraciones serán publicadas en el sistema, sin que se publiquen los nombres de las personas que las hayan efectuado. El Documento referente a las “Respuestas” se entenderá formar parte integrante de las presentes Bases Administrativas y posterior contrato, siendo exclusiva responsabilidad de todos los oferentes, interiorizarse de su contenido, no pudiendo alegar a posteriori el desconocimiento de las mismas. En caso de detectarse por la Municipalidad la necesidad de efectuar aclaraciones o correcciones que requieran modificar las Bases Técnicas o Anexos, los cambios que sean necesarios podrán ser efectuados hasta antes del cierre de recepción de ofertas, señalado en el Anexo, “Cronograma”, y deberá extenderse el plazo de recepción de las mismas por un plazo mínimo de 5 días, todo mediante la correspondiente Resolución Fundada y notificando a los oferentes por el portal www.mercadopublico.cl
APERTURA DE LAS OFERTAS
Artículo 21: APERTURA ELECTRÓNICA: La apertura de las ofertas técnicas y económicas se realizará de manera completa en línea en el Portal www.mercadopublico.cl. Artículo 22. APERTURA EN UNA ETAPA. La apertura Técnica y Económica se efectuarán en una sola etapa, en el momento señalado en el Anexo “Cronograma”. A continuación, se efectuará una revisión general de admisibilidad si los Oferentes cumplen con los requisitos exigidos en estas Bases. En caso que se detecte un incumplimiento claro y notorio al momento de la apertura, la Comisión Evaluadora propondrá la inadmisibilidad de la oferta del Oferente que no cumplió el requisito, pudiendo consignarlo en el mismo portal en dicho momento de apertura, sin perjuicio de las correspondientes formalidades administrativas posteriores. Artículo 23. CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: La presentación de propuestas implicará el conocimiento y aceptación de estas bases. Ello significa: El conocimiento y aceptación de la documentación, de las obligaciones y de la reglamentación que rige la licitación pertinente. La aceptación, también, involucra el derecho de la Municipalidad a solicitar información adicional o verificar la suministrada, modificar la documentación de esta licitación o efectuar aclaraciones a estas bases administrativas y especificaciones técnicas, así como prorrogar los plazos de la licitación y además involucra que, toda la documentación e información contenida en las propuestas, tendrán el carácter de declaración jurada y podrá ser verificada en cualquier momento por la Municipalidad. Los valores ofertados en lo referente a servicios podrán variar de acuerdo al factor anual correspondiente al IPC, y en lo que respecta a los valores correspondientes a repuestos ofertados, en este caso operara la variación que presente en forma mensual el dólar que será efectiva durante la ejecución del contrato en cuestión, por otra parte no se aceptaran cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza de la comisión cotizada que no estén contempladas en las bases. Artículo 24. ERRORES EN LAS OFERTAS: Si la Municipalidad determina que una oferta no cumple con los requerimientos de la licitación, procederá a rechazarla fundadamente y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente. La Municipalidad podrá, si así lo estima a su solo arbitrio, solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl Si existiese discrepancia de los montos expresados en palabras y en números de la oferta técnica y económica, prevalecerá el monto en palabras. Artículo 25. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS La propuesta deberá ser presentada en el portal www.mercadopublico.cl con el nombre del oferente, la licitación de que se trata, y ésta debe estar separada en dos partes: 1.- “Antecedentes del Oferente” y 2.- “Oferta Económica y Técnica”. La presentación de la propuesta deberá ser en las fechas correspondientes, según el calendario de licitación (Cronograma). El contenido de la propuesta, deberá ser el siguiente: 1.- “ANTECEDENTES DEL OFERENTE”: elevar al portal: • Deberá adjuntar Anexos - Anexo 1, Identificación del Oferente. - Anexo 2, Declaración Jurada. - Certificado de proveedor autorizado por la marca. 2.-“OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA”: • Oferta Técnica: Deberá ser presentada en el portal www.mercadpublico.cl y deberá adjuntar toda aquella información que permita evaluar la propuesta de acuerdo a lo especificado en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos. • Anexo 3 Oferta Económica: Deberá ser presentada en el portal adjuntando toda aquella información que se considere necesaria para su evaluación. • Deberá adjuntar el certificado de proveedor autorizado por la marca, y deberá indicar donde se realizaran los servicios.
DE LA ADJUDICACIÓN
Artículo 26. ADJUDICACIÓN: Formulada la proposición de la Comisión de Evaluación, El Alcalde procederá a resolver la licitación, aceptando la oferta que haya obtenido el mejor puntaje conforme a los criterios de evaluación, adjudicando la oferta o declarando inadmisible o desierta la Licitación, según proceda en conformidad a estas Bases. Sin perjuicio del plazo señalado en el Anexo “Cronograma”, para efectuar la adjudicación, ésta podrá ser postergada fundadamente por parte de La Municipalidad, hasta por un plazo máximo de 15 días adicionales a la fecha original de adjudicación, mediante la dictación del correspondiente Decreto Alcaldicio, que se comunicará a los Oferentes en el portal www.mercadopublico.cl. Artículo 27. ADJUDICACIÓN: Los Oferentes deberán efectuar sus ofertas de acuerdo a lo solicitado en la presente Licitación, ya sea parcial o totalmente. En consecuencia, la Municipalidad, en caso de adjudicar esta Licitación, podrá hacerlo a uno o más Oferentes. Artículo 28. RESOLUCION DE ADJUDICACIÓN: Decidida la adjudicación en conformidad a los artículos anteriores, La Municipalidad dictará un Decreto conteniendo la Adjudicación respectiva notificándola al Oferente adjudicado y los demás Oferentes no adjudicados, a través del portal www.mercadopublico.cl., la que se entenderá plenamente notificada 24 horas después de su publicación. En conjunto con la Resolución de Adjudicación, se publicará la evaluación de las ofertas efectuada por la Comisión de Evaluación, que contiene los resultados individuales de los oferentes, y señalando los fundamentos para haber declarado inadmisible la oferta de alguno de los oferentes. Artículo 29- PAUTA DE EVALUACION. La comisión evaluadora deberá estudiar las ofertas, de acuerdo a la siguiente pauta de evaluación. Criterio Ponderación % (100) Puntaje (100) puntos Precio 20% Pe=Pm*100 Pp Pe = Puntaje financiero Pm = Precio más bajo Pp = Precio de la propuesta Calidad técnica de los repuestos 50% Proveedores cumplen con todo el listado solicitado además informa característica técnica y ofrece repuestos originales de la marca JOHN DEERE. Proveedores cumplen con todo el listado solicitado además informa característica técnica y ofrece repuestos de marcas alternativas. Proveedor no cumple con todo el listado de productos solicitados pero si informa característica técnica y marcas de estos.- No adjunta listado ni características 50 pts. 20 pts. 10 pts. 0 pts. Servicios realizados en Taller de representante de la marca John Deere 30 % Servicios serán realizaran en las instalaciones del concesionario autorizado por la marca John Deere. Servicios no serán realizaran en las instalaciones del concesionario autorizado por la marca John Deere. 50 pts. 10 pts. Artículo 30: EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN: El principal efecto que produce el acto de Adjudicación, es la obligación del adjudicatario de firmar el contrato. Asimismo, nace para el Adjudicatario, la obligación de realizar las gestiones para continuar o ser declarado “Hábil” en el registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, lo cual deberá hacer en el plazo máximo de 7 días desde la notificación del acto de Adjudicación, siempre antes de la firma del contrato. Artículo 31: GENERALIDADES DE LA ADJUDICACIÓN: Adjudicación de la Licitación y Notificación a los Proponentes. La adjudicación de la propuesta será efectuada por el Alcalde, de acuerdo a la evaluación de las propuestas y al presupuesto asignado, mediante resolución fundada. Mecanismo para Resolver Empates. En caso de empate, resolverá el Alcalde. Causales para Dejar sin Efecto la adjudicación. La adjudicación podrá ser dejada sin efecto: 1.-Si el oferente no concurre a la firma del contrato, dentro de los plazos fijados para ello en estas bases. 2.-Si el oferente adjudicado adquiere un conflicto de intereses con la Municipalidad; de aquellos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. 3.-Si el oferente no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato. En todos estos casos, previa resolución fundada, podrá adjudicar la presente licitación, al siguiente oferente mejor evaluado que haya participado en la licitación y que hubiere cumplido con los requisitos exigidos, o bien, declarar desierta la licitación, según mejor convenga a los intereses municipales.
DEL CONTRATO
Artículo 32 DOCUMENTACIÓN INTEGRANTE DEL CONTRATO. El contrato considerará como partes integrantes del mismo, todos los documentos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos y Oferta del proveedor. Artículo 33. PLAZO DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO. El contrato se celebrará con el oferente que resulte adjudicado, en un plazo no superior a 10 (diez) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la respectiva notificación de la Resolución de Adjudicación. Si no se suscribiera dentro de este término, por causas imputables al proveedor, la Municipalidad dejará sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor. En tal caso, la Municipalidad podrá mediante resolución fundada, ampliar el plazo de suscripción del contrato. Artículo 34. DOCUMENTACIÓN A PROPORCIONAR PERSONAS NATURALES. El oferente adjudicado, persona natural, deberá proporcionar para la firma del contrato, copia de su cédula nacional de identidad; PERSONAS JURÍDICAS. El oferente adjudicado, persona jurídica, proporcionará para la firma del contrato, original o copia de los siguientes documentos a petición del Municipio, a menos de no se encuentren disponibles en el portal de www.mercadopublico.cl 1.-Rol Único Tributario (R.U.T.). 2.-Certificado de Vigencia de la sociedad o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, extendido por el Conservador respectivo, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato; 3.-Escritura en que conste la personería del representante legal del oferente, con expresa mención de sus facultades, las cuales deberán contener las de percibir y contratar, con certificado de vigencia, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato; Artículo 35. MONTOS. a) El presupuesto disponible es de $10.000.000 Impuestos incluidos, para todos los servicios contratados. b) Dado que la presente licitación comprende la adquisición de diversos bienes, el valor de los ítems será ofertado en el anexo N°3 “Oferta económica”, en pesos chilenos, valores neto a la fecha de presentación de la oferta. c) Los precios ofrecidos se cotizarán en pesos chilenos, impuestos incluidos. Los precios de los servicios deben mantenerse durante al menos los primeros 6 meses del contrato, pudiendo reajustarse semestralmente de acuerdo a la variación que experimente el I.P.C, El reajuste operará sin necesidad de requerimiento alguno. d) Por la naturaleza del Servicio a Contratar, es muy probable que se presenten situaciones NO PREVISTAS dentro de los detalles de cada línea de adjudicación. Estas situaciones, en el evento que el valor del producto no exceda de las 10 UTM, se resolverán de manera fluida y eficiente a precio acordado y según las características del mismo. Se debe presentar por parte del proveedor del servicio que se adjudicó el Contrato de Suministro respectivo; una cotización del producto o servicio requerido (NO PREVISTO). El Encargado de la Unidad Compradora, previo a la autorización de la comisión de compra, acompañará dos cotizaciones de terceros proveedores las que serán referenciales para determinar el valor promedio de mercado y que éste no exceda el 20% del referido valor y procederá a emitir la orden de compra respectiva. e) La orden de compra se emitirá por el total del presupuesto disponible para el convenio y la entrega de los productos será según requerimientos y necesidades del servicio Artículo 36 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. Artículo 37. FORMA DE PAGO. Se cancelará contra factura, la cual deberá emitirse a nombre de la Municipalidad de Cunco, Rut. N° 69.191.000-8, domicilio Pedro Aguirre Cerda N°600, Cunco.
DOCUMENTO DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
A.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Con la finalidad de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, y sin perjuicio del caso de incumplimientos y multas por los cuales sea necesario proceder al cobro del documento, el Proveedor, al momento de suscribir el contrato, deberá presentar un documento en garantía que cumpla con las características señaladas en las presentes Bases, a favor de la Municipalidad de Cunco, por el monto, glosa y vigencia indicadas a continuación: MONTO: 5% del monto total de la disponibilidad presupuestaria. En el evento que la licitación se adjudique a uno o más oferentes, la Municipalidad prorrateará entre ellos y en proporción de sus respectivas adjudicaciones, el monto del citado. VIGENCIA: No inferior a 90 días corridos después de la fecha de término de contrato. GLOSA: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato”. BENEFICIARIO: Municipalidad de Cunco. RUT. 69.191.000-8. Artículo 39. CONDICIONES Las garantías deben ser en moneda nacional, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y no tener cláusulas condicionantes para su cobro. Se recuerda que no se aceptarán garantías con condiciones o pagaderas dentro de un plazo determinado. Una vez recibido el documento de garantía de cumplimiento de contrato, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta. Artículo 40. COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La Municipalidad queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. También se considerará incumplimiento, el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que La Municipalidad pueda ejercer para exigir el término anticipado del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Incumplimiento del Proveedor en el pago de una multa e imposibilidad de descontarla de pago, caso en el cual se descontará el monto de la misma y en caso que el contrato subsista, se procederá a la devolución del saldo contra entrega de una nueva garantía de acuerdo al artículo siguiente. Articulo 41. RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. En el caso que habiéndose efectuado el cobro del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en conformidad a las disposiciones anteriores, una vez hechos los descuentos correspondientes por multas u otro concepto que corresponda según estas Bases, se procederá a devolver el saldo al Proveedor contra entrega de un nuevo documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el que debe cumplir las mismas características y ser del mismo monto y vigencia que los especificados en estas Bases para el documento original. El plazo para la entrega de este nuevo documento es de 5 días hábiles contados desde la notificación al Proveedor del cobro de la garantía anterior, aplicándosele una multa por día de atraso, según lo señala el articulado referente a multas. La negativa a la entrega de esta nueva garantía será considerada una infracción grave del contrato, si no efectúa la entrega del nuevo documento en el plazo de 10 días. Es decir es una obligación esencial, que conllevaría al término anticipado de contrato. Artículo 42: DEVOLUCION GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Al Proveedor se le devolverá el Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, una vez cumplido el plazo de vencimiento de la garantía, siempre en conformidad con el acta firmada en calidad y cantidad por el supervisor del contrato.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
Artículo 43. CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: La Municipalidad procederá a poner término al contrato de forma anticipada, mediante la dictación de la correspondiente Resolución Fundada, por alguna de las siguientes causales: Artículo 44. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Por resolución fundada, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato en virtud de las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por la Municipalidad. 3. Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Por la incapacidad del adjudicado para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 6. Por la no solución por el adjudicado, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte de la Municipalidad 7. El rechazo de la orden de compra. El aviso de término anticipado se hará por carta certificada despachada al domicilio registrado por el proveedor en el contrato, con quince (15) días corridos de antelación a la fecha en que se desea terminar el contrato. Artículo 45. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. Ante la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita al Alcalde o a quién éste designe, dentro de los 48 horas días hábiles de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido y adjuntando los antecedentes que fundamenten su presentación. El Alcalde, resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, sea rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de entrega por el tiempo que dure el imprevisto, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes y las circunstancias que se deriven del caso fortuito o fuerza mayor. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases sólo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento del referido aumento. Para estos efectos, deberá atenerse al concepto de fuerza mayor y caso fortuito que contempla el artículo 45º del Código Civil. Artículo 46. EFECTOS DEL INCUMPLIMIENTO. Los incumplimientos graves serán motivo suficiente para poner término al contrato mediante una resolución fundada. Los incumplimientos de carácter Leve, sólo podrán dar pie a la aplicación de multas, en conformidad a las presentes Bases. Sin perjuicio de lo anterior, la acumulación por parte del Proveedor de más de 5 multas ejecutoriadas por separado por incumplimientos leves o un retraso mayor de 60 días en la prestación del servicio, se entenderá que constituye un incumplimiento de carácter grave, debiéndose proceder en conformidad al inciso anterior. Por cada día de atraso en el cumplimiento de los plazos que se imponen en las presentes bases y sus especificaciones, aclaraciones y consultas, se aplicará una multa equivalente al 1/1000, el que será calculado del valor total del producto requerido.
DE LA APLICACIÓN DE MULTAS
Artículo 47. FUNDAMENTOS DE MULTAS: Las multas se aplicarán por Resolución Fundada por los incumplimientos de carácter leve del Proveedor, según lo señalado en cuanto al incumplimiento en estas Bases. Artículo 48. MONTOS DE LAS MULTAS. Por cada día de atraso en la entrega de los bienes se aplicará una multa del 1/1000 del valor total de los bienes solicitados. Artículo 49. RESOLUCIÓN QUE APLICA MULTAS: La Resolución que imponga una multa, deberá ser notificada al Proveedor mediante carta certificada. Efectuada esta notificación, el Proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles, para realizar sus descargos justificando retraso en la entrega de los productos consignados, y si es que fuese necesaria la municipalidad resolverá aplicar la multa correspondiente al proveedor a través de través de resolución fundada. En caso de incumplimientos graves al contrato se hará efectivo el cobro de la garantía solicitada al proveedor Artículo 50. RECONSIDERACIÓN: Notificada una multa, el Proveedor podrá además, solicitar su reconsideración dentro del mismo plazo anteriormente señalado, por escrito, la Municipalidad se pronunciará con los antecedentes a la vista dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración. El Proveedor recurrente deberá acompañar los antecedentes que sirvan de fundamento a su reconsideración, para mejor resolver y mientras esta reconsideración se encuentre pendiente no se efectuará el cobro de la multa. Artículo 51. DERECHOS E IMPUESTOS. Todos los gastos de certificaciones, copias autorizadas u otros similares, como también los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contrato, y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. Artículo 52. FIJACIÓN DEL DOMICILIO Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES. Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Cunco y se someten a la competencia de sus Tribunales de Justicia.